• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 761
  • 2
  • Tagged with
  • 763
  • 763
  • 760
  • 494
  • 384
  • 308
  • 175
  • 104
  • 89
  • 86
  • 73
  • 71
  • 59
  • 59
  • 48
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
151

Análisis y estudio de la Ley No. 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y del contrato de trabajo de servicios transitorios, de la doctrina en general y la legislación comparada

Solís Rojas, Dionir January 2007 (has links)
Nuestro estudio tiene por objeto analizar esta ley, particularmente los nuevos regímenes de trabajo que se crean y a las llamadas Empresas de Servicios Transitorios. Con dicha finalidad, esta investigación se ha dividido en seis capítulos que serán desarrollados de la siguiente manera: En el Capítulo Primero se aborda desde un punto de vista doctrinario el trabajo en régimen de subcontratación, los factores que lo originan, su objeto, las modalidades que admite, las relaciones y sujetos que nacen de esta forma de trabajo, así como las variantes o condiciones en que se desarrolla. También se analiza el suministro de trabajadores y a las Empresas de Servicios Transitorios, los supuestos de su actuación, las relaciones contractuales que originan y los sujetos que intervienen. En el Capítulo Segundo, se hace un estudio de toda la legislación anterior a la Ley N° 20.123, particularmente a los artículos 64 y 64 bis del Código del Trabajo, hoy derogados, pero que en su esencia son recogidos por la nueva normativa, por ello analizamos también los fallos judiciales que resolvían los conflictos laborales basados en esos artículos. En el Capítulo Tercero se pretende investigar todos aquellos antecedentes que dieron origen a esta nueva normativa, así como los fundamentos con que se acompañó el Mensaje del Ejecutivo, haciéndose además una síntesis de las etapas de la tramitación y discusión del proyecto de ley ante el Congreso, para ver así las dificultades que presentó y el criterio técnico y/o político con que se resolvieron. En el Capítulo Cuarto se hace un completo análisis del contenido de esta ley, partiendo por desarrollar el tema del trabajo en régimen de subcontratación, distinguiendo los diversos sujetos que intervienen en ella, así como el marco de aplicación de estas normas, los requisitos y consecuencias jurídicas ante su incumplimiento, las responsabilidades que se establecen y los derechos y obligaciones que nacen en virtud de este régimen; para posteriormente desarrollar el segundo tema de la ley, que son las Empresas de Servicios Transitorios y el Trabajo Suministrado, analizándose los conceptos, requisitos y sanciones para estas Empresas, así como también se estudian los contratos de puesta a disposición y el contrato de trabajo de servicios transitorios, para concluir revisando las normas transitorias sobre vigencia de esta nueva ley y la situación de aquellas Empresas de Servicios Transitorios anteriores a esta normativa. En el Capítulo Quinto, se pretende hacer un estudio de investigación comparativa entre nuestra legislación sobre trabajo en régimen de subcontratación y la nueva Ley Española N° 32/2006 que rige esta materia, aún cuando sea sólo de alcance sectorial. Además, se señala cómo se ha desarrollado y regulado el trabajo suministrado por las Empresa de Servicios Transitorios en otros ordenamientos jurídicos, particularmente en algunos países europeos, como también en Argentina. Finalmente, en el Capítulo Sexto, para facilitar una adecuada comprensión de esta nueva legislación, se ha desarrollado en forma sistemática todos los inconvenientes o vacíos que presenta, tratando además de buscar algunas soluciones sobre dichos puntos, sin dejar de analizar también los aportes que ha significado para nuestro ordenamiento jurídico laboral esta normativa.
152

