Spelling suggestions: "subject:"derecho comparados"" "subject:"ferecho comparados""
161 |
Conveniencia de permitir la calificación de operaciones elusivas en ejercicios prescritos cuando incidan en casos que involucran varios ejercicios anteriores a la fecha de la fiscalización: análisis críticoHuaman Vasquez, Kenny 02 June 2022 (has links)
Se pone en manifiesto que algunas empresas utilizan figuras legales, como, por ejemplo,
reorganizaciones societarias bajo un esquema de planeamiento tributario, que les ha permitido de
manera indirecta obtener los beneficios tributarios que estaban orientados a incentivar la inversión
o facilitar las estrategias empresariales, sin pretender lograr dicho objetivo económico. Situación
que distorsiona la equidad del impuesto que debe aplicarse sobre la capacidad contributiva y genera
brechas en la recaudación.
Muy poco se hizo con la Norma VIII del Título Preliminar del Código Tributario que tuvo
problemas en su aplicación para intentar calificar operaciones en Fraude de Ley, por lo que en el
2012 fue necesario introducir la Cláusula Antielusiva General en el Perú, dentro de la Norma XVI
en el Título Preliminar del Código Tributario, acarreando oposiciones en el sector privado,
suspendiéndose con otra Ley, su aplicación, con excepción del primero y último párrafo de la
misma, tan solo a los 2 años de su introducción sin haberse incluso aplicado.
En el contexto actual, debido a que a finales del 2018 se levantó la suspensión de la Cláusula
Antielusiva General incorporada en los párrafos del 2 al 5 de la Norma XVI, nos encontramos con
los posibles inconvenientes que podría generar su aplicación en el Perú, por parte de la SUNAT, a
aquellas operaciones que se hubieran realizado en períodos prescritos y que aun así sus efectos se
evidencien en uno o varios ejercicios futuros, que al no estar prescritos, estén siendo fiscalizados
o podrían ser sujetos a fiscalización por parte de la Administración Tributaria.
En el desarrollo de la presente investigación, se evidencia las diversas interpretaciones por parte
de la doctrina y la jurisprudencia, respecto a qué facultades de la Administración se sujetan al
plazo de prescripción que establece el artículo 43° del Código Tributario, lo que podría generar
una posición discordante entre los órganos administrativos y judiciales cuando se discutan los
casos de calificación de las operaciones descritas en el párrafo previo.
Finalmente, en el presente trabajo se analiza el problema en cuestión con la exposición de
jurisprudencia de casos similares para plantear una tentativa solución a la contingencia que se
pueda generar a futuro, así como para solucionar el problema interpretativo del artículo 43° del
Código Tributario.
|
162 |
El derecho a la ocupación efectiva ¿forma parte del contenido constitucional del trabajo en el ordenamiento laboral peruano? Alcances y mecanismos de protecciónHuamán Estrada, Elmer Noé 15 January 2021 (has links)
La presente investigación aborda el estudio del derecho a la ocupación efectiva en el
ordenamiento jurídico laboral peruano y su encuadramiento al más alto nivel jurídico
como parte del contenido constitucional del derecho al trabajo. Por ello, en esta
investigación, empezaremos examinando como principal objetivo si, efectivamente, el
derecho a la ocupación efectiva tiene base constitucional en nuestro ordenamiento a
partir de la interpretación que los órgano de impartición de justicia y la doctrina han
perfilado sobre este derecho; luego, revisamos las limitaciones que, en la práctica,
suelen presentarse con relación a la ocupación efectiva; y, posteriormente, analizamos
las vías procedimentales (fiscalización laboral) y procesales (proceso de amparo y
proceso laboral) de protección del derecho a la ocupación efectiva.
Este estudio se justifica debido a la transcendía que reviste reconocer el rango
constitucional de un derecho, pues, de poseer dicho rango, la protección y alcances de
aquel adquiere un matiz que no ostentan otros derechos de rango legal o infralegal.
En tal sentido, hemos analizado las investigaciones propias de otros ordenamientos
jurídicos, como el español, en el que el reconocimiento constitucional del derecho a la
ocupación efectiva es una cuestión pacíficamente reconocida. Asimismo, hemos
escrutado posibles casos en los que este derecho podría verse afectado y, en ese
punto, revisamos una posible pauta metodológica para reconocer una afectación como
válida o inválida. Finalmente, el resultado de nuestra investigación es reconocer que el
derecho a la ocupación efectiva forma parte de la normativa constitucional en nuestro
país y, en tal sentido, merece el mayor nivel de protección jurídica y, a su vez,
mantiene eficacia hacia los particulares y el poder público.
