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El problema de los "deberes de protección" en su evolución histórico dogmática

Toscaino Nolasco, Williams 21 October 2020 (has links)
Los «deberes de protección» (Schutzpflichten), en tanto creación de la dogmática alemana, representan una de las categorías más controvertidas que ha ocupado la atención de la doctrina del Derecho Continental durante el siglo XX, perdurando incluso hasta nuestros días. La problemática en torno a ella es sencilla de aprehender pero compleja de tratar; básicamente se trata de discriminar si su violación comporta una responsabilidad civil de naturaleza contractual o extracontractual. Planteado así el asunto, el principal objetivo de este trabajo radica en absolver dicha interrogante pero partiendo de una cuestión previa, a saber, si la categoría en cuestión, en tanto representa una solución esbozada para un sistema foráneo como el alemán, encuentra en el escenario nacional un ambiente propicio para su “recepción mecánica” (a nivel dogmático) o si por el contrario, la especificidad del modelo peruano exige del intérprete una construcción de similar envergadura (pero de distinta configuración) que, aun cuando desde un ángulo técnico-jurídico suponga una disociación conceptual de la figura de los Schutzpflichten, represente, en el fondo (a nivel teleológico), una figura destinada a cautelar los bienes personales y patrimoniales de las partes en la relación de obligación, y que para este efecto adopta la calidad de “deber”. En la medida que esta última clase de deberes logran en nuestro discurso emancipación jurídica de aquellos deberes “creados” por Heinrich Stoll allá en 1932, la problemática que en Alemania se ha mantenido en boga por más de ochenta años (a pesar de la reciente modernización del BGB), encuentra por fin cabida y, sobre todo, legitimidad en un medio como el peruano caracterizado por estudiar la figura en clave comparada pero sin atender con suficiencia la propia realidad del sistema jurídico nacional. A partir de ahí, exponer la naturaleza de tales deberes, distintos de los Schutzpflichten, y fundamentar su adscripción al dominio contractual, supone la máxima a cuyo propósito el presente trabajo se termina conduciendo.
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La unión de hecho impropia, efectos jurídicos aplicables en favor de él o la conviviente de buena fe

Yupayccana Kcana, Brayan Nick 18 April 2024 (has links)
De la lectura e interpretación del artículo 326 del Código Civil, se tiene que, aquella unión convivencial no alineada a los parámetros señalados en el mismo articulado (unión impropia), no producirá efectos jurídicos. La medida pareciese adecuada si lo que se pretende es omitir de legalidad a aquellas uniones que no mantengan vocación de concreción y realización familiar. No obstante, dicha situación resulta perniciosa si su materialización y configuración escapa del parámetro fáctico bajo la cual fue pensada. Este es el caso de la unión impropia revestida de buena fe, en donde, al menos un integrante desconoce que su relación carece de legalidad; así, aquel mantiene una idea ficta: su unión es reconocida y genera derechos. Ante ello la norma es clara y de manera genérica, le niega el reconocimiento de efectos jurídicos. Teniendo claro ello, el objeto de la presente investigación se enfoca en la posibilidad de otorgar efectos jurídicos en favor del conviviente concurrente de buena fe; para ello, se realizará un análisis exegético, dogmático, comparativo y funcional de la unión de hecho impropia de buena fe, para así, ensayar una nueva fórmula de tutela frente a estos casos. Finalmente, concluimos con la siguiente premisa: a través del método integrativo de la norma, derechos de la personalidad, buena fe y dignidad humana, resulta factible otorgar efectos jurídicos en favor de dicho conviviente, consecuentemente, la buena fe, en todas formas, merece ser tutelada.
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La incorporación de los pactos convivenciales en la unión de hecho: su tratamiento para los bienes de los concubinos

