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Derecho de legítima defensa (filosofía moral)

De la Lama, Luis, De la Lama, Luis January 1881 (has links)
Señala que el derecho a la legítima defensa se tiene no sólo cuando se ataca la vida sino también cuando se ataca cualquiera de los derechos primordiales. Prueba que es posible llevar la defensa hasta la muerte del agresor injusto, pero que existen casos que restringen este derecho. El primer caso es cuando el daño puede ser fácilmente reparado por la autoridad o de cualquier otro modo, en este caso no se puede quitar la vida al agresor; puesto que existen otros medios para respetar nuestro derecho. El segundo caso es cuando el daño causado es insignificante en proporción al que se le causaría al agresor quitándole la vida. Menciona que también se tiene el derecho de emplear la fuerza en defensa de nuestros semejantes, porque la moral nos impone deberes para con ellos. / Tesis
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Conflicto, autotutela y control jurisdiccional

Ledesma Narváez, Marianella 12 April 2018 (has links)
El presente artículo desarrolla el tema de los conflictos entre individuos como parte de la dinámica social, así como los distintos modos de solución que el ordenamiento jurídico nos provee. Al respecto, la autora centra su análisis en la autodefensa, uno de esos mecanismos de solución, para luego comentar sobre algunos supuestos que aquélla encierra, como por ejemplo la legítima defensa. Finalmente, se aborda un interesante punto en cuanto a la autotutela administrativa como otra forma de resolver los conflictos, pero a partir de la intervención del Estado. The current article develops the topic of conflicts between individuals as part of the social dynamics, and presents the different ways of solution that the legal system provides. With this in mind, the author focuses her analysis on self-defense, one of those mechanisms of solution, and then she comments two other assumptions which are included in that legal figure, for example the right to self-defense. Finally, the article points out a main aspect that is related to administrative non-judicial measures, as another way to solve conflicts, having in mind the State intervention.
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Revisión jurisprudencial de la causal de justificación de legítima defensa en el nuevo sistema procesal penal.

Chahuán Chahuán, Guillermo Salomón, Letelier Cibié, Pablo Andrés January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El derecho a ejercer una defensa legítima despierta el más profundo interés incluso en personas que no están ligadas de modo alguno con el sistema jurídico. No resulta poco habitual que, en reiteradas ocasiones, quienes estamos relacionados de una u otra manera al estudio del derecho hayamos sido interrogados por nuestros cercanos acerca de los límites de esta causal de justificación. “Si estoy siendo víctima de un robo, ¿puedo herir al asaltante?”, “¿puedo incluso quitarle la vida si es necesario?”, “¿es lo mismo si está dentro de mi hogar?”, son los comunes cuestionamientos que nos han realizado en repetidas oportunidades. Ya expresaba esta cercanía con el derecho en comento un proyecto de ley del parlamento alemán del año 1962, manifestando que la legítima defensa es para el particular un “(…) derecho protector duro y enraizado en la convicción jurídica del pueblo”.Note1. En primer lugar, se ha sostenido que la legítima defensa se justifica en el principio de protección individual de bienes jurídicos. Según esta posición, la legítima defensa se presenta como la manera a través de la cual el Estado, ante la imposibilidad de conjurar el riesgo que constituye el comportamiento del agresor, propone una forma lícita de autoayuda en la que el mismo agredido puede velar por la intangibilidad de sus bienes jurídicos.Note2. De esta forma, la legítima defensa es concebida como una consecuencia necesaria del derecho que tiene el individuo de proteger sus intereses, derecho que coincide por una parte con su instinto de conservación y que responde por otra a la imposibilidad del Estado de proteger eficazmente todos aquellos bienes que merecen ser protegidos.
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Uso de la fuerza y terrorismo en el derecho internacional

