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Análisis de la calidad y suficiencia de la información revelada en los Reportes de Sostenibilidad Corporativa de las empresas industriales supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores durante el periodo 2016-2018Burlando Canales, Daniela Rosal 02 February 2021 (has links)
El presente Plan de Tesis tiene como objetivo determinar la calidad y suficiencia de la información revelada en los Reportes de Sostenibilidad Corporativa de las empresas industriales supervisadas por la
Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) durante el periodo 2016-2018. La relevancia de la investigación radica en que es necesario evaluar si la información no financiera incluida en estos reportes cumplen con las exigencias de la Resolución SMV N.°033-015-SMV/01, así como también con los lineamientos de los estándares GRI versión G4. Para ello, a partir de una muestra de 40 empresas industriales, cantidad promedio del total empresas que presentaron dichos reportes durante el periodo de análisis, se realizó la selección de una muestra de 10 empresas según el criterio de elección de empresas con la mayor capitalización bursátil al cierre del periodo 2019. La metodología de la investigación adopta un enfoque cualitativo y es de nivel exploratorio pues se busca analizar el grado de
cumplimiento tanto de la normativa exigida por la SMV, como de los requerimientos de los estándares GRI G4. Por tanto, la hipótesis de la presente tesis es que los Reportes de Sostenibilidad Corporativa
presentados por las empresas industriales durante el periodo analizado no cumplen, en su totalidad, con las disposiciones de la Resolución SMV N.°033-015-SMV/01 y con los estándares GRI G4
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La Norma XVI del Título Preliminar Del Código Tributario y la vulneración de la estabilidad jurídica de los contribuyentes en el PerúCarbajal Sanchez, Mildreth Estephany 11 March 2020 (has links)
El Plan de Tesis desarrollado se justifica a través de su importancia para la
Contabilidad, debido a que permite profundizar en temas vinculados al
derecho tributario. Su relevancia para el ámbito universitario es que
contribuye en el incremento de textos vinculados a la tributación; y su
importancia para los ciudadanos peruanos, debido a que permite adquirir
un mayor conocimiento sobre los procedimientos vinculados a tributos. El
objetivo principal es analizar si la Norma XVI del Título Preliminar del
Código Tributario vulnera la estabilidad jurídica de los contribuyentes en el
Perú. Por esta razón, se pretende determinar si dicha norma transgrede el
principio de predictibilidad, principio de irretroactividad y principio de
presunción de inocencia. La hipótesis principal es que la norma antielusiva
en mención vulnera la estabilidad jurídica de los contribuyentes peruanos.
Adicionalmente, la investigación se realiza sobre la base de la información
obtenida de diversas fuentes, como leyes, ponencias, revistas electrónicas,
entre otros. Esta investigación es de tipo cualitativa. Asimismo, su nivel es
descriptivo-explicativo-analítico. Respecto al método de investigación, se
ha seleccionado el inductivo – deductivo. Finalmente, no se determina una
población o muestra específica debido a que la investigación es descriptiva
y que se llevará a cabo sobre la revisión del conjunto de normas legales en
el ámbito tributario. / The Thesis Plan developed is justified through its importance for
Accounting, because it allows to deepen issues related to tax law. Its
relevance for the university field is that it contributes to the increase of texts
related to taxation; and its importance for Peruvian citizens, because it
allows to obtain greater knowledge about the procedures related to taxes.
The main objective is to analyze whether Norm XVI of the Preliminary Title
of the Tax Code violates the legal stability of taxpayers in Peru. For this
presumption of innocence. The main hypothesis is the antielusive norm in
addition, the research is carried out on the basis of information obtained
others. This research is qualitative. Also, its level is descriptive-explanatorybeen
selected. Finally, a specific population or sample is not determined
of prediction, the principle of non-retroactivity and the principle of
mention of vulnerability to the legal stability of Peruvian taxpayers. In
from various sources, such as laws, papers, electronic journals, among
analytical. Regarding the research method, the inductive - deductive has
due to the descriptive investigation and why a procedure is required on the
revision of the set of legal norms in the tax field.
