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Informe sobre Expediente de relevancia jurídica 105-2018/CCD, E-2816, denuncia de la Asociación de Consumidores Indignados contra Uber B.V. y Uber Perú S.A.C. por actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normasRodríguez Tamo, Daniel Andrés 01 June 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la denuncia presentada por la Asociación de
Consumidores Indignados del Perú contra Uber Perú S.A. y Uber B.V. ante el Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual,
por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de violación
de normas. El expediente tiene un problema jurídico medular que radica en evaluar la
naturaleza jurídica de la actividad realizada por el agente económico que administra la
aplicación “Uber” y, en consecuencia, si para su ejecución requiere contar con el título
habilitante emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima para la prestación del
servicio de taxi. Adicionalmente, se identifican otros dos problemas jurídicos principales,
vinculados a la legitimidad para obrar de Uber Perú S.A. dentro del procedimiento y la
notificación al extranjero realizada a Uber B.V.
Para el análisis de estos problemas jurídicos, en el presente informe se ahonda en
diferentes figuras jurídicas como la legitimidad para obrar pasiva, la aplicación de la
primacía de la realidad, el derecho a ser notificado como parte del derecho a la defensa,
la ventaja competitiva significativa, entre otros. Asimismo, se profundiza en el concepto,
características, clasificaciones y regulación en el Perú del fenómeno de la economía
colaborativa y sus actores, los usuarios, prestadores de bienes o servicios y plataformas
colaborativas. En las conclusiones, se confirman las hipótesis iniciales referidas a que
la actividad económica llevada a cabo por una plataforma colaborativa no es equiparable
al servicio subyacente, Uber Perú S.A. no tiene legitimidad para obrar pasiva dentro del
procedimiento y la notificación al extranjero no siguió las modalidades legalmente
previstas. / This legal paper analyses the complaint failed by the Association of Outraged
Consumers of Peru against Uber B.V. and Uber Peru S.A. before the National Institute
for the Defence of Competition and the Protection of Intellectual Property, for the alleged
commission of acts of unfair competition in the form of a violation of regulations. The file
contains a key legal problem which consists in analysing the legal nature of the economic
activity carried out of the economic agent operating the “Uber” app and, as a
consequence, whether its execution requires the enabling authorization issued by the
Metropolitan Municipality of Lima for the provision of taxi services. Furthermore, two
other legal problems are noted, linked to the passive standing of Uber Peru S.A. within
the procedure and the notification abroad to Uber B.V.
For the analysis of these legal problems, this legal paper delves into the analysis of a
range of legal concepts, such as the passive standing, the right to be notified as part of
the right of defence, the significant competitive advantage, among others. Moreover, an
in-depth analysis is made regarding the definition, characteristics, classifications and
regulation in Peru of collaborative economy phenomena, and its participants, users,
providers and collaborative platforms. Among conclusions, the first research hypothesis
are confirmed, referred to the inequivalence between the activity carried out by a
collaborative platform and the underlying service, the absence of passive standing of
Uber Peru S.A. and the failure to comply with the legally prescribed procedures for the
notification of Uber B.V. abroad.
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La publicidad comercial en Internet como un acto de competencia deslealPacheco Paredes, Ricardo Rolando 14 October 2024 (has links)
Lo que nos convoca a realizar nuestra tesis es la idea de señalar el problema que la exposición de una publicidad desleal en Internet provoca, poniendo especial énfasis en la estrecha vinculación entre lo jurídico y lo económico, y a la luz de la aparente "inmunidad" conque actúan los anunciantes de publicidad y los creadores de páginas web en Internet, principalmente los no domiciliados en el Perú.
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Infracciones marcarias y su relación con la competencia deslealGutiérrez Fernández, José Luis January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como finalidad el estudio de las infracciones marcarias, contenidas principalmente en la ley 19.039 de Propiedad Industrial, y la relación de las mismas con los ilícitos de competencia desleal contemplados en la ley 20.169 y en el Decreto Ley 211.
Para llegar a dicho objetivo, es necesario analizar el marco teórico que sustenta el sistema de propiedad intelectual e industrial, así como las críticas que se le realizan. También se estudiará superficialmente la legislación comparada en Propiedad Intelectual e Industrial, y los principales tratados internacionales que consagran normas de protección a los bienes intangibles.
