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Análisis de la incidencia del impuesto a la renta en los casos de Uber y AirbnbTupayachi Abarca, Milway Wilfredo 28 November 2019 (has links)
Gracias a la tecnología, en el todo el mundo se vienen dando grandes cambios en el
tradicional esquema de transacciones comerciales, esta situación aunada a la aparición
de nuevos perfiles de consumidores y ofertantes ha llevado a la creación de nuevas
formas de consumo, una de ellas es la denominada “consumo colaborativo”.
Nuestro país no es ajeno a esta realidad, por ello y para este afecto, el presente trabajo
abordará esta problemática en 3 divisiones, la primera abordará el concepto de consumo
colaborativo, su alcance, características, clasificación, y la potestad tributaria del Estado
Peruano, y su derecho a gravar aquella renta generada en nuestro país, la segunda
analizará -a la luz de nuestra legislación tributaria- los casos de Uber y Airbnb para ello,
se estudiará la incidencia del impuesto a la renta de cada una de las partes que
conforman la relación colaborativa: Plataforma web, usuario y cliente.
Se expondrá las razones que nos llevan a señalar que es necesaria la regulación del
consumo colaborativo en general, tanto para evitar generar distorsiones respecto del
consumo tradicional cuanto para no perder una gran oportunidad de trabajar en conjunto
con las partes intervienes de manera que se les pueda trasladar parte del trabajo
administrativo de recaudación, en tanto nuestra propuesta permite entablar canales de
intercambio de información entre la administración y las plataformas, así como su
nombramiento como agentes de retención respecto de las rentas generadas por
choferes y anfitriones, la misma que es inviable sin acuerdos cuidadosamente
estudiados con estas.
Finalmente se propondrá un marco jurídico que pretende legislar este complejo
fenómeno, partiendo de la premisa que estas operaciones no se encuentran gravadas
en nuestro país, por lo que resulta necesario la implementación de un criterio objetivo
de sujeción que sobre la base de la utilización económica del servicio en nuestro país,
permita gravar las rentas generadas por las plataformas digitales, utilizando como
elementos de verificación: la realización del servicio subyacente y la intervención de
emisores de pago electrónico domiciliados en nuestro país, señalando porque no vemos
viable otras propuestas de regulación. / Trabajo de investigación
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Análisis crítico de la deducción de gastos por RSE: ¿el gasto es asumido por la empresa, el estado o la sociedad?Huamán Luna, Sandra Margarita 26 November 2019 (has links)
Constantemente se discute la naturaleza de los gastos por Responsabilidad Social
Empresarial y su deducción para efectos del Impuesto a la Renta de Tercera
Categoría, pues no se encuentran permitidos expresamente en la lista taxativa
contenida en el artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta, tampoco no admitidos
restrictivamente en el artículo 44° del mismo cuerpo normativo. Frente a dicha
cuestión, denotamos la presencia de dos posiciones contradictorias sobre el correcto
tratamiento tributario aplicable en estos supuestos. La primera calificada como una
postura abierta, consiste en no categorizar determinados gastos en la legislación
tributaria. Por otro lado, la segunda posición considerada como cerrada, insiste en
señalar expresamente los tipos de gastos que se pueden deducir o el sector que
estaría habilitado para hacerlo. Ello genera incertidumbre en los contribuyentes tras la
existencia de criterios amplios y restringidos de la aplicación del denominado principio
de causalidad consagrado en la legislación tributaria y más aún cuando en la
actualidad las empresas- asumiendo su rol como motor de desarrollo de la sociedadhan
ido adoptando de manera progresiva y dinámica las prácticas de RSE dentro de
sus decisiones estratégicas, originando innovadoras formas de hacer empresa bajo el
contexto de un libre mercado e involucradas con necesidades sociales, ambientales,
éticas, etc. Es así que, partiendo del entendimiento e interiorización a nivel
internacional y local sobre la RSE frente a su carácter pluridimensional y la ausencia
de su definición normativa, el presente trabajo de investigación analiza críticamente y
con un debido fundamento tributario y constitucional -a la luz del Principio de
Solidaridad vinculado estrechamente con el deber de contribuir y la capacidad
contributiva - la procedencia de la deducción de gastos por RSE, para servir como un
criterio en la resolución de casos y abrir el camino a nuevas investigaciones. / Sapakutinmi rimanku maymantan paqarimon gastos por Responsabilidad Social
Empresarialmanta hinallataq tukuy pisiyay Impuesto a la Renta de Tercera
Categoriamanta, chaymi manan tarikunchu qelqasqa artículo kinsachunkaqanchisniyoq
(37°) Hatun Kamachi Impuesto Rentapi, manan amatasqachu artículo
tawachunkatawapipas (44°) chay Hatun Kamachikuyki. Chay sasachakuykunapi
tarinchis iskay qhawaykuna mana tupaq allin ruway tratamiento tributariomanta. Kay
qhawaykunamanta hukñinmi kichasqa qhaway chaymi kan mana aqllay Hatun
Kamachi Tributariomanta. Hinallataq kay iskay qhawayqa wisk‟asqan chay qelqasqa
ñinmi tipos de gastosmanta Hatun Kamachipi o atikunmi ruwanapaq. Kaymi
paqarichimun mana allin yachayta contribuyentekunapi chay nisqa principio de
causalidadmi Hatun Kamachi Tributariomantapi rikhurichimun huk qhaway kichasqata
huk qhaway wisk‟asqata kunanmi chay empresakuna wiñachin llaqtakunata
hinallataqmi hap‟inku ruwanankupi prácticas de RSEpi paqarichimunku musuq ruway
empresakunata ukhu libre mercado nisqapi qhawarispa llaqtakuna munasqanta.