reason, it is intended to determine whether said norm violates the principle
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La responsabilidad de los representantes legales de las personas jurídicas en el ámbito tributarioRomero Bendezú, Hugo Miguel 16 May 2016 (has links)
El incremento de la recaudación a fin de obtener los recursos necesarios para
cumplir su rol es uno de los principales objetivos del Estado. En esta línea de
acción, se crean leyes con fines de maximizar el cumplimiento de las
obligaciones tributarias, delegando el control del pago de los impuestos a la
Administración Tributaria, pero estas medidas de ningún modo deben
vulnerar los principios que la Constitución y las leyes establecen.
En el contexto actual, la figura del responsable solidario adquiere especial
importancia como potencial fuente recaudadora, sin embargo, la
Administración sin mediar proceso previo para determinar tal calidad, le
impone el pago de los impuestos generados por su representada, sin que
éste tenga la oportunidad de réplica, recortando de esta forma el derecho de
defensa, entre otros derechos constitucionales y legales.
En la búsqueda de dar solución al problema observado, el presente trabajo
tiene como objetivo desarrollar y proponer un procedimiento para la
atribución de responsabilidad solidaria de los representantes legales de las
personas jurídicas, que regule la aplicación del segundo párrafo del artículo
16º del Código Tributario, ante la presunción de dolo, negligencia grave o
abuso de facultades por parte de la Administración Tributaria.
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Trasgresión al principio de capacidad contributiva del sistema de pagos de obligaciones tributarias-detraccionesGrados Mesías, Luisa Johana 27 September 2018 (has links)
La presente investigación abarca el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias
(SPOT), conocido también como el Sistema de Detracciones, y su vinculación con los
Principios Tributarios Constitucionales, siendo necesario analizar si a este Sistema le
son aplicables estos principios tributarios, en especial, el de Capacidad Contributiva,
que no se encuentra expresamente citado en la Constitución Política del Perú pero se
desprende del Principio de Igualdad.
Bajo este escenario surgen las siguientes interrogantes ¿Cómo el Sistema de Pago de
Obligaciones Tributarias (SPOT) trasgrede el principio tributario de capacidad
contributiva? ¿Cómo se evidencia que el SPOT reduce la capacidad contributiva de los
administrados tributarios? ¿Cómo se evidencia que el SPOT tiene efectos confiscatorios
para el administrado tributario?
Se obtiene como hipótesis que el Sistema de Detracciones, debe ser analizado dentro
de un Sistema Tributario por lo tanto le son aplicables sus principios y de la manera
como está configurado en la actualidad, afecta al principio de la capacidad contributiva
pues limita el acceso a un bien para ser invertido y/o ahorrado, con lo cual genera
pérdida de valor en el negocio y con ello reducción de la capacidad contributiva.
Para demostrar ello se realizó un análisis de la doctrina, legislación y jurisprudencia
sobre las detracciones y los principios tributarios constitucionales, el cual se ve reflejado
en el presente trabajo constituyendo un aporte a la escasa información que se tiene
sobre esta problemática en nuestro país.
Finalmente, no se pretende eliminar el Sistema de Detracciones, pues a través de éste
se aporta ampliamente en la recaudación tributaria, sin embargo, ello no puede conllevar
a no respetar el Principio de Capacidad Contributiva más aun cuando existen medidas
legales con las cuales se puede seguir cumpliendo con el deber de contribuir sin
menoscabar la capacidad contributiva. / Trabajo de Investigación
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El principio de "arm's length" y el llamado "sexto método" en la fijación de precios de concentrados mineros peruanosZuzunaga Del Pino, Fernando 03 August 2017 (has links)
En el sistema económico actual, América Latina está conformada por países fundamentalmente
exportadores de materias primas, bienes intermedios, bienes a granel o commodities. Tales
países son actores relevantes en el abastecimiento de bienes primarios en favor de las economías
más grandes del mundo, característica que ha motivado la incorporación de metodologías de
precios de transferencia específicas o “a medida”, en las respectivas legislaciones de las
jurisdicciones latinoamericanas, con el objeto de que las transacciones involucradas tributen de
manera adecuada ante los respectivos fiscos. Tal es el caso del Perú que a partir del 2012
cuenta con la citada legislación conocida como el “Sexto Método”.