Finalmente, se estudiará en detalle la configuración teórica y normativa de las marcas comerciales en relación a sus áreas más cercanas, esto es, la libre competencia, el derecho del consumidor, la regulación sobre nombres de dominio, la faceta autorregulatoria y, finalmente, la competencia desleal como rama autónoma del derecho, pero fuertemente vinculada a las infracciones marcarias. Se estudiarán las relaciones entre los fines perseguidos por estas legislaciones y cómo la jurisprudencia (principalmente antimonopólica) ha entendido dicha relación.
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El taxi en los tiempos de la economía colaborativa: Informe Jurídico de la Resolución N° 84-2020/SDC-INDECOPIJáuregui Mena, Gonzalo Manuel 25 July 2023 (has links)
El presente informe determina si la empresa Uber B.V. cometió actos de
competencia desleal en la modalidad de violación de normas, toda vez que
estaría incumpliendo con la normativa sectorial para el servicio de taxi. Para ello,
se utiliza la Ley de Represión de la Competencia Desleal y la Ordenanza N° 1684
regula la prestación del Servicio de Taxi en Lima Metropolitana, además de la
casuística nacional e internacional respecto a la naturaleza del servicio prestado
por dicha empresa. También se considera el Código de Protección y Defensa del
Consumidor para determinar naturaleza en función de las reglas de gobernanza
usadas y si estas son un mecanismo alternativo de protección al consumidor.
Con ello, el presente informe concluye que, por su intervención o injerencia en el
servicio de transporte, si bien el servicio que brinda Uber B.V es el de un
intermediario, con dicha actividad económica se comportaba adicionalmente
como un proveedor del servicio de taxi. Asimismo, se establece que las reglas
de gobernanza aplicadas en las plataformas de intermediación no constituyen
por sí solas un mecanismo alternativo de protección al consumidor, debiéndose
regular por la normativa en la materia. Por último, se concluye que, en
concordancia con la aplicación de la primacía de la realidad, y al serle aplicable
la normativa sectorial, su incumplimiento generó que cometa actos de
competencia desleal en la modalidad de violación de normas, obteniendo una
ventaja competitiva ilegal en el mercado. / This report determines whether the company Uber B.V. committed acts of unfair
competition by the violation of rules, since it would be in breach of the sectorial
regulations for the cab service. For this purpose, the Law for Repression of Unfair
Competition and the Ordinance N° 1684 regulating the taxi service in Lima
Metropolitana are used, as well as the national and international cases regarding
the nature of the service provided by such company. The Code of Consumer
Protection and Defense is also considered to determine the nature of the
governance rules used and whether they are an alternative consumer protection
mechanism. With this, it is conclude that, due to its intervention or interference in
the transportation service, although the service provided by Uber B.V. is that of
an intermediary, with its economic activity it additionally behaved as a cab service
provider. Likewise, it is established that the governance rules applied in the
intermediation platforms do not constitute by themselves an alternative
mechanism of consumer protection, and must be regulated by the regulations on
the matter. Finally, it is concluded that, in accordance with the application of the
primacy of reality, and being applicable to the sectorial regulation, its noncompliance
generated that it commits acts of unfair competition in the form of
violation of rules, obtaining an illegal competitive advantage in the market.
