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Informe jurídico sobre la Resolución Nº 0027-2023/SDC-INDECOPI

Ganoza Lopez-Lavalle, Nicolas 14 January 2025 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 0027-2023/SDC INDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de Indecopi, la cual resolvió en segunda instancia la denuncia presentada por Sociedad Nacional de Industrias en contra de Frigoinca por la presunta comisión de actos de engaño en la difusión de publicidad y videos en Youtube. Por ello, el presente trabajo evaluará si la decisión adoptada en dicha resolución, en la cual se concluyó que Frigoinca sí había incurrido en los actos de competencia desleal denunciados, fue correcta y como se llegó a la misma. Se utilizará la Ley de Represión de Competencia Desleal, así como en atención a los criterios adoptados por jurisprudencia captada en resoluciones de Indecopi. Mediante este análisis plasmado en el presente informe, se demostrará que Frigoinca sí incurrió en actos de engaño al difundir la publicidad que fueron materia de estudio en la segunda instancia, pero la Sala no realizó un análisis apropiado. Ello pues, tras realizar una interpretación superficial e integral de la publicidad, desde la perspectiva del consumidor, se puede interpretar que el mensaje publicitario no era posible para el producto de conserva cárnica que vendía la denunciada. Por un lado, decir que un producto es 100% natural debería poder demostrarse, lo cual no se hizo. Por otro lado, la Sala no realizó una interpretación desde la perspectiva del consumidor. En consecuencia, se concluirá que eran susceptibles de inducir a error a los consumidores, pero se critica a la Sala. / The present legal report examines Resolution No. 0027-2023/SDC INDECOPI, issued by the Specialized Chamber in Defense of Competition of Indecopi, , which resolved in second instance the complaint filed by Sociedad Nacional de Industrias against Frigoinca for the alleged commission of acts of fraud in the dissemination of advertising and videos on YouTube. The present work will therefore assess whether and how the decision taken in that resolution, in which it was concluded that Frigoinca had indeed committed the acts of unfair competition denounced, was correct. The Law for the Repression of Unfair Competition, will be used, as well as in accordance with the criteria adopted by the jurisprudence captured in Indecopi’s resolutions. Through this analysis in the present report, it will be demonstrated that Frigoinca did commit acts of deception in the dissemination of the advertising which were the subject of study in the second instance, but the Chamber did not carry out an appropriate analysis. Therefore, after making a superficial and comprehensive interpretation of the advertisement, from the consumer's point of view, it can be interpreted that the advertising message was not possible for the meat-conserved product that the complainant was selling. On the one hand, to say that a product is 100% natural should be proven, which was not done. On the other hand, the Chamber did not make an interpretation from a consumer perspective. Consequently, it will be concluded that they were likely to mislead consumers, but the Chamber is criticized.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0042- 2024/SDC-INDECOPI

Inga Cuya, Abril Ariana 12 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 0042-2024/SDC-INDECOPI, en donde se expone el caso de un acto de presunta competencia desleal cometido por Tiendas por Departamento Ripley S.A.C. mediante la publicidad de sus productos en su página web. Así, el caso se originó cuando el señor Carlos Eduardo Vergara Padilla compró una laptop HP en la página web de Ripley, pero la orden fue anulada debido a la falta de stock y al cabo de unos días el producto seguía siendo ofertado en línea. Este hecho llevó al señor Vergara a presentar una denuncia por actos de competencia desleal por infracción a la cláusula general y actos de engaño. Por lo cual, el informe se estructura en distintas secciones clave, que incluyen el análisis en primera y segunda instancia, la identificación de los principales problemas jurídicos y las conclusiones. Se examinan detalladamente las acciones publicitarias desplegadas por Ripley, los efectos de dichas acciones en los consumidores y el mercado a través de la Ley de Represión de Competencia Desleal y El Código de Protección y Defensa el Consumidor. Además, se ofrece un análisis crítico sobre la aplicación del principio de legalidad y la publicidad comercial. El informe concluye que Ripley incumplió el principio de legalidad al no indicar claramente la duración de la promoción ni la cantidad mínima de unidades disponibles; asimismo, constituye una publicidad engañosa, lo cual afecta la competencia leal en el mercado y al consumidor razonable. / The present legal report analyzes the Resolution No. 0042-2024/SDC-INDECOPI, which presents the case of an alleged act of unfair competition committed by Tiendas por Departamento Ripley S.A.C. through the advertisement of its products on its website. The case originated when Mr. Carlos Eduardo Vergara Padilla purchased an HP laptop on Ripley's website, but the order was canceled due to a lack of stock, and after a few days, the product continued to be offered online. This event led Mr. Vergara to file a complaint for acts of unfair competition due to a violation of the general clause and acts of deception. Therefore, the report is structured into various key sections, including the analysis of the first and second instances, the identification of the main legal issues, and the conclusions. It examines in detail the advertising actions carried out by Ripley, the effects of these actions on consumers and the market through the Unfair Competition Repression Law and the Consumer Protection and Defense Code. Additionally, a critical analysis of the application of the principle of legality and commercial advertising is offered. The report concludes that Ripley violated the principle of legality by not clearly indicating the duration of the promotion or the minimum quantity of available units; furthermore, it constitutes misleading advertising, which affects fair competition in the market and the reasonable consumer.
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Dejando a nadie contento : análisis sobre la legislación y pronunciamientos del INDECOPI en la protección del derecho de los consumidores en el ámbito del transporte aéreo y su efecto en los operadores del servicio

