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Necesidad de inscribir a Personas Jurídicas Creadas por Ley con una norma con rango de leyBulnes Lliuya, Justo Alexis 08 February 2024 (has links)
En nuestro ordenamiento jurídico, dentro de las personas jurídicas, se encuentra
las personas jurídicas creadas por ley, las cuales son muy poco abordadas en la
doctrina y jurisprudencia registral. Debido a la falta de profundidad sobre el tema,
en el año 2005 se emitieron dos resoluciones contradictorias, por una parte, se
afirmaba que para la creación de una persona jurídica creada por ley se requería
una norma que no necesariamente tenga rango de ley (Resolución 0100-2005-
SUNARP-TR-L), mientras que la otra concluía que solo se pueden crear mediante
una ley o una normal con rango de ley (Resolución 065-2005-SUNARP-TR-T).
Esto generó una controversia que no fue superada por completo en el XIII Pleno
Registral. Debido a ello analizaré esta figura legal desde su naturaleza, hasta las
cuestiones registrales que abarca. Se busca advertir las carencias del
precedente y de la norma en la cual fue incluida en el reglamento, para visualizar
posibles problemas que generaría la inscripción de personas jurídicas con otras
normas que no tengan rango de ley. Es ahí donde apreciaremos las posibles
interpretaciones que se le puede dar a la ley donde en primacía se debe entender
el rango y fuerza de ley que recaen sobre la creación de una persona jurídica
creada por ley. / In our legal system, within legal persons, there are legal persons created by law,
which are very little addressed in registry doctrine and jurisprudence. Due to the
lack of depth on the subject, in 2005 two contradictory resolutions were issued,
on the one hand, it was stated that for the creation of a legal entity created by
law, a norm was required that did not necessarily have the force of law
(Resolution 0100-2005-SUNARP-TR-L), while the other concluded that they can
only be created by means of a law or a normal one with the force of law
(Resolution 065-2005-SUNARP-TR-T). This generated a controversy that was not completely overcome in the XIII Registry Plenary. Due to this, I will analyze
this legal figure from its nature, to the registration issues it covers. It seeks to
warn the deficiencies of the precedent and of the norm in which it was included
in the regulation, to visualize possible problems that the registration of legal
persons with other norms that do not have the force of law would generate. It is
there where we will appreciate the possible interpretations that can be given to
the law where in primacy the rank and force of law that fall on the creation of a
legal person created by law must be understood.
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Informe sobre la resolución Nº 586-2021-SUNARP-TR, ¿es inscribible la declaración notarial de prescripción adquisitiva de dominio a favor de un solo cónyuge?Ilizarbe Villanueva, Roberto Enrique 08 August 2022 (has links)
La presente investigación busca responder al cuestionamiento sobre la posibilidad de que
se inscriba una declaración notarial de prescripción adquisitiva de dominio a favor de un
solo cónyuge. Sostenemos que la declaración de prescripción no responde al criterio de
gratuidad, por el contrario, en el caso en cuestión, tiene que ver más bien con el momento
en el que se consolida la usucapión.
Del mismo modo, sobre el procedimiento de prescripción notarial, el título que sostiene
la solicitante no puede ser considerado como prueba fehaciente del derecho de propiedad.
A efectos de la usucapión, este únicamente tendrá valor probatorio para determinar con
certeza cuándo es que inició el cómputo del plazo prescriptorio.
Así mismo, al margen de ello, no consideramos que el criterio sobre el momento de
adquisición deba ser uno que se aplique de manera generaliza sin tomar en cuenta las
particularidades de cada caso en concreto.
Por otro lado, sostenemos que también hay un problema sobre el entendimiento de la
calificación registral de los títulos de declaración de prescripción, sobre los cuales el
Tribunal Registral no ha conseguido adoptar un criterio unánime, y que podría ser salvado
por los registradores, considerando los hechos de cada caso en concreto, pero que
desafortunadamente no ocurre. / The present investigation seeks to answer the question about the possibility of registering
a notarial declaration of domain acquisition prescription in favor of a single spouse. We
maintain that the statute of limitations does not respond to the criterion of gratuitousness,
on the contrary, in the case in question, it has to do more with the moment in which the
usucapion is consolidated.
In the same way, regarding the notarial prescription procedure, the title held by the
applicant cannot be considered as reliable proof of property rights. For the purposes of
usucapion, this will only have probative value to determine with certainty when the
calculation of the statute of limitations began.
Likewise, apart from this, we do not consider that the criterion on the moment of
acquisition should be one that is applied in a general way without taking into account the
particularities of each specific case.
