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El principio de oralidad de la ley procesal del trabajo y su rol en la consecución de una adecuada justicia laboral en el PerúArellano Mori, Luis Eduardo 11 November 2019 (has links)
En el presente trabajo analizamos el papel de la Oralidad y su reconocimiento como un
principio del Derecho Procesal del Trabajo contenido en la Nueva Ley Procesal del
Trabajo Peruana (Ley N° 29497).
Si bien dicha norma lo recoge como uno de sus principios, existe la incertidumbre en la
doctrina de cómo un concepto que aparenta ser una técnica procesal podría ser
considerado como un principio. En nuestra investigación, de naturaleza exegética,
demostraremos la relevancia de la oralidad y la pertinencia de su inclusión como
principio con el objeto de refutar las posiciones que consideran que no puede ser un
principio. Si bien podría sostenerse que no es relevante definir si la oralidad es un
principio o no, porque ya está recogido así en la norma, en el presente trabajo intentamos
justificar el porqué de dicho reconocimiento, debido a que el legislador no dio una
explicación que nosotros pretendemos esbozar en este trabajo. Además, consideramos
que es muy pertinente saber porque es un principio y porque es importante que lo sea,
debido a que es la manifestación del principio protector del derecho del trabajo que
alcanza al proceso laboral de esta forma.
En adición a ello, veremos como la Oralidad se conjuga con los fundamentos del proceso
laboral contenidos en la misma ley (desigualdad compensatoria, privilegio del fondo
sobre la forma, debido proceso laboral, discriminación positiva y rol protagónico del
juez en el proceso) de qué forma sirve para que estos se manifiesten de manera más
concreta y eficiente.
Todo esto nos llevará a concluir que la Oralidad es el principio que nos permite alcanzar
una administración de justicia más adecuada, esa es la hipótesis del presente trabajo. Read more
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Tercerización de servicios en sectores regulados: un enfoque desde las empresas de telecomunicacionesVargas Barrueto, Christian Ricardo 03 March 2020 (has links)
En este artículo, analizaremos la subcontratación empresarial, desde un enfoque
económico y jurídico, así como los elementos que configuran la Tercerización y aquellas
situaciones en donde se desnaturaliza la misma.
Luego, centraremos la investigación en la aplicación de la Tercerización en sectores
regulados, como el de telecomunicaciones. Siendo que en las empresas operadoras del
servicio de telecomunicaciones se distinguen de empresas comunes en el sentido de que
las contratistas del operador deben respetar normativas impuestas por el ente regulador
(OSIPTEL), así como condiciones de uso de los clientes del operador. De esta manera,
veremos: (i) cómo se diferencia la subcontratación en este rubro de otro no regulado; y,
(ii) cómo en esta subcontratación se requiere de un grado de flexibilidad en el grado de
coordinación entre las empresas operadoras del servicio de telecomunicaciones y sus
contratistas en cuanto al traslado de información y la entrega de documentación
aprobada por el ente regulador.
