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Análisis de la deducibilidad de los gastos de responsabilidad social de personas jurídicas dedicadas a actividades minerasLozano Requelme, Stefany Fabiola 06 May 2021 (has links)
Los gastos de responsabilidad social ejecutados por las empresas mineras están
estrechamente alineados a una estrategia empresarial que permite la producción
y mantenimiento de la fuente generadora de renta. Ahora bien, nuestra
legislación permite que dichos gastos sean deducibles a través de la figura de
gastos de licencia social, gastos incurridos en virtud de los compromisos previos
asumidos con las comunidades aledañas a la zona de influencia del proyecto
minero, inversiones en infraestructura que constituyan servicio público y
donaciones.
En el presente trabajo se analiza la importancia de la ejecución de los gastos de
responsabilidad social en un contexto de alta conflictividad que se presenta entre
la empresa minera y las comunidades aledañas, y cómo nuestra legislación
tributaria sí permite, a través de diversas figuras, la deducibilidad de los mismos,
tomando en cuenta que el tributo no tiene únicamente una finalidad recaudatoria
sino también una función social.
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¿Los gastos incurridos en la reparación y mejoras de carreteras por parte de una empresa minera constituyen un gasto deducible conforme a la Ley del Impuesto a la Renta?Leiva Rodríguez, Mario Arnaldo 10 February 2022 (has links)
En el presente trabajo se estudia la ausencia de uniformidad en la deducción de los gastos
por parte del Tribunal Fiscal, por lo que por medio del estudio de las sentencias del
Tribunal Constitucional y la Corte Suprema nos da indicios para sostener la necesidad de
tener un criterio que dé seguridad a los administrados.
Así, se analiza un caso que evidencia la inexistencia de uniformidad en la aplicación del
principio de causalidad frente a un caso de gastos de mantenimiento y mejoramiento de
carreteras. Así, busca reconocer la causalidad como un concepto amplio y que frente a la
ausencia de una postura uniforme del Tribunal Fiscal determine si es correcto mantener
dicha contradicción. / This study's further examination of the disparities between the Tax Court's deduction of
taxes and tax laws upheld by the Constitutional Court and Supreme Courts underscores
the overwelming need for well-defined criteria of expenses for cooperations in order to
improve public relations.
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Informe Jurídico sobre la Resolución del Tribunal Fiscal N°04711-4-2020: ¿Resulta aplicable la regla de subcapitalización a la deducción de intereses devengados en etapa preoperativa?Bullón Pacheco, Nicolás Efraín 10 August 2022 (has links)
En este informe se aborda la controversia respecto a si resulta aplicable la regla de
subcapitalización a la deducción de intereses devengados en etapa preoperativa, para lo cual
se analiza la Resolución N°04711-4-2020, en la cual el Tribunal Fiscal aborda la referida
controversia. El objetivo de este trabajo es proporcionar una respuesta respecto a si la regla
de subcapitalización resulta o no aplicable a la deducción de intereses devengados en etapa
preoperativa y en caso resultar aplicable, en qué momento debe efectuarse el cálculo para
determinar el monto máximo de intereses deducible, si al momento de incurrir en el
endeudamiento (etapa preoperativa) o al momento de deducir el gasto (etapa operativa). Para
ello, se analiza las disposiciones normativas aplicables recurriendo, adicionalmente, a
doctrina y jurisprudencia sobre la materia.
Se concluye que sí es correcto aplicar la regla de subcapitalización a la deducción de
intereses devengados en etapa preoperativa, para lo cual, el cálculo del monto máximo de
intereses deducible se debe efectuar al momento de generar ingresos (etapa operativa)
teniendo en consideración los fines antielusivos de la regla de subcapitalización, esto es,
evitar que se erosione la base imponible del impuesto mediante la deducción excesiva de
intereses producto de un financiamiento que podría estar encubriendo un aporte de capital. / This report addresses the controversy regarding whether the thin capitalization rule is
applicable to the deduction of accrued interest in the pre-operational stage, for which
Resolution N°04711-4-2020 is analyzed, in which the Tax Court addresses the
aforementioned controversy. The objective of this paper is to provide an answer as to whether
or not the thin capitalization rule is applicable to the deduction of accrued interest in the
preoperative stage and, if applicable, at what time the calculation should be made to
determine the maximum amount of deductible interest, if at the time of incurring the debt
(preoperative stage) or at the time of deducting the expense (operative stage). For this, the
applicable normative provisions are analyzed, resorting, additionally, to doctrine and
jurisprudence on the matter.
