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Una adecuada organización de los órganos jurisdiccionales en la justicia constitucional desde los principios del buen gobierno para mejorar el amparo en el Perú

Dueñas Perez, Roy Alberto 08 May 2017 (has links)
La Garantía Constitucional del Amparo es un proceso especial que se distingue de los procesos ordinarios por ser rápido, sencillo y eficaz, cuya finalidad no solo es la restitución de un derecho individual vulnerado, sino también la interpretación y perfeccionamiento de la Constitución; en ese sentido, pese a su importancia, también se encuentra afectado por los problemas de los que adolece el Sistema de Justicia en la actualidad, inconvenientes que ya fueron detectados hace varios años, pero que no encuentran solución, no por la inacción o falta de interés en ellos, sino por la falta de un correcto dimensionamiento del problema y lo que ello implica, es por eso que creo necesario realizar un análisis desde los principios de Buen Gobierno para comprender su correcto significado, pues entiendo que el Buen Gobierno nos dará luces en este camino lúgubre desde los problemas del Sistema de Justicia, hasta las valores fundamentales que sirven de base a nuestro Estado. Una vez entendido ello, propongo alternativas como la implementación de organismos destinados a impulsar el empoderamiento de las personas y con ello su participación activa, para afianzar el valor del capital social y con ello el principio de participación; la destinación de mayores recursos a la justicia constitucional debido a su naturaleza especial y de urgencia; mayor capacitación de jueces y personal asignado a cada órgano jurisdiccional, generando a su vez una conciencia de identidad con el Sistema de Justicia, así como cumplir con el reto de reducir el problema de los jueces provisionales y supernumerarios, generando calidad en la labor de los actores involucrados en el Sistema de Justicia.
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Amparo y arbitraje: la subsidiariedad del amparo y el recurso de anulación de laudo arbitral

Díaz Colchado, Juan Carlos 09 April 2014 (has links)
La presente investigación tiene como objetivo determinar si el recurso de anulación de laudo arbitral puede ser considerado, tal y como lo establecen la Duodécima Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que norma el Arbitraje, y la jurisprudencia constitucional vigentes, como una vía igualmente satisfactoria que el proceso constitucional de amparo para la protección de los derechos fundamentales lesionados en un arbitraje o con el laudo que le pone fin. Para dicho efecto, se determinan, a partir de la experiencia comparada y nacional, los criterios para calificar a un proceso judicial ordinario como una vía igualmente satisfactoria que el proceso constitucional de amparo para la tutela de los derechos fundamentales. Luego de sustentar la opción por la tesis de la autonomía del arbitraje, se realiza una aproximación teórica al recurso de anulación de laudo arbitral, mecanismo judicial ordinario de control de la regularidad del laudo arbitral y de las actuaciones arbitrales en general. En un tercer momento, se desarrollan las relaciones, no siempre pacíficas, entre el arbitraje y su control constitucional por medio del proceso de amparo. Se estudia las tesis en torno a la posibilidad de que el recurso de anulación puede ser calificado como una vía igualmente satisfactoria que el amparo para la tutela de los derechos fundamentales lesionados en el curso de un arbitraje o con el laudo que le pone fin. Finalmente, se determina si el recurso de anulación de laudo arbitral puede, en efecto, ser calificado como una vía igualmente satisfactoria que el amparo para la tutela de los derechos fundamentales lesionados en un arbitraje.
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La actuación de sentencia impugnada en el proceso de amparo

Villa García Vargas, Javier 13 December 2011 (has links)
La tesis está referida al estudio del instituto de la actuación de sentencia impugnada en el proceso de amparo que, en mi opinión, es una de las principales novedades e innovaciones que aporta el Código Procesal Constitucional a nuestra legislación constitucional. El referido instituto está regulado en el segundo párrafo del Artículo 22 del Código Procesal Constitucional. Este confiere al demandante el derecho a solicitar al juez de primer grado, que emitió una sentencia estimativa de condena, su ejecución aún cuando la sentencia no estuviera firme.
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Informe jurídico sobre la Sentencia Nº 37-2012-PA/TC emitida por el Tribunal Constitucional

