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¿La inscripción constitutiva de las uniones de hecho en el Registro Personal otorgaría una mayor cautela a los derechos patrimoniales y personales de los concubinos? Análisis jurisprudencialVasquez Tineo, Andrea Antoanne 23 March 2022 (has links)
El presente Trabajo Académico analiza a la Unión de Hecho y los problemas que conlleva su inscripción declarativa en el Registro Personal, pues muchas veces lo que sucede en la realidad fáctica no se refleja en la realidad registral. Por todo ello y en busca de proteger tanto los derechos de los concubinos como los de los terceros contratantes desarrollo mi propuesta legislativa que considero otorgará coherencia a nuestro ordenamiento jurídico: la inscripción constitutiva de la Unión de Hecho en el Registro Personal. La regulación de la Unión de Hecho ha ido complementándose progresivamente, por lo que considero que el legislador debe prestar atención a esta situación ya que una finalidad del Estado es otorgar seguridad al tráfico jurídico
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La inscripción en el registro de predios del contrato de compromiso de contratar : Es viable en el ordenamiento jurídico peruano?Zuluaga Guerra, Marco 31 July 2022 (has links)
En el presente trabajo pretendo absolver brevemente algunas interrogantes sobre la
viabilidad de inscripción registral del contrato típico de compromiso de contratar, ¿El
compromiso de contratar es un acto inscribible en el Registro de Predios?, ¿El
compromiso de contratar debe ser un acto inscribible?, esa negativa sesgada por parte del
Registrador Publico y Tribunal Registral, con el argumento de que no constituye un acto
inscribible. En la actualidad no permiten acceder a registros para su anotación preventiva
en el registro de predios, con la finalidad de brindar seguridad jurídica y dar publicidad
con efecto erga omnes de las restricciones que se constituyen sobre inmueble
determinado. / In this research work I pretend to solve some questions about the viability of registry
inscription of commitment to hire contract. Could the commitment to hire contract be
registered in Land Registry? Should the commitment to hire be a registrable act? This
negative of public registrar and Registry Court with argument of commitment to hire
contract is not a registrable act. Currently we don’t have access to do a preventive
annotation in the Land Registry about this commitment to hire with the finally to offer
legal security to people and make public the contract. This with the effect of erga omnes of
restrictions that be part of the property.
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Los márgenes de la discrecionalidad registral en la calificación de títulos frente a la predictibilidad de los actos registralesRios Guzman, Erika Milagros 23 March 2022 (has links)
La calificación registral es la columna vertebral del procedimiento registral cuya regla principal se encuentra contenida en el artículo 2011 de nuestro Código Civil, el cual señala, entre otros puntos, que “en el acto de la calificación registral, el registrador y el Tribunal Registral propician y facilitan las inscripciones de los títulos ingresados al Registro” (subrayado nuestro), sin embargo, la realidad nos muestra que no hay uniformidad en el enfoque que tienen los registradores en el momento de realizar la
calificación de los títulos, lo cual se reduce a una problemática de previsibilidad en los administrados, pues vulnera el Principio de Predictibilidad, aprobado en la central registral (Resolución N° 234-2015-SUNARP/SN que aprueba la Directiva N° 07-2015-SUNARP/SN) al haberse advertido la incidencia de diversos enfoques discordantes de la parte registral, por lo tanto no se cumple con propiciar ni facilitar las inscripciones registrales. La mencionada Directiva N° 07-2015-SUNARP/SN tuvo como objetivo fijar
un aspecto normativo que permita la integración de enfoques de los registradores públicos, con el fin de coadyuvar y facilitar las inscripciones como lo señala el artículo 31º del T.U.O del Reglamento General de los Registros Públicos, no obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º los registradores públicos tienen autonomía propia para realizar sus funciones en cuanto a los aspectos de calificar registralmente, y dentro de esa autonomía, en la que deben realizar una calificación integral, ésta es aplicada sobre la base de la interpretación, la cual muchas veces resulta deficiente o inexacta dando
origen a observaciones que motivan que los administrados i) intenten subsanar la observación invocando resoluciones emitidas por el Tribunal Registral, que como bien sabemos no constituyen precedentes de observancia obligatoria; ii) interpongan recurso de apelación ante el Tribunal Registral (segunda instancia); o iii) soliciten el desistimiento total del título para volver a ingresarlo buscando que éste sea calificado por otro registrador que pudiera tener un “mejor criterio”, lo que, muchas veces deviene en el
resultado esperado por el administrado
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Mejor derecho de propiedad en los casos de duplicidad de partidasGutierrez Gozzer, Ana Lucía 15 February 2022 (has links)
En el presente trabajo de investigación, se tiene como objetivo determinar el rol del mejor
derecho de propiedad en los casos de duplicidad de partidas.
