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La calificación de confianza y su exclusión legal expresa de la aplicación de los convenios colectivos de trabajoVargas Maldonado, Jorge Luis 14 February 2018 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar, si la justificación que se desarrolla en doctrina
para excluir a los trabajadores de confianza del ámbito de aplicación de los convenios
colectivos es sustentable, realizando un examen sobre la validez de la exclusión a nivel
constitucional y de normas internacionales de trabajo. Adicionalmente se realizará un
análisis sobre los distintos pronunciamientos emitidos en las diferentes sedes
(administrativa, judicial e internacional) concluyendo finalmente si esta limitación
constituye una vulneración al derecho a la libertad sindical y negociación colectiva.
En esa linea, nuestro objetivo fue verificar la hipotesis aplicando una metodología
exegética que permita identificar la correcta interpretación de la normativa laboral de la
materia, con la finalidad de identificar el deber ser como regla aplicable. Sin bien es
cierto se trata de una técnica clásica y tradicional, esta permite realizar un análisis macro
de las normas y principios aplicables, con la finalidad de poder comprobar si la hipótesis
es correcta.
Finalmente se llegó a la conclusion de que realizando una interpretación sistemática de la
LRCT, Constitución y convenios OIT ratificados por el Perú nos lleva a concluir que la
restricción precisada por el artículo 42 de la LRCT quedaría superada por lo regulado en
el articulo 12 de la misma norma, por lo que cuando el estatuto de la organización
sindical contempla expresamente la posibilidad de que los trabajadores de confianza se
afilien, deberían tener acceso también a los convenios colectivos.
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La negociación colectiva en un contexto de crisis empresarialGalantini Chiroque, Jose Francisco 22 April 2022 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo determinar si la negociación colectiva en un contexto de crisis empresarial debería ser objeto de fomento al igual que la negociación colectiva tradicional. Para ello, estudiaremos también la figura de la crisis empresarial en nuestro ordenamiento jurídico, ensayaremos una definición de este fenómeno y como es que el Derecho del Trabajo interviene en este.
Luego de ello, identificaremos en donde se encuentra regulada en nuestra legislación nacional y como esta repercute en la negociación colectiva o trato directo. Analizaremos así las causales del cese colectivo y determinaremos cuando estas representan un supuesto de crisis empresarial o cuando hacen referencia a un hecho distinto en la vida de la empresa.
Posteriormente, evaluaremos los alcances la regulación específicamente del trato directo en la fase previa al cese colectivo, particularmente la característica de ser in peius y las consecuencias que tendrían lugar si es que esta, a fin de cuentas, debe ser fomentada conforme señala la Constitución y los pronunciamientos de la OIT, particularmente la normativización de las reglas que darían forma a esta negociación colectiva sui generis
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Casación laboral No. 2864-2009-LimaValdivia Romero, Luis Manuel 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar todos los aspectos relevantes de la
extensión de beneficios de convenio colectivo suscrito por sindicato minoritario a
trabajadores no afiliados al ente colectivo, a partir de la primera sentencia de la Corte
Suprema de Justicia que consolidó un criterio afirmativo, que podría vulnerar sendos
derechos fundamentales (libertad sindical e igualdad) y constituir una aplicación o
interpretación incorrecta de la normativa socio laboral.
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Negociación colectiva de los servidores públicos: alcances para una nueva propuesta normativaPaul Fernández, Diana Carolina 10 April 2017 (has links)
El derecho a la negociación colectiva es una herramienta valiosa para la mejora de los
beneficios laborales con contenido económico y no económico de los trabajadores en
general; sin embargo, el desarrollo de dicho derecho en el sector público ha encontrado
serias dificultades normativas, principalmente en las leyes de presupuesto que año a año
han venido restringiendo su ejercicio en materia remunerativa, línea que también se
siguió en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.
Ahora, con ocasión de la sentencia del Tribunal Constitucional (en adelante, TC)
conocida como “Caso Ley de Presupuesto Público”, en cuyo numeral 2 de su parte
resolutiva exhorta al Congreso de la República a aprobar una nueva regulación sobre
negociación colectiva para los trabajadores del sector público, es que el presente trabajo
pretende establecer, a partir del análisis de legislación comparada y lo señalado por la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), una propuesta normativa que resulte
conforme al deber de fomento por parte del Estado del referido derecho fundamental, de
acuerdo a lo señalado en el numeral 2 del artículo 28 de nuestra Constitución Política.
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“El fomento de la negociación colectiva y el Estado peruano”Meléndez Trigoso, Willman César, Núñez Therese, Pamela del Rocío 16 November 2017 (has links)
La presente tesis realiza una labor de introspección en el sistema jurídico
laboral vigente, a fin de determinar las posibilidades reales que este ofrece
para el ejercicio del derecho fundamental de libertad sindical en una de sus
expresiones: la negociación colectiva.
A tal objetivo los graduandos inician sentando las bases de lo que declaran
como filosofía e ideología jurídica: el Estado Constitucional de Derecho.
