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Análisis del tratamiento tributario de los intereses no deducibles por efecto de aplicación de la regla de subcapitalización antes y después del Decreto Legislativo No.1424 en empresas del sector de inmobiliaria que cotizan en la Bolsa de Valores de Lima

Puipulivia Zarate, Luis Enrique, Romero Sarmiento, Leonarda Angily Ross 12 October 2020 (has links)
El Plan de Tesis tiene como objetivo principal demostrar el efecto del tratamiento tributario de los intereses no deducibles antes y después del Decreto Legislativo No.1424 en empresas de alto grado de apalancamiento financiero del sector inmobiliario, específicamente en empresas que coticen en la Bolsa de Valores de Lima. La importancia de esta investigación en el sector inmobiliario resulta relevante, ya que es un sector con un alto grado de endeudamiento, por lo cual los intereses están sujetos a tributar de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. Por tal motivo, es de suma importancia conocer los cambios que se presentan en el artículo 37, inciso a), de la Ley del Impuesto a la Renta, mediante el Decreto Legislativo No. 1424. La metodología empleada para la investigación es de enfoque mixto, ya que se hace una combinación del enfoque cualitativo y cuantitativo. Por un lado, se realizará un análisis del tratamiento tributario de manera descriptivo y, por otro lado, se buscará demostrar la hipótesis mediante casos aplicativos. La hipótesis de la investigación busca demostrar que los intereses no deducibles antes y después del Decreto Legislativo 1424 afecta en las empresas de alto grado de apalancamiento financiero del sector inmobiliario. / The main objective of this Thesis Plan is to demonstrate the effect of the tax terms about nondeductible interest before and after the legislative decree No.1424 in companies with a high level of financial debt in the real estate sector, specifically, in companies that get quotes from the Bolsa de Valores de Lima. The importance of this research is relevant in the real estate sector since it a sector with high levels of debt; therefore, the interest rates are subject to tax according to the Income Tax in Peru. For this reason, it is highly important to know the presented changes in the article 37 subsection a) of the Income Tax through the legislative decree No 1424. The methodology used in the research focuses on a mixed approach as it is a combination of the qualitative approach and the quantitative approach. On the one hand, an analysis of the terms about interest not deductible will be realized descriptively and, on the other hand, the hypothesis will be demonstrated through applied cases. The hypothesis of this research wants to demonstrate that not deductible interest before and after the legislative decree No. 1424 have an impact in companies with high level of debt in the real estate sector.
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Problemática en torno a la figura de “responsable” y la estabilidad tributaria aplicable a las empresas del sector hidrocarburos, a propósito de la modificación introducida por el Decreto Legislativo No. 1112 al inciso c) del Artículo 32-A de la Ley del I

Salazar Gavilan, Johana Milagros January 2018 (has links)
Con fecha 29 de junio de 2012, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo No. 1112 a través del cual se introdujeron diversas modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta, las cuales entraron en vigencia el 1 de enero de 2013. Específicamente, el Artículo 9 del citado Decreto Legislativo, dispuso la modificación del inciso c) del Artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta. A propósito de la referida modificación, con fecha 24 de diciembre de 2015, la Administración Tributaria (SUNAT) publicó el Informe No. 0187-2015-SUNAT/5D0000 mediante el cual dio respuesta a las consultas planteadas en torno a la modificación del Artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, acerca de los ajustes de precios de transferencia aplicables a las transacciones efectuadas a título gratuitos, en el supuesto de un contratista domiciliado en el país que ha suscrito un Contrato de Licencia de Hidrocarburos, por el que se encuentra sujeto al régimen impositivo del Impuesto a la Renta vigente antes de la modificación introducida por el Decreto Legislativo No. 1112, al cual un sujeto no domiciliado sin establecimiento permanente en el país le ha prestado servicios gratuitos. En relación con ello, el trabajo tiene por finalidad hacer un análisis de los conceptos analizados en citado Informe a fin de compartir una opinión crítica respecto a las conclusiones señaladas por la SUNAT sobre la aplicación del inciso c) del Artículo 32- A de la Ley del Impuesto a la Renta en el caso de empresas de hidrocarburos que hayan suscrito un Contrato de Licencia con el Estado en virtud del cual han garantizado su estabilidad tributaria a la fecha de suscripción del referido contrato con anterioridad a la modificación introducida mediante el Decreto Legislativo No. 1112. A tal efecto, se analizan los siguientes temas: el alcance de la estabilidad tributaria de los Contratistas que han suscrito un Contrato de Licencia, la figura del contribuyente y responsable establecida en nuestra legislación, el nacimiento de la obligación tributaria en el caso de no domiciliados, el alcance de la modificación del inciso c) del Artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, y el “recobro” de la deuda al no domiciliado. En resumen, a partir del análisis desarrollado en el referido trabajo, se arriban -de manera general- a lo siguiente: La figura del “responsable” a que se refiere el inciso c) del Artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta habría sido establecida en calidad de “responsable sustituto” pues el único sujeto obligado por el pago del impuesto sería el sujeto domiciliado (Contratista) y no el sujeto no domiciliado; por lo cual el contratista (domiciliado) vería afectada la carga tributaria que le habría sido garantizada bajo el Contrato de Licencia. Asimismo, la opinión de SUNAT respecto al recobro de la deuda al no domiciliado vulneraría la denominada “autonomía del derecho tributario”, en virtud del cual el referido “recobro” debería haber sido regulada por las normas tributarias (con remisión a las normas civiles, de ser el caso).
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La revaluación de propiedad, planta y equipo de la empresa G&M Biddle Contratistas su impacto tributario y financiero

