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Tributación especial por cambio del régimen semi-integrado a renta atribuida

Curiche Painemal, Oscar January 2019 (has links)
Programa de magíster en derecho tributario. Actividad formativa equivalente a tesis (AFET) / La Ley N° 20.780 del 29 de septiembre de 2014 y la Ley N° 20.899 del 08 de febrero de 2016, en conjunto representan el cambio tributario más significativo en 30 años. Respecto a la tributación final de las rentas empresariales se reemplazó el régimen basado en el Fondo de Utilidades Tributables (FUT), el que establecía tributación con impuestos finales sobre base percibida e integración total del Impuestos de Primera Categoría con el Impuesto Global Complementario o Adicional, por dos nuevos regímenes, denominados Renta Atribuida y Parcialmente Integrado, respectivamente. Éstos se basan en principios distintos en cuanto a la oportunidad en que deben tributar sus propietarios contribuyentes de impuestos finales y, difieren en el grado de integración del impuesto corporativo contra el impuesto final. De lo anterior, el legislador estableció en el artículo 14, letra D) de la LIR, normas que buscan armonizar el cambio de régimen. Así, en el cambio de régimen desde Parcialmente Integrado a Renta Atribuida, las rentas acumuladas en la empresa y pendiente de impuestos finales quedan afecta a una tributación especial del 35%. En virtud del análisis normativo y contable, se concluye que dicha norma genera importantes distorsiones y atenta contra otros principios básicos del ordenamiento tributario, como capacidad contributiva, equidad, simplicidad y eficiencia del sistema. Ahora bien, el actual Proyecto de Ley de Modernización y Simplificación del sistema tributario, ingresado al Congreso el 23 de agosto de 2018, hoy en fase de discusión, a diferencia de lo que existe, propone crear un solo régimen general de tributación, afectando las rentas con impuestos finales en base a retiros y dividendos efectivos, lo que, a mi parecer, va en la dirección correcta. Contar con un único régimen general de tributación sin duda que ayudará a la equidad y simplicidad del sistema tributario, eliminando las distorsiones que genera la coexistencia de dos regímenes. Así mismo, la implementación de un régimen general en el cual los propietarios tributen con impuestos finales en base a retiros o distribuciones efectivas de utilidades, en mi opinión, se encuentra en armonía con el concepto de impuesto a la renta establecido en los artículos 1° y 2° N° 1, de la Ley del ramo, toda vez que grava con impuesto los incrementos patrimoniales que materialmente perciban los socios o accionistas.
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El trámite de conciliación en el procedimiento general de reclamo tributario

Araya Araya, María José January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo trata acerca de la incorporación del trámite de conciliación al Procedimiento General de Reclamo Tributario; dicha incorporación fue efectuada mediante la Ley 21.039 que Perfecciona la Justicia Tributaria y Aduanera, publicada el 20 de Octubre del año 2017 en el Diario Oficial. Se analizará entonces, la pertinencia y necesidad de dicha incorporación, las posibles implicancias y las características de la iniciativa. A fin de cumplir con dicho cometido, en primer lugar se expone una breve reseña de la Justicia Tributaria en Chile, y cómo el Procedimiento General de Reclamo Tributario se enmarca en dicho contexto, se describen sus aspectos procesales, primero de una forma meramente descriptiva, y luego de forma más crítica a fin de dar cuenta de las falencias que eventualmente podría corregir la incorporación del trámite de conciliación a este Procedimiento de Reclamo Tributario y de manera ulterior a la Administración de Justicia en materia tributaria. Luego se ofrece un análisis de la tramitación del proyecto de ley que en definitiva, dentro de otros cometidos, incorporó el trámite de conciliación a los procedimientos de reclamos efectuadas ante el Tribunal Tributario y Aduanero, indicando sus objetivos, las necesidades que lo motivaron, así como su desarrollo en los últimos años, hasta su conclusión. Adicionalmente a esto, es igualmente necesario que el lector tenga en cuenta la función que cumple la Conciliación, en tanto Método Alternativo de Solución de Controversias, esto, a fin de formar un juicio acerca de la conveniencia de la incorporación de esta institución en un sistema jurídico y particularmente en materia tributaria. Posteriormente se analiza el trámite de conciliación en el Procedimiento General de Reclamo Tributario. Se ahonda acerca de su necesidad y además se describe este trámite en la manera en que fue incorporado. Enseguida se analiza si este trámite de conciliación sería o no una novedad en el marco de la justicia tributaria o si tiene precedentes ya sea en el procedimiento general de reclamo o en algún otro en materia tributaria. Por último, se exponen las consideraciones finales y conclusiones arrojadas por el análisis realizado en los capítulos precedentes a fin de intentar entregar una respuesta a las interrogantes planteadas al inicio de este trabajo. / 02/04/2020
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Análisis convención multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (partes II, III y IV) y modificaciones aplicables a los convenios para evitar la doble imposición suscritos por Chile

Hidalgo Larraín, María Jesús January 2018 (has links)
Tesis (magíster en derecho tributario) / Actividad formativa equivalente a Tesis (AFET)
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Enajenación indirecta de activos subyacentes chilenos: Problemáticas actuales y propuestas