Para esto, en primer lugar, se analizará Sentencia de Casación N°9706-2017-Lima-Sur,
en dónde la Corte Suprema se analizó un caso de duplicidad de partidas, en el que ambas
partes afirmaban tener la titularidad de la propiedad del inmueble y era necesario
determinar cuál de los dos títulos se debía preferir sobre el otro.
De esta manera, para realizar dicho análisis, primero se revisará los antecedentes del caso,
así como el análisis que realizó originalmente la Corte Suprema. A partir de dicha
revisión, se procederá a analizar la duplicidad de partidas, el por qué se considera una
patología del registro, y por qué no son aplicables los derechos registrales en estos casos.
Por último, se analizará el mejor derecho de propiedad y el criterio que se debe emplear
ante los casos en que se haya generado un conflicto de derechos debido a la existencia de
la duplicidad de partidas. / In this research work, the objective is to determine the role of the best property rights in
cases of duplication of items.
For this, in the first place, the judgment of Cassation N ° 9706-2017-Lima-Sur will be
analyzed, where the Supreme Court analyzed a case of duplication of items, in which both
parties claimed to have ownership of the property of the property and it was necessary to
determine which of the two titles should be preferred over the other.
In this way, to carry out said analysis, the background of the case will first be reviewed,
as well as the analysis originally carried out by the Supreme Court. From this review, we
will proceed to analyze the duplication of items, why it is considered a registration
pathology, and why registration rights are not applicable in these cases.
Finally, the best property rights and the criteria to be used in cases where a conflict of
rights has been generated due to the existence of duplication of items will be analyzed.
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Informe sobre Casación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia, N° 4419-2009Drugas Arellano, Katherine Kristi 05 October 2021 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre el análisis de la sentencia emitida por la Sala
Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia (la Sentencia), respecto del recurso de
casación N° 4419-2009. Dicho recurso de casación se interpuesto por la Superintendencia
de Bienes Nacionales (SBN), en el marco del proceso de nulidad de acto jurídico seguido
por dicha entidad contra varios particulares y Puerta de Tierra S.A. (PDT S.A.), debido a
que dichos particulares inscribieron su derecho de propiedad, respecto de un bien estatal
de dominio público, en virtud de documentos públicos falsificados. El objetivo del
informe es determinar si el principio de Fe Pública Registral ampara el derecho de
propiedad de PDT S.A., pese a los vicios existentes en el origen de las transferencias; en
ese sentido, el informe busca analizar la validez de la transferencia a favor de PDT S.A.
La presente investigación resulta útil, a efectos de entender el alcance del principio de Fe
Pública Registral en el tráfico de bienes inmuebles, a partir de la naturaleza, función y las
condiciones que deben darse para que se aplique el mencionado principio. El informe
jurídico tiene como hipótesis que el principio de Fe Pública Registral no debe aplicarse
de manera literal, sino que debe ser aplicado, tomando en consideración su aspecto
objetivo y su función de garantizar la seguridad jurídica. Por último, la conclusión del
informe jurídico confirma la hipótesis planteada para la investigación: existen supuestos,
como el presente caso, en los que el principio de Fe Pública Registral debe ser inaplicable
por ser inválida la adquisición a non domino del tercero adquirente sobre un bien de
dominio público, debido a la ausencia de manifestación de voluntad del verdadero
propietario e imposibilidad jurídica.