Análisis Ley No. 20.609 : Ley Antidiscriminación o Ley Zamudio

Nieto Fernández, Ricardo Esteban, Parada Rodríguez, Osvaldo José January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / A partir del año 1990, Chile comenzó un proceso de reconstrucción de un sistema democrático fundado en el respeto de las libertades fundamentales y los derechos humanos, valorando su universalidad, indivisibilidad e interdependencia. En el marco de las nuevas necesidades de la sociedad nacional, el Ejecutivo envió en el año 2005 un proyecto de ley que establecía medidas en contra de la discriminación. Coincidente con esta iniciativa, el grupo de trabajo sobre el Examen Periódico Universal (EPU) del año 2009, establecido por el Consejo de Derechos Humanos, analizó el caso de Chile. Durante el diálogo interactivo, las numerosas delegaciones participantes realizaron interesantes observaciones y recomendaciones. La mayoría de estas tuvieron relación con la actualidad del país, relativo a pueblos indígenas, la situación de la mujer y su remuneración igualitaria dentro del mercado laboral, el acceso igualitario y efectivo de todos y cada uno de los niños a la educación, y en general la prohibición de cualquier tipo de discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. Este principio no discriminatorio es tratado por múltiples convenios internacionales en que nuestro país tiene la calidad de Estado parte y fundamentalmente es acogido por la Constitución Política de la República en su artículo primero, inciso 5, estableciendo como una de las funciones del Estado, el asegurar los derechos de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional. Por su parte, el artículo 19 Nº16 prohíbe cualquier discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal. No obstante esto, todas estas normas antes ejemplificadas, se limitan solo a enumerar algunas formas de discriminación, pero no, necesariamente, establecen una acción general o especial de acción. Es por todo esto, que era completamente necesario y oportuno la elaboración de una ley que viniera a responder a la evolución de la sociedad chilena y otorgar un estatuto de protección al derecho de toda persona a no ser discriminado arbitrariamente. Es así como surge la Ley 20.609 publicada el 24 de Julio del año 2012. La promulgación de la ley en cuestión constituye un importante avance en el reconocimiento y protección del derecho de las personas a no ser discriminado arbitrariamente, ya considerado por la Constitución Política. De esta forma, la Ley 20.609 establece una acción para iniciar un procedimiento judicial, de corto plazo, destinado a determinar la existencia de algún tipo de discriminación arbitraria y en caso de ser efectivo, dejarlo sin efecto de inmediato, imponiendo multas a beneficio fiscal. Por otra parte, se constituye como un agravante de cualquier acción que tenga como motivación fundamental, algunas de las situaciones contenidas en la definición de discriminación arbitraria que establece el artículo segundo de la mencionada ley. Sin embargo, luego de los reconocimientos y alabanzas a la promulgación de la ley, comenzaron, de distintos sectores políticos y sociales, a nacer las primeras críticas y recomendaciones. Existe unanimidad en cuanto a la importancia y a lo oportuno que es la creación de un estatuto legal de protección al derecho a no ser discriminado, pero a la vez, y en conjunto con un análisis a fondo del texto de la ley, se aprecian muchas carencias y errores que imposibilitarán lograr una correcta aplicación de la misma. Además y principalmente, derivaría en el riesgo de no entregar la debida protección del derecho. La ley se va a insertar en un entorno en que la discriminación es una realidad que se presenta en múltiples sectores de nuestra realidad nacional
153

El sistema de adquisición y extinción o perdida del derecho real de aprovechamiento de aguas, tras las modificaciones introducidas por las leyes 20.017 y 20.099

Adasme Sandoval, Alejandro Esteban January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El trabajo que se presenta se ha dividido en cuatro capítulos, los dos primeros, de un carácter eminentemente introductorio, abordan lo relativo al derecho de aprovechamiento, su naturaleza jurídica y características, con indicación de las consecuencias que ellas acarrean y su consagración en la legislación nacional vigente; además, se pasa revista a las formas en que usualmente se ha asignado el aprovechamiento, y a los sistemas que en razón de ello ha categorizado la doctrina, tanto a nivel nacional como comparado, para terminar con una visión panorámica y sucinta del sistema chileno actual y de las principales modificaciones de que ha sido objeto la legislación en virtud de las leyes 20.017 y 20.099. El tercer capítulo aborda ya en concreto el sistema de adquisición del derecho de aprovechamiento de aguas vigente en Chile; para ello, se parte de la enunciación y explicación de los principios que informan las normas y luego se detallan y analizan las particularidades, los procedimientos y actos involucrados en cada uno de los supuestos recogidos por la ley. Finalizando, el cuarto capítulo se refiere a las formas de extinción o pérdida del derecho, con las características y consecuencias de cada una de las instituciones que reciben aplicación en estas materias, siempre, como se dijo, poniendo énfasis en cuanto al alcance que en cada uno de los casos tiene el derecho civil, además de las normas propias del Código de Aguas.
154

