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Los criterios de diferenciación salarial en el empleo público peruano: El caso de la equiparación salarial en el Seguro Social de Salud – EsSaludFlores Buendía, Renán Pavel 08 July 2021 (has links)
La gestión de los salarios de los trabajadores en las organizaciones del sector
público peruano ha sido desordenada, dicha situación ha generado casos de
desigualdad salarial entre trabajadores que realizan trabajo igual o de igual valor. La
diferenciación salarial se origina debido al establecimiento de distintos criterios, algunos
de los cuales, no se encuentran justificados objetiva y razonablemente. Uno de éstos es
el régimen jurídico, que regula de manera diferenciada el salario que se otorga a
trabajadores que realizan tareas similares. Si bien dicha situación busca ser corregida
con la Ley n.° 30057, Ley del Servicio Civil, a través de la creación del régimen del
servicio civil, que tiene por objetivo ser un régimen único y exclusivo para las personas
que prestan servicios en las entidades públicas del Estado. Sin embargo, al establecerse
que el traslado al nuevo régimen de los trabajadores 276, 728 y 1057 es voluntario y
previo concurso público, no soluciona el problema de la desigualdad salarial respecto
de aquellos trabajadores que legítimamente decidan no trasladarse. Dicho escenario
afecta principalmente a los trabajadores 276 que perciben menores remuneraciones y
a los trabajadores 1057 que no gozan de todos los beneficios sociales. De cara a esta
realidad, se analiza los criterios de diferenciación salarial que se encuentran en la
regulación del empleo público peruano y que son contrarios al principio y derecho de
igualdad salarial, asimismo se determina los mecanismos más idóneos para la
igualación salarial. La tesis sostiene que el Estado empleador viene utilizando distintos
criterios de diferenciación salarial contrarios a la igualdad salarial, tales como: entidad
pública, régimen jurídico, temporalidad, fecha de ingreso; asimismo, sobre la base del
estudio de caso del Seguro Social de Salud – EsSalud, afirma que el mecanismo idóneo
para corregir la desigualdad salarial en el empleo público peruano es la negociación
colectiva.
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Informe Jurídico sobre la Casación N°1527-2018 TACNAAlemán Yactayo, Aaron Emilio 18 May 2021 (has links)
El presente artículo académico aborda desde un enfoque jurídico penal material a la
negociación colectiva dentro de la Administración Pública, ello a fin de determinar si la
misma bajo supuesto de fraudulencia e ilicitud puede ser sancionada bajo el delito de
colusión (art.384° CP). El estudio contempla un desarrollo acerca los elementos
configurativos de este delito y la adecuación del suceso fáctico antes descrito, haciendo
especial énfasis en dos de ellos: el interesado y el contexto típico.
El principal objetivo de este trabajo académico consiste, por un lado, el visibilizar esta
nueva modalidad de corrupción inmersa dentro de la Administración Pública, a efectos
de formularse nuevos mecanismos de prevención y detención para contrarrestar los
posibles espacios de riesgos dentro de la misma; y, por otro lado, lograr la sanción efectiva
y adecuada de estos actos ilícitos, para así reducir los niveles de corrupción dentro de
nuestro país. Todo ello con el propósito trascendental de luchar contra la impunidad y la
corrupción, toda vez que ello representa una vulneración a los derechos humanos.
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El reconocimiento de legitimidad negocial de las organizaciones sindicales constituidas a nivel sub empresarialSueyoshi Narita, Milagritos 20 March 2019 (has links)
A través del presente trabajo de investigación se busca determinar si es que los niveles de
categoría, sección o establecimiento previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley de
Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2003-TR, y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-92-TR, son ámbitos distintos al de
empresa o forman parte de ella. En ese sentido, se busca determinar, desde una
perspectiva predominantemente analítica, si las organizaciones sindicales constituidas en
dichos niveles cuentan o no con capacidad negocial, así como legitimidad para entablar un
procedimiento de negociación colectiva. El tema que se pretende investigar adquiere
especial relevancia no solo porque aborda una interpretación garantista respecto a un
derecho constitucional como lo es la negociación colectiva, sino porque deviene en un
asunto sumamente actual al ser la mayoría de negociaciones colectivas entabladas en
nuestro país de ámbito empresarial. Adicionalmente, no existe un criterio establecido en
cuanto a la interpretación de las normas referidas al nivel de negociación. Por ello, la
finalidad de la tesis es dilucidar cuál es el mejor sentido que se puede dar a las
disposiciones referidas al ámbito negocial, de conformidad con los derechos reconocidos
tanto a nivel constitucional como internacional. Finalmente, se esboza una propuesta que
coadyuve a combatir los efectos naturales de acoger la postura planteada, a través de la
figura de la negociación articulada.