|
163 |
El sentido amplio de la causalidad, y su instrumentalizaciónDel Aguila Saldaña, Anderson 16 May 2019 (has links)
La causalidad como delimitadora y base angular de la deducibilidad de gastos en la
imposición de renta, es una institución jurídica tributaria de suma importancia y respecto de
la cual es necesario tener un adecuado entendimiento, más aún si de acuerdo al estado
actual de la jurisprudencia, esta debe ser entendida en un sentido amplio, constituyéndose
en un criterio acorde con las exigencias actuales de los negocios y a la vez en un criterio
que abre la posibilidad a determinados abusos en la deducibilidad. Precisamente, la
constatación de una particular tipología de casos donde se pone a prueba ambos aspectos
del criterio causal, es el punto de partida de la presente investigación, dicha tipología se
encuentra relacionada con operaciones realizadas entre empresas de un mismo grupo
empresarial o intragroup y cómo estas al ser contrastadas con los conceptos, teorías,
normas y criterios de la causalidad, permiten su reevaluación en términos de deducibilidad,
y a su vez la reevaluación del sentido amplio de la institución jurídica, pues se observa visos
de una utilización instrumentalizada de la misma a través del uso de ciertas formas jurídicas.
Es así que en la presente tesis, que lleva por título “El sentido amplio de la causalidad, y su
instrumentalización”, se establece como hipótesis “la ausencia de causalidad, en casos en
que a través de la contratación se presuponga cumplido esta por el hecho de que la
retribución, establecida para la empresa del grupo empresarial ubicado en el país, por los
servicios brindados a otra ubicada en el exterior, incluya todos los costos o gastos incurridos
para tal fin, evidenciándose asimismo la instrumentalización de dicho criterio”. En cuanto al
método desarrollado en la presente investigación se ha partido del análisis general al
particular y de la ubicación de la institución jurídica en el sistema de imposición de renta, su
evolución normativa y los aspectos jurisprudenciales de la misma, siendo que de esta forma
se ha logrado el objetivo general de la presente investigación, demostrar la falta de
causalidad en la tipología de casos y el uso instrumentalizado del sentido amplio del criterio,
siendo la conclusión principal la preponderancia de los criterios objetivos, sin descartar los
criterios subjetivos, en el establecimiento de reglas jurídicas jurisprudenciales para efectos
de la deducibilidad de gastos en la tipología de casos investigada y la necesidad de
contornos delimitadores claros y precisos del sentido amplio de la causalidad. Finalmente
cabe indicar que, la presente investigación incluye los alcances de lo dispuesto en el
Decreto Legislativo N° 1312, vigente desde el año 2017, en referencia al requisito del “test
del beneficio” para los servicios intragroup, sus diferencias con la causalidad y la
fehaciencia y las formas de acreditación.
|
164 |
La problemática de la excusabilidad como requisito del error. Una mirada comparatista desde el Civil Law y el Common Law.Bardales Siguas, Luis Rodolfo 06 October 2021 (has links)
La presente investigación tiene como finalidad evaluar la conveniencia de incorporar en el
Código Civil peruano de 1984 el requisito de la excusabilidad del error a efectos de obtener la
anulación de un acto jurídico. Con este propósito, se empieza por abordar el desarrollo del
referido vicio de la voluntad en el Derecho Romano, para luego proceder a un análisis
comparatista del tratamiento de la culpa en la producción del error dentro de las experiencias
jurídicas francesa, italiana, alemana y estadounidense realizando un contraste entre las tradiciones
jurídicas del common law y del civil law. La indagación se justifica en la medida en que dentro de la
experiencia jurídica nacional existe una controversia dogmática sobre la aplicabilidad de la
excusabilidad como requisito del error, razón por la cual, luego de efectuado el análisis
comparativo se procede a evaluar el tratamiento del error en el ordenamiento jurídico peruano,
tanto en el plano doctrinario y legislativo así como en el jurisprudencial, abordándose una serie
de casaciones, en muchas de las cuales se observa la relevancia que otorgan los jueces peruanos
a la excusabilidad, concluyéndose que si bien se ha producido en el Perú un trasplante legal del
Código Civil italiano de 1942 respecto de la disciplina del error, se debe reflexionar la oposición
político legislativa entre protección unilateral de la voluntad del declarante o exclusiva tutela de
la confianza del destinatario, a efectos de generar una regulación, que conjugando la
excusabilidad y la conocibilidad produzca en ambas partes los incentivos necesarios para
prevenir la producción del error, perspectiva que también se aprecia en los Principios de Derecho
Europeo de los Contratos, el Proyecto de Marco Común de Referencia y los Principios Unidroit
sobre los Contratos Comerciales Internacionales 2010. Con el desarrollo de la investigación se
ha observado la necesidad de abordar la problemática del error común, así como el de la
responsabilidad civil por los daños derivados de la celebración de actos jurídicos afectados por
error, concluyéndose respecto de la primera que debe regularse expresamente un remedio de
nulidad y sobre la segunda, la necesidad de derogar la restricción impuesta por el artículo 207 del
Código Civil.
