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Análisis crítico de la sociedad por accionesPinochet Aubele, Matías January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente estudio se centra en un completo y critico análisis de este nuevo tipo societario en nuestro país, para lo cual nos aproximaremos en la primera parte al concepto de sociedad, su significado y origen de tal concepto. Se realiza una breve reseña histórica del fenómeno societario, partiendo de código de Hammurabi, que es de las primera legislaciones donde se plasma ya este concepto, pasando por el
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desarrollo del mismo que hace el Derecho Romano, el nacimiento de la figura de la comenda, que viene siendo la base de la estructura moderna de sociedad, hasta llegar a la estructura social como la conocemos hoy en día que comenzó a manifestarse en las codificaciones de los diferentes países.
Se hace también una reseña al desarrollo de la sociedad en nuestra legislación, desde la independencia de la República hasta el día de hoy. Junto con esto, se realizará un análisis de la teoría general de las sociedades, su concepto, naturaleza jurídica, y elementos.
Uno de los rasgos que más llama la atención de la Sociedad por acciones, es la posibilidad de que nazca a la vida jurídica con un solo socio, con lo que se introduce en nuestro país la posibilidad de crear sociedades unipersonales. Como esto va contra la concepción de sociedad que tiene fuertemente acuñada nuestra legislación, hay que analizar si esta permite la existencia de una sociedad unipersonal, haciendo un completo desarrollo de las principales características de este tipo de sociedades
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Inversión extranjera y persecución penal del lavado de activos en Chile frente al arbitraje internacional de inversionesDíaz Acuña, Felipe Alejandro January 2016 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho económico) / El presente trabajo analiza la incorporación de capitales que provienen de la comisión de delitos base de Lavado de Activos en la economía local, mediante mecanismos legales de inversión extranjera, y que se someten al régimen de protección del arbitraje internacional. Los referidos capitales pueden ser objeto de persecución penal por parte de los órganos nacionales con competencia en materia penal cuando exista evidencia de su origen ilícito, y el inversionista, sea persona natural o jurídica, puede interponer demandas ante los tribunales del CIADI para que el órgano arbitral se pronuncie acerca de las medidas adoptadas por el Estado anfitrión. Esta investigación indaga en las facultades que tiene los árbitros precisamente para analizar y en su caso ponderar el ejercicio de la acción penal pública por parte de las autoridades nacionales, cómo ello puede interferir en una inversión y qué efecto puede tener en el arbitraje.
Palabras clave: inversión extranjera, lavado de activos, corrupción, arbitraje de inversiones, persecución penal
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Informe sobre Resolución N°11 del Exp. 00677-2018-0-1817-SP-CO-01Rojas Lara, Paula Ruth 03 March 2021 (has links)
El presente informe versa sobre el análisis realizado sobre la resolución N° 11 del expediente
00677-2018-0-1817-SP-CO-01 emitido por la Primera Sala Civil con Subespecialidad
Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, el cual trata sobre el recurso de anulación
interpuesto por el Gobierno Regional de Cusco. A través de este, se podrá observar que
actualmente siguen existiendo fallas en la aplicación e interpretación del Arbitraje y, que, por
su carácter, no es posible asimilar criterios normalizados en sede judicial a sede arbitral.
Dichos criterios se evidencian en el análisis de la motivación en sede arbitral ya que si bien
el recurso de anulación se inicia a partir de un supuesto incumplimiento de aplicación del
reglamento y el acuerdo de las partes, la Sala resuelve argumentando que en el laudo arbitral
se evidencia una motivación aparente y, es en razón a ello que se declara fundado el recurso
de anulación; sin embargo, la sala no ha tomado en consideración lo pretendido por el
Gobierno Regional de Cusco y; sumado a ello, habría sobrepasado sus límites de actuación
delimitados por la Ley de Arbitraje.
Finalmente, se puede concluir que el criterio utilizado por la Sala se deslinda de lo pretendido
por el Gobierno Regional de Cusco toda vez que, para verificar la aplicación de la causal de
anulación solicitada, la Sala debió analizar la existencia de la falta cometida por el Árbitro
Único en la emisión del Laudo Arbitral; no obstante, se realizó un análisis sobre el criterio
de justificación utilizado por el Árbitro Único.
