• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 36
  • 13
  • Tagged with
  • 49
  • 49
  • 28
  • 28
  • 28
  • 28
  • 28
  • 28
  • 26
  • 26
  • 23
  • 19
  • 17
  • 16
  • 15
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
31

El derecho de huelga de cara a los fenómenos de descentralización productiva

Siguas Hernández, Juan Daniel 21 May 2021 (has links)
El uso cada vez más extendido de estrategias de descentralización productiva hace que se configuren estructuras empresariales bastante más complejas que la noción tradicional de empresa. A pesar del impacto que tienen estas nuevas realidades económicas sobre el desarrollo de las relaciones de trabajo, nuestro ordenamiento jurídico no brinda respuestas suficientes y adecuadas a los desafíos que estos nuevos paradigmas productivos plantean al ejercicio de los derechos laborales, incluyendo los derechos colectivos. En ese sentido, y teniendo en cuenta que nuestra regulación laboral poco o nada dice acerca del ejercicio del derecho de huelga en escenarios de descentralización productiva, en el presente trabajo analizamos si las estructuras empresariales que se configuran a partir de las técnicas de descentralización pueden llegar a ser ámbitos del derecho de huelga. Para ello, primero hacemos un repaso del tratamiento doctrinario y legal de los dos principales fenómenos de descentralización productiva que tienen lugar en nuestro país (las redes empresariales formadas a partir de la subcontratación y los grupos de empresas) y analizamos de qué manera ambos fenómenos impactan en el ejercicio de la libertad sindical y en la propia dinámica de los conflictos colectivos. Seguidamente, desarrollamos algunas nociones básicas relacionadas con el derecho de huelga, hasta llegar a abordar los fundamentos que, a nuestro entender, justifican la proyección de este derecho hacia los ámbitos complejos del grupo o la red. De este modo, concluimos que el grupo de empresa y la red empresarial pueden ser ámbitos del derecho de huelga, en aquellos casos en los que surjan conflictos colectivos en tales escenarios o cuando los trabajadores en conflicto están intensamente vinculados con la actividad productiva global que, más allá de barreras formales, se desarrolla en el conjunto del grupo o la red.
32

La exclusión legal de los efectos del convenio colectivo a los trabajadores de confianza en el ámbito privado ¿constituye vulneración a su derecho fundamental de libertad sindical?

Acuña Oscco, Diana Carolina 08 November 2019 (has links)
Dada la importancia de tutelar el ejercicio del derecho de libertad sindical, y siendo que no es posible el desarrollo de ésta sin la preexistencia efectiva del derecho de negociación colectiva, resulta insoslayable la necesidad de garantizar su ejercicio democrático por parte del Estado a fin de equilibrar las desiguales relaciones existentes en el ámbito laboral. Así, el presente trabajo de investigación tiene por finalidad determinar si la exclusión legal prevista en el artículo 42° del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, el cual señala: “La convención colectiva de trabajo tiene fuerza vinculante para las partes que la adoptaron (…) con excepción de quienes ocupan puestos de dirección o desempeñan cargos de confianza”, constituye una vulneración al derecho de libertad sindical, siendo que a raíz de su lectura surgen diferentes interpretaciones, algunas veces contradictorias y en menoscabo de este derecho, pues tal y como está redactada, denota un carácter excluyente respecto del personal de dirección y de confianza, restringiéndoles del ejercicio del derecho de negociación colectiva. Así, observaremos que el Comité de Libertad Sindical y la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenio y Recomendaciones, coinciden en establecer que esta limitación impuesta a los trabajadores de confianza, no resulta incompatible con el Convenio 87 de la OIT, esto siempre y cuando: (i) se les permita fundar sus propias organizaciones para defender sus intereses, y (ii) que dichas categorías no sean tan amplias que debiliten las organizaciones de los trabajadores; en ese sentido, dada la posibilidad de que los trabajadores de confianza conformen sus propias organizaciones sindicales, se determina que la restricción contemplada en el precitado artículo 42°, no vulnera el derecho de libertad sindical de esta categoría de trabajadores, permitiéndoles beneficiarse de los efectos de los convenios colectivos que logren celebrar.
33

