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El requisito de “estar soltero (a) y no tener hijos” en los procesos de admisión a las escuelas de pregrado de la Policía Nacional del Perú y la afectación a los principios de razonabilidad e imparcialidad del procedimiento administrativo, regulados en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Luciano Méndez, Luigi Giovanni 20 April 2022 (has links)
Existen jóvenes con vocación de servicio a la sociedad que quieren ser policías, para ello, previamente deben ingresar y seguir estudios superiores en las Escuelas de Pregrado de la Policía Nacional del Perú, pero tales aspiraciones no pueden materializarse por el hecho de tener la condición de padres o madres de familia. El presente trabajo académico, se basa en el análisis del requisito “estar soltero (a) y no tener hijos”, exigido dentro de un procedimiento administrativo especial como son los Procesos de Admisión a las Escuelas de Pregrado de la Policía Nacional del Perú y la manera en que este afecta a los principios de razonabilidad e imparcialidad del procedimiento administrativo, regulados en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Para este propósito, es necesario identificar la procedencia de los principios del procedimiento administrativo, los objetivos y fines que estos persiguen. Asimismo, es importante analizar a los principios de razonabilidad e imparcialidad desde la perspectivas normativa, doctrinaria y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional; recogiéndose además conceptos básicos del derecho administrativo, que permiten comprender las razones por el cual estos principios, resultan aplicables en dichos procesos, así como también, si las entidades de la Administración Pública competentes para legislar o reglamentar leyes, pueden imponer requisitos no compatibles con las funciones que desempeña la institución policial. Como resultado, se tiene que dicho requisito afecta a los principios de razonabilidad e imparcialidad, por cuanto, el Poder Ejecutivo al regularlo, no se adaptó a los límites de las facultades que se le atribuye y por haber establecido restricciones que no guardan relación y proporción con las funciones, fines públicos que desarrolla, persigue y tutela la institución policial para la satisfacción de su cometido; facultando a que las autoridades policiales, discriminen y no permitan la participación de jóvenes que ostentan la condición de padres de familia en los citados procesos.
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Naturaleza del procedimiento sancionador aplicado a alcaldes

Espinoza Pérez, Krishna Julio 11 May 2021 (has links)
Los alcaldes son funcionarios públicos de naturaleza política, por lo mismo no sería posible incluirlos en Procedimientos Administrativos Disciplinarios (a cargo del SERVIR) o Procedimientos Administrativos Sancionadores (a cargo de la Contraloría General de la República) propios de los servidores y funcionarios públicos profesionales. Sin embargo, la Ley Orgánica de Municipalidades, prevé un procedimiento sancionador en el que la única sanción prevista es la suspensión temporal en el ejercicio de la función. Este procedimiento no se encuentra regulado en la Ley, derivando la función tipificadora y sancionadora en el Concejo Municipal y estableciendo como segunda instancia sancionadora al Jurado Nacional de Elecciones. Esta suspensión acarrearía una limitación en el ejercicio de derechos políticos, tema que es intensamente discutido a nivel jurisprudencial y doctrinal. Además, es resaltante que este procedimiento sancionador no tenga una naturaleza clara, por lo mismo, podría discutirse inclusive sobre su validez jurídica, ya que si bien este es un procedimiento sancionador que por disposición normativa y tratamiento pretende tener características administrativas, esto no sería adecuado ni plenamente legal. A través del análisis de doctrina y jurisprudencia relevante consideramos que la sanción de inhabilitación temporal para alcaldes debe ser expectorada del ordenamiento jurídico.
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La falta de motivación administrativa en el procedimiento de reconocimiento de promociones económicas en la Policía Nacional del Perú

