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Informe sobre la casación N.º 6189-2011-LIMAAcevedo Bugarin, Angela Alejandra 11 October 2024 (has links)
El presente informe analizará la Casación Nº6189-2011-LIMA emitida por la Segunda
Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de
Lima, la cual resuelve un recurso de casación interpuesto por la Oficina de
Normalización Previsional por la infracción del artículo I del Título Preliminar, artículo
50°, 171° y 188° del Código Procesal Civil y el artículo 139°, incisos 3) y 5) de la
Constitución Política del Estado en el marco de una demanda contenciosa administrativa
primigenia tramitada bajo el proceso especial llevada a cabo ante la 4° Sala Contenciosa
Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima. Mediante el presente informe,
se analiza lo resuelto por la Sala Suprema en comento, a fin de identificar los problemas
jurídicos incurridos y brindar una respuesta a los mismos. El análisis se centra en la
valoración y actuación de la globalidad de medios probatorios aportados en el trámite
del proceso judicial, aun cuando tales no formen parte del expediente administrativo por
la naturaleza contenciosa administrativa de la causa. Asimismo, se analizará si la
Casación citada vulnera el Derecho a la Debida Motivación; y cómo ello afecta, por
defecto, el Derecho al Debido Proceso y Tutela Jurisdiccional Efectiva. Finalmente, se
abordará cómo las infracciones a los derechos procesales previamente descritos
vulneran el Derecho Fundamental a la Pensión. / This report analyzes Cassation N°6189-2011-LIMA issued by the Second Chamber of
Transitory Constitutional and Social Law of the Supreme Court of Justice of Lima, which
resolves an appeal filed by the Social Security Normalization Office for the violation of
article I of the Preliminary Title, article 50, 171 and 188 of the Civil Procedure Code and
article 139, paragraphs 3) and 5) of the Political Constitution of the State in the
framework of a contentious administrative lawsuit processed under the special process
carried out before the 4th Administrative Litigation Chamber of the Superior Court of Justice of Lima. Through this report, what was resolved by the Constitutional Chamber
is analyzed, in order to identify the legal problems incurred and provide a response to
them. The analysis focuses on the assessment and performance of all the evidence
presented in the judicial process, even when such are not part of the administrative file
due to the contentious-administrative nature of the case. Likewise, it will be analyzed if
the mentioned Cassation violates the Right to Due Motivation; and how this affects, by
default, the Right to Due Process and Effective Judicial Protection. Finally, it will
address how the infringements of the procedural rights previously described violate the
Fundamental Right to a Pension.
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Informe de relevancia jurídica sobre Resolución N° 3 de fecha 25 de mayo de 2017, Resolución N° 9 de fecha 12 de marzo de 2018 del Expediente PAS N° 486-2016 y Resolución N° 123-2018-SUSALUD/TRI-TSE de fecha 28 de diciembre de 2018 del Expediente PAS N° 160-2018Varillas Tuesta, Tania Alexandra 02 August 2023 (has links)
El presente informe tiene como objetivo exponer y analizar las cuestiones más
relevantes en torno a la Resolución N° 3 de fecha 25 de mayo de 2017 y la
Resolución N° 9 de fecha 12 de marzo de 2018 del Expediente PAS N° 486-2016
y la Resolución N° 123-2018-SUSALUD/TRI-TSE de fecha 28 de diciembre de
2018 del Expediente PAS N° 160-2018, correspondientes a un procedimiento
sancionador seguido por la Superintendencia Nacional de Salud en contra de
una compañía aseguradora, en tanto esta última no habría cumplido con
contemplar la cobertura de las preexistencias en la nueva póliza de salud
contratada por el reclamante.
A lo largo del desarrollo del presente trabajo, se podrá evidenciar un análisis
procedimental, como de fondo de las diversas problemáticas encontradas. Así
mismo, a lo largo del informe se recurren a distintas ramas del Derecho, tales
como Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho de Protección al
Consumidor y Derecho de Seguros, con la finalidad de abordar de manera
completa los debates planteados. Podremos observar que se nos presentaran
figuras jurídicas que hoy no encuentran consenso tales como la existencia de un
procedimiento sancionador trilateral o la aplicación de la caducidad
administrativa en un procedimiento de tal naturaleza. Aunado a ello,
encontramos relevante evaluar la separación de competencias entre dos
organismos técnicos especializados: Indecopi y Susalud, a fin de determinar el
nivel de claridad de estas. Finalmente, el lector hallará el examen de fondo,
respecto a si correspondía o no la cobertura de las preexistencias al reclamante. / The purpose of this report is to present and analyze the most relevant issues
regarding Resolution No. 3 dated May 25, 2017 and Resolution No. 9 dated
March 12, 2018 of File PAS No. 486-2016 and Resolution No. 123-2018-
SUSALUD/TRI-TSE dated December 28, 2018 of File PAS No. 160-2018,
corresponding to a sanctioning procedure followed by the National Health
Superintendence against an insurance company, while the latter would not have
complied with contemplating the coverage of pre-existing conditions in the new
health policy contracted by the claimant.
