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Análisis del artículo 468 del código procesal penal sobre ejecución de la sentencia condenatoria penalGray Gariazzo, Tomás January 2012 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho con mención en derecho penal) / La presente investigación se centra en la etapa de la ejecución de la sentencia condenatoria penal, con el objeto de determinar si es posible sostener actualmente que se mantiene el carácter jurisdiccional de ese estadio procesal, o si, por el contrario, con la irrupción de los nuevos órganos de gestión esa fase es eminentemente administrativa. Una primera parte del trabajo abarcará los conceptos generales sobre la ejecución de la sentencia; sus características, principios, tratamiento legislativo, así como la proyección de posibles vías de solución que se sugieren en el futuro para intervenir esta etapa procesal. La segunda parte de la investigación, la más extensa, aludirá a los distintos aspectos que comprende la ejecución penal, mencionados en el artículo 468 del Código del ramo. La tercera parte del trabajo enfrentará los postulados de los dos capítulos anteriores con la aplicación práctica que algunos Juzgados de Garantía de Santiago y otro de Región han experimentado desde su aparición en la Reforma Procesal Penal. Un último capítulo condensa las conclusiones del autor, resolviendo la pregunta inicial que motivó la presente investigación.
Palabras claves: Ejecución de sentencias condenatorias penales, cumplimiento de sentencias penales, sentencias condenatorias penales, pena efectiva, jurisdicción, administración
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Análisis de constitucionalidad de los artículos 149 inciso segundo y 248 letra c) e inciso final del Código Procesal PenalMorales Vidal, Rodrigo Ignacio January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene la pretensión, quizás un tanto ambiciosa, de analizar el inciso segundo del artículo 149, como así mismo la letra c) y el inciso final del artículo 248, ambos del Código Procesal Penal (en adelante CPP), a la luz de nuestra Constitución Política de la República (en adelante CPR), llegando finalmente a aceptar o rechazar en nuestra conclusión su constitucionalidad.
Cada día las poblaciones del mundo occidental van evolucionando hacia una construcción de la sociedad regida por el denominado Estado Social y Democrático de Derecho, en virtud del cual, como máxima suprema, se deben respetar los principios que informan dicho estado, cuales son el de supremacía constitucional, imperio de la ley, distribución del poder estatal en titulares que desarrollen funciones diferenciadas, responsabilidad de las diferentes magistraturas y nulidad de los actos que emanen de órganos no competentes, todos los cuales tienen su fundamento principal en la dignidad de la persona humana y sus derechos, los que deben ser promovidos y respetados por los órganos del Estado, cuales se ven amparados también por la vigencia y reconocimiento que tienen los tratados internacionales en nuestra propia Carta Magna1
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Determinación de la pena en los casos de reiteración de delitos de la misma especie : aproximación a las reglas contenidas en el Artículo 351 del Código Procesal PenalHoyos Reyes, Loreto January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
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La constitucionalización del Derecho Procesal Penal: el Nuevo Código Procesal Penal peruano en perspectivaLanda, César 25 September 2017 (has links)
En julio de 2004, fue promulgado y publicado el actual Código Procesal Penal peruano. En el presente artículo, el autor analiza la relación entre lo establecido en esta norma y los principios constitucionales.Para ello, explora cuál es el fundamento constitucional de lo estipulado en el nuevo Código Procesal Penal.Asimismo, analiza de forma detallada los artículos del Título Preliminar de la norma y señala en qué principios constitucionales, tales como la presunción de inocencia, la tutela procesal efectiva, la legitimidad de la prueba, el derecho de defensa,entre otros, encuentran su concordancia con la Constitución.
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Interceptación de comunicaciones electrónicas en el proceso penalGonzález Cerda, Macarena Herminia January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo de investigación tiene como eje aquellos artículos del Código Procesal Penal Chileno que regulan la interceptación, retención e incautación de comunicaciones privadas contenidas en los soportes denominados medios de comunicación electrónica, en específico el análisis de los correos electrónicos y sistemas de mensajería instantánea.
Este estudio se enmarcará en torno a la garantía fundamental de la inviolabilidad de las comunicaciones privadas y los supuestos procesales que permiten hacer una excepción a éste derecho, por estar en colisión con otros derechos fundamentales. Asimismo, se hará un paralelo en comparación con el tratamiento de la misma garantía constitucional en otras legislaciones, para posteriormente analizar en detalle los supuestos que hacen procedentes las diligencias intrusivas durante la investigación penal. Finalmente se expondrá un caso de relevancia nacional en el que se ha cuestionado la efectividad del resguardo de la garantía fundamental en estudio.