Tejeda León, Carlos Alberto 25 March 2015 (has links)
El papel que las aerolíneas juegan en nuestro mundo moderno, a través del servicio de transporte aéreo civil de personas y bienes, es sumamente relevante: han auxiliado a reducir los tiempos y las distancias, de modo que los seres humanos prácticamente ya no concebimos medios más lentos e ineficientes como alternativas de viaje. Su presencia resulta, a la vez, muy extendida: casi todos los países del mundo tienen este servicio, de una u otra manera, de modo que desde hace muchos años ya no se le considera un tipo de transporte esencialmente exclusivo.
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Los beneficios que ofrece la implementación de un Programa de Compliance de Libre Competencia en las Grandes Empresas Peruanas

Alberca Guzmán, Patricia Marcela 30 October 2024 (has links)
De la mano de un crecimiento económico y de la apuesta por el desarrollo empresarial, es importante para las grandes corporaciones, tener mapeado el hecho de velar por el cumplimiento normativo contextualizado en las leyes de libre competencia, más aún si se ha determinado que este tipo de empresas se encuentran más inmersas en situaciones que podrían incentivar equivocadamente incurrir en prácticas anticompetitivas que traigan nefastas consecuencias legales. Es por ello que la presente investigación desarrolla la importancia de implementar de manera idónea un programa de compliance de libre competencia, que permita a las empresas mapear de manera adecuada los riesgos que implique su negocio, y canalizarlas a través de un oficial de cumplimiento quien en la práctica velará por la aplicación óptima del referido programa que permita materializar los beneficios que ofrece su implementación. Es importante precisar que si bien la introducción del programa de compliance de libre competencia no eliminará en su totalidad los riesgos en los que se pueda encontrar incursa una corporación, lo cierto es que su existencia y aplicación adecuada desde los altos directivos hasta los trabajadores de la última escala remunerativa, se podrán advertir los riesgos mitigados de una manera muy eficiente, además de los beneficios adicionales ex ante y expost que son parte del referido programa.
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Informe sobre Expediente No. 154-2008/CCD

Saavedra Valdivia, Eduard Yermain 04 August 2021 (has links)
En los últimos años, el INDECOPI ha conocido y se ha pronunciado, de oficio o por denuncia de parte, sobre las actividades empresariales desarrolladas por determinadas Entidades del Estado. Debido a que muchas de estas, usando los recursos económicos del Estado y la infraestructura pública, entran a competir en un determinado mercado y afectan la libre competencia. De ahí se deriva la relevancia de analizar este tipo de casos. De acuerdo al modelo económico adoptado por la Constitución de 1993 (economía social de mercado), se determinó que la libre competencia es el mejor sistema económico para el Perú, pero admite la intervención del Estado en determinados supuestos. El artículo 60 de la Constitución Política del Perú de 1993 reguló los requisitos para que las Entidades del Estado puedan intervenir en un mercado (estos requisitos son autorización por ley expresa, la actividad tiene que ser subsidiaria y ser una actividad de interés público). Con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal (en adelante, “Ley de Competencia Desleal”), la actividad empresarial de Estado sin cumplir con los requisitos dispuestos por el artículo 60 de la Constitución de 1993 es sancionada. El Estado no puede utilizar infraestructura pública para realizar actividad empresarial, sin que medie un procedimiento transparente y se cumpla con lo dispuesto por la Constitución. Lo contrario significaría afectar el proceso competitivo y usar de forma ilegal los recursos del Estado. El presente Informe tiene como finalidad analizar si el INEN cumple con los requisitos para poder intervenir dentro del mercado, ello de acuerdo al procedimiento establecido por el INDECOPI para analizar este tipo de casos. Además, verificaremos las condiciones en que se prestan los servicios brindados por el INEN a las personas. Mi conclusión, luego de haber analizado a detalle este caso, es que el INEN no posee (i) una ley que autorice la actividad empresarial, y (ii) que el INDECOPI no ha analizado y determinado el mercado relevante de forma adecuada, lo cual genera cambios sustanciales en el análisis de subsidiariedad. Además, no se puede hacer diferenciaciones en las prestaciones de salud, lo cual origina que el servicio se brinde de forma inequitativa. Es por ello que concluyo que el INEN no se encuentra autorizado para realizar actividad empresarial.
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¿Perdidos en la Vía Láctea?: los desaciertos del INDECOPI sobre la protección al consumidor y la competencia desleal = Lost in the Milky Way? INDECOPI’s mistakes about the consumer protection and the unfair competition