Throughout the development of this work, a procedural analysis can be
evidenced, as background of the various problems encountered. Likewise,
throughout the report, different branches of Law are used, such as Administrative
Law, Constitutional Law, Consumer Protection Law, and Insurance Law, in order
to fully address the debates raised. We will be able to observe that legal figures
were presented to us that today do not find consensus, such as the existence of
a trilateral sanctioning procedure or the application of administrative expiration in
a procedure of this nature. In addition to this, we find it relevant to evaluate the
separation of competences between two specialized technical organizations:
Indecopi and Susalud, to determine the level of clarity of these. Finally, the reader
will find the substantive examination, regarding whether the coverage of the preexisting conditions corresponded to the claimant.
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Informe jurídico sobre la Resolución Directoral N° 138- 2014-EM/DGEPodesta Gutarra, Alejandra Michelle 07 August 2024 (has links)
Este trabajo analiza la controversia por la superposición de concesiones de
distribución de energía en la zona de Olmos entre la empresa Electronorte S.A.
(ENSA) y la empresa Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (COELVISAC).
COELVISAC obtuvo una concesión de distribución sobre esta zona el 22 de
enero de 2014 que le fue otorgada por la Dirección Regional de Energía y Minas
de Lambayeque a través de la Resolución Gerencial Regional N° 004-2014-
GR/LAMB/GRDP. Sin perjuicio de ello, con fecha 07 de abril de 2014 ENSA
obtiene una ampliación de la concesión de distribución por la misma zona a
través de la Resolución Suprema N° 019-2014-EM emitida por la Dirección
General de Electricidad (DGE) del MINEM.
Es así que COELVISAC presentó un recurso de reconsideración ante la DGE
con el objeto de que se declare la nulidad de la Resolución N° 019-2014-EM. Al
revisar este recurso, identificamos los siguientes problemas que analizaremos
para determinar si la concesión fue otorgada correctamente: i) si el MINEM tenía
competencia para emitir dicha Resolución, ii) si alguna de las partes tenía un
mejor derecho para recibir la concesión, iii) si el procedimiento de ampliación se
realizó adecuadamente y iv) si se vulneró el principio de subsidiariedad.
Se concluirá que no existen razones para sostener la nulidad de la Resolución
N° 019-2014-EM, ya que fue emitida por la entidad competente, el MINEM.
Asimismo, ENSA tenía un mejor derecho, el procedimiento seguido fue conforme
a Derecho y el principio de subsidiariedad no se ha vulnerado. / This paper analyzes the controversy surruounding the overlapping concessions
of energy distribution in the Olmos area between Electronorte S.A. (ENSA) and
Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (COELVISAC). In this case, COELVISAC
obtained a distribution concession for this area on January 22, 2014, granted by
the Regional Directorate of Energy and Mines of Lambayeque through Regional
Managerial Resolution No. 004-2014-GR/LAMB/GRDP. However, on April 7,
2014, ENSA obtained an extension of the distribution concession for the same
area through the Supreme Resolution No. 019-2014-EM issued by the General
Directorate of Electricity (DGE) of the MINEM.
COELVISAC then filed a motion for reconsideration with the DGE, seeking to
nullify Resolution No. 019-2014-EM. Upon reviewing this motion, we identified
the following issues to determine whether the concession was granted correctly:
i) whether MINEM had the authority to issue this Resolution, ii) whether either
party had a better right to receive the concession, iii) whether the extension
procedure was carried out properly, and iv) whether the principle of subsidiarity
was violated.
It will be concluded that there are no reasons to uphold the annulment of
Resolution N° 019-2014-EM, as it was issued by the competent authority,
MINEM. Furthermore, ENSA had a better right, the procedure followed was in
accordance with the law, and the principle of subsidiarity was not violated.