Hinallataq qallarispa kay yachaymanta hatun suyukunapi llaqtakunapi RSEmanta
askha kurkunmanta mana qelqasqachu Hatun Kamachikuypi, Kay llank‟ayqa kuskiyta
munan hamut‟ayta hatun qhawaywan tiyanmi Constitucional Tributariopi k‟anchay
Principio de Solidaridadwan kushka deber contribuirwan capacidad contributivawan
ima, atikunmi pisichiyta gastos por RSEmanta yanapamanpaq hampinampaq
casokunata hinallataq kicharinqa ñanta musuq kuskikunata RSEmanta. / Trabajo de investigación
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Análisis crítico del tratamiento legal y tributario aplicable a los bonos o debentures conforme a la legislación chilenaBullemore Lasarte, Javiera January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Los pagos adelantados (separación y anticipos) en la venta de inmuebles y su impacto tributario en los proyectos inmobiliarios del distrito de Jesús María en el año 2017 / Advanced payments (separation and advances) in the sale of real estate and its tax impact on the real estate projects of the Jesus Maria district in 2017Capistrano Camilo, María Elena, Mendoza Córdova, Stephany 25 February 2019 (has links)
En la presente investigación tiene como propósito evaluar el impacto tributario que tiene los pagos adelantados por la venta de un bien inmueble. Para obtener dicha información se realizará una evaluación a las empresas inmobiliarias que tengan o hayan tenido proyectos inmobiliarios en el distrito de Jesús María. Esta investigación se basará en la aplicación de las normas tributarias tanto como la Ley del Impuesto General a las Ventas, Ley del Impuesto a la Renta, Reglamento de Comprobante de Pago y sanciones impuestas por SUNAT. Para el mismo, se utilizará una metodología de investigación mixta, es decir, cuantitativa y cualitativa.
Para el desarrollo de esta investigación, se validará las hipótesis propuestas para ello se ha realizado trabajos de campo a las principales empresas inmobiliarias como encuestas, entrevistas, también apoyado en información documentaria y casos para así generar un análisis lo más completo posible. De los datos analizados se llegó a la conclusión que el efecto tributario que ocasiona los pagos adelantados en la venta de inmuebles, impacta en las empresas del sector inmobiliario en proyectos del distrito de Jesús María. / The purpose of this research is to evaluate the tax impact of advance payments for the sale of real estate. To obtain this information, an evaluation will be made to the real estate companies that have or have had real estate projects in the Jesus Maria district. This investigation will be based on the application of tax regulations as well as the General Sales Tax Law, the Income Tax Law, the payment voucher regulation and sanctions imposed by SUNAT. For the same, a methodology of mixed research will be used, that is, quantitative and qualitative.
