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Oficina General Especializada en Derechos Humanos para enfrentar la inoportuna atención de denuncias en materia de Derechos Humanos a cargo del Ministerio Público a nivel nacional, relativos al periodo de violencia política de 1980 a 2000, vigentes al 2020Bautista Cebrian, Judith Elizabeth, Coronel Benites, Marilyn 17 April 2024 (has links)
El Perú, entre los años 1980 y 2000, vivió un periodo de violencia política, de acuerdo con lo establecido por el Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. El documento estableció la violación de derechos humanos en miles de personas y recomendó que las denuncias sean investigadas por el Ministerio Público
La labor se realizó desde 2004, tras la constitución de un subsistema especializado en la materia. Empero, de un estudio al año 2020, se detectó casos que continuaban en trámite correspondiente al periodo de violencia, ante lo cual se infirió la posible “inoportunidad”, así como un inadecuado desempeño de los servicios fiscales.
Se identificó el problema público: “Inoportuna atención de denuncias en materia de Derechos Humanos a cargo del Ministerio Público a nivel nacional, relativos al periodo de violencia política de 1980-2000, vigentes al 2020”.
Al jerarquizar las causas, se verificó que la carencia de información actualizada y exacta genera mayor impacto en el problema, al impedir su impulso.
Esta investigación plantea una solución innovadora para enfrentar el problema identificado: crear una Oficina General Especializada en Derechos Humanos en el Ministerio Público, que asuma el rol de diseñar, proponer y evaluar la situación de casos de violación de derechos humanos. También sugeriría estrategias para viabilizar el impulso de las investigaciones y procesos en instancias fiscales o judiciales, y contribuiría con la asunción de un rol efectivo del Ministerio Público, en favor de la sociedad. / In Perú, between 1980 and 2000, a period of political violence occurred. This is in accordance with the Final Report of the Truth and Reconciliation Commission, which recommended that complaints regarding alleged human rights violations be investigated by the Public Ministry.
Work has been ongoing since 2004, with the establishment of a specialized subsystem. However, a study conducted prior to 2020 revealed that there were cases still being processed from that period, indicating alleged delays and inadequate service. This led to the identification of a public problem: “Inopportune attention to complaints in the field of Human Rights by the Public Ministry at the national level, related to the period of political violence from 1980- 2000, valid until 2020"
To address this issue, a thorough analysis identified that the lack of updated and accurate information was the root cause with the most significant impact on the problem. This lack of information hindered the development of strategies and initiatives to address the issue effectively.
As a result, this study proposes an innovative solution to tackle the identified problem. It suggests the establishment of a General Office Specialized in Human Rights within the Public Ministry. This office would be responsible for designing, proposing, and evaluating cases related to human rights violations and associated crimes. It would also recommend strategies to facilitate investigations and legal proceedings, thus enhancing the Public Ministry's role in these cases and benefiting society as a whole.
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Informe jurídico de la sentencia recaída en el expediente N°02744-2015-PA/TC (Caso Migrantes)Orellana Gutiérrez, Mabel Andrea 19 August 2022 (has links)
A lo largo de la historia, los migrantes se han encontrado carentes de un trato respetuoso y libre de sesgos, siendo en innumerables oportunidades blanco de injusticias y persecuciones. En materia jurídica, actualmente existen distintas leyes y mecanismos que le brindan protección al migrante. Sin embargo, casos como el de Jesús de Mesquita Oliviera demuestran que, en el Perú, aún se producen vulneraciones a los derechos de los migrantes. Lo cierto es que en este particular caso, el fallo inicial que la Superintendencia Nacional de Migraciones emitió sienta un precedente en el cual no solo los derechos de los migrantes son transgredidos, sino también los derechos humanos, derechos de protección a la familia, derecho al debido proceso y de defensa. El objetivo del presente informe jurídico es dilucidar si se debe declarar fundado el recurso de agravio constitucional, en favor de Jesús de Mesquita Oliviera y su menor hija. Posterior al estudio de la situación vivida por los migrantes en el país y el análisis del caso "Migrantes", la conclusión es que la resolución inicial representa una amenaza para el derecho de protección a la familia del agraviado y discrepan con el principio de interés superior del niño en perjuicio de su menor hija. Asimismo, es vulnerado su derecho al debido proceso, y se pone en evidencia el estado inconstitucional de las cosas de la Ley de Extranjería cuando tal sentencia es emitida, así como también del Decreto Legislativo N°1236, pues seguía sin establecer un proceso en el cual el migrante obtenga garantías al recibir una sanción administrativa en su contra.
