Spelling suggestions: "subject:"tratados"" "subject:"hidratados""
31 |
Chile y el foro de cooperación económica Asía - Pacífico, Apec : presente, posibilidades y proyeccionesBarría Valladares, Rodrigo Sergio January 2009 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta investigación se concentrará en la relación de Chile frente al Foro de Cooperación Económica Asia – Pacífico, APEC, del cual el país es miembro desde 1994, formando parte del área de mayor comercio mundial.
Este estudio rescatará en su primera parte, titulada “El Foro de Cooperación Económica Asia – Pacífico, APEC”, una breve introducción a los modelos de integración económica y los antecedentes de cooperación económica e integración alrededor del mundo y una reseña introductoria y detallada de APEC.
El segundo capítulo, titulado “Chile en APEC” se centrará en el ingreso de Chile a APEC, haciendo un análisis de los detalles de su inclusión, las motivaciones para ingresar a APEC y la importancia de APEC para nuestro país. Una segunda parte de este capítulo estará enfocada a revisar con detalle la reunión de APEC celebrada en 2004, y una revisión a la Declaración de Líderes de Santiago.
El tercer capítulo, denominado “APEC: camino hacia un Área de Libre Comercio en el “Anillo de Fuego” ”, se apartará del ámbito nacional y atenderá a la vinculación existente entre la Ronda de Doha de la OMC y APEC.
Por último, el capítulo cuarto, titulado “Chile, Tratados Internacionales y APEC”, se desarrollará en torno a Chile y todas las variables posibles que puedan originarse a partir de su calidad de miembro de APEC. Se estudiará una reseña al derecho de los tratados internacionales, y cuál es el estatus que Chile otorga a APEC dentro de su sistema jurídico. Finalmente, en este capítulo se hará una mención a la globalización y la estabilidad política de nuestro país en la región, como pilar en un trabajo a largo plazo de apertura y total liberalización del mercado con sus socios de la cuenca del Pacífico, y como un miembro activo y estable del comercio internacional, y cómo ha jugado Chile con dichos factores en los últimos años en miras a un trabajo a largo plazo en el ámbito Asia - Pacífico
|
32 |
El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS)Carrera Guerrero, Mario Eduardo, Parraguez Navarro, Fabián Andrés January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo / En el desarrollo de esta investigación, el lector se encontrará con la exposición no sólo de lo que el Acuerdo en sí contiene, sino que además hemos preferido agregar un capítulo completo a señalar los aspectos principales que conforman la OMC, sus principios, objetivos y estructura. Además, también hemos dedicado un apartado especial a exponer cuál ha sido el desarrollo de este Acuerdo desde su adopción en 1995 hasta la fecha, deteniéndonos particularmente en la actual ronda de negociaciones que en este momento se lleva adelante con el objeto de dar cumplimiento a lo señalado por el artículo XIX del Acuerdo, el cual impone a los Estados el deber de desarrollar periódicas rondas de discusión que tengan por objeto el alcanzar grados progresivos de liberalización del comercio internacional de servicios; discusiones a las cuales nuestro país no ha estado ajeno, sino que frente a ellas ha tenido una opinión, que también exponemos.
|
33 |
El peligro de fragmentación del derecho internacional causado por la proliferación de los Tribunales Internacionales: el caso específico de la delimitación marítimaRodríguez Sánchez, Sandra Luisana 01 August 2014 (has links)
La fragmentación del Derecho Internacional se ha presentado como uno de los problemas más discutidos a nivel de artículos, libros, conferencias y otros, entendiéndose como tal al fenómeno que se deriva de la mundialización, que ha derivado, a su vez, en un alto grado de especialización técnica, desembocando lógicamente en la celebración de tratados especializados a nivel multilateral y la constitución de organizaciones internacionales específicas. A partir de ello, nuevas áreas del Derecho Internacional se han desarrollado, creándose regímenes especializados para los Derechos Humanos, el Derecho Medioambiental, el Derecho del Mar, entre otros. Por su parte, cada régimen ha desarrollado sus propias normativas, principios y ha creado, en muchos casos, sus propios mecanismos para la solución pacífica de controversias. En el caso particular del Derecho del Mar, han coexistido por muchos años la Corte Internacional de Justicia junto con los diversos tribunales arbitrales creados para conocer de causas específicas, y, posteriormente, con el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, instancia jurisdiccional internacional creada bajo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Independientemente de los tribunales arbitrales específicos que se puedan crear en un futuro, se ha podido observar que existe un ámbito en particular en el cual se solapan las competencias entre la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar: la delimitación marítima. A propósito de la primera sentencia del mencionado Tribunal en dicha materia, es que se generan una serie de interrogantes sobre la posibilidad de contradicciones entre ambas instancias, pudiendo generar así supuestos de fragmentación del Derecho Internacional. / Tesis
|
34 |
Ambito laboral en el tratado de libre comercio entre Chile y CanadáCaro Tapia, Myriam January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de este trabajo será el tratamiento del factor laboral, centrado en uno de estos acuerdos, “el Acuerdo de Cooperación Laboral suscrito entre Chile y Canadá”, en adelante el Acuerdo, que constituye, un ámbito cuyo conocimiento resulta fundamental para que se lleve a cabo una adecuada implementación de este acuerdo en nuestro país. Por lo cual, me gustaría aportar en una serie de situaciones, reflexiones y antecedentes básicos para el análisis del alcance y las consecuencias para Chile en el ámbito laboral del proceso de globalización e integración que se esta produciendo y que se refleja claramente al haber suscrito este importante acuerdo.
