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La regularización de edificaciones en la Ley 27157. Criterios adoptados por el Tribunal Registral

Matos Guzmán, Jhoel Lincoln 05 October 2021 (has links)
El presente trabajo busca a partir de la normativa aplicable y de los pronunciamientos emitidos por el Tribunal Registral, encontrar los criterios aplicables en sede registral al procedimiento de regularización de edificaciones al amparo de la Ley 27157, a fin de facilitar la inscripción del referido acto en el registro de predios. En ese sentido, se hace un análisis del marco normativo, de los requisitos para la inscripción de la regularización de edificaciones y se desarrolla los criterios adoptados por el Tribunal Registral.
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La prohibición de las cláusulas de inalienabilidad en el Perú

Vilchez Araujo, Luis Emilio 01 April 2024 (has links)
La presente investigación analiza la normativa relevante sobre las cláusulas de inalienabilidad en el Perú. Ello partiendo de la prohibición a este tipo de cláusulas que se encuentra establecido en el Artículo 882 del Código Civil peruano, identificando en primer lugar la interpretación más adecuada de lo que efectivamente contiene dicho artículo. Procediendo después a concordar el mismo con lo indicado por el Artículo 926 del mismo cuerpo normativo. Posteriormente se observará la doctrina relevante sobre la materia, particularmente desde una perspectiva crítica a lo actualmente normado. Luego, se utilizará este análisis precisamente como punto de partida para comparar la norma peruana con otras alternativas de regulación. Por un lado, las diversas propuestas de modificación al Artículo 882 a lo largo de los años, y por otro la normativa internacional comparada sobre la misma materia a nivel del Sistema Romano Germánico. Ello con la finalidad de exponer los elementos más esenciales en torno a la limitación de la facultad de disposición de la propiedad y finalmente para criticar la idoneidad de la norma prohibitiva del Código Civil. Este análisis nos lleva a la conclusión de la latente necesidad de modificación de la actual legislación peruana, ello en favor de una norma menos prohibitiva y la cual efectivamente tome en consideración los elementos relevantes identificados en las alternativas estudiadas. / The present investigation analyzes the relevant normative about the inalienability clauses in Peru. Starting from the prohibition of this kind of clause established in the Article 882 of the Peruvian Civil Code, identifying first the more proper interpretation of what that article effectively contains. Proceeding to correlate this with what is indicated by the Article 926 of the same norm. Subsequently we will observe the relevant doctrine about the topic, particularly from a critical perspective of what is currently normed. After that, we will use this analysis as a starting point to compare the Peruvian norm with some other regulation alternatives. On the one hand, the diverse modification proposals of the Article 882 that have occurred over the years, and on the other hand the comparative international regulations of the same matter in the Romanic Germanic System. This with the objective of exposing the more essential elements around the limitation of the faculty of disposition of property and finally to critic the suitability of the prohibitive norm from the Civil Code. This analysis will take us to the conclusion of the latent necessity of modification of the current Peruvian legislation, this in favor of a less prohibitive norm which effectively will take in consideration the relevant elements identified in the studied alternatives. / Trabajo académico
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica Nº 2013-00406156 - E-2724, sobre la inscripción vía regularización del reglamento interno relativo al régimen de independización y copropiedad de una quinta, solicitado por La Venturosa S.A.

