• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 295
  • 4
  • 4
  • Tagged with
  • 309
  • 132
  • 99
  • 96
  • 96
  • 96
  • 96
  • 96
  • 95
  • 82
  • 79
  • 70
  • 70
  • 67
  • 57
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
271

Discriminación en el Sistema Privado de Pensiones Peruano a trabajadores con discapacidad para acceder a la pensión de invalidez permanente

Flores Huamani, Astrid Carolina 11 August 2022 (has links)
El caso versa sobre la vulneración del derecho a la seguridad social y el principio de no discriminación de Ricardo Galván en el marco de un proceso constitucional de amparo. Ricardo Galván es una persona con discapacidad física que se afilió en 1996 al Sistema Privado de Pensiones con una lesión medular producto de meningitis tuberculosa. En 2013 a partir de una lesión en el hombro producto de periartritis escápulo humeral solicitó una pensión de invalidez permanente. El COMAFP y el COMEC denegaron otorgar la pensión de invalidez permanente al determinar que la lesión medular de 1990 generó la condición de invalidez permanente y no la lesión en el hombro de 2013. Las lesiones fueron porcentualizadas en 70% y 4% respectivamente. El caso fue visto por el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte de Justicia de Lima que declaró fundada la demanda de amparo por acreditarse la vulneración del derecho a la pensión e igualdad. Frente a ello se discute en el presente Informe si la denegación de la pensión de invalidez permanente a Ricardo Galván por el COMAFP y el COMEC constituyó una vulneración del derecho a la pensión y el principio de igualdad y no discriminación a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. / The case deals with the violation of Ricardo Galván's right to social security and the principle of non-discrimination in the context of a constitutional amparo proceeding. Ricardo Galván is a physically disabled person who joined the Private Pension System in 1996 with a spinal cord injury resulting from tuberculous meningitis. In 2013 as a result of a shoulder injury resulting in the condition of scapulohumeral periarthritis, he requested a permanent disability pension. The COMAFP and the COMEC denied granting the permanent disability pension, determining that the spinal cord injury of 1990 generated the permanent disability condition and not the shoulder injury of 2013. The injuries were rated at 70 % and 4 % respectively. The case was heard by the Third Court Specialized in Constitutional Matters of the Court of Justice of Lima, which declared the amparo claim to be well-founded due to the violation of the right to a pension and equality was accredited. In light of this, the present Report discusses whether the denial of the permanent disability pension to Ricardo Galván by the COMAFP and the COMEC constituted a violation of the right to a pension and the principle of equality and non-discrimination in light of International Human Rights Law.
272

Propuesta de implementación del sistema de gestión de calidad en base a la norma ISO 9001:2015 en la división de pensiones de la Policía Nacional del Perú

Santana Cenizario, Adrianna Lucero 02 August 2023 (has links)
El presente trabajo de tesis tiene como principal el realizar una propuesta de mejora en base a la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad fundamentado en la Norma ISO 9001:2015, en la División de Pensiones de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de brindar un servicio de calidad a la familia policial. En primer lugar, como parte del estudio, se realiza un marco teórico sobre los conceptos y evolución de la calidad, el SGC, la normalización y certificaciones ISO en el Perú y el sistema de pensiones de la PNP. Dicho marco teórico, refleja una tendencia de subida tanto de las instituciones privadas y públicas certificadas en el ISO 9001:2015, debido a que no solo se busca vender u otorgar un servicio, sino también que se logre la satisfacción del cliente o usuario. En este sentido, para poder llevar a cabo dicha implementación, primero se analiza las exigencias de los requisitos de la Norma ISO 9001:2015. Por consiguiente, se describe a la entidad, se identifica sus procesos críticos y con la ayuda de un FODA y espina de Ishikawa, se determinan los problemas y oportunidades de mejora que presenta la entidad. Además, como parte del diagnóstico, se verifica el cumplimiento actual de los requisitos de la Norma ISO 9001:2015 en la División de Pensiones de la PNP, en que se obtuvo un nivel de cumplimiento del 21.31%. A partir de ello, se propone una serie de lineamientos base para la implementación del SGC fundamentado en la Norma ISO 9001:2015, y así se logra implementar todos los requisitos de la norma internacional. Ello se obtuvo a través de la elaboración de formatos de solicitud de derechos y/o beneficios del pensionista, lista de verificación de documentación y un procedimiento de gestión de riesgos. Además, se elaboraron flujos, gráficos y matriz de indicadores como parte de la mejora continua. Por último, luego de la implementación, se evidencia que la propuesta de implementación del SGC fundamentado en la Norma ISO 9001:2015 ofrece diversos beneficios considerables en la División de Pensiones de la PNP, ya que se proponen soluciones para los procesos críticos y en el análisis económico realizado se supone un ahorro de ciento cincuenta y un mil doscientos soles anuales.
273

