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Resolución Nº124-2020/CCD-INDECOPI - Informe jurídico

Gastañeta Bastidas, Adria 01 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico trata sobre la Resolución Nº124-2020/CCDINDECOPI mediante la cual la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal declara fundada la infracción a los principios de autenticidad y adecuación social en el marco de la Ley de Represión de Competencia Deseal en el ámbito de publicidad comercial por parte del señor Andy Merino Ramírez, influencer peruano, quien, haciendo uso de sus redes sociales publicita el aplicativo Picap, plataforma de económica colaborativa que facilita la intermediación entre conductores de moto lineales con usuarios que desean ser trasladados. El objetivo de este informe es dilucidar si el contenido compartido en las redes sociales por los influencers puede ser publicidad, de este modo, reconocer la aplicabilidad de la Ley de Represión de Competencia Desleal al caso en concreto. Asimismo, buscamos estudiar las categorías jurídicas en las que un influencer llega a ser parte de la relación de difusión de publicidad, a fin de establecer la asignación de responsabilidad que se lo puede atribuir. Finalmente, aterrizamos el trabajo realizado un análisis respecto del examen realizado por la Administración Pública, a fin de concluir si este fue el adecuado en el marco del procedimiento administrativo sancionador iniciado de oficio en contra del influencer y en atención a la normativa del sector. / This legal report analyzes the Resolution Nº 124-2020/CCD-INDECOPI by which the Unfair Competition Oversight Commission declares the infringement of the principles of authenticity and social adequacy founded within the framework of the Law for the Repression of Unfair Competition in the field of commercial advertising by Mr. Andy Merino Ramírez, a peruvian influencer, who, using his social networks, advertises the Picap application, a collaborative economic platform that facilitates intermediation between linear motorcycle drivers with users who wish to be transferred. The objective of this report is to determine whether the content shared on social networks by influencers may be advertising, thus recognizing the applicability of the Law for the Repression of Unfair Competition to the specific case. Likewise, we seek to study the legal categories in which an influencer becomes part of the advertising diffusion relationship, in order to establish the assignment of responsibility that can be attributed to it. Finally, we land the work carried out an analysis regarding the examination carried out by the Public Administration, in order to conclude if this was the appropriate one in the framework of the sanctioning administrative procedure initiated ex officio against the influencer and in attention to the regulations of the sector.
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Informe jurídico sobre la Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN N° 131-2010-OS/CD

Angulo Remuzgo, Angélica Mireli 03 August 2023 (has links)
La Resolución N° 131-2010-OS/CD, analizada en el presente trabajo, pone fin al procedimiento administrativo sancionador llevado a cabo por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería contra la empresa minera Southern Peru Copper Corporation, por haber incurrido en infracciones a normas ambientales. Dicho ello, la finalidad del presente trabajo es ofrecer un análisis crítico sobre la observancia de los principios de legalidad y debido procedimiento, límites de la potestad sancionadora de la Administración Pública, en el marco de dicho procedimiento sancionador. Para tal efecto, se recurrirá a la Ley del Procedimiento Administrativo General, así como también, a la normativa sectorial, jurisprudencia y doctrina, que permitirán el adecuado y cabal desarrollo del objetivo propuesto. En función del análisis realizado, se argumenta que el organismo regulador ha vulnerado los principios de legalidad y debido procedimiento, al inobservar las exigencias formales previstas para la imposición de sanciones, y al no respetar el procedimiento legalmente establecido, afectando de forma irreparable el derecho de defensa de la empresa minera. De esta manera, se concluye que la Resolución N° 131-2010-OS/CD debió declarar la nulidad de todo lo actuado, en lugar de persistir en la imposición de sanciones en manifiesta contravención a los principios señalados. / Resolution No. 131-2010-OS/CD, analysed in this paper, puts an end to the administrative sanctioning procedure carried out by the Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería against the mining company Southern Peru Copper Corporation for having incurred in infractions of environmental norms. That said, the purpose of this paper is to offer a critical analysis of the observance of the principles of legality and due process, limits of the sanctioning power of the Public Administration, within the framework of this sanctioning procedure. For this purpose, the General Administrative Procedure Act will be referred to, as well as sectorial regulations, jurisprudence and doctrine, which will allow for the adequate and full development of the proposed objective. Based on the analysis carried out, it is argued that the regulator has violated the principles of legality and due process by failing to comply with the formal requirements for the imposition of sanctions, and by not respecting the legally established procedure, irreparably affecting the mining company's right of defence. Thus, it is concluded that Resolution No. 131-2010-OS/CD should have declared the nullity of all the proceedings, instead of persisting with the imposition of sanctions in clear contravention of the principles mentioned.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia de Casación N. 526- 2022/CS (Caso Juan Doroteo Monroy Gálvez)

