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El principio de precaución

Moya Marchi, Francisca Javiera January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Casos como los comentados son cada vez más frecuentes. Hoy, podemos encontrar situaciones de riesgo en diversos ámbitos de la vida en sociedad, como, por ejemplo, en la producción de energía, en las telecomunicaciones, en la producción de alimentos, en el desarrollo de la industria farmacéutica, en los avances de la medicina, entre otros muchos casos. Esta masiva extensión de los riegos científicos, ha determinado la necesidad por parte de los Estados de controlarlos, y de anticiparse a los mismos. Ello ha significado el desarrollo de una actividad de la administración destinada al análisis, evaluación y decisión en la incertidumbre, distinto al sistema vía actividad de policía o de ordenación, que opera bajo certezas. En este trabajo revisaremos la solución que el sistema jurídico de la Comunidad Europea ha dado a la toma de este tipo de decisiones por la autoridad. Este se organiza en torno a la aplicación de un enfoque de cautela denominado principio de precaución. Nos centraremos en este modelo por ser –a la fecha–, el más avanzado y completo. El análisis y control de riesgos se ha tornado tan importante, que algunos autores incluso han señalado que implica el surgimiento de una nueva categoría para la actividad de la administración distinta de la categoría tradicional de policía. No obstante lo anterior, el principio de precaución, todavía no ha consolidado su espacio en el tratamiento de la dogmática. En el derecho comparado su tratamiento ha sido, generalmente, en base a monografías. Salvo por Lecciones de Derecho administrativo de José Esteve Pardo, la mayoría de los autores no incorpora la actividad de análisis de riesgos como una unidad del programa General del Derecho Administrativo. Ni siquiera por quienes tratan el Derecho Administrativo Económico
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Las faltas administrativas y su relación con los delitos contra la administración pública

Mendivil Mamani, Angel Ernesto 14 February 2018 (has links)
La potestad sancionadora de la Administración Pública tiene que realizarse con respeto al debido procedimiento administrativo, establecido por el Tribunal Constitucional, uno de estos principios es el ne bis in ídem, que establece que nadie puede ser sancionado o procesado dos veces por los mismos hechos. Una de las entidades que imparte el procedimiento administrativo sancionador es la Contraloría General de la República a partir de la Ley N° 29622 y su Reglamento se ampliaron las facultades sancionadoras de la Contraloría General de la República, con el propósito de sancionar administrativamente a funcionarios que habrían incurrido en faltas administrativas en el desempeño de sus funciones, sin embargo si bien esta decisión la encuentra acertada como política anticorrupción vemos que muchos de los fundamentos de estas faltas administrativas que son consideradas como muy graves compartirían el mismo fundamento que algunos tipos penales vigentes en nuestro Código Penal. En ese sentido, me planteo como objetivo dilucidar si no sería el fundamento jurídico de algunas faltas administrativas y de algunos delitos el mismo, para lograr el mismo divido el presente trabajo en tres partes, siendo la primera de ellas el estudio de la función punitiva del Estado y el desarrollo de los principios constitucionales de la responsabilidad disciplinaria de los servidores públicos y de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República. En la segunda parte del presente trabajo se tratara un aproximamiento a los principales delitos contra la administración pública, como el Cohecho, Peculado, Negociación Incompatible, Colusión, Tráfico de Influencias, Nombramiento o Aceptación Indebida para Cargo Público, Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, Concusión y Malversación de fondos. En la tercera parte se realizara un análisis comparativo entre las faltas administrativas sancionadas por la Contraloría General de la República y algunos delitos contra la administración pública a partir de la Ley N° 29622, para luego pasar a las conclusiones y recomendaciones. / Trabajo académico
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Implementación de la ley de bases del procedimiento administrativo, ley 19.880, en los Municipios de Las Condes, Santiago, Recoleta y el Bosque

Campos Espinoza, Fanny Denisse January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Se ha investigado la implementación que ha tenido la Ley de Bases del Procedimiento Administrativo (Ley 19.880) en un total de cuatro municipios de la provincia de Santiago (Las Condes, Santiago, Recoleta y El Bosque), a fin de evaluar el grado de implementación del mentado texto legal, en dichas comunas, para tener una visión o referencia de la realidad municipal de Santiago, basada en datos reales, obtenidos a través de la aplicación de una entrevista estructurada, que pretende determinar el grado de conocimiento de la LBPA; el nivel de capacitación relativo a la LBPA impartido en las municipalidades de la muestra; la efectiva implementación de esta ley y sus características, la existencia de alguna instrucción específica en tal sentido, la disposición de recursos económicos, la existencia de un periodo de implementación, sus objetivos, la existencia de evaluaciones internas respecto de la implementación, la información entregada a los usuarios en relación a los derechos contenidos en la ley, y el nivel de participación de éstos desde la entrada en vigencia de ella; cuáles han sido los problemas de aplicación que se han detectado; y la existencia de un diagnóstico de los procedimientos administrativos empleados en el municipio. Además se evalúa el conocimiento y real aplicación de algunas de las principales figuras o instituciones jurídicas contenidas en la LBPA, tales como expedientes administrativos y su acceso al público, declaración de reserva o secreto, silencio administrativo, plazos impuestos por la LBPA, medios de impugnación o recursos administrativos, publicidad de los actos administrativos (publicación y notificación), e invalidación de éstos. La conclusión general, es que el grado de implementación de esta normativa es mínimo, prácticamente nulo, en las municipalices en cuestión.
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El principio de imparcialidad en el marco del debido procedimiento administrativo sancionador