Tomanguillo Vasquez, Joanna Cristina 18 June 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza el procedimiento registral iniciado por La Venturosa S.A., en el cual se solicitó inscribir mediante regularización el reglamento interno de una quinta construida previa a la entrada en vigencia del Decreto Ley Nº 22112, sobre cuyo Pasaje de Acceso Común se había constituido servidumbres y este continuaba inscrito a favor del titular originario (El Milagro S.A.), motivo por el cual fue observado en primera instancia. La relevancia del presente caso radica en que previo a que el Decreto Ley Nº 22112 se encontrara vigente, no existía régimen alguno aplicable a las quintas ni norma que definiese que el pasaje de acceso era un bien de dominio común, además la única herramienta regulada para que las unidades inmobiliarias internas tengan acceso a la vía pública era la servidumbre. Ello ocasionó que los pasajes continuasen inscritos a favor del titular originario. Para efectos de analizar las controversias materializadas en el Expediente, buscaremos resolver lo siguiente: (i) si la edificación cumplía con los requisitos de quinta; (ii) los regímenes aplicables a las edificaciones tipo quinta; (iii) si el hecho de que se constituyese servidumbres sobre el Pasaje 1260 representa un impedimento para inscribir el reglamento interno de la quinta vía regularización; (iv) si era necesaria la participación de El Milagro S.A. en marco del procedimiento registral; y, (v) si se vieron vulnerados el principio registral de legitimación y el de tracto sucesivo. La metodología utilizada aborda los problemas desde un enfoque dogmático, a partir de la revisión de la normativa aplicable, la jurisprudencia y la bibliografía jurídica relevante. Lo anterior desde la aplicación y el análisis de las instituciones de los derechos reales – relacionadas con el derecho de propiedad y sus modalidades -, así como del derecho registral y el derecho urbanístico – con atención en los principios registrales de legitimación y tracto sucesivo, y en los requisitos de las edificaciones tipo quinta.
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Sesiones virtuales de la Junta de Propietarios en el Régimen de Propiedad exclusiva y propiedad común

Camacho Llovera, Wilfredo 23 March 2022 (has links)
En el presente opúsculo académico registral se desarrolla los principales aspectos normativos relacionados con el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común regulado en la Ley Nº 27157 y el TUO de su reglamento aprobado por D.S Nº 035-D.S. 2006-VIVIENDA, dentro de éste régimen de propiedad se examina a la junta de propietarios tratando los tópico de su naturaleza jurídica, sus elementos configuradores, la denominada “relativa subjetividad” de la junta de propietarios; igualmente, se desarrolla el estudio de temas importantes como la convocatoria a junta de propietarios, supuestos de acefalía, quórum y mayoría para sus acuerdos. Es así, que con el marco de estudio indicado anteriormente, se analiza como temática central a las sesiones no presenciales reguladas en el ordenamiento jurídico relacionadas con las personas jurídicas (no societarias) y las personas societarias, abordándose como tema crucial a las sesiones virtuales de la junta de propietarios; esta última si bien es cierto no se encuentra positivizada en la norma de rango legal se propone que sí es posible su realización teniendo en consideración la primacía de la manifestación de la voluntad utilizando medios virtuales (artículo 141-A del Código Civil), también se formula en favor de la realización de juntas de propietarios virtuales la pertinencia de aplicar la interpretación analógica del artículo 21- A de la Ley de 26887 que regula las sesiones no presenciales para personas societarias y asimismo argumentamos la factibilidad de aplicar la interpretación dinámica para admitir el uso de medios virtuales, teniendo en consideración que el texto originario de la Ley Nº 27157, promulgada el 20 de julio de 1999, exige que las sesiones sean presenciales. Por último, formulamos las razones y fundamentos para incorporar una modificación legislativa relacionada a la convocatoria y celebración de juntas no presenciales con la finalidad de coadyuvar a la participación de los propietarios de las zonas exclusivas y lograr de manera eficiente y eficaz la inscripción de los actos inscribibles que surgen de los acuerdos de las sesiones de la junta de propietarios, lo cual ira a la par con el avance de la tecnología y con las necesidades de los ciudadanos y como colofón se exponen las conclusiones del presente trabajo académico.
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Decreto Legislativo 1400 “Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria”

