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Informe sobre la casación N.º 6189-2011-LIMAAcevedo Bugarin, Angela Alejandra 11 October 2024 (has links)
El presente informe analizará la Casación Nº6189-2011-LIMA emitida por la Segunda
Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de
Lima, la cual resuelve un recurso de casación interpuesto por la Oficina de
Normalización Previsional por la infracción del artículo I del Título Preliminar, artículo
50°, 171° y 188° del Código Procesal Civil y el artículo 139°, incisos 3) y 5) de la
Constitución Política del Estado en el marco de una demanda contenciosa administrativa
primigenia tramitada bajo el proceso especial llevada a cabo ante la 4° Sala Contenciosa
Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima. Mediante el presente informe,
se analiza lo resuelto por la Sala Suprema en comento, a fin de identificar los problemas
jurídicos incurridos y brindar una respuesta a los mismos. El análisis se centra en la
valoración y actuación de la globalidad de medios probatorios aportados en el trámite
del proceso judicial, aun cuando tales no formen parte del expediente administrativo por
la naturaleza contenciosa administrativa de la causa. Asimismo, se analizará si la
Casación citada vulnera el Derecho a la Debida Motivación; y cómo ello afecta, por
defecto, el Derecho al Debido Proceso y Tutela Jurisdiccional Efectiva. Finalmente, se
abordará cómo las infracciones a los derechos procesales previamente descritos
vulneran el Derecho Fundamental a la Pensión. / This report analyzes Cassation N°6189-2011-LIMA issued by the Second Chamber of
Transitory Constitutional and Social Law of the Supreme Court of Justice of Lima, which
resolves an appeal filed by the Social Security Normalization Office for the violation of
article I of the Preliminary Title, article 50, 171 and 188 of the Civil Procedure Code and
article 139, paragraphs 3) and 5) of the Political Constitution of the State in the
framework of a contentious administrative lawsuit processed under the special process
carried out before the 4th Administrative Litigation Chamber of the Superior Court of Justice of Lima. Through this report, what was resolved by the Constitutional Chamber
is analyzed, in order to identify the legal problems incurred and provide a response to
them. The analysis focuses on the assessment and performance of all the evidence
presented in the judicial process, even when such are not part of the administrative file
due to the contentious-administrative nature of the case. Likewise, it will be analyzed if
the mentioned Cassation violates the Right to Due Motivation; and how this affects, by
default, the Right to Due Process and Effective Judicial Protection. Finally, it will
address how the infringements of the procedural rights previously described violate the
Fundamental Right to a Pension.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 3092-2013/SPC contenida en el Expediente N° 118-2013/ILN-PS0Velapatiño Herrera, Juan Antonio 01 January 2025 (has links)
La compensación en materia de consumidor es controvertida en distintos
pronunciamientos por parte del Indecopi. Este es un problema que aún no ha
sido resuelto. Por ello, el presente informe jurídico analiza la Resolución N°
3092-2013/SPC en concordancia con todo lo relevante dentro del expediente
para adoptar una postura en torno al conflicto. En ese sentido, el trabajo
analizará los aspectos relevantes de un procedimiento administrativo en
materia de consumidor. Se inicia evaluando si existió vulneración a la
idoneidad en el tipo de servicio financiero prestado por el proveedor.
Posteriormente, se evalúa si es posible la compensación en cualquier tipo de
cuenta. Además, se analiza si hubo afectación a principios administrativos
como el principio de confianza legítima y predictibilidad dentro del
procedimiento administrativo. Finalmente, se evalúa el alcance de las
medidas correctivas complementarias que puede imponer la Comisión de
Protección al Consumidor. / Compensation in consumer matters is controversial in different pronouncements
by Indecopi. This is a problem that has not yet been resolved. Therefore, this
legal report analyzes Resolution No. 3092-2013/SPC in accordance with
everything relevant within the file to adopt a position regarding the conflict. In
this sense, the work will analyze the relevant aspects of an administrative
procedure in consumer matters. It begins by evaluating whether there was a
violation of suitability in the type of financial service provided by the provider.
