Spelling suggestions: "subject:"formas dde gobierno"" "subject:"formas dee gobierno""
1 |
La eficiencia de los sistemas de gobierno. Una perspectiva comparada.Guzmán Napurí, Christian 19 August 2013 (has links)
El propósito del presente trabajo es pretender investigar, a través del uso
de métodos novedosos de análisis político-constitucional – diversas formas de
análisis funcional, como el análisis económico del derecho y la teoría de los
juegos - como es que pueden diseñarse y emplearse las más relevantes
instituciones políticas consagradas en los textos constitucionales, a fin de
elaborar constituciones que permitan la conformación de estados equilibrados,
estables y respetuosos de los derechos particulares. En este aspecto, es
necesario subrayar que pretendemos analizar los diversos sistemas políticos
existentes, a fin de definir si estos son socialmente eficientes o no.
Y para ello, es necesario, además, entender conceptos como la
separación de poderes y su origen. Lo que ocurre es que los diversos sistemas
de gobierno establecen diversos esquemas de separación de poderes, que van
desde un esquema atenuado – como en el parlamentarismo - hasta uno más bien
rígido, propio del régimen presidencial. / Tesis
|
2 |
C. B. MACPHERSON Y LA DEMOCRACIA LIBERALMcRostie Bustamante, Felipe January 2005 (has links)
Informe de Seminario para optar al grado de Licenciado en Filosofía.
|
3 |
La vacancia por incapacidad moral del presidente de la repúblicaGarcía Chávarri, Magno Abraham 19 August 2013 (has links)
El sistema de gobierno presidencial, de origen norteamericano, tiene como
características propias la elección popular (directa o indirecta) del Presidente de la República,
su mandato por un tiempo determinado (fijo), así como que en su persona recaen tanto la
titularidad de la jefatura del Estado como de la jefatura del Gobierno (Ejecutivo monista),
como el hecho de que el Gobierno no depende de la confianza política del Congreso.
A diferencia del modelo parlamentario, donde el Gobierno es fiduiciario del
Parlamento, el modelo presidencial tiene como premisa el que el Presidente cuenta con
legitimidad al ser elegido popularmente, y por lo tanto debe cumplir con un mandato
prefijado por la norma fundamental. De allí que, durante su mandato, sean muy pocas las
opciones para su acusación o terminación del cargo.
Ello se observa, por ejemplo, en el caso del artículo 117º de la Constitución peruana
de 1993, que señala que el Presidente de la República, durante su mandato, solamente puede
ser acusado por causales muy específicas como las de traición a la patria; impedir las
elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; disolver el Congreso,
salvo en los casos previstos en el artículo 134º de la Constitución, y por impedir su reunión o
funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema
electoral.
Por su parte, el artículo 113º de la Carta de 1993 prevé las causales de vacancia del
cargo de Presidente de la República. Allí puede observarse con facilidad que, salvo la causal
de incapacidad moral, todas las demás responden a razones objetivas e incontrovertibles
(muerte, incapacidad física, salida del territorio sin permiso del Congreso), lo que no ocurre
con la citada incapacidad moral donde, en la lógica de un elemental y mínimo debido proceso,
tendría que poder ejercer su derecho de defensa. Puede apreciarse entonces, por lo menos,
una naturaleza distinta entre casi la totalidad de las causales de vacancia y la específica causal
de incapacidad moral. / Tesis
|
4 |
Democracia liberal: y diversidad: ¿Cómo la democracia enfrenta la existencia de minorías?Vivanco, Julieta January 2005 (has links)
Informe de Seminario para optar al grado de Licenciado en Filosofía. / El tema de cómo la democracia se hace cargo de la existencia de la diversidad en su interior, aparece adquiriendo solamente de manera reciente un papel relevante en las discusiones, a pesar de que hoy se posiciona como una cuestión muy actual presente en los debates. Esta relevancia de la que goza en la actualidad este asunto, descansa en la transformación que sufrió el tema del reconocimiento en la modernidad. En esta época adquiere importancia, para presentarse como lo que es hoy en día, es decir un cuestionamiento que las democracias liberales no pueden pasar por alto si quieren definirse como tales, puesto que deben detenerse en el examen de la cuestión de la igualdad que este tema encierra.
