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Ambito laboral en el tratado de libre comercio entre Chile y Canadá

Caro Tapia, Myriam January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de este trabajo será el tratamiento del factor laboral, centrado en uno de estos acuerdos, “el Acuerdo de Cooperación Laboral suscrito entre Chile y Canadá”, en adelante el Acuerdo, que constituye, un ámbito cuyo conocimiento resulta fundamental para que se lleve a cabo una adecuada implementación de este acuerdo en nuestro país. Por lo cual, me gustaría aportar en una serie de situaciones, reflexiones y antecedentes básicos para el análisis del alcance y las consecuencias para Chile en el ámbito laboral del proceso de globalización e integración que se esta produciendo y que se refleja claramente al haber suscrito este importante acuerdo.
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La evolución de los estándares normativos y de aquellos establecidos en los mecanismos de solución de controversias en la esfera laboral, de los tratados de libre comercio firmados por Canadá y EEUU, desde el NAFTA hasta la fecha

Zegers Quiroga, Rodrigo 13 November 2014 (has links)
Magíster en Estrategia Internacional y Política Comercial / El presente estudio, abordó 20 acuerdos laborales adoptados por EEUU y Canadá desde el NAFTA a la fecha, agrupándolos en el caso estadounidense en cuatro categorías, ACLAN, jordano, jordano plus y de última generación, y por parte de Canadá en tres estándares, ACLAN, canadiense y canadiense plus. Como método, se utilizaron cinco criterios para medir la evolución del alcance de las cláusulas laborales, a saber, redacción del compromiso; derechos protegidos; fuentes del derecho; nivel de protección; y garantías procesales. Mientras que para efectos de medir la eficacia de los mecanismos de solución de controversias, se utilizaron como guías las preguntas;¿quién está facultado para presentar quejas?, ¿cuál es el procedimiento establecido?,¿qué tipo de sanciones están estipuladas? y ¿cuál ha sido la evolución de las reclamaciones presentadas? Todos los acuerdos fueron analizados bajo el prisma de la clasificación internacionalista entre soft law y hard law, entendidos gradualmente. Como resultados, los acuerdos de última generación adoptados por EEUU nos demuestran importantes avances en cuanto a precisión, eficacia y delimitación de la cláusula laboral, y en torno a la eficacia normativa y práctica de los mecanismos de solución de controversia, lo que acerca nítidamente a ambos, hacia una mayor dureza de las obligaciones. Por su parte, los acuerdos canadiense plus, adoptados por Canadá nos demuestran avances relevantes en cuanto a precisión, eficacia y delimitación del alcance de la cláusula laboral, que la acerca hacia una mayor dureza de sus obligaciones. Además, observamos una cierta evolución hacía una mayor eficacia normativa general de los mecanismos de solución de controversias, caracterizados por una combinación equilibrada entre rasgos de hard law y soft law. Así las cosas, respecto a los modelos de EEUU y Canadá, es posible comprobar la hipótesis del estudio de caso, pues con el paso de los años y la adopción de nuevos TLCs, las cláusulas van siendo cada vez más precisas y los mecanismos de solución de controversias más eficaces.
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Proyecto Inmobiliario : “Centro Comercial en el terreno del Cuartel San Martín”

