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Propuesta para mejorar la confianza en el uso del Bitcoin como medio de pago en las empresas peruanas, 2019 / Proposal to improve confidence in the use of Bitcoin as a means of payment in Peruvian companies, 2019

Arce Castelo, Jose Ramiro, Salas Nuñez, Maria del Carmen, Zegarra Machicao, Marco Iván 01 July 2019 (has links)
El intercambio de las personas, en relación a los bienes y servicios, registra modificaciones, de medios y lugares; se aprecia el trueque, el patrón de metales preciosos, el papel de los chinos del siglo IX, …, también, como se pasa de las plazas de las ciudades, los buques, …, a la internet. Las personas fueron depositando confianza en cada cambio que se registra en la historia. Estos cambios llegan el día de hoy a las denominadas monedas virtuales o criptomonedas. Esto es lo que origina el objetivo del presente trabajo, desarrollar una propuesta para que el uso del Bitcoin sea empleado como medio de pago en las empresas peruanas. Para ello, se consideró la entrevista a personas que usan Bitcoin en sus transacciones comerciales en el Perú y la entrevista desarrollada a 61 empresarios escogidos bajo la muestra de conveniencia, ubicados en la ciudad de Arequipa. La criptomoneda más empleada es el Bitcoin que aparece en el 2009. Las criptomonedas no tienen ley, ni le pertenecen a nadie, es solo la confianza que se tiene en estas, las que pueden hacerla posicionar. Para lograr mejorar esta confianza, se proponen estrategias de comunicación y capacitación, para crear una oportunidad alguna persona, natural o jurídica, que apoye a las empresas que deseen hacer uso del Bitcoin, siendo el 4.9% del total que existen. Las empresas que usan bitcoin, los motiva el hecho que un cliente desee pagar con ello y la falta de conocimiento, es la principal causa para que no lo usen. / The exchange of people, in relation to goods and services, registers changes, of means and places; Barter is appreciated, the pattern of precious metals, the role of the Chinese of the ninth century, ..., also, as it passes from the squares of the city, ships, ..., to the internet. People were placing confidence in every change that is recorded in the story. These changes come today to so-called virtual currencies or cryptocurrencies. This is what originates the objective of this work, to develop a proposal so that the use of Bitcoin is used as a means of payment in Peruvian companies. For this, the interview was considered to people who use Bitcoin in their commercial transactions in Peru and the interview developed to 61 businessmen chosen under the convenience sample, located in the city of Arequipa. The most used cryptocurrency is the Bitcoin that appears in 2009. The cryptocurrencies have no law, nor belong to anyone, it is only the confidence that you have in these, which can make it position. In order to improve this trust, communication and training strategies are proposed, to create an opportunity for any individual, natural or legal, that supports companies that wish to use Bitcoin, 4.9% of the total that exist. Companies that use bitcoin, are motivated by the fact that a customer wants to pay with it and the lack of knowledge, is the main cause for not using it. / Trabajo de investigación
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La recuperación de activos como una herramienta eficaz en la lucha contra la corrupción y la necesidad de contar con una Oficina de Recuperación de Activos en el Perú

Monasi Ormeño, Manuel Alejandro 13 May 2021 (has links)
La presente ponencia tiene como propósito presentar algunas reflexiones sobre la recuperación de activos en el Perú, específicamente a los relacionados con los delitos de corrupción. De esta manera, se busca demostrar la importancia que tiene la recuperación de activos en la lucha contra la corrupción, sobre todo, en la actualidad en donde se puede apreciar que en algunas oportunidades los operadores de justicia pierden de vista la necesidad de recuperar los efectos del delito, un claro ejemplo es el reciente decomiso de la cuenta bancaria a nombre de la empresa offshore Southland Securities Inc1 . que se encontraba incautada en Luxemburgo, pues en ese caso se priorizó la persecución de los autores del delito, dejando de lado la restitución de las ganancias ilícitas. Ante tal situación, la recuperación de activos de origen ilícito debería ser una prioridad en la política criminal moderna, tal y como ha quedado reflejado en los diversos instrumentos normativos internacionales que se han aprobado en materia de lucha contra la corrupción, en ese sentido, y con la finalidad de fortalecer a nuestras instituciones y a los operadores de justicia, es que recomendamos la creación e implementación de una oficina especializada en esta materia, es decir, una Oficina de Recuperación de Activos que tenga como finalidad reforzar los métodos y técnicas de identificación, rastreo y ubicación de los efectos del delito, además, de asistir en la conducción del proceso de recuperación de estos.
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La omisión de comunicación de operaciones o transacciones sospechosas en el delito de lavado de activos