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Informe sobre la Resolución N°3390-2023/SPC-INDECOPI (Expediente N° 510-2022/CC2)Condezo Trinidad, Milagros Alexandra 09 August 2024 (has links)
El informe jurídico aborda la aplicación del silencio administrativo negativo en la
emisión de la Resolución Final N° 3390-2023/SPC-INDECOPI por parte de la
Sala Especializada en Protección al Consumidor, en ausencia de un
pronunciamiento de primera instancia previo. Se evalúa si la mencionada
resolución se ajusta al marco normativo vigente del ordenamiento jurídico
peruano, con especial atención al Código de Protección y Defensa del
Consumidor y al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General.
El análisis considera el impacto de la figura jurídica del silencio administrativo
negativo en el principio de legalidad, que exige que los actos administrativos
estén en concordancia con las leyes; y en el derecho a la pluralidad de
instancias, que mediante el cual los administrados puedan apelar decisiones
ante una instancia superior. Se concluye que la Sala tiene el deber de
pronunciarse sobre la naturaleza del procedimiento administrativo sancionador
de iniciativa de parte en materia de consumo. Ello con el objetivo de otorgar
seguridad jurídica tanto en la protección de los derechos de los consumidores
como de los proveedores frente al uso del silencio administrativo negativo.
Adicionalmente, el informe subraya la relevancia de que los proveedores no
deben brindar información que como consecuencia induzca a error en la
denominación de los productos destinados al consumo de mascotas. Este
aspecto es fundamental para salvaguardar la salud de los animales. / The legal report examines the application of negative administrative silence in the
Final Resolution No. 3390-2023/SPC-INDECOPI by the Specialized Chamber for
Consumer Protection of INDECOPI, in the absence of a prior first-instance ruling.
The report assesses whether the resolution in question complies with the
prevailing regulatory framework within the Peruvian legal system, with particular
emphasis on the Consumer Protection and Defense Code and the Consolidated
Text of Law No. 27444, Law of General Administrative Procedure.
The analysis considers the impact of the legal figure of negative administrative
silence on the principle of legality, which requires that administrative acts align
with the law, and on the right to a plurality of instances, which ensures that
administrative decisions can be appealed before a higher authority. It concludes
that the Specialized Chamber for Consumer Protection is obligated to issue a
ruling regarding the nature of sanctioning administrative procedures initiated by
private parties in the realm of consumer protection. This is to ensure legal
certainty in both protecting consumer rights and safeguarding providers against
the application of negative administrative silence.
Additionally, the report underscores the importance of avoiding the provision of
misleading information in the labeling of products intended for pet consumption.
This aspect is crucial for safeguarding animal health.
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Informe Jurídico sobre la Resolución 0794-2011/SC1- INDECOPIMarchand Rivera, Adrián Emilio 05 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la operación realizada por Enel S.P.A. consistente
en la adquisición de la totalidad de acciones de Endesa S.A., ejecutada en territorio
extranjero, así como los razonamientos realizados por la Comisión y la Sala de Defensa
de la Competencia No.1 de INDECOPI para justificar la apertura de un procedimiento
administrativo sancionador por la comisión de una infracción al Artículo 6 de la Ley
26876. Se proporcionará una respuesta frente a los tres problemas jurídicos principales
identificados, vinculados a la aplicación de la Ley 26876 frente a una concentración
empresarial perfeccionada en territorio extranjero, la determinación correcta de la
sanción administrativa impuesta en virtud de los criterios que concretizan el principio de
razonabilidad en materia sancionadora, y la correcta adecuación de la actuación
administrativa en el presente caso frente a los principios de debido procedimiento y de
tipicidad que fundamentan el procedimiento administrativo sancionador. Las
conclusiones del análisis establecen la utilidad de la effects doctrine para identificar el
elemento que habilita la aplicación de la Ley 26876 frente a una concentración
perfeccionada en el extranjero, la fundamentación insuficiente de la cuantía de la
sanción establecida en base a los criterios de graduación vigentes, y la adecuación por
parte de la Comisión y la Sala a los principios de debido procedimiento y tipicidad. / This report analyzes Enel S.P.A.’s shares acquisition of Endesa S.A. executed in foreign
territory, and INDECOPI’s Comisión and Sala de Defensa de la Competencia No.1
reasonings to inititate an administrative sanctioning procedure for the infringement of
Article 6 of the Ley 26876. A solution to the three principal legal problems identified will
be given regarding the application of Ley 26876 against a foreign economic
concentration, the correct establishment of an administrative sanction in virtue of the
principle of reasonableness’s criteria, and the adequacy of the actions in the present
case in virtue of the administrative due process and principle of typicality. The main
conclusions of this analysis establish the usefulness of the effects doctrine regarding the
identification of the elements that enable the application of Ley 26876 against an
economic concentration perfected abroad, the insufficient substantiation of the quantum
of the imposed sanction in virtue of the existing criterias, and the adecuacy of the actions
of the Comisión and Sala regarding the administrative due process and principle of
typicality.