|
5 |
Los regímenes o sistemas políticos. Evolución, características, ventajas y desventajas:estudio comparativo del caso chilenoRivadeneira Hurtado, Ignacio January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / A Chile le hace falta seguir el ejemplo inglés e invertir tiempo y recursos en su propia democracia, buscando siempre desarrollar instancias efectivas para que todos los temas públicos se resuelvan por medio del debate racional y su consiguiente deliberación en las instituciones democráticas competentes. Para ello creo que debemos avanzar en un auténtico sistema de financiamiento público de la política, que sea austero pero suficiente, y que abarque no sólo los gastos incurridos en períodos de campaña sino también aquellos que permitan a los partidos y sus centros de estudio contar con el personal calificado y los medios para investigar y promover sus ideas políticas. En el mismo sentido, creo que si Chile adopta un sistema semipresidencial debiera también replicar la institución inglesa del Gabinete en la Sombra, la cual queda en manos del principal partido o conglomerado de oposición. Ello permitiría contrastar no sólo las posiciones legislativas que se adoptan sino también las decisiones propias del ámbito ejecutivo, todo lo cual le facilita a la ciudadanía la formación de opiniones fundadas sobre los asuntos políticos, exige a la oposición efectuar críticas razonables y establece un control permanente y eficaz a las actuaciones del Gobierno.
|
6 |
La eficiencia de los sistemas de gobierno. Una perspectiva comparada.Guzmán Napurí, Christian 19 August 2013 (has links)
El propósito del presente trabajo es pretender investigar, a través del uso
de métodos novedosos de análisis político-constitucional – diversas formas de
análisis funcional, como el análisis económico del derecho y la teoría de los
juegos - como es que pueden diseñarse y emplearse las más relevantes
instituciones políticas consagradas en los textos constitucionales, a fin de
elaborar constituciones que permitan la conformación de estados equilibrados,
estables y respetuosos de los derechos particulares. En este aspecto, es
necesario subrayar que pretendemos analizar los diversos sistemas políticos
existentes, a fin de definir si estos son socialmente eficientes o no.
Y para ello, es necesario, además, entender conceptos como la
separación de poderes y su origen. Lo que ocurre es que los diversos sistemas
de gobierno establecen diversos esquemas de separación de poderes, que van
desde un esquema atenuado – como en el parlamentarismo - hasta uno más bien
rígido, propio del régimen presidencial.
|
7 |
La vacancia por incapacidad moral del presidente de la repúblicaGarcía Chávarri, Magno Abraham 19 August 2013 (has links)
El sistema de gobierno presidencial, de origen norteamericano, tiene como
características propias la elección popular (directa o indirecta) del Presidente de la República,
su mandato por un tiempo determinado (fijo), así como que en su persona recaen tanto la
titularidad de la jefatura del Estado como de la jefatura del Gobierno (Ejecutivo monista),
como el hecho de que el Gobierno no depende de la confianza política del Congreso.
A diferencia del modelo parlamentario, donde el Gobierno es fiduiciario del
Parlamento, el modelo presidencial tiene como premisa el que el Presidente cuenta con
legitimidad al ser elegido popularmente, y por lo tanto debe cumplir con un mandato
prefijado por la norma fundamental. De allí que, durante su mandato, sean muy pocas las
opciones para su acusación o terminación del cargo.
Ello se observa, por ejemplo, en el caso del artículo 117º de la Constitución peruana
de 1993, que señala que el Presidente de la República, durante su mandato, solamente puede
ser acusado por causales muy específicas como las de traición a la patria; impedir las
elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; disolver el Congreso,
salvo en los casos previstos en el artículo 134º de la Constitución, y por impedir su reunión o
funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema
electoral.
Por su parte, el artículo 113º de la Carta de 1993 prevé las causales de vacancia del
cargo de Presidente de la República. Allí puede observarse con facilidad que, salvo la causal
de incapacidad moral, todas las demás responden a razones objetivas e incontrovertibles
(muerte, incapacidad física, salida del territorio sin permiso del Congreso), lo que no ocurre
con la citada incapacidad moral donde, en la lógica de un elemental y mínimo debido proceso,
tendría que poder ejercer su derecho de defensa. Puede apreciarse entonces, por lo menos,
una naturaleza distinta entre casi la totalidad de las causales de vacancia y la específica causal
de incapacidad moral.
|
Page generated in 0.0764 seconds