El objeto de este trabajo de investigación consiste en determinar bajo qué circunstancias el
Sexto Método peruano cumple con el principio de libre concurrencia o arm’s length en el caso
específico de las transferencias internacionales de minerales producidos en el Perú.
En búsqueda de cumplir con ese objetivo, el trabajo parte por analizar en el Capítulo I el
principio arm’s length o de libre concurrencia que rige la metodología de precios de
transferencia y que se basa en la comparabilidad, así como el papel de las Directrices de Precios
de Transferencia de la OCDE y la importancia del soft law en esta materia. El objetivo de este
capítulo consiste en demostrar que es indispensable realizar un análisis de comparabilidad para
determinar el precio de libre concurrencia, en base al cual deben tributar las transacciones entre
partes vinculadas.
El Capítulo II analiza el ordenamiento internacional en cuanto a la metodología específica para
la fijación de precios de commodities. Así, se formula un análisis crítico de la incursión de la
OCDE en su pretendido propósito de aprobar una metodología específica para commodities y se
pone especial énfasis en las opiniones a favor y en contra de la metodología propuesta,
procedentes de organismos y entidades de todo el mundo, y que son conocidas
internacionalmente gracias a la plataforma virtual de la OCDE. Adicionalmente se evalúa la
versión final de la modificación a las Directrices y los antecedentes latinoamericanos con
relación al método para commodities, resaltando las metodologías vigentes en los casos
específicos de Argentina y Brasil.
El Capítulo III aborda el análisis del caso particular del Perú en cuanto a las exportaciones de
concentrados de minerales producidos en dicho país. Perú, a partir del año 2001 adoptó normas
sobre precios de transferencia para las operaciones entre partes vinculadas siguiendo el principio
de arm’s length y en el año 2012 incorporó una metodología específica para determinar precios
de commodities llamada “Sexto Método”, constituyendo parte medular de esta investigación,
determinar si dicha metodología se ajusta al arm´s length. Dicho método estableció un
procedimiento de valoración específico para operaciones de importación o exportación de
bienes con cotización conocida en el mercado internacional.
La investigación demuestra que en el caso del Perú, el problema el Sexto Método vulnera el
arm´s length por: (i) el carácter obligatorio para determinadas operaciones de exportación e
importación; (ii) la fecha en que la ley decide fijar el valor de cotización; y, (iii) la regulación
que comprende respecto de lo que genéricamente se ha venido a denominar “ajustes” al valor de
cotización, que lo reduce cotización en razón de las características del producto y de las
condiciones de la exportación. / Tesis
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Reflexiones sobre la actual regulación de la asociación en participación: análisis de la renta originada por las participaciones que recibe el asociado en un contrato de asociación en participación (de acuerdo con la legislación peruana)Vera Carrión, Luis Fernando 16 October 2024 (has links)
En el año 2023 entró en vigencia el Decreto Legislativo N° 1541 por el cual el Poder
Ejecutivo implementó nuevas disposiciones al tratamiento del Impuesto a la Renta de
los contratos de Asociación en Participación, las modificaciones mencionadas se alinean
con la postura que fue tomada por el Pleno del Tribunal Fiscal en el año 2021, mediante
el precedente de observancia obligatoria de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 2398-
11-2021, por el cual se considera que las participaciones que reciben los asociados en
un contrato de asociación en participación deben calificar como dividendos, es decir
como rentas pasivas. Si bien este nuevo tratamiento establece una posición final
esperada desde hace más de 20 años, se encuentra lejos de zanjar una incertidumbre para
aquellos sujetos que realizaban negocios utilizando esta figura, pues por muchos años
se venía utilizando un tratamiento que resultaba más acorde a la naturaleza jurídica del
mencionado contrato, con lo cual las reformas señaladas podrían desincentivar la
contratación de este tipo de figura asociativa y la migración a otros contratos de
naturaleza similar como el consorcio, que cuentan con una regulación más clara.
