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El discurso de odio hacia el colectivo LGTBI en el derecho internacional de los derechos humanos y su relación con el derecho interno peruano: funcionarios públicos como emisores de discursos de odioVásquez Lozada, Nicole 17 May 2021 (has links)
En el Derecho Internacional existe consenso sobre que las acciones que buscan vulnerar
grupos minoritarios deben ser sancionadas. Sin embargo, este consenso parece no estar sujeto
a debate cuando las vulneraciones son manifiestas y se ejercen en el marco de violencia física
o psicológica. Sin embargo, este consenso para desparecer cuando se plantea que dicha
violencia también puede ser ejercido mediante un discurso. La libertad de expresión ha sido
usada en muchas ocasiones como justificación para realizar actos contrarios a la igualdad de
grupos vulnerables. En ese sentido, este trabajo encontró en este fenómeno un tema necesario
de analizar con el fin de encontrar soluciones que eviten que se sigan diseminando discursos
que vulneran el derecho a la igualdad de poblaciones vulnerables, en específico la comunidad
LGTBI, Este trabajo buscará demostrar que existe necesidad de que el Estado manifieste su
rechazo hacia el discurso de odio mediante el despliegue de medidas que buscan estandarizar
el contenido de discurso de odio así como la suscripción de tratados internacionales
específicos sobre el tema. En dicho contexto, este trabajo también propone que un primer
punto de acuerdo respecto al qué debe ser entendido como discurso de odio es el que es
ejercido por funcionarios públicos en el marco de un debate público, esto por ser doblemente
lesivo contra la comunidad LGTBI al vulnerar su derecho a la igual y su derecho a la
participación política. Por lo que una propuesta de solución será incluir una sanción
específica a los congresistas de la República dentro del Reglamento del Congreso para
sancionar la emisión de discursos de odio en el marco de sus funciones parlamentarias
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La discriminación legal en el Perú ¿se encuentran los trabajadores a tiempo parcial realmente protegidos por el derecho a la igualdad y a la no discriminación?Castro Sucre, Slina 03 September 2018 (has links)
El Derecho a la Igualdad supone que el Estado tiene la obligación de tratar en
forma igual a todos los ciudadanos. Ello se encuentra establecido desde la
Declaración universal de los Derechos del Hombre y del ciudadano, así como en la
Declaración de Filadelfia, en el Convenio sobre Igualdad de Remuneración (C
100), en el Convenio relativo a la Discriminación en materia de Empleo y
Ocupación (C 111), en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la
Recomendación 182 de la Organización Internacional del Trabajo, en la
Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer, etc. hasta llegar a nuestra Carta Magna. La
constitución Política del Perú vigente desde 1993, establece en su artículo 2 inciso
2 que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley1, por lo cual nadie debe
ser discriminado; sin embargo, en nuestra propia legislación encontramos normas
limitativas de derechos hacia algunos trabajadores, dejando ver que en nuestro país
existe una discriminación legal al no cumplir cabalmente con resguardar el Derecho
a la Igualdad de todos los hombres. La diferencia de jornada de trabajo no es una
razón objetiva que pueda sustentar la exclusión de un beneficio que protege al
trabajador; por lo que, privar a los trabajadores a tiempo parcial de los beneficios
sociales de compensación por tiempo de servicios, indemnización por despido
arbitrario y vacaciones, iría en contra del derecho antes mencionado. Atendiendo a
ello este trabajo tratará sobre “El derecho a la igualdad y la no discriminación de
los trabajadores a tiempo parcial en el Perú.”
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Trata de personas y justicia penal selectiva. El caso “Madre de Dios”Tuesta Reátegui, Diego 04 July 2018 (has links)
El estudio explica por qué la coerción penal contra la trata de personas en el
departamento de Madre de Dios (Perú) es selectiva; es decir, por qué se concentra en
casos de menores de edad y excluye los de tipo laboral y de mujeres adultas.