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La insolvencia del consumidor financiero en el derecho peruanoSanchez Gonzales, Boris Oliver January 2021 (has links)
En los últimos años el ciudadano peruano vive el llamado “boom crediticio”, es decir, puede abrir cuentas de ahorros, solicitar fideicomisos, invertir en fondos mutuales, solicitar créditos y/o tarjeta de crédito, etc. Esto último tiene riesgos de costos y excesos, incurriéndose en el error de otorgar créditos (a sola firma y otros) sin una evaluación rígida de su situación de pago del sujeto. En esa misma línea se tiene a un consumidor sin un buen manejo en sus finanzas (sin educación financiera) y con diversas necesidades tanto básicas, socioculturales, etc. En consecuencia, se tiene a una persona natural sobreendeudada e insolvente sin rescate o solución (quiebre o liquidación) del sistema financiero. A diferencia de las empresas y personas naturales con actividad empresarial que cuentan con la Ley General del Sistema Concursal que tiene alguna salida para referido escenario. Sobre esas bases se propone directrices con las herramientas necesarias (carácter preventivo) y justas (carácter correctivo) que debe tener una propuesta legislativa para atender y proteger a los consumidores en dicha situación.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 2015045773 (SMV), procedimiento administrativo sancionador iniciado de oficio por la SMV contra Corporación Lindley S.A.Rezqallah Arón, Tamara 11 May 2022 (has links)
El presente informe jurídico analiza el procedimiento administrativo sancionador
iniciado de oficio por la SMV contra Corporación Lindley, vinculado a la observancia de
la normativa del mercado de valores —y, en particular, aquella relativa a la
comunicación de hechos de importancia— en el marco de la transferencia de control
en la Compañía por parte de la Familia Lindley a Arca Continental. Entre otros
aspectos, también se discuten temas de derecho administrativo sancionador, como la
debida imputación de los cargos atribuidos a Corporación Lindley. La relevancia del
caso radica principalmente en el análisis del estándar de revelación de información en
operaciones tan complejas como lo son las fusiones y adquisiciones de empresas, y
cómo ello debe ser aplicado en transacciones transfronterizas, que involucren más de
una jurisdicción. Adicionalmente, el caso resulta interesante porque también permite
discutir acerca del cumplimiento de las normas de Derecho Administrativo
Sancionador en el caso concreto.
Las hipótesis del presente informe jurídico son que (i) Corporación Lindley comunicó
hechos de importancia incompletos en relación con la transferencia de control, dado
que, si bien cumplió con informar acerca de la operación, omitió ciertos términos y
condiciones materiales de la misma; y que (ii) la SMV incurrió en una indebida
imputación del primer cargo atribuido a Corporación Lindley, pues esta comunicó
información incompleta, mas no inexacta, lo que implicó la vulneración de sus
derechos como administrada. A fin de demostrar la validez de las hipótesis antes
descritas, se analizan y aplicaran instituciones del Derecho Mercantil —
específicamente, aquellas relacionadas con la regulación del mercado de valores y las
fusiones y adquisiciones—, así como también del Derecho Administrativo, con especial
énfasis en el Derecho Administrativo Sancionador. Producto de lo anterior, la
investigación demostró que las hipótesis son ciertas.
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Resolución No. 1928-2011-SUNARP-TR-LSalazar Ruiz de Castilla, Mariajosé 24 February 2021 (has links)
La presente investigación tiene como objetivo analizar la Resolución No. 1928-2011-SUNARP-TR-L,
en la cual el Tribunal Registral resolvió inscribir la extinción de una sucursal de sociedad constituida en
el extranjero sin cumplir previamente con los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades,
bajo el argumento que la sociedad extranjera que la constituyo ya se encontraba extinguida. El Tribunal
Registral indicó que el supuesto de hecho planteado en el caso que fue materia de la resolución no se
encontraba regulado y por tanto, en aplicación de los principios generales del derecho, resultaba
admisible la solicitud de inscripción de extinción de la sucursal ya que era imposible que se puedan
cumplir los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedad. Al respecto, consideramos que el
análisis que realizamos en el presente informe es de importante relevancia jurídica dado que abarca
distintos aspectos del derecho tales como la teoría general del derecho, el derecho registral y derecho
mercantil. A partir del análisis antes indicado concluimos que el Tribunal Registral equivocadamente
ha resuelto confundiendo conceptos jurídicos y a su vez excediendo los límites que son impuestos para
la calificación registral a partir de los principios registrales y las normas correspondientes.
