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Informe sobre Laudo Arbitral de fecha 02 de octubre de 2019 - Proceso Arbitral Servicio de Parques de Lima – SERPAR y Consorcio SOM Lima NorteArbulú Cueva, Alejandra Marlene de Fátima 03 March 2023 (has links)
El presente Informe Jurídico donde se analiza el Laudo Arbitral expedido con
Resolución No. 92 del 2 de octubre del 2022 respecto de la figura de la
Intervención Económica de Obra dentro de las Contrataciones con el Estado,
figura establecida en la normativa, el Reglamento de la Ley de Contrataciones
con el Estado y Directivas expedidas por CONSUCODE, hoy el OSCE, mediante
la cual faculta a Las Entidades para que, en uso de su potestad discrecional
puedan intervenir ejecución de obras públicas cuando se evidencie
incumplimientos por parte de los Contratistas y puedan poner en riesgo la
finalización de la ejecución y entrega de la obra.
Analizaremos el Laudo Arbitral que emite el tribunal respecto a las controversia
que surge entre SERPAR y el Consorcio SOM Lima Norte sometidas a arbitraje
por el Contratista respecto de la decisión de La Entidad sobre la Intervención
Económica y la Resolución Parcial del Contrato de Obra y emitiremos opinión
respecto a la actuación de ambas partes y de la decisión del Tribunal Arbitral.
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Los gastos por indemnizaciones y penalidades derivados de incumplimientos contractuales ¿son deducibles del impuesto a la renta empresarial?Oyola Lázaro, Cynthia Patricia 22 January 2020 (has links)
La presente investigación se centra en el estudio de la posibilidad de deducir los gastos
derivados de incumplimientos contractuales, específicamente los gastos por
indemnizaciones de daños y perjuicios así como de las penalidades, a fin de determinar
si dichos gastos permiten disminuir la base imponible del Impuesto a la Renta de
Categoría, en consecuencia, efectuar un menor pago de dicho impuesto. Producto de
nuestro análisis de la jurisprudencia del Tribunal Fiscal y Poder Judicial, doctrina y la
posición de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (en
adelante, SUNAT), se han identificado los principales fundamentos que avalan tanto la
posición a favor como la posición en contra de la validez de la deducción de los gastos
derivados de incumplimientos contractuales. Dichos fundamentos, tanto a favor como
en contra, han sido analizados considerando distintos tópicos del derecho tributario,
derecho constitucional y derecho civil, tales como el aspecto material de la hipótesis de
incidencia tributaria, cómo se establece la base imponible del impuesto, qué
deducciones están permitidas por ley, los fundamentos teóricos del principio de
causalidad, el principio de capacidad contributiva, el principio de libertad contractual, el
concepto de ilícito civil, entre otros.
Así pues, producto de nuestro análisis, hemos concluido que resulta válido deducir los
gastos derivados de incumplimientos contractuales, puesto que cumplen con el principio
de causalidad y no existe una prohibición normativa expresa que limite o restrinja la
deducción de dicho tipo de gastos. Entre los fundamentos a favor, tenemos que el no
pago de tales conceptos daña la reputación de la empresa en el mercado, afectando la
generación de rentas futuras; porque su reconocimiento es necesario para que los
contribuyentes efectúen una tributación acorde al principio de capacidad contributiva;
que el derecho tributario es autónomo y si bien puede aplicarse otras normas ajenas al
derecho tributario se debe verificar que ello no desnaturalice la finalidad de las
instituciones propias del derecho tributario, asimismo porque constituye una
manifestación de la libertad contractual de los contribuyentes y se trata de gastos que
se originan en el devenir de las actividades empresariales de los contribuyentes. Sin
embargo, consideramos que esto no se aplica a la totalidad de los casos, puesto que
existen gastos derivados de incumplimientos contractuales que pueden resultar no
deducibles por no haberse generado en el devenir de las actividades generadores de
rentas gravadas (actividad comercial permitida), o por tratarse de situaciones de
simulación, por lo que debe efectuarse un análisis caso por caso en función a las
condiciones en las que se generó el contrato, el pago, el negocio que ejerce el
contribuyente, entre otros.
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Análisis jurídico de la Resolución No. 1007-3-2020. Deducción de penalidades contractuales y disposición indirecta de rentasPortugal Lázaro, Flavio Renato 18 August 2021 (has links)
En el presente informe se desarrollará la deducción de gastos por penalidades y la
disposición indirecta de rentas no susceptible de posterior control tributario por gastos
que no cumplen con el principio de causalidad.