Botetano Coronel, Gustavo Adolfo Rodrigo Enrique 23 March 2022 (has links)
El objetivo de la investigación busca explicar que la falta de motivación del acto administrativo en ciertas situaciones puede componer un reconocimiento indebido de derechos y perjuicios económicos al sector que emite el acto. En esta se explicará la problemática de los actos que reconocen el beneficio económico de promoción económica en el sistema administrativo de la Policía Nacional dicho beneficio se reconoce de manera excepcional y es cuando los policías en cumplimiento del deber fallecen o adquieren una discapacidad. La finalidad del beneficio es incrementar la pensión en un tiempo determinado de años tanto en las categorías de suboficiales y oficiales según los topes determinados por ley. Por ello la motivación administrativa es una garantía de todo procedimiento administrativo y permite una estructura sólida del acto. El presente artículo usará un enfoque de dogmática jurídica inteàreas aplicando instituciones jurídicas relacionadas a la problemática y explicativa por mostrar las causas y consecuencias que se han generado la falta de motivación administrativa de ciertos actos administrativos del beneficio que han llevado a un reconocimiento indebido a administrados y generando expectativas que el acto administrativo está debidamente motivado. Esta investigación explica las consecuencias de del error en la de motivación en los beneficios de promoción económica
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Delimitación de competencias del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y de la Autoridad Nacional del Agua en el caso referido a la contaminación de la Laguna Shanshococha

Angeles Montoya, Teresa Isabel 13 March 2019 (has links)
El presente trabajo académico aborda la cuestión controvertida referente a la competencia de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para sancionar ante eventuales afectaciones que pudieran generarse sobre la laguna Shanshococha, debido a que dicho organismo ejerce jurisdicción administrativa exclusiva en materia de aguas. Abordé este tema debido a que considero que resulta necesario establecer cuáles son las competencias que ejerce la OEFA y la ANA en la fiscalización de la calidad del recurso hídrico en el desarrollo de las actividades de hidrocarburos. La hipótesis que planteo es que no existe superposición de funciones entre ambas entidades, y que el inicio de procedimientos administrativos sancionadores independientes por parte de OEFA y ANA no estaría vulnerando el principio Non bis ídem. Cabe señalar que en la presente investigación haré la revisión de un caso específico relacionado al impacto de la laguna Shanshococha por parte de la empresa Pluspetrol Norte, teniendo en cuenta la posición del Tribunal de Fiscalización Ambiental de la OEFA, y haciendo una crítica de esta. En ese sentido, con este trabajo podré determinar las competencias de fiscalización que tiene la ANA y la OEFA en la fiscalización de la calidad del recurso hídrico, y que la actuación de ambas entidades no vulnera el principio Non Bis Idem.
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Responsabilidad objetiva de las infracciones tipificadas en la Ley de Contrataciones del Estado. Análisis jurisprudencial de la aplicación del principio de culpabilidad en los procedimientos administrativo sancionadores

Zorrilla Santos, Lizbeth 26 May 2021 (has links)
La Ley de Contrataciones del Estado ha tipificado las infracciones cometidas bajo dicho marco normativo, mayoritariamente, como de tipo objetivo; pese a que la Ley del Procedimiento Administrativo General consideró como regla general la aplicación de la responsabilidad subjetiva, como manifestación del principio de culpabilidad, implicando ello no solo la exigencia de dolo o culpa, sino también el carácter personal de las infracciones. En la prácticca, no obstante, distintas circunstancias desafían dicha disposición, toda vez que diversas resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado aluden a la “falta de diligencia” del infractor y a otros elementos del tipo objetivo para determinar la imposición de sanción; asimismo, también se evidencian algunos casos en los que no bastaría la responsabilidad objetiva para obtener un resultado justo, lo cual nos invita a repensar la actual aplicación de la responsabilidad objetiva en las infracciones tipificadas en la Ley de Contrataciones del Estado.
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Informe jurídico del Expediente 174-2003-ZTPE sobre solicitud de terminación laboral por causa objetiva

La Madrid Castañeda, Joselyn del Fanny Teodolinda 15 August 2022 (has links)
El presente expediente sobre terminación laboral por causas objetivas aborda dos temas principales que son desarrollados a lo largo del procedimiento: el ámbito administrativo y, por lo tanto, procedimental, así como el ámbito laboral. Para empezar, la empresa minera Doe Run Perú (en adelante “La empresa DRP”), hacia el año 2003, inició el referido procedimiento sobre terminación laboral debido a la baja de la producción de metales por la baja de precios que ofrecía el mercado debido a la producción en masa de China. Por lo que, se vieron obligados a iniciar el referido procedimiento con la finalidad de evitar una inminente quiebra. Es el caso que, desde el inicio del referido procedimiento, la empresa DRP encontró diversos obstáculos procedimentales en la conducción del procedimiento, obteniendo resoluciones que no conllevaban a la emisión de resoluciones emitidas conforme a derecho. Por lo que en el presente informe jurídico se abordarán las deficiencias procedimentales, es decir, los vicios en los que la Administración incurrió en cada resolución emitida desde el inicio del procedimiento hasta el análisis de cada recurso impugnatorio interpuesto por la empresa DRP debido a la inobservancia de la normativa por parte de la administración. Por último, se emitirán opiniones jurídicas respecto a las resoluciones emitidas de acuerdo con la normativa empleada, en el ámbito administrativo y laboral, para finalmente concluir en la validez de los actos administrativos emitidos por la Autoridad Administrativa durante el procedimiento iniciado por la empresa Doe Run Perú.
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Análisis sobre el conflicto entre la competencia administrativa y la función arbitral a raíz de los contratos reglados en la Ley N°29904

