Spelling suggestions: "subject:"derecho laborales."" "subject:"derecho laboralment.""
51 |
Reflexiones sobre la aplicación de la suspensión perfecta de labores aprobada automáticamente dentro del cese colectivo por motivos económicosFernández Tupayachi, Zoila Yisela 16 February 2018 (has links)
El artículo 48, literal c, del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR faculta al empleador a adoptar automáticamente la suspensión perfecta de labores de los trabajadores que se encuentran involucrados en el procedimiento de cese colectivo por motivos económicos, sin embargo, poco ha sido el desarrollo con relación a las características de ésta.
En ese sentido, el presente trabajo estudia y reflexiona sobre la suspensión perfecta de labores aprobada automáticamente dentro del cese colectivo por motivos económicos a partir de la normativa nacional, los pronunciamientos de la autoridad administrativa de trabajo y la doctrina, evidenciando que la referida suspensión perfecta posee particularidades que la diferencian de otras suspensiones previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, tiene falencias en su regulación, y puede afectar derechos a la remuneración, a la libertad sindical y algunas etapas del procedimiento de cese colectivo por motivos económicos.
Finalmente, en base a lo desarrollado en el presente trabajo se brindan ciertas sugerencias para una mejor regulación de la suspensión perfecta de labores del artículo 48, literal C, del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral / Trabajo académico
|
52 |
La calificación de confianza y su exclusión legal expresa de la aplicación de los convenios colectivos de trabajoVargas Maldonado, Jorge Luis 14 February 2018 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar, si la justificación que se desarrolla en doctrina
para excluir a los trabajadores de confianza del ámbito de aplicación de los convenios
colectivos es sustentable, realizando un examen sobre la validez de la exclusión a nivel
constitucional y de normas internacionales de trabajo. Adicionalmente se realizará un
análisis sobre los distintos pronunciamientos emitidos en las diferentes sedes
(administrativa, judicial e internacional) concluyendo finalmente si esta limitación
constituye una vulneración al derecho a la libertad sindical y negociación colectiva.
En esa linea, nuestro objetivo fue verificar la hipotesis aplicando una metodología
exegética que permita identificar la correcta interpretación de la normativa laboral de la
materia, con la finalidad de identificar el deber ser como regla aplicable. Sin bien es
cierto se trata de una técnica clásica y tradicional, esta permite realizar un análisis macro
de las normas y principios aplicables, con la finalidad de poder comprobar si la hipótesis
es correcta.
Finalmente se llegó a la conclusion de que realizando una interpretación sistemática de la
LRCT, Constitución y convenios OIT ratificados por el Perú nos lleva a concluir que la
restricción precisada por el artículo 42 de la LRCT quedaría superada por lo regulado en
el articulo 12 de la misma norma, por lo que cuando el estatuto de la organización
sindical contempla expresamente la posibilidad de que los trabajadores de confianza se
afilien, deberían tener acceso también a los convenios colectivos. / Trabajo académico
|
53 |
Supuestos de solidaridad laboralCampos Torres, Sara Rosa 28 October 2021 (has links)
La tesis trata los principales casos de solidaridad en relaciones de tercerización de servicios
intermediación laboral así como los casos de seguridad y salud en el trabajo, riesgos
laborales, grupo de empresas, entre otros. El objetivo de la tesis es dar a conocer en qué
casos es aplicable la solidaridad laboral teniendo como punto de partida un análisis
constitucional y civil, ya que actualmente no contamos con una regulación específica sobre
esta materia.
Para ello, la tesis está sustentada en el análisis doctrinario, legal y sustantivo de la solidaridad
laboral, así como de la jurisprudencia sobretodo en lo referido a grupo de empresas. Se
resalta la aplicación de la solidaridad en materia de riesgos laborales y accidentes de trabajo,
por cuanto se preserva la vida e integridad del trabajador. También, se han considerado los
principios laborales para el sustento de la solidaridad laboral.
