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La calificación registral frente a los actos jurídicos consigo mismoVillavicencio Rodríguez, María Alejandra 01 June 2020 (has links)
La calificación registral es uno de los hitos del procedimiento registral. En este, de acuerdo al artículo 2011° del Código Civil, el Registrador debe verificar: (i) la capacidad, formalidad y validez del título (principio de legalidad); y, (ii) compatibilidad del título con los previamente presentados y/o inscritos o anotados. En el presente artículo desarrollaremos la calificación registral desde el análisis de validez que realiza el Registrador frente a los actos jurídicos consigo mismo. El tema en cuestión resulta ser en la actualidad controversial, en la medida de que estos actos jurídicos son considerados como anulables de acuerdo al Artículo 166º del Código Civil. En dicho sentido, se abre la discusión de si al ser actos jurídicos anulables, los Registradores deberían o no de observarlos por defecto subsanable, solicitando la confirmación del acto jurídico para su inscripción. Por este motivo, en el presente artículo pretendemos exponer los argumentos a favor y en contra de la inscripción, observación por defecto subsanable e incluso tacha de los títulos. Finalmente, concluimos que nos encontramos a favor de la observación por defecto subsanable de estos actos jurídicos; dado que, si se permitiera su inscripción, esto podría generar un efecto perverso, por los efectos jurídicos que caracteriza a los Registros Públicos.
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¿A quién deberíamos proteger cuándo se produce el traslado automático de gravámenes a las partidas resultantes de la división y partición, al acreedor o a los ex copropietarios?Gonzalo Uribe, Almendra Lizeth 04 June 2020 (has links)
El presente artículo desarrolla un análisis del segundo precedente de observancia
obligatoria contenido en el Pleno XVII publicado el día 23 de mayo del año 2006. Por
un lado, en el primer capítulo de la investigación describimos y analizamos la
copropiedad como derecho real; en ese sentido, realizamos la distinción con otras
especies que integran el género comunidad, esto debido a que la copropiedad es una
especie dentro del género (la comunidad se caracteriza porque existen dos o más
sujetos con titularidad compartida). Asimismo, analizamos que la naturaleza jurídica de la copropiedad proviene de la comunidad romana y a su vez se detallaron las
características principales de la copropiedad, como también los derechos que adquieren los copropietarios una vez iniciado el régimen de copropiedad (uso del bien común, disfrute, disposición, reivindicación y retracto). Por otro lado, el segundo capítulo se centró en el análisis de los fundamentos que utiliza el Tribunal Registral para crear el mencionado precedente de observancia obligatoria, asimismo también se analizan las resoluciones N° 133-2002-SUNARP-TR-L y la N°262-2006-SUNARP-TR-L, dichas resoluciones contienen criterios que sumaron para que el Tribunal decidiera por el mencionado precedente. Posteriormente, se realiza la diferenciación entre carga y gravamen, ello debido a que el precedente solo hace mención a gravámenes y no cargas.
Finalmente también resulta importante conocer que este precedente genera
desprotección a los ex copropietarios que no gravaron su cuota ideal, frente a la
protección que sí se otorga a los acreedores del copropietario que gravó su cuota ideal con anterioridad a la división y partición
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¿Aires sobre aires creados por el Tribunal Registral?Clemente Inga, Brenda Camila 13 March 2023 (has links)
El presente trabajo es una continuación del trabajo académico anterior de la autora
llamado “Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, Pleno Registral
CCXLIII en abril del 2021, en donde el Tribunal Registral determina que es procedente
la independización de aires sobre aires siempre que se haya cumplido con asignar
porcentajes de participación para las secciones exclusivas futuras, así como que se
presente un plano de las áreas resultantes especificando su altura.
En ese sentido, se inicia analizando si es que el Tribunal Registral cuenta con las
competencias necesarias para poder crear una nueva institución jurídica, para
posteriormente realizar un análisis respecto a la naturaleza de esta nueva institución
jurídica de aires sobre aires y así poder determinar finalmente si nuestro sistema jurídico
se encuentra preparado para introducir la referida figura jurídica teniendo en cuenta que
su sola creación no solo implica la vulneración a normas que se encuentran vigentes en
la actualidad en el ámbito urbanístico sino que también involucra una vulneración a
principios registrales teniendo como consecuencia generar un debilitamiento en el sistema
registral peruano que ha venido avanzando con los años. / The present paper is a continuation of the author’s previous academic paper called
“Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, being that the current paper
focuses on analyzing both the legal and practical implications of the agreement adopted
in the reached by the Pleno Registral CCXLIII in April 2021, where the Tribunal has been
said that the independence of air above air is possible as long as the participation
percentage has been assigned for future exclusive sections, as well as the plan of the areas
and their height has been presented.