Mosciatti Gómez, Giancarlo January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El tema del uso de la fuerza, además de tener connotaciones prácticas, plantea importantes consideraciones teóricas al Derecho Internacional. A lo largo de la historia hemos visto enormes conflictos internacionales y acciones bélicas, así como esfuerzos para delimitar su uso. Además de lo complejo que es determinar lo que se entiende por “uso de la fuerza”, cuándo está prohibido su uso y cuándo está permitido y sus limitaciones, alcances y formalidades, han surgido otro tipo de manifestaciones de utilización de la fuerza por parte de actores “invisibles” que no corresponden a un uso “clásico” de la fuerza propiamente tal, sino que a grupos de personas con un alto poder armado, capaces de poner en jaque no sólo a poderosos Estados, sino que también a la misma Organización de las Naciones Unidas (ONU). Principalmente son éstas las razones que me motivaron a investigar sobre el tema, conciente de los cambios que estamos viviendo en este nuevo milenio y su porvenir. Comenzaremos nuestro estudio sobre los antecedentes históricos del uso de la fuerza en materia internacional y su evolución, centrándonos en las etapas anteriores a la Primera Guerra Mundial, el período de entre guerras, y finalmente, al principio de prohibición de la amenaza y uso de la fuerza contra la integridad territorial o independencia política de cualquier Estado establecido en el artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas. Debido a una redacción genérica, este principio ha debido ser precisado por la doctrina, en la jurisprudencia internacional y mediante resoluciones de la ONU. Una de las manifestaciones prácticas contemporáneas que demuestra las dificultades interpretativas de la legítima defensa según la Carta de las Naciones Unidas, corresponde al fenómeno del terrorismo. Estudiaremos sus orígenes históricos, su evolución a través del tiempo y cómo la comunidad internacional lo ha enfrentado en el marco del Derecho Internacional. Adelanto que la principal dificultad que ha debido enfrentar es precisamente qué es el terrorismo. Analizaremos en este sentido las definiciones que se han dado por parte de organismos estatales como internacionales, además de los esfuerzos doctrinales y jurisprudenciales en la materia. Propondré un nuevo enfoque que busca superar barreras ideológicas y políticas que han impedido la adopción de un acuerdo general en materia de terrorismo. Finalmente, analizaré la tendencia actual de los Estados en relación al fenómeno del terrorismo, cual es la respuesta mediante el uso de la fuerza amparada en la legítima defensa. Asimismo, examinaré los problemas y dificultades que ello conlleva, ejemplificando las nuevas tendencias con casos prácticos y proponiendo conclusiones para responder a estas preguntas
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La carga de la prueba en la legítima defensa

Bucarey Vivanco, Pamela Alejandra January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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El uso de la fuerza en legítima defensa y la guerra contra el terrorismo

Burdiles Perucci, Gabriela January 2011 (has links)
No autorizado por el autor para ser publicada a texto completo / Tesis para optar por el grado de Magíster en Estudios Internacionales / Existe una tendencia histórica de la humanidad por intentar limitar y prohibir que los Estados recurran a la guerra y por regular la conducta de éstos durante los conflictos armados. Así, desde la doctrina de la Guerra Justa, que establecía ciertas condiciones para hacer la guerra, se ha buscado la manera de limitar la posibilidad de que los Estados usen la fuerza armada como herramienta para resolver sus conflictos y regular sus intereses. Después de los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como un intento definitivo de proscribir por completo el “ius ad bellum” de los Estados y de prohibir el uso de la fuerza armada en cualquiera de sus formas, la Carta de Naciones Unidas de 1945 buscó establecer las bases de un nuevo orden mundial para proteger a la humanidad del flagelo de la guerra. Con este fin, se creó un sistema de seguridad colectivo, para lo cual los Estados debían comprometerse a renunciar al uso de la fuerza en sus relaciones internacionales, atribuyendo el monopolio de su uso al Consejo de Seguridad, y produciéndose de esta forma la “abolición de la competencia de guerra” que el derecho internacional antiguamente reconocía a los Estados.
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Problemáticas actuales respecto al uso de la fuerza y los actores no estatales : un análisis al aspecto ratione personae de la legítima defensa

Rodríguez Silvestre, Felipe January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
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La legítima defensa preventiva en el derecho internacional contemporáneo