Odicio Moreno, Ernesto 27 March 2024 (has links)
A través del presente trabajo académico nos hemos propuesto la labor de explicar y analizar la controversia jurídica respecto a la aplicación de normas de competencia administrativa y arbitrabilidad que surgió entre la anterior empresa concesionaria de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, Azteca Comunicaciones Perú S.A.C, y diversas empresas de energía eléctrica, con especial énfasis en el análisis de los pronunciamientos de diversas instancias jurisdiccionales que a simple vista contienen decisiones abiertamente contradictorias y que a la fecha aún se encuentran en giro en el Poder Judicial. Con ello, también proponemos como objetivo de este trabajo plantear soluciones para coadyuvar a que el ordenamiento jurídico peruano expida decisiones administrativas y jurisdiccional que sean coherentes y unitarias, tutelando una adecuada seguridad jurídica y predictibilidad en las decisiones de los operadores jurídicos que afectan la esfera de los administrados y justiciables. Por un lado, se plantea la generalización de la idea consistente en que nuestro ordenamiento jurídico permite la aplicación de normas de orden público en el arbitraje, y, por otro, la flexibilización del precepto normativo contenido en el artículo 75.2. del TUO de la Ley N°27444, en aras de proteger intereses colectivos representados por la coherencia y seguridad jurídica. / Through this academic work we have proposed the task of explaining and analyzing the legal controversy regarding the application of administrative competition and arbitrability rules that arose between the former concessionaire company of the National Backbone Fiber Optic Network, Azteca Comunicaciones Perú S.A.C., and various electric power companies, with special emphasis on the analysis of the pronouncements of various jurisdictional instances that at first sight contain openly contradictory decisions and that to date are still pending in the Judiciary. With this, we also propose as an objective of this work to propose solutions to help the Peruvian legal system to issue administrative and jurisdictional decisions that are coherent and unitary, protecting an adequate legal security and predictability in the decisions of the legal operators that affect the sphere of the administered and justiciable. On the one hand, the generalization of the idea that our legal system allows the application of public order rules in arbitration is proposed, and on the other hand, the flexibility of the normative precept contained in Article 75.2. of the TUO of Law No. 27444, in order to protect collective interests represented by the coherence and legal certainty. / Trabajo académico
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Existencia de armonización entre la Política Nacional de Indecopi y las decisiones de sus órganos resolutivos en materia de discriminación en el consumo