Dordan Barboza, Katherine Patricia 06 September 2017 (has links)
El objetivo general del proyecto es analizar y establecer las condiciones necesarias para la propuesta de diseño, ejecución e implementación de un Centro Comercial Cultural en el terreno del Cuartel San Martin en Miraflores, logrando con ello contribuir al auge económico comercial actual que va en crecimiento continuo, asegurando el éxito del proyecto mediante los estudios técnicos y financieros que muestren la factibilidad del mismo. Con un producto comercial moderno e innovador que atraigan al público hacia a él como lo es en muchos casos el entretenimiento y la cultura ligando el Centro Comercial a aspectos de buscar comprar y también disfrutar de una obra de teatro o de alguna muestra artística lo cual cierra el círculo de la estadía completa en dicho lugar. El presente proyecto busca contribuir y formar parte de ese desarrollo inmobiliario comercial, basándose en una ubicación del Centro Comercial ya determinada por un terreno que por años viene siendo especulativamente deseado por inversionistas para diversos proyectos ya que cuenta con una ubicación privilegiada y única en Miraflores con una área de 64,800.00m2 dimensiones imposibles de encontrar en zona urbanas de Lima y mucho menos en un distrito como Miraflores que es uno de los distritos de mayor consolidación urbana ,mejor movimiento comercial y ordenamiento vial de Lima. La presente propuesta busca ser una alternativa distinta, que logre llegar a un óptimo aprovechamiento del terreno, respetando las variables normativas vigentes pero con opciones más reales en el tiempo. / Tesis
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Tendencia del negocio retail norte chico caso Plaza del Sol Huacho

Vega Florez, María Antonieta, Montjoy Herrera, Fernando André, Montjoy Beteta, Fernando Gastón 13 December 2013 (has links)
La primera oleada de inversiones que llegó al Perú tras la crisis de los ochenta se centró básicamente en minería, y ha sido la que poco a poco ha ido sentando las bases para una mejora en las condiciones económicas de las familias en las provincias, sobre todo de aquellas ubicadas en los alrededores de las operaciones mineras. Con el tiempo, el impulso económico se complementó con el aporte de inversiones en agro exportación y en turismo, las cuales contribuyeron aun más con las antes aisladas economías regionales. Con este trabajo aplicativo final (TAF), queremos explicar el fenómeno de la expansión del retail a provincias, nos enfocamos en el caso “Plaza del Sol Huacho” el primer centro comercial de esta ciudad. Veremos las tendencias de otros centros comerciales, al detalle el comportamiento del consumidor en Huacho elaborado por encuestas y entrevistas a pobladores de la ciudad así como las oportunidades de desarrollo que este centro comercial trajo consigo a esta ciudad al norte de Lima.
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Plan de negocio para implementar una empresa de reclutamiento y selección de personal para el sector retail

Díaz Paz, Rocío Yasmine, Vásquez Campos, Pedro Antonio 06 January 2014 (has links)
Los representantes de grandes grupos económicos representativos del Sector Retail: Intercorp, Falabella y Cencosud, han anunciado un importante crecimiento en sus ventas y en número locales en todo el Perú, en los próximos tres años. En este contexto las proyecciones de requerimiento de puestos de trabajo son cada vez mayores, por apertura de nuevos locales o por reposición de posiciones, dado el porcentaje de rotación que cada una de ellas presenta. La rotación de personal hoy en día, es uno de los desafíos más importantes con los que deben lidiar las empresas del sector Retail, más aún en posiciones de puestos bases, ya que la misma está entre el 40 a 70% en la gran mayoría de los casos. A pesar de sus esfuerzos, las empresas no logran bajar este porcentaje, lo que las ha obligado a incrementar su estructura organizativa para atender su creciente requerimiento de puestos, o contratar servicios externos (consultoras), para algunos procesos de selección. Actualmente en el mercado peruano las consultoras de selección, no brindan a las empresas del Sector Retail, un servicio especializado en sus requerimientos cada vez más crecientes de puestos auxiliares o puestos bases, ya que se han enfocado en servicios de puestos de mayor jerarquía, por un mayor ingreso económico. El número de posiciones solicitadas para puestos bases, en las empresas seleccionadas para el negocio propuesto, por el sondeo realizado, sería de 32,700 puestos en promedio en los próximos cinco años, que considerando un precio referencial del mercado de S/ 300, representaría un valor total de mercado objetivo de S/ 9,800,000. El crecimiento del sector y la alta rotación que se prevé se mantendrá en los próximos años, sumado a la necesidad no atendida de manera adecuada de selección de Puestos Bases; presenta una oportunidad de negocio, de un volumen importante, en los cuales se puede obtener márgenes de rentabilidad muy atractivos. La propuesta de negocio de Retail Capital Humano, se enfoca especialmente en atender esa demanda de posiciones de puestos bases, con un equipo de profesionales especializados sumado a modernos sistemas de gestión de información, apoyado en una Bolsa de Trabajo On Line y una Comunidad Virtual. Tendrá como ventaja competitiva diferenciarse en atender a un mayor nivel de satisfacción de sus clientes, por los atributos más importantes para ellos: asegurar la calidad de los candidatos y la entrega oportuna de los mismos; a un costo 10% menor al promedio del mercado, el cual se ha definido en S/ 270. Con ello se espera lograr una cuota del 23% del mercado, que representarían 7,500 posiciones anuales. Los resultados financieros proyectados, generan un flujo de caja cuyo valor actual neto sería positivo, que permitiría la recuperación de la inversión en 2 años. La Tasa Interna de Retorno (TIR) resultante de esta proyección, considerando una tasa de descuento de 25%, sería de 185%, en el escenario esperado. El Análisis de Sensibilidad del VAN muestra que el negocio soporta cambios de hasta 20% en las variables críticas del modelo, por lo cual sería viable aún presentándose escenarios pesimistas en los primeros o últimos años, bastaría que los dos primeros años se den los escenarios esperados para que el VAN sea positivo y el negocio viable.
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Análisis sobre la disposición del artículo 76° de la ley 26887 que establece la no emisión de acciones en caso se efectué un aporte no dinerario a favor de una sociedad anónima ordinaria o cerrada