For the development of this research, the hypotheses proposed for this will be validated. Field work has been carried out to the main real estate companies such as surveys, interviews, and also supported by documentary information and cases in order to generate the most complete analysis possible. From the analyzed data, it was concluded that the tax effect caused by the advance payments in the purchase of real estate, impacts on companies in the real estate sector in projects of the Jesus Maria district. / Tesis
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Impacto tributario de los principales gastos de promoción reparables y su relación con el principio de causalidad en los laboratorios farmacéuticos trasnacionales de Lima Metropolitana 2017 / Tax impact of the main repairable promotion expenses and their relationship with the principle of causality in the transnational pharmaceutical laboratories of Metropolitan Lima 2017De La Cruz Silvestre, Nieves, Begazo Herrera, Cindy Scarlett 30 December 2018 (has links)
La presente investigación tiene por objetivo evaluar el impacto tributario de los principales gastos de promoción reparables y su relación con el principio de causalidad aplicado en los laboratorios farmacéuticos trasnacionales de Lima Metropolitana durante el ejercicio fiscal 2017. Al respecto, existen distintas posiciones por parte de la Administración Tributaria y de los entes jurisprudenciales en cuanto al tratamiento tributario de tales gastos, lo cual ha originado que los contribuyentes del sector farmacéutico no tengan una posición muy clara sobre este tema. Por ello, este estudio busca aclarar y dar a conocer cuáles son los gastos de promoción observados por la Administración Tributaria que podrían ser reparables, así como los criterios y pautas para sustentar dichos gastos como “escudo fiscal” de los laboratorios farmacéuticos frente a un proceso de fiscalización. En ese sentido, se ha recurrido al análisis de diferentes jurisprudencias que tratan sobre la deducibilidad de tales gastos y también se tomaron en cuenta las opiniones de gerentes y socios del área tributaria de las principales firmas auditoras a nivel mundial, estudios de abogados y del gremio ALAFARPE (Asociación Nacional de Laboratorios Farmacéuticos). Todo ello ha permitido concluir, que los gastos de promoción son uno de los más importantes para este tipo de negocio y que los principales gastos son las muestras médicas, congresos y eventos médicos. Para el caso de las muestras médicas, podrían ser deducibles si se cuenta con todos los sustentos para su acreditación. Por otro lado, para los congresos y eventos médicos la Administración Tributaria no acepta dicho gasto, ya que la principal controversia de Sunat por este gasto es el principio de causalidad cuestionando la necesidad de tal gasto. Sin embargo, los expertos del tema opinan que, si deberían ser deducibles, ya que estos si cumplen con el principio de causalidad. / The present investigation evaluates the tax impact of the main repairable promotion expenses and its relation with the principle of causality applied in transnational pharmaceutical laboratories of Metropolitan Lima in the period of 2017. There are different positions between the Peruvian Tax Administration and the jurisprudential organisms regarding the tax treatment of such expenses, which has caused that the contributors of the pharmaceutical sector don´t, have a very clear position on this subject. Therefore, this study seeks to clarify the promotional costs that are observe for the Peruvian Tax Administration that could be deductible, as well as the criteria and guidelines to support such expenses as "tax shield" of pharmaceutical laboratories facing an audit process. In this sense, an analysis of different jurisprudences that deal with the deductibility of such expenses and the different opinions of manager and partner of tax area in the leading audit firms world-wide, law firms and the ALAFARPE association (National Association of Pharmaceutical Laboratories). All this has allowed to conclude that the promotion expenses are one of the most important in the determination of Income Tax and are mainly the expenses of medical samples, congresses and medical events. In the case of medical samples, it could be deductible if all the proofs are available for their accreditation. Regarding congresses and medical events, the Tax Administration does not accept this expense, since the main controversy of Sunat by this expense is the principle of causality questioning the need for such expense. However, the experts on this matter believe that they should be deductible since those comply with the principle of causality. / Tesis
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Responsabilidad tributaria de las entidades que expropian bienes inmuebles para la ejecución de obras de infraestructura: obligación de pago del impuesto a la rentaNolazco Vicente, Edwin Edgard 29 January 2019 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene la intensión de advertir sobre la
responsabilidad tributaria que asumen las entidades públicas que expropian bienes
inmuebles para la ejecución de obra pública, así como resaltar la obligación tributaria
de los expropiados, todo ello dentro del contexto normativo que dispone que las
entidades expropiadoras asumirán el pago del Impuesto sobre la Renta obtenida y que
recae en los expropiados de los bienes.
Previamente a la determinación de las responsabilidades señaladas, estudiaremos las
teorías de renta aplicadas en nuestra legislación tributaria para finalmente apreciar la
teoría de renta aplicable a la transferencia de bienes inmuebles en la expropiación. En
este análisis tendremos en consideración el pronunciamiento del Tribunal Constitución
referente a la afectación del derecho de propiedad en la expropiación así como la
inconstitucionalidad de afectar con el Impuesto a la Renta a la transferencia de
propiedad como consecuencia de la expropiación, puesto que dicha transferencia no
media una libre voluntad del transferente, el mismo que se ve en la obligación de
transferir su inmueble a cambio de un precio justipreciado.