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Comentarios a la Ley n° 31572, Ley del teletrabajoRamos Espinoza, Néstor Denys 27 March 2023 (has links)
El presente artículo tiene como tópico analizar y comentar la ley n° 31572, Ley
del teletrabajo, tocando temas muy interesantes como la reversibilidad, la
desconexión digital y la negociación colectiva de trabajo. En el primer capítulo,
se revisa las definiciones sobre el teletrabajo y se ensaya ideas importantes
sobre la reversibilidad y el poder directriz del empleador, luego en el segundo
capítulo se señala la importancia de que la desconexión digital tenga un enfoque
de prevención de riesgos y laborales, y por último, en el tercer capítulo se
propone a la negociación colectiva de trabajo como el medio idóneo en caso el
reglamento de la ley comentada no establezca los puntos acotados en los
capítulos anteriores. / The topic of this article is to analyze and comment on Law No. 31572, the
Teleworking Law, touching on very interesting topics such as reversibility, digital
disconnection and collective labor bargaining. In the first chapter, the definitions
of teleworking are reviewed and important ideas about reversibility and the
directing power of the employer are tested, then in the second chapter the
importance of digital disconnection having a risk and labor prevention approach
is pointed out. , and finally, in the third chapter, collective labor bargaining is
proposed as the ideal means in case the regulation of the commented law does
not establish the points delimited in the previous chapters.
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La masificación de los contratos temporales de trabajo en las relaciones laborales privadas en el Perú: cuando la excepción se vuelve la reglaLeyva De Amat, Federico Giovanni 14 April 2022 (has links)
La presente investigación nace del interés del autor por contrastar la situación jurídica
de la contratación laboral -temporal- en el Perú frente a la realidad práctica de dicha
contratación en el sector privado formal. La motivación para ello proviene de la aparente
contradicción entre la fuerte protección jurídica – y preferencia – de nuestro sistema
normativo por la contratación laboral a plazo indeterminado, frente a la predominancia real
de la contratación laboral temporal que tiene -jurídicamente- la calidad de excepcional frente
a aquella, motivo el cual se justifica el tema de investigación. Ahora bien, el presente trabajo
pretende, primero, situarnos en cuál es la realidad actual de la contratación laboral temporal
frente a la contratación a plazo indeterminado, para poder tomar una posición respecto a si
la contratación laboral temporal resulta excepcional o, por el contrario, resulta la forma
mayoritaria de contratación laboral en el sector privado formal, como efectivamente lo seria.
Posteriormente, se analiza las causas que coadyuvan a dicha situación, que incluyen a la
reforma laboral de los años noventa (principalmente a través de la expedición del Decreto
Legislativo 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral), a la interpretación del
Tribunal Constitucional sobre las formas de protección frente al despido arbitrario (Caso
Fetratel); y a la falta de un sistema de fiscalización laboral que pueda fiscalizar y sancionar
oportunamente el uso indebido de contratos temporales para disfrazar relaciones laborales
de naturaleza permanente. Por el contrario a considerar alguna de ellas como la principal,
concluiremos que existe aparentemente una dinámica o interrelación entre la primera y
tercera de ellas, es decir, que existiría un gran porcentaje de contratación temporal en el
mercado que no resulta excepcional frente a la contratación a plazo indeterminado, dado que
es una opción contractual legal a adoptar y que, al no tener un sistema de fiscalización que
pueda sancionar el uso indebido de estos contratos (para ocultar relaciones de trabajo
permanentes), pues la modalidad se expande, independientemente de si corresponde o no
esta forma de contratación. Esto trae además afectaciones a otros derechos laborales además
de la estabilidad en el trabajo, tales como la afectación a la libertad sindical y negociación
colectiva, entre otros.
