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¿Esta operación se encuentra sustentada? Un análisis de la jurisprudencia emitida por el Tribunal Fiscal del año 2020 y 2021, vinculada a la valoración de pruebas relacionadas a reparos por operaciones no realesVega Centeno Ocampo, Augusta Grisolia 29 November 2024 (has links)
La finalidad de la presente investigación es conocer y establecer los criterios utilizados por el
Tribunal Fiscal al analizar las pruebas recabadas durante el procedimiento de fiscalización y el
procedimiento contencioso tributario, relacionadas con los reparos al crédito fiscal del Impuesto
General a las Ventas por operaciones no reales, efectuados por la administración tributaria al
amparo de lo establecido en el inciso a) del artículo 44 de la Ley del Impuesto General a las Ventas,
a tal efecto, se analizará las resoluciones emitidas por dicho colegiado del 2020 y 2021, recabando
las conclusiones más usuales a las arribadas por el citado colegiado al meritar dichas pruebas que
sustentan las operaciones observadas a los contribuyentes, en específico aquellas relacionadas con
las adquisiciones de bienes, de modo tal que nos permita establecer con claridad el aspecto
determinante que los contribuyentes deben acreditar a fin de sustentar las acotaciones efectuadas
por el ente fiscalizador. Operaciones no reales, jurisprudencia del Tribunal Fiscal y medios
probatorios.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N°09820-2011-0-1801-JR-CI-03, E-2830, sobre demanda de amparo, interpuesta por Panamericana Televisión S.A.Chancafe Rosas, Daniel Edinson 29 November 2024 (has links)
El presente trabajo contiene nuestro análisis sobre los problemas jurídicos más relevantes
del proceso de amparo, tramitado bajo el Expediente No. 09820-2011-0-1801-JR-CI-03,
E-2830.
En dicho proceso, si bien en primera y segunda instancia judicial se declaró improcedente
la demanda, a través de la STC No. 04617-2012-PA/TC de fecha 12 de marzo de 2014,
el Tribunal Constitucional declaró, por mayoría y pronunciándose sobre el fondo, fundada
la demanda de autos; y, en consecuencia, inexigible la deuda tributaria de Panamericana
Televisión S.A., generada mientras fue administrada por el señor Genaro Delgado Parker,
en cumplimiento de un mandato cautelar.
En este contexto, en primer lugar, nos enfocaremos en evaluar el razonamiento de las
instancias jurisdiccionales inferiores sobre la fundabilidad de las excepciones deducidas
por SUNAT: (i) falta de agotamiento de la vía previa administrativa; y, (ii) prescripción.
En segundo lugar, examinaremos si el Tribunal Constitucional podía o no pronunciarse
sobre el fondo de la presente controversia en la STC No. 04617-2012-PA/TC, atendiendo
a que las dos instancias jurisdiccionales inferiores declararon improcedente la demanda.
En tercer lugar, analizaremos la aplicación del control de convencionalidad, a la luz de la
Resolución de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia del Caso Baruch Ivcher contra
Perú del 24 de noviembre de 2009, en la STC No. 04617-2012-PA/TC por el Tribunal
Constitucional.
Por último, evaluaremos el Auto del Tribunal Constitucional de fecha 18 de noviembre
de 2014, mediante el cual el Colegiado declaró improcedente el recurso de integración
interpuesto por la SUNAT, a partir del cual esta entidad pretendía que el Colegiado anule
la STC No. 04617-2012-PA/TC.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N.4985-2004, E-1610, Nicolás de Bari Hermoza Ríos contra la administración tributaria peruanaGaona Buitrón, Nicol Lucero 19 November 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza el Expediente No. 4985-2004, el cual representa el
procedimiento tributario del que es parte el excomandante del Ejército del Perú, Nicolás
de Bari Hermoza Ríos. Este caso reabre el debate sobre la tributación de actividades
ilícitas, un tema que continúa siendo objeto de controversia en la comunidad jurídica
hasta la actualidad.
Con el propósito de analizar los principales problemas jurídicos que plantea este caso
desde una perspectiva tanto procedimental como sustantiva, el presente informe jurídico
evaluará las instituciones y funciones reservadas al derecho penal y el derecho tributario,
así como la figura del incremento patrimonial no justificado, reconocida en el artículo 52
de la Ley del Impuesto a la Renta.
Finalmente, mediante un análisis constitucional del caso, este informe jurídico adopta
una postura contraria a las conclusiones de la Administración Tributaria y el Tribunal
Fiscal, sosteniendo que los fondos obtenidos por el excomandante como resultado de sus
actos ilícitos no deberían estar sujetos al Impuesto a la Renta.