In this line, it begins by analyzing whether the Tribunal has the powers to create a new
legal figure, to subsequently regarding the nature of this legal institution and thus finally
be able to determine if our legal system is prepared to introduce new legal figures taking
into account that its mere creation implies the violation of current regulations in the urban
area and a violation of principles that regulate our registration system, resulting in a
weakening of our system that has advanced during all these years.
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Informe Jurídico sobre Resolución Nº 080-2012-SUNARP-TR-LReyes Quispe, Gianela Del Pilar 16 August 2021 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la Resolución Nº 080-2012-SUNARP-TR-L, que versa sobre la solicitud de inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble de una compraventa, hipoteca, independización y modificación de matriz que otorgan la Comunidad Campesina de Chilca en favor de Arturo Reynaldo JL García Ortigas, para lo cual se presenta la documentación correspondiente a ser calificada. Es así que, al adolecer el título de distintos defectos subsanables, es observado en sucesivas esquelas de observación por la Registradora Pública Isabel Bautista Ibañez, hasta que finalmente el
usuario interpone recurso de apelación al Tribunal Registral.
Llegada a la segunda instancia, el análisis en el cual se enmarca el Tribunal Registral, no llega a ser sobre el fondo de la calificación del título, sino que al advertirse presentado anteriormente el mismo acto rogado, bajo la misma documentación y por el mismo presentante, sobre el cual incluso se habían pronunciado en la Resolución Nº 461-2009-SUNARP-TR-L (contra la que se inició un procedimiento contencioso administrativo), deciden dejar sin efecto el pronunciamiento emitido por la registradora y disponer que esta oficie al Poder Judicial para verificar la coincidencia con la materia rogada a efectos
de proceder con la inhibición; no haciendo así ningún pronunciamiento de fondo sobre el título en trámite.
A partir de lo planteado, el presente informe jurídico versará sobre el estudio la figura de la inhibitoria administrativa a partir de la Resolución mencionada líneas arriba. Tomando en cuenta cuáles son los supuestos bajo los cuales se puede configura la inhibición en el marco del procedimiento de calificación registral, si el ordenamiento jurídico registral regula inhibición y qué rol juega el Registrador y el Tribunal Registral frente a una inhibitoria. Todo ello con la finalidad de poder determinar si en el presente caso hubo efectivamente una correcta aplicación de la figura en cuestión
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 1111-2020-TR-L del Tribunal Registral Saneamiento físico legal de bienes estatales antes y después de la vigencia del Decreto Supremo 130-2001-EF y sus modificatorias. Análisis de las competencias y atribuciones de PRONABIPerez Reategui, Claudia Mercedes 19 August 2021 (has links)
En el presente caso, se solicitó a la anotación preventiva de ampliación de declaratoria de
fábrica y de afectación en uso de un inmueble estatal en el Registro de Predios de Lima,
al amparo del ahora derogado Decreto Supremo 130–2001–EF, a favor de la Comisaría
de Cieneguilla B, administrada por el Ministerio del Interior – Policía Nacional del Perú.
Sin embargo, en la partida del referido inmueble se encontraba inscrito el decomiso
definitivo, en virtud de una resolución judicial, a favor del Estado; asimismo, el siguiente
asiento de dominio aclara que es el Estado peruano, representado por el Programa
Nacional de Bienes Incautados – PRONABI (antes Comisión Nacional de Bienes
Incautados - CONABI) el titular del inmueble en cuestión.
La Registradora observa el título, al advertir la discrepancia ente la entidad que inicia el
saneamiento (Comisaría de Cieneguilla B – Ministerio del Interior – Policía Nacional del
Perú) y la entidad titular del inmueble (PRONABI). La esquela de observación detalla
que son aplicables el Decreto Legislativo 1104, el Decreto Supremo 011-2017-JUS
modificado por el Decreto Legislativo 1373 y la Directiva 01-2014-SUNARP/SN, pues
son las que regulan las actuaciones de PRONABI en cuanto a bienes incautados; además,
argumenta que estaríamos vulnerando el principio de prioridad excluyente en tanto el
presente título -así sea de fecha anterior- sería incompatible con el dominio ya inscrito.