|
35 |
La evolución de los estándares normativos y de aquellos establecidos en los mecanismos de solución de controversias en la esfera laboral, de los tratados de libre comercio firmados por Canadá y EEUU, desde el NAFTA hasta la fechaZegers Quiroga, Rodrigo 13 November 2014 (has links)
Magíster en Estrategia Internacional y Política Comercial / El presente estudio, abordó 20 acuerdos laborales adoptados por EEUU y Canadá desde el NAFTA a la fecha, agrupándolos en el caso estadounidense en cuatro categorías, ACLAN, jordano, jordano plus y de última generación, y por parte de Canadá en tres estándares, ACLAN, canadiense y canadiense plus.
Como método, se utilizaron cinco criterios para medir la evolución del alcance de las cláusulas laborales, a saber, redacción del compromiso; derechos protegidos; fuentes del derecho; nivel de protección; y garantías procesales. Mientras que para efectos de medir la eficacia de los mecanismos de solución de controversias, se utilizaron como guías las preguntas;¿quién está facultado para presentar quejas?, ¿cuál es el procedimiento establecido?,¿qué tipo de sanciones están estipuladas? y ¿cuál ha sido la evolución de las reclamaciones presentadas?
Todos los acuerdos fueron analizados bajo el prisma de la clasificación internacionalista entre soft law y hard law, entendidos gradualmente.
Como resultados, los acuerdos de última generación adoptados por EEUU nos demuestran importantes avances en cuanto a precisión, eficacia y delimitación de la cláusula laboral, y en torno a la eficacia normativa y práctica de los mecanismos de solución de controversia, lo que acerca nítidamente a ambos, hacia una mayor dureza de las obligaciones.
Por su parte, los acuerdos canadiense plus, adoptados por Canadá nos demuestran avances relevantes en cuanto a precisión, eficacia y delimitación del alcance de la cláusula laboral, que la acerca hacia una mayor dureza de sus obligaciones. Además, observamos una cierta evolución hacía una mayor eficacia normativa general de los mecanismos de solución de controversias, caracterizados por una combinación equilibrada entre rasgos de hard law y soft law.
Así las cosas, respecto a los modelos de EEUU y Canadá, es posible comprobar la hipótesis del estudio de caso, pues con el paso de los años y la adopción de nuevos TLCs, las cláusulas van siendo cada vez más precisas y los mecanismos de solución de controversias más eficaces.
|
36 |
Consecuencias jurídicas de las reservas inválidas en el marco de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados de 1969Pacheco Castillo, José Manuel 06 September 2017 (has links)
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados se adoptó en 1969 (CVT 69) con la
finalidad de codificar determinadas normas del Derecho de los Tratados generalmente
aceptadas en la práctica estatal. Así, la CVT 69 regula la formulación de reservas a los tratados
multilaterales entre Estados; sin embargo, una de las materias que no aborda es la cuestión
sobre las consecuencias jurídicas de las reservas inválidas, las cuales se definen como aquellas
reservas carentes de valor jurídico por no satisfacer los requisitos sustantivos y formales para su
formulación. En ese sentido, la presente investigación tiene como propósito determinar cuáles
son las consecuencias jurídicas de las reservas inválidas en el marco de la CVT 69, planteando
como hipótesis principal que las reservas inválidas son nulas de pleno derecho y esta nulidad
será declarada por un tercero imparcial con la competencia para hacerlo. Asimismo, dicho
pronunciamiento determinará la divisibilidad de la reserva con respecto a la manifestación de
consentimiento; es decir, el Estado estará obligado por el tratado sin el beneficio de su reserva.