Gonzales Carhuajulca, Walter Oswaldo January 2023 (has links)
La investigación toma en cuenta la omisión de las comunicaciones de operaciones o transacciones sospechosas ante la aplicabilidad del delito de lavado de activos, por lo que se requiere ejecutar un análisis doctrinal en relación a la tipicidad de este delito. Esto se debe a que el problema mayormente se puede ver a través del ocultamiento del acto delictivo, ante ello, se determinará a través de la investigación, cuáles son esos tipos de conductas típicas que permiten que los delitos , antes mencionados, actúen bajo el ocultamiento de operaciones sospechosas, es así que ante este problema, la investigación, bajo la metodología cualitativa busca aplicar un análisis doctrinal, legislativo y jurisprudencial del tema de investigación, para que sean desarrollados a través de los capítulos y lograr determinar cada aspecto conceptual de los objetivos propuestos, estableciendo en el último capítulo la solución del problema frente al informe presentado y una propuesta de lege ferenda.
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Herramientas para la supervisión de los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo de la banca corresponsal

Gavilán Castañeda, Mayra Alexandra 25 January 2022 (has links)
La experiencia profesional que recoge este informe se centra en la adquirida durante los últimos años en el Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (DSRLAFT) de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Específicamente en relación con el desarrollo de herramientas para la supervisión de los riesgos de LA/FT de la banca corresponsal. Dicha experiencia se encuentra en el marco de las acciones de supervisión del DSRLAFT, las cuales contribuyen con la consolidación de un sólido sistema de prevención anti LA/FT implementado por las empresas bajo la supervisión de la SBS. La importancia de un sistema de prevención sólido radica en evitar que las empresas sean utilizadas para introducir a la economía recursos provenientes de actividades ilícitas y/o proveer financiamiento a una organización terrorista o terroristas individuales. Finalmente, es preciso señalar que, dada la naturaleza de los riesgos evaluados, las herramientas de supervisión se centran en la evaluación extra-situ de las políticas y procedimientos implementados por las empresas, la verificación in-situ de la correcta implementación de dichas políticas y procedimientos, y la aplicación de metodologías desarrolladas por el DSRLAFT para la determinación de la exposición de las empresas a los riesgos de LA/FT.
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El uso de criptomonedas como medio de impunidad en la comisión del delito de lavado de activos en el Perú

Delgado Fiestas, Jose German January 2023 (has links)
El presente artículo jurídico tiene como objetivo determinar la manera en la que se concreta la impunidad en la comisión del delito de lavado de Activos en el Perú, a través del empleo de criptomonedas, utilizando la metodología cualitativa, sirviéndose de la técnica del fichaje y la observación y los instrumentos realizados fueron las fichas resumen, textuales y guías de observación. En cuanto a los resultados, se ha determinado la imperiosa necesidad de promover la regulación legal de las criptomonedas, porque no existe manera en la que el Estado le pueda hacer frente a un fenómeno criminal tan grande como es el lavado de activos, sin dicha regulación; el cual, se vale de la tecnología que soporta a las criptomonedas para realizar maniobras delictivas; sin que se permita encuadrarlas dentro de alguna de las definiciones de los objetos del delito en cuestión.
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Alcances y límites de la denominada autonomía en el delito de Lavado de Activos. Los problemas de la Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017/CIJ-433 y su conflicto con la imputación necesaria

