Spelling suggestions: "subject:"derecho constitucional"" "subject:"ferecho constitucional""
191 |
La libertad de expresiónMadueño, Raúl January 1970 (has links)
No description available.
|
192 |
La protección constitucional de la persona jurídicaArrascue Delgado, Erick Eduardo January 2014 (has links)
El presente tema surge de la necesidad de encontrar en el ordenamiento jurídico nacional, el adecuado respaldo para la protección de los derechos de la persona jurídica en el ámbito constitucional. Esta muchas veces ve afectados sus derechos, debido a que no encuentra otra vía donde acudir, más que el proceso ordinario de la vía judicial, viéndose limitada para defender sus derechos reconocidos en la Constitución. Por ello encontramos crucial esta problemática de integración de la persona jurídica en los procesos constitucionales a partir del reconocimiento explícito del fundamento de atribución de sus derechos regulados en la Constitución. Para llegar a entender que los derechos que se encuentran regulados en la Constitución le son aplicables a la persona jurídica, en virtud de su naturaleza y personalidad jurídica; proponemos en este trabajo la teoría de los derechos constitucionalmente reconocidos de la persona jurídica. Para ello hemos acudido a temas básicos de Derecho Natural, Filosofía del Derecho, Derecho Constitucional y Derecho de la Persona Jurídica, con la finalidad de demostrar en qué momento se presenta la diversificación de un Derecho fundamental, de un Derecho constitucionalmente reconocido, entendiendo a este último como atribuible a la persona jurídica y por ende a la debida defensa procesal constitucional de la misma.La importancia que representa un derecho constitucionalmente reconocido en la Constitución es trascendental; debido a que éste, es un derecho propio de la persona jurídica en razón de su naturaleza jurídica, pero que al mismo tiempo se ve reconocido en el ordenamiento jurídico constitucional, esto a pesar de no haber sido regulado para la persona jurídica, sin embargo es factible de ser ejercido por ella en razón de la naturaleza misma del derecho (Ej. Derecho al debido proceso). Es así, que esta evidente realidad jurídica, permite el libre acceso de la persona jurídica a los mecanismos de defensa en el ámbito procesal constitucional, con la eficacia e inmediatez que estos representan.
|
193 |
La creación judicial del derecho : desde una perspectiva analítica al neoconstitucionalismoLópez Gonzales, Yanira Viviana January 2018 (has links)
En la actualidad el Derecho continúa en constante cambio, por ser una ciencia social es consecuente que conforme evolucione la sociedad, el derecho y la forma de aplicarlo se fundamente en distintas posiciones argumentativas. Siendo el Perú un Estado Constitucional de Derecho, se acentúan las exigencias de justicia para tutelar los derechos fundamentales y la labor del juez en la resolución de conflictos se torna más compleja, al tener que analizar y valorar la norma para resolver un caso concreto, interpretándola con discrecionalidad e independencia y validándola constitucionalmente; puesto que al emitirse una sentencia, esta debe brindar soluciones razonables y justas lo que no necesariamente significa interpretar de manera literal la norma. Es así que a partir del siglo XXI, se deja de lado la interpretación literal de la norma, es decir un positivismo normativista, transformándose en una interpretación argumentativa; debido a que la norma en algunas ocasiones puede tener vacíos o lagunas, puesto que los jueces no solo aplican el derecho, sino que a veces directamente crean un nuevo derecho, lo cual origina diferentes posiciones en la hermenéutica jurídica, debido a que el juez en ese proceso interpretativo no puede caer en arbitrariedades. Conforme se contrasta con la realidad peruana, se emiten múltiples pronunciamientos de interpretación de parte de los jueces del Poder Judicial mediante precedentes vinculantes y plenos jurisdiccionales, sin embargo al existir diferentes posiciones al momento de interpretar, no se puede señalar si llegan a invadir facultades más allá de lo que la Constitución les proporciona, es por ello que se hace necesario implementar mecanismos de control o parámetros interpretativos, de aquello en donde reposa el desplazamiento del polo de tensión: entre la creación judicial y la discrecionalidad judicial. / Tesis
|
194 |