En relación con la deducción de gastos por penalidades, se ha partido desarrollando el
principio de causalidad y los criterios o requisitos de normalidad, razonabilidad y
fehaciencia en función a la doctrina jurídica; así como, diversas instituciones del derecho
civil (contratos, obligaciones y responsabilidad civil) con la finalidad de determinar cuál
es el comportamiento exigido por el ordenamiento jurídico a los privados y las
características y funciones de la penalidad contractual. Finalmente, como parte del
objetivo principal del informe, se determinó que los gastos por penalidades no se
encuentran prohibidos; que cumplen con el principio de causalidad y en determinados
casos con el criterio de normalidad, siempre que los incumplimientos se originen en
causas no imputables, por cuanto en dichos casos no contravendrían el parámetro de
actuación normal existente en el derecho tributario y el derecho civil.
En cuanto a la disposición indirecta de rentas, se expone la problemática suscitada por la
interpretación del inciso g) del artículo 24-A que regula la presunción de dividendos
cuando existe una “disposición indirecta de renta no susceptible de posterior control
tributario”. En ese sentido, se analiza la naturaleza de esta norma y los requisitos
obligatorios para su configuración; para dilucidar si resulta aplicable en el caso de una
cesión de marca por parte de una accionista a una empresa cuya causalidad no ha sido
acreditada.
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El pago por incumplimiento contractual ¿Gasto deducible o liberalidad?López Orihuela, Moises Leonardo 13 August 2021 (has links)
En el presente trabajo, se determina cuáles son los criterios necesarios y válidos para
considerar a un gasto por pago de incumplimiento contractual proveniente de una
cláusula penal como deducible. De esta manera, se dará tratamiento a los alcances que
tiene el “Principio de Causalidad” en materia tributaria, desarrollando particularmente
cual es el tratamiento respecto al Impuesto a la Renta peruano de tercera categoría y que
implica el “Principio de Fehaciencia” en servicio de la deducción de gastos. Ubicándose
como punto de debate como es que el pago generado por penalidad contractual puede
cumplir con ambos principios a fin de ser deducible, que como se verá consistirá en
realizar una correcta interpretación de las normas pertinentes.
La estructura a desarrollarse parte de analizar la Sentencia de Casación No. 8327-2015-
LIMA, de fecha 18 de mayo de 2017, emitida por la Corte Suprema, en la cual se ve
reflejada la posición sobre la problemática tanto de un contribuyente, como la
Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial. De manera que, luego
de comentarse los hechos y argumentos en la sentencia, se cuestionará el tratamiento y
criterios dados por las partes, al mismo tiempo que se logrará visibilizar cuales son los
límites que emanan de las normas respecto a la deducción de gastos en el caso. / In the present work, it is determined which are the necessary and valid criteria to
consider an expense for payment of contractual breach from a penal clause as a
deductible. In this way, treatment will be given to the scope of the "Principle of
Causality" in tax matters, particularly developing what is the treatment regarding third
category Peruvian Income Tax and that implies the "Principle of Reliability" in service
of the deduction of expenses. Positioning itself as a point of debate as is that the
payment generated by contractual penalty can comply with both principles in order to
be deductible, which, as will be seen, will consist of making a correct interpretation of
the pertinent regulations.
The structure to be developed starts from analyzing the “Sentencia de Casación No.
8327-2015-LIMA”, dated May 18, 2017, which reflects the position on the problem of
both a taxpayer, such as the Tax Administration, the Court Prosecutor and the Judiciary.
Thus, after commenting on the facts and arguments in the judgment, the treatment and
criteria given by the parties will be questioned, at the same time that it will be possible
to make visible what are the limits that emanate from the rules regarding the deduction
of expenses in the case.
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Probabilidad de default de portafolios de deuda corporativa en economías emergentesEstrella Torres, Maykol Alexander, Vega Nuñez, Johan Jose 11 January 2024 (has links)
En los últimos años, se ha producido una intensa producción de investigación
académica con respecto a los modelos que estiman o predicen los eventos de
incumplimiento de pago, debido al mayor interés de las empresas por mantener una
mejor gestión de riesgo de crédito. Por ello, el presente trabajo tiene como principal
objetivo comparar la capacidad predictiva de los modelos tradicionales o estadísticos
(Regresión Logística) contra modelos Machine Learning (XGBoost y Random Forest).
Para lo cual, se emplea una muestra de compañías latinoamericanas que emitieron
bonos corporativos durante el período de 1990 a 2022, analizando así un total de 389
empresas. Asimismo, se usó Bloomberg, como fuente de información para extraer los
ratios financieros con frecuencia trimestral en el periodo ya mencionado, obteniendo
así 51,060 observaciones. Una de las características de este trabajo es que se usaron
las variables del modelo de puntaje Z de Altman junto con otros ratios financieros
complementarios, para así mejorar la precisión de los modelos. Sin embargo, para la
determinación del mejor modelo predictivo, se usaron las métricas de clasificación
como el AUC (Área bajo la curva ROC), Precisión, Recall y Score F1, y los resultados
mostraron que los modelos de Machine Learning tuvieron un mejor rendimiento de
clasificación con respecto a la Regresión logística, siendo el modelo Random Forest
el que mejor performance según las métricas de evaluación.