La trata de personas con fines de explotación sexual (trata de blancas) : nueva normativa a la luz de la ley 20.507 del 01 de abril de 2011, que modifica el código penal chileno

Kühne Covarrubias, Rosemarie January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo aborda la figura delictiva de la trata de personas, la que ha sido recientemente abordada en extensión por nuestra legislación penal, en virtud de la ley 20.507; orientando su análisis a la finalidad de explotación sexual, sin dejar de lado el marco general en el que se encuentra inserta dicha figura. Utilizando para su estudio, las herramientas que la teoría general del delito nos proporciona como instrumento científico de análisis. Se observa en primer lugar, la evolución que a lo largo del tiempo, éste delito ha experimentado en la realidad nacional e internacional, entre otras cosas por la facilidad en el traslado de personas de una localidad a otra o de una nación a otra, en virtud de las ventajas que otorga el fenómeno de la globalización. Por otro lado, desde el punto de vista de los sujetos que intervienen o pueden intervenir en la configuración de este delito, se manifiestan particularidades en cuanto al tratamiento que nuestra legislación le otorga en materia de autoría y participación, pudiendo ser castigados en general, en calidad de autores quienes no pasan de ser cómplices; no obstante lo dispuesto en el artículo 15 del Código Penal. En cuanto a los bienes jurídicos que resultan afectados o que se exponen a un riesgo con la comisión de éste delito, se manifiesta el carácter pluriofensivo del mismo. Una situación especial es posible apreciar en relación al iter criminis, produciéndose un adelantamiento en la punición estimándose como delito consumado, cuando todavía se encuentra en etapa de tentativa. Sin olvidar, la estructura compleja conforme a la cual se articula la conducta punible, contando con múltiples verbos rectores, la necesaria existencia de ciertos medios o circunstancias de comisión, y la presencia de una finalidad de explotación. Abordando con mayor preocupación, la situación de la explotación sexual
155

Los límites al derecho a huelga en la Ley no. 20.940

García Cornejo, Santiago José, Ulloa Sánchez, María Esperanza January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La legislación laboral vigente en Chile se caracteriza por otorgar un rol preponderante a la iniciativa privada y al mercado en desmedro de los derechos de los trabajadores, lo que se cristaliza en escasas y debilitadas organizaciones sindicales y en la intrascendencia de instituciones fundamentales como la negociación colectiva y el derecho a huelga. En ese contexto, en el año 2016 se dicta la Ley Nº 20.940, la reforma más importante a nuestra institucionalidad en materia de derecho colectivo del trabajo desde la formulación del Plan Laboral y la dictación del Código del Trabajo en las postrimerías de la Dictadura. Ésta nueva ley planteó como finalidad expresa remediar la situación descrita, “emparejando la cancha” entre trabajadores y empleadores. A partir de una conceptualización del derecho a huelga y su desarrollo en la historia de nuestro país, así como de la exposición de las principales modificaciones introducidas por la reforma laboral y su accidentada tramitación en el Congreso Nacional, en este trabajo se abordará de manera específica la regulación que esta nueva normativa introduce en determinadas limitaciones al derecho a huelga: las instituciones de los servicios esenciales y los servicios mínimos. Como antecedentes para este análisis particular se tendrán en cuenta los principios formulados por los órganos de control de la OIT, ciertos exponentes del derecho comparado y la regulación presente en el Código del Trabajo previo a la reforma. A partir de ello podrá colegirse lo poco que contribuye la Ley Nº 20.940 en fortalecer el ejercicio del derecho a huelga de los trabajadores chilenos, pudiendo incluso ser regresiva en este aspecto.
156

