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Informe Jurídico sobre la Casación N°542-2017, Lambayeque

Mejía Liceta, Keyla Melissa 15 August 2022 (has links)
El delito de Colusión, tipificado en el artículo 384° del Código Penal, en la actualidad, es uno de delitos más comunes realizados por malos funcionarios públicos. A pesar de ello, no se ha logrado uniformizar la interpretación respecto a algunos de sus elementos típicos. En esa línea, la Casación N° 542-2017, Lambayeque, plantea diferentes posturas respecto a los elementos del delito de colusión, sin llegar una decisión uniforme, la cual definitivamente incide en la resolución del caso. En esa línea, a partir del análisis de la casación en mención se han identificado los siguientes problemas: i) el bien jurídico en el delito de colusión, ii) ¿La colusión agravada requiere de un perjuicio patrimonial para su configuración?, y iii) La naturaleza y denominación del primer y segundo párrafo del delito de colusión en el Código Penal peruano (¿colusión simple y agravada o conspiración colusoria y colusión desleal?). Para la resolución de estos problemas, hemos diferenciado algunos de los elementos típicos de la colusión simple y la colusión agravada. En ese sentido, se ha propuesto que el bien jurídico en el delito de colusión sea i) la asignación eficiente de los recursos basados en los principios de imparcialidad, transparencia, etc. y ii) la protección del patrimonio Estatal. Asimismo, hemos concluido que en el delito de colusión agravada es necesario un perjuicio efectivo al patrimonio del Estado, para su configuración y que los delitos conspirativos y de tendencia interna transcendente no son acorde a los elementos objetivos que exige el delito de colusión / The crime of Collusion, typified in article 384° of the Penal Code, is currently one of the most common crimes carried out by bad public officials. Despite this, it has not been possible to standardize the interpretation regarding some of its typical elements. Along these lines, Cassation No. 542-2017, Lambayeque, raises different positions regarding the elements of the crime of collusion, without reaching a uniform decision, which definitely affects the resolution of the case. Along these lines, based on the analysis of the cassation in question, the following problems have been identified: i) the legal interest in the crime of collusion, ii) does aggravated collusion require patrimonial damage for its configuration?, and iii) The nature and denomination of the first and second paragraph of the crime of collusion in the Peruvian Penal Code (simple and aggravated collusion or collusive conspiracy and unfair collusion?). To solve these problems, we have differentiated some of the typical elements of simple collusion and aggravated collusion. In this sense, it has been proposed that the legal interest in the crime of collusion is i) the efficient protection of resources based on the principles of impartiality, transparency, etc. and ii) the protection of state assets. Likewise, we have concluded that in the crime of aggravated collusion, an effective damage to the patrimony of the State is necessary, for its configuration and that conspiracy crimes and crimes of transcendent internal tendency are not in accordance with the objective elements required by the crime of collusion.
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Informe jurídico sobre el recurso de nulidad N°615-2015