El contenido constitucionalmente protegido de la debida motivación como causal de procedencia de una demanda amparo contra una resolución judicialPineda Zevallos, César Jesús 13 May 2017 (has links)
Conforme esta normado nuestro actual ordenamiento jurídico constitucional, en lo que respecta a los procesos de jurisdicción de la libertad o de protección de derechos “constitucionales” (1), no es constitucional afirmar el impedimento de incoar una demanda constitucional contra lo resuelto en otro proceso, sea administrativo, privado, judicial e incluso constitucional; afirmar lo contrario implicaría evidenciar que existe una zona exenta de control constitucional lo cual, según lo dispuesto por el Art. 200 Inc. 02 de la Constitución Política (2)se encuentra vedado, así si se impide interponer este tipo de demandas contra lo resuelto en otro proceso conllevaría a afirmar dos supuestos, el primero, que cualquier tipo de proceso siempre será tramitado y resuelto con apego estricto a las disposiciones y normas constitucionales, y/o el segundo, que la Constitución Política no rige para este tipo de procesos; el primero claro está, es un imposible fáctico, pues no existe perfección en los actos del hombre sea cual fuere el hecho a materializar y lo segundo, es un completo desconocimiento al principio de fuerza normativa de la constitución, tal como lo dispone el Art. 51º de la propia Carta Política, en tal sentido y a efecto de proteger los derechos fundamentales del litigante que puedan haber sido conculcados por lo resuelto en otro proceso, es que el ordenamiento jurídico habilita la interposición de una demanda constitucional contra una resolución judicial a fin que cese la afectación inconstitucional. / Tesis
|
195 |
El Control Constitucional del indultoPretel Mostacero, Wilson Gari January 2015 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Demuestra que existen argumentos jurídicos para afirmar que el indulto sí puede ser objeto de control constitucional, ello cuando no exista una debida motivación y en efecto se vulneren derechos fundamentales, valores y principios constitucionales. La institución jurídica del indulto, es una gracia presidencial, que en buena cuenta significa la facultad o potestad discrecional de la que goza el Presidente de la República, y en virtud de la cual éste puede concederla a las personas que vienen cumpliendo una condena impuesta a través de sentencia judicial firme. Sin embargo, hoy en día se debe reconocer que ésta importante institución jurídica, en su aplicación ha generado mucha polémica, puesto que en muchas oportunidades quién detenta de esta potestad lo ha utilizado con fines particulares o por cuestiones políticas sin observar el marco normativo constitucional en su conjunto. Ante tal situación surge el problema principal que es materia de la presente investigación, de que la concesión del indulto, cuando no ha sido debidamente motivada, y en efecto contraviene normas y principios constitucionales, pueda ser objeto de control constitucional. / Tesis
|
196 |
Nueva justicia constitucional: diálogo de competencias entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional a la luz del recurso extraordinario del proyecto de ley para un nuevo código procesal civilSalinas Quero, Celeste Estefanía January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta Memoria explora los contornos de una nueva justicia constitucional que podría llegar a existir en nuestro país, a partir de las modificaciones que introduciría el Recurso Extraordinario del Proyecto de Ley para un Nuevo Código Procesal Civil. Este trabajo se enmarca en el contexto de la Reforma a nuestro sistema procesal civil, y aborda principalmente la superposición de competencias constitucionales que ha existido y que existe hasta hoy en día entre las máximas Cortes de nuestra nación: la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. Asimismo, esta Memoria se aventura en investigar los nuevos conflictos de competencia que surgirán entre aquellas Cortes en caso de entrar en vigencia el antedicho Recurso.
Igualmente, este trabajo estudia las condiciones ideales en que el control de constitucionalidad (ex ante y ex post) de la ley ha de practicarse, delimitando las competencias de la judicatura constitucional y ordinaria, de manera que ninguna interfiera en el ejercicio de las facultades de la otra, sino, por el contrario, sea posible confiar en una labor coordinada, de diálogo y mutuo respeto basado en la calidad y persuasión de sus decisiones.
