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El rol del juez como legitimado activo para interponer la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad

Padilla Varas, Jo, Sebeckis Tudela, Valentina January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / La acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad o “cuestión de inaplicabilidad” es una de las herramientas fundamentales de control concreto de constitucionalidad de la ley en nuestro ordenamiento actual. Una de las particularidades del modelo de control concreto de constitucionalidad chileno es que los jueces tienen legitimación para interponer la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto a las causas que conocen. El presente trabajo se centra en el estudio de las cuestiones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovidas por jueces durante el periodo comprendido entre los años 2006 y 2017. Del tratamiento estadístico y análisis de cada una de estas causas es posible extraer importantes conclusiones respecto a la naturaleza jurídica de esta particular acción y a la forma en que los jueces han ejercido esta potestad / 30 junio de 2020
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El control concreto de constitucionalidad de la ley en el derecho chileno : la conformación de un arreglo eventual

Carvajal Schnettler, Rodrigo Ignacio January 2018 (has links)
Tesis (doctor en derecho)
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El comportamiento judicial en Chile : análisis de sentencias del Tribunal Constitucional a propósito del procedimiento de declaración de inconstitucionalidad de la norma contenida en el artículo 2331 del Código Civil Chileno

Gluzman Bühler, Paula Ignacia January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente tesis ha sido realizada a través del estudio y análisis de las 21 sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en relación a la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 2331 del Código Civil, así como también en relación a la resolución que da cierre al procedimiento iniciado de oficio para observar la constitucionalidad de la norma consideraba en abstracto, todo ello dentro del periodo comprendido entre los años 2008 y 2017. A través de dicho estudio se definen concretamente los distintos argumentos expuestos por los ministros, así como también la integración en cada caso particular del Tribunal Constitucional, con el fin de poder observar si ha existido o no un cambio en la línea argumentativa del Tribunal en general y de los ministros considerados individualmente, en relación al artículo 2331 del Código Civil y su constitucionalidad. Finalmente, los resultados obtenidos nos muestran que la línea argumentativa se ha mantenido constante dentro de este gran periodo de tiempo, observándose en todas las distintas instancias la misma clase de razonamientos. A ello tan sólo se presenta una excepción, cual es la instauración del argumento que dice relación con observar al artículo 2331 del Código Civil como uno compuesto de dos normas distintas, siendo tan sólo inconstitucional la primera de ellas que establece la prohibición a priori y absoluta de la reparación por daño moral cuando se ha materializado una imputación injuriosa. Es en torno a este gran argumento, única transformación en el razonamiento del Tribunal Constitucional, que se dan las grandes discusiones tanto cuando se inicia de oficio el procedimiento para observar la constitucionalidad de la norma, así como en los distintos requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Asimismo, solo dos del total de los ministros integrantes entre los años 2008 y 2017 demuestran haber dado un giro radical en sus consideraciones en relación al artículo 2331 del Código Civil y su constitucionalidad.
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Informe jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional : “Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30305, que modifica el artículo 194° de la constitución que establece la no reelección inmediata de alcaldes”- EXP N° 008-2018-PI/TC