|
165 |
Reclamos por pérdida de productividad bajo el Código Civil peruanoSteck Monteza, José 15 April 2022 (has links)
Existe un problema en el Perú con muchos contratistas que internalizan los costos por
pérdida de productividad en mano de obra y equipos, como consecuencia de disruptions o
disrupciones a su secuencia constructiva causados por los comitentes de las obras. Las
disruptions son eventos que interfieren, interrumpen o cambian la secuencia constructiva
planificada por el contratista y aceptada por el comitente de una obra. Sin embargo, al haber
un casi total desconocimiento de esta figura en la comunidad peruana, no es usual utilizar
dicho concepto en los reclamos y tampoco los métodos para su cuantificación aceptados
internacionalmente. Es por ello relevante definir, analizar y adaptar el tratamiento de la figura
de las disruptions al Derecho peruano, pues ello permite contar con una alternativa de
reclamación y cuantificación idónea de los daños de los contratistas. En tal sentido, en el
presente trabajo, se busca analizar el concepto de disruption y promover la utilización del
método measured mile como el idóneo para la cuantificación de los improductivos generados.
Se concluye que las disruptions pueden ser consideradas como inejecución de prestaciones o
incumplimiento de los deberes de cooperación, en el marco de la responsabilidad civil
contractual, bajo el artículo 1321 del Código Civil; por lo tanto, es un concepto que se puede
utilizar en el Perú y que el método idóneo para su cuantificación es el measured mile, pues es
reconocido como el mejor por cortes foráneas, la doctrina internacional y el soft law. No hay
ningún impedimento legal para el uso del measured mile como método de cuantificación de
pérdida de productividad en el Perú.
|
166 |
El control constitucional del objeto del referéndum: Una propuesta de nuevos parámetros para una mayor eficacia del derecho de participación ciudadanaNeyra Zegarra, Ana Cristina 31 March 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar el referéndum en el Perú, en el
marco del contexto internacional y del Derecho Comparado, centrándose en el
control de constitucionalidad que se puede hacer respecto de los temas en consulta
(objeto) para dar solución a dos problemas identificados: la oportunidad del control
y el organismo competente.
En relación con el momento en que se hace este control, se hace posteriormente a
que la iniciativa cuente con un importante número de respaldos expresados a través
de la recolección de firmas, y podría ser negativo, con lo que generaría un
desincentivo a asumir la promoción de este tipo de iniciativas.
De otro lado, respecto del organismo encargado de este control constitucional, se ha
constatado que potencialmente hay un control originario y luego uno sucesivo, que
puede recaer en el Jurado Nacional de Elecciones y los jueces constitucionales (en
dos instancias) y finalmente en el Tribunal Constitucional.
En ese sentido, el presente trabajo plantea que el control constitucional se haga
mientras se realiza la recolección de firmas (una vez que se logre una cantidad
similar a la requerida para presentar una demanda de inconstitucionalidad -5000
firmas) y que esté a cargo del Tribunal Constitucional, en instancia única, por la
especialidad de sus funciones, como un control preventivo, a través de un
procedimiento célere; por tanto, se incluyen propuestas de textos normativos para
reformar la Constitución y la Ley Nº 263000, Ley de los Derechos de Participación y
Control Ciudadanos, con dichos alcances.
|
167 |
Factores que afectan la eficiencia de la UIF PerúVentura Chilón, Víctor Raúl 11 January 2022 (has links)
El número creciente de sujetos obligados y el incremento permanente de Reportes de
Operaciones Sospechosas (ROS) en los últimos veinte años que, al ser comparados frente al
reducido número de sentencias condenatorias por actividades de lavado de activos, así con el
decreciente número de Informes de Inteligencia Financiera (IIF) plantean el problema si
existen factores que afectan eficiencia de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. La
tesis que sostenemos es que existen factores relacionados a la regulación contra el lavado de
activos, la autonomía de la UIF, a su presupuesto, personal y al tipo de información a la que
accede la UIF del Perú que afectan su eficiencia, la cual se puede medir desde la relación que
guardan los ROS, los IIF y las sentencias condenatorias por lavado de activos. Esto se
demuestra a través de un estudio comparativo entre las UIF de Perú, Argentina, Chile y
Colombia, que permite concluir de la existencia de factores que afectan la eficiencia de la
UIF del Perú en su lucha contra el lavado de activos.