Este pronunciamiento constitucional será de relevancia para la conclusión final del
trabajo, puesto que la responsabilidad tributaria de las partes que se relacionan en la
operación de expropiación tendrán vinculación directa con la inconstitucionalidad de la
norma que afecta con el tributo en cuestión a la transferencia de bienes como
consecuencia de la expropiación. / Trabajo de investigación
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Impacto tributario de las mermas de GLP en las estaciones de servicio del Cercado de Lima, en el período 2017Córdova Carhuaricra, Geraldine, Yataco Pérez, David Joel 06 February 2019 (has links)
El presente trabajo realizado se centra en la investigación del impacto tributario que se puede generar por las mermas de GLP en las estaciones de servicio del Cercado de Lima en el periodo 2017. Las mermas son la reducción del volumen o la cantidad, el GLP por ser de naturaleza gaseosa tiende a evaporarse, por lo que la compañía para efectos de sustentar estas pérdidas debe elaborar un informe técnico elaborado por un tercero independiente con el fin de obtener un beneficio para efecto de disminuir la base tributaria para el cálculo de la renta. En el flujo de comercialización del GLP en las estaciones de servicio, el gas es transportado desde el tanque estacionario hasta la máquina surtidora del combustible, en esta línea de secuencia se puede perder gas que pasaría a ser merma por la actividad del negocio. En el desarrollo de este trabajo conoceremos un caso en específico de una compañía que no pudo sustentar las mermas generadas en su ejercicio, ya que la Administración Tributaria consideró inadecuado la solicitud de deducir las mermas por no resultar normal en el negocio. Es aquí donde se genera una controversia acerca del presumible vacío que queda en la norma. Al captar este tema de nuestro interés pasaremos a desarrollar la investigación sobre la actualidad de las estaciones de servicio y qué procedimientos aplican estas compañías respecto al tratamiento sobre las mermas de GLP. / The present work is focused on the investigation of the tax impact that can be generated by the petroleum liquid gas losses in the service stations of the Cercado de Lima in the period 2017. The losses are the reduction of the volume or quantity, the petroleum liquid gas being A gaseous nature tends to evaporate, so that the company for the purpose of sustaining these losses must prepare a technical report prepared by an independent third party in order to obtain a benefit in order to reduce the tax base for the calculation of income. In the petroleum liquid gas marketing flow at the service stations, the gas is transported from the stationary tank to the fuel dispensing machine, in this sequence line gas can be lost that would become depleted by the business activity. In the development of this work we will know a specific case of a company that could not sustain the losses generated in its exercise, since the Tax Administration considered inappropriate the request to deduct the losses for not being normal in the business. It is here that a controversy is generated about the presumable void that remains in the norm. By capturing this topic of our interest, we will develop research on the topicality of service stations and what procedures these companies apply regarding the treatment of the petroleum liquid gas waste. / Tesis
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Artículo 10 de la Ley de impuesto a la renta : aplicación tributaria a la enajenación indirecta de activos sobresalientes ubicados en el extranjero vinculados a activos subyacentes en ChileVera Ferrer, Francisco José January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La determinación de las reglas de fuente de la renta en cada estado son de vital importancia al momento de imponer a un contribuyente un tributo por la ocurrencia del hecho gravado o la situación generadora de la renta contemplada en su legislación tributaria, suponiendo que aquella ocurrió dentro de su territorio o jurisdicción.
Por un lado, los efectos recaudatorios que esto implica y los beneficios económicos del pago realizado para cada estado, se complementan con una idea de justicia respecto a la vinculación de una renta obtenida por un particular, en aprovechamiento de un estado, ya sea al menos de su territorio o una ficción de
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ubicación de los activos que generan la renta que parece justificar la retribución vía impuestos hacia aquel estado donde se originó la renta.
Sin embargo, la OCDE ha reconocido como un problema de la tributación internacional, que dos estados quieran atribuirse para si la potestad de imponer un tributo a un hecho gravado cuya fuente o materialidad se encuentra en uno de los estados contratantes pero que, sin embargo, el hecho que genera la renta ocurre en el otro estado participante, como en este caso de la vinculación de activos sobresalientes ubicados en el extranjero respecto de activos subyacentes1 en el país de la fuente de la renta original.
El estudio se enmarca en el análisis de la evolución normativa y aplicación tributaria respecto de la venta indirecta de activos, y específicamente de las modificaciones realizadas por la ley 20.630 el año 2012 y la ley 20.780 del año 2014, modificaciones que versan sobre ciertos aspectos de la regla de fuente de la renta de la normativa tributaria chilena, y específicamente a la ficción de fuente de la renta que encontramos en la aplicación tributaria de la enajenación indirecta en el extranjero, de activos subyacentes ubicados en Chile, realizando un análisis pormenorizado de sus disposiciones y llevándolas a su implementación con casos prácticos, concluyendo con comparaciones legislativas con otros estados y otros casos similares en el mundo, todo en una perspectiva del principio tributario de la fuente de la renta y las normas de control como una manera de regular una situación particular de ventas y enajenaciones empresariales, no regulada hasta entonces, más que a reformar el concepto de la fuente de la renta en la normativa nacional, como se verá.