Burga Cortez, Edward Fernando 25 July 2023 (has links)
El caso en concreto se da por la controversia suscitada entre algunas posiciones conceptuales de puro derecho, de valorización de principios constitucionales y de su alcance jurisdiccional. Por un lado, se busca entender a la figura de la reelección como un derecho fundamental en el marco de los derechos políticos y, por otro lado, concebir a la reelección como la continuación y/o prolongación de un derecho existente, es decir, con relación al derecho de elección, que como sabemos comprende dos acepciones; el derecho de elegir y el derecho a ser elegido. Por último, reconocer a la reelección no como un derecho fundamental, sino únicamente como una forma, una modalidad o una cláusula autónoma donde los Estados son lo que determinan si la incorporan o no en sus respectivos ordenamientos jurídicos. Dentro de ese contexto, el Tribunal Constitucional conociendo dicha demanda de inconstitucionalidad, que impugnaba la Ley 30305, la declaró infundada. Después de un riguroso análisis y estudio del caso, en su mayoría se coincide con lo establecido en dicha sentencia, donde se concluye que el legislador respetó todos y cada uno de los exigentes filtros y cánones constitucionales que requiere la norma cuando se trata de discernir leyes de reforma constitucional con estándares muy elevados para alcanzar validez y legitimidad necesaria para ser incorporados a la Constitución. Por otro lado, este trabajo académico resume las diferentes posiciones en discusión y los argumentos jurídicos tanto a favor como en contra de esta Ley de Reforma Constitucional con sustentos tanto nacionales como internacionales y en ese orden de ideas, el Juez Constitucional ha determinado que esta norma cumple, no sólo con los parámetros constitucionales, sino con los parámetros convencionales que toda Ley de reforma constitucional exige.
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Análisis argumentativo de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad fundados en discriminación por orientación sexual

González González, Felipe Nicolás January 2019 (has links)
Memoria para optar al Grado profesional de Licenciado en Ciencias Jurídicas / No es novedad afirmar que en nuestro ordenamiento jurídico existen normas homofóbicas y tampoco es novedad criticar las sentencias del Tribunal Constitucional que afirman la conformidad de estas normas con nuestra carta fundamental. Esta tesis pretende ir un paso más allá al sostener que el Tribunal Constitucional sistemáticamente incumple los criterios jurídicos-argumentativos que permiten justificar las sentencias que recaen en requerimientos de inaplicabilidad, cuando el motivo que se alega es la discriminación en función de la orientación sexual. Con este fin, esta tesis enuncia, explica y sistematiza estos criterios para luego comprobar su errónea aplicación (o falta de aplicación) mediante un análisis argumentativo de un grupo representativo de dichas sentencias. Esta tesis finalmente propone un método de justificación y análisis de sentencias que recaen en requerimientos de inaplicabilidad fundados en la vulneración del derecho de igualdad ante la ley, en especial cuando están fundados en discriminación por orientación sexual, sin desmedro de que el método pueda tener utilidad general
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La garantía del debido proceso penal en la jurisprudencia de inaplicabilidad del Tribunal Constitucional (2011-2017) : |b análisis formal y material de la cuestión de control concreto de constitucionalidad en materia de debido proceso del Código Procesal Penal

Vergara Sommerhoff, Felix Ignacio, Bustos Guajardo, Brian Nayib January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso completo de su documento hasta el año 2020. / La presente investigación tiene por objeto estudiar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Chile durante los años 2011 y 2017, respecto de requerimientos de inaplicabilidad de preceptos legales cuya aplicación en una gestión pendiente pudiere afectar o vulnerar la garantía del Debido Proceso, desde el punto de vista del derecho procesal penal. En el capítulo I expresaremos la necesaria diferencia entre las ramas del derecho procesal, sin perjuicio de concurrir elementos comunes que determinan la existencia de una unidad, dentro de la diversidad, del derecho procesal. A continuación, en el capítulo II, describiremos brevemente al Tribunal Constitucional y su regulación en Chile. Por su parte, en el capítulo III, efectuaremos un análisis de las características de la acción de inaplicabilidad y de los criterios de inadmisibilidad que contempla el artículo 93 de la Constitución Política de la República y el artículo 47 F de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional (“Ley N° 17.997”). Luego, en el capítulo IV, constataremos y evaluaremos la jurisprudencia de inaplicabilidad del Tribunal Constitucional de Chile en requerimientos cuya pretensión diga relación con posibles vulneraciones de la garantía del Debido Proceso desde una mirada general, como desde el prisma más particular de los derechos que la doctrina ha entendido formar parte de esta garantía, tales como la publicidad, el emplazamiento, el derecho a defensa y el derecho al recurso. En este sentido, cabe prevenir que no se comprenden en este trabajo los casos de aplicación directa de la norma constitucional que se ha denunciado infringida en el conocimiento de los recursos de nulidad en virtud del artículo 373 letra a) del CPP1. Por último, realizaremos reflexiones finales de la importancia de la garantía del Debido Proceso y las tendencias del Tribunal Constitucional en la materia. materia / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento hasta el 2020
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La inconstitucionalidad por omisión legislativa; criterios jurisprudenciales del Tribunal Constitucional chileno

