Spelling suggestions: "subject:"derecho del trabajo while"" "subject:"derecho del trabajo chile""
231 |
Análisis crítico del proyecto de Ley que regula la relación laboral de carácter especial de los deportistas profesionales y de quienes desarrollan actividades conexasNegrete Sepúlveda, David Alexis, Vidal Paredes, Juan Manuel January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo se centra especialmente en el fútbol por ser la actividad deportiva de mayor arraigo en nuestra cultura, como asimismo en donde se hizo cada vez más palpable la presencia de una relación laboral con todos sus elementos y características, lo que no ha ocurrido en otros deportes como el tenis, el boxeo y el basketball, cuyo desarrollo obedece mas bien a la prestación de servicios profesionales sin subordinación ni dependencia, por no existir un empleador ya que los organizadores de los torneos invitan, por ejemplo, a los tenistas profesionales a participar en ellos, fijándose un honorario según su ubicación en estos certámenes que se desarrollan durante el año alrededor del mundo, por ende no hay remuneración, continuidad ni dependencia en la práctica de este deporte profesional sino mas bien un contrato de arriendo de servicios sin plazo fijo en cuanto a su naturaleza jurídica.
Lo descrito anteriormente, es totalmente diferente en el fútbol donde si se dan estos elementos de una relación laboral.
Por una parte existe un empleador, que son los clubes, actualmente organizados como corporaciones o fundaciones sin fines de lucro, por otro lado los futbolistas, entrenadores, preparadores físicos y personal auxiliar, es decir los trabajadores. Hay a su vez una relación de continuidad y dependencia en la práctica del trabajo y una remuneración por ello.
Cabe señalar que la contingencia en la falta de regulación de esta relación laboral se ha ido acrecentado en estos últimos años a raíz de las crisis económicas que han azotado esta actividad deportiva, por cuanto esta falta de regulación permaneció latente en el tiempo sin manifestarse, especialmente en la década de los noventa en que la actividad fue particularmente rentable, lo que se tradujo en sueldos de futbolistas y entrenadores que muchas veces superaban los $ 12.000.000 (doce millones de pesos) en las principales instituciones de nuestro país, lo cual tuvo un vuelco radical durante la presente década, lo cual ha dejado al descubierto la falta de una regulación exhaustiva por parte del legislador de la actividad.
Por ello nuestro objetivo es desarrollar un trabajo que reúna las cualidades de rigor académico propias de una tesis en cuanto a su estudio normativo como doctrinario, pero sin perder la perspectiva didáctica que conlleva consigo el tema; por lo cual nos planteamos una triple finalidad, primero: analizar y criticar el proyecto de ley que regula la relación laboral de carácter especial de los deportistas profesionales y de quienes desarrollan actividades conexas, segundo: proponer un desarrollo normativo adecuado para la actividad y tercero: servir de guía para quienes se interesen por la práctica de una actividad deportiva en forma profesional frente a la ausencia de un texto específico sobre la materia.
|
232 |
Responsabilidad del Empleador en el Derecho Laboral ChilenoFlores Araya, Naya Mabel, Lucio Ahuad, Yuly Andrea, Sepúlveda Videla, Cristian Matias January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Se hace imperioso comenzar este trabajo con el estudio, en primer lugar de la evolución histórica de la responsabilidad civil, lo que permitirá entender el sentido de las instituciones y normas que nos rigen en la actualidad, estudiando, en detalle, los presupuestos de la responsabilidad extracontractual y contractual actual, a la luz de la doctrina, legislación y jurisprudencia nacionales, para, de este modo, comprender en toda su dimensión algunas teorías y principios que rigen o regían las hipótesis de perjuicios de naturaleza laboral, en el derecho nacional. Analizaremos el daño moral tanto desde la perspectiva civil como desde la óptica del Derecho del Trabajo, por ser una temática de gran actualidad, tanto en el ámbito nacional como comparado. Por otro lado trataremos sistemáticamente, los casos de posibles daños que pueden presentarse con anterioridad y posterioridad a la vigencia del contrato de trabajo (responsabilidad precontractual y postcontractual), tema que la doctrina nacional no ha examinado con toda la profundidad que amerita. Posteriormente, nos referiremos a la responsabilidad por el hecho ajeno del empresario, deteniéndonos en ciertas formas de contratación atípicas como el teletrabajo o el trabajo a domicilio, que plantean problemas dogmáticos de importancia, dada nuestra actual estructura de responsabilidad. Además, en este mismo apartado, haremos mención a una interesante tendencia exegética de nuestros tribunales de justicia para adaptar esta responsabilidad del empresario, a las actuales condiciones de la economía.