Matallana Espinoza, Nells Roberth 11 July 2022 (has links)
El sistema de registro en el Perú ha sido incluido dentro de la tecnología de la información para mejorar la satisfacción de los usuarios; esta experiencia se ha consolidado durante la Emergencia Nacional, es por esto que, la publicación del Decreto Legislativo N° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria, marca la diferencia con respecto a la garantía mobiliaria que tiene como base el sistema notarial americano y lo garantiza el Banco Mundial, la Organización de Estados Americanos y la Organización de Derecho Mercantil Internacional, tal como se expone en los motivos de dicha ley. A partir de ella, no se produce una calificación registral previa en relación a la garantía mobiliaria; en realidad desaparece. La norma propone un modelo rápido, de mejor acceso y menor costo; sin embargo, esto deja de lado el sentido del sistema registral y su razón de ser como es la CALIFICACIÓN REGISTRAL, la cual se aparta y ahora adopta un régimen de PUBLICIDAD NOTICIA, pero con los efectos protectores de la OPONIBILIDAD, PRELACIÓN Y PUBLICIDAD, como si dicho acto llegando al registro hubiera sido revestido de la presunción de la legitimidad por efecto de la calificación de un registrador, lo cual no es así. Para no ahondar más en el tema, el presente trabajo se justifica en razón de explicar los puntos más importantes que hemos notado con la emisión del Decreto Legislativo N° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria.
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Limitaciones al derecho de propiedad de Comunidades Campesinas y Nativas en los procesos de formalización de la propiedad en el Perú

Moreno Baquedano, Juan Carlos 06 May 2021 (has links)
En el Perú, la Constitución actual señala expresamente que las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. De una revisión rápida, se podría pensar que dichas comunidades cuentan con un régimen jurídico constitucional especial que declara la protección especial de sus tierras. Sin embargo, dicha lectura sería incompleta, pues nos olvidaríamos de la parte final, la cual precisa que debe realizarse en el marco establecido por ley. Así, y aunque parezca contradictorio, la Constitución solo ha generado un reconocimiento simbólico, puesto que las tierras comunales podrían afectarse en base a una ley o norma de similar rango. Entonces, en el caso de las Comunidades Campesinas y Nativas ¿Cómo se garantiza su derecho de propiedad ancestral frente a las limitaciones impuestas durante procesos titulación de centros poblados informales? ¿Cómo protegemos derechos adquiridos desde tiempos inmemoriales ante la necesidad de generar mayor suelo urbano? No se puede ignorar la importancia de consolidar el derecho de propiedad en zonas del llamado Perú profundo, pero esto no debería establecer limitaciones a derechos legítimamente adquiridos. Por el contrario, deberían mejorarse las reglas de incorporación de los nuevos propietarios y evitar una situación en concreto: Que lugares donde una Comunidad Campesina o Nativa tiene un derecho de propiedad que no se superpone con alguna posesión informal, se transforme este derecho absoluto, en un derecho parcial a través de una afectación en uso.
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La falta de regulación del reglamento interno y su modificación en cuanto al porcentaje de participación en áreas comunes

Carrasco Huamani, Luis Alfredo 23 March 2022 (has links)
El presente trabajo titulado falta de regulación del reglamento interno y su modificación en cuanto al porcentaje de participación se ha tratado en dos capítulos, el primero está referido a un análisis comparativo entre la Junta de propietarios y la asociación; así como la naturaleza jurídica de ambas organizaciones, reglamento interno y estatuto. En el segundo capítulo trata fundamentalmente del análisis de la modificación del reglamento interno de junta de propietarios y dentro de ello, porcentaje de participación en bienes comunes de los propietarios en secciones exclusivas. El presente trabajo de investigación tiene como finalidad analizar los efectos de la falta de regulación respecto al Reglamento Interno de Junta de propietarios y su modificación, esto en cuanto se ha considerado que pueden producirse determinados problemas a raíz de las deficiencias presentes en la legislación de la materia, entiéndase la Ley N° 27157 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 035-2006-VIVIENDA, lo cual termina produciendo algún tipo de perjuicio a la junta de propietarios . En base a esto es que se busca proponer algunas medidas que de alguna manera permitan una regulación más eficiente y por ende, una mejor aplicación en beneficio de los propietarios que conforman la junta de propietarios, que justamente al no ser una persona jurídica, require un tratamiento especial por parte del ordenamiento jurídico. / The present work entitled lack of regulation of the internal regulations and its modification regarding the percentage of participation has been dealt with in two chapters, the first one refers to a comparative analysis between the Board of owners and the association; as well as the legal nature of both organizations, internal regulations and statutes. The second chapter deals mainly with the analysis of the modification of the internal regulations of the owners' meeting and within this, the percentage of participation in common property of the owners in exclusive sections. The purpose of this research work is to analyze the effects of the lack of regulation regarding the Internal Regulations of the Board of Owners and their modification, this inasmuch as it has been considered that certain problems may arise as a result of the deficiencies present in the legislation of the matter, understand Law No. 27157 and its Regulations, Supreme Decree No. 035-2006-HOUSING, which ends up producing some type of damage to the owners' meeting. Based on this is that it seeks to propose some measures that in some way allow a more efficient regulation and therefore, a better application for the benefit of the owners who make up the owners' meeting, which precisely because they are not a legal person, require a special treatment by the legal system.
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La Enajenación de Secciones de Propiedad Exclusiva por parte de la Junta de Propietarios: a propósito de la Resolución N° 2574- 2018-SUNARP-TR-L que exige una mayoría calificada