Ante la negativa de anotación, el Tribunal Registral califica el título en vía de apelación,
en donde revoca las observaciones de la Registradora, por cuanto los actos rogados
encuentran sustento en el Decreto Supremo 130-2001-EF, dispositivo legal que permite
a cualquier entidad pública realizar las acciones de saneamiento para lograr que en el
Registro Público figure inscrita la realidad jurídica actual de los inmuebles de las
entidades públicas; además, se argumenta que las normas invocadas en primera instancia
con respecto a PRONABI no son aplicables porque el Decreto Supremo 130-2001-EF es
una norma especial y la que regula específicamente el procedimiento de saneamiento
físico legal del inmobiliario estatal.
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Informe Jurídico sobre la Resolución Nº388-2005- SUNARP-TR-LGarcía Silva, Angela Daniela 01 August 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza los límites y alcances que puede tener
un registrador público al momento ejercer su función calificadora de documentos
conformados por partes notariales de testamento y ampliación de testamento.
Ello debido a que en la Resolución Nº388-2005-SUNARP-TR-L, en primera
instancia, el registrador observó el parte notarial de la solicitud de inscripción de
testamento y su ampliación, pues se había preterido a los herederos forzosos,
siendo este una causal de anulabilidad establecido en el artículo 806 del Código
Civil en concordancia con el artículo 221 inciso 4 del mismo cuerpo normativo.
Sin embargo, a raíz de ello, la discusión versa en que si es o no posible que un
registrador califique la validez del contenido de un documento notarial
testamentario. Para ello, se estableció, en el primer capítulo, un marco teórico
que tiene por finalidad definir los aspectos más relevantes del caso; y en los
siguientes capítulos se realizó el análisis de los problemas jurídicos, donde
finalmente se determinó que no es posible que un registrador público pueda
calificar la validez de documentos notariales por escritura pública, debido a que
los únicos que pueden cuestionar la validez del contenido del parte notarial son
los herederos forzosos preteridos / In this legal report, the limits and scope of a public registrar may
have when exercising their qualifying function of documents consisting of notarial
parts of a will and its amendment are analyzed. This is due to the fact that in
Resolution Nº 388-2005-SUNARP-TR-L, initially, the registrar objected to the
notarial part of the application for the registration of the will and its amendment,
as it had omitted the forced heirs, which is a cause for annulment established in
in article 806 of the Civil Code In conjunction with article 221, section 4, of the
same legal norm. However, as a result of this, the discussion revolves around
whether it is possible for registrar to assess the validity of the content of
testamentary notarial document. To explain that, the first chapter provides a
theoretical framework aimed at defining the most relevant aspects of the case.
The following then analyzed the legal issues. Finally, it was concluded that is not
possible for a public registrar to assess the validity of notarial documents by
public deed since only the omitted forced heirs have the right to question the
validity of the content of the notarial part
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional 00018-2015-AILema Garay, Javier Enrique 16 August 2021 (has links)
La Sentencia del Tribunal Constitucional materia del presente informe jurídico es emitida a raíz de la demanda de inconstitucionalidad planteada por cinco mil ciudadanos, contra los artículos 5° de la Ley N° 30313, Ley de oposición al procedimiento de inscripción registral en trámite y cancelación del asiento registral por suplantación de identidad o falsificación de documentación y modificatoria de los artículos 2013° y 2014° del Código Civil y de los artículos 4° y 55° y la quinta y sexta disposiciones complementarias transitorias y finales del decreto legislativo 1049. No obstante la parte accionante
argumenta que las consecuencias de dicha norma afectarían, principalmente el derecho constitucional a la propiedad de aquellos propietarios originarios víctimas de suplantación de identidad o falsificación de documentos a fin de ser despojados de sus bienes por mafias inmobiliarias en favor de terceros de buena fe, el Tribunal Constitucional declara infundada la demanda basando su argumentación en la preminencia de la seguridad jurídica, por sobre el contenido privado o civil de la propiedad, el cual debe subyugarse
a su contenido constitucional, en favor de los intereses públicos. A pesar de ello, el Tribunal, excediendo sus facultades interpretativas, desarrolla nuevos requisitos a fin de que sean amparados los derechos de propiedad tanto del propietario víctima de un fraude por falsificación documentaria o suplantación de su identidad, como del propio tercero, por sobre las ya establecidas en el ordenamiento jurídico. En base a estos hechos, este informe concluye que la Sentencia materia de análisis ha fallado correctamente al declarar infundada la demanda incoada, pese a ello, los fundamentos que la sostienen carecen del
adecuado método de interpretación, al excederse en cuanto a los efectos que tienen las nuevos requisitos para acceder o destruir la fe pública registral, en perjuicio de la propia seguridad jurídica que su fallo desestimatorio dice defender
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¿Qué sucede luego de qué un acto jurídico nulo, anulable o ineficaz ingresa al Registro de Predios?: La transferencia de bien inmuebleToralva Valverde, Angie 05 April 2022 (has links)
El presente trabajo cuestiona y analiza los Precedentes de Observancia Obligatoria, Resoluciones emitidas por el Tribunal Registral y jurisprudencia relativa a los actos de transferencia de bien inmueble declarados nulos, anulables o ineficaces y su relación con el Registro de Predios. Es importante comentar sobre ellos, debido a que, tienen alcance en los derechos y actos inscritos
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La falta de regulación del reglamento interno y su modificación en cuanto al porcentaje de participación en áreas comunesCarrasco Huamani, Luis Alfredo 23 March 2022 (has links)
El presente trabajo titulado falta de regulación del reglamento interno y su modificación en
cuanto al porcentaje de participación se ha tratado en dos capítulos, el primero está referido
a un análisis comparativo entre la Junta de propietarios y la asociación; así como la naturaleza
jurídica de ambas organizaciones, reglamento interno y estatuto.