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Estrategias para legislar sobre el discurso de odio en el PerúMaya Albarracin, Malka 19 January 2023 (has links)
La presente tesis busca establecer, por un lado, las bases teóricas en relación
al discurso de odio en el Perú y en el mundo - tanto en espacios de la vida pública
real como en la interacción vía on line - y, por otro lado, su incorporación en la
agenda pública y su adecuado tratamiento legislativo. El discurso de odio es una
figura atentatoria de las normas que protegen la equidad, la justicia y la dignidad,
por lo que resulta necesario su regulación en la legislación nacional. En
contextos como el actual, el discurso de odio es paticularmente perturbador de
la convivencia pacífica en las sociedades del siglo XXI, sociedades cada vez
más multiculturales y diversas, por ello la necesidad de abordar el problema, más
aún, cuando organismos internacionales han solicitado la implementación de
este tema en la agenda y legislación nacional.
En los últimos años, la sociedad peruana ha presenciado crisis políticas,
demandas por la igualdad de género, la pandemia del COVID-19, elecciones
generales muy politizadas, lo cual alienta preocupantes procesos de
precarización social, crisis económicas, desempleo, aumento de la violencia,
crisis migratorias, etc que constituyen precisamente los principales argumentos
del discurso de odio. Ello sumado a la experiencia humana en el espacio digital
que implica el incremento de humillación, denigración y violencia contra grupos,
colectivos y personas que se ven cada vez más expuestos al discurso de odio.
En un escenario así, resulta imperativo plantear las condiciones y fundamentos
para el tratamiento legislativo del discurso de odio en el Perú.
La investigación en esta perspectiva, plantea estrategias para incorporar el
discurso de odio en la agenda pública y política nacional. Se busca con ello un
fortalecimiento de medidas que protejan a las víctimas del discurso de odio,
entendiendo que se sopesará un adecuado equilibrio entre las normas que
protegen la equidad, la justicia, la dignidad y la libertad de expresión. / This thesis seeks to establish, on the one hand, the theoretical bases in relation
to hate speech in Peru and in the world - both in real public life spaces and in
online interaction - and, on the other hand, its incorporation in the public agenda
and its adequate legislative treatment. Hate speech is a figure that violates the
norms that protect equity, justice and dignity, so it is necessary to regulate it in
national legislation. In contexts such as the current one, hate speech is
particularly disruptive of peaceful coexistence in 21st century societies, societies
that are increasingly multicultural and diverse, hence the need to address the
problem, especially when international organizations have requested the
implementation of this issue in the national agenda and legislation.
In recent years, Peruvian society has witnessed political crises, demands for
gender equality, the COVID-19 pandemic, highly politicized general elections,
which encourages worrying processes of social precariousness, economic crises,
unemployment, increased violence, migratory crises, which are precisely the
main arguments of hate speech. This, added to the human experience in the
digital space, implies an increase in humiliation, denigration and violence against
groups, collectives and individuals who are increasingly exposed to hate speech.
In such a scenario, it is imperative to raise the conditions and foundations for the
legislative treatment of hate speech in Peru.
In this perspective, the research proposes strategies to incorporate hate speech
in the national public and political agenda. It seeks to strengthen measures to
protect the victims of hate speech, with the understanding that an adequate
balance between the norms that protect equity, justice, dignity and freedom of
expression will be weighed.
