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Eliminación de la incapacidad absoluta que afecta al sordomudo analfabetoRecabarren Lewin, Paula January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La capacidad es dentro del Derecho uno de los temas más relevantes,
ya que determina la validez de un determinado acto o contrato en la medida
que quien lo ejecuta no calce en ciertos supuestos de hecho que la ley ha
consagrado.
En los distintos ámbitos en que recibe aplicación, podemos decir que la
capacidad no siempre es uniforme, sino que depende de los requisitos que a su
respecto haya establecido el legislador. Junto con ello hemos de señalar que la
doctrina clásica reconoce dos tipos de capacidad, uno de los cuales
corresponde a un atributo de la personalidad y por lo tanto, consustancial al ser
humano por el sólo hecho de serlo.
Sin embargo, tratándose del otro tipo de capacidad, -la de ejercicio- se
han establecido limitaciones de carácter general considerando básicamente los
factores enfermedad (física o mental) y la impubertad.
Es así como llegamos a los sordomudos analfabetos, cuya incapacidad
absoluta fue establecida desde antiguo por la mayoría de las legislaciones
herederas de la tradición romana-continental.
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En este trabajo además de conocer los motivos que llevaron al legislador
a consagrarla, veremos de qué manera se justifica o no su permanencia en
nuestro ordenamiento jurídico, su relación con la discapacidad en general, y las
medidas a nivel legislativo y de cuerpo social que se han propuesto para
eliminarla o modificarla, y de qué manera ello se ve influido por las corrientes
filosóficas y sociológicas actuales.
Junto con lo anterior, haremos un estudio de la legislación comparada
para determinar la posición de la nuestra a nivel de respeto y promoción de los
valores y principios a los cuales Chile ha adscrito dentro del concierto mundial.
Para nuestro propósito, hemos decidido situar a la capacidad dentro del
contexto del ente que constituye el principio y fin del Derecho: la persona
humana. Revisaremos sus atributos, derechos y prerrogativas, así como las
limitaciones a las que se encuentra sujeto, ya sea por la ley, por sus
condiciones físicas o mentales o por la sociedad en la que participa y se
desenvuelve.
Sólo una vez que hayamos conocido y analizado en forma crítica las
circunstancias que rodearon –y rodean- a la incapacidad absoluta de los
sordomudos que no pueden darse a entender por escrito, estaremos en
condiciones de afirmar con mayor propiedad, si se trata de una circunstancia
cuya permanencia se encuentra justificada, o si, por el contrario, debe
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modificarse en forma urgente por resultar lesiva de los Derechos
fundamentales de las personas.
Cualquiera sea la conclusión a la que lleguemos, hemos de considerar
las palabras contenidas en el Mensaje del Código Civil: “Por completo y
perfecto que se suponga un cuerpo de legislación, la mudanza de las
costumbres, el progreso mismo de la civilización, las vicisitudes políticas, la
inmigración de ideas nuevas, precursoras de nuevas instituciones, los
descubrimientos científicos y sus aplicaciones a las artes y a la vida práctica,
los abusos que introduce la mala fe, fecunda en arbitrios para eludir las
precauciones legales, provocan sin cesar providencias, que se acumulan a las
anteriores, interpretándolas, adicionándolas, modificándolas, derogándolas,
hasta que por fin se hace necesario refundir esta masa confusa de elementos
diversos, incoherentes y contradictorios, dándoles consistencia y armonía y
poniéndolos en relación con las formas vivientes del orden social.”
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La interdicción por demencia a la luz de la Convención sobre los Derechos de las Personas con DiscapacidadMedina Torres, Rubén Alfonso January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La incapacitación absoluta es la respuesta que nuestro sistema jurídico ha ofrecido a las personas con discapacidad mental. Mediante esta institución, la persona ve anulada su capacidad de ejercicio, es declarada en interdicción y –por estimarse beneficioso proteger su intervención en el tráfico jurídico-, se le nombra un curador que vele por su persona y bienes. Este sistema de sustitución de voluntad encuentra sus bases en los artículos 1.446 y 1.447 del Código Civil, y se materializa a través de la Ley N°18.600, que establece Normas sobre Deficientes Mentales.