En el presente trabajo de investigación se analiza el tratamiento que debería aplicarse
al contrato de asociación en participación, para lo cual resulta necesario determinar si
las participaciones que reciben los asociados en el contrato realmente deben
considerarse como rentas pasivas o, efectuando un exhaustivo estudio de la naturaleza
mercantil de este contrato y de la contribución que realiza la parte asociada, puede
afirmarse que nos encontramos ante rentas activas, originadas por la realización de
actividad empresarial. Por ello se ha determinado que la parte asociada en un contrato
de asociación en participación recibe rentas activas que deben calificarse como
empresariales, así como tributar como tales y no como rentas pasivas. De igual manera,
el esquema tributario que resulta más acorde a esta naturaleza es el de atribución de
rentas y no el de distribución de dividendos.
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Informe jurídico sobre la Casación No. 4795-2018 : Interpretación jurídica y fuentes del derecho en el ordenamiento jurídico tributario: Análisis respecto de la Casación No. 4795-2018Cavero Soto, Sandra Massiel 02 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre el análisis de la Casación No. 4795-2018
en la cual se plantea la controversia respecto de la infracción normativa de la
Norma III y Norma VIII del Código Tributario vinculada a la interpretación del
artículo 41 de la Ley de Impuesto a la Renta toda vez que se incluyen a las
comisiones por operaciones de financiamiento en el concepto de ‘interés’. En
ese sentido, el análisis para dilucidar aquello se basa en comprender qué se
entiende por fuentes del derecho, cómo se constituyen las fuentes del derecho
tributario, cuáles son los métodos de interpretación jurídica, sus resultados y la
aplicación de los mismos teniendo en cuenta el paradigma actual que es el
Estado Constitucional de Derecho. / This legal report deals with the analysis of Cassation No. 4795-2018 in which the
controversy arises regarding the normative infringement of Rule III and Rule VIII
of the Tax Code related to the interpretation of Article 41 of the Income Tax Law
since commissions for financing operations are included in the concept of
'interest'. In this sense, the analysis to elucidate this is based on understanding
what is understood by sources of law, how the sources of tax law are constituted,
which are the methods of legal interpretation, their results and their application
considering the current paradigm which is the Constitutional State of Law.
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Ladrillos sin arcilla: la utilidad del derecho y economía como herramienta explicativa de las particularidades del diseño y funcionamiento del sistema tributario municipal peruano actualmente vigente, con énfasis en los tributos municipales vinculados a la propiedad predialSam Chec, Félix Fernando 07 July 2015 (has links)
La presente tesis aborda los tributos municipales vinculados a la propiedad predial, un conjunto de
impuestos, contribuciones y tasas1
cuyo análisis ha ocupado –si es que algo- sólo una fracción del
tiempo dedicado al estudio del Impuesto a la Renta o el Impuesto al Valor Agregado; pero que –a pesar
de ello- gozan de una posición increíblemente privilegiada en un sistema tributario como el peruano:
(i) sus antepasados datan de tiempos inmemoriales, (ii) sufren modificaciones relativamente pequeñas
en su regulación esencial –es más, gozan de una estabilidad casi sin precedentes en el contexto de un
ordenamiento como el peruano-, (iii) tienen una base bastante amplia de contribuyentes distribuidos
en circunscripciones espaciales relativamente pequeñas y quienes son fácilmente determinables con
certeza, y (iv) en el caso particular del Impuesto Predial, la manifestación de capacidad contributiva
gravada es difícilmente trasladable físicamente, modificable o pasible de ser ocultada ante una
inspección fiscal; y los resultados de estas inspecciones -cuando son correctamente llevadas a cabodebieran ser difícilmente rebatibles a través del interpretaciones jurídicas.
