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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 2549-2010/SC1-INDECOPI

Abanto Caycho, Leslie Fiorella 16 August 2022 (has links)
En el marco de la Constitución de 1993, el cambio de rol del Estado en la economía peruana, y la promulgación de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, fue el punto de partida Para que el Indecopi empezara a analizar una situación excepcional en el mercado: la actividad empresarial del Estado. La presente resolución administrativa es una muestra de la diversidad de pronunciamientos que ha tenido la Sala de Defensa de la Competencia al determinar la existencia de una infracción al artículo 14.3 de la normativa especial, en concordancia con el artículo 60 de la Constitución. Producto de ello, el organismo regulador de la competencia planteó una metodología de análisis propia de estos casos, la cual se aplica al caso específico de Clínica Santa Teresa contra el Hospital Cayetano Heredia, y que, posteriormente será establecida mediante el precedente vinculante de Universidad Nacional del Altiplano – Puno contra Pollería El Rancho II. Al respecto, el presente Informe tiene como finalidad determinar si lo resuelto por la Sala en la Resolución N° 2549-2010/SC1-INDECOPI se condice con las condiciones establecidas en la Carta Magna para dicha intervención estatal, lo cual nos permitirá concluir que el servicio médico prestado por el Hospital Cayetano Heredia consistió en una actividad empresarial ilícita al no encontrarse autorizado por una ley expresa. / In the context of the 1993 Constitution, the role change of the Peruvian State in the economy, and the promulgation of Law for the Repression of Unfair Competition, Indecopi began to analyze an exceptional situation: State business activity. This administrative decision is a sample of pronouncements diversity that the Tribunal of Defense of Competition has had in assessing the existence of a violation of article 14.3 of Legislative Decree N° 1044 according to article 60 of the Constitution. As a result, Indecopi proposed an analysis methodology, which applies in the specific case of Clínica Santa Teresa vs. Hospital Cayetano Heredia and will later be established in the binding precedent of Universidad Nacional del Altiplano – Puno vs. Pollería El Rancho II. Thereon, this report's purpose is to define if the judgment of the Tribunal by Resolution No. 2549-2010/SC1-INDECOPI is consistent with Political Constitution requirements to conclude if the service provided by the Hospital Cayetano Heredia is an illicit business activity not authorized by an express law.
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lnforme Jurídico sobre Resolución N° 0102-2014/CEB-INDECOPI del Expediente N° 0284-2013/CEB

Salazar Briceño, Jhunelly Margoth 27 February 2023 (has links)
Mediante eI presente informe jurídico se anaIiza el Expediente N° 0284-2013/CEB INDECOPl, relacionado a la denuncia impuesta por Aba Singer & CIA S.A.C contra Ia MunicipaIidad MetropoIitana de Lima, por la supuesta imposición de una barrera burocrática iIegal y carente de razonabiIidad. El informe identifica y analiza dos problemas jurídicos que fueron abordados por los órganos resolutivos. El primero, se basa de determinar la legaIidad de la medida cuestionada; y, el segundo, en determinar la razonabiIidad de la medida cuestionada. Como base al presente análisis, se desarrollan consideraciones preIiminares que debemos tener en cuenta como el marco normativo sobre el cual se analizarán los problemas jurídicos, la definición de las barreras burocráticas con la finalidad de identificar el tipo de barrera cuestionada y, por último, la metodoIogía apIicabIe al procedimiento de eIiminación de barreras burocráticas. Finalmente, al finalizar la revisión del presente informe jurídico podremos tener un claro entendimiento sobre la definición y naturaleza de las barreras burocráticas, sobre los derechos que fundamentan la necesidad de un procedimiento administrativo que tenga por finalidad identificar y disponer la eIiminación de las barreras burocráticas, sobre el procedimiento adecuado para identificar su legaIidad y/o razonabiIidad, sobre los efectos que generan las decisiones de los órganos resolutivos al identificar una barrera burocrática carente de legaIidad y/o razonabiIidad, habiendo resuelto con ello los problemas jurídicos identificados. / This paper analyzes the File N° 0284-2013/CEB-INDECOPI, related to the complaint filed by Aba Singer & CIA S.A.C against the Metropolitan Municipality of Lima, for the alleged imposition of an illegaIand unreasonable bureaucratic barrier. The report identifies and analyzes two legaI problems that were analyzed by the resolution bodies. The first is based on determining the legality of the challenged measure; and the second is based on determining the reasonableness of the challenged measure. As a basis for the present analysis, preliminary considerations are developed that must be taken into account, such as the normative framework on which the legaI problems will be analyzed, the definition of bureaucratic barriers in order to identify the type of barrier in question and, finally, the methodology applicable to the procedure for the elimination of bureaucratic barriers. Finally, at the end of the review of this paper we will have a clear understanding of the definition and nature of bureaucratic barriers, of the rights that support the need for an administrative procedure to identify and provine for the elimination of bureaucratic barriers, of the appropriate procedure to identify their legality and/or reasonableness, of the effects generated by the decisions of the resolution bodies when identifying a bureaucratic barrier lacking legality and/or reasonableness, having thus solved the legaI problems identified.
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Informe Jurídico sobre Resolución Final N° 370-2013/CPC del Expediente N° 2715-2012/CPC