Guibovich Moreno, Juan Carlos, Jiménez Fernández, Liz Miriam 02 June 2022 (has links)
El presente estudio se desarrolla con la información financiera del periodo 2020 proporcionado por la empresa G&M Biddle contratistas EIRL, que brinda servicios de alquiler de maquinarias y edificaciones. Siendo el rubro Propiedad, planta y equipo uno de los más importantes en los estados financieros, el presente estudio se justifica en analizar la contabilización del modelo de revaluación de dicho elemento bajo NIC 16 y la normativa tributaria establecida por la ley y el reglamento del impuesto a la renta. El presente estudio cuenta con tres objetivos, el primero relacionado a la deducibilidad posterior al nuevo valor de gasto de depreciación, el segundo relacionado al nuevo valor del activo y si existe un incremento en el impuesto a la renta y el tercero un comparativo de ambas metodologías mediante un análisis de ratios financieros. El presente trabajo utiliza la metodología cuantitativa de alcance descriptiva y correlacional con el objeto de analizar el impacto de la revaluación de los estados financieros de la compañía de estudio. Con la finalidad de dar énfasis al presente estudio se realizaron entrevistas a expertos en la materia que sustentan la información obtenida. Finalmente se concluye de manera general que la revaluación de activos genera un beneficio económico a las empresas que optan por esta metodología, así como que no existe ningún impacto tributario que aumente el costo a las empresas al adoptar dicha metodología. / This study is developed with the financial information for the period 2020 provided by the company G&M Biddle Contractors EIRL, which provides rental services of machinery and buildings. Since Property, plant and equipment is one of the most important items in the financial statements, this study is justified in analyzing the accounting of the revaluation model of this item under IAS 16 and the tax regulations established by the law and the income tax regulations. The present study has three objectives, the first one related to the deductibility after the new value of the depreciation expense, the second one related to the new value of the asset and if there is an increase in the income tax and the third one a comparison of both methodologies by means of an analysis of financial ratios. The present work uses the quantitative methodology of descriptive and correlational scope in order to analyze the impact of the revaluation of the financial statements of the company under study. In order to give emphasis to this study, interviews were conducted with experts in the field to support the information obtained. Finally, it is generally concluded that the revaluation of assets generates an economic benefit to the companies that opt for this methodology and that there is no tax impact that increases the cost to the companies when adopting this methodology.
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Tratamiento de la asociación en participación en el Impuesto a la Renta. A propósito de la Resolución N° 2398-11-2021

