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La impugnación de la filiación en la ley 19.585 : descripción y análisis crítico

Infante Correa, Catalina January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Este trabajo pretende analizar de manera acabada, los distintos aspectos que comprende la acción de impugnación de la filiación en la ley no. 19.585, publicada en el Diario Oficial con fecha 26 de octubre de 1998 y cuya entrada en vigencia se produjo, el 27 de octubre de 1999. Dicho análisis busca evidenciar una serie de dudas interpretativas que se plantean en su regulación, como asimismo, entregar al usuario diversos elementos para zanjarlas. Para ello, primeramente, se ha efectuado un recorrido por la historia de la institución, a partir de la dictación del código civil y se ha indagado en la evolución de los fundamentos que le sirvieron de base en sus orígenes, hasta llegar a los que debieran haber inspirado su regulación en nuestros días. Los que de no haber sido regidos, tendrían que iluminar al menos, el trabajo interpretativo del juez, toda vez que se vea enfrentado a la aplicación de sus normas, al caso concreto. Luego, se ha entrado de lleno a la regulación actual de la institución, dividiendo las reglas generales que le son aplicables, en tanto acción de filiación por un lado, y en tanto acción de impugnación en general, por el otro, para culminar en el estudio de las disposiciones específicas, que rigen a cada una de las acciones de impugnación que se pueden impetrar. De esta forma, se concluye que la impugnación ha experimentado cambios desde la dictación del código civil hasta nuestros días, pero que, a la luz de los principios que debieran inspirarla, éstos no han sido lo suficientemente drásticos, todo lo cual, no obstante, puede zanjarse con una seria uilización del elemento lógico y sistemático que por imperativo constitucional y por la propia intención del legislador en el mensaje que le dio origen, debieran tomarse siempre en consideración al interpretar sus normas. Lo anterior, sin excluir la posibilidad de una nueva modificación que logre darle coherencia a la institución, más allá de dichos elementos, cometido que no se pudo lograr con la nueva ley, debido al obnubilamiento del legislador con la obra de Bello.
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El régimen jurídico de la modalidad procesal de impugnación de convenios colectivos

Rivera Sánchez, Juan Ramón 29 November 2000 (has links)
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Variación de los criterios jurisprudenciales de la acción de protección para impugnar la RCA una vez implementados los tribunales ambientales

Vargas Arcos, María Eugenia January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente investigación tiene por objetivo determinar el impacto que ha tenido en el conocimiento y fallo de la Acción de Protección Ambiental contemplada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de 1980, por parte de las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema de justicia, una vez implementados los Tribunales Ambientales con la dictación de la Ley N° 20.600 en el año 2012. Para lo cual se realizará un análisis jurisprudencial de las acciones de protección ambiental que impugnan una RCA en el periodo comprendido entre los años 2010 y primer semestre de 2018, recabadas de la página web de Poder Judicial en “Consulta Unificada de Causas” y de la información brindada por la Dirección de Comunicaciones de la Corte Suprema. Referido análisis, se dividirá en dos etapas; la primera etapa previa a la creación de los Tribunales Ambientales, correspondiente a los años 2010 a 2012 y luego una segunda etapa post-implementación, relativa a los años 2013 a primer semestre de 2018, para de esta forma lograr determinar si ha existido alguna variación en la forma de resolver las acciones de protección ambiental por parte de los Tribunales Superiores de Justicia.
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Medios de impugnación y recursos procesales en el nuevo código procesal penal

Ramírez Guerra, Simón A. January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo, fundamentalmente apoyado en las esclarecedoras ideas de Mirjan Damaska, no sólo pretende analizar el sistema de impugnaciones en el nuevo proceso penal, en especial la apelación, sino también, explicar como el diseño del proceso legal se encuentra determinado o prefigurado por condicionantes más generales cuyas raíces se encuentran en la estructura, organización y fines del Estado. Como se explicará a propósito del recurso de apelación, su existencia o no dentro del ordenamiento jurídico no depende de la "afición", "gusto" o "conveniencia" de quienes la defienden como tampoco de una simple decisión de política legislativa restringida al ámbito del proceso legal. Por tal motivo, si bien celebramos el avance sin precedentes que introduce la reforma procesal penal y los principios de garantía que pretende introducir o reforzar, entre otros objetivos, ello no debe descuidar un análisis sobre el verdadero "pedigrí" u origen de los mismos ni de su posibilidad practica de aplicación en un medio legal distinto o incluso hostil.
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El cuestionamiento de los acuerdos societarios: análisis normativo y jurisprudencial