Desde este paradigma se da lectura al conjunto de normas que regulan la
negociación colectiva de modo directo o sucedáneo.
Del mismo modo, se repasan los datos actuariales que plantean una visión
estadística del tema tratado, permitiendo contemplar la evolución o
involución de la materia.
La mixtura de los datos jurídicos y actuariales permite concluir en un estado
deficiente en cuanto a la obligación de fomento de la negociación colectiva
que detenta el Estado peruano. Esta conclusión genera una nueva labor en
los graduandos: una propositiva.
La labor propositiva se erige a razón de cada uno de los estancos en los
que se detectan fallas susceptibles de mejora en el sistema, siempre
orientados con el logro del objetivo inicial: el fomento de la negociación
colectiva.
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El modelo de relaciones laborales en la industria de la construcción del Perú entre 1992 y 2015Mejía Alvites, Carlos Enrique 13 November 2018 (has links)
La presente investigación busca describir y analizar el proceso de cambios en el modelo de
relaciones laborales en la industria de la construcción del Perú entre los años 1992 y 2015.
Identificando las decisiones de los actores (trabajadores, empresarios y Estado) en el sector
económico estudiado, que han permitido el tránsito de un modelo restrictivo a un modelo
democrático de relaciones laborales.
Se trata de una investigación aplicada que trabaja con una metodología cualitativa. La misma
que consiste en el análisis de un conjunto de entrevistas semi estructuradas realizadas a
representantes gremiales de los trabajadores, de los empresarios y del Estado; así como el
análisis de la información cuantitativa sobre las relaciones laborales y la industria de la
construcción recopilada a través de diferentes bases datos nacionales e internacionales.
El tema de investigación resulta pertinente pues permite disponer de mejores herramientas en
el análisis de las relaciones laborales y en el diseño de las políticas laborales. El establecimiento
de un marco de relaciones laborales más equilibrado es de una importante relevancia social,
pues se consolida la institucionalidad democrática. De esta manera se benefician tanto los
trabajadores como los empresarios.
El resultado de la investigación identifica en el periodo de 1992 y 2015 cuatro “decisiones
estratégicas” tomadas por los actores que permiten establecer la eficacia de la negociación
colectiva por rama. La misma que ha logrado desarrollarse durante once años consecutivos y
resolverse en trato directo; siendo además la base para la elaboración de una “agenda
sectorial” para la industria de la construcción en donde participan empresarios y trabajadores
y tienen al Estado como contraparte, siendo esta una experiencia única en el ámbito de las
relaciones laborales del país. / This research seeks to describe and analyze the process of changes in the model of labor
relations in the construction industry of Peru between 1992 and 2015. Identifying the decisions
of the actors (workers, employers and the State) in the economic sector studied, which have
allowed the transition from a restrictive model to a democratic model of labor relations.
It is an applied research that works with a qualitative methodology. Which consist of the
analysis of a set of semi-structured interviews made to union representatives of workers,
employers and the State; as well as the analysis of quantitative information on labor relations
and the construction industry compiled through different national and international data bases.
The research topic is relevant because it allows for better tools in the analysis of labor relations
and in the design of labor policies. The establishment of a more balanced framework for labor
relations is of significant social relevance, since democratic institutions are consolidated. In this
way, both workers and employers will be benefited.
The result of the research identifies in the period of 1992 and 2015 four "strategic decisions"
taken by the actors that allow to establish the effectiveness of collective bargaining by branch.
The same that has managed to develop during eleven consecutive years and be resolved in
direct contact; being also the basis for the elaboration of a "sectoral agenda" for the construction
industry in which entrepreneurs and workers participate and have the State as a counterpart,
this being a unique experience in the field of labor relations in the country. / Tesis
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El ejercicio de los derechos colectivos en las prestaciones de servicios mediante plataformas digitalesMora Cacho, Percy Martin 24 May 2021 (has links)
En el presente trabajo se busca analizar lo relacionado al derecho de sindicación y
negociación colectiva en los trabajadores independientes de plataformas digitales, partiendo
de la premisa que en el Perú no se encuentra regulado de forma expresa los derechos
colectivos en favor de este grupo de trabajadores, a pesar de que se tiene por ratificados ante
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), i) el Convenio 87 sobre la “libertad sindical
y la protección del derecho de sindicación” y ii) el Convenio 98 sobre el “derecho de
sindicación y negociación colectiva”; instrumentos de carácter internacional que sí otorgan
los mencionados derechos colectivos a los trabajadores independientes. Para ello, la
problemática planteada es sometida ante los tribunales de justicia internos, los órganos
internacionales de derechos humanos y los órganos de control de la OIT, en aplicación del
bloque de constitucionalidad y del control de convencionalidad respectivamente, a fin de
encontrar una solución que favorezca a este colectivo de trabajadores a poder ejercitar el
derecho de sindicación y negociación colectiva, en cumplimiento de lo dispuesto por nuestra
Carta Magna y las normas internacionales del trabajo. Así pues, como conclusión de esta
investigación se tiene por advertido la insoluta aplicación de las normas de fuente
internacional en nuestro país y el carácter blando de los pronunciamientos de los órganos de
control de la OIT; siendo más eficaz la aplicación del bloque de constitucionalidad ante
nuestros órganos de justicia nacional y, de no resultar satisfactoria dicha vía, será
recomendable recurrir ante los organismos internacionales en aplicación del control de
convencionalidad, debiendo apoyarse en ambas instancias con las interpretaciones
especializadas que pueda emitir el Comité de Libertad Sindical sobre la materia controvertida
en aras de otorgarle mayor fuerza a la interpretaciones jurídicas de carácter vinculante que
emitirán dichos órganos de justicia.