Loyaga Cerna, Olenka Cristina 11 August 2022 (has links)
El presente caso se trata de una demanda de amparo contra resolución judicial, específicamente, una resolución emitida por nuestra Corte Suprema en el ejercicio de sus competencias. A partir de la Sentencia surgen varias discusiones en torno a la procedencia de la demanda de amparo, el conflicto de competencias entre el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, el rol del Tribunal Constitucional en el control de constitucionalidad, la participación de la parte vencedora en el proceso ordinario. Adicionalmente, se suman las diversas críticas que ha realizado un sector de la doctrina sobre el amparo contra resolución judicial que generan cuestionamientos sobre ciertos aspectos que caracterizan a este proceso. Debido a ello, este trabajo propone analizar y responder, con base a fuentes normativas y doctrinarias, a la problemática sobre el conflicto de competencias que surge cuando el Tribunal Constitucional revisa el fondo de una resolución judicial emitida por un órgano jurisdiccional en el ejercicio de sus competencias, así como reflexionar sobre el límite al control constitucional de una resolución judicial, a fin de destacar la importancia de dicha actividad en salvaguardia de los derechos fundamentales y la vigencia del Estado Constitucional de Derecho. Por otro lado, se analizará la posición de la parte que obtuvo una pronunciamiento a su favor en sede ordinaria, pero debido al amparo interpuesto, verá posiblemente afectado su derecho a la cosa juzgada y la ejecutabilidad de las resoluciones judiciales. A partir de ello, propondremos algunas disposiciones cuyo propósito será proporcionar de mayor protagonista. / This case is about a judicial protection against a judicial decision, specifically, a decision issued by Supreme Court in the exercise of its powers. As from the judgment, several discussions have arisen regarding the admissibility of the amparo claim, the conflict of competence between the Constitutional Court and the Supreme Court, the role of the Constitutional Court in the control of constitutionality, the participation of the winning party in the ordinary proceeding. In addition, there are several criticisms made by a sector of the doctrine on the amparo against judicial decision that generate questions on certain aspects that characterize this process. Therefore, this paper proposes to analyze and respond, based on normative and doctrinal sources, to the problem of the conflict of competences that arises when the Constitutional Court reviews the merits of a judicial resolution issued by a jurisdictional body in the exercise of its competences, as well as to reflect on the limit to the constitutional control of a judicial resolution, in order to highlight the importance of such activity in safeguarding fundamental rights and the validity of the Constitutional Rule of Law. On the other hand, we will analyze the position of the party that obtained a ruling in its favor in the ordinary courts, but due to the amparo filed, will possibly see its right to res judicata and the enforceability of judicial decisions affected. Based on this, we will propose some provisions whose purpose will be to provide a greater protagonist.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° E-2491, acción de amparo contra Corporación Pesquera Inca S.A.C. por Wilder Rojas Soto

Suárez Heredia, Renzo Mauricio 08 May 2023 (has links)
En el presente informe se analizan los aspectos más importantes del proceso de amparo por despido fraudulento iniciado por el Sr. Wilder Rojas Soto contra la Corporación Pesquera Inca S.A.C. con la finalidad de emitir opinión sobre la resolución final del caso. Para ello, tomamos en consideración la normativa laboral vigente al momento de los hechos recogidos en el expediente bajo análisis, doctrina especializada y diversos pronunciamientos del Tribunal Constitucional sobre el despido fraudulento. Luego del análisis efectuado, hemos determinado que las ausencias del Sr. Rojas son injustificadas en tanto no responden a hechos ajenos a su voluntad y no se han justificado conforme a ley, por lo tanto, se configuran como faltas graves de i) “...las ausencias injustificadas por más de cinco días en un período de treinta días calendario”, y ii) “El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral”. Asimismo, concluimos que el Sr. Rojas no ha sufrido un despido fraudulento por parte de la Corporación Pesquera Inca S.A.C. ya que no se ha comprobado la existencia de ánimo perverso auspiciado por el engaño de parte de la empresa al imputar las faltas graves; menos aún se ha verificado la presencia de hechos inexistentes, faltas no previstas legalmente, alteración a la voluntad del Sr. Rojas o fabricación de pruebas. De igual manera, hemos verificado que durante el procedimiento interno de despido no se ha vulnerado ni limitado el derecho de defensa del Sr. Rojas. Por otro lado, se ha determinado, en razón al criterio establecido por el Tribunal Constitucional en la Sentencia del caso Baylón Flores, que la tutela exigida por el Sr. Rojas era atendible por la vía constitucional, en tanto el Proceso Ordinario Laboral no era una vía igualmente satisfactoria que el proceso de amparo. Finalmente, con la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, así como del Nuevo Código Procesal Constitucional y el establecimiento de nuevos criterios constitucionales por parte del Tribunal Constitucional en la sentencia del caso Elgo Rios, se ha determinado que, hoy en día, la pretensión del Sr. Rojas, de acuerdo a los argumentos recogidos en el expediente bajo análisis, no hubiera sido atendible en la vía constitucional en tanto existe una vía igualmente satisfactoria en la vía ordinaria laboral.
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Informe sobre Expediente N° E-2725, Amparo contra Sentencia del Tribunal Constitucional. Caso: Agrícola Cerro Prieto vs. Procuraduría del Poder Judicial y Aspillaga Anderson Hermanos S.A.