Encontramos que esta selectividad no se explica solo por limitaciones presupuestales,
sino por atributos culturales e inventivos (expectativas de asensos, reconocimiento,
salarios, sentido de pertenencia) a favor de los fiscales. Contrario a otros estudios y al
sentido común, no habría relación directa entre presupuesto asignado y capacidad de
judicial (menos recursos, menor capacidad), ni relación inversa con la selectividad
(menos recursos, más selectividad). Más bien, la desigualdad de incentivos y
presupuesto entre agencias judiciales –los fiscales tienen mejores condiciones de
trabajo que los médicos- reduciría la capacidad de apertura de investigaciones
preparatorias y la asistencia debida para víctimas. En contraste, la especialización del
cuerpo de fiscales y su autonomía relativa vendría favoreciendo la identificación e
interposición de denuncias (empleamos el condicional a falta de un análisis más fino
de datos). Encontramos, además, que varios problemas procesales –por ejemplo,
dificultad para discriminar trata y prostitución, obtener testimonios incriminatorios y
dar debida asistencia a víctimas- no son privativos de nuestro caso y aparecen en
países ricos en recursos. Por último, los méritos del estudio están en su lógica
explicativa –no se limita a documentar problemas de política pública como es habitual
en la literatura-, en su propuesta epistemológica –explicar los resultados del sistema
mediante un análisis pormenorizado de experiencias de fiscales y médicos- y en la
reflexión sobre los límites del poder punitivo en las economías extractivas informales / Tesis
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Cambio de criterio interpretativo de la tipificación de la discriminación en el consumo: impacto en la regulación de protección al consumidorVasquez Lara, Franco Ricardo 06 March 2024 (has links)
El presente artículo abarca el tema de la discriminación en el consumo regulado
en el artículo 38º del Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N.º
29571, siendo que en concreto se desarrolla una valoración académica sobre los
criterios de interpretación de la tipificación de la infracción de la discriminación
en el Código adoptado por la autoridad de consumo peruana. Brevemente, se
abordará el tema desde una perspectiva analítica y jurídica, en donde se
abordará las distintas críticas que tuvo el nuevo cambio de criterio interpretativo
sobre la discriminación en el consumo por parte del INDECOPI.
Específicamente, se desarrollará el artículo en torno a la problemática de si este
nuevo criterio interpretativo ha tenido algún impacto en la lucha por la
erradicación de la discriminación en el consumo. El rol del INDECOPI, el análisis
del modelo económico, político y social vigente y la aplicación del marco
normativo de protección al consumidor son los temas principales a tocar para
determinar si el cambio de criterio ha sido un atino por parte de la autoridad de
consumo. De esta forma, se obtiene como válido la afirmación de que la nueva
interpretación de la tipificación de la discriminación en el consumo ha sido
adecuada respecto del fin de erradicar toda forma de discriminación hacia los
consumidores, siendo que es un mal que no solamente afecta la dignidad de los
consumidores, sino que también tiene un impacto en otros de sus derechos que
puedan estar vinculados. / This article covers the issue of discrimination in consumption regulated in Article
38 of the Code of Consumer Protection and Defense, Law No. 29571, being that
specifically develops an academic assessment on the criteria of interpretation of
the typification of the infringement of discrimination in the Code adopted by the
Peruvian consumer authority. Briefly, the subject will be approached from an
analytical and legal perspective, where the different criticisms of the new change
of interpretative criteria on discrimination in consumption by INDECOPI will be
addressed. Specifically, the article will focus on the issue of whether this new
interpretative criterion has had any impact on the fight for the eradication of
consumer discrimination. The role of INDECOPI, the analysis of the current
economic, political and social model and the application of the regulatory for
consumer protection are the main issues to be discussed in order to determine
whether the change of criterion has been a wise decision by the consumer
authority. In this way, the affirmation that the new interpretation of the typification
of discrimination in consumption has been adequate with respect to the purpose
of eradicating all forms of discrimination against consumers is valid, since it is an
evil that not only affects the dignity of consumers, but also has an impact on other
rights that may be linked to it. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la Resolución n.° 2135-2012/SC2- INDECOPIIbazeta Marino, Ruth Kelly 21 March 2024 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo abordar el razonamiento utilizado por la Sala de
Protección al Consumidor cuando resolvió el caso visto en la Resolución N.° 2135-
2012/SC2-INDECOPI, la misma que marcó un antes y un después en el tratamiento de
los casos inherentes a la discriminación por discapacidad; estableciendo así, bajo el
análisis de conceptos como los de libertad de empresa y contratación, selección de
riesgo y discapacidad, si el pronunciamiento de la Sala fue el más idóneo, o si por el
contrario el Tribunal emitió un pronunciamiento sesgado al afirmar que se había
configurado un acto de discriminación contra la hija del denunciante, al no haber
accedido Rímac Seguros a afiliarla al seguro Red Salud por tener esta Síndrome de
Down, el mismo que según la empresa aseguradora no era un riesgo asegurable dada
su alta siniestralidad. / The objective of this paper is to analyze the reasoning used by the Tribunal of INDECOPI
when it resolved the case seen by the Resolution N.° 2135-2012/SC2-INDECOPI, the
one that marked a breaking point in how the cases inherent to disability discrimination
were solved. With that purpose we will approach to concepts such as freedom of
enterprise and contracting, risk selection and disability, so we can be able to determine
if the reasoning of the Tribunal was the most appropriate, or if, on the other side, the
Tribunal, emited a resolution based on preconceived ideas, leading them to afirm that
the insurer, Rímac Seguros, descriminated the daugther of the denouncing, as she has
down’s syndrome, because the Enterprise considered that one was an uninsurable risk
for its high accidente rate.