Salas Soto, Loreto Fernanda January 2018 (has links)
Tesis (Magister en Derecho Tributario) / Actividad Formativa Equivalente a Tesis (AFET) / El objetivo del presente trabajo es el análisis y estudio de la tributación sobre la enajenación indirecta de activos chilenos, contenida actualmente en el artículo 10, inciso 3° de la Ley de Impuesto a la Renta. Para esto, se estudiará el contexto histórico en virtud del cual surge la norma, sus modificaciones y los primeros conflictos que enfrentaba. A continuación, se analizará el marco jurídico aplicable, así como cada uno de los elementos de la obligación tributaria en materia de venta indirecta, las características de la norma, su ámbito de aplicación, así como la legislación internacional aplicable en Chile sobre la materia. Posteriormente, se revisará legislación comparada sobre la materia. En los capítulos siguientes, se verificará el cumplimiento de los principios constitucionales tributarios, así como la relación entre la normativa interna e internacional. Finalmente, se identificarán los principales problemas que enfrenta la norma y sus posibles soluciones.
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La protección del debido proceso en el procedimiento de declaración judicial de la existencia de abuso o simulación y de la determinación de la responsabilidad respectiva en materia tributaria

Carreño Gutiérrez, Carla Andrea January 2018 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho tributario) / El presente trabajo tiene como objeto principal el análisis crítico y bajo los principios que rigen la garantía constitucional del Debido Proceso, del nuevo procedimiento instaurado en virtud de la última reforma tributaria, para la declaración de la existencia de abuso o simulación en materia tributaria.
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La norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario y la vulneración de la seguridad jurídica de los contribuyentes en el Perú

Carbajal Sanchez, Mildreth Estephany 18 March 2021 (has links)
El sistema jurídico peruano constantemente dictamina normativas que ayudan a optimizar la calidad de vida de sus habitantes. Así, se consideró necesaria la implementación de una norma general antielusiva para luchar contra aquellas operaciones que se crean para evitar el pago de impuestos. La presente investigación determina si la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario vulnera la seguridad jurídica de los contribuyentes en el Perú. Para ello se determinó la existencia de una transgresión al principio de predictibilidad, irretroactividad y presunción de inocencia. La hipótesis principal es que la norma antielusiva en mención vulnera la seguridad jurídica de los contribuyentes peruanos. La tesis desarrollada se justifica a través de su importancia para la Tributación, debido a que permite profundizar en un tema complejo, pero relevante del derecho tributario. Es importante para el ámbito universitario porque permite ahondar y fortalecer las pocas investigaciones existentes sobre esta temática; y su importancia para los ciudadanos peruanos, debido a que permite adquirir un mayor conocimiento sobre los tributos como actores fundamentales para la recaudación y satisfacción de los servicios públicos. Esta investigación se realiza sobre la base de la información obtenida de fuentes como leyes, ponencias, revistas electrónicas, encuestas, entrevistas, entre otros; asimismo, es cualitativo y su nivel es descriptivoexplicativo-analítico. Respecto al método de investigación, se seleccionó el inductivo – deductivo. No se determinó una población o muestra específica, debido a que la investigación es descriptiva y que se llevó cabo sobre la revisión del conjunto de normas legales en el ámbito tributario. En cuanto a los resultados, se concluye que la Norma XVI transgrede el principio de predictibilidad al incurrir en imprecisiones léxicas, el principio de irretroactividad al no respetar la aplicación prospectiva de las normas y el principio de presunción de inocencia al establecer responsabilidad solidaria a los directores
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La aplicación de la claúsula anti-elusiva general en el procedimiento de fiscalización de SUNAT y el conflicto con el principio de seguridad jurídica

Buchelli Valdivia, Oliver Rolly 25 December 2021 (has links)
El presente trabajo se enmarca en la revisión desde la perspectiva del Derecho Tributario y Derecho Constitucional, respecto del posible conflicto que pueda ocasionar la aplicación de la Cláusula anti-elusiva general (CAG) regulada en la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario vigente en el procedimiento de fiscalización definitiva de SUNAT, con el principio de seguridad jurídica, que si bien no se encuentra consagrado expresamente en la Constitución del año 1993, sí se realiza su desarrollo mediante la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional. Para esto se revisa en el primer capítulo los motivos extrajurídicos del establecimiento de la norma en nuestro ordenamiento, se define históricamente la concepción de las figuras legales y la importancia del respeto de los principios del derecho en la dación de las leyes y regulación normativa complementaria. Para lograr este objetivo, a través de los siguientes capítulos del trabajo, y aplicando el enfoque metodológico de argumentación jurídica constitucional se observa la jurisprudencia constitucional peruana en la conceptualización de los diversos principios que deben enmarcarse en un correcto procedimiento de fiscalización, más aún cuando corresponda la aplicación de la CAG. Se compara en una investigación cualitativa la experiencia de aplicación de la CAG en el ordenamiento de derecho continental, tomando a España y Chile, como ejemplos del contexto de aplicación y reglamentos en diversos países cuya regulación se basa en el derecho del common law, dada su importancia en el tiempo, como Canadá, Australia, Nueva Zelanda y el Reino Unido. Esto nos permite concluir que el aplicar correctamente la CAG no sólo se encuentra dentro del marco constitucional y de respeto de diversos principios constitucionales, sino que por sí misma, es una válida realización del principio de seguridad jurídica, dado que permite controlar que efectivamente la tributación se ejecute conforme a la correcta capacidad contributiva de los sujetos. De esta forma, se logrará el objetivo que es combatir las acciones y comportamientos elusivos perniciosos para el Estado social de derecho.
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Clausula anti elusiva general peruana: estudio comparado con Brasil, Colombia y Chile