Campos Fernández, José Antonio 08 June 2023 (has links)
En el presente Informe se describen las diferentes posturas que surgieron sobre el tratamiento de la participación del asociado en el Impuesto a la Renta en el marco de un contrato de asociación en participación luego de la modificación operada por la Ley N° 27034 (vigente desde 1999). Asimismo, se analiza lo resuelto por el Tribunal Fiscal en la Resolución N° 2398-11-2021 de observancia obligatoria, en la que se recoge la actual posición del ente resolutor y en la que se concluye que la participación del asociado califica como dividendo u otra forma de distribución de utilidades. Sobre esta resolución, se realiza un análisis crítico, a fin de descartar las distintas posturas desarrolladas a lo largo de estos años y dar respuesta, principalmente, a dos preguntas: (i) si la participación del asociado califica o no como renta gravada, y (ii) si califica como renta de segunda o de tercera categoría. Dicho análisis se realiza considerando las normas del Impuesto a la Renta que resultan aplicables y la naturaleza del contrato de asociación en participación que se desprende de la Ley General de Sociedades, lo que lleva a concluir que la participación del asociado califica como renta gravada de tercera categoría. Finalmente, se comenta el tratamiento contable del mencionado contrato y el nuevo tratamiento tributario aprobado por el Dec. Leg. N° 1541 que estará vigente a partir de 2023.
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La tributación del Asociado en los Contratos de Asociación en Participación: una renta de Tercera Categoría

Chilingano Leon, Luis Andre 23 March 2022 (has links)
El presente trabajo centra su análisis en el tratamiento tributario aplicable a los Contratos de Asociación en Participación, de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. Para tales efectos se busca comprender (i) los antecedentes de la actual regulación (o falta de ella). Así, es importante indicar que tanto el cambio normativo basado en la Ley No. 27034 y el Decreto Supremo No. 194-99-EF como las posteriores posiciones a raíz de aquel resultan de vital importancia para comprender la actual “falta de regulación expresa”; (ii) las posiciones más relevantes planteadas en el ámbito administrativo. Para ello, a fin de contar con un marco de análisis más sólido y comprehensivo se ha optado por atender al actual criterio de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal; finalmente, (iii) se ahonda en una propuesta desde la estructura actual de la Ley. Es decir, por aplicación del inciso g) del artículo 28 de la tal norma
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Informe de valorización del intangible “Trout Feeder” desde la perspectiva de precios de transferencia

Guevara Martínez, Camila Lucía 25 January 2022 (has links)
El presente documento plasma mi experiencia profesional en el área de Precios de Transferencia y está integrado por un informe de valorización realizado para determinar el valor al que debe ser pactada una operación de venta de un activo intangible entre partes vinculadas, de modo que refleje el valor que terceros independientes acordarían en una operación similar realizada en condiciones comparables. Los análisis de precios de transferencia resultan relevantes en un contexto globalizado como el actual, en el que son cada vez más comunes las transacciones intercompañía1 realizadas al interior de grupos tanto nacionales como multinacionales, dado que son, usualmente, operaciones implementadas con el propósito de efectuar actividades integradas que permitan generar sinergias, optimizar costos, entre otros. En razón a esto, la valorización objeto de este informe se realizó haciendo uso de la normativa de precios de transferencia incluida en la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento, así como de las directrices emitidas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). Asimismo, se utilizó información financiera publicada por el INEI2 e información de acceso privado proporcionada por Standard & Poor’s mediante su plataforma Capital IQ.
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Análisis de la naturaleza remunerativa de los fringe benefits