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De Dolce & Gabbana a nada: ¿regulación o autorregulación del principio de adecuación social?Alvarado Oscanoa, Veronica Rosario 21 March 2022 (has links)
El presente artículo busca presentar nociones básicas sobre la publicidad y el
Principio de Adecuación Social, así como la posición de la Ley de Represión de la
Competencia Desleal, y el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Asimismo, se
hará una comparación con la legislación española y neerlandesa. Para una explicación más
dinámica, el tema será visto desde el Fashion Law, y analizaré el controvertido anuncio
publicitario de Dolce & Gabbana, donde la modelo Zuo Ye intentaba degustar platillos
italianos con palillos chinos; así también, aplicaré la normativa nacional, ello para analizar
si el anuncio hubiese sido sancionado en Perú. En una etapa posterior, se brindarán
recomendaciones para dilucidar quién es el mejor posicionado para sancionar aquellos
anuncios publicitarios que vulneren el Principio de Adecuación Social, ya sea mediante el
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), o
a través del mecanismo de la autorregulación. Además, se expondrá el rol del análisis
económico del derecho en el mercado nacional. Finalmente, se presentarán conclusiones y
unas breves recomendaciones, las mismas que podrán ser utilizadas para complementar
futuros razonamientos de la Sala Especializada en Competencia Desleal del Indecopi. / The article seeks to present basic notions on advertising and the Principio de
Adecuación Social, as well as the position taken in the Ley de Represión de la Competencia
Desleal and the Código de Protección y Defensa del Consumidor. Likewise, a comparison
will be made with the Spanish and Dutch legislation. For a more dynamic explanation, this
will be explained from a Fashion Law perspective, and I will analyze Dolce & Gabbana’s
controversial advertisement, where model Zuo Ye tried to eat Italian dishes with chopsticks,
and I will apply the national regulation. This will be made to analyze whether this
advertisement would have been sanctioned in Peru. Afterwards, recommendations will be
provided to elucidate who is in a better position to sanction advertisements that violate the
principle, either through the Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Propiedad Intelectual (Indecopi), or through self-regulation; and the role played by the
economic analysis of law in the peruvian market. Finally, conclusions and brief
recommendations will be presented, which may complement future reasoning by Indecopi’s
Sala Especializada en Competencia Desleal del Indecopi.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 2549-2010/SC1-INDECOPIAbanto Caycho, Leslie Fiorella 16 August 2022 (has links)
En el marco de la Constitución de 1993, el cambio de rol del Estado en la economía peruana,
y la promulgación de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, fue el punto de partida
Para que el Indecopi empezara a analizar una situación excepcional en el mercado: la
actividad empresarial del Estado.
La presente resolución administrativa es una muestra de la diversidad de pronunciamientos
que ha tenido la Sala de Defensa de la Competencia al determinar la existencia de una
infracción al artículo 14.3 de la normativa especial, en concordancia con el artículo 60 de la
Constitución.
Producto de ello, el organismo regulador de la competencia planteó una metodología de
análisis propia de estos casos, la cual se aplica al caso específico de Clínica Santa Teresa
contra el Hospital Cayetano Heredia, y que, posteriormente será establecida mediante el
precedente vinculante de Universidad Nacional del Altiplano – Puno contra Pollería El
Rancho II.
Al respecto, el presente Informe tiene como finalidad determinar si lo resuelto por la Sala en
la Resolución N° 2549-2010/SC1-INDECOPI se condice con las condiciones establecidas en
la Carta Magna para dicha intervención estatal, lo cual nos permitirá concluir que el servicio
médico prestado por el Hospital Cayetano Heredia consistió en una actividad empresarial
ilícita al no encontrarse autorizado por una ley expresa. / In the context of the 1993 Constitution, the role change of the Peruvian State in the economy,
and the promulgation of Law for the Repression of Unfair Competition, Indecopi began to
analyze an exceptional situation: State business activity.
This administrative decision is a sample of pronouncements diversity that the Tribunal of
Defense of Competition has had in assessing the existence of a violation of article 14.3 of
Legislative Decree N° 1044 according to article 60 of the Constitution.
As a result, Indecopi proposed an analysis methodology, which applies in the specific case of
Clínica Santa Teresa vs. Hospital Cayetano Heredia and will later be established in the
binding precedent of Universidad Nacional del Altiplano – Puno vs. Pollería El Rancho II.
Thereon, this report's purpose is to define if the judgment of the Tribunal by Resolution No.
2549-2010/SC1-INDECOPI is consistent with Political Constitution requirements to
conclude if the service provided by the Hospital Cayetano Heredia is an illicit business
activity not authorized by an express law.
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Entre anuncios y principios: La publicidad bajo la lupa de la CCD y el desafío de la adecuación socialGastañeta Bastidas, Adria 27 March 2024 (has links)
Este artículo académico se adentra en el principio de adecuación social, explorando su
normativa, las posibles infracciones y, sobre todo, los desafíos que estas plantean. Se
examinará la teoría relacionada con la competencia desleal en el ámbito publicitario
como contexto inicial. Posteriormente, se abordará el problema central que gira en torno
a la indeterminación de este principio, y se analizará cómo los jueces resuelven la
cuestión de determinar si una publicidad infringe dicho principio.