Keywords:
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Los sucesos de los penales y su repercusión en Izquierda UnidaSegura Heros, Oscar David 19 August 2015 (has links)
El presente trabajo abordará las repercusiones que tuvo en Izquierda Unida (IU) la
decisión del gobierno del presidente Alan García de ordenar el debelamiento de los
motines protagonizados por los presos de Sendero Luminoso en las cárceles de
Lurigancho, El Frontón y Santa Bárbara, entre el 18 y 19 de junio de 1986. / Tesis
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Informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente Nº 06040-2015-PA/TCParra Estela, Andrea 23 February 2021 (has links)
El presente informe jurídico analiza la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente STC Nº 06040-2015-PA/TC, referida al caso de Ana Romero Saldarriaga, una mujer transgénero que solicita a través de una demanda de amparo que Reniec modifique su nombre y sexo en sus documentos nacionales de identificación.
Este fallo es emblemático puesto que deja sin efecto la doctrina jurisprudencial que concebía al sexo como una categoría biológica o cromosómica. En este trabajo se desarrolla el contenido del derecho a la identidad de género, a partir de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional peruano y los estándares internacionales desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo, se procede a analizar si el proceso sumarísimo es una vía específica e igualmente satisfactoria para
tutelar el derecho a la identidad de género. Finalmente, el informe concluye que el Tribunal Constitucional omitió tutelar adecuadamente el derecho a la identidad de género de Ana Romero, al rechazar su demanda argumentando que debió tramitar su solicitud a través del proceso sumarísimo. Esta sentencia revela cómo el Supremo intérprete de la Constitución deja de lado su rol de garante último de los derechos fundamentales en nuestro ordenamiento jurídico
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Prohibida la tristeza. Vida cotidiana y estrategias de resistencia de mujeres en cautiverio por Sendero Luminoso, Satipo, JunínMacher Batanero, Sofia Margarita Isabel 13 May 2021 (has links)
Esta investigación analiza y busca aportar al conocimiento de las dinámicas de
resistencia de mujeres adultas que estuvieron cautivas por muchos años en el monte de
la selva de Satipo, a manos del Partido Comunista del Perú - Sendero Luminoso (PCP-SL).
Allí, Sendero Luminoso obligó a desplazarse a miles de pobladores asentados en
comunidades en ambas márgenes del río Ene, a los que identifico como la “masa”.
En el monte virgen de la selva de Satipo, el PCP-SL estableció campamentos en los que
ensayó la instauración de su “nuevo Estado”, imponiendo un nuevo orden social. Este
cautiverio tuvo una duración de más de diez años y se cree que aún siguen personas a
manos de Sendero Luminoso en esa zona.
Esta investigación analiza el proceso de dominación del PCP-SL y las particularidades de
la resistencia de las mujeres adultas, identificadas como “masa”, a lo largo de este
proceso. Se trató de una resistencia individual, ligada fuertemente a las emociones que
producen los juicios de valor de estas mujeres. Se demuestra que no es posible tener un
control total de los individuos, como era la intensión de Sendero Luminoso frente a la
“masa”. Las mujeres adultas mantuvieron su independencia en su fuero interno, y es la
que guio sus acciones de resistencia.
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SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP. N.° 03066-2019-PA/TC, recurso de amparo constitucional sobre consulta previa a las comunidades aimaras Chila Chambilla y Chila PucaráCastro Valle, Adriana Sofia 09 August 2023 (has links)
Las comunidades Chila Chambilla y Chila Pucará interpusieron un Recurso de Amparo
Constitucional (RAC) frente a las concesiones mineras otorgadas a la empresa Cemento Sur S.A,
sin haberse realizado el proceso de consulta previa. El Tribunal Constitucional (TC) lo declaró
improcedente, debido a que, en su opinión, la consulta previa no es un derecho fundamental
consagrado en la Constitución Política de 1993. Asimismo, en sus votos singulares, los
magistrados Miranda Canales y Ferrero Costa, señalaron que el derecho a la consulta previa no
comprende el otorgamiento de concesiones mineras, debido a que no representa riesgo para las
comunidades involucradas.