Pariona Vega, Juan Ignacio 15 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico se origina ante la decisión de la Corte Suprema de absolver al expresidente Alberto Fujimori del delito de peculado por considerar que la Constitución no le otorga vínculo funcional especial con los recursos públicos del Servicio de Inteligencia Nacional. La Corte también considera a este delito como uno de infracción del deber institucional al que solo se le debe aplicar la teoría del autor único que no diferencia autores de partícipes mediante un criterio material, sino bajo el criterio de la infracción del deber institucional. La investigación busca determinar si el artículo 118 inciso 17 de la Constitución puede otorgar al presidente de la república vinculación funcional con los caudales públicos y si la teoría de los delitos de infracción de deberes institucional es aplicable en el sistema penal peruano, con los efectos que ello conlleva para la interpretación del delito de peculado y de las instituciones dogmático-penales de la autoría y participación. Para elaborar el trabajo nos basamos en las teorías de los delitos especiales desarrolladas por Claus Roxin, Günter Jakobs y Bernd Schünemann y en las investigaciones y jurisprudencia relativas al delito de peculado. Para ello, empleamos un método de investigación documental y dogmática. Los resultados del informe señalan que las teorías de infracción del deber de Roxin y Jakobs no son adecuadas para nuestro ordenamiento penal y que el artículo 118 inciso 17 de la Constitución si otorga la vinculación funcional requerida por el tipo de peculado. La conclusión para el caso concreto es que la Corte debió haber condenado a Alberto Fujimori como coautor del delito de peculado. / This legal report originates from the decision of the Supreme Court to acquit former President Alberto Fujimori of the crime of embezzlement on the grounds that the Constitution does not grant him a special functional link with the public resources of the National Intelligence Service. The Court also considers this crime as one of breach of institutional duty to which only the single perpetrator theory should be applied, which does not differentiate perpetrators from participants through a material criterion, but rather under the criterion of breach of institutional duty. The investigation seeks to determine if article 118, paragraph 17 of the Constitution can grant the president of the republic a functional relationship with public funds and if the theory of crimes of infraction of institutional duties is applicable in the Peruvian penal system, with the effects that This entails for the interpretation of the crime of embezzlement and the dogmatic-criminal institutions of authorship and participation. To elaborate the work, we are based on the theories of special crimes developed by Claus Roxin, Günter Jakobs and Bernd Schünemann and on the investigations and jurisprudence related to the crime of embezzlement. To do this, we use a documentary and dogmatic research method. The results of the report indicate that the Roxin and Jakobs theories of infraction of duty are not adequate for our criminal system and that article 118, paragraph 17 of the Constitution does grant the functional link required by the type of embezzlement. The conclusion for the specific case is that the Court should have convicted Alberto Fujimori as co-author of the crime of embezzlement.
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Análisis de aspectos problemáticos de la tipicidad objetiva y subjetiva del delito de negociación incompatible, en la Casación N.° 23-2016/ICA

Alcedo Solano, Sandra Pamela 15 August 2022 (has links)
El informe jurídico ofrece un análisis de los elementos de la tipicidad objetiva y subjetiva del delito de negociación incompatible, a través de la Casación N° 23-2016 ICA. Se desarrolla un estudio sobre el rol y responsabilidad penal del tercero o sujeto particular debido a la falta de tratamiento univoco en los tribunales. También, un análisis sobre la “finalidad indebida” como búsqueda de un provecho o beneficio que no requiere concretización. Por último, una reflexión general sobre la aplicación del principio de confianza o principio de desconfianza en los delitos de corrupción de funcionarios, con atención a la división horizontal y vertical de roles. / This legal report offers an analysis of the elements of the objective and subjective typicity of the crime of incompatible negotiation, through Casación No. 23-2016 ICA. It develops a study on the role and criminal responsability of the third party or private individual due to the lack of univocal treatment in the courts. Also, an analysis on the "undue purpose" as a search for an advantage or benefit that doesn’t require concretization. Finally, a general reflection on the principle of trust or the principle of distrust in crimes of corruption of officials, with attention to the horizontal and vertical division of roles.
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Informe Jurídico sobre la Casación N° 374-2015-Lima