Ramos Gutti, Daniel Francisco 06 October 2022 (has links)
La investigación se avoca a una de las instituciones que por situaciones reales sus conceptos se han variado durante el paso del tiempo. La evolución de las creencias y costumbres del ser humano han reflejado diversas figuras que se han suscitado en ampliar el concepto actual de familia que se viene manejando dentro de nuestro marco normativo. Como primer objetivo es investigar las modificaciones que no se han visto reflejadas dentro de nuestra legislación; sin embargo, han sido empleadas por legislaciones comparadas que han reflejado criterios positivos en la aceptación de las distintas sociedades. Asimismo, también indagamos la manera en que nuestro ordenamiento está reaccionando a las nuevas tendencias de la unión convivencial desde su concepto hasta las propuestas de cambio que se deben realizar. Como finalidad buscamos la reflexión por parte de nuestros legisladores para una adecuada aplicación de los resultados de la presente investigación en la que se necesita una comprensión sobre los nuevos retos que vienen generando efecto dentro del marco normativo. El método empleado como parte del estudio de las normas jurídicas nacionales y comparadas es el exegético que con el análisis de cada legislación conllevará a homologar criterios con países tanto europeos como americanos. También se utiliza el método dogmático que nos permitirá estudiar las posturas investigativas y la propia apreciación para generar nuevos criterios Por último, se propone desarrollar una figura autónoma al concepto, así como un tratamiento autónomo que permita utilizar los diferentes criterios generando independencia, armonía e interés de la población nacional.
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La tutela de los intereses supraindividuales y el dilema de la legitimidad para obrar en el mecanismo procesal de la class action y su posible aplicación en el Perú

Muñoz Sivana, Jaqueline Katherine 25 February 2021 (has links)
El presente artículo surge a raíz de la deficiente y disgregada regulación de la tutela colectiva en el Perú. Esta regulación conlleva a que la tutela pretendida no sea la adecuada y que el proceso no sirva como instrumento para lograr la protección de los derechos supraindividuales. En este orden de ideas, los objetivos del presente trabajo son, en primer lugar, determinar si es conveniente o no modificar la regulación actual de los procesos colectivos y, en segundo lugar, si se debe optar por un sistema Opt In u Opt Out atendiendo a las circunstancias particulares de la sociedad peruana, así como determinar a qué persona o personas debería corresponder la legitimidad para obrar para participar en los procesos colectivos. Por ello, la tesis central del presente trabajo es que se necesita mejorar la regulación actual y que esta debe estar consagrada principalmente en el Código Procesal Civil, así como incluir algunas características de la regulación de la class action norteamericana. Finalmente, luego de analizar la experiencia comparada de México, Brasil, Colombia y Estados Unidos, se llega a la conclusión de que, efectivamente, se debe modificar el marco normativo de la tutela colectiva y que esta nueva regulación debe incluir algunas características de la regulación de la class action norteamericana, principalmente acoger un sistema Opt Out. Asimismo, respecto a la legitimidad para obrar activa la conclusión arribada es que se debe permitir que tanto una persona natural como persona jurídica puedan reclamar por la clase, pero siempre cumpliendo requerimientos especiales certificados por el juez dado que en este tipo de procesos están en juego los derechos de un gran número de personas
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Algunos problemas en la ejecución judicial de la hipoteca y las eventuales alternativas de solución frente a la finalidad que se persigue

Caillaux Morón, Jorge Armando 12 August 2019 (has links)
La hipoteca es considerada la garantía por excelencia tanto a nivel local como internacionalmente. Así, la ejecución de la hipoteca goza de un carácter fundamental para el desarrollo del sistema de garantías peruano. Actualmente, el único proceso de ejecución se realiza a través de la vía judicial; sin embargo, este proceso cuenta con una normativa que, pese a sus intentos de ser de célere procedimiento, genera que la ejecución dure en exceso de dos a tres años. Mediante el presente trabajo confrontaremos la evolución en los últimos años de la normativa y la jurisprudencia y a partir de ello identificaremos los problemas gravitantes para plantear la solución para lograr una ejecución más expeditiva. En ese sentido, nuestro objetivo es determinar las soluciones prácticas factibles que no representen una mayor controversia y que disminuyan sustancialmente el lapso del proceso de ejecución de una hipoteca. El presente trabajo concluye con la propuesta de modificaciones normativas al esquema actual de la ejecución judicial de la hipoteca, y, paralelamente, plantea la ejecución de la hipoteca por la vía extrajudicial para que estos procesos sean expeditivos y resulte en un sistema de garantías que funcione como una herramienta de fomento del crédito en el cual la demora del mismo proceso no constituya en una externalidad.
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El problema de la irrevocabilidad de la oferta en la formación del contrato