Finalmente, extenderemos una propuesta de manual de coordinación para el caso de las
empresas operadoras a fin que con su práctica se establezcan límites a la coordinación
que debe existir entre las éstas y sus contratistas; evitando así, fallos judiciales que no
se ajusten a la realidad. Read more
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Naturaleza remunerativa de la participación en utilidades para efectos de la determinación de la base imponible de las aportaciones a ESSALUDReina Calderon, Sebastian Gabriel 05 April 2022 (has links)
El objetivo del presente trabajo ha consistido en determinar los alcances del concepto de remuneración para efectos de la determinación de la base imponible de las aportaciones a la seguridad social en el Perú, las mismas que se encuentran comprendidas dentro del sistema tributario peruano al calificar como contribuciones. En particular, el análisis se ha enfocado en las participaciones en utilidades que son entregadas de manera voluntaria por el empleador y que podrían tener naturaleza remunerativa en la medida que se demuestre que estos conceptos han tenido por finalidad la retribución de los servicios
prestados por el empleador. Para estos efectos, se ha efectuado un análisis de la normativa tributaria y laboral, así como de resoluciones del Tribunal Fiscal, jurisprudencia y doctrina especializada, a fin de poder identificar la naturaleza de las instituciones jurídicas objeto de análisis. Como resultado de este trabajo, se concluye que la norma que considera a las participaciones en utilidades como conceptos no remunerativos debe ser interpretada bajo el entendido de que dicha calificación se refiere únicamente a las participaciones en utilidades obligatorias, en tanto se trata de un beneficio social. No obstante, las
participaciones en utilidades voluntarias merecen un tratamiento distinto al no ser una obligación del empleador, pudiendo tener naturaleza contraprestativa y calificar como remuneración siempre que se cumplan los presupuestos esenciales establecidos por las normas laborales para calificar como tal. Por tanto, en este último supuesto, corresponderá que estos conceptos formen parte de la base imponible de las aportaciones a ESSALUD Read more
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La Reivindicación de las Modalidades Formativas LaboralesAlburqueque Montes, Maryori Briggitte 30 March 2023 (has links)
Las modalidades formativas laborales conforme se encuentran regulada en la
Ley N° 28518, constituye una de las figuras jurídica que el legislador excluyó del
ámbito laboral, en atención a que está prevista para brindar formación y/o
capacitación a los jóvenes y mayores de 45 años dentro de una empresa; no
obstante, de la lectura integral de los artículos que comprende la citada norma y
de la verificación de la ejecución de la prestación, se puede encontrar rasgos de
laboralidad. En ese sentido, el presente estudio busca determinar si las
modalidades formativas laborales pueden calificar relaciones laborales en la
medida que se compruebe los tres elementos del contrato de trabajo (prestación
personal, subordinación y remuneración), y en caso de configurarse el
componente laboral, evaluar bajo qué régimen de contratación laboral le resulta
aplicable: Régimen laboral general o régimen laboral especial, para sí, poder
establecer una serie de recomendaciones que permitan un mejor acceso de
empleo, protección y/o derechos laborales a los sujetos que se acogen a dicha
figura jurídica. / The labor training modalities, as regulated by Law No. 28518, constitute one of
the legal figures that the legislator excluded from the labor scope, in view of the
fact that it is intended to provide education and/or training to young people and
people over 45 years of age within a company; however, from a comprehensive
reading of the articles included in said law and from the verification of the
execution of the service, it is possible to find evidence of labor characteristics. In
this sense, this study seeks to determine whether the labor training modalities
can qualify as labor relations to the extent that the three elements of the labor
contract (personal service, subordination and remuneration) are verified, and if
the labor component is configured, to evaluate under which labor contracting
regime is applicable: General labor regime or special labor regime, in order to establish a series of recommendations that allow better access to employment,
protection and/or labor rights to the subjects that use such legal figure. Read more
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Ausencia de garantías en perjuicio de los derechos de los administrados fiscalizados : propuesta de mejora en la aplicación del principio de proporcionalidad en los procedimientos administrativos sancionadores llevados a cabo por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL)Valencia Mesías, Carlos Ignacio 01 June 2020 (has links)
En los últimos años, uno de los aspectos más relevantes y, al mismo tiempo, recientemente tratados en el ámbito de los procedimientos administrativos sancionadores llevados a cabo por las entidades de la Administración Pública ha sido la aplicación de sanciones en relación con el principio de proporcionalidad.
De modo particular, una de las entidades que en su labor y acciones diarias ha tenido un avance constante y significativo en lo que a su relación con los administrados se refiere y al desarrollo de la relación anteriormente descrita es, sin duda, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), la cual, además de realizar como una de sus actividades principales la actividad de fiscalización sobre las empresas privadas, ejerce también potestad sancionadora sobre estas últimas.
No obstante lo anterior, dicha entidad, en lo que se refiere a los procedimientos administrativos sancionadores iniciados y resueltos contra los administrados fiscalizados, ha tenido una forma particular de aplicar sanciones, consistente en una suerte de “fórmula matemática” regulada en su normativa específica que toma como elementos para sancionar la infracción cometida, el tipo de empresa que ha cometido la infracción (MYPE o no MYPE), y la cantidad de trabajadores afectados por dicha conducta.