En los Capítulos siguientes nos centraremos en las fuentes de responsabilidad del empleador netamente laborales, analizando hipótesis de daños específicos producidos a los trabajadores.
Para tales efectos comenzaremos con el análisis de la responsabilidad subsidiaria del dueño de la empresa, obra o faena, respecto de las obligaciones laborales y previsionales que hayan incumplido los contratistas y subcontratistas. En ese mismo Capítulo definiremos los intervinientes en este tipo de relaciones, estableceremos el ámbito subjetivo y temporal de aplicación de las normas que regulan este tipo de responsabilidad. Por otro lado, analizaremos las relaciones triangulares y las vinculaciones entre éstas con la simulación y el fraude de ley laboral.
Posteriormente, revisaremos las normas y principios aplicables a las hipótesis de perjuicios ocasionados al trabajador, que se verifican con más frecuencia en las relaciones del trabajo, como lo son los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. De este modo, revisaremos la historia legislativa en relación con estas materias, analizaremos las definiciones que se dan de ambos conceptos, los titulares de las acciones entregadas por la ley, así como los tribunales competentes para conocer de ellas, los plazos de prescripción, entre otras materias de importancia.
En el séptimo, y último Capítulo, trataremos un tema aún en ciernes en el Derecho Laboral chileno y que tiene relación con los perjuicios causados al trabajador como consecuencia de un despido declarado, posteriormente, como injustificado, indebido o improcedente, por el Tribunal competente, y la posibilidad de exigir una indemnización adicional de daños no comprendidos explícitamente en el Código del Trabajo, por parte del trabajador. Para tales efectos revisaremos las distintas teorías que explican la naturaleza jurídica de las indemnizaciones que se originan producto del despido. Asimismo, expondremos las posturas que niegan la posibilidad de solicitar reparación por este concepto y aquellas que la defienden, y, en este último caso, los fundamentos constitucionales, legales y de principios dogmáticos que se esgrimen para ello; además, nos pronunciaremos acerca del tribunal competente para conocer de dichos procesos y el estatuto jurídico a aplicar a estas acciones.
|
233 |
Políticas de responsabilidad social y empresarial para la conciliación de vida laboral y familiarRojas Cornejo, Daniela Zarin - Taj January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Entre una de las principales preocupaciones de la sociedad actual chilena e internacional está el anhelo de conciliar el trabajo y la familia o vida personal. Esta aspiración nace impulsada por las mujeres, que con su ingreso al trabajo remunerado han decidido esforzarse por armonizar cada uno de los roles que cumplen en la sociedad: mujer, madre, hija, profesional, esposa, etcétera. Y hacia este anhelo están arrastrando también a los hombres, que, por ejemplo, están descubriendo las ventajas de pasar más tiempo en el hogar.
El presente estudio demuestra que existen, al menos, dos importantes actores que participan con las personas en la posibilidad de cumplir con tales objetivos: Las entidades públicas, que ofrecen normas y políticas de apoyo; y las empresas, que pueden optar entre conformarse con cumplir con los mínimos legales o invertir en aspiraciones de largo plazo que prometen muy buenos resultados: las medidas voluntarias que perfeccionan o superan las disposiciones públicas con miras a facilitar la conciliación entre vida laboral y personal de sus empleados. Este tipo de políticas se comprenden dentro de lo que se ha denominado Responsabilidad Social de la Empresa (RSE), que puede ser entendido como la integración por parte de las empresas de una mirada ética en sus actividades operacionales y comerciales, comprometiéndose con las preocupaciones sociales y medioambientales de sus miembros y de la comunidad. La aplicación de políticas socialmente responsables ha generado numerosos beneficios para los trabajadores, para las empresas, y, por supuesto, la sociedad ha recibido ventajas en múltiples ámbitos.