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Protección de los derechos de negociación colectiva y huelga en las redes empresariales y los grupos de empresas. Posibles respuestas desde la jurisprudencia.Siguas Hernández, Juan Daniel 25 January 2023 (has links)
La presente investigación se propone encontrar herramientas que permitan asegurar el
efectivo ejercicio de los derechos de negociación colectiva y de huelga en las estructuras
empresariales complejas, como las redes empresariales y los grupos de empresas
formados a partir de estrategias de descentralización productiva. Ello tras constatar que,
a pesar del impacto que las nuevas formas de organización empresarial tienen sobre el
conjunto de relaciones laborales, el ordenamiento jurídico nacional poco o nada dice
acerca del ejercicio de la libertad sindical y de los derechos colectivos en dichos
escenarios.
En ese sentido, se parte de analizar los derechos de negociación colectiva y de huelga
desde la perspectiva de los derechos fundamentales, subrayando la importancia que
tienen las obligaciones y prohibiciones legales que se establecen como garantías
sustantivas de tales derechos. Seguidamente, se examinan las principales
construcciones jurisprudenciales y legislativas que, a nivel comparado, se han
elaborado con el propósito de que las instituciones del derecho del trabajo puedan hacer
frente a los desafíos que les plantean las realidades empresariales complejas. A partir
de ello, se concluye que la tesis del “empleador putativo o instrumental”, sin perjuicio de
las limitaciones que presenta su aplicación, permite que los jueces lleven a cabo una
reinterpretación de las actuales garantías sustantivas de los derechos de negociación
colectiva y de huelga, a fin de que dichas garantías sigan teniendo sentido o no resulten
vaciadas de contenido frente a los fenómenos empresariales que aparecen como
resultado de la descentralización productiva. / This research aims to find tools to ensure the effective exercise of collective bargaining
and strike rights in complex business structures, such as business networks and groups
of companies formed from productive decentralization strategies. This after noting that,
despite the impact that the new forms of business organization have on all labor
relations, the national legal system says little or nothing about the exercise of freedom
of association and collective rights in these scenarios.
In this sense, it is based on analyzing the rights of collective bargaining and strike from
the perspective of fundamental rights, emphasizing on the importance of the legal
obligations and prohibitions that are established as substantive guarantees of such
rights. Subsequently, are examined the main jurisprudential and legislative constructions
that, at the comparative level, have been elaborated with the purpose of enabling labour
law institutions to face the challenges posed by complex business realities. From this, it
is concluded that the thesis of the "putative or instrumental employer", despite the
limitations presented by its application, allows judges to carry out a reinterpretation of
the current substantive guarantees of the rights of collective bargaining and strike, so
that these guarantees continue to fulfill their function or are not emptied of content infront
of business phenomena that appear as a result of productive decentralization.
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La regulación del arbitraje potestativo, a propósito de la última modificación al reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, Decreto Supremo Nº 009-2017-TRRodríguez Rios, Sandra Milagros 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación pretende realizar un análisis sobre la incidencia
generada en el ámbito de la negociación colectiva, en particular, del arbitraje potestativo, a
raíz de la publicación de la última modificación al Reglamento de la Ley de Relaciones
Colectivas de Trabajo, el Decreto Supremo N° 009-2017-TR. Este tema resulta sumamente
relevante, toda vez que, se comprende al arbitraje como un medio de solución pacífico de
controversias, cuyo fin es impedir que el conflicto se mantenga abierto y que las partes
lleguen a negociar. En virtud de lo señalado precedentemente, la modificación a las reglas
previstas para el arbitraje potestativo, puede crear un escenario distinto que no
necesariamente conlleve a las partes al resultado esperado.