Pimentel Palomino, Enrique Alberto 03 August 2023 (has links)
El presente Informe Jurídico tiene por objeto principal analizar la Sentencia de Casación N. 526-2022/CS. Esta Sentencia es importante a efectos jurídico-penales, debido a que resuelve temas como las conductas neutrales en los Delitos contra la Administración Pública y su tratamiento procesal en la excepción de improcedencia de acción. Así, la pregunta central que surge de su análisis es la siguiente: ¿Se le puede imputar al abogado Juan Doroteo Monroy Gálvez la condición de cómplice primario en el delito de colusión? Para ello, el presente informe jurídico se ha valido de distintos instrumentos para un adecuado análisis como la remisión a normas, jurisprudencia y doctrina. Después de la investigación rigurosa llevada a cabo, se concluyó que el abogado Juan Doroteo Monroy Gálvez no es cómplice primario en el delito de colusión, ya que su conducta se encuentra conforme a derecho. / The main purpose of this Legal Report is to analyze the Cassation Judgment No. 526- 2022/CS. This Judgment is important for legal-criminal purposes, because it resolves issues such as neutral conduct in Crimes against the Public Administration and its procedural treatment in the exception of inadmissibility of action. Thus, the central question that arises from his analysis is the following: Can lawyer Juan Doroteo Monroy Gálvez be accused of being a primary accomplice in the crime of collusion? For this, the present legal report has used different instruments for an adequate analysis such as the reference to norms, jurisprudence and doctrine. After the required investigation carried out, it was concluded that the lawyer Juan Doroteo Monroy Gálvez is not a primary accomplice in the crime of collusion, since his conduct is in accordance with the law.
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La desnaturalización de las potestades administrativas a través del arbitraje en los contratos de concesión

Gamarra Pariasca, Evelyn Consuelo 23 March 2022 (has links)
El presente informe se aborda sobre las potestades administrativas sometidas a arbitraje en vinculación a las controversias suscitada en los contratos de concesión, los cuales han sido identificados en resoluciones emitidas por árbitros, pese a que dichas potestades se encuentran otorgadas por ley a los organismos regulados, mediante la Ley Nº 27332 – Ley Marco de Los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. Siendo analizado en el presente informe, las competencias administrativas que colisionan los tribunales arbitrales al resolver sobre materias que exceden de su competencia, si bien los convenios arbitrales establecidos en contratos de concesión no precisen las materias arbitrales, ello no implica que los tribunales arbitrales puedan resolver materias fuera de su competencia. Razón por la cual, se desarrolla el presente en torno a las potestades administrativas, las cuales están siendo sometidas a arbitraje en la actualidad.
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Los efectos de aperturar procedimientos administrativos sancionadores caducados

Monzón Gonzalez, Alberth Steve 11 April 2019 (has links)
La presente investigación, tiene por finalidad analizar la caducidad del procedimiento administrativo sancionador, que fue incorporado a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, a través del Decreto Legislativo N° 12721. La caducidad es un mecanismo a través del cual se pone fin al procedimiento administrativo sancionador cuando no se resuelve dentro del plazo establecido por la norma. Bajo ese contexto, esta figura procedimental se producirá a consecuencia de la inactividad propia de la administración, al no haber concluido con él procedimiento dentro del plazo determinado por la Ley; sin embargo, se advierte que la propia norma permite que tras la caducidad del procedimiento, puede, a criterio de la administración, iniciarse un nuevo procedimiento administrativo sancionador. Entonces, de producirse esta situación, se estaría lesionando el principio del nen bis in ídem procesal y la seguridad jurídica. Por ello, de la revisión en la jurisprudencia y doctrina, nacional e internacional, que parte de la definición de la caducidad, tipos de caducidad, plazos y efectos de la caducidad; así como, de la definición del nen bis in ídem y su aplicación; se tiene por objetivo analizar si es que efectivamente se produce las lesiones antes indicadas. Bajo esta tesitura, se concluyó que la caducidad del procedimiento desarrollado en nuestra legislación es semejante a la regulada en España, México y Venezuela; produce efectos esencialmente procedimentales, por lo cual no produce directamente o por sí sola ninguna extinción de derechos o facultades (no media un pronunciamiento de fondo); no afecta el non bis in ídem procesal conforme a la jurisprudencia nacional; no obstante, considero que no es del todo cierto, porque lo que busca el non bis in idem es evitar un doble procedimiento, independientemente de que los administrados sean absueltos y refleja la negligencia absoluta del Estado de no poder instruir los procedimientos que se encuentran a su cargo.
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La retroactividad benigna en los procedimientos administrativos sancionadores