Ordoñez Polanco, Estephany Milagros 02 November 2017 (has links)
El presente trabajo de investigación se fundamentó en el análisis del artículo 76° de la Ley General de Sociedades, Ley 26887, que regula el procedimiento de revisión del aporte no dinerario en la sociedad anónima. El problema advertido y materia de análisis en este trabajo es la disposición de la referida norma respecto a la no emisión de acciones, hasta que se compruebe y apruebe el valor del aporte no dinerario transferido a favor de la empresa. De lo revisado y los casos expuestos, se verifica que se no cumple esta norma por parte de los accionistas ni del registrador público quien se encarga de calificar y formalizar el registro de este tipo de aporte. En ese sentido, mediante el estudio efectuado en este trabajo se concluye que sí es importante demostrar el valor del aporte no dinerario transferido a favor de la empresa; sin embargo, se colige que no es necesario ni favorable suspender la emisión de acciones hasta que se cumpla con el procedimiento- interno o externo-de revisar, comprobar y aprobar el valor del aporte otorgado, sino que resulta más viable realizar la aprobación del valor del aporte antes de que éste sea transferido a favor de la empresa. En cuanto a la elaboración del presente trabajo, para desarrollarlo se ha revisado doctrina nacional, extranjera y; además, se ha analizado legislación extranjera de los países de: Argentina, Colombia y España. En particular, se estudió la legislación argentina y colombiana debido a la que la dinámica empresarial de estos países es muy similar a la peruana. Por otro lado, respecto al análisis de la legislación española, esta se eligió debido a que nuestra legislación se ha inspirado justamente en la norma española para regular la actual Ley General de Sociedades Peruana. Finalmente, del desarrollo de este trabajo de investigación se he llegado a concluir que lo dispuesto por el artículo acotado 76° de la ley 26887 no se cumple en la práctica y que a efectos de poder cumplir con espíritu y finalidad de este dispositivo legal, el proteger la veracidad del valor del aporte, se puede aprobar el valor del mismo, antes de aportarlo a la empresa, así no se suspende la emisión de las acciones a favor del aportante y se permite que fluya de manera más ágil el desarrollo y dinámica de las actividades de la empresa. / Tesis
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Tratamiento tributario de las ganancias de capital obtenidas en la enajenación indirecta de acciones de sociedades anónimas y los convenios para evitar la doble imposición celebrados por Chile con México y Perú, y entre estos dos últimos estados