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Internamiento Involuntario y Discapacidad Mental desde la óptica del Tribunal Constitucional y según La Convencion de los Derechos de las Personas con DiscapacidadGarcía Manchego, Ana Lucia 14 December 2024 (has links)
El presente trabajo académico tiene la finalidad de analizar algunos de los
últimos pronunciamientos del Tribunal Constitucional respecto del “internamiento
involuntario” de personas con discapacidad mental; tomando como base
principal la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”
y la normativa peruana vigente. Como bien sabemos, la discriminación hacia
este grupo vulnerable ha sido y es una realidad inherente a las sociedades de
todo el mundo; y presente históricamente en diversos ámbitos de la vida de quien
la padece. Es mucho mayor, cuando hablamos de aquellos a los que se les ha
diagnosticado una enfermedad mental, pues sufren una mayor marginación
basada en estigmas y prejuicios que se tienen respecto de estas; como lo son el
que representan un “peligro para terceros”. Así, la restricción de su libertad
queda amparada con el propósito de garantizar la no afectación de los derechos
de los demás, olvidando que esas restricciones han dado paso a una serie de
abusos para con ellos y dejando de lado la protección de sus derechos humanos.
Asimismo, se ha podido advertir en las sentencias del Tribunal Constitucional la
lógica de asumir que las personas con discapacidad mental no están en la
capacidad de poder tomar decisiones ni siquiera respecto de un derecho tan
esencial como lo es el derecho a la salud; pues son “internadas” sin su
consentimiento y peor aún sin que si quiera se les realice la consulta respectiva
lo que niega su autonomía a poder determinarse. Y que inicia en la familia, pues
son estos los que se atribuyen el decidir por ellos amparándose en sesgos, que
como veremos también forman parte de la lógica que trasciende a nuestros
operadores de justicia; y que mellan en derechos que les asisten como lo son la
libertad, salud, integridad y dignidad humana. / The purpose of this academic paper is to analyze some of the latest judicial
rulings issued by the Peruvian Constitutional Court regarding the “involuntary
commitment” of people with mental disabilities, taking as its main basis the
“Convention on the Rights of Persons with Disabilities” and current Peruvian
regulations. As we well know, discrimination against this vulnerable group has
been and is an inherent reality in societies around the world and historically
present in various aspects of the life of those who suffer from it. It is much bigger
when we talk about those who have been diagnosed with a mental illness,
because they suffer marginalization based on stigmas and prejudices that exist
around them, as they represent danger for others.
Thus, the restriction of freedom of people with mental disabilities is allow with the
purpose of guarantee that the rights of others don’t be affected. But, forgetting
that these kinds of restriction unleash many types of abuses toward them
unguarded and leaving aside the protection of their human rights.
