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Una adecuada organización de los órganos jurisdiccionales en la justicia constitucional desde los principios del buen gobierno para mejorar el amparo en el PerúDueñas Perez, Roy Alberto 08 May 2017 (has links)
La Garantía Constitucional del Amparo es un proceso especial que se distingue de los procesos ordinarios por ser rápido, sencillo y eficaz, cuya finalidad no solo es la restitución de un derecho individual vulnerado, sino también la interpretación y perfeccionamiento de la Constitución; en ese sentido, pese a su importancia, también se encuentra afectado por los problemas de los que adolece el Sistema de Justicia en la actualidad, inconvenientes que ya fueron detectados hace varios años, pero que no encuentran solución, no por la inacción o falta de interés en ellos, sino por la falta de un correcto dimensionamiento del problema y lo que ello implica, es por eso que creo necesario realizar un análisis desde los principios de Buen Gobierno para comprender su correcto significado, pues entiendo que el Buen Gobierno nos dará luces en este camino lúgubre desde los problemas del Sistema de Justicia, hasta las valores fundamentales que sirven de base a nuestro Estado. Una vez entendido ello, propongo alternativas como la implementación de organismos destinados a impulsar el empoderamiento de las personas y con ello su participación activa, para afianzar el valor del capital social y con ello el principio de participación; la destinación de mayores recursos a la justicia constitucional debido a su naturaleza especial y de urgencia; mayor capacitación de jueces y personal asignado a cada órgano jurisdiccional, generando a su vez una conciencia de identidad con el Sistema de Justicia, así como cumplir con el reto de reducir el problema de los jueces provisionales y supernumerarios, generando calidad en la labor de los actores involucrados en el Sistema de Justicia. / Trabajo académico
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La Reforma Constitucional como garantía jurídica frente al poder político en el PerúQuiroz Vigil, Lourdes Cristina January 2012 (has links)
La presente investigación titulada “La Reforma Constitucional como Garantía Jurídica frente al Poder Político en el Perú” aborda la problemática que se cierne en torno a los procesos de reforma constitucional llevados a cabo en el Perú en vinculación al poder político como aquel factor que aparece como la principal causa que motiva su realización, no sin antes distinguir las dos formas en que puede reformarse una constitución: total y parcialmente. Siendo de mi mayor interés el referirme con mayor detenimiento al estudio de la reforma total, por cuanto ésta ha sido recogida en la Constitución de 1993, en su artículo 32°.
La pregunta de investigación planteada fue la siguiente: ¿Cuál es la relación existente entre el poder político y los procesos de reforma constitucional llevados a cabo en el Perú, distinguiendo dicha relación por el tipo de gobierno que la llevó a cabo?
Luego de trabajada la hipótesis planteada obtuvimos como resultado que el principal factor que ha determinado las reformas constitucionales en el Perú, es el factor político, independientemente del tipo de gobierno que la llevó a cabo. Se ha podido arribar a la conclusión de que en el Perú los problemas de reforma constitucional, más que problemas de derecho, son problemas de poder político, pese a que dentro de un estado constitucional se reconoce hoy a las constituciones como auténticos documentos jurídicos, lo que tanto ha servido para sustentar el principio de supremacía constitucional, y permitir, a su vez, la elaboración de mecanismos de control de la constitucionalidad de las leyes.
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Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica Nº00461-2013-0-1801-JR-CI-05, E-2805, proceso de amparo iniciado por Javier Diez Canceso Cisneros contra el Congreso de la RepúblicaOrtega Rabines, Gabriela Del Pilar 05 March 2024 (has links)
La justificación de la presente investigación radica en la relevancia actual del control
constitucional de los actos parlamentarios y la judicialización de la política. Así, resulta
determinante desarrollar su contenido y alcances. El presente Informe tiene como objetivo
analizar el caso materia de análisis referido al control constitucional de un acto parlamentario
como el procedimiento de investigación ante la Comisión de Ética Parlamentaria del
Congreso de la República. A través del referido caso, pretende analizar el derecho al debido
proceso en sede parlamentaria, así como también a sus derechos integrantes como el principio
de legalidad, el derecho de defensa, el derecho a la debida motivación, entre otros. De igual
modo, se busca delimitar los conceptos indeterminados de “ética parlamentaria” y de
“conflictos de intereses” en la función parlamentaria. La hipótesis que se plantea radica en
que los actos parlamentarios sí pueden ser objeto de control constitucional ante la vulneración
de derechos fundamentales. De ahí que se coincida con el sentido de los fallos estimatorios
de las instancias judiciales, las cuales determinaron que en el caso en concreto se acredita la
afectación de los derechos fundamentales del Congresista Javier Diez Canseco referidos al
principio de legalidad, tipicidad, defensa, motivación y honor. Los supuestos teóricos en los
que se sustenta la presente investigación son la teoría del principio de separación de poderes,
la doctrina de los actos interna corporis y los internal proceedings. Por consiguiente,
plantearemos nuestra línea argumentativa respecto a los principales problemas jurídicos
identificados.