Subsequently, it is evaluated whether compensation is possible in any type of
account. In addition, it is analyzed whether there was an impact on
administrative principles such as the principle of legitimate trust and
predictability within the administrative procedure. Finally, the scope of the
complementary corrective measures that the Consumer Protection Commission
may impose is evaluated.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N.º 104-2012/CCD y N.º 172- 2012/CCD, E-2669 que resuelve desestimar las denuncias interpuestas a Nestlé Perú S.A., en relación con la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de actos de engañoCarita Aramayo, Amely Pamela 27 June 2024 (has links)
El siguiente informe aborda un procedimiento administrativo sancionador en el cual la
Sala Especializada en Defensa de la Competencia ratifica la Resolución 021-2015/CCDINDECOPI,
que desestimó la denuncia presentada por la Asociación Peruana de
Consumidores y Usuarios (ASPEC) y el Instituto del Derecho Ordenador del Mercado
(IDOM) contra Nestlé Perú S.A., por supuestos actos de competencia desleal. El informe
examina las principales etapas de este procedimiento, considerando la impugnación
presentada contra el acto administrativo emitido por la primera instancia y mi posición
respecto a la controversia.
En primer lugar, se analiza el mandato normativo que exige una evaluación completa y
superficial de todo el contenido publicitario, así como su aplicación en este caso
específico, centrándose en la cuestión de si los términos de la publicidad en disputa
fueron transmitidos de manera clara y perceptible, especialmente, en lo que respecta a
la fecha de inicio de la promoción. En segundo lugar, se discute la importancia de
interpretar la naturaleza de un concurso publicitario que depende del azar, y se abordan
las objeciones planteadas por las asociaciones denunciantes sobre la falta de
divulgación por parte del proveedor de las fechas en que se distribuirán los premios
principales, junto con mi postura al respecto. Finalmente, se revisa la confirmación por
parte de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de la resolución emitida
por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal N.°1, que desestimó la
imputación de oficio contra Nestlé por una presunta violación del principio de legalidad.
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Informe de relevancia jurídica sobre Resolución N° 3 de fecha 25 de mayo de 2017, Resolución N° 9 de fecha 12 de marzo de 2018 del Expediente PAS N° 486-2016 y Resolución N° 123-2018-SUSALUD/TRI-TSE de fecha 28 de diciembre de 2018 del Expediente PAS N° 160-2018Varillas Tuesta, Tania Alexandra 02 August 2023 (has links)
El presente informe tiene como objetivo exponer y analizar las cuestiones más
relevantes en torno a la Resolución N° 3 de fecha 25 de mayo de 2017 y la
Resolución N° 9 de fecha 12 de marzo de 2018 del Expediente PAS N° 486-2016
y la Resolución N° 123-2018-SUSALUD/TRI-TSE de fecha 28 de diciembre de
2018 del Expediente PAS N° 160-2018, correspondientes a un procedimiento
sancionador seguido por la Superintendencia Nacional de Salud en contra de
una compañía aseguradora, en tanto esta última no habría cumplido con
contemplar la cobertura de las preexistencias en la nueva póliza de salud
contratada por el reclamante.
A lo largo del desarrollo del presente trabajo, se podrá evidenciar un análisis
procedimental, como de fondo de las diversas problemáticas encontradas. Así
mismo, a lo largo del informe se recurren a distintas ramas del Derecho, tales
como Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho de Protección al
Consumidor y Derecho de Seguros, con la finalidad de abordar de manera
completa los debates planteados. Podremos observar que se nos presentaran
figuras jurídicas que hoy no encuentran consenso tales como la existencia de un
procedimiento sancionador trilateral o la aplicación de la caducidad
administrativa en un procedimiento de tal naturaleza. Aunado a ello,
encontramos relevante evaluar la separación de competencias entre dos
organismos técnicos especializados: Indecopi y Susalud, a fin de determinar el
nivel de claridad de estas. Finalmente, el lector hallará el examen de fondo,
respecto a si correspondía o no la cobertura de las preexistencias al reclamante. / The purpose of this report is to present and analyze the most relevant issues
regarding Resolution No. 3 dated May 25, 2017 and Resolution No. 9 dated
March 12, 2018 of File PAS No. 486-2016 and Resolution No. 123-2018-
SUSALUD/TRI-TSE dated December 28, 2018 of File PAS No. 160-2018,
corresponding to a sanctioning procedure followed by the National Health
Superintendence against an insurance company, while the latter would not have
complied with contemplating the coverage of pre-existing conditions in the new
health policy contracted by the claimant.