On the other hand, we maintain that there is also a problem regarding the understanding
of the registry qualification of prescription titles, on which the Registry Court has not
been able to adopt a unanimous criterion, and that could be saved by the registrars,
considering the facts of each specific case, but which unfortunately do not occur.
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La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313Torre Janampa, Myriam January 2017 (has links)
El articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley.
Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios.
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Ley 30313 ¿una desnaturalización a la esencia del procedimiento registral?Clemente Gálvez, Daniela January 2018 (has links)
Grandes fraudes inmobiliarios se venían dando en el país debido a que una organización delictiva basándose en los vacíos legales los utilizo con el fin de apropiarse de manera ilegal de predios tanto públicos como privados. Ante esta realidad, la Ley 30313 fue la respuesta inmediata del estado para paralizar dichos actos, pero no previno lo que generaría a futuro esta ley ya que las distintas modificatorias de la misma cambiaron de manera sustancial la actividad registral y el procedimiento el cual fue, a todas luces, desnaturalizado.
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La inscripción registral a propósito de la Ley No 30313Pachas Gallegos, Karen Regina January 2018 (has links)
Cuando acudimos al Registro lo hacemos porque creemos y confiamos en lo que
este nos otorga jurídicamente. En ese sentido, la inscripción cumple un papel
importante en el tráfico jurídico.
El Estado se encarga de fortalecer esta figura del derecho registral debido a que
contribuye al mantenimiento y protección de la seguridad jurídica. En ese sentido, el
25 de marzo del 2015 se promulgó la Ley No 30313, Ley de Oposición al
Procedimiento de Inscripción Registral en trámite y Cancelación del Asiento
Registral por Suplantación de Indentidad o Falsificación de Documentación y
Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los Artículos 4 y
55 y la Quinta y Sexta Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del
Decreto Legislativo 1049, la cual ha generado cambios tanto en el procedimiento
registral como en los principios registrales que la protegen.
Los principios protectores de la inscripción registral deben ser garantizados y
protegidos por el Estado por lo que, toda modificación legal que se realice sobre
ellos debería mantener su contenido esencial.
El alcance de los principios registrales de legitimación y fe pública registral debería
ser concordantes entre sí pues al menos de esta forma no generarían confusión hacia
el usuario.
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La problemática de aperturar el registro para documentos judiciales que contengan carácter no inscribible, inadecuado e incompatibleGarcia Rosas, Marylin January 2018 (has links)
El autor en el presente trabajo analiza la problemática de aperturar el registro para
documentos judiciales que contengan carácter no inscribible, inadecuado e incompatible
teniendo en cuenta el impacto registral que ocasionaría un registro que inscribiera tales
actos y ante la situación expuesta precisa las propuestas de solución que serian
necesarias, a efectos de lograr una concordancia entre la función jurisdiccional y
registral otorgando seguridad jurídica a Registro Públicos.
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¿En qué medida el procedimiento de cierre de partida, regulado en el TUO del Reglamento general de los registros públicos, brinda una solución a la problemática de superposición de partidas registrales en el registro de la propiedad inmueble?Torres Abarca, Juan Rómulo January 2018 (has links)
El presente trabajo pretende realizar un análisis del procedimiento administrativo de cierre de partidas, aplicado en los casos de superposición en el Registro de la Propiedad Inmueble. Investigación que estará enfocada en analizar el procedimiento en sí, regulado en el Capítulo II del Título V, específicamente en los artículos 56º al 63º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Público, siendo la Unidad Registral el órgano competente para disponer el cierre de partidas y no las instancias registrales, tal como así lo reconoce el propio Tribunal Registral, mediante Resolución Nro.316-2017-SUNARP-TR-A de fecha 30.05.2017.
Asimismo, estoy adhiriéndole mi experiencia profesionales, basado en la misma práctica, por lo que analizaré el procedimiento iniciado en mérito de la Hoja de Trámite Nº 2014-114476-ZRNºIX/SC-TD del 29.12.2014. Por ello, he tratado de hacer una aproximación y análisis a un caso en concreto, el cual también tendrá como unidad de análisis los Informes Técnicos emitidos por el área catastral y Resoluciones expedidas tanto por la Unidad Registral y Dirección Técnica Registral de la SUNARP, quienes son los competentes para resolver este tipo de procedimiento.