Las políticas conciliadoras de vida laboral y familiar, como se aprecia en este documento, han sido objeto de una creciente investigación e implementación en los países industrializados. Chile, en tanto, destaca por su RSE entre los demás países latinoamericanos, pero sólo está iniciándose en el tema del equilibrio trabajo y familia. A partir de los estudios nacionales y la experiencia extranjera se puede incentivar a las empresas a adoptar políticas que respalden la conciliación anhelada por los trabajadores, cuyos efectos principales son el incremento en la satisfacción personal, en la productividad, y por ende, en la rentabilidad y ventajas comparativas de las empresas. Los resultados se proyectan hacia el crecimiento de la sociedad
|
234 |
La discriminación hacia la mujer en el empleo y la jornada a tiempo parcialEspinoza Morales, Isabel Paulina January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El trabajo, desde una perspectiva antropológica, es una actividad humana “marcada por la necesidad y que se expresa en la fórmula de ganarse la vida”Note1. . El trabajo es sólo uno de los ámbitos en que nos desarrollamos, en este esfuerzo constante por la autorrealización que constituye nuestra vida diaria.
Sin embargo, y particularmente en el mundo del trabajo, el desarrollo de una actividad tan vital como el trabajo, no ha presentado la misma cara, no ha sido del todo solidario con todos sus trabajadores, ya que desde mucho existe una fuerte e innegable discriminación hacia las mujeres trabajadoras, por diversos y múltiples factores
|
235 |
El permiso post natal masculino en Chile y en Derecho Comparado.Carrasco Silva, Gonzalo Mauricio January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Con las realidades y experiencias descritas en esta Memoria se puede vislumbrar los múltiples beneficios que conlleva para todos conciliar la vida familiar y laboral. No estaría demás, al mismo tiempo, aprender de iniciativas desarrolladas en otros países y que han funcionado bien, pero adecuándolas a la particularidad de nuestra sociedad. El papel del hombre como padre y su falta de implicación real en la conciliación trabajo-familia es uno de los principales puntos de atención y de discusión en la legislación laboral de varios países, y Chile no puede estar ausente de ello no obstante los avances que se ha experimentado en conformidad a la ley Nº 20.047 que se ha estudiado
|
236 |
Interrupción de la prescripción extintiva en materia laboral : ¿solo un problema hermenéutico o uno de Lege Ferenda?Hidalgo Leiva, Daniel Alejandro, Robles Peña, Rodrigo Antonio January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Cuando tuvimos que elegir el tema sobre el cual versaría nuestra memoria, pensamos en uno que fuera contingente y en el cual hubiese algo de controversia, todo esto, con el objeto de contribuir al debate público con un punto de vista propio, es por esto que eligimos el tema de la interrupción de la prescripción en materia laboral. En efecto, dado el carácter del Derecho del Trabajo siempre en constante cambio, creemos que es necesario un debate serio respecto de la interrupción de la prescripción extintiva en materia laboral, dada la ambigua interpretación del inciso quinto artículo 510 del Código del Trabajo, ante los tribunales de justicia.
La remisión normativa al derecho común (léase Código Civil) ha hecho resurgir interrogantes respecto al momento interruptivo de la prescripción en materia laboral, las cuales se evidencian en la falta de uniformidad interpretativa sobre este punto por nuestros tribunales superiores de justicia, en orden a que, algunos sostienen que es necesaria la notificación válida de la demanda para interrumpir la prescripción, y otros sostienen que no es necesaria la notificación de la misma, debido a que la expresión requerimiento alude al término “demanda judicial”, debido a que se está hablando de prescripción extintiva y no aquella con la que se adquieren las cosas ajenas.