Por ello, consideramos que la tesis desarrolla con mayor profundidad los distintos casos de
solidaridad laboral teniendo como base lo regulado por la legislación civil, lo que permitirá
identificarla en los distintos ámbitos de la relación laboral.
|
54 |
Las cadenas de la esclavitud en el Perú como tragedia de explotación laboral disfrazada de informalidad : análisis del incendio de la galería Las Malvinas (2017), del trabajo forzoso al camino hacia el trabajo decenteMerzthal Shigyo, Marilú del Pilar 25 December 2021 (has links)
Jovi Herrera y Jorge Luis Huamán fallecieron calcinados en un contenedor metálico
donde trabajaban en condiciones de esclavitud. Ellos no pudieron escapar de la prisión
que era su centro de trabajo ya que eran encerrados con candado por su empleador. A
través de un estudio detallado de esta tragedia ocurrida en la galería “Las Malvinas”, se
analiza este caso como un ejemplo de esclavitud moderna y trata de personas en la
modalidad de explotación laboral en el Perú. Para ello, la investigación se apoya en las
herramientas y conceptos del derecho internacional de los derechos humanos para
ayudar a comprender las causas de situaciones de trata de personas y trabajo forzoso
en jóvenes como Jovi y Jorge Luis. Asimismo, partiendo del concepto de trabajo
decente, se busca proponer soluciones desde las políticas públicas para erradicar o
disminuir estas prácticas. Esta investigación usa herramientas teóricas como el enfoque
basado en los derechos humanos y los elementos que componen el trabajo decente;
herramientas normativas como leyes nacionales, internacionales y sentencias de la
Corte Interamericana de Derecho Humanos sobre trata de personas y trabajo forzoso;
y finalmente, herramientas prácticas como la revisión de diversas políticas públicas para
encontrar oportunidades de mejora para entender y atacar las causas del trabajo forzoso
en nuestro país. Lo antes dicho, permite una aproximación desde el concepto de trabajo
decente para acceder a mayores mecanismos de protección y garantía contra
violaciones de derechos humanos tan lesivas como el trabajo forzoso, especialmente
en el sector de trabajo informal donde más abundan estas vulneraciones, buscando el
reconocimiento de todos los trabajadores como seres humanos con dignidad.
|
55 |
El derecho al descanso físico vacacional de los trabajadores portuarios y su no exclusión con la remuneración vacacionalCerna La Torre, Oriana Fernanda 29 May 2023 (has links)
La presente investigación surge apropósito de numerosos casos en la práctica
portuaria de trabajadores portuarios que, a pesar de acumular cuantiosas
jornadas en un año, no gozan de descanso físico vacacional. Así, se encuentra
normalizado que los trabajadores perciban solo el concepto de remuneración
vacacional mas no gocen de descanso físico efectivo debido a una práctica
común asentada por los empleadores que sostienen que no es preciso
reconocer descanso físico, toda vez que se trata de una actividad con jornadas
atípicas. Con el fin de dilucidar si la remuneración vacacional y el goce de
descanso son excluyentes, se analizará en el trabajo académico la relación
entre este régimen laboral especial en contrato y el régimen común, el carácter
de derecho fundamental de descanso vacacional, y finalmente cómo es que
puede garantizarse este derecho a los trabajadores portuarios que ejercen esta
labor especial. / The investigation in below was elaborated with regard numerous cases of dock
workers that despite having hard and heavy working days in a year, do not have
real vacation rest. In that sense, it is normalized that dock workers receive just
the concept of vacation pay instead of having actual vacations because of
employers’ common practice to allege that the vacational physical rest must not
be recognized because of the atypical working days. Aiming to elucidate if
vacation pay and vacation physical rest is exclusive between them, we will
analyze the link among dock work special labor regime and the common
regime, the fundamental right of vacation, and in the end how we can guarantee
the exercise of this right to dock workers. / Trabajo académico
|
56 |
Las facultades de representación de los sindicatos de rama y su incidencia en las negociaciones colectivas con las empresas que cuentan con menos de 20 trabajadoresPicoaga Vargas, Miguel Angel 31 August 2018 (has links)
En el Perú existe, una evolución y efectivo crecimiento de sectores productivos
descentralizados, especializados y emergentes, que tiene su origen con la llegada de
inversión extranjera, tratados de libre comercio y empresarios emergentes.