Análisis del efecto de los fondos de pensiones en el desarrollo del mercado de valores y su implicancia en Perú (1997-2020)

Gonzalez Romero, Sonnia del Carmen, Ordoñez Lima, Diana 07 August 2022 (has links)
Este trabajo tiene por objetivo principal determinar el efecto de los fondos de pensiones en el desarrollo del mercado de valores, al considerar según el tipo de mercado: emergente o frontera. En ese sentido, se plantea la siguiente hipótesis: la relación entre el sistema de pensiones y el desarrollo del mercado de valores es no lineal. Específicamente, el desempeño del mercado de valores peruano no se asemeja a un mercado emergente; por lo que es importante considerar este hecho para la evaluación del impacto de los fondos de pensiones. Para ello se comparan los principales indicadores del mercado de capitales y macroeconómicos del Perú. Planteada dicha hipótesis, la investigación se basará en el uso de un panel de datos que incluye 32 países clasificados como mercados emergentes y frontera. De manera que, a partir de una ampliación del modelo teórico desarrollado por Calderon-Rosell, se encuentra que el impacto de los fondos de pensiones en el desarrollo del mercado de capitales emergente y frontera es distinto, además de presentar una relación no lineal. En conclusión, aun cuando Perú sea clasificado como emergente, su comportamiento en la práctica como un mercado frontera provoca que el impacto de un mayor tamaño de los fondos de pensiones restrinja el desarrollo del mercado, de manera que, más allá de su clasificación como emergente, debe ser estudiado como frontera. / The main objective of this work is to determine the effect of pension funds on the development of the stock market, considering their classification according to the type of market: emerging or frontier. In that sense, the following hypothesis is raised: the relationship between the pension system and the development of the stock market is non-linear. Specifically, the performance of the Peruvian stock market is not similar to an emerging market; therefore, it is important to consider this fact for the evaluation of the impact of pension funds. To this end, we compare the main capital market and macroeconomic indicators in Peru. Raised this hypothesis, the research will be based on the use of a data panel that includes 32 countries classified as emerging markets and frontiers. Thus, based on an extension of the theoretical model developed by Calderon-Rosell, it is found that the impact of pension funds on the development of the emerging and frontier capital market is different, in addition to presenting a non-linear relationship. In conclusion, even if Peru is classified as an emerging market, its behavior in practice as a frontier market causes the impact of a larger size of pension funds to restrict the development of the market, so that, beyond its classification as an emerging market, it should be studied as a frontier one.
274

La sostenibilidad de la seguridad social en materia de jubilación

Almeida Cáceres, Verónica Alejandra 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo académico responde, entre otras cosas, a la importancia que tiene el análisis referente a la sostenibilidad del sistema de seguridad social, especialmente en lo concerniente a la pensión de jubilación, pues es de este factor que depende en general la subsistencia del sistema; sin embargo, se debe entender que la sostenibilidad, como tal, no es un fin en sí mismo sino que se constituye en la vía idónea para que la seguridad social siga existiendo y se mantenga a través de los años. Para ello es necesario contar con los recursos suficientes que permita el financiamiento de las prestaciones (jubilación). A efectos de alcanzar dicho fin, corresponde el análisis de los principios de universalidad y solidaridad como aspectos necesarios para el financiamiento del sistema dentro del modelo contributivo de la seguridad social. Se concluye que la sostenibilidad del sistema de seguridad social en lo referente a jubilación esta intrínsecamente relacionado con los principios de universalidad y solidaridad, que son los que le brindan el sustento necesario para su permanencia en el tiempo.
275