En atención a lo anterior, el presente trabajo tiene como propósito principal cuestionar y formular oportunidades de mejora a la metodología de aplicación de sanciones de la SUNAFIL la cual, si bien se vale de una fórmula a priori objetiva, conlleva a la vulneración de los principios del Derecho Administrativo Sancionador, tales como el principio de proporcionalidad.
Entre nuestras conclusiones, tenemos que la aplicación del principio de proporcionalidad por parte de la SUNAFIL –expresado en los criterios de graduación de sanciones (generales y especiales)– en los procedimientos administrativos sancionadores presenta inconvenientes, los cuales pueden afrontarse de manera satisfactoria mediante el uso del criterio de dosimetría sancionadora. Asimismo, y en caso la SUNAFIL decida emplear dicho criterio, consideramos que ello debe realizar de forma progresiva tomando en cuenta sus beneficios y desventajas, así como la posibilidad de su aplicación en cada caso concreto. Read more
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Los nuevos métodos implementados por el Sistema de Inspección de Trabajo durante la pandemia: Análisis sobre su permanencia en el tiempoGonzales Noriega, Lucia 24 March 2022 (has links)
El presente trabajo académico pretende analizar brevemente los métodos implementados por
el Sistema Inspectivo Laboral durante la pandemia por COVID19. La primera parte aborda
los nuevos sistemas y modalidades electrónicas y remotas utilizados en las cuatro
modalidades de actuaciones inspectivas; así como las materias de atención prioritarias y
complejas establecidas por la Autoridad Inspectiva durante el estado de emergencia.
Identificados los cambios en las modalidades de la fase de actuaciones inspectivas, en la
segunda parte se contrasta con la data actualizada de la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral (SUNAFIL) lo que representan estos cambios en la eficacia de la
actuación inspectiva y las principales limitaciones que se han suscitado por la falta de
presencialidad y el proceso de adaptabilidad; y finalmente, en la ultima parte se analizan los
métodos que deberían permanecer en el tiempo, exponiendo las razones y posibles cambios
en sus alcances y configuración para una mejor adaptabilidad; toda vez que es de suma
importancia la eficacia del Sistema Inspectivo en la búsqueda del cumplimiento de las
normas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo, la promoción del trabajo decente
y la erradicación de la informalidad laboral. / This academic work aims to briefly analyze the methods implemented by the Labor
Inspectorate System during the COVID19 pandemic. The first part deals with the new
electronic and remote systems and modalities used in the four modalities of inspection
actions; as well as the priority and complex matters of attention established by the Inspecting
Authority during the state of emergency. Once the changes in the modalities of the
inspection action phase have been identified, the second part contrasts with the updated data
of the National Superintendence of Labor Inspection (SUNAFIL) what these changes
represent in the effectiveness of the inspection action and the main limitations that They
have arisen due to the lack of presence and the adaptability process; and finally, in the last
part, the methods that should remain over time are analyzed, exposing the reasons and
possible changes in their scope and configuration for better adaptability; Since it is of utmost
importance the effectiveness of the Inspection System in the search for compliance with
socio-labor and occupational safety and health standards, the promotion of decent work and
the eradication of labor informality. Read more
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La ausencia de regulación de un Régimen Especial Laboral para las Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro a la luz del Principio de IgualdadCachay Rivera, Josselyn Mercedes 28 March 2022 (has links)
En nuestro país, existen distintos tipos de regímenes laborales especiales establecidos
en función a la capacidad económica de sus empleadores, los cuales persiguen fines
económicos o lucrativos, lo que ha dado lugar, por ejemplo, al régimen especial de
las Micro y Pequeñas Empresas (régimen mype). No obstante, esta situación no ha
ocurrido con las personas jurídicas sin fines de lucro que, al estar excluidas de dicho
régimen, se advierte un trato diferenciado, al no tenerse en cuenta su capacidad
económica y finalidad jurídica. Bajo ese contexto, la presente investigación tiene