Geisse Fernández, Luis Felipe, Santibáñez Aguilar, Eduardo Andrés January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Al reflexionar sobre el significado jurídico de la pasividad o inactividad del legislador, parece necesario analizar primeramente, si existe un deber jurídico de legislar en situaciones donde este comportamiento omisivo provoca consecuencias que vulneran el espíritu y la razón del ordenamiento jurídico. En un primer momento del análisis, al referirnos al contenido formal de la estructuración del Estado, podemos dar cuenta de la existencia de ciertas normas y principios que tienen a bien ordenar, dirigir y limitar los poderes que a su turno validan.
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CONSTITUCIONALIDADE DOS ACORDOS FIRMADOS ENTRE BRASIL E ARGENTINA COM O FMI

Silva, Fernanda Pimentel da 06 July 2007 (has links)
La integración de Latinoamérica exige esfuerzos conjuntos. No basta identificar los problemas, sino también trabajar por los cambios, generando cuestionamientos y incentivando la creación y respeto a las reglas jurídicas que organizan la sociedad. Cuando el tema es la deuda externa, en especial en Brasil y Argentina la situación es muy parecida: el Fondo monetario internacional es siempre el culpable de los males económicos y sociales, mientras nadie se ocupa de evaluar las condiciones en las que se desarrollan los acuerdos de giro con el órgano. De esa manera, las normas aplicables para la ejecución de dichos acuerdos, en los dos países, son abandonadas, dejando sitio para un procedimiento padrón del Fondo. Como consecuencia surgen políticas superficiales, basadas en acuerdos con parámetros que están de acuerdo con las normas constitucionales. En Brasil la participación del Legislativo es obligatoria, mientras que en Argentina es permitido que el Ejecutivo utilice superpoderes legislando, solamente en situaciones especiales. En la práctica, notamos que en ambos países el Legislativo nunca se hizo presente, sea en la negociación o desarrollo del pacto, comprobando la violación de las reglas legales y determinando la inconstitucionalidad de esos acuerdos. PALABRAS-CLAVE: Acuerdos de giro. Fondo Monetario internacional. Inconstitucionalidad. / A integração latino-americana exige esforços em conjunto. Para isso é necessário não apenas localizar os problemas, mas trabalhar em busca das mudanças, gerando questionamentos e incentivando a criação e respeito das regras jurídicas que organizam a sociedade. Quando o assunto é divida externa, especialmente no Brasil e na Argentina, o panorama é muito parecido: o Fundo Monetário Internacional é declarado culpado de todos os males econômicos e sociais enquanto ninguém se ocupa de avaliar as condições em que se realizam os acordos stand-by com o organismo. Assim as regras aplicáveis para a execução de tais pactos, em ambos países, são abandonadas, dando espaço para o procedimento padrão do Fundo. Como conseqüência são concebidas políticas superficiais, baseadas em acordos com parâmetros divergentes daqueles ditados pelas normas constitucionais vigentes. No Brasil a participação do Legislativo é obrigatória, enquanto na Argentina é permitido que o Executivo utilize superpoderes legislando, apenas em situações excepcionais. Na prática observamos que em ambos países o Legislativo nunca está presente na negociação ou firma do pacto, comprovando a violação das regras legais e determinando a inconstitucionalidade de tais pactos. PALAVRAS-CHAVE: Acordos stand-by. Fundo Monetário internacional. Inconstitucionalidade.
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Informe para la sustentación de expediente: 0006-2014-PI/TC