La masificación de los contratos temporales de trabajo en las relaciones laborales privadas en el Perú: cuando la excepción se vuelve la regla

Leyva De Amat, Federico Giovanni 14 April 2022 (has links)
La presente investigación nace del interés del autor por contrastar la situación jurídica de la contratación laboral -temporal- en el Perú frente a la realidad práctica de dicha contratación en el sector privado formal. La motivación para ello proviene de la aparente contradicción entre la fuerte protección jurídica – y preferencia – de nuestro sistema normativo por la contratación laboral a plazo indeterminado, frente a la predominancia real de la contratación laboral temporal que tiene -jurídicamente- la calidad de excepcional frente a aquella, motivo el cual se justifica el tema de investigación. Ahora bien, el presente trabajo pretende, primero, situarnos en cuál es la realidad actual de la contratación laboral temporal frente a la contratación a plazo indeterminado, para poder tomar una posición respecto a si la contratación laboral temporal resulta excepcional o, por el contrario, resulta la forma mayoritaria de contratación laboral en el sector privado formal, como efectivamente lo seria. Posteriormente, se analiza las causas que coadyuvan a dicha situación, que incluyen a la reforma laboral de los años noventa (principalmente a través de la expedición del Decreto Legislativo 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral), a la interpretación del Tribunal Constitucional sobre las formas de protección frente al despido arbitrario (Caso Fetratel); y a la falta de un sistema de fiscalización laboral que pueda fiscalizar y sancionar oportunamente el uso indebido de contratos temporales para disfrazar relaciones laborales de naturaleza permanente. Por el contrario a considerar alguna de ellas como la principal, concluiremos que existe aparentemente una dinámica o interrelación entre la primera y tercera de ellas, es decir, que existiría un gran porcentaje de contratación temporal en el mercado que no resulta excepcional frente a la contratación a plazo indeterminado, dado que es una opción contractual legal a adoptar y que, al no tener un sistema de fiscalización que pueda sancionar el uso indebido de estos contratos (para ocultar relaciones de trabajo permanentes), pues la modalidad se expande, independientemente de si corresponde o no esta forma de contratación. Esto trae además afectaciones a otros derechos laborales además de la estabilidad en el trabajo, tales como la afectación a la libertad sindical y negociación colectiva, entre otros.
34

Informe sobre Expediente N° 2453

Guzmán Estrada, Lucia Alejandra 11 November 2020 (has links)
El presente caso gira en torno a la demanda de amparo interpuesta por la Federación de Trabajadores del Sector Comunicaciones del Perú (en adelante “la FETRATEL”) contra Telefónica del Perú (en adelante TDP) por la vulneración a sus derechos de la negociación colectiva y de libertad sindical en el marco de las negociaciones del convenio colectivo 2008- 2009 entre las partes. El desarrollo de este expediente tiene una relevancia transcendental toda vez que no solo se discute sobre la naturaleza del arbitraje potestativo en el Perú a la luz de la jurisprudencia del TC, de los órganos internacionales así como de las posiciones sobre su causalidad o no, sino que se cuestiona la extensión de beneficios de un convenio colectivo suscrito con otro sindicato en el marco de una negociación colectiva y su impacto en la visión de los trabajadores de la Federación como interlocutores válidos que puedan defender los intereses de los trabajadores sindicalizados. Así, este caso se constituye como uno de gran relevancia jurídica por abarcar inclusive varias materias materias del Derecho (Consitucional, Laboral y Arbitral), siendo por ello posible desarrollar un rico y vasto desarrollo sustantivo y procesal en torno a los problemas jurídicos advertidos en el presente informe.
35

La escisión societaria en contraposición al ejercicio de la libertad sindical: Análisis bajo la óptica de los derechos fundamentales