como objetivo principal identificar si existe afectación al principio-derecho de
igualdad, al no encontrarse regulado un régimen especial laboral a favor de las
personas jurídicas sin fines de lucro que le permita gozar de beneficios en el pago de
sus obligaciones laborales, como sí ocurre con las micro y pequeñas empresas, los
empleadores de las trabajadoras y trabajadores del hogar y demás empleadores, que
en algunos casos tampoco persiguen un fin económico o lucrativo; empleándose en
el análisis el método cualitativo-descriptivo. La investigación utiliza el test de
igualdad, concluyendo que la falta de regulación de un régimen especial a favor de
las personas jurídicas sin fines de lucro, vulnera su derecho a la igualdad ante la ley. / In our country, there are different types of special labor regimes established
according to the economic capacity of employers, which has given rise, for example,
to the special regime for Micro and Small Enterprises. However, this situation has
not occurred with non-profit legal entities, which, as they are excluded from said
regime, provide a differentiated treatment, as their economic capacity and legal
purpose are not taken into account. Under this context, the main objective of the
present investigation is to identify if there is an effect on the principle-right of
equality, since a special labor regime is not regulated in favor of non-profit legal
persons that allows them to enjoy benefits in the payment of their labor obligations,
as is the case with micro and small businesses, employers of domestic workers and
other employers without legal personality, which in some cases do not pursue an
economic or lucrative purpose either; using the qualitative-descriptive method in the
analysis. The research, using the equality test, concludes that the lack of regulation
of a special regime in favor of non-profit legal entities violates their right to equality
before the law. Read more
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El deber de prevención del empleador frente al acoso moral o mobbing: Análisis comparado de la regulación peruana y españolaOrmeño Negrón, María del Carmen 13 March 2019 (has links)
El presente trabajo aborda el fenómeno del acoso moral o mobbing y su impacto en las relaciones laborales. Si bien, de una interpretación de la normativa española y peruana se prevén mecanismos de tutela reparatoria, resarcitoria y preventiva frente al mobbing; la inexistencia de una regulación expresa de este fenómeno origina que, en el caso peruano, en la práctica el empleador no se sienta obligado a eliminar este riesgo laboral desde la seguridad y salud en el trabajo. Asi, el objetivo principal de la investigación es evidenciar la ausencia de regulación para la prevención del mobbing, y proponer políticas de acción para hacer frente a este fenómeno; y como objetivos específicos y sub específicos se requiere medir el impacto del mobbing en las relaciones de trabajo, detallar el marco normativo aplicable en la regulación española y peruana, y presentar propuestas relacionadas a la prevención del mobbing. La metodología empleada en el presente trabajo comprende un marco conceptual, en el que se realiza un estudio sobre los conceptos tratados en el presente trabajo a nivel doctrinal, y se utiliza el método deductivo con el fin de obtener un análisis general del mobbing; y el análisis hermenéutico de las respuestas jurisprudenciales sobre la importancia de esta problemática para los tribunales, en los que se aplicaran métodos de interpretación jurídica. Dado que, se advierte que en el caso español, a diferencia del peruano, hay un desarrollo jurisprudencial y colectivo respecto a la prevención del mobbing, a través del presente trabajo se propone la prevención de este riesgo laboral a partir de un desarrollo normativo, de su implementación en el sistema de seguridad y salud en el trabajo, de la generación de una política de inspección preventiva y no únicamente sancionadora, y de la iniciativa sindical para combatirla. Read more
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Propuesta normativa para la inclusión de las modalidades atípicas de la huelga en nuestro ordenamiento jurídicoCiriaco Bellido, Carlos Ernesto 27 February 2020 (has links)
A pesar del reconocimiento del más alto rango del derecho de huelga, este ha caído en
una crisis que ha sido objeto de estudio por parte de la doctrina, desde su poca efectividad
hasta las barreras y restricciones por parte de la legislación y que ha generado un gran
desincentivo para las organizaciones sindicales.