García Vélez, Javier H., Valle Vera, Omar Jesús 25 September 2017 (has links)
¿Cuál es el futuro de las acciones de inversión en el Perú? ¿La regulación actual sobre estos títulos valores debe mantenerse? ¿Es realmente viable la conversión o redención de las acciones de inversión en acciones comunes? Y de ser este el caso,¿esta conversión o redención deber ser obligatoria o voluntaria? Estas son las principales interrogantes que los autores pretenden absolver a partir de un análisis detallado sobre el tratamiento actual de las acciones de inversión en nuestro ordenamiento jurídico y los incentivos de cada una de las partes que podrían verse inmersas en un proceso de canje o conversión de estos títulos valores.
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Criterios objetivos para determinar en qué supuestos el órgano de segundo grado cumple el fin rescindente o revocatorio de la impugnación, cuando el a quo no valora un medio probatorio

Arteaga Fernández, Isaac Arturo 28 September 2021 (has links)
Cuando los Jueces emiten pronunciamiento de fondo lo hacen realizando la valoración conjunta de los medios probatorios admitidos y actuados, pero puede suceder que se omita la valoración de un medio probatorio, pese a ello se emite una decisión. La parte afectada impugna la resolución alegando el error in iudicando por existir una deficiente valoración de la prueba; entonces, el a quem tiene la difícil decisión de valorar la prueba omitida al momento de examinar el caso o no hacerla, dependiendo de lo que se opte, la decisión será revocatoria o rescisoria, aspecto que genera en nuestros días una incertidumbre porque no existen criterios objetivos para saber cual será el proceder del órgano de segunda instancia. Es por ello, que la investigación tiene por objetivo es determinar en qué supuestos el órgano de segundo grado cumple el fin rescisorio o revocatorio de la impugnación, cuando el a quo no valora un medio probatorio. Para el desarrollo del presente trabajo se ha utilizado el método de análisis y síntesis, para interpretar y analizar de la doctrina (nacional y extranjera), normativa y casuística que se ha encontrado sobre la teoría impugnatoria (los fines de la impugnación y pluralidad de instancias), la valoración de la prueba y motivación de resoluciones judiciales. A fin de poder establecer nuestras propias consideraciones y alcances sobre el particular. Uno de ellos es, que en el caso que el Superior opte por valorar el medio probatorio omitido por el a quo, y este es relevante para determinar la existencia o inexistencia de los hechos afirmados o esclarecer un hecho controvertido, por ende, fundamental para revocar la sentencia, esta decisión vulnera la garantía de la pluralidad de instancias. / When the Judges issue a ruling on the merits, they do so by jointly evaluating the evidence admitted and acted upon, but it may happen that the assessment of an evidence is omitted, despite this, a decision is issued. The affected party challenges the resolution, alleging the error, alleging that there is a deficient assessment of the evidence; then, the a quem has the difficult decision of evaluating the omitted test at the time of examining the case or not doing it, depending on what is chosen, the decision will be revocation or rescission, an aspect that generates uncertainty in our days because there are no criteria objectives to know what will be the procedure of the second instance body. That is why the objective of the investigation is to determine in which cases the second-degree body fulfills the termination or revocation purpose of the challenge. For the development of this work, the method of analysis and synthesis has been used, to carry out an interpretation and analysis of the doctrine (national and foreign), normative and casuistry that has been found on the challenge theory (the purposes of the challenge and plurality of instances), the evaluation of the evidence and motivation of judicial decisions. In order to be able to establish our own considerations and scope on the matter. One of them is that in the event that the Superior chooses to assess the evidence omitted by the a quo, and this is relevant to determine the existence or non-existence of the facts asserted or clarify a controversial fact, therefore, essential to revoke the sentence, this decision violates the guarantee of the plurality of instances.
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¿Se satisfacen las garantías del derecho de impugnación en la figura de la impugnación diferida?