Tramontana Hinostroza, Daniela de los Angeles 22 March 2022 (has links)
El presente tiene como objetivo principal conocer los lineamientos bajo los cuales diversas entidades públicas al ejercer la potestad sancionadora aplican el principio de retroactividad benigna para la resolución de procedimientos administrativos sancionadores. Ello con la finalidad de determinar si en el Perú existe un criterio único de interpretación sobre este principio o, por el contrario, algunas entidades poseen un razonamiento diferente. Para llevar a cabo la presente investigación, analizaremos las bases fundamentales del principio de retroactividad benigna, así como algunas resoluciones emitidas por los principales sectores del país.
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Incompetencia en la inaplicación de barreras burocráticas ilegales con efectos generales

Sánchez Vicuña, David Alejandro 13 May 2021 (has links)
Los procedimientos de eliminación barreras burocráticas en la actualidad han ganado relevancia, al considerar la diversidad de barreras establecidas en las entidades de la Administración, las cuales influyen en la interacción realizada por el administrado. El Decreto Legislativo 1256, busca solucionar ello en su artículo 8, ante la inaplicación general de barreras burocráticas ilegales contenidas en disposiciones administrativas, evitando que la administración tenga que llevar a cabo procedimientos idénticos, a razón del fondo y la forma, variando tan solo por el administrado que lo solicitado. No obstante, tal competencia ejercida a través de mandatos de la CEB y la Sala al declarar la ineficacia de una disposición administrativa, conlleva el mismo efecto – la ineficacia de la norma vigente – al dado en las competencias exclusivas reconocidas a los jueces, de poder un control concentrado y con ello, llevar a cabo derogaciones o nulidades, que al fin de cuentas, genera la ineficacia con efectos generales de la norma cuestionada. Es el poder determinar si se atenta contra la competencia de los jueces y con ello, el considerar si el artículo 8 del Decreto Legislativo 1256 es inconstitucionalidad, lo que permite establecer si se puede considerarse como tal, ante la vulneración dada por medio el control de legalidad ejercido por la CEB y la Sala, frente a las competencias otorgadas por la Constitución a los jueces en poder generar ineficacia con efectos generales en las disposiciones. En ese sentido, si bien es admisible el que la CEB y la Sala puedan ejercer un control de legalidad, mas es el efecto de ello – similar al dado en la derogación y la nulidad en sus procedimientos respectivos– es lo que vulnera la Constitución, al reconocer y atribuir una competencia que es exclusiva de los jueces del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional
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La naturaleza jurídica de la actividad de limpieza pública a cargo de los gobiernos locales

Ramón Lavado, Mayra Guadalupe 09 April 2016 (has links)
El 2014 será recordado como uno de los años más convulsionados en el tema de la limpieza pública debido a los cúmulos de basura abandonados en la vía pública, las huelgas iniciadas por los trabajadores en protesta por pagos atrasados y las declaraciones de emergencia sanitaria por acumulación de basura en las calles de diversos distritos de Lima (San Juan de Miraflores, Rímac, Comas y Villa María del Triunfo) y de otras regiones del Perú (Distritos de Loreto y Huancayo). La escasez o falta del servicio ha puesto de manifiesto la necesidad e importancia de la limpieza pública y ha acarreado la obligatoria intervención de las entidades pertinentes. Sin embargo, éstas no dejan de ser más que soluciones momentáneas a las crisis surgidas, cuando lo que en realidad se necesita son medidas que promuevan un verdadero cambio en la prestación. De lo contrario, continuarán suscitándose este tipo de situaciones, tal y como ha acontecido recientemente en el distrito de San Martín de Porres donde la empresa PETRAMÁS S.A.C. decidió unilateralmente suspender sus servicios de limpieza a la comuna a partir del 01 de Mayo de 2015 debido a una deuda pendiente de más de 5 millones de soles que dejó la gestión anterior.
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Reflexiones sobre los criterios de agravamiento de la sanción inspectiva laboral a la luz de los principios del derecho administrativo sancionador