El propósito central del artículo será el desafío intrínseco de determinar cuándo y de qué
manera una publicidad lo infringe, dada su naturaleza indeterminable. En este contexto,
nos proponemos resaltar la importancia de establecer precedentes o directrices que
abordan la necesidad de contar con una metodología definida para que las autoridades
puedan llevar a cabo evaluaciones precisas. Estos precedentes y lineamientos deben
enfocarse en la creación de un marco que permita a las autoridades realizar un análisis
exhaustivo y holístico al interpretar el anuncio en cuestión. La ausencia de tales pautas
puede generar interpretaciones dispares y, por ende, resoluciones arbitrarias,
subrayando la urgencia de establecer un enfoque más estructurado y uniforme en la
evaluación de la publicidad respecto al principio de adecuación social. / This academic article delves into the principle of social adequacy, exploring its
regulations, potential infringements, and, most importantly, the challenges they pose.
The theory related to unfair competition in the advertising field will be examined as an
initial context. Subsequently, the central issue surrounding the indeterminacy of this
principle will be addressed, and an analysis will be conducted on how judges resolve the
question of determining whether an advertisement violates said principle.
The central purpose of this report is to address the intrinsic challenge of determining
when and how advertising violates the principle of social adequacy, given its
indeterminate nature. In this context, we aim to emphasize the importance of establishing
precedents or guidelines that address the need for a defined methodology for authorities
to conduct precise evaluations. These precedents and guidelines should focus on
creating a framework that allows authorities to carry out a thorough and holistic analysis
when interpreting the advertisement in question. The absence of such guidelines can
lead to disparate interpretations and, consequently, arbitrary resolutions, underscoring
the urgency of establishing a more structured and uniform approach in evaluating
advertising regarding the principle of social adequacy. / Trabajo académico
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Apuntes sobre una correcta interpretación del principio de adecuación social, en la modalidad de inducción a cometer actos ilegales mediante publicidadRojas Aliaga, Enzo Andre Martin 27 March 2024 (has links)
Mediante la presente investigación, buscamos realizar un análisis y crítica de los
principales pronunciamientos existentes sobre el Principio de Adecuación Social
en la modalidad de inducción a cometer actos ilegales. Para ello evaluaremos los
pronunciamientos emitidos en virtud de las normas que han existido sobre la
materia a lo largo de estos años, tanto por parte del Instituto Nacional de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, así como por
parte del Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria.
En base a ello, junto a lo desarrollado por parte de la doctrina, buscamos resaltar
y diferenciar los aciertos y desaciertos contenidos en dichos pronunciamientos.
De esta manera, buscamos establecer que, a nuestro criterio, dicho principio debe
ser interpretado considerando los siguientes parámetros interpretativos: i)
“inducir”, debe ser considerado como convencer y determinar la comisión del acto
ilegal, de manera objetiva y fácticamente comprobable; ii) “acto ilegal” es solo
norma de rango de ley; iii) para acreditar una inducción a cometer un acto ilegal,
se deben presentar pruebas suficientes que constaten una relación causal entre
la visualización de la publicidad y un aumento en la comisión del acto ilegal, y; iv)
una modalidad de inducción a cometer actos ilegales sería convencer al
destinatario que dicha conducta no es ilegal y que, en base a ello, este la replique. / By means of this research, we seek to analyze and criticize the main existing
pronouncements on the Principle of Social Adequacy in the modality of inducement
to commit illegal acts. For this purpose, we will evaluate the pronouncements issued
under the rules that have existed on the matter over the years, both by the National
Institute for the Defense of Competition and Protection of Intellectual Property, as
well as by the National Council for Advertising Self-Regulation.
On this basis, together with what has been developed by the doctrine, we seek to
highlight and differentiate the rights and wrongs contained in such pronouncements.