Losno Perleche, Jhon 01 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 2574-2018-SUNARP-TR-L, en relación a la transferencia de secciones de propiedad exclusiva de la Junta de Propietarios en el Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común, y la aprobación, por parte de los propietarios, para la enajenación de estos bienes, extremo en el que cuestiono la postura del Tribunal Registral que exige la manifestación de voluntad de propietarios que representen dos tercios de las participaciones sobre los bienes comunes para que se puedan vender bienes de propiedad exclusiva bajo la titularidad de la Junta. Para ello, primero se examina la naturaleza jurídica de la Junta, a lo que sostengo que se trata de un sujeto de derecho con subjetividad jurídica relativa, y que, por tanto, puede adquirir y disponer de bienes a nombre propio, lo cual no le quita el carácter de exclusivo al bien adquirido. Posteriormente, señalo que, si la finalidad de la adquisición del bien exclusivo por parte de la Junta es la enajenación, no hay razón para que se requiera una mayoría calificada, sino únicamente absoluta, pues ya ha habido un acuerdo previo en la Junta para vender; de esta forma, el tercero de buena fe quedará protegido si es que revisa dicho fin, lo cual consta en acta de sesión de Junta de Propietarios. Luego, explico la representación que debe tener la Junta para la transferencia los bienes de dominio exclusivo, a lo que afirmo que el presidente representa a la Junta (y no a los propietarios) en la transacción, cuya formalidad es la Escritura Pública. Finalmente, llego a la conclusión de que, para los actos de disposición de disposición de las secciones exclusivas bajo la titularidad de la Junta, solo se requiere de los votos de la mayoría absoluta, y no calificada, lo cual merece una modificación a la Ley N° 27157 y su Reglamento / This legal report analyzes Resolution No. 2574-2018-SUNARP-TR-L, in relation to the transfer of sections of exclusive property of the Board of Owners in the Exclusive Property and Common Property Regime, and the approval, by the owners, for the alienation of these assets, extreme in which I question the position of the Registry Court that requires the manifestation of will of owners representing two thirds of the shares over the common property in order to be able to sell exclusive property assets under the ownership of the Board. To this end, first the legal nature of the Board is examined, to which I argue that it is a subject of law with relative legal subjectivity, and that, therefore, it can acquire and dispose of property in its own name, which does not detract from the exclusive nature of the property acquired. Subsequently, I point out that, if the purpose of the acquisition of the exclusive property by the Meeting is the alienation, there is no reason to require a qualified majority, but only an absolute majority, since there has already been a previous agreement in the Meeting to sell; in this way, the third party in good faith will be protected if it reviews said purpose, which is recorded in the minutes of the meeting of the Owners' Meeting. Then, I explain the representation that the Board must have for the transfer of the goods of exclusive domain, to which I affirm that the president represents the Board (and not the owners) in the transaction, whose formality is the Public Deed. Finally, I come to the conclusion that, for the acts of disposition of the exclusive sections under the ownership of the Board, only the votes of the absolute majority are required, and not qualified, which deserves an amendment to Law No. 27157 and its Regulations.
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Resolución Registral N° 473-2020-TR-T