Velásquez Curo, Ruth Amparo 25 May 2016 (has links)
En el presente trabajo de investigación nos ocuparemos del problema de la irrevocabilidad de la oferta en el sistema jurídico peruano. Que regula a la oferta como “obligatoria” y de “fuerza vinculante” para el oferente. Generando un estado de desequilibrio entre éste y el destinatario de la oferta,pues la oferta no es más que una etapa de formación del contrato, que puede o no concluir en el perfeccionamiento del mismo. La irrevocabilidad de la oferta no es eficiente en la actualidad, pues el proceso de globalización establece la necesidad de unificar el derecho, dando como consecuencia la búsqueda de la armonización en los sistemas jurídicos. En este proceso, uno de los principales problemas es el de la determinación de la aplicación de la revocabilidad o la irrevocabilidad de la oferta como regla general. Por lo que, y en análisis de los beneficios de orden práctico, que representa la aplicación de la revocabilidad de la oferta como regla general, se ha establecido en la mayoría de cuerpos normativos de unificación del derecho (de aplicación internacional), que la irrevocabilidad sea introducida, únicamente, como excepción a la regla. Por tanto, la correcta regulación de la oferta debería estar destinada a que, por la oferta el oferente tenga la intención de obligarse en caso se perfeccione el contrato (con la recepción de la comunicación). Generándose entonces obligaciones a ambas partes, por el vínculo contractual. Aunque, parte de la doctrina nacional sea renuente a la aceptación de la revocabilidad, nuestro Código Civil reconoce su aplicación como excepción. Sin embargo, la admisión de la revocación de la oferta debe darse en base a argumentos teóricos (autonomía privada de las partes y el derecho de la libertad contractual) y prácticos (el proceso de globalización y el desequilibrio de la protección de los intereses del oferente).
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El hecho culposo o doloso, dolo, malicia o negligencia : artículo 2329 del Código Civil e imputaciones injuriosas; : artículo 2331 del Código Civil : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias

Donati Sanhueza, Giovani D'Angello 12 1900 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El trabajo de tesis que hoy presento se enmarca dentro del “Proyecto de Actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil”, desarrollado en el marco del Taller de Memoria homónimo, y que se inició durante el período académico 2009, enmarcándose su contenido en materia de Responsabilidad Civil. El referido proyecto ha sido dirigido por los profesores Sara Moreno y Mauricio Tapia, desarrollándose en dos etapas: la primera de ellas, consistió en la recopilación de jurisprudencia emanada de nuestros Tribunales Superiores de Justicia sobre la Responsabilidad Civil Extracontractual, entre los años 1995 y 2008, consultando para estos efectos diversas fuentes especializadas en el tema, tanto materiales como virtuales. La segunda etapa consistió en la clasificación de todo el material recopilado, de acuerdo a las directrices fijadas por los profesores arriba mencionados, confeccionando para estos efectos fichas estándar, incluyéndose en ellas los elementos más importantes de cada fallo recopilado. En dicha segunda etapa se redactó un número total de 125 fichas, las cuales se distribuyeron entre los alumnos del curso. Luego de hacer entrega de las fichas ya mencionadas, al término del año 2010, se asignó a cada uno de los miembros del proyecto temas específicos a desarrollar en profundidad. En mi caso, me correspondió estudiar y analizar “El hecho culposo o doloso”, “El dolo”, “Malicia o negligencia; artículo 2329 del Código Civil” e “Imputaciones injuriosas; artículo 2331 del Código Civil”. En primer término este trabajo busca identificar el tratamiento que nuestros Tribunales Superiores le han dado al hecho culposo o doloso que origina la responsabilidad civil extracontractual. El análisis aquí se centrará en los elementos que lo constituyen y en el aspecto probatorio. De especial interés será el estudio del dolo como uno de los elementos de carácter subjetivo que puede fundar el hecho ilícito. Por otro lado, se examina el artículo 2329 del Código Civil el cual obliga a quien obra de forma maliciosa o negligente a indemnizar los daños que su actuar provoca. Respecto a este tema se muestra, a través de los criterios que gobiernan la jurisprudencia actual, la discusión doctrinal en cuanto a si este precepto contiene una presunción general de culpa por el hecho propio o sólo se limita a situaciones más específicas. Asimismo se clarifica la extensión de los daños reparables en base a este artículo y si los ejemplos que se dan en el inciso 2º son taxativos o se ofrecen sólo a modo ejemplar, entre otras cuestiones. Por último se verá el desarrollo que ha tenido la aplicación del artículo 2331 del Código Civil a lo largo del tiempo en cuanto a la indemnización del daño moral por imputaciones injuriosas contra el honor y el crédito de una persona.
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El derecho de desistimiento en la contratación de consumo