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La noción de artificioso e impropio en la Cláusula Antielusiva General peruanaRiveros Vélez, Jeff Anders 10 November 2024 (has links)
La investigación se destina a realizar un estudio doctrinario y jurisprudencial,
además de un ejercicio de derecho comparado con la finalidad de entender,
interpretar y aplicar la Cláusula Antielusiva General (“CAG”), contenida en la
Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, específicamente, respecto
a las nociones de artificioso o impropio descritas en el inciso a) de la mencionada
norma.
A pesar de que la literatura peruana sobre el tema es vasta; por el contrario, la
jurisprudencia cuenta con un desarrollo relevante, debido principalmente a la
suspensión de la aplicación de la CAG. No obstante, aun con la gran cantidad
de textos sobre la CAG, la importación por parte de la doctrina peruana de
nociones utilizadas en España para entender nuestra CAG no resultan muy
útiles, dada las dificultades que dichos conceptos padecen en la jurisprudencia
española y porque importa, además, muchas discusiones inconclusas. Si bien
en la jurisprudencia del Tribunal Fiscal no se aprecia un caso de aplicación de la
CAG peruana, se vislumbran algunos elementos que podrían ser tomados en
cuenta para entender el fenómeno elusivo y que puedan servir de guía para
posibles interpretaciones y aplicación de esta norma. Sin embargo, dichos casos
no han sido abordados mediante la aplicación de la CAG, sino que se ha
recurrido, erróneamente, a las figuras de calificación del hecho imponible y
simulación.
La conclusión es que se debe entender la textura abierta e indefinida de los
conceptos de artificioso e impropio, no solo por su naturaleza de concepto
jurídico indeterminado; sino por la naturaleza misma de la CAG que pretende ser
un instrumento flexible que pueda ser aplicado a una gran variedad de
situaciones elusivas que, en otras latitudes, se pueden combatir con estándares
judiciales (caso Estados Unidos) o legales (caso España y Argentina).
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Seletividade tributáriaFuso, Rafael Correia 24 May 2006 (has links)
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Previous issue date: 2006-05-24 / O presente trabalho, intitulado Seletividade Tributária, busca trazer a análise das acepções semânticas contidas nesse princípio constitucional, aplicável em três impostos apontados na Constituição Federal de 1988, quais sejam, o Imposto sobre Produtos Industrializados (IPI), o Imposto sobre Circulação de Mercadorias e Serviços (ICMS) e o Imposto Predial e Territorial Urbano (IPTU).
A acepção semântica atribuída à seletividade no IPI e no ICMS é distinta da que se atribui ao IPTU. Nos dois primeiros tributos, a seletividade é vista do prisma da necessidade do consumo do produto, mercadoria ou serviço, enquanto no terceiro tributo o critério diferenciador está no uso e na localização do bem imóvel.
Neste trabalho, percorremos as principais questões que envolvem esse princípio constitucional, analisando seu papel e sua importância no subsistema jurídico tributário brasileiro.
Vislumbramos que a Carta Magna de 1988 dirige-se, em um primeiro momento, quando trata do princípio, ao legislador ordinário. Entretanto, o mesmo Colex estende sua obrigatoriedade ao Executivo e ao Judiciário, que expedirão normas jurídicas para regular condutas intersubjetivas.
O princípio deve ser aplicado pelo legislador e por aqueles que julgam no plano administrativo ou judicial. Para que seja possível identificar a aplicação da seletividade, devemos buscar no contexto da regra os critérios objetivos e subjetivos para se aplicar as conotações do princípio. Munidos desses elementos, o próximo passo será a exegese sistemática da seletividade de forma a nos possibilitar fazer as escolhas mais exatas das significações.
Assim, se a conclusão do exegeta for no sentido de não-atendimento ao princípio pela regra, poderá questionar sua aplicação, como maneira de preservar direitos e garantias constitucionais
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