Arroyo Méndez, Claudia Rosario 20 February 2023 (has links)
A lo largo de desarrollo del siguiente informe jurídico se analizará el expediente administrativo en materia de protección al consumidor, el cual refleja la denuncia interpuesta por la señora Carmen María Del Rosario Bejarano Flores contra CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA NUEVA ACROPOLIS S.A.C., con el fin de determinar si la denunciada cumplió con todos los requisitos para obtener la Conformidad de Obra del departamento N°301, ubicado en el proyecto inmobiliario de la denunciada, debido a que, como consecuencia, la denunciada entregó un departamento con un área o metraje diferente al indicado en contrato suscrito con la denunciante. Los temas a desarrollar permitirán confirmar que el departamento entregado a la señora Bejarano la Municipalidad de Surquillo no debió otorgarle la Conformidad de Obra; acto seguido, si la medida correctiva estuvo bien aplicada. De esta manera, a lo largo del presente trabajo, se podrá observar y cuestionar el análisis de los temas controvertidos analizados por el órgano resolutivo, siendo importante la revisión e interpretación del marco regulatorio a fin de determinar si el análisis y resolución emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor estuvieron bien enfocados; sin perjuicio del enfoque en aras de resguardar la protección de los derechos de la denunciante como consumidora. / Through the following legal report, the administrative file on consumer protection will be analyzed, which reflects the complaint filed by Mrs. Carmen María Del Rosario Bejarano Flores against CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA NUEVA ACROPOLIS S.A.C., it seeks to determine if the defendant complied with all the requirements to obtain the Building Compliance of apartment No. 301, located in the real estate project of the denounced. The issues to be developed will make it possible to confirm that the apartment delivered to Mrs. Bejarano by the Municipality of Surquillo should not have granted her the Building Compliance; immediately afterwards, if the corrective measure was well applied. In this way, throughout this work, it will be possible to observe and question the analysis of the controversial issues analyzed by the resolving body, being important the review and interpretation of the regulatory framework in order to determine if the analysis and resolution issued by the Commission of Consumer Protection, was well focused, without prejudice to the focus in order to safeguard the protection of the rights of the complainant as a consumer.
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Informe Jurídico sobre la Resolución del Tribunal de Fiscalización Ambiental Sala Especializada en Minerı́a N° 005-2015-OEFA/TFASEM

Ticlia Huerta, Fiorella Isabel 04 June 2024 (has links)
En el presente informe se abordan y desarrollan los principales aspectos jurídicos relacionados a la Resolución N° 005-2015-OEFA/TFA-SEM. En este sentido, se aborda el tema del principio de prevención sobre la seguridad jurídica que deben tener las empresas en el Perú. Además, se abordará el tema de la retribución que la autoridad fiscalizadora puede desarrollar en sus resoluciones en aras de evitar los vacíos legales y que las empresas puedan evadir sus obligaciones. En tal sentido en el presente informe se desarrolla los principios pertinentes con los que se deben trabajar para lograr un equilibrio entre la fiscalización y la actividad económica. Asimismo, se concluye en que debe existir normativa pertinente con la cual se indique que las obligaciones de los titulares mineros deben estar incluidas en sus instrumentos de gestión ambiental. Además, se concluye en que el OEFA puede brindar una mejor cadena de valor en sus resoluciones. Finalmente, también se precisan recomendaciones pertinentes para que se genere un mejor funcionamiento en nuestra legislación. / This report will address and develop the main legal aspects related to Resolution No. 005-2015- OEFA/TFA-SEM. In this sense, the issue of the principle of prevention on the legal certainty that companies in Peru must have will be addressed. In addition, the issue of remuneration that the supervisory authority can develop in its resolutions to avoid legal loopholes and that companies can evade their obligations will be addressed. In this sense, this report develops the pertinent principles with which work must be done to achieve a balance between control and economic activity. Relevant recommendations are also required to generate better functioning in our legislation.
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Responsabilidad objetiva de las infracciones tipificadas en la Ley de Contrataciones del Estado. Análisis jurisprudencial de la aplicación del principio de culpabilidad en los procedimientos administrativo sancionadores