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El proceso de toma de decisiones de la Organización Mundial del Comercio: la falta de transparencia, el desbalance de poderes y el consensoYumi Yagui, Liliana Rosa 09 November 2020 (has links)
El proceso de toma de decisiones en la Organización Mundial del Comercio (OMC),
regulado en el artículo IX.1 del Acuerdo por el que se establece la OMC, se ha convertido en un aspecto complejo y difícil de ejecutar por varios factores, que hacen cada vez más arduo que los 164 Miembros que lo componen, puedan lograr el consenso y adoptar nuevas decisiones.
El presente trabajo de investigación plantea que la falta de transparencia en el proceso de toma de decisiones y el profundo desbalance de poderes entre los Miembros de la OMC, no permiten puntos de coincidencia en beneficio de todos sus Miembros y dificulta el logro del consenso, desde el inicio de las negociaciones hasta la conclusión del mismo.
Los problemas para obtener el consenso y las manifestaciones de poder de algunos de los Miembros de la OMC se pueden ver reflejados en la falta de acuerdo para el
nombramiento de los miembros del Órgano de Apelación (OA), órgano de vital
importancia para el eficiente funcionamiento del Sistema Multilateral del Comercio. A
partir del 10 de diciembre de 2019 se venció el mandato de dos de los tres miembros del OA, quedándose sólo con un miembro cuyo mandato culmina el 30 de noviembre de 2020 y, por tanto, el OA ha dejado de funcionar debido a la falta de consenso en la designación de sus respectivos reemplazos. Ello está generando una crisis en el Sistema de Solución de Diferencias de la OMC, dado que no es posible resolver los casos de apelación y se están recortando las opciones para un comercio equilibrado
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 9 recaída en el Expediente N° 282-2015-0-1817-SP-CO-02Gonzales Quispe, Marian Elizabeth 10 February 2022 (has links)
El objeto del presente informe jurídico es analizar la Resolución N° 9 del 7
de marzo de 2017, dictada por la Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial,
recaída en el proceso de anulación de laudo, correspondiente al Expediente N° 282-2015-
0-1817-SP-CO-02. Este recurso de anulación de laudo fue promovido por el Instituto de
Ciencias y Humanidades, a efectos de que se declare la nulidad parcial del laudo arbitral
del 18 de junio de 2015 emitido por la Árbitra Única Eugenia Sessarego Melgar en el
Caso Arbitral N° 2870-2013-CCL, seguido por el Instituto de Ciencias y Humanidades
contra Innova Publicidad S.A.C, en el cual el tópico principal de la controversia fue el
incumplimiento parcial o total de las prestaciones de la segunda en relación a dos
contratos suscritos entre ambas partes.
A propósito del presente caso, se busca analizar los límites del control judicial de los
laudos arbitrales, los cuales muchas veces se ven vulnerados por los jueces al cuestionar
aspectos como la aplicación de las normas y la valoración de pruebas por parte de los
árbitros. Como veremos en el presente trabajo, el cuestionamiento de estos aspectos
implica adentrarse dentro de las mejores o peores razones que el árbitro ha tomado para
sustentar su decisión, lo cual se encuentra proscrito por el artículo 62 del Decreto
Legislativo N° 1071, que expresamente prohíbe a los jueces pronunciarse sobre el fondo
de la controversia o sobre el contenido de la decisión o calificar los criterios, motivaciones
o interpretaciones expuestas por los árbitros. / The purpose of this legal report is to analyze Resolution No. 9 of March
7, 2017, issued by the Second Civil Chamber with Commercial Subspecialty, in the
process of annulment of award, corresponding to Case File No. 282-2015-0-1817-SPCO-02. This annulment of arbitration award was initiated by Instituto de Ciencias y
Humanidades, for the purpose of declaring the partial nullity of the arbitration award
dated June 18, 2015 issued by the Sole Arbitrator Eugenia Sessarego Melgar in
Arbitration Case No. 2870-2013-CCL, followed by Instituto de Ciencias y Humanidades
against Innova Publicidad S.A.C, in which the main topic of the controversy was the
partial or total breach of the latter's performance in relation to two contracts entered into
between both parties.