Frente a ello, se analizó si es que, según los estándares que la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (CoIDH) ha establecido en su jurisprudencia y lo dispuesto en diferentes instrumentos
jurídicos internacionales (Convención Americana sobre Derechos Humanos, Convenio 169 de la
OIT, entre otros), la consulta previa aplicaba para este caso. Asimismo, se examinó por qué los
magistrados del TC, en virtud del control de convencionalidad, estaban obligados a aplicar dichos
estándares en su fallo interno, y si es que el actual planteamiento de la consulta previa en Perú
cumple los estándares señalados. Como resultado se estableció que dicho planteamiento vulnera
los estándares planteados por la CoIDH en relación con la consulta previa, y obstaculiza casos
como el de las comunidades Chila Chambilla y Chila Pucara, cuya aplicación se demandó desde
la concesión de su territorio. Asimismo, se evidenció la deficiente aplicación del control de
convencionalidad en el caso. / The Chila Chambilla and Chila Pucará communities filed a writ of Amparo (constitutional protection)
against the mining concessions granted to Cemento Sur S.A, without the prior consultation process.
The Constitutional Court (TC) declared it inadmissible, stating that prior consultation is not a
fundamental right enshrined in the 1993 Political Constitution. Additionally, in their individual votes,
magistrates Miranda Canales and Ferrero Costa stated that the right to prior consultation does not
include the granting of mining concessions, as it does not pose a risk to the communities involved.
Therefore, it was analyzed whether, according to the standards established by the Inter-American
Court of Human Rights (IACHR) in its jurisprudence and the provisions of different international
legal instruments (American Convention on Human Rights, ILO Convention 169, among others),
prior consultation applied to this case. Likewise, it was examined why the TC magistrates, under
the control of conventionality, were obligated to apply these standards in their internal ruling, and
whether the current approach to prior consultation in Peru meets the standards indicated. As a
result, it was established that this approach violates the standards set by the IACHR regarding prior
consultation and obstructs cases such as those of the Chila Chambilla and Chila Pucara
communities, whose application has been demanded since the granting of their territory.
Additionally, deficient application of conventionality control was evidenced in the case.
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Reparar en educación: un estudio de la Beca Repared y el impacto en el derecho a la reparación de las víctimas, a propósito de la creación del Registro Especial de Beneficiarios de Reparaciones en Educación - REBREDGómez Salazar, Silvana Lucía 12 September 2018 (has links)
La presente investigación tiene por objetivo examinar y verificar si la Beca Repared
realmente tiene un efecto reparador en las víctimas, centrándose en el caso de las y los jóvenes inscritos en el Registro Especial de Beneficiarios de Reparaciones en Educación - REBRED. Para ello se analiza si está estructurada como una verdadera medida de reparación y no solo como una modalidad más de Beca 18. Asimismo, se busca identificar si la beca es vista y considerada por los beneficiarios y beneficiaras y también sus familiares, como una medida de reparación que verdaderamente tiene un efecto reparador. Este estudio es de corte descriptivo e interpretativo, tiene un fuerte componente práctico, bajo la idea de contar con la percepción y opinión de las y los estudiantes beneficiarios y también de los familiares que cedieron el beneficio en educación. Para el trabajo de campo se empleó el enfoque fenomenológico, el cual se centra en describir los significados de las experiencias vividas a partir de un determinado fenómeno, de modo tal que quien investiga asume un rol de “consejero”, en el cual no se cuestiona la validez de la experiencia relatada, ocupando una posición más bien empática. Los hallazgos permiten evidenciar los aspectos positivos y altamente valorados de la beca por parte de las y los estudiantes y de sus familiares; así como, identificar sus debilidades. Todo ello redunda en la sensación de reparación de las víctimas, la cual incluso se encuentra vinculada al nivel de satisfacción de las otras medidas de reparación, bajo una idea de reparación integral
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El matrimonio igualitario: Marcando un hito en la lucha contra la discriminación. El derecho a la igualdad y no discriminación por orientación sexual aplicado al acceso al matrimonio en el PerúCastro Barnechea, Claudia Lucía 20 November 2017 (has links)