Zorrilla Santos, Lizbeth 26 May 2021 (has links)
La Ley de Contrataciones del Estado ha tipificado las infracciones cometidas bajo dicho marco normativo, mayoritariamente, como de tipo objetivo; pese a que la Ley del Procedimiento Administrativo General consideró como regla general la aplicación de la responsabilidad subjetiva, como manifestación del principio de culpabilidad, implicando ello no solo la exigencia de dolo o culpa, sino también el carácter personal de las infracciones. En la prácticca, no obstante, distintas circunstancias desafían dicha disposición, toda vez que diversas resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado aluden a la “falta de diligencia” del infractor y a otros elementos del tipo objetivo para determinar la imposición de sanción; asimismo, también se evidencian algunos casos en los que no bastaría la responsabilidad objetiva para obtener un resultado justo, lo cual nos invita a repensar la actual aplicación de la responsabilidad objetiva en las infracciones tipificadas en la Ley de Contrataciones del Estado.
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Informe de Relevancia Jurídica de la Resolución 2949- 2023/SPC-INDECOPI

Guerra Palomino, Carolina Alexandra 09 August 2024 (has links)
El presente informe analiza una serie de materias, tanto procedimentales, como de fondo materia de Protección al Consumidor, las cuales recaen sobre la Resolución 2949-2023/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor. En primer lugar, se analiza la legitimidad para obrar pasiva del Estudio Muñiz, empresa que fue incorporada al procedimiento como proveedor, siguiendo, en segundo lugar, con el análisis del ámbito de aplicación del Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, “el Código”), específicamente en los servicios brindados a título gratuito con un propósito comercial. Habiendo determinado la procedencia de la denuncia, en tercer lugar, se analizará si los proveedores denunciados incurrieron en una infracción al deber de idoneidad que deben mantener en la prestación del servicio legal, al no interponer un recurso de Casación y dejar consentir la sentencia que contenía una decisión contraria a los intereses de su clienta, Angelica Gayoso. / This paper analyzes a series of issues, both procedural and substantive, related to Consumer Protection, which are related to Resolution 2949-2023/SPC-INDECOPI, issued by the Specialized Chamber on Consumer Protection. In the first place, the legitimacy to act passively of Muñiz Law firm, company that was incorporated to the procedure as supplier, will be analyzed, following, in second place, with the analysis of the scope of application of the Code of Consumer Protection and Defense, specifically in the services provided free of charge with a commercial purpose. Having determined the merits of the complaint, thirdly, it will be analyzed whether the denounced providers incurred in a violation of the duty of suitability that they must maintain in the rendering of the legal service, by not filing a Cassation appeal and letting the sentence containing a decision contrary to the interests of their client, Angelica Gayoso, be consented to.
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Informe Jurídico sobre el Precedente Vinculante Resolución N° 0064487-2020- TRASU/OSIPTEL