Urbina Villa, Sebastian Nicolas Benjamin 31 January 2024 (has links)
La presente tesis busca conciliar dos conceptos: la autonomía del delito de lavado de activos, como ficción desarrollada para hacer efectiva la política criminal del Estado y la imputación necesaria, que busca impedir la arbitrariedad. Para esto, se hace un desarrollo teórico del delito de lavado de activos y, específicamente, de su autonomía, así como de la imputación necesaria. Luego, se hace un análisis separado de la autonomía procesal y la autonomía sustantiva a la luz de las distintas posturas propuestas por la legislación, la doctrina y la jurisprudencia, con especial énfasis en lo propuesto por la Sentencia Plenaria Casatoria 1- 2017/CIJ-433. Esto, teniendo en cuenta que muchas de las propuestas existentes sobre la autonomía, incluyendo la desarrollada en la Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017 CIJ-433 son vulneratorias de la imputación necesaria o, en el otro extremo, pueden llevar a volver ineficaz la lucha contra el lavado de activos, en el contexto de una sociedad en donde este delito resulta complementario a las abundantes y diversas formas de criminalidad organizada que conviven al interior de ella. Así, finalmente, el trabajo arriba a una concepción de autonomía que sí respeta la imputación necesaria, pero a la vez permite que el tipo penal resulte eficaz para los fines de política criminal del Estado. / This thesis seeks to reconcile two concepts: the autonomy of the money laundering, as a fiction developed to make the criminal policy of the State effective, and the necessary attribution, which aims to prevent arbitrariness. To achieve this, a theoretical development of the money laundering is undertaken, specifically focusing on its autonomy, as well as the necessary attribution. Subsequently, a separate analysis is conducted on procedural autonomy and substantive autonomy in light of the various positions proposed by legislation, doctrine, and jurisprudence, with special emphasis on what is proposed by Plenary Cassation Judgment 1-2017/CIJ-433. This is done considering that many existing proposals on autonomy, including those developed in Plenary Cassation Judgment 1-2017/CIJ-433, are violative of the necessary attribution or, at the other extreme, may render ineffective the fight against money laundering in the context of a society where this offense is complementary to the abundant and diverse forms of organized crime that coexist within it. Thus, the work ultimately arrives at a conception of autonomy that respects the necessary attribution while also allowing the criminal type to be effective for the purposes of the State's criminal policy.
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El delito de enriquecimiento ilícito como actividad criminal previa del delito de lavado de activos

Perca Contreras, Eugenio Fernando 13 February 2018 (has links)
No solamente la Corte Suprema a través de su jurisprudencia, sino también la doctrina nacional, interpretan erróneamente el bien jurídico y el injusto penal contenido en el artículo 401° del CP; esta situación ha llevado no solo a restar suficiencia y aptitud a la pericia que determina el desbalance patrimonial, sino a desnaturalizar el injusto penal contenido en la semántica del delito de enriquecimiento ilícito. Además, la Corte Suprema ha ensayado una misma repuesta respecto a la aptitud del medio de prueba referente a la pericia de desbalance patrimonial, en lo concerniente al delito de lavado de activos, negando que un mismo medio de prueba puede ser visto desde diversos ángulos y no obstante versar sobre un mismo fin -licitud del patrimonio-, los diferentes momentos de la aparición y movimiento del bien, pueden constituir la probanza de diversos tipos penales; esta afirmación, ocurre respecto del delito de enriquecimiento y lavado de activos, pues en determinado momento la situación de la posesión directa o indirecta de un patrimonio que no se justifica en los ingresos legítimos del agente público, puede configurar plenamente el delito de enriquecimiento ilícito, en tanto, el someter posteriormente dichos bienes ilícitos al circuito de la dinámica económica con la finalidad de legitimarlo, constituye en ámbito de reproche del delito de lavado de activos. Esta situación supone entender que el delito contenido en el artículo 401° del CP, es un delito especial de posesión, donde se configura con la sola posesión de un patrimonio que no se corresponde con las fuentes legitimas del agente público, y no se trata de actos de abuso de atribuciones o de acreditación del prevalimiento del cargo que derive luego en el incremento patrimonial; sino que al ser parte de la administración pública durante el ejercicio de la función, tiene el deber de incrementar su patrimonio de manera transparente y proba, mediante fuentes lícitas.
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El bien jurídico específico en el delito de enriquecimiento ilícito