It is concluded that it is correct to apply the thin capitalization rule to the deduction of
accrued interest in the pre-operational stage, for which the calculation of the maximum
amount of deductible interest must be made at the time of generating income (operational
stage) taking into account the anti-avoidance purposes of the thin capitalization rule, that is,
to prevent the tax base from being eroded by excessive deduction of interest resulting from
financing that could be concealing a capital contribution.
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Informe sobre Expediente de relevancia jurídica No. 00319-2013-AA/TC, Sociedad Agrícola San Agustín S.A. vs SUNAT, indemnización justipreciada gravada con el impuesto a la rentaJauregui Yallico, Helen Sofía 24 November 2022 (has links)
Sociedad Agrícola San Agustín S.A. recibió indemnización justipreciada por la
expropiación de uno de sus inmuebles, luego realizó los pagos a cuenta del Impuesto a
la Renta de los meses mayo y julio del ejercicio 2011 bajo protesto. Posteriormente,
presentó demanda de amparo contra el artículo 5º de la Ley del Impuesto a la Renta,
debido a que consideró que dicho artículo califica a la expropiación como una
enajenación, por lo cual recibe el tratamiento tributario de una ganancia de capital
gravada con el impuesto. El presente informe jurídico analiza a la sentencia del Tribunal
Constitucional No. 00319-2013-PA/TC que resolvió el referido caso a partir de un
enfoque del Derecho Procesal Constitucional, Derecho Tributario y Derecho
Constitucional Tributario. Por un lado, se evaluará la procedencia de la demanda de
amparo presentada. Por otro lado, se analizará si la indemnización justipreciada recibida
es renta gravada con el Impuesto a la Renta, así como la constitucionalidad de gravarlo
con el referido impuesto. Además, el análisis tomará en cuenta la especial naturaleza
de la expropiación al ser una transferencia forzosa cuyo objetivo es alcanzar la
indemnidad del propietario y el equilibrio económico, es decir, mantenerlo en la situación
que se encontraba con anterioridad a la expropiación.
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Mitos y leyendas de un monstruo escéptico: La aplicación del principio de verdad material en el procedimiento de fiscalización del Impuesto a la Renta Empresarial y aspectos cuestionables de la exigencia probatoria de la SUNAT para admitir la deducibilidad de un gastoGentille Fitzcarrald, Claudio Vicienzo 27 May 2020 (has links)
En el presente trabajo se desarrolla, en primer lugar, cuáles son las características que
diferencian a un procedimiento administrativo de un proceso civil, en lo que concierne a la
actuación y valoración de la prueba. Ello permite reconocer qué aspectos se presentan en el
procedimiento administrativo de manera especial, y la relevancia del interés público que se
busca tutelar con él. Asimismo, el trabajo se enfoca en el procedimiento de fiscalización del
Impuesto a la Renta Empresarial, considerando ciertos pronunciamientos jurisprudenciales
que nos permiten apreciar cómo se desarrolla la dinámica probatoria en el marco de la
verificación de la fehaciencia y la acreditación de la causalidad de gastos, para admitir su
deducción. En dicho desarrollo, no se pierde de vista el papel trascendental que cumple la
discrecionalidad que le confiere el Código Tributario a la Administración Tributaria, para
que conduzca el ejercicio de su facultad de fiscalización. A partir de ello, llegamos a ciertas
conclusiones respecto de las vulneraciones que se generan, en el marco del procedimiento
de fiscalización, de los principios y lineamientos del derecho administrativo general, así
como la falta de seguridad jurídica que genera en los contribuyentes que los auditores
tributarios puedan aplicar meramente su criterio para comprobar la fehaciencia de los
gastos declarados, en razón del vacío normativo existente. Con lo cual, se propone la
incorporación de parámetros básicos que orienten la actuación de la Administración
Tributaria a una valoración de los medios probatorios racional y acorde con los principios
de impulso de oficio y verdad material, sin que ello implique vaciar de contenido la
discrecionalidad que la norma le confiere.