Este afán proteccionista, en los hechos, se erige como una barrera impenetrable, que aleja a las personas con discapacidad mental de la facultad de decidir sobre sus propios asuntos, y posibilita la vulneración de sus derechos fundamentales y al respeto a su dignidad inherente.
No obstante, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), vigente en Chile desde el 29 de julio de 2008, propone un auténtico cambio de paradigma en la consideración de las personas con discapacidad, por cuanto reconoce que tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida. Establece además (pasando de un sistema de sustitución a uno de apoyo en la toma de decisiones), que el Estado tomará las medidas oportunas para proveer el acceso a todas las personas con discapacidad al apoyo y asistencia que requieran para el ejercicio de su capacidad jurídica, basadas en sus deseos y preferencias, y no en lo que se supone sea su interés superior objetivo, proporcionándoles salvaguardas efectivas para impedir que sean objeto de abusos.
En este trabajo se pretende dar cuenta de la regulación de la capacidad jurídica en el derecho chileno, y analizar si existe correspondencia entre la figura de la interdicción por demencia y la Convención.
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¿Poseen los niños, niñas y adolescentes el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales? : análisis de la capacidad de los menores para interponer la acción de protección y ser sujetos pasivos de ellaCorrea Soto, Viviana Denisse January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo del presente trabajo consiste en determinar si los niños, niñas y adolescentes pueden interponer de manera autónoma la acción de protección, y si, por tanto, poseen el libre ejercicio de sus derechos constitucionales. Además analizaremos si es posible que los menores de edad sean sujetos pasivos de la acción de protección.
La necesidad de estudiar este tema surge a partir del interés que nos sucita el caso “Sabá Catalán con Tribunal de Alumnos del Instituto Nacional”, el único que a la fecha hemos identificado, en que un menor de edad interpone por sí mismo una acción de protección en contra del Tribunal de Alumnos del colegio en que estudiaba, representado también por un menor de edad.
Del estudio de las normas que regulan la acción de protección se desprenden dos posibles interpretaciones, una de las cuales no lleva a concluir indefectiblemente que los menores de 18 años no pueden interponer por sí mismos la acción de protección y otra conforme con la cual podemos afirmar lo contrario.
Para determinar cuál de las antedichas interpretaciones es la correcta, nos valdremos de ciertos principios y normas que consideramos relevantes en el marco de nuestro ordenamiento jurídico constitucional, los que nos permitirán inclinarnos por alguna de estas posturas, dando así, respuesta a la pregunta central de este trabajo.
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La capacidad jurídica de las personas con discapacidad intelectual. Régimen jurídico chileno y bases para su modificaciónSilva Barroilhet, Paula January 2014 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho civil) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / La plena capacidad jurídica es un derecho esencial de todas las personas,
incluidas las personas con discapacidad mental e intelectual, reconocido por la
Convención de Derechos de la Personas con Discapacidad. Los países
signatarios de la Convención deben adecuar su legislación de tal forma de dar
pleno reconocimiento a este derecho, incluyendo la derogación de la institución de
la interdicción por demencia y las guardas, las que son discriminatorias,
adoptando sistemas de toma de decisiones con apoyo eliminando los modelos
basados en la sustitución de la voluntad o representación legal. El presente trabajo
revisa el nuevo paradigma de la discapacidad a partir de la aceptación del modelo
social y de derechos en la Convención, analiza críticamente tanto la legislación
chilena relativa a la discapacidad como los conceptos recogidos en el Derecho
Civil en materia de voluntad y capacidad jurídica. Basadas en la doctrina, la
Convención y el Derecho comparado, las conclusiones esbozan los criterios que
debe contemplar la urgente modificación de la legislación chilena en materia de
Capacidad Jurídica
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Derecho a la propia imagen y prestigio comercial : Proyecto de Actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus Leyes ComplementariasFuentes Tello, Felipe Eduardo January 2017 (has links)
La presente memoria formó parte de un proyecto marco, que involucró al Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, y que tiene por objeto actualizar el Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil.
Desde un punto de vista metodológico la tarea se llevó a cabo mediante diversos talleres de memoria, cada uno de los cuales abordó diferentes áreas del Derecho Civil. De este modo, el taller de memoria que dio forma al presente trabajo abarcó el tema “Personas”.