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La calificación registral frente a los actos jurídicos consigo mismoVillavicencio Rodríguez, María Alejandra 01 June 2020 (has links)
La calificación registral es uno de los hitos del procedimiento registral. En este, de acuerdo al artículo 2011° del Código Civil, el Registrador debe verificar: (i) la capacidad, formalidad y validez del título (principio de legalidad); y, (ii) compatibilidad del título con los previamente presentados y/o inscritos o anotados. En el presente artículo desarrollaremos la calificación registral desde el análisis de validez que realiza el Registrador frente a los actos jurídicos consigo mismo. El tema en cuestión resulta ser en la actualidad controversial, en la medida de que estos actos jurídicos son considerados como anulables de acuerdo al Artículo 166º del Código Civil. En dicho sentido, se abre la discusión de si al ser actos jurídicos anulables, los Registradores deberían o no de observarlos por defecto subsanable, solicitando la confirmación del acto jurídico para su inscripción. Por este motivo, en el presente artículo pretendemos exponer los argumentos a favor y en contra de la inscripción, observación por defecto subsanable e incluso tacha de los títulos. Finalmente, concluimos que nos encontramos a favor de la observación por defecto subsanable de estos actos jurídicos; dado que, si se permitiera su inscripción, esto podría generar un efecto perverso, por los efectos jurídicos que caracteriza a los Registros Públicos.
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¿A quién deberíamos proteger cuándo se produce el traslado automático de gravámenes a las partidas resultantes de la división y partición, al acreedor o a los ex copropietarios?Gonzalo Uribe, Almendra Lizeth 04 June 2020 (has links)
El presente artículo desarrolla un análisis del segundo precedente de observancia
obligatoria contenido en el Pleno XVII publicado el día 23 de mayo del año 2006. Por
un lado, en el primer capítulo de la investigación describimos y analizamos la
copropiedad como derecho real; en ese sentido, realizamos la distinción con otras
especies que integran el género comunidad, esto debido a que la copropiedad es una
especie dentro del género (la comunidad se caracteriza porque existen dos o más
sujetos con titularidad compartida). Asimismo, analizamos que la naturaleza jurídica de la copropiedad proviene de la comunidad romana y a su vez se detallaron las
características principales de la copropiedad, como también los derechos que adquieren los copropietarios una vez iniciado el régimen de copropiedad (uso del bien común, disfrute, disposición, reivindicación y retracto). Por otro lado, el segundo capítulo se centró en el análisis de los fundamentos que utiliza el Tribunal Registral para crear el mencionado precedente de observancia obligatoria, asimismo también se analizan las resoluciones N° 133-2002-SUNARP-TR-L y la N°262-2006-SUNARP-TR-L, dichas resoluciones contienen criterios que sumaron para que el Tribunal decidiera por el mencionado precedente. Posteriormente, se realiza la diferenciación entre carga y gravamen, ello debido a que el precedente solo hace mención a gravámenes y no cargas.
Finalmente también resulta importante conocer que este precedente genera
desprotección a los ex copropietarios que no gravaron su cuota ideal, frente a la
protección que sí se otorga a los acreedores del copropietario que gravó su cuota ideal con anterioridad a la división y partición
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¿Aires sobre aires creados por el Tribunal Registral?Clemente Inga, Brenda Camila 13 March 2023 (has links)
El presente trabajo es una continuación del trabajo académico anterior de la autora
llamado “Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, Pleno Registral
CCXLIII en abril del 2021, en donde el Tribunal Registral determina que es procedente
la independización de aires sobre aires siempre que se haya cumplido con asignar
porcentajes de participación para las secciones exclusivas futuras, así como que se
presente un plano de las áreas resultantes especificando su altura.