Quezada Noriega, Johana Lizzeth 12 July 2023 (has links)
En el presente informe se analiza uno de los casos más emblemáticos y controvertidos de amparo contra amparo: el amparo interpuesto por Agrícola Cerro Prieto S.A.C. contra una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional. Los jueces y el Tribunal Constitucional tuvieron distintas posturas respecto a la procedencia de la demanda y la aplicabilidad o no de un precedente vinculante, abriendo un debate jurídico que se extiende hasta la actualidad: la posibilidad que un amparo proceda contra una sentencia del máximo intérprete de la Constitución. Asimismo, el Tribunal Constitucional deja un claro mensaje respecto a su posición sobre la protección del derecho de propiedad del tercero de buena fe registral. Sin embargo, el debate sobre cuando se considera la existencia de un tercero de buena fe se encuentra vigente hasta hoy en día y parece nunca terminará. El objetivo del presente informe es brindar una opinión sustentada respecto a la aplicación del derecho por parte de los jueces y el Tribunal Constitucional al resolver el caso y con ello incentivar el debate jurídico. La metodología que se emplea es analizar cada problema planteado a partir de la normativa aplicable, la jurisprudencia y la doctrina para arribar a principales conclusiones que permitan, luego de ello, tomar una postura sobre lo resuelto por dichas estancias decisoras, así como, de ser el caso, de la demanda planteada. Finalmente, la conclusión principal del presente informe es que, si bien correspondía restituir la plena vigencia de los derechos de ACP, era necesario que el Tribunal Constitucional sustente correctamente su decisión tanto a nivel procedimental, y -en tanto entró a resolver el fondo- como a nivel sustantivo, para así librarla de cualquier cuestionamiento.
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Informe Jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional No. 00225-2017-PA/TC (Caso Telefónica del Perú S.A.A.)

Ruiz Quispe, Diana Elsa 15 August 2022 (has links)
El presente Informe Jurídico tiene como objeto analizar el sentido del fallo que arribó por mayoría el Tribunal Constitucional en la Sentencia No. 00225-2017-PA/TC Lima (caso Telefónica del Perú S.A.A.), a la luz del derecho al plazo razonable en el procedimiento contencioso tributario. Teniendo en cuenta el caso concreto, tanto el Tribunal Fiscal como la SUNAT han excedido en demasía los plazos legales para resolver los recursos impugnatorios de reclamación, apelación y cumplimiento; esto es, en total más de cinco años, periodo en el cual los intereses moratorios han incrementado exorbitantemente. Con el propósito de determinar la violación al derecho plazo razonable, implícito del derecho al debido proceso, nos remitiremos a los cuatro criterios fijados por el Tribunal Constitucional: 1) la complejidad del asunto; 2) la actividad o conducta procedimental del interesado; 3) la conducta de la administración pública; y 4) las consecuencias que la demora produce en la situación jurídica del interesado. En esa línea, sostenemos que el quiebre del plazo razonable se determina analizando los citados cuatro criterios; en caso se verifique una demora injustificada - como ocurre en la sentencia materia de análisis -, la consecuencia directa será la inaplicación de los intereses moratorios generados desde el vencimiento del plazo legal. Aunado a ello, también se replantean las excepciones a la regla del agotamiento de la vía previa, - tal como el riesgo de irreparabilidad o amenaza inminente -, que yacen en el Código Procesal Constitucional, para acceder al proceso de amparo, vía idónea para la tutela urgente de los derechos constitucionales afectados. / The purpose of this Legal Report is to analyze the sense of the decision reached by the majority of the Constitutional Court in Sentence No. 00225-2017-PA/TC Lima (Telefónica del Perú S.A.A. case), in light of the right to reasonable time in the tax litigation procedure. Taking into account the specific case, both the Tax Court and SUNAT have exceeded by far the legal 3 deadlines to resolve the appeals of claim, appeal and compliance; that is, in total more than five years, a period in which the moratorium interests have increased exorbitantly. In order to determine the violation of the right to reasonable time, implicit in the right to due process, we will refer to the four criteria established by the Constitutional Court: 1) the complexity of the matter; 2) the procedural activity or conduct of the individual concerned; 3) the conduct of the public administration; and 4) the consequences that the delay produces in the legal situation of the individual concerned. Along these lines, we maintain that the breach of the reasonable term is determined by analyzing the four criteria mentioned above; in the event of an unjustified delay - as in the case of the judgment under analysis -, the direct consequence will be the nonapplication of the moratorium interest generated since the expiration of the legal term. In addition to this, the exceptions to the rule of exhaustion of prior remedies - such as the risk of irreparability or imminent threat -, which lie in the Constitutional Procedural Code, are also reconsidered in order to access the amparo process, a suitable way for the urgent protection of the affected constitutional rights.
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Informe jurídico sobre la Sentencia Interlocutoria emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 4565-2019-PA/TC