Chamorro Galdames, Jaime Antonio January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene por objeto investigar, como tema central, la situación, alcance y aplicación del principio de imparcialidad en Chile. La motivación de esta obra es, esclarecer al lector, en primer lugar, en qué consiste este principio, y en especial, cómo se desenvuelve y opera en el ámbito de un procedimiento seguido ante órganos de la administración investidos expresamente por ley de potestad sancionatoria, a la luz del ordenamiento jurídico nacional y su enlace con la Constitución Política de la República
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El debido proceso en los procedimientos administrativos sancionadores

Gajardo Orellana, Tania, Guerrero Rojas, Samuel January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicias y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo / La presente tesis tiene como tema central de investigación, la aplicación y el respeto de los derechos enmarcados dentro del debido proceso legal por parte de la Administración, en la substanciación de los procedimientos sancionadores aplicados por esta. La inquietud surge del hecho que en la actualidad nos encontramos con un número importante de órganos de la Administración del Estado que ejercen jurisdicción (Tribunales Tributarios, el Servicio de Salud y Medio Ambiente, la Superintendencia de Valores y Seguros, entre otros). Ante esta realidad cabe preguntarse si el "brazo jurisdiccional" de la Administración del Estado está respetando a cabalidad, en la substanciación de sus procedimientos, el derecho del ciudadano a un debido proceso legal, expresado este en sus diversas garantías y principios.
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El principio del informalismo en el procedimiento administrativo

Ivanega, Miriam Mabel 10 April 2018 (has links)
El principio del informalismo a favor del administrado es uno de los aspectos fundamentales del procedimiento. Consiste en la dispensa a los administrados de cumplir con las formas no esenciales, es decir, aquellasque no están exigidas por el orden público administrativo. Su aplicaciónimpide que el particular pierda un derecho por el incumplimiento de undeber formal, con lo que obliga a la administración a optar por la soluciónmás favorable para aquel. En definitiva, se propugna un equilibrio entrela acción administrativa que no puede ser entorpecida y el derecho de losadministrados a no encontrarse sometidos a rigorismos que los perjudiquen,porque sería inconstitucional negar una solución al particular por causasmeramente formales.
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El debido procedimiento administrativo sancionador : (aspectos críticos de los procedimientos administrativos sancionadores de las superintendencias en Chile)

Oñate Salas, Marco January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / La presente memoria expone el Derecho Administrativo Sancionador en su fase procedimental. Plantea que el ejercicio por la Administración de las potestades sancionadoras que la ley expresamente le ha atribuido, debe conformarse a un “debido procedimiento administrativo sancionador”, al que atribuye un marcado carácter garantista, pues, adhiriendo a lo planteado recientemente por el Tribunal Constitucional (STC Nº 2.682), este “es similar al penal”. Así, dicho procedimiento administrativo está integrado por principios tales como el derecho al juez natural, el derecho a la defensa jurídica, el derecho a ser notificado de los cargos, el derecho a la prueba, la presunción de inocencia, el derecho al recurso, etcétera. Conforme a la “regla” que importa el “debido procedimiento administrativo sancionador”, en los términos antes referidos, analiza los procedimientos administrativos sancionadores específicos de las superintendencias en relación a tres aspectos críticos: delegabilidad de la potestad sancionadora (principio del juez natural), distinción entre órgano instructor y órgano sancionador (principio de imparcialidad) y ejecución del acto administrativo de sanción (mientras están pendientes recursos deducidos en su contra). Sobre el particular, advierte la existencia de sustantivas diferencias entre superintendencias, tanto normativas como prácticas, que estima inaceptables ya que algunas de ellas (a diferencia de otras) no observarían los principios que integran el debido procedimiento administrativo sancionador y, muy especialmente, por violentarse así el principio de la igualdad ante la ley entre quienes son perseguidos por superintendencias distintas, y más aún si se considera que estas, al menos nominalmente, tendrían la misma naturaleza jurídica. 6 Como solución sugiere el establecimiento de una ley con carácter general, o al menos en relación a las superintendencias, que establezca los principios del debido procedimiento administrativo sancionador, y por lo pronto, la aplicación, con carácter general, al menos en relación a ellas, de las disposiciones legales más conformes a dichos principios que contenga cualquiera de las leyes que individualmente las rige.
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Sobre la Ley del Procedimiento Administrativo General. Libro homenaje a José Alberto Bustamante Belaunde [Capítulo 1]

Milagros Maraví Sumar (compiladora) January 1900 (has links)
No description available.
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La carga de la prueba en el derecho tributario

Pozo Fernández, Felipe Andrés January 2019 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Derecho con mención en derecho tributario
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El principio de culpabilidad y su consideración en el derecho administrativo sancionador peruano

Chira Vera, Jorge Antonio January 2018 (has links)
La presente investigación tiene como principal objetivo establecer los presupuestos jurídicos para garantizar la vigencia real del principio de culpabilidad en los procedimientos administrativos sancionadores. Debido a que, a pesar que la Ley del Procedimiento Administrativo General establece como un principio del Derecho Administrativo Sancionador el de culpabilidad, las administraciones especiales optan por un régimen de responsabilidad objetiva, convirtiendo la excepción en norma. Debido a ello, esta investigación se centra en exponer el estado actual y consideración del principio de culpabilidad en el ordenamiento peruano y explicar si debería ser o no considerado como un principio de los procedimientos administrativos sancionadores y si es un obstáculo para la eficacia de la administración.

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