Pezo Roncal, Cecilia Alexandra 19 February 2015 (has links)
El delito de Enriquecimiento Ilícito se encuentra tipificado en nuestra legislación desde hace más de tres décadas y, desde su tipificación, poco se analizado en doctrina sobre su naturaleza y sobre el bien jurídico protegido con el mismo. Si bien un sector importante de la escaza doctrina nacional que ha escrito sobre el tema lo ha considerado desde siempre un delito residual y/ subsidiario; es también cierto que un porcentaje de dicho sector, solo se remite a repetir una vieja posición que sienta sus bases en la ratio legis del legislador de 1981 –año en que se incorporó este delito en nuestro Código Penal-. Asimismo, es casi unánime la posición nacional en torno a reconocer en el Enriquecimiento Ilícito un bien jurídico protegido que adolece de especificación –e, incluso, que abunda en lo subjetivo cuando se mencionan la ética o la moral de los funcionarios públicos-. Esto último coadyuva a la interpretación errónea del tipo y fortalece – por un claro desinterés en desarrollar más profundamente el tema- la posición del delito como subsidiario. Si bien no comparto la tesis de la subsidiariedad, solo pocos autores han argumentado seriamente dicha posición, mientras que la gran mayoría de ellos se han remitido –sin análisis detenido- a la doctrina extranjera –sobre todo la argentina y la colombiana-. Si bien en torno a este delito se han planteado algunas problemáticas en el marco de su aplicación a un caso concreto, considero preciso e ineludible, de cara a una correcta interpretación y posterior análisis de los problemas derivados de su aplicación, la determinación del bien jurídico específico protegido. Es a partir de dicha concretización que la tarea de interpretación se dificulta menos y, como también argumentaré, se llega a conclusiones distintas a las que hemos dado por sentadas desde siempre. Para tales efectos, he dividido este trabajo en tres capítulos. El primero tiene como finalidad fortalecer al bien jurídico como fin de protección del Derecho Penal. He considerado preciso sentar posición al respecto al tratarse de un delito contra la Administración Pública, que, por su naturaleza supraindividual, ha sido objeto de críticas en razón –sostienen- de su intensa abstracción; además, porque, al ser el funcionario público el único protagonista en el mismo, se trata también de un delito de infracción de deber –en donde aquél ocupa una posición especial jurídico institucional-, aspecto que, luego de afirmado, podría llevar a la confusión de la base dogmática de la que se parte –así, no se asume en este trabajo un punto de partida funcionalista por su excesivo formalismo, pero tampoco se descartan los aportes que, alienados con las propias consideraciones, efectivamente coadyuvan a un mejor entendimiento sobre el tema-. Posterior a ello, se desarrollan los argumentos relacionados con la protección de los bienes jurídicos supraindividuales –en donde se ubican los delitos de corrupción de funcionarios-; así, como se podrá apreciar, parto de una protección autónoma y no personalista en esta clase de delitos. Ello facilita expresar posición en torno a la alegada contraposición entre la estructura de los tipos en clave de peligro abstracto y el principio de lesividad en el grupo de delitos bajo la rúbrica de “delitos contra la Administración Pública”.
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“El sector deportivo del fútbol y el sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: análisis de la incorporación de los clubes de fútbol profesional como nuevo sujeto obligado”

Vera Vivar, Rocío Alejandra 02 July 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación desarrolla la problemática del lavado de activos en el sector del fútbol visto desde el ámbito de prevención en la referida materia, así como el análisis de su reciente incorporación a nuestra legislación y su regulación. En ese sentido, se hará un análisis del contexto general en materia de prevención de lavado de activos que rige a nivel internacional y a nivel nacional. Asimismo, se desarrollará la importancia de contar con un sistema de prevención anti lavado que incluya a este sector dentro de los sujetos supervisados por la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, tal como su reciente incorporación como sujeto obligado en nuestra legislación anti lavado y una breve comparación comparada con algunos países sudamericanos a efectos de reflexionar sobre su nueva regulación. / Trabajo de investigación
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El delito previo en el delito de lavado de activos

Huayllani Vargas, Huber 27 October 2016 (has links)
Político criminalmente, el lavado de dinero es uno de los fenómenos criminales que ha concitado mayor atención en todo el mundo, tanto a nivel de la determinación de políticas preventivas en el sistema financiero, como en la configuración y agravamiento de tipos delictivos. Con razón se sostiene que el fenómeno del lavado de activos no es privativo de algunos países, por lo que se recomiendan el establecimiento de políticas dedicadas a consolidar la eficacia de acciones de control internacional. Los efectos de este delito van más allá del espacio nacional y se encuentran relacionados con el denominado crimen organizado transnacional. Una forma efectiva de control es la armonización de leyes no solo desde el ámbito del derecho penal, sino también desde la adopción de mecanismos preventivos administrativos y procesales para garantizar la homogeneidad de las legislaciones en la lucha contra este delito. Puede definirse que el delito de lavado de activos, como un proceso de actos mediante el cual los bienes de procedencia ilícita criminal son incorporados en el sistema financiero con la finalidad de darle apariencia de legalidad. Este delito directamente afecta al orden o sistema económico en su legitimidad y trasparencia, generando para sus agentes enormes cantidades de recursos económicos, destinados a financiar otras actividades criminales que luego dificultan la planificación de políticas económicas estatales.

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