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“Algunas consideraciones con relación al ejercicio de competencias del SENACE : del enfoque normativo a la realidad”

Rázuri Zárate, María del Pilar 08 November 2017 (has links)
El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, es una entidad creada especialmente para la aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados – EIA d respecto de los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional y multirregional que impliquen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos. Asimismo, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 30327, asumirá la función de aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental semidetallados – EIA sd, la cual se hará progresivamente conforme a lo previsto en la normatividad. De otro lado, mediante la Ley citada se incorporó como función de dicha entidad el aprobar la clasificación de los estudios ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA cuya transferencia de funciones al SENACE haya concluido, siendo que a la fecha, el SENACE también viene aprobando las DIA. Al ser el SENACE un actor de reciente ejercicio de las funciones mencionadas en el marco del SEIA y perteneciente al sector ambiente, resulta de interés analizar dicha entidad, siendo el objeto del presente trabajo el examinar si el criterio para atribuir competencias al SENACE en materia de evaluación de estudios ambientales es el utilizado dentro del SEIA, es decir si la atribución de competencias es en función al tipo de actividad económica o no. De los hallazgos de la investigación revelan que para la asignación de competencias al SENACE se ha empleado un criterio diferente, lo cual genera una distorsión en el sistema y se propicia los conflictos de competencia al interior del sistema. Cabe señalar además, que un aspecto importante de la competencia, es la transferencia de funciones ambientales en el marco del proceso de descentralización, por lo que los gobiernos regionales han recibido la competencia para aprobar instrumento de gestión ambiental en el marco de las actividades transferidas, por lo cual potencialmente al tenerse criterio de atribución diferente se puede generar un conflicto de competencias con los niveles descentralizados de gobierno. Se considera que un aspecto especial interés tanto para las entidades que forman parte del SEIA y para los administrados, es la claridad de competencias, las cuales no deben presumirse sino estar expresamente otorgadas por normas con rango de ley. En ese sentido, juega un papel muy importante el MINAM, en su calidad de ente rector del SEIA, por lo que debe dictar los dispositivos que orienten su funcionamiento y ante peligro latente de generarse conflictos de competencia entre el SENACE y las otras autoridades ambientales que conforman SEIA, debe impulsar la instalación del Tribunal de Solución de Controversias Ambientales. Finalmente, al ser el SENACE una institución creada con un objetivo específico como es la evaluación de EIA- d, a través de la revisión de los actos administrativos emitidos por la Dirección de Certificación Ambiental del SENACE de enero a setiembre de 2016, se determinará si viene cumpliendo a cabalidad dicho objetivo.
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Análisis crítico de los conceptos de daño ambiental real y potencial aplicados por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA en el subsector minería

Ramírez Torres, Alejandro Jesús 06 March 2019 (has links)
El presente estudio busca ser una actualización y profundización de los análisis críticos del concepto de daño ambiental que existen en la doctrina peruana, con la finalidad de identificar deficiencias en el concepto de daño ambiental presente en nuestra legislación para mejorar la protección del medio ambiente, sin descuidar la tutela de la seguridad jurídica de los administrados. Con esta finalidad, se identificarán las nociones jurídicas de daño ambiental de la legislación y doctrina comparada –principalmente la española–, así como el concepto de daño existente en la regulación y en la jurisprudencia del Tribunal de Fiscalización Ambiental en el Perú. A partir del análisis y comparación de ambas fuentes, se busca proponer una nueva interpretación del concepto de daño ambiental en nuestro ordenamiento que permita su aplicación, protegiendo al medio ambiente, pero sin poner en riesgo las inversiones privadas en minería.
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Gestión del agua en la responsabilidad social ambiental minera. Prácticas realizadas en el Perú por algunas grandes empresas mineras, entre los años 2010 a 2017: ¿discurso o realidad?

