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La caducidad en el derecho laboral chilenoRiveros Figueroa, Milton January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La caducidad es una institución relativamente reciente, cuyo origen se encuentra en la doctrina alemana. En nuestro país atendida la falta de regulación sistemática, su teoría se ha ido consolidando en virtud del trabajo de la doctrina, pero principalmente de la jurisprudencia de orden civil, las que se han encargado de sentar las bases y características de la misma, de acuerdo a variados casos y supuestos previstos en la ley.
En el orden laboral, el concepto técnico de la caducidad aparece por primera vez en 1966 con la dictación de la ley 16.455, adoptando los autores y tribunales del ramo la definición en base a la acción de despido, sin mayores vacilaciones.
En ese contexto, la figura de la caducidad en el Derecho Laboral se encuentra anclada de acuerdo a los cimientos creados por los civilistas, pero como veremos, también adecuándola, especialmente la jurisprudencia, a la realidad propia generada por el particular mundo del trabajo dependiente.
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Las Sanciones de Ineficacia del Acto Jurídico en el Derecho de Minería y en especial de la Caducidad.Santos Diaz, Alvaro, Ramírez Molina, Pablo Andrés January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Durante el desarrollo de este segundo Tomo, que forma parte de nuestra Memoria de Prueba para optar al Grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, analizaremos las distintas sanciones de ineficacia que contiene nuestro ordenamiento en materia minera.
Recordemos que, tal como definimos en el Tomo I de nuestra investigación, entendemos como “ineficacia de los actos jurídicos mineros”, al conjunto de sanciones que tiene lugar en aquellos casos que no se cumple con el dictamen que la norma determina para el nacimiento o validez de una acto o contrato, para el legitimo ejercicio de un determinado derecho, o para el cumplimiento de una obligación, que tengan su fuente en el Derecho Minero.
Habiendo dedicado la primera parte específicamente al tratamiento de la sanción de Caducidad, a continuación revisaremos caso a caso, otras sanciones que contiene nuestro ordenamiento, como lo son la Nulidad, la Prescripción (principalmente en su carácter de prescripción extintiva), la Inoponibilidad, la Resolución, la Revocación y la Suspensión
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¿Cuánto vale una concesión?Cornejo Díaz, René Helbert 15 August 2017 (has links)
Una característica que es de especial preocupación para los inversionistas es la
situación que enfrentarían en un evento de caducidad que implica que el instrumento
que sustenta el repago de las obligaciones de la Sociedad Concesionaria desaparezca
y por tanto no exista una fuente de ingresos.
Se analiza la naturaleza del contrato de concesión en general y en particular su
tratamiento en el marco de la ley peruana. Asimismo se presentan los conceptos legales
que permiten una comprensión de la caducidad en el caso de los contratos de
concesión. Estos elementos permiten un marco de análisis para el enfoque específico
cual es el de analizar la compensación que el Estado como concedente debería pagar
a la Sociedad Concesionaria en caso de caducidad.
Asimismo se desarrollan los conceptos económicos y financieros necesarios
para valorizar la concesión y por tanto establecer los criterios aplicables para su
determinación en el marco de las cláusulas contenidas en el respectivo contrato; y se
analiza una muestra representativa de contratos de concesión que permiten identificar
las prácticas aplicadas y así comparar el marco normativo presentado con la práctica
aplicada. Se concluye tipificando tales prácticas y estableciendo los criterios que podrían
mejorar el tratamiento de las cláusulas de caducidad, en particular en lo relativo a la
determinación de los montos a pagar por el Estado a la Sociedad Concesionaria; es
decir responder, en el contexto de la caducidad, a la pregunta ¿Cuánto vale una
concesión? / Tesis
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Expiry as a Form of Extinction of Demanial Concessions and the Guarantees of the Concessionaire: The Case of the Mining Concessions / La Caducidad como Forma de Extinción de las Concesiones Demaniales y las Garantías del Concesionario: El Caso de las Concesiones MinerasGhazzaoui Piña, Ramsis 10 April 2018 (has links)
In the present article, the autor seeks to explain us the juridical nature of mining concession, thus by explaining the concessional technique and the juridical effects that come along with it. For this purpose, a doctrinaire and legal analysis of mining concession and the legal institution is done. / En el presente artículo el autor busca explicar la naturaleza jurídica de la concesión minera, a través de la explicación de la técnica concesional y los efectos jurídicos que derivan de esta. Para ello, se hace un repaso doctrinario y normativo de la concesión minera y las instituciones jurídicas relacionadas.