Mendoza Gallo, Paola Alexandra 10 May 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación surge debido a diversas resoluciones emitidas por la agencia de competencia peruana en materia de protección al consumidor y en materia de competencia desleal sobre productos industrializados destinados al consumo humano. En especial, el caso de productos lácteos que tuvo una gran repercusión mediática y reacción por parte de la opinión pública. Asimismo, se determinarán los alcances y límites de competencias de las dos entidades del Estado involucradas: INDECOPI y DIGESA. Al respecto, es relevante determinar si el criterio adoptado se ajusta a derecho, en tanto que vulneran principios del procedimiento administrativo; se aplicó de manera errónea conceptos de la protección al consumidor y de competencia desleal. Pero lo más importante, es que el mensaje transmitido al mercado es el de una grave inseguridad jurídica. Así, no siempre la posición política más llamativa implica una correcta aplicación e interpretación de la normativa. En ese sentido, se desarrollarán ciertos conceptos teóricos respecto al Derecho Administrativo, de Protección al Consumidor y de Competencia Desleal. Se analizará la normativa vigente hasta ese momento y se concluirá que no era posible atribuir responsabilidad administrativa a diversas empresas que ofertaban productos industrializados en el mercado peruano, especialmente, la leche evaporada. / This research work arises due to various resolutions issued by the Peruvian competition agency on consumer protection and on unfair competition on industrialized products for human consumption. In particular, the case of dairy products, which had a great media coverage and reaction from public opinion. Likewise, the scope and limits of powers of the two State entities involved will be determined: INDECOPI and DIGESA. In this regard, it is relevant to determine if the adopted position was correct, insofar as they violate principles of administrative procedure, concepts of Consumer Protection and Unfair Competition were misapplied. But the most important thing is that the message transmitted to the market is that of serious legal uncertainty. Therefore, not always the most striking political position implies a correct application and interpretation of the regulations. Certain theoretical concepts will be developed regarding Administrative Law, Consumer Protection and Unfair Competition. The current regulation at that time will be analyzed and it will be concluded that it was not possible to attribute administrative responsibility to various companies that offered industrialized products in the Peruvian market, especially evaporated milk.
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Informe Jurídico sobre la Resolución 059-2020/SDC-INDECOPI

Aroni Dolores, Lizeth Tatiana 01 August 2022 (has links)
La industria musical en el Perú ha evolucionado constantemente, es así que se evidencia un aumento en el consumo de la misma. Ante este escenario, aparecen en el mercado diversos agentes que proponen entregar música sin incurrir en costos de transacción con el autor o titular, es decir, son proveedores de música que entregan autorizaciones o licencias de uso de la obra. Asimismo, encontramos a las sociedades de gestión colectiva que, igualmente, entregan autorizaciones a terceros para el uso de las obras que administra. Aparentemente podríamos inferir que los proveedores de música y las sociedades de gestión colectiva compiten entre ellos. Sin embargo, de un análisis de ambos podría identificar que cuentan con características que les impide competir sobre ciertos aspectos de la gestión de obras. En el presente informe académico se desarrollará una crítica respecto al pronunciamiento señalado por INDECOPI en la Resolución Nº 059-2020/SDC-INDECOPI. La referida resolución trae a colación la figura del sabotaje empresarial en la modalidad de inducción al cumplimiento contractual, la cual es una figura no muy estudiada por los órganos resolutivos del INDECOPI. El presente trabajo se divide en 3 objetivos: en primer lugar, analizar si los comunicaciones de la Asociación Peruana de Autores y Compositores - Apdayc envidas a Tinto Café S.A.C configuraban realmente un supuesto de sabotaje – siendo que este fue el único extremo que se declaró fundada; en segundo lugar, si la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y la Sala Especializada en Defensa de la Competencia tenía competencia para aplicar el artículo 147° de Ley sobre el Derecho de Autor; y en tercer lugar, si Apdayc mediante las actividades de recaudación cumple una actividad con finalidad concurrencial. / The music industry in Peru has constantly evolved, so there is evidence of an increase in its consumption. Given this scenario, various agents appear on the market that offer to deliver music without incurring transaction costs with the author or owner, that is, they are music providers that deliver authorizations or licenses for the use of the work. Likewise, we find the collective management societies that, likewise, deliver authorizations to third parties for the use of the works they manage. Additionally, we could infer that music providers and collecting societies compete with each other. However, an analysis of both could identify that they have characteristics that prevent them from competing on certain aspects of works management. In this academic report, criticism will be developed regarding the pronouncement indicated by INDECOPI in Resolution No. 059-2020/SDC-INDECOPI. The referred resolution brings up the figure of business sabotage in the modality of inducement to contractual compliance, which is a figure not very studied by the decision-making bodies of INDECOPI. The present work is divided into 3 objectives: first, to analyze whether the acts of collection and/or remuneration of the Asociación Peruana de Autores y Compositores - Apdayc really constituted supposed sabotage; second, if Sala Especializada de la Competencia Desleal had the competence to apply article 147 of the Copyright Law; and thirdly, if Apdayc, through collection activities, fulfills an activity with a competitive purpose.

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