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Informe sobre la Resolución N° 06322-2-2019Rojas Zaga, Robert Arturo 25 February 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como objeto evidenciar ciertas deficiencias en la interpretación de los
pronunciamientos del Tribunal Constitucional vertidos en las sentencias recaídas en los expedientes
Nos. 04082-2012-PA/TC y 04532-2013-PA/TC, referidos a la constitucionalidad de la aplicación de
las reglas de actualización de la deuda tributaria: (i) capitalización de intereses moratorios; y, (ii)
cómputo de intereses moratorios fuera del plazo legal para resolver los recursos de reclamación y
apelación. Para estos efectos, se analiza la Resolución No. 06322-2-2019, mediante la cual el
Tribunal Fiscal desestima la pretensión de FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C. de que se inaplique las
referidas reglas. Ello, en razón de que durante el procedimiento contencioso-tributario no se habría
vulnerado el derecho al plazo razonable, puesto que el caso calificaría como complejo, lo cual lo
diferenciaría de los casos resueltos por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se advierte que el
Tribunal Fiscal no ha identificado de manera adecuada los criterios utilizados por el Tribunal
Constitucional para: (i) determinar la afectación del derecho al plazo razonable; e, (ii) inaplicar las
referidas reglas de actualización de la deuda tributaria. Contrario a lo que presupone el Tribunal
Fiscal, se concluye que la afectación del derecho al plazo razonable no solo se basa en analizar la
complejidad del asunto, sino intervienen otros criterios de naturaleza objetiva. Asimismo, se advierte
que la afectación de dicho derecho no incide en la actualización de la deuda tributaria; puesto que la
vulneración de los derechos y principios que evalúa el Tribunal Constitucional para inaplicar las
referidas reglas de actualización son el principio de razonabilidad y el derecho a recurrir decisiones
de la Administración. La dilucidación de los aspectos planteados permite evidenciar la falta de
criterios metodológicos para la correcta aplicación de los criterios establecidos por el Tribunal
Constitucional, lo cual adquiere relevancia con la constitucionalización del Derecho.
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Prueba y tributo: un análisis constitucional en torno a los medios probatorios extemporáneos en el procedimiento y proceso contencioso tributarioSumarriva Trujillo, Lucero Samy 07 July 2020 (has links)
En el ámbito del Derecho Tributario la determinación de la obligación tributaria es un
aspecto transcendental, pues por su intermedio, el individuo puede contribuir al
sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo a su capacidad contributiva, mientras
que el Estado puede recaudar recursos tributarios que constituyen una de sus
principales fuentes de financiamiento. Empero, la determinación de la obligación
tributaria, es un proceso que puede resultar complejo, pues en razón de que en nuestro
país tenemos un sistema de autodeterminación, el administrado es quien determina la
obligación tributaria que le corresponde, que al ser posteriormente materia de
fiscalización o revisión por parte de la Administración Tributaria, pueden surgir una serie
de controversias que tienen como uno de sus aspectos más importantes y a su vez
problemáticos, el sustento probatorio de las obligaciones tributarias, y más
concretamente la oportunidad en la cual deben ser presentados los mismos.
Pues bien, cuando tales medios probatorios no son presentados oportunamente,
precluye la facultad de que sean admitidos, y consiguientemente no pueden ser
valorados, tanto por la Administración Tributaria como por el Tribunal Fiscal, conforme
a las reglas de preclusión procesal que el legislador ha previsto en los artículos 125°,
141° y 148° del Texto Único Ordenado del Código Tributario; salvo que el administrado
se encuentre en alguno de los supuestos de excepción que tales normas han
contemplado. Y como producto de esta situación, los administrados acuden al Poder
Judicial, para cuestionar las decisiones asumidas por los órganos administrativos antes
mencionados, respecto a la denegatoria de admisión de medios probatorios
extemporáneos sin que medie alguno de los supuestos de excepción.
Así las cosas, de la revisión de las decisiones adoptadas por el órgano jurisdiccional, se
advierte que una de las líneas de interpretación es la admisión de medios probatorios
extemporáneos sin el cumplimiento de alguno de los supuestos de excepción,
principalmente, con el argumento de que se estaría vulnerando el derecho a probar de
los administrados, y de esta manera se deja de lado las reglas de preclusión procesal
previstas en el ordenamiento tributario así como aquellas previstas en el artículo 30° del
Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso
Administrativo; todo ello, partiría de una interpretación que tiene como fundamento la
prevalencia de derechos constitucionalmente protegidos.
Sin embargo, las reglas de preclusión procesal recogidas, tanto en los procedimientos
como en el proceso contencioso tributario, tienen como sustento al principio
constitucional de seguridad jurídica que a su vez permite la vigencia del sistema jurídico
y del Derecho en sí mismo. En ese sentido, es menester efectuar un análisis desde la
perspectiva constitucional, para evaluar la colisión entre el derecho a probar y las reglas
de preclusión procesal; para tal fin, se aplicará el principio de proporcionalidad planteado
por Robert Alexy, entendiendo al derecho a probar bajo la lógica de los principios (pues
es un derecho que admite restricciones) y a las reglas de preclusión procesal, bajo el
sustento del principio constitucional de seguridad jurídica. De esta manera, se permitirá
establecer la constitucionalidad de las restricciones del derecho a probar en el ámbito
del Derecho Procesal Tributario, y se podrá analizar las líneas jurisprudenciales
adoptadas en las sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales sobre la admisión
de medios probatorios extemporáneos. / Trabajo de investigación
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