Arias Barbié, Elyana Francisca 01 September 2021 (has links)
En la legislación peruana, como en el Derecho Comparado, el legislador y la jurisprudencia se han encargado de delimitar las consecuencias jurídicas de señalar determinados “beneficios”, a cargo del empleador, como parte de la remuneración; es decir, con carácter remunerativo o no. Con lo cual, no todos los beneficios entregado a los trabajadores tienen carácter remunerativo, con las consecuencias jurídicas que ello implica, principalmente en lo referente a la incidencia en los beneficios colaterales. Sin embargo, la entrega de beneficios accesorios denominados “fringe benefits”, que vienen a ser beneficios adicionales a los beneficios sociales legalmente establecidos, usualmente con la finalidad de ajustar las estructuras salariales, son cada vez más frecuentes y se encuentran sin un normativa específica ni especial aplicable, lo que genera que no exista un pronunciamiento jurisprudencial uniforme ni una posición doctrinaria pacífica en relación a la naturaleza jurídica de los mismos. Lo cual conlleva a que los empleadores otorguen estos beneficios sin saber exactamente las consecuencias laborales de ello. Motivo por el cual, en el presente trabajo de investigación, analizamos la naturaleza jurídica de los denominados fringe benefits, así como su origen, surgimiento, ventajas y desventajas de su entrega y la normativa general aplicable. Asimismo, se analiza específicamente la entrega de tres beneficios adicionales: (i) asunción del impuesto a la renta, (ii) entrega de vivienda y (iii) entrega de vehículo y/o gasolina. Es así que se determina si tienen o no carácter remunerativo y como actualmente son considerados tanto en sede administrativa y/o judicial. El presente estudio no sólo coadyuva a determinar la naturaleza jurídica de los tres beneficios adicionales analizados, sino que conllevará a establecer pautas para que los empleadores y trabajadores tengan herramientas para determinar si un benéfico adicional tiene carácter remunerativo o no.
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Las indemnizaciones por responsabilidad civil contractual y su deducibilidad como gasto

Rodriguez Bullon, David Alejandro 11 February 2019 (has links)
Mediante la presente investigación se busca determinar si es que las indemnizaciones pagadas por las empresas a terceros por haber incumplido alguno de los términos contenidos en un contrato con su contraparte califican como gasto deducible para fines de la determinación del Impuesto a la Renta, incumplimiento que puede surgir en el devenir de las diversas operaciones económicas aquellas empresas realizan y que puede deberse a un sinnúmero de factores. Lo señalado obedece a la ausencia de un tratamiento tributario en la legislación tributaria, teniendo como consecuencia una dispersión de criterios ya sea en entre las mismas empresas o en los distintos estamentos administrativos y judiciales, que originan incertidumbre y un debido cumplimiento referente a la correcta determinación de aquel impuesto. Para determinar si aquel gasto es aceptado para fines del Impuesto a la Renta, se analiza qué criterios o condiciones debe cumplir un gasto, cualquiera este sea, para que sea deducido por las empresas. Asimismo, se analiza la legislación actual concerniente al incumplimiento contractual y los factores que lo propician. Adicionalmente, se recurre a la jurisprudencia nacional así como de otros países, con la finalidad de examinar cuáles son las posturas que adoptan respecto a la deducción de un gasto por las indemnizaciones antes descritas y cuáles son los fundamentos que las soportan. Como consecuencia de las acciones descrito, se determina que las indemnizaciones en las que se incurren como resultado de incumplimientos contractuales no son gastos deducibles (o no aceptados tributariamente) para el Impuesto a la Renta, salvo situaciones particulares que excedan a la voluntad y actos del contribuyente, por lo que las empresas deben adoptar medidas adecuadas y planificar concienzudamente, para de esta manera evitar incurrir en incumplimiento de sus obligaciones contractuales que conlleven a un desembolso de indemnizaciones a favor de terceros. / Trabajo de investigación
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La relación entre la cláusula antielusiva general y la presunción de renta gravada en el caso de transferencias de activos efectuadas mediante escisión en el Perú. Una aproximación a partir de los principios constitucionales