La presente investigación abordará la práctica estatal sobre la materia así como la práctica de
los órganos que fungen como terceros imparciales a fin de determinar las consecuencias
jurídicas de las reservas inválidas. Adicionalmente, se analizará el pronunciamiento de la
Comisión de Derecho Internacional en su Guía de la Práctica sobre las reservas a los tratados
multilaterales (2011) a efectos de sustentar nuestra posición sobre la problemática jurídica
presentada. / Tesis
|
37 |
Tratamiento tributario de las ganancias de capital obtenidas en la enajenación indirecta de acciones de sociedades anónimas y los convenios para evitar la doble imposición celebrados por Chile con México y Perú, y entre estos dos últimos estadosEspinola Arteaga, Jessica Isabel 05 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Esta tesis para optar al grado de magister en Tributación de la Escuela de Post Grado
de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile trata acerca del
tratamiento tributario de las ganancias de capital obtenidas en la enajenación indirecta de
acciones de sociedades anónimas y la aplicación sobre el particular de los convenios para
evitar la doble imposición celebrados por la República de Chile con los Estados Unidos
Mexicanos y la República del Perú, así como también el suscrito por este último Estado con
los Estados Unidos Mexicanos.
En razón de que la enajenación indirecta de acciones de sociedades anónimas
constituidas en Chile, México y Perú ha sido incorporada en su legislación interna como una
cláusula antielusiva específica en la modalidad de hecho imponible complementario, mucho
se ha discutido si las disposiciones normativas internas que incorporan la misma pueden ser
aplicadas cuando el Estado de la fuente, habiendo suscrito un convenio para evitar la doble
imposición con el Estado de la residencia del enajenante, no ha incluido manifiestamente en
el texto normativo del mismo la regla de distribución de la potestad tributaria de la citada
cláusula, más aún cuando la aplicación de la misma podría suponer que el Estado de la
fuente niegue el beneficio que está obligado a otorgar en cumplimiento del referido convenio.
En este sentido, el objetivo de la presente tesis es analizar si la citada cláusula es
compatible con los preceptos normativos contenidos en los convenios para evitar la doble
imposición antes mencionados, específicamente, las reglas de distribución de la potestad
tributaria contempladas en el artículo 13 “Ganancias de Capital” de estos convenios. Vale
decir, si esta cláusula antielusiva específica puede estar, actuar o coexistir sin entrar en
conflicto con los textos normativos de los aludidos convenios.
La metodología de estudio aplicada es de carácter cualitativa, en cuanto realiza una
investigación a partir de preguntas de investigación que apunta a validar o rechazar una
hipótesis, fundamentalmente mediante el análisis documental basado en las disposiciones
normativas de la legislación interna, los textos normativos contenidos en los convenios para
evitar la doble imposición, jurisprudencia e informes de los órganos nacionales e
internacionales así como múltiple bibliografía relacionada con la materia de la presente tesis
respecto de los tres Estados.
Este estudio me ha permitido obtener como resultado que la imposición contenida en
la cláusula antielusiva específica materia de la presente tesis puede ser ejercida sin ninguna
limitación por el otro Estado contratante o Estado de la fuente o situación en aplicación de
las reglas de distribución de la potestad tributaria acordadas en el artículo 13 “Ganancias de
Capital” de los convenios antes mencionados. A su vez, se ha comprobado que el obligado a
otorgar el beneficio tributario para evitar la doble imposición respecto de este tipo de rentas,
prescrito en los convenios, es el Estado de residencia del enajenante y, por tanto, en la
medida que las cláusulas antielusivas específicas son instauradas por el otro Estado
contratante o Estado de la fuente o situación, en ejercicio de su potestad tributaria, éstas no
afectan las medidas para evitar la doble imposición internacional consensuadas en los
aludidos convenios.