The purpose of this case is to analyze the limits of judicial control of arbitral awards,
which are often violated by judges when questioning aspects such as the application of
the rules and evaluation of evidence by the arbitrators. As we will see in this paper, the
questioning of these aspects implies going into the best or worst reasons that the arbitrator
has taken to support his decision, which is prohibid by Article 62 of Legislative Decree
No. 1071, which expressly forbids judges to pronounce on the merits of the dispute or on
the content of the decision or to qualify the criteria, motivations or interpretations set forth
by the arbitrators.
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Supuestos de modificación de precio en los contratos de obra públicaDextre Solis, Luis Arturo 02 February 2018 (has links)
El precio constituye la condición de mayor complejidad para las partes en los contratos
de obra pública, asumiendo el Estado y el contratista distintas obligaciones y riesgos
según el sistema de contratación o modalidad de ejecución contractual por la que se
haya optado. Si bien en el aspecto teórico y doctrinario existen condiciones que justifican
la modificación del precio en los contratos de obra, los únicos supuestos que serán
atendibles en sede administrativa son los previstos en nuestra normativa de contratación
pública (típicos); es decir: (i) las prestaciones adicionales de obra y presupuestos
deductivos, (ii) el sistema de reajuste de precios, (iii) los mayores gastos generales por
ampliación de plazo, (iv) los mayores metrados de obra en contratos a precios unitarios
y (v) los intereses por retraso en el inicio de obra o en el pago de valorizaciones. No
obstante, se advierten diversos problemas en su aplicación, como la carencia de una
metodología y criterios uniformes para la evaluación de prestaciones adicionales;
ausencia de normativa específica que regule las condiciones, requisitos y
procedimientos para la aprobación de reducciones de obra o presupuestos deductivos;
la indefinición del trámite de los mayores metrados superiores al 15% del monto del
contratado, entre otros que detallamos en nuestra investigación.
Adicionalmente a los supuestos regulados (típicos), concurren otras circunstancias que
justifican la modificación del precio en los contratos de obra, tales como: (i) los
sobrecostos por mayor permanencia de equipos en obra, (ii) la disminución de los
rendimientos por situaciones imprevisibles, (iii) las partidas de ejecución continua no
susceptibles de ser paralizadas y, (iv) los hechos imprevisibles y mayores metrados en
los contratos sujetos a modalidad que incluyen la elaboración del expediente técnico. Si
bien dichos supuestos no tienen acogida en sede administrativa, ello no obsta para que
sean reclamados en otros fueros, en cuyo caso el Estado no solo se verá obligado a
reconocer los mayores costos de la obra (sin que el monto se encuentre necesariamente
justificado), sino que deberá asumir las costas y costos del proceso, perjudicándose
además el normal desarrollo de la obra. En torno a estos supuestos, analizamos los
aspectos que deberían considerarse para su regulación.
Como corolario de nuestro trabajo, proponemos adoptar un nuevo enfoque respecto la
modificación del precio en los contratos de obra, que privilegie el logro de los objetivos
y metas, ampliando los supuestos de hecho y estableciendo mecanismos de control
basados en incentivos, evitando márgenes de previsión que generen controversias entre
las partes. De la mano con ello, se deberá mejorar la calidad de los estudios y
expedientes técnicos, incorporar instrumentos que orienten la asignación de riesgos a
la parte que se encuentre en mejor posición para gestionarlos, así como fortalecer los
órganos encargados de la administración de los contratos y el personal que en ellos
laboran.
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Los derechos antidumping como medidas aplicadas para corregir las distorsiones en el mercadoRamírez Estrella, Andrea January 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar si la regulación nacional permite que
los derechos antidumping cumplan con la finalidad para la cual fueron impuestos, esto
es, corregir las distorsiones generadas en el mercado como consecuencia de las prácticas
de dumping. En esta entrega, se parte de la hipótesis de que la normativa nacional resulta
insuficiente para garantizar la efectividad de tales derechos, pues ha regulado una sola
modalidad de prácticas de elusión. Este tema resulta relevante en tanto, en los últimos
años se ha incrementado el envío de productos extranjeros hacia el territorio peruano, en
un contexto en el cual los productores nacionales buscan competir con dichas
importaciones. En este análisis, se parte de explicar en qué consisten los derechos
antidumping, las prácticas de elusión, para luego evaluar la legislación comparada y,
finalmente, analizar la normativa nacional. En base a ello, se concluye que la normativa
nacional resulta insuficiente para garantizar la efectividad en la aplicación de los derechos
antidumping.
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