Rumaldo Gutti, Eduardo Biaggio 15 November 2023 (has links)
El propósito de esta investigación es sostener que la legítima defensa preventiva por los Estados no es una excepción a la prohibición del uso de la fuerza en el Derecho Internacional contemporáneo. Esto se debe a las implicancias que esta interpretación extensiva del artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas suponen para el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales. A efectos de demostrarlo, se plantea que, a partir de la evolución histórica y los objetivos y fines de la Carta de las Naciones Unidas, la prohibición del uso de la fuerza en el Derecho Internacional contemporáneo es considerada como una norma de ius cogens, aunque cuenta con pocas excepciones. Seguidamente, se desarrolla la legítima defensa recogida en el artículo 51 de la Carta, que es contemplada como una de las excepciones a la prohibición del uso de la fuerza y cuyo contenido y alcance, así como también los requisitos para su ejercicio, son establecidos tanto por la propia Carta como por la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia en atención al derecho consuetudinario. Finalmente, en el último capítulo, se presenta la figura de la legítima defensa preventiva, desarrollándose tanto su contenido y alcance, así como los argumentos del sector doctrinal que pretende sustentar esta interpretación extensiva del artículo 51 de la Carta, los mismos que son refutados con base en el análisis de los casos seleccionados y las disposiciones vigentes del Derecho Internacional contemporáneo. / The present research work addresses the doctrine of preemptive self-defense used by the States. As a hypothesis, it is argued that preemptive self-defense is not an exception to the prohibition of the use of force in contemporary International Law, due to the implications that this extensive interpretation of Article 51 of the Charter of the United Nations implies for the maintenance of international peace and security. In order to demonstrate this, it is argued that, based on the historical evolution and the objectives and purposes of the Charter of the United Nations, the prohibition of the use of force is considered as a peremptory norm (ius cogens) in contemporary International Law, although it has few exceptions. Hereafter, the right of self-defense contained in article 51 of the Charter is developed, which is considered one of the exceptions to the prohibition of the use of force and whose content and scope, as well as the requirements for its exercise, are established both by the Charter itself and by the jurisprudence of the International Court of Justice in accordance with to customary law. Finally, throughout the third and last chapter, the preemptive self-defense is presented, developing both its content and scope, as well as the arguments of the doctrinal sector that supports this extensive interpretation of article 51 of the Charter, the same that are refuted based on the analysis of the selected cases and the current provisions of contemporary International Law.
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La prohibición del uso de la fuerza y la legítima defensa anticipatoria

Guerra Grass, Eduardo January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo pretende realizar un análisis jurídico de la denominada “legítima defensa anticipatoria”. El estudio se desarrollará, en primer lugar, ubicando dicha controversia en el marco del desarrollo progresivo de las limitaciones y prohibiciones relativas al uso de la fuerza en el derecho internacional. Esto se traducirá en un estudio de la ausencia, aparición y posterior evolución del ius ad bellum y del ius contra bellum, poniendo particular énfasis en los hitos que tuvieron lugar en la primera mitad del siglo XX en esta materia. Posteriormente, y una vez reseñada la forma en que el uso de la fuerza entre Estados fue finalmente proscrito en el derecho internacional, se procederá a realizar un análisis de la naturaleza jurídica de la citada proscripción y las distintas consecuencias jurídicas que tienen lugar como resultado de la vulneración de la norma y sus excepciones. Consecutivamente, se entrará de lleno en el concepto de la legítima defensa como excepción a la prohibición del uso de la fuerza, analizándose su naturaleza, requisitos y modalidades. En la parte central de este trabajo se abordará la legalidad del uso de la fuerza invocando la legítima defensa en el derecho internacional antes de que tenga lugar un ataque armado, es decir, de una manera preventiva o anticipatoria, a través de la interpretación del artículo 51 y la Carta de Naciones Unidas, incluyendo sus trabajos preparatorios; la costumbre previa y posterior a su entrada en vigor; así como la postura adoptada por la Corte Internacional de Justicia en este respeto.
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Is it possible to use legal defenses to exempt criminal responsibility for the crime of torture? / ¿Es posible el descargo de la imputación en el delito de tortura?

Bassino Balta, Ariana 25 September 2017 (has links)
Torture is proscribed in the majority of countries, and prohibited by numerous international instruments. However, torture is nowadays a practice that takes place in many countries, even though there exists a majority agreement in favor of absolute prohibition of this conduct.In the present article, the author analyzes the possibility of using legal defenses to exempt criminal responsibility for the crime of torture. In order to do this, the author examines historical, doctrinal and jurisprudential aspects, concluding than in certain situations it is possible to appeal to traditional legal defenses, particularly selfdefense. / La tortura se encuentra proscrita en la mayoría de países, y está vetada por diversos instrumentos internacionales. No obstante, la tortura es en la actualidad una práctica que se lleva a cabo en muchos países, a pesar de un discurso mayoritario de prohibición absoluta de la misma.En el presente artículo, la autora realiza un análisis sobre la posibilidad de aplicar eximentes en el juicio de imputación del delito de tortura. Para ello, examina aspectos históricos, doctrinales y jurisprudenciales, concluyendo que en determinadas situaciones límite se verifican los presupuestos y requisitos de las causas de justificación tradicionales, en particular de la legítima defensa.

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