Zorrilla Garay, Grecia Jimena 17 August 2021 (has links)
Por medio del presente trabajo, se llevará a cabo un análisis integral sobre una Resolución Registral de carácter compleja de índole comercial, el cual se encuentra vinculado con temas de derechos reales, derecho civil y su injerencia en sede registral. Las cuestiones controvertidas objeto del análisis serán tres: i) si, a efectos registrales, es necesario el consentimiento del propietario del suelo para los actos jurídicos que realice el superficiario; ii) si, en virtud del principio de tracto sucesivo, es necesario que se inscriba previamente el contrato de arrendamiento financiero aún cuando en el Decreto Legislativo N° 299 “Ley de Arrendamiento Financiero” se contempla que es un acto facultativo de inscripción; y, iii) si debe cumplirse la condición suspensiva de un contrato de cesión de posición contractual para que pueda inscribirse (anotarse) en los Registros Públicos. Dada la naturaleza de la operación que se pretende inscribir a Registros Públicos, es necesario profundizar en figuras jurídicas de derecho civil, derechos reales, y derecho registral. Para tales efectos, se ha utilizado la metodología de investigación analítica, dogmática, histórica y sistemática, para cada una de las cuestiones controvertidas, con la finalidad de lograr una investigación integral. Finalmente, se concluirá si ha sido o no correcta la decisión y el fundamento del Tribunal Registral, así como también se brindará una visión crítica a lo sostenido por las partes.
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Informe jurídico sobre la resolución n°- 971-2019-SUNARP-TR-L, rectificación de la calidad de bien por matrimonio del mismo sexo celebrado en el extranjero

Paucar Moscoso, Jose Carlos 04 August 2023 (has links)
El informe realiza un análisis crítico sobre la resolución 971-2019-SUNARP-TRL. El Tribunal Registral resolvió que procede la inscripción registral de la rectificación de la calidad del bien por un matrimonio del mismo sexo celebrado en el extranjero. Se evidencia un conflicto jurídico puesto que el matrimonio entre personas del mismo sexo no se encuentra regulado en el ordenamiento jurídico. El problema principal se presenta en la interpretación que el órgano de SUNARP desarrolla sobre el contenido del concepto “orden público internacional”. Se propone una interpretación diferente del término con sustento en la doctrina mayoritaria, y realizar un análisis diferente en el caso concreto, en la función de la calificación registral. Asimismo, se analiza la calificación registral en el procedimiento registral, encaminar los alcances de su ejercicio y competencia. Este informe no comparte la postura del Tribunal Registral en el sustento de los argumentos ni lo resuelto. El desarrollo del informe es en el marco de un método de investigación dogmático simple. Se ha realizado un análisis en torno al espacio de normas, doctrina y jurisprudencia. El resultado del estudio es que, en el caso concreto, la norma extranjera transgrede los principios esenciales del ordenamiento jurídico peruano. Por lo tanto, no resulta inscribible. / The report makes a critical analysis of resolution 971-2019-SUNARP-TR-L. The Registry Court resolved that the registration of the rectification of the quality of the property by a same-sex marriage celebrated abroad is appropriate. A legal conflict is evident since marriage between persons of the same sex is not regulated in the legal system. The main problem arises in the interpretation that the SUNARP body develops on the content of the concept "international public order". A different interpretation of the term is proposed, based on the majority doctrine, and a different analysis is made in the specific case, in the function of the registry qualification. Likewise, the registry appraisal is analyzed in the registry procedure, to determine the scope of its exercise and competence. This report does not share the position of the Registry Court in the support of the arguments nor what was resolved. The development of the report is within the framework of a simple dogmatic research method. An analysis has been made around the space of norms, doctrine and jurisprudence. The result of the study is that, in the specific case, the foreign norm transgresses the essential principles of the Peruvian legal system. Therefore, it is not registrable.

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