Villegas Angeldonis, Marisol 27 March 2024 (has links)
El presente trabajo versa sobre el planteamiento de la posibilidad de que exista una armonía y/o interconexión entre todo lo que se dispone en la Política Nacional de Protección al Consumidor de la cual el Indecopi como rol de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor es responsable de las decisiones que los órganos resolutores, es decir, la Sala y la Comisión de Protección al Consumidor determinen al momento de resolver los diversos procedimientos administrativos sancionadores sobre el asunto de discriminación en las relaciones de consumo. Ello, en tanto estas decisiones de los órganos resolutivos deben ser consideradas como una manera en que las políticas públicas dictaminadas por el Estado se materializan. En este trabajo se analizará, además, cómo ciertos principios estipulados en la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444 permiten que exista esta armonización, puesto prevén que exista un cierto grado de previsibilidad y coherencia de cara a que el consumidor pueda obtener una respuesta acorde a las diversas normativas del sector, pero también acorde a las disposiciones de las políticas públicas. Finalmente, luego de una completa indagación, será posible evidenciar que con el cumplimiento de esta armonización no se pone en riesgo la autonomía e independencia que ostentan los órganos resolutivos a la hora de resolver y además podremos determinar que el Indecopi cumple con su función protectora hacia el consumidor cada que sus órganos resolutivos actúan alineados con las disposiciones de su propia política pública. / This work deals with the approach of the possibility of there being a harmony and/or interconnection between everything that is available in the National Consumer Protection Policy of which Indecopi as the National Consumer Protection Authority is in charge. and the decisions that the resolution bodies, that is, the Chamber and the Consumer Protection Commission determine when resolving the various administrative sanctioning procedures on the matter of discrimination in consumption. This, while these decisions of the decision-making bodies must be seen as a form of concretization of the public policies dictated by the State. This work will also analyze how certain principles stipulated in the General Administrative Procedure Law – Law No. 27444 allow this harmonization to exist, since they provide for a certain degree of predictability and coherence so that the consumer can obtain a response in accordance with the various regulations of the sector, but also in accordance with the provisions of public policies. Finally, after a complete investigation, it will be possible to show that compliance with this harmonization does not put at risk the autonomy and independence that the decision-making bodies have when making decisions and we will also be able to determine that Indecopi fulfills its protective function towards the consumer whenever its decision-making bodies act in line with the provisions of its own public policy. / Trabajo académico
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La función administrativa y los Colegios Profesionales: Análisis de las modalidades de colegiatura en el Colegio de Ingenieros del Perú, en mérito de lo desarrollado en la Resolución N°0549-2019/SEL-INDECOPI

Enrique Valverde, Raúl Eduardo 13 August 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo analizar el contenido de la Resolución N° 0549- 2019/SEL-INDECOPI emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, la cual trae a referencia un tema ampliamente discutido a nivel jurisprudencial y doctrinario como es la definición de la naturaleza jurídica de los colegios profesionales y su ejercicio, en determinados ámbitos, de función administrativa. En ese sentido, se analizarán las funciones que posee el Colegio de Ingenieros del Perú, además de la revisión de sus principales instrumentos de gestión y normativos, como lo son su Estatuto y Reglamento de Colegiación 2018. Siendo así, por un lado, se corroborará que este colegiado ejerce función administrativa al otorgarles la colegiatura a los profesionales ingenieros del país. Por otro lado, del examen de los instrumentos de gestión referidos de esta entidad, se evidenciará una restricción en la modalidad de colegiatura ordinaria que no obedece a una circunstancia objetiva, pues solo responde a la nacionalidad del aspirante, lo que constituye una medida discriminatoria y, por ende, ilegal, ya que vulnera lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, así como los principios de uniformidad e imparcialidad y el artículo 66 previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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El principio de retroactividad benigna: un tema no zanjado en el ámbito sancionador tributario

Izquierdo Salazar, Ronald Jesus 17 December 2021 (has links)
En el presente trabajo de investigación se aborda la problemática respecto a la aplicación del principio de retroactividad benigna en el ámbito sancionador tributario, dado que se trata de una discusión que, a nuestra consideración, aún no se encuentra resuelta, pues si bien la SUNAT y el Tribunal Fiscal reiteradamente han señalado que este principio no resulta aplicable al ámbito sancionador tributario, ello no ha sido así en la jurisprudencia emitida por el Poder Judicial, que han reconocido la aplicación de este principio. En ese sentido, lo que se busca plantear es que, a pesar de lo dispuesto en el artículo 168° del Código Tributario y la modificación efectuada mediante el Decreto Legislativo No. 1311, en realidad existen diversas razones por las que este principio resultaría plenamente aplicable. Es así que, atendiendo (i) a los límites del ius puniendi del estado, (ii) a las reglas de interpretación normativa de las leyes y la Constitución Política del Perú, (iii) al derecho fundamental a la igualdad, (iv) a las normas tributarias de países de Latinoamérica, (v) a la normativa tributaria nacional, (vi) a la jurisprudencia emitida por el Poder Judicial y (vii) a que existen supuestos no contemplados en el artículo 168° del Código Tributario; es que podemos concluir que, este tema aún no ha sido zanjado, pues el principio de retroactividad benigna no se sustenta únicamente en normas de jerarquía legal, sino que también tiene un sustento Constitucional.

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