Siendo un patrón característico de estas nuevas actividades empresariales, la atomización y
diversificación de la especialización técnica – profesional y el reducido personal que
contratan, los mismos que cubren las necesidades de las actividades productivas que las
grandes empresas descentralizan y los empresarios emergentes o también llamados micro
empresarios dedicados al comercio, artesanía y otras actividades independientes lo
desarrollan.
La situación de estas nuevas actividades empresariales ha traído como resultado, que
muchos de ellos cuenten con menos de veinte (20) trabajadores; en ese sentido, al existir
grupos reducidos de menos de 20 trabajadores en dichas empresas, incide y restringe
fundamentalmente en la materialización de los derechos fundamentales de Sindicación,
Negociación Colectiva y Huelga;
En ese sentido, en el presente trabajo, se tiene como objetivo principal, identificar
argumentos reales y jurídicos, que sirvan de sustento para que los sindicatos de rama, se
encuentren facultados y representen válidamente a los trabajadores de las empresas con
menos de 20 trabajadores, los mismos que consolidará las facultades de representación,
capacidad negocial y legitimidad negocial, conforme a la regulación vigente, de los
sindicatos de rama a favor de los trabajadores que se encuentren en empresas con menos de
20 afiliados, hecho que sin lugar a dudas, es de vital importancia para la defensa y respeto
de sus derechos laborales y sindicales.
|
57 |
La intención de ocasionar un perjuicio al empleador como elemento necesario para la configuración de una falta grave en el incumplimiento de las obligaciones de trabajo que amerite el despido del trabajador: A propósito de la Casación Laboral N° 419-2014-AyacuchoGutiérrez López, Wilson André 10 April 2017 (has links)
En el mes de abril del año 2015, fue publicada la Casación Laboral N° 419-2014-
Ayacucho.
En esta sentencia, la Sala de Derecho Constitucional y Permanente de la Corte Suprema
establece que procederá el despido de un trabajador siempre que la falta grave que éste
realice contenga la intención de ocasionar un perjuicio al empleador, es decir, que
contenga una actitud dolosa.
La sentencia en mención trata sobre el despido de una trabajadora que laboraba como
auxiliar de caja en la Caja Municipal de Ahorro de Ica.
Este despido tiene como sustento el hecho de que la trabajadora incumplió sus
obligaciones laborales al no haber realizado el procedimiento que la Caja Municipal
establecía al momento de encontrar un faltante de dinero (S/.20.89) en la caja
registradora bajo la cual ella estaba a cargo.
|
58 |
La homogeneización de condiciones salariales en los procesos de fusión y adquisición de empresasCermeño Durand, Claudia Denisse 17 March 2014 (has links)
Los cambios económicos, la búsqueda de una mayor eficacia comercial, el deseo
por la expansión del negocio, entre otras, suelen ser las causas que demandan la
reestructuración, adecuación o reorganización de las empresas a un nuevo modelo
o esquema productivo. Tales esquemas productivos lindan entre la concentración y
la desconcentración empresarial, en donde la elección por uno u otro modelo, se
determina por la necesidad empresarial del momento.
De otro lado, para que las empresas puedan adecuarse a los sistemas antes
señalados, existen diversos mecanismos corporativos tales como las fusiones,
escisiones, reorganizaciones empresariales simples, celebración de contratos de
colaboración empresarial, entre otros. Si bien dichas operaciones tienen por
finalidad lograr la reestructuración societaria o corporativa de la empresa, lo cierto
es que las mismas terminan por impactar e incidir de manera significativa en los
trabajadores involucrados, siendo por ello importante el estudio de los efectos de
tales procesos en las relaciones de trabajo.