Zucchetti Paredes, Paolo Giuseppe 29 May 2023 (has links)
A través de la escisión societaria, una empresa puede transferir todo un bloque patrimonial (incluyendo trabajadores) hacia otra empresa. Este fenómeno que tiene efectos en las relaciones laborales individuales y colectivas, no cuenta con una legislación laboral que lo regule. Ante tal, aparente, incertidumbre; muchas afectaciones a la libertad sindical como producto de las escisiones empresariales han terminado discutiéndose (sin mucho éxito) en vía judicial. Evidenciándose que la principal tara al momento de abordar el problema se encuentra que el análisis se realiza a un nivel infraconstitucional, ignorando por completo, el contenido protegido por la libertad de empresa y la libertad sindical. Mediante el presente trabajo, ponemos en evidencia las diferentes restricciones que sufre la libertad sindical luego de una escisión, así como el deficiente análisis que se viene haciendo sobre esta problemática. Y finalmente, proponemos un modelo de análisis para estos casos y una posible solución en general, bajo la óptica de los derechos fundamentales. / Through the corporate division, a company can transfer an entire block of assets (including workers) to another company. This phenomenon, which has effects on individual and collective labour relations, does not have labour legislation to regulate it. In the face of such, apparent, uncertainty; many effects on freedom of association as a result of the corporate division have ended up being discussed (without much success) in the courts. Evidenced that the main flaw when addressing the problem is that the analysis is carried out at an infra-constitutional level, completely ignoring the content protected by freedom of business and freedom of association. Through this work, we highlight the different restrictions that freedom of association suffers after a corporate division, as well as the deficient analysis that has been done on this problem. And finally, we propose an analysis model for these cases and a possible solution in general, from the perspective of fundamental rights. / Trabajo académico
36

La calificación de confianza y su exclusión legal expresa de la aplicación de los convenios colectivos de trabajo

Vargas Maldonado, Jorge Luis 14 February 2018 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar, si la justificación que se desarrolla en doctrina para excluir a los trabajadores de confianza del ámbito de aplicación de los convenios colectivos es sustentable, realizando un examen sobre la validez de la exclusión a nivel constitucional y de normas internacionales de trabajo. Adicionalmente se realizará un análisis sobre los distintos pronunciamientos emitidos en las diferentes sedes (administrativa, judicial e internacional) concluyendo finalmente si esta limitación constituye una vulneración al derecho a la libertad sindical y negociación colectiva. En esa linea, nuestro objetivo fue verificar la hipotesis aplicando una metodología exegética que permita identificar la correcta interpretación de la normativa laboral de la materia, con la finalidad de identificar el deber ser como regla aplicable. Sin bien es cierto se trata de una técnica clásica y tradicional, esta permite realizar un análisis macro de las normas y principios aplicables, con la finalidad de poder comprobar si la hipótesis es correcta. Finalmente se llegó a la conclusion de que realizando una interpretación sistemática de la LRCT, Constitución y convenios OIT ratificados por el Perú nos lleva a concluir que la restricción precisada por el artículo 42 de la LRCT quedaría superada por lo regulado en el articulo 12 de la misma norma, por lo que cuando el estatuto de la organización sindical contempla expresamente la posibilidad de que los trabajadores de confianza se afilien, deberían tener acceso también a los convenios colectivos.
37

Casación laboral No. 2864-2009-Lima

Valdivia Romero, Luis Manuel 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar todos los aspectos relevantes de la extensión de beneficios de convenio colectivo suscrito por sindicato minoritario a trabajadores no afiliados al ente colectivo, a partir de la primera sentencia de la Corte Suprema de Justicia que consolidó un criterio afirmativo, que podría vulnerar sendos derechos fundamentales (libertad sindical e igualdad) y constituir una aplicación o interpretación incorrecta de la normativa socio laboral.
38

La Responsabilidad civil por los daños causados por la lesión a la libertad sindical colectiva en el sistema jurídico peruano.