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La Viabilidad del Cese Colectivo en el Perú y el Rol de la Autoridad AdministrativaCórdova Valladares, Maribel Tatiana 14 July 2021 (has links)
En el Perú el cese colectivo está regulado por la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, T.U.O del D.L. 728; el cese colectivo se produce cuando el empleador de manera unilateral decide la terminación de contratos por causas objetivas relacionadas a una crisis empresarial.
Las causales establecidas en la Ley de Productividad Laboral son las siguientes; a) El caso fortuito y la fuerza mayor; b) Los motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos; c) La disolución y liquidación de la empresa, y la quiebra; y por último d) La reestructuración patrimonial.
En el presente trabajo se aborda las causales objetivas de caso fortuito y la fuerza mayor, y los motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos; esto en relación con el rol que cumple la Autoridad Administrativa dentro de la etapa administrativa de procedimiento establecido.
Asimismo; se realizan diversos cuestionamientos al procedimiento de cese colectivo, esto según lo establecido por la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Dentro del análisis de los cuestionamientos nos centramos en la suspensión perfecta, aprobación automática con verificación posterior; fases que se encuentran dentro del procedimiento del cese colectivo.
De la misma forma también se analiza aquella presentación simultánea de la negociación de las medidas terminación de contratos y la solicitud de suspensión de contratos
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El principio de continuidad de los contratos y el régimen de protección frente a la desvinculación laboral individual y colectivaFerro Delgado, Victor 12 January 2022 (has links)
El presente trabajo examina el contenido del principio de conservación de los negocios jurídicos, vinculándolo con el principio de continuidad en el derecho del trabajo. Así, un criterio de interpretación, que en el ámbito del derecho civil apunta a la subsistencia del negocio jurídico, en el marco del derecho laboral es objeto de un desarrollo particular con base al principio de continuidad, el derecho al trabajo y la estabilidad laboral. Empero, el alcance que el Tribunal Constitucional (TC) confiere al derecho al trabajo resulta no solo inconsistente en sí mismo, sino contrario al esquema de protección frente al despido
consagrado por múltiples ordenamientos cuyas constituciones consagran, igualmente, el derecho al trabajo. En términos generales, tales ordenamientos prevén que la afectación a este derecho determina una tutela resarcitoria, y no así restitutoria, a diferencia de lo que plantea el TC. A su vez, el TC obvia todo ejercicio de ponderación entre el derecho al trabajo y el derecho a la libertad de empresa, a pesar de que este igualmente goza de reconocimiento constitucional.
Seguidamente, analizamos el principio de continuidad en la regulación de los ceses colectivos, evidenciando que, en el derecho comparado, se reconoce al empleador la facultad extintiva de los contratos de trabajo, a diferencia de lo que opera en nuestro régimen, que traslada esa prerrogativa a la autoridad administrativa de trabajo, no obstante, su sistemática renuencia a aprobar las respectivas solicitudes. De ahí que se proponga una modificación constitucional estableciendo que tanto la extinción individual como colectiva del contrato de trabajo corresponden al ejercicio de la facultad de dirección del empleador, la cual de ejercerse de manera contraria al ordenamiento vigente dará lugar al pago de una indemnización legalmente fijada, mientras que reposición solo operará cuando el despido resulte lesivo de derechos fundamentales
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Informe sobre Expediente N° 003-2013-PI/TC, Nº 004-2013-PI/TC y Nº 023-2013-PI/TCTorres Castillo, Alfredo Junior 18 January 2021 (has links)
El expediente jurídico versa sobre un tema actual, complejo y muy desafiante, cuya investigación
permitirá una visión panorámica y realista del derecho laboral peruano respecto al sector público.
De esta manera, la hipótesis del presente informe radica en que los trabajadores públicos tienen
el derecho a la negociación colectiva en materia económica, basados en un análisis de los principales instrumentos relacionados a los derechos fundamentales de la persona. La conclusión
del presente informe evidenció a raíz de una interpretación sistemática de los cuerpos jurídicos
nacionales e internacionales (entre ellos, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos,
Convenios de la Organización Internacional de Trabajo, Comité Libertad Sindical, Comisión de
Expertos para la Aplicación de Convenios y Recomendaciones), que se debe regular a nivel legal la negociación colectiva en el sector público a través de un diálogo social que procure el respeto de otros principios constitucionales como el presupuestario.
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