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Medios de impugnación y recursos procesales en el nuevo código procesal penalRamírez Guerra, Simón A. January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo, fundamentalmente apoyado en las esclarecedoras ideas de Mirjan Damaska, no sólo pretende analizar el sistema de impugnaciones en el nuevo proceso penal, en especial la apelación, sino también, explicar como el diseño del proceso legal se encuentra determinado o prefigurado por condicionantes más generales cuyas raíces se encuentran en la estructura, organización y fines del Estado. Como se explicará a propósito del recurso de apelación, su existencia o no dentro del ordenamiento jurídico no depende de la "afición", "gusto" o "conveniencia" de quienes la defienden como tampoco de una simple decisión de política legislativa restringida al ámbito del proceso legal. Por tal motivo, si bien celebramos el avance sin precedentes que introduce la reforma procesal penal y los principios de garantía que pretende introducir o reforzar, entre otros objetivos, ello no debe descuidar un análisis sobre el verdadero "pedigrí" u origen de los mismos ni de su posibilidad practica de aplicación en un medio legal distinto o incluso hostil.
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El fiscal penal y su responsabilidad de acuerdo al nuevo código procesal penal: delito de prevaricatoTantalean Rojas, Leydi Rocio January 2021 (has links)
El tema de investigación estudiado es el fiscal penal y su responsabilidad de acuerdo al Nuevo Código Procesal Penal: delito de prevaricato, mismo que lo hemos divido en tres capítulos, que nos ayudaran a resolver la problemática planteada, esto es ¿Qué problemas dogmáticos tiene el delito de prevaricato para que sea modificado, teniendo en cuenta que en la actualidad el fiscal penal emite providencias, disposiciones y formula requerimientos?
Para ello, nos hemos planteado los siguientes objetivos: proponer la modificatoria del delito de prevaricato, teniendo en cuenta que el fiscal penal emite providencias, disposiciones y formula requerimientos; analizar el tipo penal de prevaricato desde sus distintas posiciones doctrinarias; entender la actuación de los fiscales penales antes y después de la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal y comprender las implicancias del principio de legalidad en las normas nacionales e internacionales en concordancia con el principio de prohibición de la analogía; con la finalidad de dar respuesta a la pregunta formulada con anterioridad, nuestro problema de investigación.
En el primer capítulo estudiaremos el tipo penal de prevaricato, para lo cual hemos analizado doctrinariamente el art. 418, el bien jurídico, el sujeto activo y pasivo, los elementos objetivos y subjetivos, su ámbito de aplicación; llegando a concluir que es un tipo penal de infracción del deber y que de acuerdo al Código Penal lo pueden cometer tanto jueces como fiscales en ejercicio de sus funciones, estos últimos sólo lo pueden comer, cuando emitan dictámenes ilegales.
En el segundo capítulo hablaremos sobre la forma de actuación de los fiscales penales de acuerdo al Código de Procedimientos Penales, esto es, a través de dictámenes; asimismo, estudiaremos las figuras jurídicas de disposiciones, provincias y formulación de requerimientos, la diferencia que existen de éstos con los dictámenes y proporcionaremos ejemplos de cada una de las figuras a modo de ejemplo para mayor comprensión del problema formulado.
En el tercer capítulo daremos la respuesta a nuestro problema, por ello iniciaremos desarrollando el principio de legalidad y prohibición de la analogía, tanto en el ámbito nacional como internacional, y a la vez, analizaremos el principio de taxatividad regulado en la Constitución, Código Penal y Normas Internacionales relacionadas con el principio de legalidad e inaplicabilidad de la analogía, para concluir con una propuesta modificatoria del artículo 418° del Código Penal sobre los elementos referentes a la conducta, específicamente a los elementos normativos que contiene actualmente el tipo penal de prevaricato, mismos que son insuficientes al momento de subsumir el hecho real en el supuesto de hecho factico establecido en la norma, con miras a evitar la impunidad y el no quebrantamiento principio de legalidad.