En ese sentido, se inicia analizando si es que el Tribunal Registral cuenta con las
competencias necesarias para poder crear una nueva institución jurídica, para
posteriormente realizar un análisis respecto a la naturaleza de esta nueva institución
jurídica de aires sobre aires y así poder determinar finalmente si nuestro sistema jurídico
se encuentra preparado para introducir la referida figura jurídica teniendo en cuenta que
su sola creación no solo implica la vulneración a normas que se encuentran vigentes en
la actualidad en el ámbito urbanístico sino que también involucra una vulneración a
principios registrales teniendo como consecuencia generar un debilitamiento en el sistema
registral peruano que ha venido avanzando con los años. / The present paper is a continuation of the author’s previous academic paper called
“Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, being that the current paper
focuses on analyzing both the legal and practical implications of the agreement adopted
in the reached by the Pleno Registral CCXLIII in April 2021, where the Tribunal has been
said that the independence of air above air is possible as long as the participation
percentage has been assigned for future exclusive sections, as well as the plan of the areas
and their height has been presented.
In this line, it begins by analyzing whether the Tribunal has the powers to create a new
legal figure, to subsequently regarding the nature of this legal institution and thus finally
be able to determine if our legal system is prepared to introduce new legal figures taking
into account that its mere creation implies the violation of current regulations in the urban
area and a violation of principles that regulate our registration system, resulting in a
weakening of our system that has advanced during all these years.
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Informe Jurídico sobre la Resolución Nº388-2005- SUNARP-TR-LGarcía Silva, Angela Daniela 01 August 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza los límites y alcances que puede tener
un registrador público al momento ejercer su función calificadora de documentos
conformados por partes notariales de testamento y ampliación de testamento.
Ello debido a que en la Resolución Nº388-2005-SUNARP-TR-L, en primera
instancia, el registrador observó el parte notarial de la solicitud de inscripción de
testamento y su ampliación, pues se había preterido a los herederos forzosos,
siendo este una causal de anulabilidad establecido en el artículo 806 del Código
Civil en concordancia con el artículo 221 inciso 4 del mismo cuerpo normativo.
Sin embargo, a raíz de ello, la discusión versa en que si es o no posible que un
registrador califique la validez del contenido de un documento notarial
testamentario. Para ello, se estableció, en el primer capítulo, un marco teórico
que tiene por finalidad definir los aspectos más relevantes del caso; y en los
siguientes capítulos se realizó el análisis de los problemas jurídicos, donde
finalmente se determinó que no es posible que un registrador público pueda
calificar la validez de documentos notariales por escritura pública, debido a que
los únicos que pueden cuestionar la validez del contenido del parte notarial son
los herederos forzosos preteridos / In this legal report, the limits and scope of a public registrar may
have when exercising their qualifying function of documents consisting of notarial
parts of a will and its amendment are analyzed. This is due to the fact that in
Resolution Nº 388-2005-SUNARP-TR-L, initially, the registrar objected to the
notarial part of the application for the registration of the will and its amendment,
as it had omitted the forced heirs, which is a cause for annulment established in
in article 806 of the Civil Code In conjunction with article 221, section 4, of the
same legal norm. However, as a result of this, the discussion revolves around
whether it is possible for registrar to assess the validity of the content of
testamentary notarial document. To explain that, the first chapter provides a
theoretical framework aimed at defining the most relevant aspects of the case.
The following then analyzed the legal issues. Finally, it was concluded that is not
possible for a public registrar to assess the validity of notarial documents by
public deed since only the omitted forced heirs have the right to question the
validity of the content of the notarial part
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El supuesto remedio de la Ley 30313 y otras supuestas herramientas en el registroCocchella Diez, Raffaella 09 May 2017 (has links)
Como es de conocimiento público, con fecha 25 de marzo del 2015 se publicó en el diario oficial el peruano la ley No 30313 - Ley de Oposición al Procedimiento de inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículo 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, dicha norma, como su nombre bien lo indica.
Dicha ley ha abierto un debate de orden académico y práctico entre diversos expertos en materia registral así como diversos cultores del derecho civil. Existiendo posturas bastante críticas que tildan de incoherente a la precitada ley. Mientras que otros consideran que se ha efectuado un correcto desarrollo de la técnica legislativa. En el presente escrito no se desarrollarán todos los ámbitos regulados en esta ley sino que nos concentraremos exclusivamente en el impacto que la misma ha tenido en el Código Civil. Por otro lado se analizarán brevemente otras herramientas que han surgido como la alerta registral, la inmovilización temporal de partidas, asi como la base centralizada de datos notariales.
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