Análisis de los costos por acceso a la subvención económica percibida por los beneficiarios del programa Pensión 65 en el distrito de Granada, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas durante el año 2014

Meza Hidalgo, Jenny Maribel 03 December 2018 (has links)
El programa Pensión 65 se creó en el 2011 con la finalidad de poder otorgar protección a las personas adultas mayores en situación de extrema pobreza, como medida para enfrentar de forma directa y sostenida la pobreza en el país. Es así que, a través de un sistema de pensiones no contributivas, el Estado adoptó esta política social con la finalidad de garantizar el ejercicio del derecho a la seguridad social de este grupo. El sistema de transferencia y pagaduría de Pensión 65 contempla el pago a través de una cuenta del Banco de la Nación; sin embargo, dicha entidad bancaria no está presente en todos los distritos existentes en el país. En tal sentido, al no contar con agente de dicho banco en su distrito, los beneficiarios del citado programa en el distrito de Granada (Chachapoyas - Amazonas) deben acudir hasta la ciudad de Chachapoyas para hacer efectivo el cobro. En ese orden, en la presente tesis se ha realizado un análisis de los datos recaudados mediante la aplicación de un cuestionario a los 22 beneficiarios en el distrito de Granada, lo que a su vez permitió identificar la falta de efectividad del derecho a la pensión social de las personas adultas mayores en situación de pobreza extrema en dicho distrito. La disminución que sufre la subvención económica percibida por los beneficiarios del citado programa asciende a un 36%. Es decir, el beneficiario recibe el 64% de lo que debería recibir, afectándose la finalidad que persigue Pensión 65. Finalmente, ante dicha situación se propone que el pago se realice en el mismo distrito de Granada para evitar el desplazamiento de los beneficiarios. Dicha medida se efectivizaría a través de la gestión del gobierno Nacional con la implementación de agencias u oficinas del Banco de la Nación en cada localidad en donde existan beneficiarios del Programa Pensión 65. / Tesis
276

“La naturaleza del fin previsional del Sistema Privado de Pensiones frente a la libre disponibilidad del 25% y 95.5% de los fondos de pensiones implementado mediante ley Nº 30425 y 30478"

Meza Espinoza, Luis Alberto 31 May 2018 (has links)
En el mes de abril del año 2016 se emitió la ley número 30425, ley que modificaba el sistema privado de pensiones a través del cual se dio nacimiento a derechos muy aceptados pero discutible desde el ámbito jurídico y económico, posteriormente mediante ley número 30478 se realizaron determinadas precisiones a la primera ley modificatoria. Dentro de las modificatorias introducidas a la ley del sistema privado de pensiones se estableció que todo ciudadano tenía derecho al uso de hasta el 25% de los fondos de sus cuentas individuales de capitalización para la compra de un primer inmueble y a la libre disposición de sus aportes hasta en un 95.5% una vez el aportante haya cumplido la edad de jubilación. Estos dos nuevos derechos reconocidos al afiliado es materia de investigación en el presente trabajo. Desde el ámbito jurídico el reconocimiento de estos dos derechos motivo a que me avocara a investigar, qué derechos debe de prevalecer en el derecho a la pensión; el derecho a la propiedad entre otros, por sobre el derecho a la seguridad social, o lo contrario. La finalidad de la presente investigación es analizar y determinar qué derechos prevalecen en el derecho a la pensión. Se analiza desde el ámbito dogmático, la doctrina, jurisprudencia y normas correlacionadas al tema de investigación. Esta investigación se encuentra justificada desde la perspectiva de si las últimas reformas llevadas a cabo son erradas; a largo plazo podrían conllevar el surgimiento de diversos problemas dentro del sistema de pensiones debido a una probable desnaturalización del Sistema Privado de Pensiones. Una respuesta técnico jurídico ayudara a esclarecer esta disyuntiva y así mismo orientara a probables alternativas de solución más adecuadas. El objetivo del trabajo es analizar y determinar si el derecho a disponer de los fondos de la cuenta individual de capitalización sea para la compra de un primer inmueble o hacer un uso libre de los fondos; vulnera o no el derecho a la pensión y los derechos conexos a este, como lo son el derecho a la seguridad social, la garantía constitucional de intangibilidad de los fondos de seguridad social para finalmente llegar a determinar si existe una desnaturalización o no del sistema privado de pensiones; para ello se uso como método de investigación el método dogmatico.
277