Denegri Combe, Renato Ivan 26 February 2021 (has links)
El informe jurídico presentado respecto del precedente de observancia obligatoria emitido por el Tribunal administrativo de solución de reclamos de Usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones(TRASU) tiene por objetivo analizar la pertinencia del precedente dentro del contexto actual del estado de los reclamos dentro del mercado de telecomunicaciones, y cómo el mismo responde a la necesidad de dotar de seguridad jurídica y predictibilidad del principio de la debida motivación de las resoluciones en las respuestas de los reclamos que emiten las empresas operadoras o concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones. Para tal efecto se analizó como es que debía de ser entendido este principio dentro de un procedimiento de reclamo en base a la doctrina administrativa y que la misma debía de ser complementada con los principios delimitadores desarrollados por el Tribunal Constitucional. Asimismo, se analizó las distorsiones que presenta el mercado de telecomunicaciones que afecta el respecto al principio de la debida motivación en donde se evidencia un incremento exponencial de la cantidad de reclamos en el sector desde el año 2015. Adicionalmente, se detalló las figuras procedimentales con las que cuentan las empresas operadoras a efectos de poder corregir sus propias resoluciones sin la necesidad que se planteen recursos administrativos por los usuarios. Finalmente se tuvo como conclusión principal que el precedente se encuentra correctamente sustentado, sin embargo, es pertinente que la debida motivación sea complementada bajo supuestos delimitadores que desarrolla el tribunal constitucional a efectos de velar por una mayor protección hacia los administrados; y asimismo, el precedente debe ser acompañado de medidas que solucionen las distorsiones que presenta el mercado de las telecomunicaciones que quitan recursos a las empresas operadoras para que implementen de manera eficaz los aspectos señalados en el precedente.
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Informe Jurídico sobre la Resolución 115-2023/SDCINDECOPI: Aris Industrial S.A. contra Importación Bio E.I.R.L.

Peceros Guzmán, Renzo Augusto 09 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza el pronunciamiento emitido por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del INDECOPI mediante la Resolución 0115-2023/SDC-, en donde se pronuncia sobre la denuncia interpuesta por Aris Industrial S.A., en contra de Importaciones Bio E.I.R.L. por la presunta comisión de infracciones al Decreto Legislativo 1044, o también llamada Ley de Represión de la Competencia Desleal. En particular, porque la conducta de Importaciones Bio E.I.R.L. dentro del marco de una Licitación Pública podía representar una vulneración a la normativa de competencia desleal, ya que, presuntamente habría incurrido en la comisión de actos de engaño y actos de violación de normas. Sin embargo, el objetivo principal de este informe es determinar si la autoridad administrativa en segunda instancia realizó un trabajo congruente y acorde a derecho, respecto al análisis del tipo infractor de actos de engaño. Pues, la imputación de cargos referida a la comisión de actos de engaño frente al comportamiento de Importaciones Bio E.I.R.L. fue declarado nulo en dicho extremo, y por ende, no fue analizado por el INDECOPI. Siendo ese el caso, este trabajo se justifica en la complejidad que puede existir respecto del trabajo de calificación de infracciones que realiza la autoridad administrativa, y como en virtud de este último puede la autoridad puede analizar correctamente el comportamiento de los denunciados y, en virtud de ello, evitar cualquier afectación al mercado en línea con la normativa de competencia desleal. / This legal report analyzes the resolution issued by the Specialized Chamber for the Defense of Competition of INDECOPI through Resolution 0115-2023/SDC-, where it rules on the complaint filed by Aris Industrial S.A., against Importaciones Bio E.I.R.L. for allegedly committing violations to Legislative Decree 1044, also known as Law for the Repression of Unfair Competition. In particular, due to the fact that the conduct of Importaciones Bio E.I.R.L. in the framework of a Public Bidding, could represent a violation of the unfair competition regulations, since it would have allegedly committed acts of deception and acts of regulatory infringement. However, the main objective of this report is to determine whether the administrative authority in second instance carried out a congruent and lawful work, regarding the analysis of the infringing type of acts of deception. Well, the complaint referring to the commission of fraudulent acts with respect to the conduct of Importaciones Bio E.I.R.L. was declared null and void in that sense, so it was not analyzed by INDECOPI. Thus, this work is justified by the complexity that may exist with respect to the work of classification of infringements carried out by the administrative authority, and how, by virtue of the latter, the authority can correctly analyze the behavior of the defendants and, by virtue thereof, avoid any affectation to the market in line with the unfair competition regulations.
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Informe jurídico sobre la Resolución 0146-2022/SDC-INDECOPI