Smith Arias, Paola Fernanda 19 August 2022 (has links)
El objetivo principal del presente informe jurídico consiste en delimitar el alcance y contenido de los criterios que emplean los jueces al momento de declarar improcedentes las demandas de amparo, sustentando su decisión en la causal referida a la existencia de procesos ordinarios específicos e igualmente satisfactorios, para la tutela del derecho constitucional cuya vulneración o amenaza de vulneración se alega. El análisis del alcance de dichos criterios tendrá como punto de partida la Sentencia Interlocutoria recaída en el Expediente N° 4565-2019-PA/TC. En dicha Sentencia, el Tribunal Constitucional (en adelante “Tribunal Constitucional o TC”) desestimó el recurso de agravio constitucional (en adelante “RAC”) interpuesto por la demandante, en tanto la cuestión de derecho invocada habría contravenido las reglas establecidas como precedente vinculante en el caso “Elgo Ríos Núñez”. Así pues, en el presente estudio se empleará un método de investigación dogmático jurídico (o documental), puesto que analizaremos lo que ya se ha dicho en doctrina y en la jurisprudencia nacional respecto del tema que nos ocupa. A partir de ello, concluiremos que en tanto los criterios empleados por la judicatura constitucional para declarar la improcedencia de una demanda de amparo sobre la base de la causal referida a la existencia de procesos específicos e igualmente satisfactorios al proceso de amparo, establecidos en el caso “Elgo Ríos Núñez”, contienen conceptos generales, indeterminados y abstractos, existe la necesidad de que dichos criterios sean dotados de contenido, cuanto menos, suficiente, a fin de que sean empleados por la judicatura de manera razonable, adecuada y justificada, evitando de esa manera la vulneración del derecho fundamental de acceso a la justicia. / The main objective of this legal report is to delimit the scope and content of the criteria used by judges when declaring amparo suits inadmissible, basing their decision on the cause referred to the existence of specific and equally satisfactory ordinary proceedings for the protection of the constitutional right whose violation or threat of violation is alleged. The analysis of the scope of such criteria will have as a starting point the Interlocutory Judgment issued in Case No. 4565-2019-PA/TC. In said Judgment, the Constitutional Court (hereinafter "Constitutional Court or TC") dismissed the constitutional grievance appeal (hereinafter "RAC") filed by the plaintiff, inasmuch as the question of law invoked would have contravened the rules established as binding precedent in the "Elgo Rios Nuñez" case. Thus, in this study we will employ a dogmatic legal (or documentary) research method, since we will analyze what has already been said in doctrine and national jurisprudence regarding the issue at hand. From this, we will conclude that the criteria used by the constitutional judiciary to declare the inadmissibility of an amparo claim on the basis of the cause referring to the existence of specific and equally satisfactory processes to the amparo process, established in the "Elgo Rios Nuñez" case, contain general, indeterminate and abstract concepts, there is a need for such criteria to be endowed with at least sufficient content, so that they may be used by the judiciary in a reasonable, adequate and justified manner, thus avoiding the violation of the right of access to justice.
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El cobro de intereses moratorios en el ámbito de un procedimiento administrativo tributario a la vista de la sentencia del Tribunal Constitucional N° 04082-2012-PA/TC