Alvarado Dávila, Juan Carlos 27 July 2020 (has links)
La elusión fiscal es un tema que hasta nuestros días viene generando un amplio debate no solo en el contexto internacional, sino también en el Perú, debido al impacto que produce en los niveles de recaudación de los tributos, principalmente fuente de financiamiento del gasto público. Por ello en nuestro país se ha recurrido a la legislación como una vía para establecer mecanismos para combatir la elusión fiscal, a través de la aprobación de normas jurídicas dirigidas a combatir los efectos de las conductas elusivas así como otorgar facultades a la Administración Tributaria al respecto, mecanismos entre los cuales se encuentran las denominadas cláusulas antielusivas. Bajo tal contexto, el objeto del presente trabajo es establecer la relación existente entre la cláusula general antielusión prevista en la Norma XVI del Título Preliminar de nuestro Código Tributario, y la presunción de renta gravada por la transferencia de activos en el marco de una escisión, en caso se configuren las condiciones previstas en el artículo 105°-A de la Ley del Impuesto a la Renta; ello, no obstante, que las partes optaron que dicha transferencia se efectúe a valor en libros y, por lo tanto, no genera inicialmente ganancia alguna susceptible de ser gravada con el Impuesto a la Renta. Para establecer la relación entre ambas disposiciones, se atiende a una concepción del ordenamiento jurídico en el que las reglas jurídicas deben interpretarse a la luz de principios jurídicos, estableciendo una aproximación desde los principios de carácter constitucional. Así, si bien se parte de la hipótesis de que la cláusula antielusiva general puede ser aplicada sobre aquellas escisiones que han superado las condiciones previstas en la Ley del Impuesto a la Renta y, por lo tanto, no se habría configurado la presunción de renta gravada con dicho Impuesto, en el presente trabajo se analiza la consistencia de dicha solución reconociendo la tensión existente entre los principios constitucionales pertinentes, según el grado de su optimización o concreción que dicha solución produce, delimitando por lo tanto los escenarios en que dicha solución resulta adecuada, idónea, así como razonable y proporcional. / Trabajo de investigación
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Análisis crítico del tratamiento tributario del partícipe no domiciliado que forma parte de un consorcio que no lleva contabilidad independiente en el Perú

Paredes Velásquez, Claudia Patricia 21 January 2021 (has links)
La economía peruana está creciendo a un ritmo lento, a pesar de los esfuerzos realizados por el Estado y los agentes económicos, es preciso continuar con políticas que logren el objetivo de disminuir la pobreza y brindar bienestar a la nación. Para ello el Estado desarrolla políticas económicas, entre ellas las tributarias que buscan coadyuvar al logro del objetivo mencionado, estas involucran no solamente a los agentes internos como los organismos estatales, las empresas y ciudadanos, sino también agentes extranjeros. Una de las formas de ejecutar políticas de mejoramiento de servicios públicos en beneficio de la nación, es la construcción de vías de comunicación, infraestructura para servicios de salud, infraestructura deportiva como en el caso de los Juegos Panamericanos Lima 2019, o asesoría especializada, entre otros. Es así que, a través de la construcción de importantes proyectos, se logra estimular el crecimiento de la economía y se genera bienestar, dada la envergadura de estas actividades, este tipo de proyectos pueden ejecutarse a través de Consorcios, en donde por lo general, participan empresas nacionales y extranjeras que cuentan con la experiencia requerida para este tipo de proyectos. El objetivo de este trabajo es dilucidar el tratamiento tributario que debe aplicarse a los partícipes no domiciliados de Consorcios sin contabilidad independiente en el Perú, a la luz de las normas peruanas vigentes a la fecha, teniendo en cuenta la entrada en vigencia de las últimas modificaciones tributarias de octubre del 2018, puesto que inclusive con la última modificación no se da por solucionados los problemas que pueden originarse en la falta de claridad en la aplicación de las normas en cuanto al impuesto a la renta, y por otro lado esta falta de claridad también alcanza al tratamiento del Impuesto General a las Ventas en lo que se refiere al principio de neutralidad del IGV. Al parecer, la legislación tributaria no permitiría la participación de sujetos no domiciliados en consorcios, si bien la norma no lo indica tácitamente, la aplicación de las normas actuales nos llevaría a esa conclusión de que existe un vacío legal en la normativa actual, la que ha sido diseñada por el legislador con un alcance limitado, es decir que las normas están diseñadas únicamente para sujetos domiciliados. Inclusive tomando en cuenta los últimos cambios en la definición del Establecimiento Permanente en la ley del Impuesto a la Renta, en cuya aplicación práctica tenemos que los todos los consorcios deberían configurar un establecimiento permanente y por lo tanto domiciliarse, sin embargo, este caso no sería general, con lo cual, nos encontramos frente al mismo vacío legal existente hasta el momento. Como veremos en el presente trabajo esta situación podría tener efectos negativos para el sujeto no domiciliado, y dependiente de la planificación tributaria que este pudiera aplicar, el efecto podría ser el aplazar el pago del impuesto a la renta a discreción del propio sujeto. En general, la fata de seguridad jurídica al respecto podría tener efectos negativos extrafiscales, tal como desincentivar la inversión extranjera tan necesaria para nuestro país. / Trabajo de investigación

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