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La devolución de la acusación en el nuevo código procesal peruanoLlontop Villena, Alejandra January 2023 (has links)
El objetivo de esta investigación es proponer la complementación del artículo 352 inciso 2 del nuevo código procesal penal a fin de evitar las frecuentes devoluciones de la acusación fiscal en el proceso penal. Debido a que se utilizó la metodología cualitativa, para su desarrollo se tuvo en cuenta la técnica de fichaje, en la que se requirieron diferentes libros, normas y jurisprudencia, así como revistas y tesis nacionales e internacionales. Por consiguiente, se ha obtenido como resultados que la generalidad del artículo mencionado conlleva a una apreciación personal por parte del juez, como bien se explica en los casos “Clan de las 80 vacas” y “Caso Carlos Daniel Roncal Miñano”, en donde se demostró el daño que ocasiona la reiterada devolución de la acusación en el proceso, provocando su dilatación, muchas veces generado porque los fiscales no realizan correctamente su función al momento de formular su acusación. Por último, la modificación del inciso 2 del artículo 352 del nuevo código procesal penal serviría para limitar el número de veces que una acusación puede ser devuelta por una mala práctica, con el objetivo de que los procesos sean breves y no se vulnere así el principio de celeridad.
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Regulación de los beneficios premiales en el proceso de colaboración eficaz de acuerdo a los estadios procesalesCerron Angeles, Isaac Oswaldo January 2022 (has links)
En el presente trabajo de investigación se han analizado los criterios normativos vigentes para la aplicación de los beneficios prémiales en el proceso de colaboración eficaz dentro del ordenamiento jurídico peruano, especialmente las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nro. 1301 que modificó el artículo 475 del Código Procesal Penal, asimismo se ha examinado la problemática que se ha generado sobre este tema, pues se considera que dichas medidas son poco claras, subjetivas y no establecen límites legales para la aplicación de los beneficios de disminución y suspensión de ejecución de la pena; por ello se ha efectuado una investigación cualitativa, empleado la descripción e interpretación y análisis de las fuentes normativas, doctrinales y jurisprudenciales, que nos ha permitido determinar que los factores que han motivado esta situación, como la amplia potestad discrecional del Ministerio Público ara acordar la proporcionalidad de los beneficios premiales y la limitada participación del Juez en el acuerdo de colaboración eficaz; ante esto tenemos como objetivo proponer la
modificatoria del artículo 475 del Código Procesal Penal en los incisos 2, 3, 5 y 6, donde la aplicación de los beneficios prémiales en el proceso de Colaboración Eficaz, será considerando las etapas del proceso penal, también llamados estadios procesales, en los cuales se establecerán objetivamente el tipo y la proporción de los beneficios premiales; de esta manera se evitará que investigados, procesados o sentenciados, a través de este proceso especial sean favorecidos con penas muy benignas, pese haber cometido delitos graves.
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Excepciones a la regla de exclusión de prueba obtenida con inobservancia de garantías fundamentalesLuengo Montt, Trinidad del Pilar January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Con una frase más bien breve nuestro Código Procesal Penal ha introducido a la normativa nacional un tema que ha dado origen a una vasta literatura creadora de una arraigada y a su vez sólida construcción jurídica en los sistemas procesal-penales extranjeros. El Artículo 276 del Código Procesal Penal, que será objeto de nuestro estudio, ordena al juez de garantía proceder a la exclusión de aquellas pruebas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales.
De esta manera ingresa a nuestro sistema esta institución de antigua data en la mayor parte de los sistemas procesal-penales de derecho comparado, circunstancia que nos lleva de manera natural a dirigir nuestra mirada al ámbito del constitucionalismo y jurisprudencia de los tribunales, por ejemplo de Estados Unidos de América.1 Suele señalarse que es sólo en 19142 cuando la Suprema Corte de los Estados Unidos, por primera vez, resolvió que si no se excluía o proscribía de los juicios la prueba obtenida por la policía, en forma inconstitucional, los términos de la Cuarta Enmienda de la Carta Fundamental estadounidense3 constituirían meras palabras sin contenido, declaración apoyada años más tarde, en 1949, cuando la Corte, en palabras del juez Félix Frankfurter, sostendría que la seguridad de la propia privacidad, frente a la intrusión policial arbitraria, es básica en una sociedad libre, dando el sentido que alcanzaría en lo sucesivo la evolución jurisprudencial que conforma las reglas de exclusión: se trata de detener las incursiones policiales que vulneran el derecho a la privacidad, por la vía de no aceptar en juicio, las evidencias obtenidas en infracción a las normas constitucionales que amparan los derechos de las personas
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