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La caducidad en el derecho del trabajo vinculada a la acción por despido injustificado, improcedente o indebidoZapata Rodríguez, Fabiola Andrea January 2017 (has links)
Tesis (Magister en Derecho del Trabajo y Seguridad Social) / Actividad formativa equivalente a Tesis (AFET) / La caducidad es una institución relativamente reciente, cuyo origen se encuentra en la doctrina alemana. En nuestro país atendida la falta de regulación sistemática, su teoría se ha ido consolidando en virtud del trabajo de la doctrina, pero principalmente de la jurisprudencia de orden civil, las que se han encargado de sentar las bases y características de la misma, de acuerdo a variados casos y supuestos previstos en la ley.
En el orden laboral, el concepto técnico de la caducidad aparece por primera vez en 1966 con la dictación de la ley 16.455, adoptando los autores y tribunales del ramo la definición en base a la acción de despido, sin mayores vacilaciones.
En ese contexto, la figura de la caducidad en el Derecho Laboral se encuentra anclada de acuerdo a los cimientos creados por los civilistas, pero como veremos, también adecuándola, especialmente la jurisprudencia, a la realidad propia generada por el particular mundo del trabajo dependiente.
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El «derecho al olvido» en el derecho a la protección de datos. Con especial referencia a su vigencia en InternetPuccinelli, Oscar R. 25 September 2017 (has links)
El «derecho al olvido» pretende erigirse como una herramienta concedida a las personas que se ven perjudicadas por la permanencia sine die de información propia tanto en bancos de datos llevados por particulares o por el Estado (p.ej. las centrales de riesgo o los registros de reincidencia), como también en Internet (que por efecto de los buscadores la convierte en «el» banco de datos). Con este nuevo derecho se pretende conceder a quien se ve perjudicado por informaciones vetustas la posibilidad de evitar que esos datos puedan ser de conocimiento masivo, emulando esa característica (¿in?) capacidad de olvidar propia de los seres humanos, que por sus naturales efectos permite la reinserción social de quienes tuvieron experiencias negativas en ese pasado lejano.
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Prescripción y caducidad en materia laboralMuñoz Fuenzalida, Andrea Alejandra January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En el presente trabajo trataremos de determinar las características, semejanzas y diferencias de ambas instituciones para así saber en que casos nos encontramos ante un plazo de prescripción o ante uno de caducidad. Tanto la prescripción como la caducidad a pesar de sus diferencias se complementan y forman un estatuto común en el sistema de extinción de derechos y acciones por el transcurso del tiempo.
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Soluciones a los problemas de la caducidad hipotecaria en el derecho peruano. Un breve estudio jurisprudencial y doctrinario de la materiaMuñoz Hamasaki, José Yoshío 08 March 2024 (has links)
La caducidad como concepto jurídico ha generado gran debate a nivel
doctrinario como jurisprudencial en el Perú. Pese a que la caducidad encuentra su
reconocimiento normativo en el Código Civil sigue generando debate por el uso
inexacto e impreciso en otras “normas especiales”, tales como el Reglamento General
de los Registros Públicos y el Reglamento de Inscripción de Predios de la Sunarp.
De acuerdo con la normativa civil vigente, la caducidad extingue tanto el
derecho como la acción correspondiente. Por otro lado, el Reglamento General de los
Registros Públicos (en adelante, “RGRP”) no establece que la caducidad extinga el
derecho, y menos la acción correspondiente, y ello es coherente considerando que el
RGRP establece que su finalidad es brindar publicidad respecto de Derechos
adquiridos o actos jurídicos celebrados. Por tanto, lo que se extingue, desde la
posición del RGRP no es el derecho, ni la acción, sino más bien, la publicidad
registral.
En línea con lo anterior, esta investigación se centra en determinar sí la
caducidad del asiento registral de hipoteca extingue únicamente el asiento registral o
si además extingue el acto jurídico de constitución de hipoteca. Entonces, según
nuestro Código Civil para que la garantía real de hipoteca se considere válidamente
constituida debe constar su inscripción en el Registro Público, mientras que para el
nacimiento del acto jurídico de constitución de hipoteca bastaría el solo consenso, esto
siguiente la lógica contenida en el art. 949 del C.C. Afín de “aclarar” el panorama
anterior, en 1996 se promulgó la Ley N° 26639 que introdujo un “supuesto” de
extinción de hipoteca: la caducidad de asiento registral de hipoteca.
En atención a lo anterior, la problemática se origina porque a nivel
jurisprudencial, el registrador público deniega las inscripciones de levantamiento de
asiento registral de hipoteca por caducidad, considerando el art. 120 del RIP de la
Sunarp, este dispositivo legal establece un cómputo de plazo y procedimiento distinto al establecido en la Ley N° 26639 para evaluar la posibilidad de extinguir un asiento
registral de hipoteca por caducidad. La (indebida) aplicación del art. 120 del
Reglamento de Inscripción de Predios de la Sunarp sobre la Ley N° 26639
evidenciaría, en principio una vulneración directa al principio de jerarquía normativa,
respecto del cual, una Ley se encuentra por encima de un Reglamento.