Miguel Ángel, Larrosa Amante 19 January 2016 (has links)
cobacho@um.es, / 1.- Objetivos de la tesis. El objetivo principal de la tesis ha consistido en la realización de un examen de esta figura que supere el examen parcial habitual de la misma en los textos existentes sobre derecho de consumo que permita la determinación y concreción de un régimen común de la misma aplicable a todos los contratos que tienen reconocido dicho derecho. Ello se ha articulado a partir de una serie de objetivos secundarios como han sido a) el examen de la evolución del derecho de desistimiento en el ámbito de las Directivas comunitarias y en el derecho nacional, establecimiento las diferencias con los mecanismos tradicionales para poner fin a los contratos por voluntad de una de las partes; b) la determinación de su naturaleza jurídica y fundamento; c) la separación del régimen legal del convencional; y d) el examen del texto legal vigente así como las leyes especiales que regulan esta materia. 2.- Metodología de la investigación. Dada la amplitud de la investigación jurídica y la variedad de formas en que puede llevarse a cabo, la tesis doctoral asume dos premisas metodológicas, que han constituido un elemento fundamental en la obtención y verificación de sus resultados: La primera da cuenta de que, en su vertiente aplicativa, la ciencia del Derecho está ligada al devenir histórico, lo que resulta de gran interés en el análisis de una figura como la que nos ocupa, cuya fisonomía proviene de una reciente incorporación histórica y es objeto de una constante evolución, necesaria para la fijación de su definitiva caracterización. La segunda debe fundamentar el uso en nuestro trabajo de la argumentación y el razonamiento jurídico en el análisis de esos problemas y en la búsqueda de soluciones uniformadoras del derecho de desistimiento. La utilidad de estas premisas para la investigación desarrollada se pone de manifiesto principalmente en la utilización de los métodos descriptivo, analítico y valorativo que han sido aplicados al estudio de la doctrina, la jurisprudencia y del derecho positivo vigente. En particular se ha recurrido a las técnicas de argumentación y el razonamiento jurídico esencialmente práctico, mediante la interpretación y aplicación de las normas del ordenamiento jurídico-positivo a los casos concretos y la justificación de las decisiones tomadas por los tribunales. Este recurso a las técnicas argumentativas como guía del razonamiento jurídico ha sido especialmente útil en una tesis que, sin descuidar un fuerte componente teórico, es también –incluso sobre todo- una tesis de “problemas”, pues este razonamiento es determinado por los problemas planteados y al permitir la interpretación (y eventualmente la integración) de las normas del ordenamiento jurídico-positivo hace posible establecer su pertinencia para fundar decisiones y soluciones jurídicamente “razonables”. 3.- Resultados o conclusiones Se puede afirmar que se han cumplido los objetivos marcados al inicio de la presente investigación. Tras analizar el régimen legal vigente y las influencias sobre el mismo del derecho comunitario, se ha sido capaz de identificar qué elementos del régimen general del derecho de desistimiento pueden ser considerado como comunes a todos los contratos que tienen reconocido este derecho, organizando y sistematizando los mismos, como aportación hacía lo que tiene que ser el futuro, esto es, la creación de un derecho de desistimiento aplicable a todos los contratos de consumo. / 1.- Thesis Objectives. The principal objective is obtained a global set of rules about the right of withdrawal which exceeding the particular one to get a common set of rules applies to the entire contract with consumers. Through this doctoral thesis I had studied deeply one of the principal figures in the Consumer Law, which is the right of withdrawal. This is one of the basic mainstays in the legal consumer protection system with the right of information and repertoire of unfair clauses. To get this objective we have examined the insufficiency of the traditional protection system in the Spanish Civil Code to give a solution to the new problems created by the mass contract with consumers. We have studied the historical evolution in the European Community Law and in our Law from the initial laws until the current regulation. I have had special attention to the origin and evolution of the right of withdrawal. Finally I studied, in a detail way, the doctrinal, legal and law of precedent configuration of the right of withdrawal, not only in the Consumer Law but also in the special laws which include this right. We finished this work, summing up the conclusions and improvement proposals of this institution forward. 2. - Investigation methodology This doctoral thesis assumes two methodological premises. First the historical evolution of the right of withdrawal which has a great interest because we study a relative new figure in law, in a constant evolution. Second, we look for the problems of the institution and find the solutions in order to get the common set of rules. We use techniques of argumentation and practical legal reasoning to apply the rules of the positive juridical ordination. This is a thesis of problems and solutions, with a high theoretical component. 3. - Conclusions We have achieved the intended objectives in this research. After the analysis of the current law and the influential of the Community Law, we have been able to identify what are the elements of the general regimen of right of withdrawal which can be considered common to all the consumers’ contracts which has recognised this right. We organise and systematize these elements as input to the future of this legal institution, which will be to create a right of withdrawal able to apply to all the consumers’ contracts.
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La dualidad jurisdiccional en materia de seguridad social : delimitación y distribución de competencias entre los órdenes contencioso-administrativo y social

