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La nueva fe de identificación notarial: un estudio multidisciplinario frente a la globalizacion y las nuevas tecnologíasPeralta Castellano, Juan Carlos 11 November 2021 (has links)
Al ejercer la Fe de Identificación, el notario debe establecer más allá de toda
duda razonable de que el compareciente es quien dice ser, lo que hace necesario
determinar qué atributos de la personalidad son los relevantes para luego proponer el
algoritmo de seguridad a seguir. Se parte de una primera hipótesis sobre la identidad
dinámica de la persona: todo compareciente tiene una personalidad individual definida
por sus elementos estáticos y dinámicos, un nombre que lo evoca, un Estado cuya
nacionalidad y estatuto personal ostenta, determinadas características físicas y
conductuales que permiten identificarlo biométricamente y exhibe un documento de
identidad, donde constan todos los atributos anteriores. Una segunda hipótesis es la
necesidad de un estudio integral, transversal y multidisciplinario de estos atributos para
establecer una Teoría General de la Identificación Notarial, cuyos objetivos son: la
comprensión de la problemática de la identificación notarial en caso de pluralidad de
nombres, nacionalidades, documentos de identidad o de normas nacionales aplicables,
que a su vez viabilice la predicción de casos y prevención de problemas futuros,
permitiendo al notario el tomar decisiones aún en casos no predecibles. Se analizan los
atributos relevantes de la Identidad Personal, el Nombre, la Nacionalidad y los
atributos biométricos, interrelacionándolos con el derecho a la identificación y el valor
probatorio del documento de identidad, concretándose en una investigación de tipo
mixto mediante la observación cualitativa, examinando casos prácticos del ejercicio
diario de la función; la documentación cualitativa, analizando antecedentes y
bibliografía; y el estudio de casos mediante el derecho comparado; constituyendo sus
limitaciones el continuo cambio de normas y el estudio de sucesos aún en progreso. Al
confirmarse las hipótesis, se concluye que la Fe Notarial de Identificación, que ha de
ejercerse sin reservas ni salvedades, implica la verificación de identidad integral del
compareciente, constituyendo la tecnología sólo un medio de apoyo que no puede
sustituir la fe notarial pero que implica en contrapartida una mayor responsabilidad del
notario; además de denunciar la nocividad del excesivo control normativo. Se colige en
suma que el Estado sólo podrá proteger bajo el manto de la fe pública a los documentos
en los que conste la Fe Notarial de Identificación, pilar de la naturaleza preventiva de
conflictos de la función notarial y que tiene por telos la protección por parte del notario
de los derechos humanos, incluyendo el derecho a la identidad y la seguridad jurídica de
la contratación, por lo que deberá otorgarse bajo el principio de inmediación, vigente y
esencial aún en contextos de estados excepcionales de emergencia en los que el
legislador, apremiado por la urgencia, pueda impulsar normas de apresurada laxitud.
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Implementar el Blockchain en los actos celebrados ante un notario en el rubro empresarial, a efecto de prevenir riesgos y aumentar la seguridad jurídica de los mismos.Vargas Neira, Maria Paola 30 October 2023 (has links)
El sistema notarial es de suma importancia para nuestra sociedad, la función del notario cumple
un papel protagónico en la formalización de la voluntad de las partes a través de contratos, el
notario es la persona encargada por ley, de dar fe a cada acto o contrato. Todos los actos vinculados
al rubro empresarial tienen que pasar a través de un notario para su formalización, en algunos casos
requieren la formalidad solemne, es decir que sea elevado a Escritura Pública e inclusive sea
inscrito en Registros Públicos, de acuerdo a lo establecido en la Ley; estos actos van desde la
constitución de una empresa, su vigencia en el tiempo, en la que puede surgir diferentes
modificaciones de estatuto ya sea por la denominación social, el objeto social, el capital social
hasta la disolución, liquidación y extinción de la misma.
El notario es la persona encargada de brindar la seguridad jurídica a todos los participantes en
la formalización de las Escrituras Públicas de cada uno de los contratos que son celebrados frente
a él, esté instrumento público protocolar adiciona un nivel de confianza y garantía para cada uno
de los intervinientes, asegurando que se cumplan conforme a ley y protegiendo los intereses de
todas las partes involucradas. En el camino de la vida notarial se ha podido verificar de qué estamos
expuestos a riesgos, afectación de derechos, falsificaciones, adulteraciones, estafas, y mucha
corrupción, y en algunos casos una excesiva demora en algunos procesos, ello hace que nos
pongamos analizar, evaluar y buscar la forma para reducir, mitigar o eliminar todos esos
problemas.
El sistema notarial como tal aún no contempla avances tecnológicos significativos y no ha ido
de la mano con la innovación, es por eso que buscamos un sistema tecnológico que aumente la
seguridad jurídica como parte esencial del sistema notarial y que permita a intervinientes tener una
mayor confianza de realizar cualquier acto, de manera transparente, reduciendo tiempo y costos,
buscamos adaptar un sistema trascendente a través del Blockchain, que es una tecnología que
ayuda a ejercer confianza y que maximiza la eficiencia de múltiples procesos y qué mejor manera
de adaptarlo al sistema notarial que es de suma importancia para nuestra sociedad, es por eso que
en la presente investigación se decidió analizar el proceso notarial en el rubro empresarial e
implementar el Blockchain.