Throughout the development of this work, a procedural analysis can be
evidenced, as background of the various problems encountered. Likewise,
throughout the report, different branches of Law are used, such as Administrative
Law, Constitutional Law, Consumer Protection Law, and Insurance Law, in order
to fully address the debates raised. We will be able to observe that legal figures
were presented to us that today do not find consensus, such as the existence of
a trilateral sanctioning procedure or the application of administrative expiration in
a procedure of this nature. In addition to this, we find it relevant to evaluate the
separation of competences between two specialized technical organizations:
Indecopi and Susalud, to determine the level of clarity of these. Finally, the reader
will find the substantive examination, regarding whether the coverage of the preexisting conditions corresponded to the claimant.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N°09820-2011-0-1801-JR-CI-03, E-2830, sobre demanda de amparo, interpuesta por Panamericana Televisión S.A.Chancafe Rosas, Daniel Edinson 29 November 2024 (has links)
El presente trabajo contiene nuestro análisis sobre los problemas jurídicos más relevantes
del proceso de amparo, tramitado bajo el Expediente No. 09820-2011-0-1801-JR-CI-03,
E-2830.
En dicho proceso, si bien en primera y segunda instancia judicial se declaró improcedente
la demanda, a través de la STC No. 04617-2012-PA/TC de fecha 12 de marzo de 2014,
el Tribunal Constitucional declaró, por mayoría y pronunciándose sobre el fondo, fundada
la demanda de autos; y, en consecuencia, inexigible la deuda tributaria de Panamericana
Televisión S.A., generada mientras fue administrada por el señor Genaro Delgado Parker,
en cumplimiento de un mandato cautelar.
En este contexto, en primer lugar, nos enfocaremos en evaluar el razonamiento de las
instancias jurisdiccionales inferiores sobre la fundabilidad de las excepciones deducidas
por SUNAT: (i) falta de agotamiento de la vía previa administrativa; y, (ii) prescripción.
En segundo lugar, examinaremos si el Tribunal Constitucional podía o no pronunciarse
sobre el fondo de la presente controversia en la STC No. 04617-2012-PA/TC, atendiendo
a que las dos instancias jurisdiccionales inferiores declararon improcedente la demanda.
En tercer lugar, analizaremos la aplicación del control de convencionalidad, a la luz de la
Resolución de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia del Caso Baruch Ivcher contra
Perú del 24 de noviembre de 2009, en la STC No. 04617-2012-PA/TC por el Tribunal
Constitucional.
Por último, evaluaremos el Auto del Tribunal Constitucional de fecha 18 de noviembre
de 2014, mediante el cual el Colegiado declaró improcedente el recurso de integración
interpuesto por la SUNAT, a partir del cual esta entidad pretendía que el Colegiado anule
la STC No. 04617-2012-PA/TC.
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Las opiniones vinculantes emitidas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento: reflexiones sobre la seguridad jurídica en materia urbanísticaToribio León, Iván Antony 19 January 2024 (has links)
Nuestra investigación se ocupa de las opiniones vinculantes emitidas por el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y su impacto en la seguridad jurídica urbanística.
Las opiniones surgen en un contexto de incertidumbre provocada por la actuación cuestionable de
las autoridades municipales frente al ordenamiento jurídico vigente, en detrimento de los derechos
e intereses legítimos de la ciudadanía. Nuestra hipótesis principal es la siguiente: las opiniones
vinculantes emitidas por el MVCS constituyen una herramienta necesaria y adecuada para la
consolidación del principio de seguridad jurídica en materia urbanística
En esa línea, diversas entidades vienen sumando esfuerzos para consolidar la seguridad jurídica
en materia urbanística, entre ellas, el MVCS, que, en su condición rectora del sector urbanístico,
emite opiniones vinculantes que aclaran, precisan o completan la normativa urbanística, lo que
contribuye con la certidumbre jurídica que exige el sector.