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La compatibilidad entre la libertad para negociar y el arbitraje potestativo incausado analizado desde la normatividad nacional e internacionalVargas Barbachán, Luis Miguel 03 December 2018 (has links)
La presente investigación versa sobre el análisis del arbitraje potestativo incausado y su
compatibilidad con la negociación directa en un conflicto laboral. El arbitraje potestativo
es un mecanismo de solución de conflictos regulado en el ámbito legal nacional, y a
pesar de la controversia que ha causado, se viene implementando constantemente en
la práctica. El arbitraje potestativo causado se configura cuando se presentan alguna de
las dos causales descritas en el artículo 61-A° de la Ley de Relaciones Colectivas de
Trabajo. Por otro lado, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional se ha inclinado por
una postura que establece que el arbitraje potestativo es uno de naturaleza incausada,
es decir, no es necesario la configuración de las causales descritas en el artículo citado
para su aplicación. Ante dicha controversia, y observándose en la práctica una
importante implementación del arbitraje potestativo incausado, surge la interrogante de
conocer si es que el arbitraje potestativo incausado genera alguna incompatibilidad con
el derecho a la negociación directa. A partir de este contexto, se realiza un análisis de
la normativa nacional e internacional que sirve de base para la aplicación del arbitraje
potestativo incausado, así como los efectos que ha causado su aplicación práctica en
las negociaciones colectivas. La presente investigación contiene dos secciones. La
primera sección tiene como objetivo establecer los conceptos relacionados a los
conflictos laborales, la negociación colectiva como derecho constitucional y los
mecanismos de solución de conflictos. La segunda sección realiza un análisis a la figura
del arbitraje potestativo, en base a la normatividad nacional y a la jurisprudencia,
haciendo un especial énfasis en el arbitraje potestativo incausado y los efectos que tiene
en la negociación directa, utilizando data estadística. Finalmente, se concluye con
ciertas reflexiones referentes a la aplicación actual del arbitraje potestativo incausado, y
propuestas de regulación del mismo.
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La calificación de confianza y su exclusión legal expresa de la aplicación de los convenios colectivos de trabajoVargas Maldonado, Jorge Luis 14 February 2018 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar, si la justificación que se desarrolla en doctrina
para excluir a los trabajadores de confianza del ámbito de aplicación de los convenios
colectivos es sustentable, realizando un examen sobre la validez de la exclusión a nivel
constitucional y de normas internacionales de trabajo. Adicionalmente se realizará un
análisis sobre los distintos pronunciamientos emitidos en las diferentes sedes
(administrativa, judicial e internacional) concluyendo finalmente si esta limitación
constituye una vulneración al derecho a la libertad sindical y negociación colectiva.
En esa linea, nuestro objetivo fue verificar la hipotesis aplicando una metodología
exegética que permita identificar la correcta interpretación de la normativa laboral de la
materia, con la finalidad de identificar el deber ser como regla aplicable. Sin bien es
cierto se trata de una técnica clásica y tradicional, esta permite realizar un análisis macro
de las normas y principios aplicables, con la finalidad de poder comprobar si la hipótesis
es correcta.
Finalmente se llegó a la conclusion de que realizando una interpretación sistemática de la
LRCT, Constitución y convenios OIT ratificados por el Perú nos lleva a concluir que la
restricción precisada por el artículo 42 de la LRCT quedaría superada por lo regulado en
el articulo 12 de la misma norma, por lo que cuando el estatuto de la organización
sindical contempla expresamente la posibilidad de que los trabajadores de confianza se
afilien, deberían tener acceso también a los convenios colectivos.
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La negociación colectiva en un contexto de crisis empresarialGalantini Chiroque, Jose Francisco 22 April 2022 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo determinar si la negociación colectiva en un contexto de crisis empresarial debería ser objeto de fomento al igual que la negociación colectiva tradicional. Para ello, estudiaremos también la figura de la crisis empresarial en nuestro ordenamiento jurídico, ensayaremos una definición de este fenómeno y como es que el Derecho del Trabajo interviene en este.
Luego de ello, identificaremos en donde se encuentra regulada en nuestra legislación nacional y como esta repercute en la negociación colectiva o trato directo. Analizaremos así las causales del cese colectivo y determinaremos cuando estas representan un supuesto de crisis empresarial o cuando hacen referencia a un hecho distinto en la vida de la empresa.
Posteriormente, evaluaremos los alcances la regulación específicamente del trato directo en la fase previa al cese colectivo, particularmente la característica de ser in peius y las consecuencias que tendrían lugar si es que esta, a fin de cuentas, debe ser fomentada conforme señala la Constitución y los pronunciamientos de la OIT, particularmente la normativización de las reglas que darían forma a esta negociación colectiva sui generis
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