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Análisis de la deducibilidad de gastos preoperativos iniciales, de responsabilidad social, gastos de exploración y/o desarrollo y gastos preoperativos por expansión de actividades de empresas dedicadas a actividades mineras: Resolución del Tribunal Fiscal No. 11326-1-2021Cordero Jesus, Christian Andres 08 August 2023 (has links)
Este informe jurídico tiene como objetivo principal realizar un análisis de la
deducibilidad de los gastos preoperativos iniciales, de responsabilidad social,
gastos de exploración y/o desarrollo y gastos preoperativos por expansión de
actividades de empresas dedicadas a actividades mineras. Según se verá en el
desarrollo de este informe jurídico, la calificación de estos desembolsos adquiere
una gran relevancia por, entre otras cosas, la diferencia del tratamiento tributario
en la oportunidad de deducción entre los gastos preoperativos y los gastos de
exploración y/o desarrollo.
Así pues, se evaluarán los gastos realizados por las empresas mineras antes del
inicio de su actividad productiva, esto es, en su etapa preoperativa; y, también,
desarrollaré el análisis de los gastos de responsabilidad social, los cuales
pueden ser realizados durante la etapa preoperativa, operativa y/o al cierre de
las operaciones de las empresas mineras.
Se ha elegido la Resolución del Tribunal Fiscal No. 11326-1-2021 pues contiene
algunos casos referentes a los conceptos establecidos en el párrafo anterior. En
esta Resolución, se verá que se confundieron algunos conceptos, con lo cual, la
calificación de los desembolsos efectuados por el contribuyente se vio afectada.
En consecuencia, el propósito de este informe jurídico será verificar: (i) el marco
conceptual de los gastos preoperativos iniciales, de responsabilidad social,
gastos de exploración y/o desarrollo y gastos preoperativos por expansión de
actividades; y (ii) si los criterios de calificación efectuados por el contribuyente,
la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal, son adecuados. / The main purpose of this legal report is to analyze the deductibility of initial
preoperative expenses, social responsibility expenses, exploration and/or
development expenses and preoperative expenses for expansion of activities of
companies engaged in mining activities. As will be seen in this legal report, the
qualification of these disbursements acquires great relevance due to, among
other things, the difference in tax treatment in the opportunity of deduction
between pre-operative expenses and exploration and/or development expenses.
Thus, the expenses incurred by mining companies before the beginning of their
productive activity, that is, in their pre-operational stage, will be evaluated; and,
also, I will develop the analysis of social responsibility expenses, which may be
incurred during the pre-operational, operational stage and/or at the closing of the
mining companies' operations.
Tax Court Resolution No. 11326-1-2021 has been chosen because it contains
some cases related to the concepts established in the previous paragraph. In this
Resolution, it will be seen that some concepts were confused, with which, the
qualification of the disbursements expended by the taxpayer was affected.
Consequently, the purpose of this legal report will be to verify: (i) the conceptual
framework of the initial pre-operating expenses, social responsibility, exploration
and/or development expenses and pre-operating expenses for expansion of
activities; and (ii) if the qualification criteria made by the taxpayer, the Tax
Administration and the Tax Court, are adequate.