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Las opiniones vinculantes emitidas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento: reflexiones sobre la seguridad jurídica en materia urbanísticaToribio León, Iván Antony 19 January 2024 (has links)
Nuestra investigación se ocupa de las opiniones vinculantes emitidas por el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y su impacto en la seguridad jurídica urbanística.
Las opiniones surgen en un contexto de incertidumbre provocada por la actuación cuestionable de
las autoridades municipales frente al ordenamiento jurídico vigente, en detrimento de los derechos
e intereses legítimos de la ciudadanía. Nuestra hipótesis principal es la siguiente: las opiniones
vinculantes emitidas por el MVCS constituyen una herramienta necesaria y adecuada para la
consolidación del principio de seguridad jurídica en materia urbanística
En esa línea, diversas entidades vienen sumando esfuerzos para consolidar la seguridad jurídica
en materia urbanística, entre ellas, el MVCS, que, en su condición rectora del sector urbanístico,
emite opiniones vinculantes que aclaran, precisan o completan la normativa urbanística, lo que
contribuye con la certidumbre jurídica que exige el sector.
En nuestro estado del arte abordaremos el estudio de institutos jurídicos fundamentales, como
la autonomía municipal, el informe administrativo o la función consultiva de la administración
pública, por la importancia que tienen en la temática que abordamos. También evaluaremos los
antecedentes normativos de estas opiniones, los que nos permitirán la comprensión de su contexto
y su función, asunto que nos lleva inevitablemente al examen de su régimen jurídico vigente.
En el problema de investigación analizaremos con detalle la importancia de las opiniones
vinculantes del MVCS en el contexto urbanístico nacional, conforme a lo planteado en el estado
del arte. Asimismo, es examinada la relación entre la seguridad jurídica y otros principios
fundamentales, de lo que ya ha dado cuenta numerosa jurisprudencia y doctrina de primer nivel.
En la discusión del trabajo, analizaremos la interpretación que el Tribunal Constitucional ha
realizado de la interacción entre las competencias urbanísticas de las municipalidades y del MVCS,
lo que nos permite extraer una reflexión final sobre la cuestión según el panorama jurídico
existente. Evaluaremos también la potencial repercusión de las opiniones vinculantes en el derecho
y la economía, lo que, a nuestro juicio, es un asunto clave que no viene considerando el MVCS en
el ejercicio de su labor rectora. Finalmente, ofrecemos una sistematización de las opiniones
vinculantes que constituya una aproximación empírica de los problemas que realmente se vienen
presentando en el marco de las opiniones vinculantes.
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Informe jurídico respecto a la Resolución N° 11 del Expediente 00028-2021-0-1817-SP-CO-02Sequeiros Ugarte, Claudia Mariana 09 July 2024 (has links)
La Resolución N° 11 del Expediente N° 00028-2021-0-1817-SP-CO-02 declara
fundado el recurso de anulación del Laudo del caso arbitral Nº 283 – 2017 – CCL.
Ello debido a la existencia de un vínculo de amistad entre el árbitro Beltrán y el
abogado Fernández que genera una duda razonable sobre la imparcialidad e
independencia para resolver la controversia sometida al Tribunal Arbitral del cual
el árbitro Beltrán es parte.
Este informe aborda temas como la naturaleza jurídica del arbitraje, el recurso
de anulación de laudo, el deber de revelación, la imparcialidad e independencia
de los árbitros y la recusación.
Para analizar dichos problemas, emplearé instrumentos normativos como el
Decreto Legislativo N° 1071, el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de
Comercio de Lima, el Reglamento de la Cámara de Comercio Internacional, las
Directrices IBA y el Reglamento London Court of International Arbitration.
Asimismo, la jurisprudencia y doctrina correspondiente. / Resolution No. 11 of File No. 00028-2021-0-1817-SP-CO-02 declares the
annulment appeal of the Award of arbitration case No. 283 – 2017 – CCL to be
founded. This is due to the existence of a friendship between arbitrator Beltran
and lawyer Fernandez, which generates a reasonable doubt about the impartiality
and independence to resolve the controversy submitted to the Arbitral Tribunal of
which arbitrator Beltran is a part.