En nuestro estado del arte abordaremos el estudio de institutos jurídicos fundamentales, como
la autonomía municipal, el informe administrativo o la función consultiva de la administración
pública, por la importancia que tienen en la temática que abordamos. También evaluaremos los
antecedentes normativos de estas opiniones, los que nos permitirán la comprensión de su contexto
y su función, asunto que nos lleva inevitablemente al examen de su régimen jurídico vigente.
En el problema de investigación analizaremos con detalle la importancia de las opiniones
vinculantes del MVCS en el contexto urbanístico nacional, conforme a lo planteado en el estado
del arte. Asimismo, es examinada la relación entre la seguridad jurídica y otros principios
fundamentales, de lo que ya ha dado cuenta numerosa jurisprudencia y doctrina de primer nivel.
En la discusión del trabajo, analizaremos la interpretación que el Tribunal Constitucional ha
realizado de la interacción entre las competencias urbanísticas de las municipalidades y del MVCS,
lo que nos permite extraer una reflexión final sobre la cuestión según el panorama jurídico
existente. Evaluaremos también la potencial repercusión de las opiniones vinculantes en el derecho
y la economía, lo que, a nuestro juicio, es un asunto clave que no viene considerando el MVCS en
el ejercicio de su labor rectora. Finalmente, ofrecemos una sistematización de las opiniones
vinculantes que constituya una aproximación empírica de los problemas que realmente se vienen
presentando en el marco de las opiniones vinculantes.
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Informe jurídico sobre la Resolución 008-2023/SDC-INDECOPIParedes Vega, César Alejandro 09 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico se encarga de analizar los criterios tomados por
la Sala Especializada para resolver la controversia entre Olva Courier S.A.C.
y Afe Courier S.A.C. presente en la Resolución 008-2023/SDC- INDECOPI.
Este caso, empieza con la denuncia interpuesta por Olva Courier por la
presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de
denigración contra Afe Courier y culmina con la decisión de la Sala
Especializada en Defensa de la Competencia que confirma, en varios puntos,
la Resolución 032-2022/CCD-INDECOPI, de primera instancia. De esta
manera, el tema central del trabajo radica en el análisis de la decisión tomada
por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de considerar que
se configura un acto de denigración basándose, principalmente, en la clara
referencia a la oferta de la empresa competidora. Dicho análisis, también,
desarrolla criterios importantes como la alusión inequívoca, unívoca y la
aplicación de los requisitos de la exceptio veritatis, los cuales serán tomados
en consideración para el desarrollo del presente trabajo. Además, en este
informe se desarrolla la aplicación de los criterios de la exceptio veritatis, la
configuración del acto denigratorio y como este se puede diferenciar de otros
actos de competencia desleal. Finalmente, la última cuestión jurídica que
plantea este informe se refiere al análisis desarrollado por la Sala
Especializada sobre si las afirmaciones: “Olvaidate de las colas nosotros lo
llevamos por ti” y “Olvaidate de procesos en internet” constituyen un acto
competencia por medio de una interpretación integral y superficial del mensaje
publicitario aludido. / This legal report is responsible for analyzing the criteria taken by the
Specialized Chamber to resolve the controversy between Olva Courier S.A.C.
and Afe Courier S.A.C. present in Resolution 008-2023/SDC- INDECOPI. This
case begins with the complaint filed by Olva Courier for the alleged
commission of acts of unfair competition in the form of denigration against Afe
Courier and culminates with the decision of the Specialized Chamber for the
Defense of Competition that confirms, in several points, the Resolution 032-
2022/CCD-INDECOPI, of first instance. In this way, the central theme of the
work lies in the analysis of the decision taken by the Specialized Chamber for
the Defense of Competition to consider that an act of denigration is configured
based, mainly, on the clear reference to the offer of the competing company. .
Said analysis also develops important criteria such as unequivocal, univocal
allusion and the application of the requirements of exceptio veritatis, which will
be taken into consideration for the development of this work. Furthermore, this
report develops the application of the exceptio veritatis criteria, the
configuration of the denigrating act and how it can be differentiated from other
acts of unfair competition. Finally, the last legal question raised by this report
refers to the analysis developed by the Specialized Chamber on whether or
not the statements: “Forget about the queues, we will take care of it for you”
and “Forget about online processes” constitute or not an act of jurisdiction by
means of a comprehensive and superficial interpretation of the
aforementioned advertising message.
