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Informe de experiencia profesional en el área de regulación y competencia en los mercadosMendoza Colán, Rafael Marcelo 25 September 2021 (has links)
El presente informe tiene el objetivo de describir los logros de aprendizaje
alcanzados en las competencias profesionales desempeñadas desde mi egreso.
Sobre el particular, mi experiencia profesional se ha centrado en tópicos que se
encuentran dentro del campo de la organización industrial, particularmente, en el área
de la regulación y competencia en los mercados. En la actualidad, cuento con más de
dos años y medio de experiencia profesional en instituciones públicas, donde he
asumido distintas posiciones en las que tenía como función recopilar, revisar y analizar
información estadística y económica. Asimismo, tenía la labor de elaborar informes
económicos, boletines estadísticos, elaboración de proyectos de resoluciones y
estudios de mercado que tengan como finalidad el fortalecimiento y la promoción de
las actividades de evaluación, fiscalización y supervisión en distintos mercados. Estas
funciones, me han permitido contribuir en la regulación del comportamiento de los
agentes económicos que pueda vulnerar o poner en peligro el bienestar de la
sociedad. Finalmente, las principales herramientas analíticas utilizadas versan sobre
la ley de oferta y demanda, específicamente, las ventas para poder conocer las cuotas
de mercado, los índices de concentración de mercado, los precios que permiten
dimensionar la accesibilidad y asequibilidad de un bien y, por último, los componentes
asociados a la imposición de multas óptimas bajo el cual se sancionan a los agentes
que cometen una infracción administrativa.
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Modelo chileno de tratados sobre inversiónArrese Ortiz, Daniela January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En mayo de 2004, un tribunal arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Disputas Relativas a Inversiones (CIADI) condenó al Estado de Chile al pago de casi 6 millones de dólares más intereses, por haber violado el estándar de trato justo y equitativo dispuesto en el Acuerdo para la Promoción y Protección de las Inversiones (APPI) celebrado entre Chile y Malasia. Dicho tribunal sostuvo que Chile había frustrado las expectativas del inversionista al aprobar una inversión que luego no podría concretarse en conformidad a la regulación urbana interna. En mayo de 2008, otro tribunal CIADI condenó a Chile al pago de un poco más de 10 millones de dólares más intereses por haber incumplido, nuevamente, la obligación asumida en el APPI Chile-España de tratar a los inversionistas de forma justa y equitativa. Este último caso se relacionaba con la expropiación, llevada a cabo durante el régimen militar, de una empresa periodística que en esos años estaba a cargo de la circulación de un famoso diario de tendencia contraria a la dictadura (El Clarín). En este caso, el tribunal arbitral se declaró competente para conocer de dichos hechos, a pesar de que el APPI Chile-España había entrado en vigencia en el año 1994. Casi un año antes de esta última decisión, un tercer tribunal CIADI había decidido que no era competente para conocer de una disputa cuyos hechos centrales -la denegación de un permiso de pesca en aguas exteriores y posterior negativa a modificarlo- habían ocurrido antes de la entrada en vigencia del citado APPI Chile-España.
En estos tres casos, los tribunales arbitrales basaron su competencia en acuerdos sobre inversión. Estos acuerdos son tratados internacionales que establecen una serie de principios de promoción y protección para la inversión extranjera, imponen diversos estándares de trato que se traducen en obligaciones y deberes respecto de la inversión y del inversionista, y establecen mecanismos para la solución de conflictos entre Estados y entre Estados e inversionistas.
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¿Será posible una implementación eficiente del control de operaciones de concentración empresarial en el Perú?Castellanos Sánchez, Luis Fernando 12 March 2020 (has links)
La promoción de la competencia es uno de los elementos de política pública esenciales para
alcanzar el bienestar social. Así pues, el Derecho de la Competencia se constituye en una
pieza clave en todo ordenamiento legal.
En el Perú, el nacimiento del Derecho de la Competencia no se origina como muchos
piensan con la Constitución de 1993 y su capítulo sobre el Régimen Económico y el
reconocimiento de una economía social de mercado. El primer antecedente es el artículo 1
del Decreto Supremo Nº 296-90-EF, publicado el 5 de noviembre de 1990, en el que se
establece que “el Estado propicia la libre competencia en la producción de bienes y
servicios y la garantiza mediante la prevención y sanción de los actos que la limitan […]”1.
Posteriormente, se crea el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi y se promulga un 7 de noviembre de
1991 la primera ley de competencia en el Perú: el Decreto Legislativo Nº 701, contra las
prácticas monopólicas, controlistas y restrictivas de la libre competencia.
Esta norma, así como, la que se encuentra vigente actualmente (el Decreto Legislativo
Nº 1034) regulan las acciones del Indecopi frente a prácticas que restrinjan la competencia.
Debido a ello, se persiguen a los cárteles (colusiones horizontales y verticales) y se
sancionan las modalidades de abuso de posición de dominio. Es decir, se realiza un control
de conductas anticompetitivas (control ex post).
No obstante, y hasta hace muy poco tiempo, salvo en el sector eléctrico y a diferencia de la
gran mayoría de países con normativas de competencia, no existía un marco normativo que
regule el control previo de operaciones de concentración económica. Por eso, las fusiones
en el Perú no tienen un desarrollo práctico ni conceptual a la fecha.
En el presente trabajo comenzaremos analizando el control de concentraciones
empresariales desde sus orígenes para poder entender su naturaleza y cuál es el objetivo que
persigue su regulación.
Posteriormente, situaremos al control de operaciones de concentración empresarial como
una política regulatoria. Para ello, deberemos entender el marco teórico de la regulación
económica, es decir, cuándo resulta eficiente que el Estado intervenga en el mercado y
cuándo es mejor que los agentes económicos actúen libremente en él.
A partir de los conceptos mencionados, realizaremos una revisión de los principales
argumentos a favor y en contra respecto a establecer un control de las operaciones de
concentración económica en el Perú. Así pues, el lector podrá sacar sus propias
conclusiones en relación con las eficiencias y “deficiencias” de esta regulación.
Asimismo, creemos que el control de estructuras es un elemento que debe tomarse en
cuenta de manera prioritaria en cualquier decisión de crecimiento empresarial, en los
nuevos emprendimientos de inversiones o simplemente, en una diversificación industrial.
Por lo tanto, esta política se encuentra estrechamente vinculada con el bienestar social y
económico de cualquier país. Ahí radica la importancia del estudio respecto al impacto de
su implementación y efectos en el mercado.
Finalmente, una vez superado el debate respecto a si debemos o no controlar las
operaciones de concentración empresarial, elaboraremos una serie de recomendaciones y
propondremos medidas jurídico-regulatorias que apunten a una implementación eficiente
de un control previo de actividades de concentración económica que se ajuste a la realidad
peruana. / Tesis
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