Así, dentro de cada taller, se realizó un exhaustivo estudio de los fallos de las diversas Cortes de Apelaciones y de la Excelentísima Corte Suprema desde el año 1992 hasta el año 2010. Dicho estudio se dividió en dos etapas: la primera consistió en una búsqueda global de los temas de cada curso, mientras que la segunda supuso un pormenorizado estudio de las sentencias recopiladas, en la forma de detalladas fichas de análisis.
Sin embargo, el tema a tratar por la presente memoria de grado es significativamente más modesto: la existencia de algunos derechos o atributos de la personalidad, particularmente, respecto de la propia imagen y del prestigio comercial.
Como se verá, se trata de una cuestión en que los jueces toman un papel protagónico, toda vez que se trata de derechos que pese a tener una escasa regulación legal, han logrado un avance y reconocimiento importante a través del desarrollo jurisprudencial. / 23/06/2018
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El estatus jurídico de los animales : los animales como personasAcosta Pizarro, Gabriela Andrea January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este ensayo procura exponer una fundamentación jurídica metódica, crítica y reflexiva para resolver el problema del por qué los animales no humanos son titulares de derechos y cuál es el estatus jurídico más apropiado para ellos.
Conforme a lo anterior, defenderé 4 postulados. (1) Todos los animales no humanos que posean sistema nervioso central deben ser considerados como fines en sí mismos dado que poseen determinados intereses. (2) Todos los animales no humanos que tengan sistema nervioso central detentan el estatus jurídico de persona, haciéndolos titulares de derechos subjetivos. (3) Los animales no humanos son personas que poseen derechos, pero no obligaciones, debido a que no poseen ciertas características de los seres humanos para actuar en el ámbito jurídico. (4) El estatus jurídico de persona de los animales no humanos es similar al de los incapaces absolutos, porque bajo ninguna circunstancia pueden actuar personalmente en la vida jurídica, sino sólo a través de representantes.
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Capacidad e imputabilidad, responsabilidad por el hecho ajeno y responsabilidad por el hecho de los animales en la responsabilidad civil extracontractual : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementariasOlguín Vargas, Karen Margarita January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo contiene los resultados del trabajo de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias en materia de capacidad e imputabilidad, Responsabilidad por el hecho ajeno y Responsabilidad por el hecho de los animales en la Responsabilidad civil extracontractual.
En la sección introductoria se explica el génesis del proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil como también la metodología de trabajo empleada.
La segunda sección consiste en un trabajo monográfico donde se exponen los resultados más relevantes del proceso de extracto y selección de jurisprudencia, incluyendo los aportes de la doctrina nacional en relación a la materia.
En la tercera sección del trabajo se encuentra la propuesta de actualización para el proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias en materia de capacidad e imputabilidad, responsabilidad por el hecho ajeno y responsabilidad por el hecho de los animales en la Responsabilidad civil extracontractual.
Finalmente, en la sección cuarta se encuentran las fichas de análisis jurisprudencial redactadas durante el trabajo de actualización
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Autonomía y capacidad jurídica : análisis del estatuto de capacidad de los "dementes" en Chile y su incidencia en la aplicación de la norma general técnica No. 71, sobre normas de esterilización quirúrgica en personas con discapacidad intelectualGodoy Flores, Loreto Catalina January 2019 (has links)
Investigación para optar al grado de Licenciada en Ciencias Jurídica y Sociales / La incapacidad absoluta del demente está consagrada en el Código
Civil chileno y es actualmente aplicada en personas con discapacidad intelectual,
cognitiva y psicosocial. Esta atribución de incapacidad por discapacidad
contribuye a la estereotipación y vulneración de los derechos de las personas con
discapacidad en ámbitos de su vida pública y privada.
Las mujeres con discapacidad intelectual, cognitiva y psicosocial aún
en nuestros días son sometidas a procedimientos de esterilizaciones forzosas sin
su consentimiento, vulnerando el derecho del artículo 12 de la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad que consagra el Igual
reconocimiento como persona ante la ley y el derecho del artículo 23 del mismo
cuerpo normativo que garantiza el respeto del hogar y de la familia
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