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Una adecuada organización de los órganos jurisdiccionales en la justicia constitucional desde los principios del buen gobierno para mejorar el amparo en el PerúDueñas Perez, Roy Alberto 08 May 2017 (has links)
La Garantía Constitucional del Amparo es un proceso especial que se distingue de los procesos ordinarios por ser rápido, sencillo y eficaz, cuya finalidad no solo es la restitución de un derecho individual vulnerado, sino también la interpretación y perfeccionamiento de la Constitución; en ese sentido, pese a su importancia, también se encuentra afectado por los problemas de los que adolece el Sistema de Justicia en la actualidad, inconvenientes que ya fueron detectados hace varios años, pero que no encuentran solución, no por la inacción o falta de interés en ellos, sino por la falta de un correcto dimensionamiento del problema y lo que ello implica, es por eso que creo necesario realizar un análisis desde los principios de Buen Gobierno para comprender su correcto significado, pues entiendo que el Buen Gobierno nos dará luces en este camino lúgubre desde los problemas del Sistema de Justicia, hasta las valores fundamentales que sirven de base a nuestro Estado. Una vez entendido ello, propongo alternativas como la implementación de organismos destinados a impulsar el empoderamiento de las personas y con ello su participación activa, para afianzar el valor del capital social y con ello el principio de participación; la destinación de mayores recursos a la justicia constitucional debido a su naturaleza especial y de urgencia; mayor capacitación de jueces y personal asignado a cada órgano jurisdiccional, generando a su vez una conciencia de identidad con el Sistema de Justicia, así como cumplir con el reto de reducir el problema de los jueces provisionales y supernumerarios, generando calidad en la labor de los actores involucrados en el Sistema de Justicia.
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Hablemos de protesta: un análisis de su reconocimiento en el sistema jurídico peruanoAlcalde Valencia, Alessandra 01 April 2024 (has links)
La protesta es un derecho fundamental que ha sido reconocido por el Tribunal
Constitucional a través de la sentencia recaída en el Exp. N° 0009-2018-PI/TC;
no obstante, esta ha sido merecedora de diversas críticas que giran
principalmente, en torno a la cantidad de magistrados que firmaron el texto
principal de la sentencia (dos) y el número de votos singulares con los que cuenta
(cuatro). Motivo por el cual, tal reconocimiento se ha visto deslegitimado, incluso
por los propios administradores de justicia, tal es el caso que, la Corte Suprema
este año, se pronunció a favor de desconocer a la protesta como un derecho
autónomo, lo cual resulta desalentador para la implementación de garantías en
torno al ejercicio del derecho a la protesta.
Por lo tanto, es necesario destacar el reconocimiento que se le ha otorgado al
derecho a la protesta en nuestro sistema normativo desde tres aspectos
fundamentales; en primer lugar, a través del reconocimiento de nuevos derechos
en el sistema jurídico nacional; en segundo lugar, desde el activismo judicial del
Tribunal Constitucional; y en tercer lugar, con los diferentes pronunciamientos
nacionales e internacionales. Ello, con la finalidad de plantear una serie de
alternativas que buscan dotar de garantía al ejercicio del derecho a la protesta,
y así potenciar su protección y evitar su tendencia a la criminalización. / Protest is a fundamental right that has been recognized by the Constitutional
Court through the ruling issued in Case No. 0009-2018-PI/TC; However, this has
been worthy of various criticisms that mainly revolve around the number of
magistrates who signed the main text of the ruling (two) and the number of
singular votes it has (four). Reason why such recognition has been delegitimized,
even by the administrators of justice themselves, such is the case that the
Supreme Court this year ruled in favor of denying protest as an autonomous right,
which is discouraging for the implementation of guarantees regarding the
exercise of the right to protest.