Verde Campos, Brian Saúl 29 January 2021 (has links)
La presente investigación tiene como propósito determinar si la impugnación diferida satisface las garantías constitucionales que rigen el ordenamiento procesal penal, para lo cual se identifican y desarrollan los supuestos en los que esta figura vulnera las garantías del proceso penal. Del mismo modo, se propone una interpretación más adecuada de la impugnación diferida que tenga una mejor capacidad de rendimiento respecto de los casos que regula y de los supuestos análogos en los que se viene aplicando. Finalmente, se expone una propuesta de lege ferenda que permite dotar de coherencia a la impugnación diferida respecto de las garantías del proceso penal. La conclusión principal evidencia que la impugnación diferida del sobreseimiento debe ser inaplicada al no ser compatible con las garantías constitucionales del proceso penal, razón por la cual los autos que estimen una solicitud de sobreseimiento o excepción, al ser impugnados por las partes acusadoras, deben concederse con efecto devolutivo y sin la calidad de diferida, todo ello sin perjuicio de otros casos de efecto diferido que se analizan en el presente trabajo.
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The differences between legal and economic labor arbitrarion, and its impact on diffuse constitutional control / Las diferencias entre el arbitraje laboral jurídico y el arbitraje laboral económico, y su incidencia en el control difuso

Acevedo Mercado, Jorge Luis 25 September 2017 (has links)
Labor Law is called to solve and prevent arisingconflicts between employers and employees. In light of this, certain conflicts between the employer and a union, or his own employees, can be solved by an arbitration board.In that line, it is important to take into account the many existing differences between juridical labor arbitration and economic labor arbitration; the author, in the present article, arguments that those differences represent the fundamental reason why the first one does exercise jurisdictional function and the second one does not. On that basis, the author affirms that it’s possible to exercise diffuse control in economic labor arbitration. / El Derecho Laboral está llamado a solucionary prevenir la mayor cantidad de conflictos que puedan darse entre trabajadores y empleadores. A la luz de ello, existen determinados supuestos en los cuales un conflicto entre el empleador y una organización sindical o sus propios trabajadores puede ser visto o solucionado en sede arbitral.Es importante tener en cuenta, para ello, las diferencias entre un arbitraje laboral jurídico y un arbitraje laboral económico; el autor, en el presente artículo, afirma que las mis- mas constituyen el fundamento de porqué el primero sí ejerce función jurisdiccional  y  el segundo no. En base a ello, se puede afirmar que no es posible ejercer el control difuso enlos arbitrajes laborales económicos.
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Introductory notes for the application for a declaration of invalidity of a legal transaction from the civil perspective: Critical analysis of the position of the Fifth Civil Cassation Plenary regarding the challenging of collegiate associative transactions / Apuntes introductorios a la pretensión de nulidad de negocio jurídico desde la perspectiva civil: Análisis crítico de la posición del Quinto Pleno Casatorio Civil respecto de la impugnación de negocios colegiales asociativos

Campos García, Héctor Augusto 25 September 2017 (has links)
In August 2014, the Peruvian Supreme Courten acted  the  Fifth  Civil  Cassation Plenary, which establishes that any challenging madeto an associative agreement must be realized through the procedure referred to in the article92 of the Peruvian Civil Code. The comments and criticisms to this decision have not beenfew, considering the complexity of the theme discussed in the aforementioned decision.In this context, with the present article the author realizes a thorough critique of such Cassation Plenary. Based on the analysis of civil and procedural legal concepts, he reaches a conclusion: That the plenary decision, besides of having multiple legal errors, won't accomplish its purpose. / En agosto de 2014, la Corte Suprema promulgó el Quinto Pleno Casatorio Civil, en elque dispone que todo cuestionamiento a un acuerdo asociativo deba realizarse mediantela impugnación contemplada en el artículo 92del Código Civil. Los comentarios y las críticas a esta decisión no han sido pocas, tomandoen cuenta la complejidad del tema discutido.En ese contexto, mediante el presente artículo, el autor realiza una crítica completa sobre el Pleno Casatorio. Basándose en un análisis de conceptos jurídicos civiles y procesales, llega a una conclusión: La decisión plenaria, además de tener múltiples errores jurídicos, no logra finalmente lo que se buscaba con ella.

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