Also, it has been possible to notice in the rulings of the Peruvian Constitutional
Court the logic that assume that people with mental disabilities have not the
capacity to take their own decisions, even if it is related to an essential right like
health. And that begins in the family because these are the ones who attribute
the power of take decisions instead of them and this happen by the biases that
exist there and in our justice operators and that affect their rights such as
freedom, health, integrity, and human dignity. / Trabajo académico
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El matrimonio igualitario: Marcando un hito en la lucha contra la discriminación. El derecho a la igualdad y no discriminación por orientación sexual aplicado al acceso al matrimonio en el PerúCastro Barnechea, Claudia Lucía 20 November 2017 (has links)
El derecho a la igualdad y no discriminación constituye un pilar importante para el Derecho y para institucionalidad democrática de los Estados. Es, además, esencial para una sociedad respetuosa de los derechos humanos y de las diferencias que nos hacen únicos y valiosos. Una sociedad que respeta las diferencias y garantiza igualdad para todos y todas es una sociedad más cercana a la protección de la dignidad del ser humano. Debido a esto, la presente investigación se centra en la aplicación de este derecho en relación con una población vulnerable en específico, me refiero a las personas no heterosexuales y a las relaciones de pareja que forman y que, actualmente, no tienen forma jurídica de protección en el Perú. A diferencia de
las parejas heterosexuales, las parejas que no lo son no tienen ningún tipo de
institución jurídica que les garantice derechos y obligaciones, pues han sido
excluidos de las formas jurídicas existentes que otorgan estos derechos. Esto ha
redundado en la discriminación de las que son víctimas en la sociedad, ahondado en las formas de invisibilización, desvaloración y falta de reconocimiento que sufren como individuos y como parejas. En este sentido, he analizado las obligaciones que tiene el Estado peruano derivadas del sistema universal de derechos humanos y del sistema interamericano, comparando estas obligaciones con las normas existentes y las medidas actuales a nivel nacional que se refieren en específico a la igualdad y
no discriminación aplicadas al matrimonio como institución jurídica. Luego de un
extensivo y profundo análisis de las normas y pronunciamientos a nivel universal,
interamericano y nacional, puedo concluir que el Estado peruano tiene una
obligación específica de protección sobre las personas que sufren de discriminación en la sociedad y, por lo tanto, deben adecuar la normativa nacional para hacer efectivos los derechos de todos y todas y garantizar que los puedan ejercer en un marco de igualdad. Por esto, el Estado peruano, a través de sus instituciones y normas, está obligado a respetar este derecho y modificar o crear los medios necesarios para hacerlo real, incluyendo en esto la normativa de todo tipo. Esta obligación implica necesariamente que no exista institución jurídica alguna que genere diferencias no objetivas basadas en la orientación sexual de las personas, el matrimonio no puede escapar a esta obligación. Se debe tener en cuenta que, tanto la Constitución peruana como las obligaciones del Derecho Internacional de
Derechos Humanos, indican una noción de familia amplia y más allá del modelo
tradicional. Es, entonces, consecuencia directa de las obligaciones de igualdad
y de la noción amplia de familia que concluyo en la necesidad de adaptar las normas internas peruanas para eliminar las restricciones de las parejas no heterosexuales a instituciones como el matrimonio para garantizar los derechos que les corresponde como familia y que les han sido negados por tanto tiempo. Es hora de que la sociedad y el Derecho avancen de la mano y se busque la protección de todos los seres humanos por igual.
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Política tributaria y diferencias de género en la distribución de ingresos en el PerúSegovia Ferreira, Cristián Arturo, 14 October 2020 (has links)
En el Perú, los roles de género siguen limitando la libertad individual y económica de las
mujeres. ¿Puede el sistema tributario contribuir a contrarrestar los efectos de esta construcción
social? El presente trabajo estima cambios en las distribuciones de ingresos laborales
de trabajadores formales del Perú, identificados por género, a partir de la aplicación de
políticas tributarias como el pago de impuestos directos y la promulgación de la Ley N°
30296 en 2014. El objetivo de este trabajo es el de analizar la relevancia de incluir a la
política tributaria en el diseño e implementación de políticas transversales que busquen
la igualdad entre mujeres y hombres. Para ello, se calculan indicadores de desigualdad
(Gini, Generalizados de Entropía y Atkinson) y de bienestar (Atkinson y Sen), además de
la construcción de Curvas de Lorenz Interdistribucionales. Los principales resultados a
nivel general indican que los impuestos directos en Perú son progresivos y que la distribución
de ingresos tanto de mujeres como de hombres es más desigual en 2015 que en
2014. Por otra parte, los resultados por género indican que ambas políticas tienen un efecto
progresivo en género, es decir, disminuyen la brecha salarial entre mujeres y hombres.