Vásquez Julca, Yajaira Milsuri January 2021 (has links)
El presente artículo busca comprender y enfatizar las bondades de una normativa peruana como lo es la Cláusula Anti elusiva General, ya que presentó falencias en cuanto a sus parámetros de fondo y forma las cuales fueron duramente cuestionadas y llevaron a dificultar la aplicación de ella por parte de la administración tributaria durante cinco años. La tesis aplicará el tipo de investigación básica, la cual consiste en la recolección de datos que profundizan los conocimientos sobre el tema en investigación. Donde fue necesario el análisis de la norma, para entender la naturaleza y comportamiento de la legislación peruana. Los resultados mostraron que. contar con una norma anti elusiva es necesaria para combatir los actos que menoscaban en nuestro ordenamiento jurídico. Si bien es cierto países vecinos cuentan con la misma clausula, esta presenta tanto similitudes como medidas que podríamos tomar en consideración para las brechas que presenta la norma; sin llegar a reproducir las practicas que emplean dichos países ya que se desconoce el impacto y la realidad de las acciones que emplean los grupos económicos en cada país.
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Análisis de la notificación por medio de sistemas de comunicación electrónicos prevista en el código tributario y su implicancia en el principio del debido procedimiento

Rimarachín Suárez, Edwin Fernando January 2014 (has links)
Los actos administrativos como la resolución de determinación, la resolución de multa, la resolución de ejecución coactiva, la orden de pago, entre otros; inician con la notificación, el cual permite poner en conocimiento del administrado el contenido de los actos administrativos que afectan sus derechos, obligaciones e intereses, dotándoles de eficacia, motivo por el cual es necesario que ésta cumpla una serie de requisitos que deben ser cumplidos con el fin de brindar certeza y fehaciencia al acto de notificación, pero por qué en la actualidad existen diversas quejas, reclamos y malestar respecto a estas notificaciones, ello motivado muchas veces por el desconocimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente, desconoce la notificación u en otros casos cuando en actos se violentan las garantías de los contribuyentes, vulnerando así su derecho como los de defensa, información, debido procedimiento. En ese sentido en el presente trabajo hemos abordado las diferentes teorías en las que se soportan la investigación y las bases teóricas científicas encontradas en los diferentes libros investigados. En base a los hallazgos de resultados (diagnóstico) y análisis (discusión), se está en capacidad de poner en evidencia las conclusiones del estudio y presentar alternativas de solución al problema.
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Análisis Jurídico de la Resolución del Tribunal Fiscal No. 00859-2-2018 – Arrastre de pérdidas de fuente extranjera

Sánches Montes, Alvaro José 10 February 2022 (has links)
En el presente informe se analiza la posibilidad que los contribuyentes domiciliados compensen, para fines de la determinación de su Impuesto a la Renta a pagar en el Perú, la renta de fuente extranjera de un determinado ejercicio con las pérdidas de fuente extranjera de ejercicios anteriores. En ese sentido, se parte de la premisa que el arrastre de pérdidas es un derecho de los contribuyentes domiciliados amparado en principios constitucionales como la capacidad contributiva, no confiscatoriedad e igualdad. En esa línea, dicho derecho también comprende el arrastre de pérdidas de fuente extranjera. En concordancia con ello, bajo una interpretación literal y teleológica del artículo 51° de la Ley del Impuesto a la Renta evidenciamos que dicha norma no prohíbe el arrastre de fuente extranjera. En consecuencia, atendiendo a su naturaleza de derecho sustentado en principios constitucionales y que no existe una prohibición explícita, se concluye que el arrastre de pérdidas de fuente extranjeras está permitido por la Ley del Impuesto a la Renta actual. / This legal report analyzes the possibility for domiciled taxpayers to offset, for purposes of determining their income tax payable in Peru, the foreign source income of a given year with the foreign source losses of previous years. In this sense, it is assumed that the carryforward of losses is a right of domiciled taxpayers protected by constitutional principles such as contributive capacity, non-confiscation and equality. Along these lines, this right also includes the carry forward of foreign source losses. Accordingly, under a literal and teleological interpretation of article 51 of the Income Tax Law, it is evident that such law does not prohibit the carryforward of foreign sources. Consequently, due to its nature as a right based on constitutional principles and the fact that there is no explicit prohibition, it is concluded that the carryforward of foreign source losses is allowed by the current Income Tax Law.

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