Cisneros Molina, Jorge Guillermo 13 August 2021 (has links)
Actualmente, muchos contribuyentes en el Perú han recurrido al Proceso de Amparo con el objetivo de que se les inaplique lo establecido en el artículo 33° del Código Tributario antes de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 981 y la Ley N° 30230, normas que establecen el plazo legal máximo para resolver un Recurso de Reclamación y de Apelación, respectivamente; con la finalidad de que se les aplique la regla de la no exigibilidad de intereses moratorios, alegando la vulneración del Derecho al Plazo Razonable. Sin embargo, no existe un panorama claro para determinar la imputabilidad del retraso y las situaciones en las cuales el cobro de intereses moratorios vulnera principios y derechos constitucionales, como el Principio de No Confiscatoriedad o el Derecho a un plazo razonable, puesto que el Tribunal Constitucional no establecido un precedente vinculante. Por lo tanto, el presente trabajo tiene como objeto de estudio del cobro de intereses moratorios en el ámbito de un procedimiento administrativo tributario, a la vista de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y, específicamente de la Sentencia N° 04082-2012-PA/TC, el cual buscará discutir y analizar constitucionalmente los aspectos más relevantes del cobro de intereses moratorios y su concordancia con un Estado Constitucional de Derecho. / At present, taxpayers in Peru have resorted to the Proceso de Amparo in order to achieve the non-application of article 33º of the Tax Code, before the entry intro effect of Legislative Decree Nº 981 and Law Nº 30230, both of which establish the maximum legal deadline to resolve a Claim and Appeal, respectively; with the purpose of obtaining the application of the Rule of non-enforceability of default interests, alleging the violation of the right to a reasonable term. However, there is no clear picture to determine the imputability of the delay and the situations where charging default interests violates constitutional principles and rights, such as the principle of non-confiscation and the right to a reasonable term, given the fact that the Constitutional Court has not set a binding precedent. Therefore, this report aims to study the collection of default interests within an administrative and tax procedure, taking into account the jurisprudence of the Constitutional Court and, specifically, of Constitutional Decision Nº 04082-2012-PA/TC, which will seek to discuss and analyze the most relevant aspects of the collection of late payment interests in accordance with a Constitutional State of Law
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La Consulta a la Corte Suprema en procesos de amparo contra norma: ¿una figura desfasada?

Niño de Guzmán Velasquez, Samantha Sofía 22 May 2024 (has links)
Este artículo tiene como finalidad, ingresar en un tema poco debatido, como es el de la Consulta a la Corte Suprema frente a la inaplicación de normas en el proceso de amparo. Es curioso que hasta la fecha no existan mayores artículos que analicen este tema tan polémico, que ha pasado desapercibido durante muchos años. Mi finalidad es poner sobre la mesa el debate de la necesidad de la regulación de la consulta en una etapa constitucional, evaluar cómo es que la consulta vulnera principios constitucionales y la naturaleza misma del proceso de amparo y cuestionarnos si es que dicha regulación debe extinguirse o mantenerse. En este artículo advertiremos que no todo es blanco y negro, y que, a pesar de las manifiestas inconsistencias que puedan generarse en base a la consulta y a las vulneraciones que esta pueda generar, si resulta necesario mantenerla para salvaguardar principios angulares del Derecho, como son la predictibilidad y seguridad jurídica. Sin embargo, mantener la consulta sugiere importantes modificaciones sobre su regulación, respecto a las cuales ahondaré en este trabajo. / The purpose of this article is to enter into a little debated topic, such as the Consultation to the Supreme Court regarding the non-application of norms in the amparo process. It is curious that to date there are no major articles that analyze this controversial issue, which has gone unnoticed for many years. My purpose is to put on the table the debate on the need for the regulation of consultation at a constitutional stage, to evaluate how consultation violates constitutional principles and the very nature of the amparo process, and to question whether such regulation should be extinguished or maintained. In this article we will note that not everything is black and white, and that, despite the obvious inconsistencies that may be generated on the basis of the consultation and the violations that it may generate, it is necessary to maintain it in order to safeguard key principles of law, such as predictability and legal certainty. However, maintaining the consultation suggests important modifications to its regulation, which I will discuss in more detail in this paper. / Trabajo académico

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