La reincidencia propia específica en el artículo 456 bis A del C.P. a la luz de las modificaciones introducidas por la ley No. 20.931

Iturra Lizana, Carlos January 2018 (has links)
Actividad formativa equivalente a tesis (AFET) / Programa de magíster en derecho mención en derecho penal / La presente investigación tiene por propósito analizar si continúa vigente la regulación especial respecto de la reincidencia propia específica que la ley N°20.273, de 28 de junio de 2008, introdujo en el artículo 456 bis A del Código Penal, que trata del delito de receptación. Ello a la luz de las modificaciones al Código Penal introducidas por la ley N°20.931, de 5 de julio de 2016, que entre otros aspectos modificó las reglas para determinar judicialmente la pena respecto de un grupo de delitos, entre ellos el de receptación, estableciendo un efecto especial para la agravante de reincidencia propia. Para ese propósito se efectúa un breve análisis de cuestiones generales vinculadas a la validez y eficacia de las normas legales, su entrada en vigor, su derogación, y los conflictos normativos que surgen en dichos procesos. Luego se examinan los criterios de solución para tales antinomias y se analiza si la regla sobre reincidencia propia específica contenida en la ley N°20.273 continúa en vigor por su carácter especial respecto de la ley N°20.931 o si, por el contrario, ha de estimarse tácitamente derogada por esta última. / The purpose of the present research is to analyze whether the special regulation regarding to the specific recidivism of the law 20.273 of June 28, 2008, introduced in the Art. 456 bis A of the Criminal Code, dealing with the offence for Receipt of stolen property, is still in force. This, in light of the amendments to the Criminal Code introduced by Law 20,931 of July 5, 2016, which among other aspects, modified the rules for judicially adjudge the penalty regarding to a group of crimes, including the Receipt of stolen property, establishing a special effect for the aggravating of the specific recidivism. For this purpose, a brief entry-review is made into general issues related to the validity and effectiveness of legal regulations, its entry into force, its derogation, and the normative conflicts that arise in these processes. Then, the solution criteria for such antinomies are examined, and it is reviewed whether the rule on specific recidivism, contained in the Law 20.273 remains in force due its special nature regarding the Law 20,931 or, on the contrary, it has to be considered tacitly repealed by the latter.
157

El procedimiento establecido en la Ley No. 20.005 que tipifica y sanciona el acoso sexual

Ramos Partarrieu, Juan Sebastián January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo del presente trabajo es determinar la normativa aplicable y el procedimiento a seguir en el caso del acoso sexual en nuestro país. En primer término, se expondrán las definiciones y principios básicos contemplados en nuestra legislación, para luego dar cuenta en profundidad del procedimiento establecido y las sanciones relacionadas con el mismo. En segundo lugar, se analizará la historia de la Ley N°20.005 y la jurisprudencia referida a la materia por parte de la Dirección del Trabajo. A modo de cierre, se revisará cómo el derecho comparado trata la materia.
158

Resolución bancaria

Zúñiga Palma, Luis 06 1900 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo analiza la legislación bancaria chilena respecto a la respuesta regulatoria para efectos de prevenir y enfrentar crisis financieras, denominada la Resolución Bancaria. A modo de introducción, se explican las principales características y causas de una crisis financiera y los esquemas de regulación y supervisión en nuestro país. En ese sentido, primero se explican los distintos mecanismos de resolución bancaria que existían antes de la modificación introducida a la Ley General de Bancos por la Ley Nº21.130. Luego se exponen en detalle las modificaciones introducidas por la mencionada Ley, explicando así el nuevo esquema de resolución bancaria vigente, destacando la incorporación de la nueva etapa de regularización temprana que integra los mecanismos de capitalización preventiva, capitalización por el sistema financiero y nombramiento de administrador provisional o inspector delegado, la eliminación de los convenios con los acreedores y las principales modificaciones al proceso de liquidación forzosa. Posteriormente se analizan las brechas normativas de nuestra actual legislación sobre resolución bancaria en comparación a las directrices y recomendaciones del Comité de Basilea, explicando las propuestas de expertos que no fueron consideradas en la nueva Ley, especialmente los mecanismos intermedios banco puente y banco bueno-banco malo. En base a lo anterior, se identifica la existencia de un problema de implementación normativa de las directrices del Comité de Basilea en materia de resolución bancaria y se explican cinco posibles causas jurídico-financieras: miopía de desastres o la tendencia a subestimar la probabilidad de que ocurran eventos poco comunes; las desventajas del soft law en materia de derecho internacional financiero, el problema orgánico del Comité de Basilea, el riesgo del arbitraje regulatorio y la falta de buenas prácticas de gobierno corporativo como mecanismos de autoregulación. Finalmente se concluye que es menester realizar un esfuerzo legislativo adicional, considerando las cinco causas jurídico-financieras desarrolladas en este trabajo, con el fin de adecuar nuestra regulación bancaria a los nuevos estándares que recomienda el Comité de Basilea, en atención a la constante evolución que experimentan los sistemas financieros y la economía
159