Paladines Weiss, Victor Friederich 09 August 2024 (has links)
El problema principal del caso se centra en determinar si la Municipalidad ha infringido el principio de subsidiariedad al llevar a cabo actividades empresariales sin cumplir con lo establecido en el artículo 60 de la Constitución. En caso de confirmarse la infracción, se debe decidir la multa y/o medida correctiva correspondiente. Los problemas secundarios abordados incluyen el análisis del acto de competencia desleal por violación de normas en la modalidad de realización de actividad empresarial sin cumplir lo dispuesto en la Constitución, los criterios para determinar la gravedad de la infracción y la aplicación de los parámetros para graduar de sanción. Los principales instrumentos normativos empleados en el análisis son el Artículo 14.3 del Decreto Legislativo 1044, que tipifica la violación de normas en la modalidad de actividad empresarial sin cumplir lo dispuesto en la Constitución, y los Artículos 52 y 53 que establecen los parámetros y criterios para la imposición de sanciones. En cuanto a las conclusiones más relevantes, se destaca la necesidad de una mejor argumentación y motivación respecto al análisis de si efectivamente estamos ante una actividad empresarial del Estado habilitada por ley expresa. Así mismo, para determinar el monto de la sanción, proponemos una calificación directa de “Muy grave” considerado cada caso de actividad empresarial del Estado sin respetar la subsidiariedad, como tal. Esta propuesta busca garantizar la proporcionalidad y objetividad en el ejercicio de la potestad sancionadora, teniendo en cuenta el impacto tanto microeconómico como macroeconómico de las resoluciones en el mercado. / The main issue in this case is determining whether the Municipality has violated the principle of subsidiarity by engaging in business activities without adhering to Article 60 of the Constitution. If the violation is confirmed, the appropriate fine and/or corrective measure must be decided. Secondary issues addressed include the analysis of the act of unfair competition by breaching norms through conducting business activities without complying with the Constitution, the criteria for determining the severity of the violation, and the application of parameters for sanction gradation. The primary legal instruments utilized in the analysis are Article 14.3 of Legislative Decree 1044, which typifies the breach of norms in the modality of business activities without adhering to the Constitution, and Articles 52 and 53, which establish the parameters and criteria for imposing sanctions. Among the most relevant conclusions, the need for better argumentation and reasoning regarding whether we are indeed dealing with a state business activity authorized by express law is highlighted. Furthermore, to determine the sanction amount, we propose a direct classification of "Very Serious" for each case of state business activity that does not respect the subsidiarity principle. This proposal aims to ensure proportionality and objectivity in the exercise of sanctioning authority, considering both the microeconomic and macroeconomic impacts of resolutions on the market.
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Informe sobre Resolución No. 3285-2023/SPC-INDECOPI

Yman Palomino, Lerry Kimberly Angie 09 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 3285-2023/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, la cual resolvió en segunda instancia la denuncia presentada por el Sr. Richard Napoleón Ocares Rafael en contra de la empresa hotelera Blue Marlin Beach Club S.A. por la presunta infracción contra el deber de idoneidad, información y seguridad durante la estadía del consumidor en las instalaciones del hotel. En ese sentido, en la presente Resolución el Tribunal declaró fundada dos de las tres infracciones contra el deber de idoneidad presentadas por el denunciante. En segundo lugar, declaró infundado el extremo de la denuncia con respecto a la infracción al deber de información. En tercer lugar, declaró fundada sólo una de las dos infracciones contra el deber de seguridad presentadas por el denunciante. De ese modo, en el presente informe se demostrará que la Resolución de la Sala no fue la adecuada, debido a que Blue Marlin debió ser considerado como responsable por haber cometido las infracciones al deber de idoneidad, información y seguridad en perjuicio del consumidor durante su estadía y bajo todos los extremos presentados por el denunciante. / The present legal report analyzes Resolution No. 3285-2023/SPC-INDECOPI issued by the Specialized Court on Consumer Protection, which resolved in second instance the complaint filed by Mr. Richard Napoleón Ocares Rafael against the hotel company Blue Marlin Beach Club S.A. for alleged breaches of duty of suitability, information, and safety duties during the consumer's stay at the hotel premises. In this regard, the Court in this Resolution found two out of three alleged breaches of the duty of suitability presented by the complainant to be founded. Secondly, it dismissed the complaint regarding the breach of the duty of information. Thirdly, it upheld only one out of two alleged breaches of the duty of safety presented by the complainant. Thus, this report will demonstrate that the Chamber's Resolution was not appropriate because Blue Marlin should have been held responsible for committing breaches of the duties of suitability, information, and safety duties to the detriment of the consumer during their stay and under all the aspects presented by the complainant.

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