Finalmente, un análisis desagregado de estas distribuciones indica que dicho efecto progresivo
no es constante a lo largo de la curva sino solo para una parte de ella. Se concluye
que la política tributaria puede mejorar la posición relativa de las mujeres respecto a los
hombres, sin embargo, se recomienda considerar un análisis desagregado de desigualdad
que permita evaluar el efecto de la política en mujeres pertenecientes a distintos tramos
de la distribución de ingresos.
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Obesidad y discriminación en las relaciones laborales. A propósito del COVID-19Bravo Bellido, Maria del Rocio 20 September 2023 (has links)
La presente investigación pretende dilucidar si las medidas de protección brindadas a
los trabajadores con obesidad, como parte del grupo de riesgo, frente a la COVID-19,
son realmente son medidas de protección o no. Se analiza si esta patología se convirtió
en un motivo de discriminación laboral para quienes la padecen. El contraste se realizó en base a una encuesta aplicada a un grupo de empleadores sobre las medidas adoptadas en la práctica laboral.
La obesidad se constituye como un factor de riesgo en el mundo del trabajo, en especial en Perú, debido a su creciente presencia entre la población trabajadora. El estudio
previene sobre la importancia que el estado y los empleadores adopten medidas que no
discriminen en el acceso ni en la permanencia en el empleo formal. / This research aims to elucidate whether the protection measures provided to workers with obesity, as part of the risk group, to prevent them from COVID-19, are really
protection measures or not. It is analyzed whether this pathology became a reason for labor discrimination for those who suffer from this disease. The contrast was made based on a survey applied to a group of employers on the measures adopted in labor practice.
Obesity is constituted as a risk factor in the world of work, especially in Peru, due to its growing presence among the working population. The study warns about the importance
that the state and employers adopt measures that do not discriminate in access or
permanence in formal employment.
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Protocolo de actuación en casos de denuncia de discriminación laboral que involucren orientación sexual e identidad de género - SUNAFILBlanco Calderón, Natalyn Margaret 07 June 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación trata sobre el proyecto de innovación denominado:
Protocolo de actuación en casos de discriminación laboral que involucren orientación sexual
e identidad de género – SUNAFIL, cuyo objetivo general es generar una innovación que
permita solucionar problema público identificado como el ¨limitado alcance de los Servicios
de Denuncia Laboral brindados por SUNAFIL para atender los casos de discriminación
laboral provenientes de la comunidad LGBTI a nivel nacional¨.
A su vez, los objetivos específicos de este trabajo de innovación son tres: que la innovación
planteada garantice que las personas de la comunidad LGBTI conozcan y tengan acceso
al Servicio de Denuncias de SUNAFIL, que la innovación planteada garantice que las
denuncias por motivos de orientación sexual e identidad de género que sean presentadas
ante el Sistema de Denuncias de SUNAFIL sean atendidas de manera adecuada y que la
innovación planteada garantice que el personal de SUNAFIL involucrado en el proceso de
recojo de denuncias y los fiscalizadores estén capacitados en temas de género y diversidad
sexual para una adecuada implementación de la innovación.
Esta investigación es de corte exploratorio y emplea una aproximación cualitativa en función
a fuentes primarias, por lo que principalmente se hará uso de las siguientes estrategias y
herramientas de investigación cualitativa: entrevistas a profundidad y encuestas; las cuales
serán acompañadas siempre de un consentimiento informado.
Los modelos de análisis causal consistirán principalmente en la búsqueda sistemática de
información sobre el problema y sus factores relacionados, además, se hará la comparación
de casuística sobre cómo se trató este tema en diversos países a nivel mundial.
Por último, desde el punto de vista de la innovación, se plantea una innovación con un nivel
de cambio incremental y que se desarrollará sobre todo a nivel de procesos dentro de la
cadena de valor. Se propone un prototipo de mediana-alta fidelidad.
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