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Calificación en registros públicos de laudos arbitrales expedidos por arbitros ad hoc, a propósito de la Red OrellanaMedina Chaupi, Mariela Nicolasa 22 March 2019 (has links)
Uno de los medios alternativos de resolución de conflictos más utilizado por particulares y
empresas, cuando se encuentran involucrados bienes inmuebles, es el arbitraje ad hoc,
por su dinamismo y otras ventajas frente a procesos judiciales. Es así que el arbitraje ad
hoc, nace como un acuerdo entre particulares y para su ejecución requiere la
intervención del Estado mediante instituciones como Registros Públicos.
Sin embargo, dicho arbitraje fue utilizado y existe el riesgo que siga siendo utilizando por
redes criminales para conseguir fines ilícitos; como es el caso de Red Orellana, quien
actuó amparándose en la normativa vigente y de forma estructurada con la intervención
de árbitros, notarios y trabajadores de Registros Públicos, afectando el derecho de
terceros y la seguridad jurídica de la sociedad.
Al respecto, los entes notariales y registrales vienen aplicando diversas normas que lejos
de contribuir, han encarecido la resolución de conflictos mediante el arbitraje ad hoc, por
lo cual, en el presente trabajo se expondrá las debilidades normativas y técnicas del
arbitraje ad hoc aplicado a las transferencias de bienes inmuebles; a fin de proponer un
registro obligatorio de árbitros ad hoc administrado por Registros Públicos, quien además
de velar por el cumplimiento de los requisitos de los árbitros ad hoc, debe realizar un
seguimiento continuo a los árbitros ad hoc registrados, además de atender y canalizar las
denuncias ciudadanas ante entes jurisdicciones.
Con esta propuesta se busca revalorizar el arbitraje ad hoc, evitar la impunidad, promover
la participación de la ciudadanía y contribuir con la seguridad jurídica de la sociedad en el
trafico inmobiliario. / Tesis
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[es] REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD NOTARIAL Y REGISTRAL: LA INDEPENDENCIA JURÍDICA DE LOS NOTARIOS Y REGISTRADORES COMO PARÁMETRO PARA EL EJERCICIO DE LA COMPETENCIA NORMATIVA DEL PODER JUDICIAL / [pt] REGULAÇÃO DA ATIVIDADE NOTARIAL E REGISTRAL: A INDEPENDÊNCIA JURÍDICA DE NOTÁRIOS E REGISTRADORES COMO PARÂMETRO PARA O EXERCÍCIO DA COMPETÊNCIA NORMATIVA DO PODER JUDICIÁRIOLUIS EDUARDO GUEDES KELMER 22 September 2023 (has links)
[pt] O presente estudo objetiva fixar diretrizes para que a regulação normativa da
função notarial e registral, exercida pelo Poder Judiciário, observe o paradigma jurídico
da independência profissional de notários e registradores. Se, antes da Constituição
atual, esses profissionais eram tidos como auxiliares subordinados ao Poder
Judiciário, com a nova ordem jurídica instaurada, foi-lhes atribuído o exercício
independente de uma profissão jurídica que garante publicidade, autenticidade, segurança
e eficácia de atos jurídicos perante e por eles praticados. Para esse fim,
exercem a qualificação jurídica de títulos, pessoas e fatos jurídicos, sendo esta função
a mais típica e especializada da profissão. Embora independentes juridicamente,
estão sujeitos à regulação, nos moldes do §1º do art. 236 da Constituição.
Ela abarca os poderes normativo, de orientação, fiscalizatório, de superintendência
e disciplinar. A definição dos limites do poder normativo requer a análise da relação
entre o princípio da legalidade e os regulamentos sob a perspectiva do Direito contemporâneo.