La conclusión de la presente tesis es que la hipótesis de que el hecho imponible
vinculado con la enajenación indirecta de acciones de sociedades anónimas constituidas en
Chile, México y Perú, aun cuando el mismo tiene naturaleza de cláusula antielusiva
específica, es compatible con los preceptos normativos contenidos en los convenios para
evitar la doble imposición celebrados por la República de Chile con los Estados Unidos
Mexicanos y la República del Perú, así como también el suscrito por este último Estado con
los Estados Unidos Mexicanos, es VÁLIDA.
|
38 |
Capacidad para celebrar tratados y plenos poderes en el Perú : el caso de los acuerdos comercialesPardavé Reto, Guillermo Alejandro 25 May 2016 (has links)
Nuestro interés en investigar la capacidad para celebrar tratados en el Perú y la figura
de los plenos poderes aplicada a la suscripción de acuerdos comerciales, tiene su origen
en el trabajo realizado entre abril de 2012 y mayo de 2014 como funcionario de la
Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
En esos dos años tuvimos la oportunidad de participar en algunas negociaciones
comerciales, así como en los procesos para la celebración y entrada en vigencia de
varios acuerdos de esta naturaleza. La experiencia nos permitió observar que existen
algunos aspectos del régimen nacional de los tratados, incluido la autoridad para
suscribirlos, que ameritan una evaluación a la luz de la práctica interna
|
39 |
Análisis de implementación del Acuerdo de Cooperación Ambiental, suscrito por Chile y CanadáFierro Redolés, Rodrigo Alejandro January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El objetivo central del presente trabajo es estudiar la implementación del Acuerdo de Cooperación Ambiental entre Chile y Canadá, a 10 años de su entrada en vigencia. El estudio estará enfocado principalmente desde el punto de vista de los cambios ocasionados por influencia del Acuerdo en materia medio ambiental, como también las modificaciones sufridas por el Ordenamiento Jurídico Chileno generadas a consecuencia de las políticas de implementación puestas en práctica por diferentes órganos del Estado y por las instituciones formuladas en el Acuerdo, todo ello para dar pleno cumplimiento a lo suscrito entre ambos Estados. En particular, dicho estudio se concentra específicamente en las políticas elaboradas por el gobierno de Chile a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo de Cooperación Ambiental para dar factibilidad al cumplimiento de éste, como también en los resultados de estas políticas hasta la actualidad. No se incluirá en este estudio, aunque estén relacionadas, las políticas relativas al Tratado de Libre Comercio y al Acuerdo de Cooperación Laboral suscrito entre ambos países.
En estos términos, el presente trabajo busca establecer cuáles son las modificaciones efectuadas en la legislación nacional con motivo de la implementación del Acuerdo de Cooperación Ambiental suscrito entre Chile y Canadá (ACACC) , y de qué modo ello contribuyó en beneficiar el tratamiento de ciertas materias ambientales en nuestro país
|
40 |
Política externa brasileira e cultivares : impactos dos direitos de propriedade intelectual /Bassi, Camila Ychikawa. January 2012 (has links)
Orientador: Cristina Soreanu Pecequilo / Banca: José Blanes Sala / Banca: José Alexandre Athayde Hage / Resumo: Esta pesquisa tem como objetivo analisar a resposta do Brasil ao acordo TRIPS (Trade-Related Aspects of Intellectual Property Rights) ou ADPI (Aspectos dos Direitos de Propriedade Intelectual Relacionados ao Comércio) da Organização Mundial do Comércio (OMC), o qual exigiu que os países concedessem proteção nacional aos direitos de propriedade intelectual em cultivares. Pretendemos compreender o que determinou o comportamento brasileiro, isto é, sua adesão à União Internacional para Proteção de Obtenções Vegetais (UPOV), tendo em vista que a flexibilidade do TRIPS permitiria a adoção de outras formas de proteção. Para tanto, será necessário o estudo das diretrizes gerais da política externa brasileira de 1980 a 2002, focando, paralelamente, no posicionamento da diplomacia brasileira nas negociações internacionais sobre propriedade intelectual desde o processo de constituição do TRIPS até a adesão do Brasil à UPOV / Abstract: This research aims to analyze the response of Brazil to TRIPS Agreement (Trade-Related Aspects of Intellectual Property Rights) of the World Trade Organization (WTO), which requires the countries grant national protection of intellectual property rights in varieties. We intend to understand the factors which determined Brazil's access to the International Union for the Protection of New Varieties of Plants (UPOV), since the flexibility of TRIPS would allow the adoption of other forms of protection. It is necessary to study the general guidelines of the Brazilian foreign policy from 1980 to 2002, focusing, in addition, on placement of Brazilian diplomacy in international negotiations on intellectual property since the process of incorporation of TRIPS until the access of Brazil to the UPOV / Mestre
|
Page generated in 0.0351 seconds