En el segundo capítulo trata fundamentalmente del análisis de la modificación del reglamento
interno de junta de propietarios y dentro de ello, porcentaje de participación en bienes
comunes de los propietarios en secciones exclusivas.
El presente trabajo de investigación tiene como finalidad analizar los efectos de la falta de
regulación respecto al Reglamento Interno de Junta de propietarios y su modificación, esto
en cuanto se ha considerado que pueden producirse determinados problemas a raíz de las
deficiencias presentes en la legislación de la materia, entiéndase la Ley N° 27157 y su
Reglamento, Decreto Supremo N° 035-2006-VIVIENDA, lo cual termina produciendo algún
tipo de perjuicio a la junta de propietarios .
En base a esto es que se busca proponer algunas medidas que de alguna manera permitan una
regulación más eficiente y por ende, una mejor aplicación en beneficio de los propietarios
que conforman la junta de propietarios, que justamente al no ser una persona jurídica, require
un tratamiento especial por parte del ordenamiento jurídico. / The present work entitled lack of regulation of the internal regulations and its modification
regarding the percentage of participation has been dealt with in two chapters, the first one
refers to a comparative analysis between the Board of owners and the association; as well as
the legal nature of both organizations, internal regulations and statutes.
The second chapter deals mainly with the analysis of the modification of the internal
regulations of the owners' meeting and within this, the percentage of participation in common
property of the owners in exclusive sections.
The purpose of this research work is to analyze the effects of the lack of regulation regarding
the Internal Regulations of the Board of Owners and their modification, this inasmuch as it
has been considered that certain problems may arise as a result of the deficiencies present in
the legislation of the matter, understand Law No. 27157 and its Regulations, Supreme Decree
No. 035-2006-HOUSING, which ends up producing some type of damage to the owners'
meeting.
Based on this is that it seeks to propose some measures that in some way allow a more
efficient regulation and therefore, a better application for the benefit of the owners who make
up the owners' meeting, which precisely because they are not a legal person, require a special
treatment by the legal system.
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La resolución por intimación: ¿acto inscribible en el registro de predios?López Franco, Renzo André 12 June 2020 (has links)
La resolución por intimación es una institución jurídica regulada en el Código Civil, y por su naturaleza, es acto inscribible en los Registros Públicos. Sin embargo, el ingreso de esta institución resulta ser problemático, al punto de que ha llegado a generar una intensa discusión en la doctrina nacional. En el reglamento de inscripciones del registro de predios, no está contemplada la regulación para el ingreso al registro del acto citado, sin embargo, en el reglamento de inscripciones de derechos mineros, si esta regulado, aunque de manera defectuosa. Desde nuestro punto de vista, la resolución por intimación debe inscribirse, no obstante, la regulación actual no nos parece la más adecuada, puesto que genera incertidumbre respecto al objeto de resolución. En ese sentido, es objetivo del presente trabajo académico realizar un análisis de la institución jurídica -resolución por intimación-, teniendo en cuenta sus aristas normativas y doctrinarias. Para después establecer alguna propuesta para su regulación más eficiente, atendiendo a la naturaleza de la citada institución. Llegando a la conclusión, finalmente, de que la figura de anotación preventiva puede servirnos para el acceso de la institución jurídica objeto del presente artículo en los registros púbicos, de una manera adecuada que favorezca a la exactitud registral
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