Esto trae como consecuencia que los empleadores usan la prescripción extintiva como un medio para incumplir sus obligaciones laborales, cuestión que se ve agravada por el hecho de que el plazo de prescripción en materia laboral es bastante breve, uno de los más breves en nuestra legislación. De esta forma, la discrepacia hermenéutica de nuestros tribunales superiores de justicia, favorece la utilización de la prescripción en ese sentido
|
237 |
El sistema del estatuto de capacitación chileno diiseñado entorno a la empresa y los mecanismos legales que contempla para la promoción del diálogo socialValdés Romero, Víctor Felipe January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Los objetivos de este trabajo se centran en el estudio de la capacitación que, si
bien, es una institución que comprende una clara etapa del fenómeno
educativo, el grueso de su tratamiento tanto teórico como normativo, surgen del
seno del mundo laboral, ya que solo cobra su verdadero valor dentro de este,
convirtiéndose en un factor que contribuye al aumento del capital humano6
dentro de la sociedad.
5Pag. 25, Informe Mundial de la UNESCO: “Hacia las sociedades del conocimiento”, Unesco 2005.
6 El sentido que nos preocupa, capital humano adquirido: “el capital que irá constituyéndose a lo largo de
la vida de los sujetos, a través de la educación formal, de la educación informal y de la experiencia
acumulada”, y que “va a condicionar la instrucción laboral y el sistema de valores de los sujetos”.
14
La importancia del desarrollo del capital humano se traduce en mayor
productividad, mayores oportunidades laborales y menores tasas de
desempleo.
|
238 |
Las fortalezas que las reformas laborales le otorgaron a Chile para negociar el capítulo laboral del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América.Sáez Carlier, Luis January 2006 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho) / “Globalicemos la solidaridad”. Así rezaba una de las pancartas que se exhibieron en Mar del Plata en una de las manifestaciones en contra de la globalización. Ese parece ser también el desafío central de la comunidad internacional y también de nuestro país frente a las grandes transformaciones experimentadas en los últimos años.
Porque si bien se puede constatar que efectivamente el avance de las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y la internacionalización del comercio, han ofrecido grandes oportunidades para los países, es posible comprobar que estos procesos han acentuado problemas como la desigualdad y el desempleo en las naciones más vulnerables
|
239 |
Comparación entre el tratamiento que le da la Ley de Quiebras no. 18.175 y la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento no. 20.720 al contrato individual de trabajo. Ventajas y desventajasMorales González, Violeta del Valle January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.720 de Insolvencia y
Reemprendimiento, se inició una nueva etapa de interrelación entre el
Derecho Comercial y el Derecho Laboral, ya que esta modifica el Código
del Trabajo, principalmente, porque establece una nueva causal de
terminación del contrato individual de trabajo.
Esta situación no ha estado exenta de polémicas, por lo cual en el
desarrollo de esta tesis analizo, de forma crítica, el tratamiento que la nueva
legislación concursal da a los derechos de los trabajadores. Para esto baso el
estudio en fuentes documentales-bibliográficas. Además, del uso de
métodos cualitativos, como las entrevistas.
La modificación realizada es un avance en materia laboral, porque viene
a resolver problemas prácticos de larga data, producidos por el silencio
legislativo. Sin embargo, estas medidas no son suficientes para dar un
marco jurídico sustancial que proteja eficazmente los derechos laborales de
vii
los miles de trabajadores1, que cada año se ven afectados por la insolvencia
de su empleador
|
240 |
Diálogo social. Perspectivas para la realidad chilenaMaciel Canales, Cyntia Edith January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso completo de su documento / En Chile, no obstante algunos esfuerzos por consolidar prácticas
de diálogo social efectivas, existe (i) desconocimiento teórico por parte
de los actores involucrados que impide avanzar hacia propuestas
concretas y (ii) carencia de cultura política que entregue mecanismos
de diálogos relevantes y exitosos. Para ello es necesario establecer
que, por una parte, la existencia de ambos fenómenos se encuentra
íntimamente ligada por lo que el desarrollo de uno, supone la existencia
del otro. Por otro, lado será necesario aclarar y ejemplificar cuáles son
los avances en lo teórico que la consolidación del diálogo social
requiere y cuáles son las prácticas políticas que lo tornan más efectivo.
La presente memoria pretende otorgar una sistematización del
estado actual del diálogo social que sea capaz de explicar la realidad
chilena y otorgar una propuesta de aquello que es necesario para
fortalecer su práctica
|
Page generated in 0.1016 seconds