Rojas Polo, Juan José 19 March 2021 (has links)
En el presente informe se analizarán los fundamentos desarrollados por el Tribunal Constitucional al momento de resolver la Acción de Inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Notarios de Lima contra el artículo 5º y la Quinta, Sexta y Sétima Disposiciones Complementarias Modificatorias del Decreto Legislativo Nº 1106 - Decreto Legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados con la minería ilegal y el crimen organizado del 18 de abril de 2012, signado con el número de Expediente Nº 0006-2014-PI/TC. El Decreto Legislativo Nº 1106 mediante su Quinta, Sexta y Sétima Disposiciones Complementarias Modificatorias introduce modificaciones a la Ley Nº 27693 - Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera y el Decreto Legislativo Nº 1049 – Decreto Legislativo del Notariado respectivamente, y tipifica un nuevo delito en su artículo 5º, con lo cual el legislador apunta a mejorar los mecanismos de prevención y represión del delito de lavado de activos. Sin embargo, el Colegio de Notarios de Lima considera que dichas normas devienen en inconstitucionales, mientras que el representante del Poder Ejecutivo emisor del decreto en cuestión, defiende la constitucionalidad las mismas. Como parte del presente informe, se detallarán y analizarán los argumentos esgrimidos por las partes intervinientes y las normas jurídicas invocadas como sustento, así mismo se examinará lo argumentado y resuelto por el Tribunal Constitucional. Finalmente, se desarrollarán aspectos relevantes del delito de lavado de activos, como el sistema de prevención, operaciones o transacciones sospechosas, el bien jurídico protegido, entre otros. / Trabajo de suficiencia profesional
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional 918/2021 – Caso del Desdoblamiento de las Legislaturas Ordinarias

Armstrong Yzu, Marcos 24 April 2023 (has links)
El presente Informe tiene como objetivo exponer y analizar los razonamientos del Tribunal Constitucional en la sentencia relativa al caso del desdoblamiento de las legislaturas ordinarias por parte del Congreso de la República. La disolución del parlamento por parte del ex presidente Martín Vizcarra mediante Decreto Supremo 165-2019-PCM en septiembre del año 2019, trajo como consecuencia la elección de un nuevo Congreso, destinado a completar el período parlamentario 2016 – 2021. Cuando éste estaba por culminar, en junio del año 2021, el Congreso introdujo, mediante Resolución Legislativa 021-2020-2021-CR, una modificación a la tercera disposición transitoria del Reglamento del Congreso, creando una cuarta legislatura ordinaria, con el objetivo de aprobar, en segunda votación, proyectos de leyes de reforma constitucional, de acuerdo a los requisitos que establece el artículo 206 de la Constitución. La Resolución Legislativa fue cuestionada en un proceso de acción de inconstitucionalidad. El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda e inconstitucionales la Resolución Legislativa 021-2020-2021-CR, así como, por consecuencia, las tres leyes de reforma constitucional aprobadas durante la cuarta legislatura ordinaria irregular, argumentando que el Congreso había cumplido tan solo en las apariencias con los requisitos que la Constitución exige para su reforma en el artículo 206. / The purpose of this paper is to expose and analyze the reasoning of the Constitutional Court in the ruling on the case of the division of ordinary legislatures by the Congress of the Republic. The dissolution of parliament by former President Martín Vizcarra through Supreme Decree 165-2019-PCM in September 2019, resulted in the election of a new Congress, intended to complete the 2016-2021 parliamentary period. When it was about to end, in June 2021, Congress introduced, through Legislative Resolution 021-2020-2021-CR, a modification to the third transitory provision of the Regulations of Congress, creating a fourth ordinary legislature, with the objective of approving, in second vote, constitutional reform bills, in accordance with the requirements established in article 206 of the Constitution. The Legislative Resolution was questioned in an unconstitutionality action process. The Constitutional Court declared the lawsuit founded and Legislative Resolution 021-2020-2021-CR unconstitutional, as well as, consequently, the three constitutional reform laws approved during the irregular fourth ordinary legislature, arguing that Congress had complied only in the appearances with the requirements that the Constitution demands for its reform in article 206.

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