|
168 |
¿Es necesario modificar el Artículo 50° del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, permitiendo el uso de recursos naturales a favor del desarrollo de los pueblos indígenas y no solo como un medio de subsistencia? (Caso Parque Nacional del Manu)Caceres Huayhuaca, Carol Fiorela 27 February 2020 (has links)
El presente trabajo académico desarrolla un análisis sobre la necesidad de modificar el Art. 50 del Reglamento de Áreas Naturales Protegidas, toda vez que el Perú, desde una óptica conservacionista sobre el medio ambiente estaría vulnerando el derecho al desarrollo de las comunidades nativas que viven en áreas de uso indirecto, dado que el aprovechamiento de recursos naturales dentro del área, solo está permitido para actividades de subsistencia.
En ese sentido y con el fin de ayudar a dar respuesta al cuestionamiento, este proyecto genera su investigación sobre el área nacional protegida, ‘’Parque Nacional del Manu’’ y las comunidades nativas y PIACIS, que viven en su territorio.
Así mismo, cabe señalar que este trabajo académico, analiza los componentes del derecho al desarrollo de las comunidades nativas, propuestos por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y el convenio 169 de la OIT, con el fin de determinar las implicancias y consecuencias de un Estado conservacionista con el medio ambiente sobre las comunidades que habitan en su interior; del mismo modo se abordó legislación comparada y casuística sobre países que presentan la misma figura que el Parque Nacional del Manu, con el objetivo de determinar los pros y los contras de realizar algún tipo de modificación.
Finalmente se presentan las conclusiones y recomendaciones, las mismas que son generadas a partir del análisis previo realizado, donde la idea principal gira en torno a la figura de un comanejo, en el que el Estado a través de su autoridad competente y las comunidades nativas cohabiten y generen un desarrollo sostenible entre las partes, respetando sus derechos y obligaciones entre si.
|
169 |
Necesidad de constitucionalizar la protección de consumidores y usuariosLobos Fracchia, Alejandro Giovanni January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como objetivo exponer la necesidad de
constitucionalizar en Chile la protección del consumidor y usuario. Para
ello, el Capítulo I comienza relatando la proclamación de los derechos de
los consumidores y usuarios como Derecho Humano, aportándose datos
sobre sus origen como derecho y luego como Derecho Fundamental.
Además, se revisa su protección tanto en órganos internacionales como en
España, Argentina, Brasil y Colombia.
El Capítulo II plantea que, a pesar de la inexistencia de un precepto
constitucional tutelar de los consumidores, sí es posible que ésta los
contenga, para luego examinar los proyectos de reforma constitucional de
los últimos años, centrándose en el del año 2014. Finalmente, se expresa la
importancia de contar con un precepto constitucional que ampare a los
consumidores y usuarios
|
170 |
Acuerdo de Unión Civil : ¿punto de partida o regulación suficiente?Azúa Flores, Ivana January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Chile es un país en el que las uniones no matrimoniales (o de hecho), han estado presentes y han generado debate. Para responder a esta situación, se elaboró el AUC en la ley N° 20.830. El 21 de octubre del año 2015, entró en vigencia una regulación que produce distintos efectos en la vida tanto jurídica como social, y por ello, es de vital trascendencia. A través de ella, se regulan las relaciones entre personas de igual o diverso sexo, que no han contraído el vínculo matrimonial y que comparten una vida en común.
El presente trabajo busca realizar un análisis crítico de la actual legislación que reglamenta las uniones civiles, para finalmente intentar determinar si estamos frente a una regulación suficiente o, por el contrario, sólo el punto de partida a mejoras legislativas o definitivamente un matrimonio igualitario. Para ello, se esclarecerá el concepto del Acuerdo de Unión Civil, para no sólo caracterizarla, sino que compararla con el vínculo matrimonial, relacionarla con otras instituciones y plantear las eventuales críticas que existen en cuanto a sus aspectos más relevantes.
Al mismo tiempo, se hará un breve análisis de los procesos históricos y legislativos que llevaron a la entrada en vigencia de la ley N° 20. 830, haciendo posteriormente, un paralelo respecto a la forma en que han sido tratadas las uniones entre parejas de igual o distinto sexo en la legislación comparada para posteriormente elaborar críticas referidas al actual Acuerdo, incorporando de manera breve jurisprudencia que sustente dichas falencias, finalmente enunciando algunas mejoras de las que el AUC podría ser objeto.
|
Page generated in 0.3251 seconds