Llerena Valencia, Maylin Maribi 15 August 2022 (has links)
La Casación 374-2015-Lima, por medio de la cual Aurelio Pastor fue absuelto de la acusación fiscal como autor del delito de tráfico de influencias simuladas, es un precedente importante no solo para entender cómo el máximo órgano del Poder Judicial, la Corte Suprema, interpreta la naturaleza de este tipo penal, sino también para reflexionar sobre las consecuencias negativas de legalizar este tipo de actos para un grupo selecto de profesionales: los abogados. Por ello, el presente informe, buscará, principalmente, abordar el entendimiento de este tipo penal desde el estudio de los elementos de la tipicidad objetiva, así como desde el análisis de las distintas posturas que se han vertido alrededor del bien jurídico protegido por este delito. Esto último con la finalidad de presentar una nueva postura, pero no por ello menos loable. Del mismo modo, el presente trabajo buscará analizar de forma crítica la aplicación, en el caso concreto, de la causa de justificación “ejercicio legítimo de la profesión”, regulada en numeral 8) del artículo 20 del Código Penal, pues no consideramos acorde legalizar este tipo de conductas. Finalmente, la investigación concluirá intentando responder a la interrogante de si en el caso en específico nos encontramos frente a un delito provocado por parte del tercero interesado. Palabras clave: tráfico de influencias simuladas, bien jurídico, causa de justificación, ejercicio legítimo de la profesión, delito provocado. / Cassation 374-2015-Lima, by means of which Aurelio Pastor was acquitted of the fiscal accusation as the perpetrator of the crime of simulated influence peddling, is an important precedent not only to understand how the highest body of the Judicial Power, the Supreme Court, interprets the nature of this criminal type, but also to reflect on the negative consequences of legalizing this type of act for a select group of professionals: lawyers. For this reason, this report will seek, mainly, to address the understanding of this criminal type from the study of the elements of objective typicity, as well as from the analysis of the different positions that have been exposed around the legally-protected right by this crime. The latter in order to present a new position, but no less laudable. In the same way, the present report will seek to critically analyze the application, in the specific case, of the cause of justification "legitimate exercise of the profession", regulated in numeral 8) of article 20 of the Criminal Law, since we do not consider it appropriate to legalize this type of behavior. Finally, the investigation will conclude trying to answer the question of whether in the specific case we are facing a provoked crime by the interested third party.
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La intervención de la Superintendencia del Mercado de Valores en la verificación de la gestión del modelo de prevención de delitos de corrupción en las personas jurídicas

Félix Tasayco, Gilberto 21 February 2023 (has links)
La presente investigación tiene como finalidad determinar si la intervención de la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante SMV) a través de los informes técnicos sobre verificación de la idoneidad de la gestión del modelo de prevención de delitos de corrupción en las personas jurídicas, es razonable. En efecto, se demostrará que la Ley Nº 30424 que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, y que otorga carácter vinculante a los informes técnicos de la SMV, colisiona con las prerrogativas constitucionales del Ministerio Público como titular del ejercicio público de la acción penal. Dada la complejidad de los delitos de corrupción y las ventajas competitivas de la Contraloría General de la República (en adelante CGR) frente a la SMV, se propone que se modifique el artículo 18 de la Ley Nº 30424 para que se excluya a la SMV de la verificación de la idoneidad de los modelos de prevención y se incluya a la CGR como organización oficial encargada de la emisión de los informes técnicos sin carácter vinculante para el Ministerio Público.
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Un estudio sobre justicia constitucional dialógica a partir de las respuestas del legislador a las decisiones del Tribunal Constitucional peruano sobre el contenido del delito de función militar y policial

Suárez López de Castilla, Camilo 04 July 2019 (has links)
La presente investigación pretende indagar en el concepto y características del concepto de justicia constitucional dialógica, sobre la base de un estudio de las repuestas del legislador a las sentencias del Tribunal Constitucional en las que, interpretando el artículo 173 de la Constitución, define el delito de función militar y policial. Actualmente, la idea de Estado Constitucional ampliamente aceptada en nuestro medio se asienta sobre la base de que la última palabra sobre asuntos de constitucionalidad la tienen las más altas instancias jurisdiccionales. En el caso del Perú, el Tribunal Constitucional. Las teorías dialógicas proponen quitarle la última palabra en materia de constitucionalidad al Tribunal Constitucional, toda vez que entienden que la interpretación constitucional es un proceso sostenido en el tiempo en el que participan en plena igualdad varios actores (jueces, legislador el gobierno, el pueblo). Se ha entendido que una manifestación de esta visión de la justicia constitucional permite al legislador emitir una normativa igual a la anteriormente declarada inconstitucional. En el Perú, aunque formalmente se podría entender que la última palabra en materia constitucional la ostenta el Tribunal Constitucional, ha habido varios casos de insistencia legislativa respecto de leyes declaradas inconstitucionales. En el presente trabajo se analizan las respuestas legislativas en materia de definición delito de función militar y se advierte que no cumplen con los estándares de la justicia dialógica.
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Infracciones administrativas elevadas a la categoría de delito ¿la no rendición de cuentas de viáticos justifica una sanción penal por peculado?: Problemas derivados con la entrega de viáticos