Impacto, desde una perspectiva de género, de la discriminación remunerativa en las pensiones de jubilación del sistema privado de pensiones

Barboza Hurtado, Marina del Rosario 13 October 2021 (has links)
En la presente tesis se analizó cómo es que los efectos de la discriminación remunerativa basada en el género pueden llegar a impactar y ser derivados en las pensiones de jubilación del Sistema Privado de Pensiones que perciben las personas luego de su vida activa. En ese sentido, es preciso enfatizar que se ha estudiado ampliamente la desigualdad de ingresos de varones y mujeres en el mercado laboral, relacionada estrechamente con la división sexual del trabajo, la desigual distribución de las responsabilidades familiares, entre otros factores, concluyéndose que los roles o estereotipos de género son determinantes para la presencia de discriminación remunerativa en las entidades empleadoras. Sin embargo, la discriminación de ingresos que se observa en el mercado laboral persiste en la percepción de las pensiones de jubilación del Sistema Privado de Pensiones. Pues, como sabemos, el Sistema Privado de Pensiones está fundado bajo un modelo de contribuciones o aportes ligados a las remuneraciones. Entonces, si tenemos en cuenta que el mercado laboral presenta discriminación remunerativa, es posible que dicha discriminación se vea reflejada luego en la percepción de las pensiones de jubilación; en otras palabras, la discriminación de ingresos de varones y mujeres en su vida laboral activa se mantiene en su vida pasiva. Bajo esa perspectiva de discriminación de ingresos derivada en las pensiones de jubilación del Sistema Privado de Pensiones, se plantearon diversas medidas para brindar un trato equitativo en las pensiones de jubilación. / This thesis analyzed how the effects of gender-based remuneration discrimination can impact and be derived in retirement pensions from the Private Pension System that people receive after their active life. In this sense, it must be emphasized that the inequality of income of men and women in the labor market has been extensively studied, closely related to the Sexual Division of Labor (SDL), the unequal distribution of family responsibilities, among other factors, concluding that gender roles or stereotypes are decisive for the presence of remunerative discrimination in employing entities. However, the income discrimination observed in the labor market persists in the perception of retirement pensions from the Private Pension System. Well, as we know, the Private Pension System is founded on a model of contributions or contributions linked to remuneration. Consequently, if we consider that the labor market presents remunerative discrimination, such discrimination may later be reflected in the perception of retirement pensions; in other words, the discrimination of income of men and women in their active working life is maintained in their passive life. Under this perspective of income discrimination derived from retirement pensions of the Private Pension System, various measures were proposed to provide equitable treatment in retirement pensions.
278

Inconstitucionalidad de una norma que afecta los principios de la seguridad social en el Perú en el marco de la Constitución de 1993: Disposición del 95.5% y el 25% del fondo del sistema privado de pensiones.