Corrales Martínez, Alejandra Verónica 24 April 2019 (has links)
El tema de la Responsabilidad Social Empresarial ha ido ganando en importancia a nivel global. Uno de los aspectos principales considerados es el cuidado del medio ambiente. Esta investigación está referida a las prácticas que realizan las grandes empresas mineras específicamente en la gestión del agua. Muchas de las grandes empresas mineras presentan de manera pública una serie de prácticas relacionadas al uso y tratamiento del agua; sin embargo, esas prácticas corresponden en su mayoría al cumplimiento de obligaciones legales. En esta investigación desarrollaremos el significado de la Responsabilidad Social Ambiental Minera distinguiendo la responsabilidad jurídica de la responsabilidad social que tienen las grandes empresas dedicadas a ese rubro. La principal conclusión de este trabajo se referirá al hecho que es posible considerar a las grandes empresas mineras como socialmente responsables en materia ambiental, siempre que actúen mas allá de los parámetros establecidos por ley, buscando el bien común en mérito a la responsabilidad moral que tienen dentro de la sociedad.
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La regulación del daño ambiental en el Perú y su aplicación por parte del Tribunal de Fiscalización Ambiental de la OEFA

Zamudio Espinal, Carlos Alberto Elías 26 February 2020 (has links)
La presente investigación está orientada a determinar si lo que se conoce como daño potencial, que se encuentra regulado en la Ley General del Ambiente y recogido a nivel jurisprudencial, se encuentra plenamente justificado en nuestro Ordenamiento Jurídico. En tal sentido, se efectuó un análisis de la evolución histórica de este tipo de daño y se le aplicó las pautas de investigación de la responsabilidad extracontractual regulada en Código Civil, es decir, la exposición al peligro. El resultado de la investigación conlleva a sostener que el daño potencial no existe, pues en realidad lo que allí se regula es daño, como cualquier otro, pero cuyo alcance es más limitado que, por ejemplo, el daño ecológico.
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Informe jurídico sobre el caso La Oroya: La conversión de los procesos constitucionales

Sueiro Varhen de Monroy, Mercedes Paola 19 September 2022 (has links)
El caso materia de la resolución es un proceso de cumplimiento donde un grupo de ciudadanos, habitantes de La Oroya demanda las entidades estatales: Ministerio de Salud y de DIGESA para que cumplan con un conjunto de normas administrativas que aseguran el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado, y a la salud. El incumplimiento alegado por el actor es evidente, y, por ello mismo, el Tribunal Constitucional acoge su demanda, sin embargo, la sentencia deviene en inejecutable debido al carácter genérico y poco preciso de las normas ambientales que se deben cumplir. En otras palabras, estamos ante un caso donde el sistema otorga una justicia formal, pero que en los hechos, resultado inexistente. ¿Qué se debió hacer para que los ciudadanos obtengan la protección real de sus derechos fundamentales? Esta es precisamente la materia de nuestro análisis Para ello, aplicamos instituciones propias del derecho procesal constitucional, como la conversión procesal, el favor processum (principio pro actione) y el tradicional instituto de la suplencia de la queja, categoría ampliamente utilizada en la jurisprudencia nacional. El objetivo primordial consiste en aplicar el derecho procesal constitucional de manera tal que otorgue la ciudadano la máxima tutela posible, sin por ello violentar el sistema de justicia, los derechos fundamentales del demandado, y mucho menos desnaturalizar la autonomía procesal que ostenta el Tribunal Constitucional.
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Proceso constitucional de amparo como vía idónea para tutelar el derecho a la salud y el derecho al medio ambiente en La Oroya y afectación del principio de corrección por parte del Tribunal Constitucional