Ahora bien, cuando producto de una fusión o adquisición se concentran en una sola
empresa activos provenientes de dos o más empresas, existe la posibilidad de que,
finalizado el proceso de fusión o adquisición, se tengan dos o más grupos de
trabajadores con distintas condiciones remunerativas en un solo centro empresarial.
En efecto, toda vez que en virtud del principio de continuidad de la relación laboral,
toda trasmisión de empresas supone la subrogación del nuevo empleador en las
condiciones laborales del empleador que transfiere, es que tras un proceso de
fusión o adquisición empresarial se podrá verificar la existencia de tantas
estructuras remunerativas como empresas se hubiesen trasferido.
|
59 |
La inspección sociolaboral en la micro y pequeña empresa del sector informal laboral: hacia la aplicación de la medida de formalización laboral por los inspectores de trabajo y la implementación de los planes de formalización para los empresariosCórdova Fernández, José Guillermo 17 October 2017 (has links)
El D.S. N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley 28806, Ley General de Inspección
del Trabajo, contiene dos artículos que hablan sobre el denominado Plan de
Formalización, el cual, se encuentra destinado preferentemente a la micro y
pequeña empresa y es de aceptación voluntaria por el empleador. El Reglamento
establece que el Plan de Formalización, debe “incluir medidas de promoción,
capacitación de trabajadores, asesorías al empleador, participación en programas
estatales para las micro y pequeñas empresas, entre otras”. No obstante, desde su
promulgación en el 2006, ningún Plan de Formalización se ha implementado. Esta
inaplicación jurídica, se contrapone ante más de un 70% de trabajadores que en el
Perú se encuentran laborando en el sector informal laboral; y donde el sistema de
inspección, y en particular sus normativas, deben estar diseñadas para reducir los
altos índices de informalidad laboral. Por ello, es importante analizar si el
Reglamento ha sido adecuadamente redactado y si es suficiente para implementar,
con nuestra legislación actual, un Plan de Formalización. Para ello, debemos
analizar los principios del sistema inspectivo, el cumplimiento de estos principios
por el sistema de inspección peruano y comparar experiencias puntuales en
América Latina. Lo que, nos llevará a reflexionar sobre la naturaleza jurídica de los
Planes de Formalización y permitirá encontrar su insuficiencia jurídica. Para luego,
afirmar que el Plan de Formalización, debe ser un instrumento jurídico que
principalmente pueda acompañar una nueva medida aplicable por los inspectores
de trabajo que agregue un componente mediante el cual, el empleador y
trabajadores puedan directamente beneficiarse de las medidas inspectivas, no sólo
evitando una multa o ingresando a planilla respectivamente; sino por la mejora de
algún aspecto de la gestión, administración empresarial o mejora en la vida
cotidiana del trabajador. Esto permite crear escenarios de cumplimiento perdurable;
y al ser utilizados por el sistema de inspección del trabajo, como una herramienta
jurídica para la formalización, antes, durante y después de un procedimiento
inspectivo y en un escenario de política nacional, permita desde el sistema de
inspección del trabajo, reducir notablemente los niveles de informalidad laboral.
|
60 |
Los límites del ius variandi del empleador y el retiro de confianza como causal de movilidad funcionalMartinez del Aguila, Ginneth del Carmen 24 March 2022 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo principal analizar la aplicación de los límites externos del ius variandi del empleador ante una movilidad funcional que tenga como causa o sustento el retiro de confianza al trabajador, en virtud del carácter subjetivo que este involucra. De esa manera, se determinará si corresponde observar el principio de razonabilidad y el respeto de los derechos fundamentales del trabajador y, en base a ello, concluir si nos encontramos frente a un ejercicio válido o no del ius variandi del empleador, como situación excepcional, sin que se configure un acto de hostilidad
|
Page generated in 0.0914 seconds