Uso ritual de sustancias y su eventual contradicción con la Ley no. 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas : análisis jurisprudencial

Serrano León, José Tomás, Pérez Sommariva, Álvaro Antonio January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales / La Ley N°20.000, que regula y sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y psicotrópicos, ha sido materia de discusión en la doctrina penal chilena. Con todo, los tribunales de justicia que están llamados a dar aplicación a dicha ley no habían abordado en su práctica jurisdiccional ciertos problemas de aplicación y de comprensión cabal de ciertos preceptos de la misma. Este trabajo busca recoger el criterio aplicado de un tiempo a esta parte por la Corte Suprema de Chile, por medio de la introducción en este trabajo de conceptos antropológicos vinculados al uso de las sustancias reguladas. Asimismo, buscamos dar con un marco constitucional básico que nos permita entender cabalmente las referencias, tanto claras como implícitas, de las decisiones que la Corte Suprema ha tomado, dando un aparente giro considerable a la forma de interpretar y aplicar ciertos preceptos centrales de la Ley N°20.000. En fin, este trabajo desarrolla, a la luz de los nuevos criterios, ideas con base jurídica con el objeto de desarrollar y dar mayor comprensión dogmática y doctrinaria a este nuevo criterio.
160

La Ley 21.045 a la luz de una visión contemporánea de los derechos fundamentales, el derecho a la cultura y el arte

Pontigo Marín, Tomás Emilio January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El 3 de Noviembre de 2017 se creó, mediante la promulgación de la ley 21045, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. El presente ensayo es una crítica a esta ley que responderá a la pregunta ¿Respeta la ley 21045 los derechos fundamentales, especialmente, el derecho a la diversidad cultural, en relación a un concepto contemporáneo de derechos fundamentales, de arte y de cultura? La tensión conceptual protagonista de este ensayo será la pugna entre el concepto de unidad y el de multiplicidad. Para desarrollar este conflicto, se creará un aparato jurídico-conceptual donde veremos que las ideas y cuerpos normativos que conforman el entramado teórico de esta tesis están conectados con uno u otro de estos dos conceptos. La tesis de este ensayo es que si bien, en líneas generales, la ley 21045 se adapta a las exigencias de los derechos fundamentales y el trascendental derecho a la diversidad cultural, consagrado en la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (CPPDEC), falla al no adecuarse al devenir social-jurídico que exige una perspectiva feminista que afirme la multiplicidad-diversidad cultural. Es importante destacar que la CPPDEC, tambien conocida como la Convención para la Diversidad es el principal cuerpo normativo en los temas tratados por la ley 21045. La ley también fracasa al no cumplir íntegramente con el derecho fundamental a la diversidad cultural expresado en la CPPDEC al no afirmar la diferencia cultural femenina que está marginalizada por el sistema logocéntrico masculino. Palabras clave: Ley 21045; Derechos Fundamentales; Derecho a la Diversidad Cultural; Derecho a la cultura; Derecho al arte; Feminismo de la diferencia.

Page generated in 0.0525 seconds