Villanueva Oruna, Arturo Franco 05 August 2022 (has links)
El presente informe se centra primeramente en identificar al proceso de amparo como la vía procesal más idónea para tutelar el derecho a la salud y el derecho al medio ambiente en La Oroya y, por otro lado, también se busca señalar una afectación al principio de corrección del buen gobierno por parte del Tribunal Constitucional al declarar fundada en parte la primera pretensión de la demanda. La justificación de este informe es la de proponer una vía procesal más idónea a la utilizada por los demandantes y asimismo a la luz del principio de corrección proyectar una justificación inadecuada por parte del Tribunal Constitucional en su decisión final. Mis hipótesis respecto a los problemas jurídicos hallados en la sentencia son las siguientes: (i) estratégicamente en materia procesal se debió iniciar en primer lugar un proceso de amparo; y (ii) el Tribunal Constitucional debió declarar fundada en su totalidad la primera pretensión de la demanda ya que con ello se respeta el principio de corrección del buen gobierno. Sobre el marco teórico, he utilizado contenidos del derecho constitucional y del buen gobierno para el análisis de la mencionada sentencia. La conclusión principal para ambas hipótesis es la siguiente: La afectación al derecho a la salud y al derecho al medio ambiente en la Oroya es provocada por la actividad de la empresa Doe Run Perú y por la inacción del Estado, con lo cual el proceso de amparo en este caso en particular permite que a nivel procesal el petitorio y la parte demandada sean dirigidos directamente hacia los responsables de los derechos afectados, y por consiguiente se lograría una tutela más idónea. Por otro lado, optar por declarar fundada en su totalidad la primera pretensión de la demanda reflejaría una actuación acorde al principio de corrección por parte del Tribunal Constitucional, en tanto como resultado en la decisión final se consideró como incumplido por parte del Ministerio de Salud y DIGESA, el mandato legal objeto de evaluación. / This report focuses first on identifying the amparo process as the most suitable procedural route to protect the right to health and the right to the environment in La Oroya and, on the other hand, it also seeks to point out an affectation to the principle of correction good governance by the Constitutional Court by declaring partially founded the first claim of the claim. The justification of this report is to propose a more suitable procedural route to the one used by the plaintiffs and also, in light of the principle of correctness, to project an inadequate justification by the Constitutional Court in its final decision. My hypotheses regarding the legal problems found in the judgment are the following: (i) strategically in procedural matters, an amparo process should have been initiated first; and (ii) the Constitutional Court should have declared the first claim of the lawsuit founded in its entirety, since this respects the principle of correctness of good governance. Regarding the theoretical framework, I have used contents of constitutional law and good governance for the analysis of the aforementioned sentence. The main conclusion for both hypotheses is the following: The impact on the right to health and the right to the environment in La Oroya is caused by the activity of the company Doe Run Peru and by the inaction of the State, with which the process of Amparo in this particular case allows the request and the defendant to be directed directly at the procedural level to those responsible for the affected rights, and therefore a more suitable protection would be achieved. On the other hand, choosing to declare the first claim of the lawsuit founded in its entirety would reflect an action in accordance with the principle of correction by the Constitutional Court, as a result of the final decision it was considered as non-compliant by the Ministry of Health and DIGESA, the legal mandate under evaluation.
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El Perú frente al cambio climático y los tributos verdes

Pongo Alva, Linda Giovanna 04 July 2019 (has links)
Desde hace muchos años, se viene evidenciando el daño ocasionado por el Crecimiento Económico, cuyo desarrollo y expansión no ha tomado en cuenta la preservación de los recursos naturales. Las actividades humanas relacionadas con la producción y el consumo han producido la emisión indiscriminada de Gases de Efecto Invernadero, cuya retención en la atmosfera generan el Calentamiento Global, la consecuencia directa de ello es, el Cambio Climático. Nuestro país, ha sido muy vulnerable a los efectos de este fenómeno ocasionando: La contaminación del aire y los Recursos Hídricos, el aumento en el nivel de las aguas, afectaciones a la salud, deforestación, deshielo de glaciares, especies en peligro de extinción, estrés hídrico, problemas sociales, entre otros. La Comunidad Internacional ha realizado acuerdos convocando a todos los países para afrontar este problema en forma conjunta. El Perú no ha sido ajeno y ha asumido los compromisos de reducción de emisiones, realizando acciones de adaptación y mitigación frente al Cambio Climático, conducentes a la reducción de la temperatura mundial y a desarrollar una política de Desarrollo Sostenible, logrando el Crecimiento Verde en el país. En el presente trabajo, se va a determinar que el Perú, si viene realizando acciones conducentes al cumplimiento de los compromisos asumidos. Si, ha realizado acciones que tienen incidencia en materia tributaria, asimismo que si cuenta Tributos Verdes. Sin embargo, estos no son muy efectivos. Por ello, luego del exhaustivo análisis bibliográfico nacional e internacional especializado, se concluye, que es necesario incorporar a la política fiscal, el “Precio al Carbono” y crear un “Mercado de Carbono” que sea voluntario, en un contexto, donde ambas herramientas en forma conjunta, impulsen al desarrollo en el país de Proyectos Verdes, logrando la participación del sector público y privado, lo que conducirá al logro de los compromisos de reducción de Gases de Efecto Invernadero, que mitiguen los efectos negativos al Ecosistema, con ello alcanzaremos el objetivo de convertirnos en un país rumbo al anhelado “Crecimiento Verde”.

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