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Tratamiento de las pérdidas no técnicas de energía a la luz de la Ley del Impuesto a la RentaJimenez Aylas, Ana Gabriela 04 July 2023 (has links)
En el presente trabajo se analizan los problemas derivados del tratamiento
tributario desarrollado por la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal respecto
a las pérdidas no técnicas de energía, producidas en el marco de las actividades
de transmisión de las empresas pertenecientes al sector eléctrico. A pesar de
mediar diversos pronunciamientos, no se ha establecido de forma clara los criterios
bajo los cuales este gasto puede o no ser deducible, producto de la existencia de
criterios contradictorios, bajo los cuales se exige o exime diversos requisitos para
su deducción. Este trabajo tiene como finalidad analizar los mencionados criterios
antes indicados y, a la luz de la regulación sectorial y, específicamente, a la
naturaleza de las pérdidas no técnicas de energía, examinar las diferentes
opciones mediante las cuales se podría deducir este concepto. Como resultado del
presente análisis, se llega a la conclusión que las pérdidas no técnicas de energía
califican como “pérdidas ordinarias” que se producen en el desarrollo de las
actividades de transmisión de las empresas de energía, las cuales, a pesar de no
encontrarse reguladas de forma específica en la normativa del impuesto a la renta,
deben ser deducibles conforme la aplicación del principio de causalidad establecido
en la Ley del Impuesto a la Renta. / The current article analyzes the problems derived from the tax treatment
developed by the Tax Administration and the Tax Court regarding non-technical
energy losses, produced within the framework of the transport activities of
companies belonging to the electricity sector. Despite mediating various
pronouncements, the criteria under which this expense may or may not be
deductible has not been clearly established as a consequence of the existence
of contradictory criteria, under which various requirements for its deduction are
required or exempted. The purpose of this paper is to analyze the aforementioned
criteria and, in light of the sectoral regulation and, specifically, the nature of nontechnical
energy losses, examine the different options through which this concept
could be deduced. As a result of this analysis, it is concluded that the nontechnical
energy losses that occur in the development of the transmission
activities of energy companies qualify as "ordinary losses", which, despite not
being specifically regulated in the regulations of the income tax, must be
deductible in accordance with the application of the causality principle
established in the Income Tax Law. / Trabajo académico
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Informe Jurídico de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 04737-9-2021: ¿Cuál es el contenido del término gastos preoperativos por expansión de actividades?Matos Chicmana, Carlo Camilo 08 August 2023 (has links)
Los gastos preoperativos por expansión de actividades tienen un tratamiento
tributario especial en la norma que permite diferirlos al momento en que
realmente inicie la etapa productiva o de explotación. Sin embargo, al día de
hoy no existe una definición legal de este término y si bien el Tribunal Fiscal ha
ido desarrollando una definición, no es claro qué criterios adopta para justificar
dicha postura. Sumado a ello, en otras oportunidades ha contradicho la misma
definición que plantea.
El problema principal que origina ello es que el contribuyente no tendrá certeza
de si su gasto será considerado como gasto preoperativo por expansión de
actividades y, por ende, la Administración Tributaria podrá desconocer el
desembolso incurrido por la forma en que aplicó la deducción (criterio general
del devengo o amortización), además de imputarle una infracción.
Así, mediante una interpretación teleológica de la norma, en el presente trabajo
consideramos que la definición restrictiva propuesta por el Tribunal Fiscal no
persigue la ratio legis de la norma y, a su vez, incide en el derecho a la libertad
de empresa. Por ello, en aplicación de la finalidad de la norma, comparación
con términos contables así como la legislación comparada, proponemos una
definición sobre estos términos tributarios que podrían ser desarrollados
mediante una Resolución de Observancia Obligatoria a fin de unir criterios
jurisprudenciales. / Pre-operating expenses for expansion of activities have a special tax treatment
in the regulation that allows deferring them to the moment in which the
productive or operating stage actually begins. However, as of today there is no
legal definition of this term and although the Tax Court has been developing a
definition, it is not clear what criteria it adopts to justify such position. In addition,
on other occasions it has contradicted the definition itself.
The main problem that this causes is that the taxpayer will not have certainty as
to whether or not its expense will be considered as a pre-operating expense for
expansion of activities and, therefore, the Tax Administration may not know the
disbursement incurred due to the way in which the deduction was applied
(general accrual or amortization criterion), in addition to imputing an infraction to
the taxpayer.