Asimismo, este trabajo se refiere al nuevo rol que pasarán a jugar nuestras altas Cortes dentro de la judicatura chilena, gracias a las nuevas competencias interpretativas que se han desarrollado; tanto respecto de aquéllas de los últimos años desarrolladas en sede constitucional a través del recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad y de la declaración de inconstitucionalidad de un precepto, así como respecto de aquéllas más recientes, e incluso aún en discusión ante el Congreso, como la función de unificación de la jurisprudencia de la Corte Suprema en virtud del Recurso Extraordinario y en abandono de nuestro actual recurso de casación.
Finalmente, este trabajo plantea la interrogante –tanto respecto de la judicatura constitucional como de la ordinaria- sobre un posible cambio en nuestro sistema de fuentes del derecho, a contar de la valoración de las sentencias judiciales como decisiones vinculantes para nuestra judicatura en forma vertical y horizontal, generándose un potencial e incipiente sistema de precedente.
|
197 |
Los principios constitucionales del derecho tributarioCerpa Cabrera, Nelson Abraham January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Los principios de Derecho Tributario, que informan la producción de sus normas y su
aplicación, son numerosos. Atendiendo a su fuente, pueden distinguirse principios
constitucionales y legales. La diferencia jurídica entre ambos es muy importante, ya que (los
constitucionales) vinculan al legislador ordinario y su transgresión, en consecuencia, supone la
inconstitucionalidad del precepto o de la norma de que se trate. Los principios legales no
establecen tal vinculación en términos estrictos de jerarquía de normas aunque algunos de ellos
3
declarados en leyes ordinarias sean respetados siempre por el legislador debido a su lógica, a su
operatividad tributaria.
No es nuestro propósito estudiar ni Derecho Tributario, ni Derecho Constitucional, sino que
acercar a nuestra inteligencia, los principios Constitucionales que inspiran el ordenamiento
jurídico tributario en su integridad
|
198 |
Justicia constitucional de la defensa formal de la constitución a la defensa de los derechos humanosGallegos Díaz, Álvaro Cristián, Meneses Ulloa, Carlos January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No pretendemos –y más bien dudamos de todo argumento– que intente
convencer sobre el carácter universal de los derechos humanos, sobre el
fundamento metafísico de éstos; los consideramos simplemente una
manifestación de la ética en los términos expuestos, que no tiene más
pretensión que la necesidad de una convivencia social, en que el bien común y
la exclusión de la violencia son asumidos a través de lo Humberto Eco llama el
"respeto a los derechos de la corporalidad ajena". No intentamos instalarnos
sobre la base de posiciones iusnaturalistas y iuspositivistas de las cuales
desconfiamos. Queremos descansar nuestra argumentación sobre la idea de
una ética, sea creyente o no creyente, cuyo rasgo común es la buena fe, es
decir, "la convicción de hacer aquello que sin duda todo ser consiente debe
hacer", independiente de sus motivaciones.
|
199 |
La teoría del poder constituyente en la constitución chilena vigenteBassa Mercado, Jaime Andrés January 2007 (has links)
Tesis (magíster en derecho, mención en derecho público) / La presente tesis pretende delimitar una teoría democrática del poder constituyente y contrastaría con el proceso originado con la Comisión Ortúzar.
Busca realizar una teoría normativa del poder constituyente, conceptualizando el término desde una perspectiva teórica e histórica. Asimismo, el estudio del concepto se realiza a partir de un modelo determinado, el Estado constitucional y democrático de Derecho, estadio actual de desarrollo de la idea de Estado de Derecho, que condiciona la interpretación del ordenamiento constitucional. Considerando estas bases conceptuales, se interpretará la realidad histórica de la constitución chilena vigente.
|
200 |
Guía bibliográfica de derecho constitucional peruanoGarcía Belaunde, Domingo 10 April 2018 (has links)
Los temas tratados en la presente bibliografía son los siguientes: a) inconstitucionalidad de las leyes, b) gobiernos de facto, e) partidos políticos peruanos, d) Presidencialismo peruano, e) Poder Legislativo, f) Poder Judicial, g) protección constitucional de los derechos individuales y sociales (y su defensa mediante el Habeas Corpus). Ellos han sido precedidos por una lista de los textos que sobre problemas generales del constitucionalismo peruano, han sido publicados desde la iniciación de la República a nuestros días.
|
Page generated in 0.0947 seconds