Therefore, it is necessary to highlight the recognition that has been given to the
right to protest in our regulatory system from three fundamental aspects; firstly,
through the recognition of new rights in the national legal system; secondly, from
the judicial activism of the Constitutional Court; and thirdly, with the different
national and international pronouncements. This, with the purpose of proposing
a series of alternatives that seek to provide a guarantee for the exercise of the
right to protest, and thus enhance its protection and avoid its tendency towards
criminalization. / Trabajo académico
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Estudio sobre la validez de los estados de emergencia que restringen derechos decretados en el Perú entre 2000 y 2019Marcés Everness, Jonatan Samuel 03 August 2021 (has links)
En el Perú, los estados de emergencia que restringen derechos son una materia poco
estudiada, a pesar de que su aplicación es común. En esta tesis pretendo dimensionar la
situación de la validez de los estados de emergencia mediante una mirada panorámica que
pasa por analizar los decretos supremos que declaran o prorrogan estados de emergencia
promulgados entre 2000 y 2019. Mi hipótesis es que la aplicación de los estados de
emergencia durante este periodo es deficiente frente a los parámetros establecidos en la
Constitución Política de 1993, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la
Convención Americana sobre Derechos Humanos respecto a (i) las razones por las que se
decretan estados de emergencia, (ii) el plazo por el cual se decretan, (iii) el lugar donde se
decretan, (iv) los derechos que se restringen y (v) las instituciones a las que se les encarga el
control del orden interno. Lamentablemente, la hipótesis resulta ser correcta y la aplicación
de los estados de emergencia es deficiente en los extremos analizados. Frente a ello, también
muestro cómo los llamados a controlar su aplicación (sobre todo el Congreso de la República,
el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional) no han sido capaces de hacerlo.
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Informe sobre Expediente E-2783, N° 00025-2021-PI/TC y N° 00028-2021-PI/TC (acumulados), proceso de inconstitucionalidad contra la Ley N°31307, Nuevo Código Procesal ConstitucionalValdivia Santillan, Maricielo 23 October 2023 (has links)
La Ley 31307, que adoptó el "Nuevo" Código Procesal Constitucional, fue una de las leyes más
polémicas promulgadas en 2021. Cabe señalar que los vicios de forma y de contenido minaron
sustancialmente la legitimidad de esta ley a lo largo del proceso legislativo que condujo a su
incorporación al ordenamiento jurídico.
Ante estas circunstancias se presentaron tres recursos de inconstitucionalidad. Estas denuncias
fueron presentadas por el Colegio de Abogados de La Libertad (Exp. 00025-2021-PI/TC) y la
Procuraduría Especializada en Materia Constitucional en representación del Poder Ejecutivo
(Exp. 00028-2021-PI/TC), respectivamente. El tercer caso de la Corte Suprema (Exp. 030-2021-
PI/TC) fue recientemente resuelto por una conformación nueva del Tribunal, cabe precisar que
este no será materia de estudio en el presente trabajo.
A pesar de la trascendencia de la Ley 31307, el informe emitido por la entonces jueza Marianella
Ledesma (Exp. 00025-2021-PI/TC y Exp. 00028-2021-PI/TC acumulados) se limitó a analizar los
vicios de procedimiento de la ley sin abordar los fundamentos de su inconstitucionalidad. En
consecuencia, la sentencia que se dictó a continuación fue considerada INFUNDADA por no
alcanzar los cinco votos necesarios para ser declarada inconstitucional conforme al artículo 5 de
la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Con el fin de demostrar que la Ley 31307 es inconstitucional y que su aprobación y entrada en
vigencia debilita y desnaturaliza los procesos constitucionales sin mejorar la eficacia de la justicia
constitucional, que debe garantizar una tutela jurisdiccional sencilla, rápida y efectiva, el
presente informe jurídico analiza los aspectos formales y de fondo de la ley.
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La protesta social en democracia: una configuración constitucional de la protesta social desde el análisis de las tensiones democratizadoras y criminalizadoras en la protesta contra el régimen laboral juvenilPalao Quiroz, Gonzalo Alonso January 2019 (has links)
Esta investigación demuestra que, en el Perú, existe una configuración constitucional,
basada en los derechos fundamentales de participación, libertad de expresión y de
reunión, que hace de la protesta social una herramienta de democratización
jurídicamente viable. Luego de una revisión detallada de la teoría de la democracia, se
propone el uso de la comprensión procesal de la democracia de Charles Tilly para
destacar el potencial democratizador de la protesta social. Así, se exhibe una ciudadanía
que, en plena crisis de la representatividad, goza de una herramienta para participar
políticamente en la esfera pública y trasladar sus demandas al Estado. Para corroborar
empíricamente este carácter democratizador se analiza el caso de la protesta social
contra el Régimen Laboral Juvenil, acontecida en el Perú entre los meses de diciembre de
2014 y enero de 2015. Este caso demuestra que, en nuestro país, la protesta social se
encuentra sometida a una tensión entre el uso democratizador que le dan los ciudadanos
y la criminalización que despliega el Estado para reprimir esta actividad. Partiendo de esta
tensión entre el fundamento democrático de la protesta social y los actos de
criminalización que la lesionan y amenazan, se realiza un ejercicio de dogmática jurídica,
que se nutre de doctrina, normas y jurisprudencia nacional e internacional, para formular
una configuración constitucional de la protesta social que asegura su ejercicio y habilita
que se activen las garantías constitucionales necesarias para salvaguardar esta
manifestación de participación ciudadana.