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Tratamiento tributario de los hurtos de energía y su impacto en la determinación del impuesto a la renta en las empresas de distribución de energía eléctrica en Lima, durante el periodo 2015-2017Huayhuas Carhuas, Brenda Mabel, Reyes García, Daniel Anthony 08 February 2019 (has links)
El presente trabajo de investigación analiza el tratamiento tributario y el impacto en la determinación del Impuesto a la Renta de los hurtos de energía en las empresas de distribución de energía eléctrica en Lima. Actualmente, la mayoría de los casos de hurtos de energía se han presentado en las empresas Luz del Sur y Enel. Estos hurtos de energía son considerados, según el artículo 37 de la Ley de Impuesto a la Renta, como pérdidas extraordinarias, las cuales solo podrán ser deducibles cuando se identifique al autor del delito y este reciba una sentencia por el acto cometido; sin embargo, la realidad es distinta porque estos casos no pueden ser probados y sustentados ante la Administración Tributaria, ya que, por la naturaleza del sector, las redes eléctricas afectadas no pueden ser identificadas individualmente, por ende, es imposible dar con el actor de los hechos. Por lo que, todos los años estas pérdidas de energía son consideradas no deducibles en el cálculo de Impuesto a la Renta, generando un mayor pago de tributos.
Por esa razón, se busca identificar el impacto en la determinación del Impuesto a la Renta de los hurtos de energía en las empresas de distribución de energía eléctrica en Lima. En ese sentido, hemos recurrido a la investigación mixta, para evaluar la información obtenida por encuestas y entrevistas realizadas a contadores, auditores y abogados, especializados en materia tributaria. / The present research work analyzes the tax treatment and the impact in the determination of the Income Tax of the theft of energy in the electricity distribution companies in Lima. Currently, most cases of theft of energy have been presented in companies of Luz del Sur and Enel. These thefts of energy are considered, according to article 37 of the Law of Income Tax, as extraordinary losses, which can only be deductible when the perpetrator of the crime is identified and latter receives a sentence for the act committed; However, the reality is different because these cases cannot be proved and supported before the Tax Administration, since, due to the nature of the sector, the affected electrical networks cannot be individually identified, therefore, it is impossible to find the actor of the facts . Therefore, every year these energy losses are considered non-deductible in the calculation of Income Tax, generating a higher payment of taxes.
For this reason, we seek to identify the impact on the determination of Income Tax of theft of energy in electricity distribution companies in Lima. In that sense, we have resorted to mixed research, to evaluate the information obtained through surveys and interviews with accountants, auditors and lawyers, specialized in tax matters. / Tesis
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La habitualidad en la enajenación de inmuebles y el impuesto a la renta / La habitualidad en la enajenación de inmuebles y el impuesto a la rentaHernández Berenguel, Luis 25 September 2017 (has links)
In the case of a natural person, conjugal community or an undivided succession domiciled in Peru which generates capital gains by transferring immovable goods, the profit generated is taxed with income tax andmay be graded as second category income –capital gain– or third category income–entrepreneurial income. From the analysis of Peruvian legislation, the author explains how the regularity in the transfer of immovable goods is configured to grade the profit made as second category income –when, over a year´s time, no more than two goods are transferred– and how, from the third transfer onward, the income will qualify as a third category income. Likewise, the author puts in evidence how the transfer of immovable goods occupied as a home is not considered as a capital gain when the seller does not generate third category income. / Tanto las personas naturales cuanto las sociedades conyugales, así como las sucesionesindivisas domiciliadas en el país y que producen ganancias de capital por la enajenación de inmuebles, generan rentas que se encuentran gravadas con el Impuesto a la Renta. Éstas califican como de segunda categoría –renta de capital–o tercera categoría –renta empresarial. A partir de la legislación vigente, el autor analiza cómo la habitualidad funciona como criterio para calificar las rentas obtenidas por enajenar inmuebles como de segunda categoría–cuando sean no más de dos enajenaciones en un mismo año– y cómo, a partir de la tercera, éstas serán calificadas como de tercera categoría. Asimismo, evidencia que no constituirá ganancia de capital la enajenación de inmuebles ocupados como casa-habitación cuando el enajenante no genere rentas de tercera categoría.
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