Asimismo, de conformidad con los conceptos que se asumen del derecho de huelga, se
han tenido como novedosas algunas modalidades para mejorar las relaciones al interior
de una relación de trabajo y ajustar las necesidades existentes a la actualidad, es por ello
se acude a una relación costo - beneficio y por ello, los trabajadores buscan maneras y
soluciones que perjudiquen al empleador para que estos, atiendan sus pedidos y
reclamos. Es de recalcar, no existe otra modalidad que la cesación total de actividades
fuera del centro de trabajo para diversas legislaciones internacionales.
Es muy importante darse cuenta, que el permitir la regulación de las modalidades atípicas
de la huelga daría paso a revalorizar el derecho de huelga, en tanto, esta vuelva a tener
relevancia en el marco de las relaciones colectivas de trabajo. Asimismo, permitiría que
los trabajadores tengan un medio alternativo para hacer frente a sus reclamos y ocasionar
un perjuicio económico al empleador, ya que aquí lo transcendental es ocasionar un daño
lícito al empleador, y no tener un obstáculo por parte del propio empleador o del marco
restrictivo del Estado a través de sus normas. Por ello, el presente trabajo pretende
desarrollar algunas propuestas normativas a fin de lograr dicho cometido. Read more
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Protección de los derechos de negociación colectiva y huelga en las redes empresariales y los grupos de empresas. Posibles respuestas desde la jurisprudencia.Siguas Hernández, Juan Daniel 25 January 2023 (has links)
La presente investigación se propone encontrar herramientas que permitan asegurar el
efectivo ejercicio de los derechos de negociación colectiva y de huelga en las estructuras
empresariales complejas, como las redes empresariales y los grupos de empresas
formados a partir de estrategias de descentralización productiva. Ello tras constatar que,
a pesar del impacto que las nuevas formas de organización empresarial tienen sobre el
conjunto de relaciones laborales, el ordenamiento jurídico nacional poco o nada dice
acerca del ejercicio de la libertad sindical y de los derechos colectivos en dichos
escenarios.
En ese sentido, se parte de analizar los derechos de negociación colectiva y de huelga
desde la perspectiva de los derechos fundamentales, subrayando la importancia que
tienen las obligaciones y prohibiciones legales que se establecen como garantías
sustantivas de tales derechos. Seguidamente, se examinan las principales
construcciones jurisprudenciales y legislativas que, a nivel comparado, se han
elaborado con el propósito de que las instituciones del derecho del trabajo puedan hacer
frente a los desafíos que les plantean las realidades empresariales complejas. A partir
de ello, se concluye que la tesis del “empleador putativo o instrumental”, sin perjuicio de
las limitaciones que presenta su aplicación, permite que los jueces lleven a cabo una
reinterpretación de las actuales garantías sustantivas de los derechos de negociación
colectiva y de huelga, a fin de que dichas garantías sigan teniendo sentido o no resulten
vaciadas de contenido frente a los fenómenos empresariales que aparecen como
resultado de la descentralización productiva. / This research aims to find tools to ensure the effective exercise of collective bargaining
and strike rights in complex business structures, such as business networks and groups
of companies formed from productive decentralization strategies. This after noting that,
despite the impact that the new forms of business organization have on all labor
relations, the national legal system says little or nothing about the exercise of freedom
of association and collective rights in these scenarios.
In this sense, it is based on analyzing the rights of collective bargaining and strike from
the perspective of fundamental rights, emphasizing on the importance of the legal
obligations and prohibitions that are established as substantive guarantees of such
rights. Subsequently, are examined the main jurisprudential and legislative constructions
that, at the comparative level, have been elaborated with the purpose of enabling labour
law institutions to face the challenges posed by complex business realities. From this, it
is concluded that the thesis of the "putative or instrumental employer", despite the
limitations presented by its application, allows judges to carry out a reinterpretation of
the current substantive guarantees of the rights of collective bargaining and strike, so
that these guarantees continue to fulfill their function or are not emptied of content infront
of business phenomena that appear as a result of productive decentralization. Read more
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