Espinola Arteaga, Jessica Isabel 05 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Esta tesis para optar al grado de magister en Tributación de la Escuela de Post Grado de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile trata acerca del tratamiento tributario de las ganancias de capital obtenidas en la enajenación indirecta de acciones de sociedades anónimas y la aplicación sobre el particular de los convenios para evitar la doble imposición celebrados por la República de Chile con los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, así como también el suscrito por este último Estado con los Estados Unidos Mexicanos. En razón de que la enajenación indirecta de acciones de sociedades anónimas constituidas en Chile, México y Perú ha sido incorporada en su legislación interna como una cláusula antielusiva específica en la modalidad de hecho imponible complementario, mucho se ha discutido si las disposiciones normativas internas que incorporan la misma pueden ser aplicadas cuando el Estado de la fuente, habiendo suscrito un convenio para evitar la doble imposición con el Estado de la residencia del enajenante, no ha incluido manifiestamente en el texto normativo del mismo la regla de distribución de la potestad tributaria de la citada cláusula, más aún cuando la aplicación de la misma podría suponer que el Estado de la fuente niegue el beneficio que está obligado a otorgar en cumplimiento del referido convenio. En este sentido, el objetivo de la presente tesis es analizar si la citada cláusula es compatible con los preceptos normativos contenidos en los convenios para evitar la doble imposición antes mencionados, específicamente, las reglas de distribución de la potestad tributaria contempladas en el artículo 13 “Ganancias de Capital” de estos convenios. Vale decir, si esta cláusula antielusiva específica puede estar, actuar o coexistir sin entrar en conflicto con los textos normativos de los aludidos convenios. La metodología de estudio aplicada es de carácter cualitativa, en cuanto realiza una investigación a partir de preguntas de investigación que apunta a validar o rechazar una hipótesis, fundamentalmente mediante el análisis documental basado en las disposiciones normativas de la legislación interna, los textos normativos contenidos en los convenios para evitar la doble imposición, jurisprudencia e informes de los órganos nacionales e internacionales así como múltiple bibliografía relacionada con la materia de la presente tesis respecto de los tres Estados. Este estudio me ha permitido obtener como resultado que la imposición contenida en la cláusula antielusiva específica materia de la presente tesis puede ser ejercida sin ninguna limitación por el otro Estado contratante o Estado de la fuente o situación en aplicación de las reglas de distribución de la potestad tributaria acordadas en el artículo 13 “Ganancias de Capital” de los convenios antes mencionados. A su vez, se ha comprobado que el obligado a otorgar el beneficio tributario para evitar la doble imposición respecto de este tipo de rentas, prescrito en los convenios, es el Estado de residencia del enajenante y, por tanto, en la medida que las cláusulas antielusivas específicas son instauradas por el otro Estado contratante o Estado de la fuente o situación, en ejercicio de su potestad tributaria, éstas no afectan las medidas para evitar la doble imposición internacional consensuadas en los aludidos convenios. La conclusión de la presente tesis es que la hipótesis de que el hecho imponible vinculado con la enajenación indirecta de acciones de sociedades anónimas constituidas en Chile, México y Perú, aun cuando el mismo tiene naturaleza de cláusula antielusiva específica, es compatible con los preceptos normativos contenidos en los convenios para evitar la doble imposición celebrados por la República de Chile con los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, así como también el suscrito por este último Estado con los Estados Unidos Mexicanos, es VÁLIDA.
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Plan de marketing para la división decoración de la empresa Plavimars S.A.