Asimismo, abarcaré los conceptos de lo que se le denomina “duplicidad registral” y “superposición registral”, como sus efectos e implicancias a fin de poder determinar las causas que provocan esta patología registral, en el registro de la propiedad inmueble. Origen que se encuentra estrechamente relacionado con las carencias técnicas del sistema catastral de la SUNARP. Problemática que hoy se encuentra muy latente en diversas zonas de nuestro país. Es por ello, que es necesario poder ahondar en este procedimiento de cierre de partida, creado por la SUNARP, y ver en que medida lo soluciona.
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La acumulación de partidas especiales: una problemática a nivel registral en torno al derecho de superficieArias Toma, Juan Alex 19 April 2022 (has links)
La falta de claridad sumado a una interpretación literal y restrictiva del artículo 66° del
Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, ha propiciado que los Registradores
Públicos y el Tribunal Registral declaren la improcedencia de la acumulación de partidas
especiales correspondientes a derechos de superficie, lo que no solo afecta al particular, al
limitarle el ejercicio de las facultades que le corresponden como propietario superficiario,
sino que, además, tiene efectos negativos en la sociedad, pues, se perjudica el tráfico
inmobiliario, al restringirse el desarrollo y adecuado saneamiento físico-legal de grandes
proyectos inmobiliarios con fines comerciales y habitacionales, cuya base –en muchos casos–
es el derecho superficiario. Todo esto, finalmente, tiene una repercusión negativa en nuestra
economía nacional.
Por ello, la presente investigación tuvo como principales objetivos determinar cuáles son las
facultades y limitaciones del derecho de superficie dentro del procedimiento registral de
acumulación de partidas; así como, determinar cuál es el fundamento del procedimiento
registral de acumulación. De este modo resulta posible verificar si la normativa legal vigente
contempla la posibilidad de acumular partidas registrales especiales que contienen derechos
de superficie.
Los métodos usados en la presente investigación fueron tres: i) el método exegético, que
permitió la revisión no solo de las normas civiles y registrales nacionales; sino también de
legislaciones foráneas, entre ellas, la de Alemania, España y la Suiza; ii) el método dogmático,
en mérito del cual se tomó en cuenta doctrina nacional y extranjera, recopilando y
sistematizado opiniones y teorías en torno al tema de investigación y; iii) el método funcional,
por medio del cual nos centramos en el análisis y estudio de resoluciones emitidas por el
Tribunal Registral en torno a los temas investigados.
Finalmente, basados en el fundamento que justifica la existencia del procedimiento de
acumulación, el contenido esencial del derecho de superficie, el correcto tratamiento del
derecho de superficie a nivel registral y los criterios interpretativos que sobre estos temas se
han desarrollado en la jurisprudencia del Tribunal Registral; hemos llegado a la conclusión
de que en nuestro ordenamiento jurídico si resulta procedente la acumulación de partidas
especiales respecto de derechos de superficie.
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Resolución Nº 451-2020-SUNARP-TR-LToralva Valverde, Angie 16 August 2021 (has links)
Este informe cuestiona y analiza la Resolución Nº 451-2020-SUNARP-TR-L, en relación
a la calificación registral, la cual no advierte la incompatibilidad entre el título presentado
y el antecedente registral. Asímismo, el Tribunal Registral ignora al calificar la aplicación
de las normas competentes al acto rogado. Finalmente, sostengo que, la especialidad
funciona como una herramienta de la calificación registral del folio real en nuestro
sistema registral y no como un principio registral. / This report questions and analyzes the Resolution Nº 451-2020-SUNARP-TR-L, in
relation to the registry qualification, which doesn’t warn about the incompatibility
between the title presented and the registry record. Likewise, the Registry Court ignores
the application of the competent rules to the requested act. Finally, I argue that the
specialty works as a tool of the real folio of the registry qualification in our registry system
and not as a registration principle.
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¿La inscripción constitutiva de las uniones de hecho en el Registro Personal otorgaría una mayor cautela a los derechos patrimoniales y personales de los concubinos? Análisis jurisprudencialVasquez Tineo, Andrea Antoanne 23 March 2022 (has links)
El presente Trabajo Académico analiza a la Unión de Hecho y los problemas que conlleva su inscripción declarativa en el Registro Personal, pues muchas veces lo que sucede en la realidad fáctica no se refleja en la realidad registral. Por todo ello y en busca de proteger tanto los derechos de los concubinos como los de los terceros contratantes desarrollo mi propuesta legislativa que considero otorgará coherencia a nuestro ordenamiento jurídico: la inscripción constitutiva de la Unión de Hecho en el Registro Personal. La regulación de la Unión de Hecho ha ido complementándose progresivamente, por lo que considero que el legislador debe prestar atención a esta situación ya que una finalidad del Estado es otorgar seguridad al tráfico jurídico
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