Sánchez Puerta, Domingo Andrés 22 January 2016 (has links)
La actual situación de escisión jurisdiccional que conoce la materia de Seguridad Social es altamente insatisfactoria (acción protectora: orden jurisdiccional social; actos de encuadramiento, gestión liquidatoria y recaudatoria: orden jurisdiccional Contencioso-administrativo). Desde hace varios años se constata una tendencia a la readministravización de la Seguridad Social que, entre otros efectos, ha supuesto un vaciamiento parcial de competencias típicas del orden social. No son claras las razones de la persistencia de la situación examinada –que, en todo caso, se intuyen vinculadas a la defensa de intereses de la Administración–, aunque sí hay coincidencia en resaltar sus inconvenientes, no solo de carácter teórico sino de índole práctica y de funcionamiento: riesgo de peregrinaje jurisdiccional y de producción de criterios contradictorios sobre diversos aspectos de un mismo problema en uno y otro orden jurisdiccional; saturación de un orden jurisdiccional –el Contencioso-administrativo–, ya de por sí sobrecargado de trabajo y carente de la necesaria especialización; insatisfacción para el justiciable, que se ve expulsado de su jurisdicción natural –la social– y remitido a una jurisdicción –la Contencioso-administrativa–, más lenta y costosa. Como alguien ha señalado, «no son más que decisiones de (caprichosa o interesada) política legislativa, y como tales hay que acatarlas, aunque no nos casemos de criticarlas». Ante este estado de cosas, la mejor solución pasa por unificar en el orden jurisdiccional social todas las cuestiones que afecten a materias de Seguridad Social, en sentido amplio (actos de encuadramiento, cotización, recaudación, acción protectora), incluido el control de la potestad sancionadora, aunque esta medida requiera ajustes procesales y modificaciones de la planta judicial. A este respecto, una propuesta podría consistir en reservar la actual modalidad procesal de Seguridad Social (arts. 140-147 LJS), para conocer de las reclamaciones sobre prestaciones, y regular una o varias modalidades o especialidades procesales, inspiradas en el proceso Contencioso-administrativo, aunque sin perder de vista las señas de identidad de la jurisdicción social (celeridad, inmediación, gratuidad…) para el resto de los asuntos (gestión recaudatoria, sanciones…) en los que predomina el ingrediente de intervención administrativa. En definitiva, se trataría de retomar la solución prevista en el proyecto de LJCA antes de su paso por el Senado y utilizar un único criterio de atribución competencial de carácter objetivo, conforme a lo establecido en el número 5 del artículo 9 LOPJ, asignando este tipo de asuntos al orden judicial social sin otras excepciones que el control de la potestad reglamentaria de la Administración en materia de Seguridad Social, el uso de la delegación legislativa otorgada al Gobierno por las Cortes Generales para dictar Decretos legislativos y las reclamaciones sobre responsabilidad patrimonial contra los organismos de la Seguridad Social. El estudio viene acompañado de abundante doctrina científica y jurisprudencial sobre la actual dualidad jurisdiccional en la materia, delimitando y distribuyendo competencias entre los órdenes Contencioso-administrativo y social en base al ordenamiento jurídico vigente. / ABSTRACT The jurisdictional spin-off regarding Seguridad Social (Social Security Administration) occurring presently is highly disappointing (protective action: social jurisdictional order, framing action, liquidating and tax-collecting management: Contencioso-administrativo (Administrative Litigation) jurisdictional order). Within the recent past, it can be observed a tendency to readministrate Seguridad Social that has meant a partial emptying of the competences of the social order. It is unclear the reasons why this situation under analysis persists, and these are thought may be related to the interest of the Administration. Although many do agree on the disadvantages, both theoretical and practical, as well as functional: risk of jurisdictional pilgrimage, risk of generating contradictory criteria on several aspects of a same problem in different jurisdictional orders, overload of the jurisdictional order¬- Contencioso-administrativo- already overloaded and lacking specialization; dissatisfaction for the actionable, expelled from his natural jurisdiction -social- and who is referred to a more expensive and time-consuming jurisdiction- the Contencioso-administrativo. As it has been pointed out before, “these are not more than decisions of a (whimsical or interested) legislative policy, and as such we must comply with them, although we never get tired of criticize them”. Given the state of things, the best solution is to unify under the social jurisdictional order all issues concerning Seguridad Social on a broad spectrum (framing acts, contributions, tax collection, protective action) also including control over the legal authority to impose penalties, although this measure required procedural adjustments and modification of the judicial staff. On this subject, a possible proposal would consist of preserving the present procedural modality of Seguridad Social (arts. 140-147 LJS), to identify from complaints about social benefits and regulate one or several modalities or procedural specialties, inspired on Contencioso-administrativo procedures, although not overlooking the hallmarks of social jurisdiction (celerity, immediacy, free service…) for the rest of concerns (tax-collecting management, sanctioning…) in which administrative mediation predominates. Ultimately, it would be about resuming the anticipated solution in LJCA project before being voted in Senado (Senate – Upper House) and using a single criterion of attribution of powers of an objective nature, in accordance to number 5, article 9 LOPJ, allocating these concerns within the social judicial order with no other exception than the control of the obligatory legal authority on the part of the Administration concerning Seguridad Social issues, the use of legislative delegating awarded to the Government by the Cortes Generales (General Courts: Upper & Lower Houses) to rule legislative Decretos (Decree) and complaints about patrimonial responsibility against institutions within Seguridad Social. The present research is founded on vast scientific and jurisprudential doctrine about the jurisdictional duality in this issue, delimiting and distributing competencies between Contencioso-administrativo and social orders in accordance to the current judicial order.
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La acción por provecho del dolo ajeno. Historia, calificación jurídica y presupuestos de la acción

Muñoz Villagra, Karen Elizabeth, Silva Olivares, Bárbara January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso completo de su documento

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