Caycho Ramos, Diana Mercedes 21 January 2019 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como finalidad analizar los diversos supuestos que se generan en relación con la entrega de viáticos a funcionarios y servidores públicos, y sus consecuencias; es decir, si cabe la posibilidad de imputar responsabilidad penal al sujeto por la comisión del delito de peculado cuando realiza un inadecuado manejo de los caudales o efectos públicos o, por el contrario, nos encontramos frente a una infracción administrativa que debe ser canalizada al derecho administrativo disciplinario. Es decir, lo que intentamos es analizar de manera general la administración pública y la finalidad que tiene para con los administrados, esto nos ayudará a comprender que el fin prestacional que cumple la Administración es importante a la hora de evaluar la posible comisión de un delito, pues recordemos que son los funcionarios y servidores del Estado los que tienen el manejo inmediato de los fondos públicos que son, finalmente, destinados al servicio de la comunidad. Sin embargo, somos conscientes que el fin prestacional no puede ser el único elemento diferenciador a la hora de distinguir un ilícito penal de una infracción administrativa. Es por esto que, postulamos tres etapas en las que se desenvuelven los funcionarios y servidores públicos; el primero, en el ámbito de la ética que es intrínseca a cada individuo, pero que pueden ser materializados, por ejemplo a través del Código de Ética de la Función Pública, Ley N° 27815. Un peldaño más arriba, tenemos las normas sobre el derecho administrativo disciplinario que las podemos encontrar en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Por último, siendo el mecanismo de intervención que debe ser activado solo cuando la vulneración al bien jurídico sea grave e insoportable, y los demás mecanismos de intervención no sean idóneos para proteger el bien jurídico, nos encontramos ante el derecho penal. Pero el problema no queda ahí, buscaremos diferenciar un ilícito penal y una infracción administrativa; ya que, esto es importante a la hora de analizar y dar una solución a nuestro trabajo.
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La criminalización de la corrupción privada : análisis de los artículos 241-A y 241-B del Código Penal Peruano

Quispe Meza, Daniel Simón 17 September 2019 (has links)
En esta investigación se aborda el fenómeno de la criminalización de la corrupción privada y el análisis de los artículos 241-A y 241-B del Código Penal peruano. Con ello, se busca analizar la legitimidad de la sanción penal en ambos tipos penales, así como su adecuada interpretación dogmática, toda vez que la corrupción privada es un tema de especial trascendencia para el correcto funcionamiento del mercado. Para ello, la presente tesis consta de tres capítulos. En el primero, se aborda cómo la corrupción ha dejado de ser percibida como un asunto exclusivo de funcionarios públicos para convertirse en un problema que también involucra a los particulares. Por su parte, en el segundo capítulo, se desarrolla la necesidad político criminal de sancionar como delito la corrupción privada en el ordenamiento jurídico peruano y, finalmente, en el tercer capítulo se analizan los artículos 241-A y 241-B y se propone una interpretación jurídico penal que pueda ser aplicada por los operadores de justicia. De este modo, se llega a la conclusión de que político criminalmente es viable incorporar tipos penales dirigidos a sancionar actos de soborno realizados en el sector privado debido a las graves consecuencias económicas que se generan para la competencia leal y para el patrimonio de las personas jurídicas. No obstante, para una correcta aplicación de estas figuras, por ejemplo, se analiza cuál es el bien jurídico protegido y se cuestiona la incorporación del socio y accionista como sujetos cualificados en ambos tipos penales, entre otros importantes temas.
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En la sombra de la legalidad: las causas de la corrupción en la contratación de obras públicas. El caso del Hospital Antonio Lorena y la Avenida de Evitamiento en el Cusco (2011-2014)