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Informe jurídico sobre la Resolución N°2756-2023/SPC-INDECOPIQuiliche Duran, Sol Yahaira 09 August 2024 (has links)
En la presente investigación se realiza un análisis sobre el deber de idoneidad
de la Asociación Promotora Educacional JLN Hope del Perú, representante del
Centro Educativo Privado Hiram Bingham, en base a la devolución de la cuota
de ingreso a los señores Luna y Arce padres de la menor de iniciales C.M.L.A.
Para ello se utiliza lo mencionado por el Decreto Legislativo 1476, así como el
Decreto de Urgencia 002-2020, cuyos algunos artículos, en razón a la cuota de
ingreso, entran en vigor el 01 de marzo de 2021 junto con el Reglamento de la
Ley 26549 “Ley de Centros Educativos Privados”. Teniendo en cuenta lo
mencionado, se realiza un análisis tomando en consideración aspectos
relevantes presentes en el caso en cuestión, lo cual nos permite evaluar el
contrato firmado por las partes, así como el pronunciamiento del personal
administrativo de la asociación.
Como resultado del análisis, se tiene que la Asociación que actúa como
representante de la institución vulnera el deber de idoneidad, pero no
necesariamente en base al servicio brindado, sino al negar injustificadamente la
devolución de cuota de ingreso, a pesar de que la estudiante no continuaría con
sus estudios. Dicha vulneración a tal principio también se encuentra justificado a
la determinación de una cláusula abusiva presente en el contrato firmado por las
partes, como también la comunicación enviada por el personal administrativo de
la asociación que coloca a las partes denunciantes en una situación de
expectativa por la devolución. / In the present investigation, an analysis is carried out on the duty of suitability of
the JLN Hope Educational Promotion Association of Peru, representative of the
Hiram Bingham Private Educational Center, based on the return of the entrance
fee to Messrs. Luna and Arce parents of the minor of initials C.M.L.A.
For this purpose, what is mentioned in Legislative Decree 1476 is used, as well
as Emergency Decree 002-2020, who’s some articles, due to the entry fee, come
into force on March 1, 2021, along with the Regulations of the Law. 26549
“Private Educational Centers Law”. Taking this into account, an analysis is carried
out taking into consideration relevant aspects present in the case in question,
which allows us to evaluate the contract signed by the parties, as well as the
statement of the association's administrative staff.
As a result of the analysis, it is found that the Association that acts as a
representative of the institution violates the duty of suitability, but not necessarily
based on the service provided, but by unjustifiably denying the refund of the
entrance fee, even though the student did not He would continue with his studies.
Said violation of said principle is also justified by the determination of an abusive
clause present in the contract signed by the parties, as well as the communication
sent by the administrative staff of the association that places the complaining
parties in a situation of expectation for the return.
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Informe sobre la Resolución Nº 1798-2023/SPC-INDECOPIVigil Acuña, Jesus Antonio 12 August 2024 (has links)
El presente informe tiene por finalidad plantear una crítica a lo resuelto por la
Sala Especializada en Protección al Consumidor sobre el reembolso de la cuota
de ingreso a los padres de familia, por parte de los colegios privados, con
anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia Nº 002-2020.