Considerando o binômio tensivo “serviço público – gestão privada”,
procura-se conciliar a regulação normativa com a autonomia financeira/administrativa
da gestão e a independência jurídica desses profissionais. Conclui-se que a atuação
regulatória deve evitar determinações que causem instabilidade na independência
dos delegatários, pois isso atenta contra a causa final da função que desempenham,
a segurança jurídica. Os órgãos de controle possuem a importante função
de observar e fazer observar os limites da intangibilidade da Constituição. Preservar
as regras de competência legislativa é um dos critérios de contenção para definir a
legitimidade do controle judiciário dos registros e das notas. / [es] El presente estudio tiene como objetivo establecer lineamientos para que la
regulación normativa de la función notarial y registral, ejercida por el Poder Judicial,
observe el paradigma jurídico de la independencia profesional de los notarios
y registradores. Si antes de la Constitución vigente estos profesionales eran vistos
como auxiliares subordinados al Poder Judicial, con el nuevo ordenamiento jurídico
se les asignó el ejercicio independiente de una profesión de abogado que garantice
la publicidad, autenticidad, seguridad y eficacia de los actos jurídicos. antes
y por ellos. Para ello ejercen la calificación jurídica de títulos, personas y hechos
jurídicos, siendo ésta la función más propia y especializada de la profesión. Aunque
jurídicamente independientes, están sujetos a regulación, de conformidad con el §1
del art. 236 de la Constitución. Abarca las facultades normativa, rectora, fiscalizadora,
de superintendencia y disciplinaria. Definir los límites del poder normativo
requiere un análisis de la relación entre el principio de legalidad y las normas desde
la perspectiva del derecho contemporáneo. Considerando el binomio tenso “servicio
público – gestión privada, buscamos conciliar la regulación normativa con la
autonomía financiera/administrativa de la gestión y la independencia jurídica de
estos profesionales. Se concluye que la acción reglamentaria debe evitar determinaciones
que provoquen inestabilidad en la independencia de los delegados, pues
ello atenta contra la causa última de la función que desempeñan, la seguridad jurídica.
Los órganos de control tienen la importante función de observar y hacer cumplir
los límites de la intangibilidad de la Constitución. Preservar las normas de competencia
legislativa es uno de los criterios de contienda para definir la legitimidad
del control judicial de actas y notas.
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Calificación en registros públicos de laudos arbitrales expedidos por arbitros ad hoc, a propósito de la Red OrellanaMedina Chaupi, Mariela Nicolasa 22 March 2019 (has links)
Uno de los medios alternativos de resolución de conflictos más utilizado por particulares y
empresas, cuando se encuentran involucrados bienes inmuebles, es el arbitraje ad hoc,
por su dinamismo y otras ventajas frente a procesos judiciales. Es así que el arbitraje ad
hoc, nace como un acuerdo entre particulares y para su ejecución requiere la
intervención del Estado mediante instituciones como Registros Públicos.
Sin embargo, dicho arbitraje fue utilizado y existe el riesgo que siga siendo utilizando por
redes criminales para conseguir fines ilícitos; como es el caso de Red Orellana, quien
actuó amparándose en la normativa vigente y de forma estructurada con la intervención
de árbitros, notarios y trabajadores de Registros Públicos, afectando el derecho de
terceros y la seguridad jurídica de la sociedad.
Al respecto, los entes notariales y registrales vienen aplicando diversas normas que lejos
de contribuir, han encarecido la resolución de conflictos mediante el arbitraje ad hoc, por
lo cual, en el presente trabajo se expondrá las debilidades normativas y técnicas del
arbitraje ad hoc aplicado a las transferencias de bienes inmuebles; a fin de proponer un
registro obligatorio de árbitros ad hoc administrado por Registros Públicos, quien además
de velar por el cumplimiento de los requisitos de los árbitros ad hoc, debe realizar un
seguimiento continuo a los árbitros ad hoc registrados, además de atender y canalizar las
denuncias ciudadanas ante entes jurisdicciones.
Con esta propuesta se busca revalorizar el arbitraje ad hoc, evitar la impunidad, promover
la participación de la ciudadanía y contribuir con la seguridad jurídica de la sociedad en el
trafico inmobiliario.
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El arancel de los funcionarios públicos: un estudio de Derecho TributarioNavarro Gómez, Ricardo 09 March 2002 (has links)
La tesis pretende conciliar dos realidades tradicionalmente alejadas entre sí como son la retribución mediante arancel de ciertos funcionarios públicos y el Derecho Tributario. Un alejamiento aparente ya que el arancel no pasa inadvertido para esta disciplina, como lo atestigua su encaje sistemático en la parafiscalidad, concepto que designa a aquellos ingresos que, a pesar de revestir naturaleza tributaria, no se someten al ordenamiento tributario. Siguiendo un criterio metodológico clásico, se sustenta la naturaleza tributaria parafiscal del arancel partiendo de los rasgos de su régimen jurídico. Como idea final se deduce la existencia de una prestación que requiere un profundo cambio en su estructura jurídica, sin perjuicio de las dificultades que ello entrañaría, dado que ello nos podría conducir a otro debate de honda repercusión política, social y económica como es el de la organización jurídica de los fedatarios públicos en España. / The thesis tries to provide a common study between two concepts traditionally opposed in its scientific treatment as the payment of certain civil servants -public notaries and Register Office- with 'arancel' -Spanish formal denomination- and the Spanish Tax Law. Despite it´s not ruled by tax laws, the 'arancel' shares the nature of taxes, according to Spanish Tax General Act. Initially we introduce its present structure and then afterwards we propose it as a tax This figure requires a deep change in its legal structure. However, we are aware of finding serious difficulties in our proposal, because we are treating a matter which could imply discussing about another important question not only in legal points of view but also political, economic and social about the opportunity of modifying the regulation of civil servants who are entitled to give services of public faith in Spanish Law.
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