This report addresses issues such as the legal nature of arbitration, the
annulment appeal of the award, the duty of disclosure, the impartiality and
independence of arbitrators and recusal. To analyze these problems, I will use normative instruments such as Decreto Legislativo N° 1071, IBA Guidelines,
Arbitration Regulations of the Lima Chamber of Commerce and the Regulations
of the London Court of International Arbitration. Likewise, the corresponding
jurisprudence and doctrine.
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Informe jurídico sobre la Resolución 008-2023/SDC-INDECOPIParedes Vega, César Alejandro 09 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico se encarga de analizar los criterios tomados por
la Sala Especializada para resolver la controversia entre Olva Courier S.A.C.
y Afe Courier S.A.C. presente en la Resolución 008-2023/SDC- INDECOPI.
Este caso, empieza con la denuncia interpuesta por Olva Courier por la
presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de
denigración contra Afe Courier y culmina con la decisión de la Sala
Especializada en Defensa de la Competencia que confirma, en varios puntos,
la Resolución 032-2022/CCD-INDECOPI, de primera instancia. De esta
manera, el tema central del trabajo radica en el análisis de la decisión tomada
por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de considerar que
se configura un acto de denigración basándose, principalmente, en la clara
referencia a la oferta de la empresa competidora. Dicho análisis, también,
desarrolla criterios importantes como la alusión inequívoca, unívoca y la
aplicación de los requisitos de la exceptio veritatis, los cuales serán tomados
en consideración para el desarrollo del presente trabajo. Además, en este
informe se desarrolla la aplicación de los criterios de la exceptio veritatis, la
configuración del acto denigratorio y como este se puede diferenciar de otros
actos de competencia desleal. Finalmente, la última cuestión jurídica que
plantea este informe se refiere al análisis desarrollado por la Sala
Especializada sobre si las afirmaciones: “Olvaidate de las colas nosotros lo
llevamos por ti” y “Olvaidate de procesos en internet” constituyen un acto
competencia por medio de una interpretación integral y superficial del mensaje
publicitario aludido. / This legal report is responsible for analyzing the criteria taken by the
Specialized Chamber to resolve the controversy between Olva Courier S.A.C.
and Afe Courier S.A.C. present in Resolution 008-2023/SDC- INDECOPI. This
case begins with the complaint filed by Olva Courier for the alleged
commission of acts of unfair competition in the form of denigration against Afe
Courier and culminates with the decision of the Specialized Chamber for the
Defense of Competition that confirms, in several points, the Resolution 032-
2022/CCD-INDECOPI, of first instance. In this way, the central theme of the
work lies in the analysis of the decision taken by the Specialized Chamber for
the Defense of Competition to consider that an act of denigration is configured
based, mainly, on the clear reference to the offer of the competing company. .
Said analysis also develops important criteria such as unequivocal, univocal
allusion and the application of the requirements of exceptio veritatis, which will
be taken into consideration for the development of this work. Furthermore, this
report develops the application of the exceptio veritatis criteria, the
configuration of the denigrating act and how it can be differentiated from other
acts of unfair competition. Finally, the last legal question raised by this report
refers to the analysis developed by the Specialized Chamber on whether or
not the statements: “Forget about the queues, we will take care of it for you”
and “Forget about online processes” constitute or not an act of jurisdiction by
means of a comprehensive and superficial interpretation of the
aforementioned advertising message.
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Informe jurídico sobre la Resolución N°2756-2023/SPC-INDECOPIQuiliche Duran, Sol Yahaira 09 August 2024 (has links)
En la presente investigación se realiza un análisis sobre el deber de idoneidad
de la Asociación Promotora Educacional JLN Hope del Perú, representante del
Centro Educativo Privado Hiram Bingham, en base a la devolución de la cuota
de ingreso a los señores Luna y Arce padres de la menor de iniciales C.M.L.A.
Para ello se utiliza lo mencionado por el Decreto Legislativo 1476, así como el
Decreto de Urgencia 002-2020, cuyos algunos artículos, en razón a la cuota de
ingreso, entran en vigor el 01 de marzo de 2021 junto con el Reglamento de la
Ley 26549 “Ley de Centros Educativos Privados”. Teniendo en cuenta lo
mencionado, se realiza un análisis tomando en consideración aspectos
relevantes presentes en el caso en cuestión, lo cual nos permite evaluar el
contrato firmado por las partes, así como el pronunciamiento del personal
administrativo de la asociación.