Castellanos Córdova, Paúl Bernardo 25 October 2023 (has links)
Frente a la conducta antisindical que tiene como consecuencia la lesión al derecho a la libertad sindical, así como sus múltiples manifestaciones, corresponde al ordenamiento procurar al sujeto lesionado la restitución en el pleno goce y ejercicio de su derecho y libertad, para ello el operador jurídico deberá primero determinar el carácter antisindical de la conducta, efectuando un juicio de antisindicalidad, el cual tiene entre sus elementos caracterizadores, su naturaleza atípica, la irrelevancia del efecto dañoso, la ausencia de factores subjetivos para su atribución, así como su carácter pluiriofensivo, los cuales tendrán sin duda una incidencia en la evaluación probatoria de la conducta infractora. Asimismo, el ordenamiento jurídico ha diseñado una seria de mecanismos de protección de la libertad sindical, entre los cuales está la tutela restitutoria prestada por la justicia constitucional y laboral, la tutela punitiva administrativa y penal, así como la justicia internacional, los cuales, no han previsto expresamente, imponer al agente infractor, la reparación de las consecuencias patrimoniales y no patrimoniales del ilícito antisindical. En tal sentido la tutela resarcitoria prestada por el derecho civil patrimonial puede mediante sus técnicas resultar idónea para tutelar dichas consecuencias por lo que corresponderá, a continuación, efectuar un juicio de responsabilidad civil, sobre la conducta reputada como antinsindical, analizando sus elementos, el nexo causal, el factor de atribución y los daños causados, cabiendo la posibilidad de imponer de ser el caso un resarcimiento por daño moral atendiendo a la gravedad de la conducta infractora. Finalmente se analiza lo que ha sido procesalmente el tratamiento de los elementos antes descritos.
39

Las relaciones entre autonomía colectiva y gobierno en Uruguay: crónica con final abierto

Barretto, Hugo 10 April 2018 (has links)
Relations between collective autonomy and government in Uruguay: chronic with open endingThe present article, after making a brief recount of the model of Uruguayan collective labor relations, analyzes the foundation and impact of heteronomous regulation on the protection of trade union freedom and collective bargaining released in the context of transformation model during periods from 2005 to 2009 and so far until 2012, with the purpose of determining whether the same meant a profound and definitive break of the pre-existing model or rather it emphasizes some of its elements without disturbing the nature / El presente artículo, tras efectuar un breve recuento del modelo de relaciones colectivas de trabajo uruguayo, analiza el fundamento y el impacto de la regulación heterónoma en materia de protección de la libertad sindical y de negociación colectiva, regulación emitida en el marco del modelo de transformación durante los períodos 2005 a 2009 y lo que va hasta el 2012. El objetivo del trabajo es determinar si dicha regulación significó una ruptura profunda y definitiva del modelo preexistente o si enfatiza más bien alguno de sus elementos sin alterar la naturaleza.
40

Limitations on the content of Collective Bargaining imposed by the State to its workers / Límites al contenido de la negociación colectiva impuestos por el Estado a sus trabajadores

Neves Mujica, Javier 25 September 2017 (has links)
Collective bargaining is one of the most important manifestations of the right   to freedom of association, because it serves as the mean through which unions can, progressively, improve labor conditions. It is because of its importance that the contentof this right cannot find itself limited in the possibility for employees  to negotiate their own remuneration, which is what is happening with public employees in our country.In this article, the author makes an analysis of the content of the right of collective bargaining and its limitations imposed by our regulation, from the perspective  of various national and international bodies. Those limitations would be unconstitutional, for they are restraining part of the essential content of the right of collective bargaining, existing, moreover, more suitable measures to achieve the balance between this right and public budget needs. / El derecho a la negociación colectiva es uno de las manifestaciones más importantes del derecho de libertad sindical, pues se trata delmedio mediante el cual los sindicatos pueden lograr, de manera progresiva, mejores condiciones laborales. Es debido a esta importanciaque el contenido de dicho derecho no debeverse limitado en cuanto a la posibilidad de los empleados de negociar su propia remuneración, lo cual sí sucede en el caso de los empleados públicos en nuestro país.En el presente artículo, el autor realiza un análisis del contenido y los límites impuestos a la negociación colectiva en nuestro ordenamiento, desde la perspectiva de distintos órganos nacionales e internacionales. Dichas limita- ciones serían inconstitucionales, dado que se está restringiendo parte del contenido esencial del derecho a la negociación colectiva, siendo posible encontrar medidas más idóneas para balancear el ejercicio de dicho derecho con las necesidades de presupuesto público.

Page generated in 0.0777 seconds