La problemática descrita en el párrafo anterior se agrava sí consideramos que
el art. 120 del RIP sigue vigente, aun cuando el Tribunal Registral, como segunda y
definitiva instancia administrativa resuelve que se debe aplicar la Ley N° 26639 sobre
art. 120 del RIP de la Sunarp, revocando de esa forma todas y cada una de las
denegatorias de inscripción emitidas por los Registradores Publicas, lo que genera un
“enfrentamiento” entre la primera y segunda instancia administrativa de la Sunarp.
Desde la perspectiva de lo descrito líneas atrás, conviene preguntarnos: ¿La
caducidad contemplada en el Código Civil tiene el mismo significado que la caducidad
contemplada en el Reglamento General de los Registros Públicos y el Reglamento de
Inscripción de Predios?; ¿Qué dispositivo legal debe aplicarse para resolver los casos
de levantamiento o extinción de asiento registral de hipoteca por caducidad, la Ley N°
26639 o el art. 120 del RIP de la Sunarp?
La presente investigación tiene como objetivo realizar un análisis dogmático y
jurisprudencial del levantamiento o extinción de asiento registral hipoteca por
caducidad; y posteriormente, proponer una alternativa de solución. En principio se
evaluará y analizará si el concepto de caducidad contenido en el Código Civil ha sido
aplicado correctamente en diversos pronunciamientos judiciales. Luego, se analizará
específicamente sí el concepto de caducidad ha sido correctamente aplicado al
supuesto de levantamiento de hipoteca por caducidad, a fin de determinar cómo han
resuelto los tribunales peruanos este tipo de casos para así proponer una alternativa
de solución a la problemática advertida y planteada.
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La caducidad del procedimiento administrativo sancionador frente al principio de unidad del procedimiento administrativo comúnPerez Perez, Wiston Elias January 2023 (has links)
En los últimos años la introducción en el procedimiento administrativo sancionador de una nueva figura respecto a los efectos del tiempo en el derecho, denominada caducidad, nos invita a investigar sobre sus diversas implicancias, como la referida al tiempo establecido para la aplicación de la caducidad en el TUO de la LPAG y la disposición de esta misma norma para que en regulaciones especiales se puedan aplicar plazos preexistentes de duración máxima del procedimiento, como plazos de caducidad, cuando sean superiores a los plazos establecidos en la norma común. Teniendo en consideración el principio de unidad del procedimiento administrativo común, resulta importante establecer si los plazos superiores en normas especiales aplicables como caducidad vulnera el principio de unidad y si confunde la naturaleza y efectos de ambas instituciones jurídicas (plazo máximo de duración del procedimiento y caducidad), los cuales son objetivos de esta investigación. El análisis detallado debe permitir una propuesta de modificación normativa en salvaguarda de los derechos y garantías de los administrados, así, como del apropiado ejercicio de la potestad administrativa para la eficacia y eficiencia de la administración pública.
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Informe sobre la Resolución No. 05459-1-2022, emitida por el Tribunal Fiscal, sobre los efectos de la caducidad, regulada en el artículo 232 de la Ley General de Sociedades, en los dividendos no cobrados por una empresa no domiciliada en el Perú e importe abonado al fisco por otra empresa domiciliada en el PerúLópez Mendoza, George Peter Afranio 12 June 2024 (has links)
El presente trabajo tiene por objeto exponer y analizar los efectos jurídicos que
posee la caducidad regulada en el artículo 232 de la Ley General de Sociedades
(en adelante, Artículo 232 LGS) en el nacimiento de la obligación tributaria de
los dividendos no pagados a favor de una empresa no domiciliada en el Perú,
aun cuando se haya realizado el acuerdo de distribución de utilidades a través
de la Junta General de Accionistas de la empresa constituida en el Perú. El caso
es sumamente relevante, ya que la resolución – objeto de analisis del presente
trabajo – cuenta con dos (2) razonamientos jurídicos distintos e, incluso,
opuestos. Por un lado, los efectos de la caducidad no son relevantes, puesto que
el solo acuerdo de la Junta General de Accionista origina el nacimiento de la
obligación tributaria del Impuesto a la Renta (en adelante, OT-IR) sobre los
dividendos y, por ende, la debida retención. De otro modo, los efectos de la
caducidad son determinantes para señalar que no nació la referida obligación
tributaria y, en consecuencia, que la retención efectuada es indebida.
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