Therfore, by means of a teleological interpretation of the rule, in this paper we
consider that the restrictive definition proposed by the Tax Court does not
pursue the ratio legis of the rule and, in turn, affects the right to freedom of
enterprise. Therefore, in application of the purpose of the norm, comparison
with accounting terms as well as comparative legislation, we propose a
definition of these tax terms that could be developed by means of a Resolution
of Mandatory Compliance in order to unite jurisprudential criteria.
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Tratamiento tributario de los Contratos de Asociación en ParticipaciónGazaniga Espinal, Greecia Angélica 19 April 2023 (has links)
En el presente trabajo se efectúa un análisis sobre el tratamiento tributario
aplicable a los contratos de asociación en participación, considerando la reciente
publicación del Decreto Legislativo N°1541 que entrará en vigencia a partir del
01 de enero de 2023. Así, se emitirá opinión y analizará sobre la naturaleza de
las rentas obtenidas por sus asociados y de las contribuciones que estos
realicen; así como también, se analizará el tratamiento aplicable con anterioridad
a la entrada en vigencia del referido Decreto. Al respecto, se realizará un repaso
sobre los cambios normativos en materia tributaria que se han efectuado con
relación a este tipo de contratos, así como también, los pronunciamientos
emitidos por el Tribunal Fiscal y la Administración Tributaria sobre el tratamiento
tributario aplicable. Finalmente, se hace énfasis en la acertada decisión de
legislador de establecer normas de aplicación para los contratos de asociación
en participación ante la incertidumbre que existía en materia tributaria en torno a
la mencionada figura, sin perder de vista que, de la aplicación de dicha normativa
podrían crearse escenarios o aspectos que aún queden pendientes de
regulación . / In the current article will provide a baseline analysis about the
tax regime applicable to the partnerships contracts, taking into account the recent
publication of the Legislative Decree N°1541 that will become effective as of
January 1st, 2023. In this context, will be studied the nature of the incomes
received by the associates and the nature of the associates´s contributions; as
well as, will be studied the tax regime applicable to the partnerships contracts
before the entry into force of the Legislative Decree N°1541. In this respect, will
be reviewd of the regulatory changes about the tax regime applicable to the
partnerships contracts, and will be studied the judgments issued by the Tax Court
and the Tax Administration about the tax regime aplicable. / Trabajo académico
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La provisión de capacidad satelital por operadores satelitales no domiciliados en el Perú: análisis tributario desde la perspectiva del Impuesto a la Renta.Avila Salgado, Gabriela Sabina 13 May 2021 (has links)
Este trabajo se desarrolla con motivo del pronunciamiento de la Sentencia de
Casación N°474-2016 Lima de la Corte Suprema donde se concluyó que la provisión
de capacidad satelital realizada por operadores satelitales no domiciliados en el
país, a favor de titulares de concesiones y/o autorizaciones de servicios de
telecomunicaciones domiciliados en el Perú se encontraba gravada con el Impuesto
a la Renta en el país, según el inciso b) del Artículo 9 de la Ley del Impuesto a la
Renta aprobado por Decreto Supremo N° 054-2019-EF. Este pronunciamiento
reviste de gran importancia en la actualidad ya que la correcta categorización e
identificación de los criterios de conexión determinan la tributación o no de la
capacidad satelital en el Perú respecto del Impuesto a la Renta. Para ello, en primer
lugar, se desarrollan las distintas posiciones planteadas por la Administración
Tributaria, el Tribunal Fiscal y la Corte Suprema, a fin de identificar los argumentos
en cada instancia para sustentar la naturaleza y el tratamiento tributario aplicable a
la capacidad satelital. Luego, se procede se realizar un estudio detallado de la
naturaleza técnica y jurídica de la provisión de capacidad satelital, en base a las
normas nacionales e internacionales del sector de telecomunicaciones. Y en base
a las conclusiones arribadas, se realiza el análisis del tratamiento tributario aplicable
de la provisión de capacidad satelital, lo cual me llevó a la conclusión de que dichos
servicios no se encontraban gravados bajo la normativa del Impuesto a la Renta
hasta la fecha y plantear una propuesta que permita su afectación en el país desde
un “nuevo” concepto de fuente por “uso del mercado”.
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