Aulestia Seguil, Rocio Paola 10 April 2017 (has links)
El Sistema Privado de Pensiones (SPP) está próximo a cumplir 24 años de creación, el cual, tuvo como objeto contribuir al desarrollo y fortalecimiento del Sistema Previsional peruano. Después de experimentar las reformas de los años precedentes, hoy ese fin previsional con el que fue creado parece desnaturalizarse. Si bien es cierto el SPP no es Seguridad Social en sí mismo, éste, por mandato y reconocimiento constitucional, forma parte de la Seguridad Social en el Perú, el cual admite la participación de empresas privadas. Estas empresas, Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), fueron constituidas como sociedades anónimas con evidentes y entendibles fines de lucro que aunque carentes de los principios básicos de la Seguridad Social, (Universalidad, Integralidad, Solidaridad y Unidad) forman parte de ella, pues así está contemplado en los artículos 10º, 11ª y 12º de la Constitución de 1993, al considerar su existencia como parte de la Seguridad Social en el Perú, cuyos fondos son intangibles, con un estricto carácter previsional, por lo cual, la función supervisora y reguladora del Estado también les alcanza.
279

Impacto del incremento de los límites de inversión internacionales sobre la eficiencia de los portafolios del Sistema Privado de Pensiones peruano

Mego Becerra, Adrian Omar 06 May 2019 (has links)
El presente documento busca analizar uno de los sectores financieros más importantes del país el cual es el Sistema Privado de Pensiones (SPP) en donde se encuentran las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs). Se analizará dicho sector bajo dos enfoques diferentes. El primero consiste en evaluar la eficiencia actual de las entidades a través de indicadores de desempeño, timing y selectividad y el segundo es analizar el impacto de los límites de inversión en el extranjero sobre el desempeño de las AFPs. Para ello se considerará como hipótesis de que las AFPs son ineficientes al gestionar sus portafolios de inversión y de que los límites de inversión tienen impacto sobre el desempeño de las entidades. El marco teórico empleado será el de Frontera Eficiente, Teoría de Portafolios, ratios de gestión sujeto a riesgo (Sharpe, Treynor, entre otros). Las principales conclusiones que se obtienen confirman el bajo rendimiento de las AFPs en el periodo analizado. Así mismo, se demuestra que ello no solamente es consecuencia de los límites de inversión, sino que también se puede deber a otros factores como por ejemplo la eficiencia de los administradores de las AFPs. Finalmente, se demuestra que los límites de inversión ayudan a no exponer a los aportantes a niveles de riesgo elevando.
280

Los reclamos de afiliados, Administradoras de Fondos de Pensiones y Compañías de Seguros en el Sistema Privado de Pensiones: hacia la creación de un órgano especializado para la resolución de reclamos en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

Sarmiento Flores, Graciela Patricia 18 January 2021 (has links)
La importancia de dotar de institucionalidad y mecanismos legales que permitan mejorar las condiciones en la cuales se desenvuelven los procedimientos administrativos de reclamos del Sistema Privado de Pensiones (SPP) en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) resulta una imperiosa necesidad toda vez que ello define el desempeño de una de las dos formas de seguridad social que el ordenamiento constitucional habilita como obligatorio para los trabajadores peruanos a fin de superar la brecha social que implica la llegada de la jubilación, en la cual un nivel de ahorros suficientes permitirá hacer frente a las necesidades económicas y sociales propias de dicha etapa. La generación de ingresos a partir de los ahorros de cada persona es una estrategia empleada por el Estado con la finalidad de comprometer lo menos posible al fisco de la nación, premisa básica para una economía sostenible. Sin embargo, el riesgo económico no puede condicionar la forma de gestión de los reclamos a cuestiones netamente financieras ya que la toma de decisiones debe evaluar otros aspectos predominantes como el criterio de que el derecho a la pensión es un derecho fundamental. Como tal autoridades imparciales, el refuerzo de las labores resolutivas, la no superposición de funciones (regulación, supervisión, resolución de reclamos) dentro de un mismo órgano adscrito a una estructura, entre otros, pueden sumar esfuerzos para entender y brindar tratamiento a los reclamos del SPP que tienen la peculiaridad de encontrarse dotados por componentes contrapuestos pero que, al fin y al cabo, tendrán en su quehacer el destino de las personas porque antes que brindar un servicio financiero ofrecen la posibilidad de disfrutar un derecho fundamental.

Page generated in 0.0666 seconds