Como resultado del análisis, se tiene que la Asociación que actúa como
representante de la institución vulnera el deber de idoneidad, pero no
necesariamente en base al servicio brindado, sino al negar injustificadamente la
devolución de cuota de ingreso, a pesar de que la estudiante no continuaría con
sus estudios. Dicha vulneración a tal principio también se encuentra justificado a
la determinación de una cláusula abusiva presente en el contrato firmado por las
partes, como también la comunicación enviada por el personal administrativo de
la asociación que coloca a las partes denunciantes en una situación de
expectativa por la devolución. / In the present investigation, an analysis is carried out on the duty of suitability of
the JLN Hope Educational Promotion Association of Peru, representative of the
Hiram Bingham Private Educational Center, based on the return of the entrance
fee to Messrs. Luna and Arce parents of the minor of initials C.M.L.A.
For this purpose, what is mentioned in Legislative Decree 1476 is used, as well
as Emergency Decree 002-2020, who’s some articles, due to the entry fee, come
into force on March 1, 2021, along with the Regulations of the Law. 26549
“Private Educational Centers Law”. Taking this into account, an analysis is carried
out taking into consideration relevant aspects present in the case in question,
which allows us to evaluate the contract signed by the parties, as well as the
statement of the association's administrative staff.
As a result of the analysis, it is found that the Association that acts as a
representative of the institution violates the duty of suitability, but not necessarily
based on the service provided, but by unjustifiably denying the refund of the
entrance fee, even though the student did not He would continue with his studies.
Said violation of said principle is also justified by the determination of an abusive
clause present in the contract signed by the parties, as well as the communication
sent by the administrative staff of the association that places the complaining
parties in a situation of expectation for the return.
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Informe sobre la Resolución Nº 1798-2023/SPC-INDECOPIVigil Acuña, Jesus Antonio 12 August 2024 (has links)
El presente informe tiene por finalidad plantear una crítica a lo resuelto por la
Sala Especializada en Protección al Consumidor sobre el reembolso de la cuota
de ingreso a los padres de familia, por parte de los colegios privados, con
anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia Nº 002-2020.
Mediante este, se analizará si la cláusula contractual que restringe la devolución
de la cuota de ingreso, pese a no haberse iniciado el servicio educativo,
constituye una cláusula abusiva de ineficacia relativa. Se examinan los
conceptos de cláusulas abusivas y contratos por adhesión, y su regulación en el
Código de Protección y Defensa del Consumidor, destacando los criterios
establecidos por el Indecopi para identificar dichas cláusulas. Así, se deja de lado
los criterios utilizados originalmente por la Comisión y la Sala en torno al artículo
1431º del Código Civil para resolver el presente caso, a fin de abordar un
desarrollo que busca demostrar que la cláusula materia del presente estudio
impone una desventaja injustificada y significativa al consumidor, violando el
principio buena fe. Se recurre a jurisprudencia tanto administrativa como
constitucional, para determinar que la cláusula supone un obstáculo
desproporcionado y oneroso. Asimismo, el informe subraya la importancia del
derecho fundamental a la educación, indicando que el Indecopi debe evaluar la
naturaleza del servicio educativo al analizar estas cláusulas de manera integral
y no solo recurriendo a la normativa civil. / The purpose of this report is to criticize the decision of the Sala Especializada en
Protección al Consumidor regarding the refund of the enrollment fee to parents
by private schools prior to the entry into force of Decreto de Urgencia Nº 002-
2020. Through this, it will be analyzed whether the contractual clause that
restricts the refund of the enrollment fee, despite the fact that the educational
service did not even start, constitutes an abusive clause of relative
ineffectiveness. The concepts of abusive clauses and adhesion contracts and
their regulation in the Code of Consumer Protection and Defense are examined,
highlighting the criteria established by Indecopi to identify such clauses. Thus,
the criteria originally used by the Commission and the Chamber regarding article
1431º of the Civil Code are set aside to resolve the present case, in order to
address a development that seeks to demonstrate that the clause in question
imposes an unjustified and significant disadvantage to the consumer, in violation
of the principle of good faith. Both administrative and constitutional jurisprudence
is used to determine that the clause represents a disproportionate and onerous
obstacle. Likewise, the report underlines the importance of the fundamental right
to education, indicating that Indecopi must evaluate the nature of the educational
service when analyzing these clauses in a comprehensive manner and not only
resorting to civil regulations.
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