Villena Tagle, Claudia Adriana 01 October 2020 (has links)
El presente estudio tiene como objetivo identificar las causas de la corrupción en la construcción de obras públicas a partir de dos casos de estudio: Vía de Evitamiento y el Hospital Antonio Lorena del Cusco. Se argumenta que corrupción presente en estos dos casos responde a una racionalidad utilitaria y de interacción estratégica presente en las relaciones entre actores públicos y privados (variable independiente 1), y la existencia de deficiencias normativas en el proceso de contratación (variable independiente 2). Para probar la hipótesis planteada se emplea una metodología multimétodo: un experimento por encuesta aplicado a funcionarios públicos que laboraron en el Gobierno Regional del Cusco entre el 2011 al 2014, entrevistas semiestructuradas a actores clave y revisión de fuentes secundarias. En este estudio, el enfoque de políticas públicas permite ponderar el poder y recursos de los actores, los procesos burocráticos politizados y los conflictos de interés dentro del proceso de contratación de obras públicas. Se encuentra que la toma de decisiones responde a un pacto entre las partes que surge de los sobornos ofrecidos por las constructoras. A su vez, las decisiones de los actores se explican por el sesgo cognitivo de aversión a pérdida, es decir, personas prefieran evitar una perdida segura, el no involucrarse en actos de corrupción, en favor de una perdida potencial, perder el trabajo e ir a prisión. / This study analyzes corruption in public construction procurement to identify its causes. This, based on two case studies: “Avenida de Evitamiento y el Hospital Antonio Lorena del Cusco. It is argued that corruption present in these two cases responds to an utilitarian rationality and strategic interaction present in the relationships between public and private actors (independent variable 1), and the existence of regulatory deficiencies in the contract procurement. (independent variable 2). To test the hypothesis, this study uses a multi-method methodology: an experiment by survey applied to public officials who worked in the Regional Government of Cusco between 2011-2014, semi-structured interviews with key actors and review of secondary sources. Likewise, the public policy approach allows to consider the power and resources of the actors, politicized bureaucratic processes and conflicts of interest within the construction public procurement. In that sense, the study proves that decision-making responds to an agreement between the actors involved in the construction public procurement. This agreement arises from the bribes offered by construction companies. Also, it responds to the cognitive bias of aversion to loss, that is, actors avoid a certain loss, not receive a bribe; in favor of a potential loss, lose their job and go to prison.
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La red de la Bestia, la construcción de redes de corrupción dentro del gobierno : el caso de la región Áncash durante la gestión de César Álvarez

Melgar Vílchez, Sandy 26 May 2017 (has links)
La corrupción es uno de los principales problemas del Perú, esta se ha tornado más compleja y peligrosa, especialmente a nivel subnacional, puesto que ha empezado a surgir de forma organizada desde dentro del Estado y se ha vinculado a actores ilegales -narcotraficantes, mineros ilegales, sicarios, entre otros-. En este contexto, esta investigación tiene como unidad de análisis la región Áncash durante la gestión de César Álvarez 2007-2014; diversas investigaciones judiciales dan cuenta de que el Presidente Regional (PR) formó una organización de corrupción conformada presuntamente por empresarios, policías, funcionarios públicos, grupos de organizaciones civiles, sicarios, entre otros. La pregunta a la que se responde es ¿cómo surge una red de corrupción con altos niveles de organización desde dentro del gobierno? en el caso ya mencionado. En este trabajo, además del caso de Ancash, se analizó otras tres regiones (Loreto, Tumbes y Cusco) donde la corrupción se dio de forma diferente, esto con el objetivo de fortalecer las variables explicativas propuestas. Para el recojo de información además de revisar informes, periódicos, entre otros, se realizaron 49 entrevistas a profundidad a actores claves. Se postula que tres son las variables que explican la creación de una red de corrupción con altos niveles de organicidad a nivel regional: i) importa que el presidente regional administre cuantiosos recursos económicos; ii) las alianzas que se conforma con actores a nivel local, nacional y de las instituciones encargadas de fiscalizar son importantes para lograr el control local, realizar de forma eficaz la actividad ilícita, y evitar que la red sea descubierta -importa mucho el uso de estrategias como clientelismo, ataques mediáticos, entre otros, para fortalecer dichas alianzas- ; iii) y finalmente los posibles vínculos del PR con el sicariato genera la posibilidad de constituir redes capaces de neutralizar la acción de opositores mediante amenazas creíbles. En definitiva, esta modalidad de corrupción organizada desde dentro del gobierno es un nuevo desafío para el Estado central, por tanto, es necesario plantear nuevas estrategias de lucha contra la corrupción.

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