Mediante este, se analizará si la cláusula contractual que restringe la devolución
de la cuota de ingreso, pese a no haberse iniciado el servicio educativo,
constituye una cláusula abusiva de ineficacia relativa. Se examinan los
conceptos de cláusulas abusivas y contratos por adhesión, y su regulación en el
Código de Protección y Defensa del Consumidor, destacando los criterios
establecidos por el Indecopi para identificar dichas cláusulas. Así, se deja de lado
los criterios utilizados originalmente por la Comisión y la Sala en torno al artículo
1431º del Código Civil para resolver el presente caso, a fin de abordar un
desarrollo que busca demostrar que la cláusula materia del presente estudio
impone una desventaja injustificada y significativa al consumidor, violando el
principio buena fe. Se recurre a jurisprudencia tanto administrativa como
constitucional, para determinar que la cláusula supone un obstáculo
desproporcionado y oneroso. Asimismo, el informe subraya la importancia del
derecho fundamental a la educación, indicando que el Indecopi debe evaluar la
naturaleza del servicio educativo al analizar estas cláusulas de manera integral
y no solo recurriendo a la normativa civil. / The purpose of this report is to criticize the decision of the Sala Especializada en
Protección al Consumidor regarding the refund of the enrollment fee to parents
by private schools prior to the entry into force of Decreto de Urgencia Nº 002-
2020. Through this, it will be analyzed whether the contractual clause that
restricts the refund of the enrollment fee, despite the fact that the educational
service did not even start, constitutes an abusive clause of relative
ineffectiveness. The concepts of abusive clauses and adhesion contracts and
their regulation in the Code of Consumer Protection and Defense are examined,
highlighting the criteria established by Indecopi to identify such clauses. Thus,
the criteria originally used by the Commission and the Chamber regarding article
1431º of the Civil Code are set aside to resolve the present case, in order to
address a development that seeks to demonstrate that the clause in question
imposes an unjustified and significant disadvantage to the consumer, in violation
of the principle of good faith. Both administrative and constitutional jurisprudence
is used to determine that the clause represents a disproportionate and onerous
obstacle. Likewise, the report underlines the importance of the fundamental right
to education, indicating that Indecopi must evaluate the nature of the educational
service when analyzing these clauses in a comprehensive manner and not only
resorting to civil regulations.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N°0364-2023/SPC-INDECOPIDurán Salcedo, Kiara Miluska 09 August 2024 (has links)
En el presente Informe Jurídico, a propósito de la Resolución N°0364-2023/SPCINDECOPI, se determinarán cuáles son las medidas de seguridad que una
entidad bancaria debería adoptar ante operaciones no reconocidas entre
cuentas propias realizadas por canal digital, para verificar que sí cumplió con su
deber de idoneidad.
Al respecto, se concluirá que no corresponde que el sistema de monitoreo
genere alerta ante transferencias entre cuentas propias, incluso si no pertenecen
al patrón de consumo del cliente o si se efectúan entre cuentas de diferente
moneda, ya que tal tipo de operaciones no son potencialmente fraudulentas al
no dar indicios de que es un tercero quien podría está disponiendo de los fondos
del titular de las cuentas, en tanto dichos fondos se mantienen dentro de la esfera
de dominio del cliente.
Siendo ello así, ante un caso de transferencias no reconocidas entre cuentas
propias por canal digital, para determinar que el Banco cumplió con su deber de
idoneidad adoptando las medidas de seguridad aplicables, solo corresponde
verificar que la entidad bancaria autorizó válidamente dichas operaciones
conforme a la garantía legal respectiva, la cual dispone que las transferencias
entre cuentas propias están exentas de la autenticación reforzada.
Tal exoneración se justifica en la naturaleza de las operaciones entre cuentas
propias: no representan un posible fraude. De lo contrario, se les aplicaría la
regla general que exige que las operaciones por canal digital estén sujetas a la
autenticación reforzada. / In this Legal Report, regarding Resolution N°0364-2023/SPC-INDECOPI, we will
determine which are the security measures that a banking entity should adopt in
the event of unrecognized transactions between its own accounts carried out
through digital channels, in order to verify that the entity has complied with its
duty of adequacy.
In this sense, it will be concluded that it is not appropriate for the monitoring
system to generate an alert in the event of transfers between proprietary
accounts, even if they do not belong to the customer's consumption pattern or if
they are made between accounts of different currencies, since such transactions
are not potentially fraudulent, since they do not give any indication that a third
party could be disposing of the account holder's funds, since such funds remain
within the customer's sphere of control.
This being so, in a case of unrecognized transfers between proprietary accounts
by digital channel, in order to determine that the Bank complied with its duty of
adequacy by adopting the applicable security measures, it is only necessary to
verify that the banking entity validly authorized such operations in accordance
with the respective legal guarantee, which provides that transfers between
proprietary accounts are exempt from the reinforced authentication.
Such exemption is justified by the nature of the transactions between proprietary
accounts: they do not represent a potential fraud. Otherwise, would apply to them
the general rule requiring that digital channel transactions be subject to enhanced
authentication.
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