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Ventajas de una regulación uniforme para la compraventa internacional de mercaderíasRojo Reghetti, María Francisca January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / De los datos expuestos se desprende que, desde un punto de vista cuantitativo, el tipo promedio de empresario chileno corresponde a un PYME exportador de productos agrícolas, especialmente perecibles.
Debido a las características ya señaladas de este tipo de empresas, y su importancia para la economía nacional, es que el trabajo que a continuación se presenta implica un análisis del texto de la Convención de Viena a la luz de la legislación chilena a fin de determinar cual de las dos regulaciones resulta más beneficiosa para este exportador de productos agrícolas. Por ello el conocimiento de su contenido, y el análisis y comparación respecto de la ley chilena se hace necesario considerando que la mayor parte de los contratos de compraventa internacional celebrados por chilenos se rige, salvo pacto en contrario, por el texto uniforme
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Simulación : efectos por incumplimiento de las partesFarías Contreras, Silvana, Hernández Carreño, Yeniffer January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / 05/04/2019
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La evolución del concepto de contrato y su incidencia en los principales mecanismos de protección del acreedor insatisfechoGuevara Parra, Valentina Loreto, Mufdi Guerra, María de los Ángeles January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La responsabilidad contractual en la jurisprudencia arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CAM)" : período comprendido entre las fechas 02-01-2007 y 13-04-2012Parra Salamanca, Rodrigo Alfredo January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Contemporáneamente la responsabilidad contractual, en sentido amplio del término, se ha entendido
como el sistema de acciones que dispone el acreedor frente al incumplimiento del contrato; dentro de
las que se comprende tanto la acción de cumplimiento, la acción resolutoria, así como la de
indemnización de perjuicios. Al estudio de dichos medios de tutela del crédito deben agregarse dos
elementos. Por una parte, la excepción de contrato no cumplido como un mecanismo de defensa del
deudor en los contratos bilaterales. Y por otra, las cláusulas que las mismas parten pueden agregar al
contrato con el objeto de regular o anticiparse a los efectos del incumplimiento contractual. Dentro del
ordenamiento nacional, en el estudio de los medios de tutela del crédito, se ha obviado la forma en que
ellos se consagran en un método importante de solución de controversias como lo constituye el
arbitraje. En tal sentido, en esta investigación se analizará la forma en que se manifiesta la
responsabilidad contractual (incluida la excepción de contrato no cumplido y las cláusulas
contractuales) en la jurisprudencia arbitral emitida por el Centro de Arbitraje y Mediación de la
Cámara de Comercio de Santiago (CAM) durante un periodo de 10 años, comprendido entre los años
2007 y 2016; según las publicaciones periódicas realizadas por la misma institución. Esta investigación
está compuesta de tres trabajos realizados en forma independiente, pero bajo la misma metodología, y
que comprenden distintos periodos de tiempo de jurisprudencia arbitral. En dicho sentido, este trabajo
en particular comprende 38 laudos emitidos entre las fechas 2 de enero de 2007 a 13 de abril de 2012.
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Tax arrears and tax litigiousness in Peru, some aspects to be considered / Atrasos tributarios y litigiosidad tributaria en el Perú, algunos aspectos para reflexionarSevillano, Sandra, Sotelo, Eduardo 10 April 2018 (has links)
Tax arrears are a frequent feature in many States and a concern that demands to reflect on the diverse variables that promote, cause or block their reduction. This paper elaborates on some of the variables that could promote or contribute to generate tax arrears and on some aspects of the Peruvian tax system that could help to explain the current level of tax arrears and the tax litigiousness in Peru. Tax Administration pitfalls that contribute to the generation of tax arrears and tax litigiousness are not avoided but are certainly not the core part of this work. / Los atrasos de las deudas tributarias son un fenómeno frecuente en los Estados y una preocupación que exige reflexionar sobre las diversas variables que los incentivan, ocasionan o que impiden su reducción. El presente trabajo reflexiona sobre algunas de las variables que podrían promover, o cooperar con, la generación de atrasos tributarios y sobre algunos aspectos o atributos del sistema tributario peruano que podrían ayudar a explicar el actual nivel de atraso en la deuda tributaria y, en parte, la alta litigiosidad en el sistema. Los defectos atribuibles a la Administración tributaria para producir el atraso y la litigiosidad no se evaden, pero no forman parte central del trabajo.
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