El derecho a la igualdad y no discriminación constituye un pilar importante para el Derecho y para institucionalidad democrática de los Estados. Es, además, esencial para una sociedad respetuosa de los derechos humanos y de las diferencias que nos hacen únicos y valiosos. Una sociedad que respeta las diferencias y garantiza igualdad para todos y todas es una sociedad más cercana a la protección de la dignidad del ser humano. Debido a esto, la presente investigación se centra en la aplicación de este derecho en relación con una población vulnerable en específico, me refiero a las personas no heterosexuales y a las relaciones de pareja que forman y que, actualmente, no tienen forma jurídica de protección en el Perú. A diferencia de
las parejas heterosexuales, las parejas que no lo son no tienen ningún tipo de
institución jurídica que les garantice derechos y obligaciones, pues han sido
excluidos de las formas jurídicas existentes que otorgan estos derechos. Esto ha
redundado en la discriminación de las que son víctimas en la sociedad, ahondado en las formas de invisibilización, desvaloración y falta de reconocimiento que sufren como individuos y como parejas. En este sentido, he analizado las obligaciones que tiene el Estado peruano derivadas del sistema universal de derechos humanos y del sistema interamericano, comparando estas obligaciones con las normas existentes y las medidas actuales a nivel nacional que se refieren en específico a la igualdad y
no discriminación aplicadas al matrimonio como institución jurídica. Luego de un
extensivo y profundo análisis de las normas y pronunciamientos a nivel universal,
interamericano y nacional, puedo concluir que el Estado peruano tiene una
obligación específica de protección sobre las personas que sufren de discriminación en la sociedad y, por lo tanto, deben adecuar la normativa nacional para hacer efectivos los derechos de todos y todas y garantizar que los puedan ejercer en un marco de igualdad. Por esto, el Estado peruano, a través de sus instituciones y normas, está obligado a respetar este derecho y modificar o crear los medios necesarios para hacerlo real, incluyendo en esto la normativa de todo tipo. Esta obligación implica necesariamente que no exista institución jurídica alguna que genere diferencias no objetivas basadas en la orientación sexual de las personas, el matrimonio no puede escapar a esta obligación. Se debe tener en cuenta que, tanto la Constitución peruana como las obligaciones del Derecho Internacional de
Derechos Humanos, indican una noción de familia amplia y más allá del modelo
tradicional. Es, entonces, consecuencia directa de las obligaciones de igualdad
y de la noción amplia de familia que concluyo en la necesidad de adaptar las normas internas peruanas para eliminar las restricciones de las parejas no heterosexuales a instituciones como el matrimonio para garantizar los derechos que les corresponde como familia y que les han sido negados por tanto tiempo. Es hora de que la sociedad y el Derecho avancen de la mano y se busque la protección de todos los seres humanos por igual.
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La otra consulta: el derecho a la consulta de las personas con discapacidadConstantino Caycho, Renato Antonio 09 February 2018 (has links)
La presente tesis tiene como objetivo probar la necesidad y existencia del derecho a la consulta de las personas con discapacidad para poder participar efectivamente en la formulación e implementación de políticas públicas. La tesis desarrolla el derecho a la consulta como un elemento del derecho a la participación política, así como una forma de empoderamiento de un colectivo en situación de vulnerabilidad y una necesidad para la implementación de políticas públicas que tengan un enfoque de discapacidad. Para ello, en primer lugar, aborda la necesidad de tener un Enfoque Basado en los Derechos Humanos que tenga una mirada sobre la discapacidad. En ese sentido, tal enfoque se debe basar en las mismas premisas contenidas en la CDPD y garantizar que las personas con discapacidad y sus necesidades se vean plenamente reflejadas en el propio EBDH. A partir de ello, se vinculan ambas categorías. En el particular caso del elemento de participación, se vuelve imprescindible hablar del derecho a la consulta de las personas con discapacidad.
Luego, se demuestra que el derecho a la consulta es parte del derecho a la participación en la vida política y pública de las personas con discapacidad y por qué lo es. Finalmente, el último capítulo busca desarrollar cómo se debe llevar a cabo la consulta y formular indicadores que permitan que los Estados y la comunidad internacional puedan verificar adecuadamente el cumplimiento de dicha obligación. Es por lo mismo que se sistematizan los pronunciamientos vertidos por el Comité sobre Derechos de Personas con Discapacidad y se desarrollan estándares sobre cómo se debe desarrollar la consulta. A partir de los mismos, se construye una formulación de indicadores que garanticen que la consulta se lleve a cabo de manera que sirva como una verdadera forma de participación que empodere a las personas con discapacidad.
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