Ayala Rosillo, Diana Inés, Rucano Alvarez, Luis Alonso 06 August 2015 (has links)
Tesis
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Estudio de pre-factibilidad para la implementación de un centro comercial con multicine en la ciudad de Huaraz

Sánchez Vidal, Julisa Aurora 26 April 2016 (has links)
A lo largo de los cinco capítulos del presente estudio de pre-factibilidad se demuestra la viabilidad técnica, económica y financiera de implementar un centro comercial con multicine en la ciudad de Huaraz, representando una novedosa alternativa de entretenimiento en un mercado que carece aún de oferta moderna en el sector. En el estudio estratégico se encuentra un escenario favorable para el proyecto al revisar las condiciones macro y micro ambientales, y se identifican las amenazas más importantes para la empresa. Posteriormente, el análisis estratégico conduce a establecer una estrategia genérica de diferenciación y los objetivos empresariales del proyecto. En el segundo capítulo, estudio de mercado, se segmenta el mercado objetivo y se determina el perfil del cliente empleando variables socioeconómicas, demográficas y conductuales. Se proyecta la demanda y oferta del mercado expresada en cantidad de visitas, determinando luego la demanda insatisfecha y a partir de cuatro escenarios con porcentajes de aceptación distintos, se procede a calcular la demanda del proyecto, obteniendo en el primer año, una participación de mercado de 26,28% y una demanda de 1 639 asistentes en un sábado (según escenario de precios III). Se definen también aspectos como servicio, precio, plaza, promoción y plan de publicidad para el proyecto. En el estudio técnico se plantea la localización óptima para el establecimiento y se calcula el área mínima requerida en cada zona de él, fijando una necesidad de terreno de 1600 m2 de área. Se determinan otras características físicas como la distribución de áreas, especificaciones de infraestructura y equipamiento necesario. Se define también la dinámica de las operaciones y la relación de requerimientos del servicio en cuanto a insumos, servicios a contratar y seguridad. En el estudio legal y organizacional, se determina el tipo de sociedad a constituir, se revisa la afectación tributaria y normas legales que competen al proyecto, se plantea la estructura organizacional, y se definen los perfiles y requerimientos del personal. Por último, en el estudio económico y financiero, se determina la inversión inicial del proyecto (S/. 5’411 949) y la estructura de financiamiento, fijando una TMAR de 18%. Calculados los presupuestos de ingresos y egresos, y elaborados los estados financieros, se evalúan empleando los principales indicadores económicos y financieros, obteniendo resultados bastante favorables (VANF = S/. 4’736 396, TIRF = 62,75%, ratio B/C = 3,63 y PRI financiero = 3 años). Se analiza finalmente la sensibilidad del proyecto frente a escenarios adversos, ratificándose así la viabilidad económica y financiera del proyecto.
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Asistencia financiera prohibida: análisis funcional del artículo 106 de la Ley General de Sociedades peruana

Forno Odría, Hugo Alfieri 15 September 2017 (has links)
Hace algunos años el mercado peruano se viene adaptando a prácticas corporativas internacionales. Esto ha generado una necesidad de adaptación también del derecho corporativo peruano, lo que, lamentablemente, no se ha dado con la celeridad merecida. Prueba de ello es la existencia de normas que traban operaciones que en otras partes del mundo ya no se entienden -o nunca se entendieron- perniciosas. Una de estas normas, que precisamente da lugar a este trabajo, es el artículo 106 de la LGS, que regula la llamada asistencia financiera prohibida, fenómeno que históricamente ha restringido de manera poco razonable la operación de toma de control de empresas predilecta de los private equity, el leveraged buyout. Este trabajo de investigación tiene dos objetivos: determinar si una prohibición como la contenida en el artículo 106 de la LGS tiene justificación en nuestros días y determinar cómo es que la norma debe ser interpretada. Sobre lo primero, estamos convencidos de que no existe ninguna justificación su existencia, pues atiende a finalidades que no son necesarias o si atiende necesidades necesarias, lo hace de manera poco razonable. Sobre lo segundo, creemos que lamentablemente la norma, tal y como existe en nuestra regulación, restringe bastantes más estructuras de adquisición de acciones que las que un amplio sector de la doctrina y de los operadores jurídicos quisieran reconocer.

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