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Una teoría jurídica de la economía social. La sociedad laboral: una forma jurídica de empresa de economía socialCano López, Alfonso 04 May 2001 (has links)
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The Transformation of modern law and its impact on the conception of Tax Law / La Transformación del Derecho Moderno y su incidencia en la concepción del Derecho TributarioDurán Rojo, Luis Alberto 12 April 2018 (has links)
This article analyzes the process of paradigm change in Law, a non-peaceful transition from a model developed in the XX century to a new law which will sit throughout the XXI century. The changes that have occurred from this new legal paradigm are not superficial, but rather crossing the structures and foundations of modern legal ideology and technique that underlies, as the constitutionalization of national law, the internationalization of economic relations, the development of treaties or development of Community law. Furthermore, the author refers to the impact that this change took place in the theoretical construction of taxes and the delimitation of the scope of the tax phenomenon. / El presente artículo analiza el proceso de cambio de paradigma en el Derecho, un tránsito no pacífico entre un modelo ideado en el siglo XX a un nuevo Derecho que se asentará a lo largo del siglo XXI. Los cambios que se han producido a partir de este nuevo paradigma jurídico no son superficiales, sino que atraviesan las estructuras y bases de la ideología jurídica moderna y la técnica que la subyace, como la constitucionalización del derecho nacional, la internacionalización de las relaciones económicas, el desarrollo de los tratados o el desarrollo del Derecho comunitario. Asimismo, el autor hace referencia a la incidencia que produjo este cambio en la construcción teórica del tributo y la delimitación de los alcances del fenómeno tributario.
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Transnational Law or the Need to Overcome Monism and Dualism in Legal Theory / Derecho transnacional o la necesidad de superar el monismo y el dualismo en la teoría jurídicaTurégano Mansilla, Isabel 10 April 2018 (has links)
Law in a transnational context loses the features with which it has been configured since modernity. Classic distinctions between national and international, public and private, substantive and procedural, legal and political, social and legal lose their rigidity in a context of norms, orders, institutions and agents that interact and overlap in diverse and changing ways. A legal theory capable of explaining and evaluating this overflowing legal reality is lacking. A theoretical reflection on international law is not enough. Transnationalism appeals to a plurality of legal actors and spaces that interact to create, interpret and enforce rules which they mutually identify with. Transnationalism does not only refer to the global or the supranational, but to the interdependence of both with the local and transit spaces. And this translates into a change of focus or perspective that is required of each legal agent: management of the interrelation between diverse orders aimed to create spaces for approach, contestation and innovation is a normative requirement and it must be weighed against other legal values. Concepts to which legal theory must focus its attention change their meaning. The work refers to four of those concepts that I consider essential: social group or community, relations between orders and interlegality, coercion and normative diversity. The last part of the paper addresses the way in which these necessary changes have a place in our theories elaborated from the perspective of the great traditions of legal philosophy. What legal positivism, socio-legal theory and legal realism have in common might be an appropriate approach to the review of our discipline. / El derecho, en un contexto transnacional, pierde los rasgos con los que lo hemos configurado desde la modernidad. Las clásicas distinciones entre lo nacional y lo internacional, lo público y lo privado, lo sustantivo y lo procedimental, lo jurídico y lo político, lo social y lo jurídico abandonan su rigidez en un entramado de normas, órdenes, instituciones y agentes que se entremezclan y superponen de modos diversos y cambiantes. Carecemos de una teoría del derecho capaz de explicar y evaluar esta realidad jurídica desbordante. No es suficiente una reflexión teórica sobre el derecho internacional. Lo transnacional apela a una pluralidad de actores y de espacios jurídicos que interaccionan para crear, interpretar y ejecutar normas con las que se identifican mutuamente. Lo transnacional no se refiere solo a lo global o a lo supranacional, sino a la interdependencia de ambos con lo local y los espacios de tránsito. Ello se traduce en un cambio de enfoque o de perspectiva que se exige a cada operador jurídico: la gestión de la interrelación entre órdenes diversos orientada a la creación de espacios para la aproximación, la contestación y la innovación es una exigencia normativa y debe ser ponderada con el resto de valores jurídicos. A partir de ahí cambia el significado de los conceptos a los que ha de orientar su atención la teoría jurídica. El trabajo se refiere a cuatro de dichos conceptos que considero esenciales: grupo social o comunidad, relaciones entre órdenes e interlegalidad, coerción y diversidad normativa. El modo en que los cambios necesarios tienen cabida en la teoría elaborada desde las grandes tradiciones de la iusfilosofía es abordado en la última parte del trabajo, considerando que lo que tienen en común el positivismo jurídico, la teoría socio-jurídica y el realismo jurídico puede ser una aproximación adecuada para la revisión de nuestra disciplina.
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