Cavalié Cabrera, Paul Carlos Elías 13 July 2021 (has links)
Hoy, ciertamente, se viene asentando en nuestro país como una rama específica de estudio lo que vendría en denominarse el Derecho Administrativo Laboral, uno de cuyos tópicos o ámbitos más interesantes, a su vez, es el referido a su aspecto sancionador. Este trabajo se plantea examinar, a partir del surgimiento y desarrollo de las potestades reglamentarias y sancionadoras atribuibles a la Administración Pública, cómo estas se materializan en el campo de la fiscalización laboral, y más concretamente, en el establecimiento de las infracciones y en la imposición de sanciones. En un estado democrático de derecho se suele asumir que un reparto natural o ideal de las potestades hace recaer en el Legislativo la de establecer las infracciones y las subsecuentes sanciones a imponer a los ciudadanos, vistas las afectaciones que se producen sobre ellos. Nuestro trabajo insiste, más bien, en evidenciar lo que la doctrina administrativista y constitucional reconocen hoy como un fenómeno creciente en el campo administrativo sancionador: el de la “colaboración reglamentaria”. Se entiende por ella a la suerte de delegación por parte del legislador al normalmente reglamentador (entidades del Ejecutivo), de la casi totalidad de sus roles propiamente punitivos: la determinación de las infracciones, la asignación del nivel de su gravedad, las sanciones a imponer, los supuestos de agravamiento de estas sanciones, entre otros aspectos. De ahí que en el presente trabajo terminemos por denominarlo como un “reglamentador punitivo laboral”, distinto, en este caso, de su tarea clásica de dotar de precisiones a una ley. Luego de repasar los distintos mecanismos de agravamiento de las sanciones, contenidos en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, examinamos los bienes jurídicos que explicarían el porqué de estos casos que conllevan a un “plus” de punición. Finalmente, precisamente por encontrarnos instalados en un estado democrático de derecho, buscamos someter estos mecanismos de agravamiento a un examen que si bien ha de tomar en cuenta los importantes bienes jurídicos que sustentan este refuerzo de la sanción, debe conciliarlos, también, con los principios del derecho administrativo sancionador
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°000137-2018/CEB-INDECOPI, E-2800. Procedimiento de Eliminación de barreras burocráticas iniciado por Energigas S.A.C. contra el organismo supervisor de la inversión en energía y minería

Mansilla Peláez, Diego Alonso 29 April 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, el cual resuelve la denuncia interpuesta por la empresa ENERGIGAS S.A.C. contra el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería por la presunta imposición de dos barreras burocráticas ilegales y carentes de razonabilidad, materializadas en los párrafos segundo, así como tercer y cuarto del artículo 17A del Anexo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 191-2011-OS/CD. El análisis desarrollado en el presente informe tiene como objetivo dar respuesta a tres problemas jurídicos que consisten, en primer lugar, en determinar si las barreras burocráticas materia de cuestionamiento son ilegales dentro de aspectos establecidos en la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas. En segundo lugar, se tiene el problema jurídico de si correspondía o no que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi analice la razonabilidad de la primera barrera burocrática, materializada en el segundo párrafo del artículo 17A. Por último, el tercer y último problema jurídico consiste en establecer si la primera barrera burocrática carecía o no de razonabilidad. Para dar respuesta a los problemas jurídicos antes mencionados, se analizará el cumplimiento de la normativa aplicable en Derecho Administrativo, en lo referente a actos administrativos, requisitos que puede solicitar la Administración Pública, así como normativa transversal a todo el ordenamiento jurídico como es la aplicación de la normativa en el tiempo. De igual manera, se consideran criterios de interpretación jurídica como el criterio teleológico y el método de interpretación sistemática, así como los principios que sustentan fundamentalmente el procedimiento administrativo. Todo ello, tomando en consideración la realidad y los efectos que tiene en la práctica la regulación en los agentes que desarrollan actividades de hidrocarburos.

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