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Reflexiones sobre la valoración probatoria y debida motivación de la prisión preventiva a propósito del Recurso de Agravio Constitucional N º 03248-2019-PHC/TC Caso Yoshiyama TanakaSoto Florián, Fiorella Celeste 09 August 2023 (has links)
Durante la investigación del Caso Cócteles, originada por los aportes provenientes de
Odebrecht al partido Fuerza Popular en la campaña de elecciones presidenciales de
2011 y 2016, el Ministerio Público presentó un requerimiento de prisión preventiva
contra Yoshiyama Tanaka. Este fue declarado fundado por el Juzgado de Investigación
Preparatoria y confirmado por la Sala Penal de Apelaciones Nacional. Al encontrarse
privado de libertad, Yoshiyama interpuso una demanda de hábeas corpus que fue
declarada improcedente, hecho que llevó a que la defensa de Yoshiyama presente un
Recurso de Agravio Constitucional por considerar que persistía la vulneración a
diversos derechos. Finalmente, el Tribunal Constitucional, declaró fundado en parte
dicho recurso al estimar que se vulneró el derecho a probar y la debida motivación. En
el presente informe se analiza en qué medida el fallo del Tribunal Constitucional fue
adecuado a la luz del razonamiento probatorio y procesal penal.
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El problema del cobro de deudas vencidas en el marco del artículo 2° de la Ley de protección de economía familiar del pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuela de posgrado públicos y privados – Ley N° 29947Gonzales Acosta, Gabriel Jan Carlos 01 April 2024 (has links)
En las relaciones de consumo, no solo el proveedor debe cumplir con las
obligaciones que se indican en el Código de Protección y Defensa del
Consumidor y otras normas, sino que el consumidor debe cumplir con la
contraprestación económica que se estableció.
Ahora, en una relación de consumo con universidades privadas, se espera que
el alumno cumpla con pagar la totalidad de sus cuotas porque esta es la fuente
directa que tienen estas instituciones para generar ingreso.
El problema surge cuando existen alumnos que tienen problemas de pago,
algunos incluso no cumplen con la obligación de pago y, a pesar de las gestiones
de cobro no es posible recuperar el monto adeudado. El problema se agrava
para las universidades debido al artículo 2 de Ley de Protección de Economía
Familiar del pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades
y escuela de posgrado públicos y privados – Ley N° 29947 ya que el servicio
educativo debe brindarse de forma idónea, sin importar que pueda existir cuotas
de pago vencidas. Las universidades privadas se encuentran en una posición de
desventaja ya que, en algunos casos, el alumno se retira de la institución
educativa y, por consiguiente, el pago dependerá de la responsabilidad del
consumidor.
El objetivo principal del presente trabajo es determinar si el proveedor también
necesita de protección en los casos que el consumidor no cumpla con su
obligación, ello en tanto que la falta de pago también afecta a las universidades
y a todos aquellos que dependan de ella. / In consumer relations, not only must the supplier comply with the obligations
indicated in the Consumer Protection and Defense Code and other regulations,
but the consumer must comply with the economic consideration that was
established.
Now, in a consumer relationship with private universities, the student is expected
to pay all of their fees because this is the direct source that these institutions have
to generate income.
The problem arises when there are students who have payment problems, some
even do not comply with the payment obligation and, despite the collection efforts,
it is not possible to recover the amount owed. The problem is aggravated for
universities due to article 2 of the Family Economy Protection Law of the payment
of pensions in public and private institutes, higher schools, universities and
postgraduate schools - Law N°29947 since the educational service must be
provided in a manner ideal, regardless of whether there may be overdue payment
installments. Private universities are in a disadvantageous position since, in some
cases, the student withdraws from the educational institution and, consequently,
payment will depend on the responsibility of the consumer.
The main objective of this work is to determine if the supplier also needs
protection in cases where the consumer does not comply with his obligation, while
non-payment also affects universities and all those who depend on them. / Trabajo académico
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