In this way, we seek to establish that, in our opinion, such principle must be
interpreted considering the following interpretative parameters: (i) "inducing", must
be considered as convincing and determining the commission of the illegal act, in
an objective and factually verifiable manner; (ii) "illegal act" is only a norm of the
rank of law; (iii) in order to prove an inducement to commit an illegal act, sufficient
evidence must be presented to prove a causal relationship between the
visualization of the advertising and an increase in the commission of the illegal act,
and; (iv) a modality of inducement to commit illegal acts would be to convince the
recipient that such conduct is not illegal and that, based on this, the recipient would
replicate it. / Trabajo académico
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Análisis de la categoría “discriminación” como una causal de irregistrabilidad a tomar en cuenta por el examinador peruano de marcasCaballero Marengo-Orsini, Alessandra María 29 November 2023 (has links)
La presente investigación se realizó con el fin de evidenciar que el examinador peruano de
marcas no considera a la categoría discriminación como una causal de irregistrabilidad, por
más de que esta podría incluirse dentro del inciso p) del artículo 135 de la Decisión 486, el
cual señala como causal de irregistrabilidad aquellos signos que, entre otras cosas, vayan
contra el orden público. Debido a la falta de análisis del examinador peruano, diversas
marcas discriminatorias accedieron a registro, muchas de ellas se encuentran actualmente
vigentes, motivo por el cual resulta pertinente e importante que, al momento de evaluar la
registrabilidad de las mismas, se pueda analizar de manera específica su potencial carácter
discriminatorio.
Vivimos en un país donde los actos discriminatorios son normalizados e incluso
romantizados a tal punto de promover los mismos de manera abierta ya sea a través de
programas de televisión, bromas por parte de conductores de radio, etc. En ese sentido, no
se puede permitir que suceda lo mismo en el aspecto marcario, ya que el mismo estado es
quien concede el registro de marcas discriminatorias.
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Informe jurídico sobre la Resolución N°0030-2018/SDCINDECOPITorres Ventura, Gladys Ximena 31 July 2023 (has links)
El presente informe contiene un análisis del contenido de la Resolución N°0030-
2018/SDC-INDECOPI, la cual se dio en el marco del Expediente N°0031-
2015/CD1-INDECOPI a raíz de la denuncia de América Móvil Perú S.A.C. (en
adelante, América Móvil) en contra de Entel Perú S.A.C. (de ahora en adelante,
Entel) por infracciones a la leal competencia en las modalidades de engaño,
legalidad, denigración y comparación indebida. Al respecto, en este informe se
analizará en específico la publicidad alusiva dada en las campañas publicitarias
“Experiencia 4G-Entel” y “Entel Prepago – Superbolsas” y la consecuente
comparación indebida. Siendo así, a través del uso de la Ley de Represión de la
Competencia Desleal, aprobada mediante Decreto Legislativo N°1044 (en
adelante, LRCD), jurisprudencia y doctrina se llegó a la conclusión de que el
criterio de Indecopi no es suficiente para determinar la alusión inequívoca
indirecta puesto que en oligopolios altamente concentrados no será necesario el
factor de elementos adicionales para establecer publicidad alusiva, dado que la
estructura del mercado será suficiente para que el receptor de la publicidad
pueda identificar y determinar a qué empresas de la competencia se está
haciendo referencia. Finalmente, también se critica lo determinado por esta
entidad pues no se tomó en consideración todos los factores alegados por el
denunciante, haciendo deficiente su resolución. / This report contains an analysis of the content of Resolution No. 0030-2018/SDCINDECOPI, which was issued within the framework of Case No. 0031-2015/CD1-
INDECOPI following the complaint by América Móvil Perú S.A.C. (hereinafter
referred to as "América Móvil") against Entel Perú S.A.C. (hereinafter referred to
as "Entel") for violations of fair competition in the forms of deception, illegality,
denigration, and improper comparison. In this report, we will specifically analyze
the advertising content presented in the "Experiencia 4G-Entel" and "Entel
Prepago - Superbolsas" advertising campaigns, as well as the consequent
improper comparison. Therefore, by using the Unfair Competition Repression
Law, approved by Legislative Decree No. 1044 (hereinafter referred to as the
"UCRL"), jurisprudence, and doctrine, it was concluded that Indecopi's criteria are
insufficient to determine unequivocal indirect allusion since in highly concentrated
oligopolies, additional elements are not necessary to establish allusive
advertising, as the market structure itself is sufficient for the recipient of the
advertising to identify and determine which competing companies are being
referred to. Finally, this entity's determination is also criticized for not considering
all the factors alleged by the complainant, rendering its resolution deficient.
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