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De la supresión o mantenimiento de la legítima sucesoria a la legítima solidariaAguilar Llanos, Benjamín Julio 29 August 2018 (has links)
La institución de la legítima sucesoria está basada en los nexos familiares y el soporte
económico que debe tener toda institución familiar. Esta consiste en reservar una parte del
patrimonio del causante, con la finalidad de destinarla a sus familiares cuando se abra la
sucesión. La ley establece una obligación que impide al titular la disposición de una parte de su
patrimonio a título de liberalidad y establece una expectativa de derecho a participar en la
herencia en favor de los familiares cercanos del causante cuando este muera.
Por mucho tiempo, desde sus orígenes en Roma y Germania hasta fines del siglo pasado, la
legítima no era cuestionada e incluso la participación de los descendientes del causante en el
patrimonio de sus padres, al abrirse la sucesión, se aceptaba como una suerte de derecho natural.
Sin embargo, en el presente, la legítima está siendo cuestionada por razones de orden
constitucional, en tanto que violentaría el derecho a la libertad de las personas y, en particular,
el derecho a la propiedad. Además, se señala que no estaría cumpliendo con su fin de atender a
los parientes necesitados del causante.
La presente tesis propone mantener la legítima, pero con cambios sustantivos que conduzcan a
proteger a las personas dependientes del causante y que, a la muerte de éste, sigan en situación
de vulnerabilidad. La razón de ser de la legítima debe descansar en un deber de solidaridad
familiar que permita a las personas pertenecientes al entorno del causante y dependientes de él
seguir gozando de protección luego de su muerte a través del patrimonio dejado. Esta institución
se denomina “legítima solidaria”. / The institution of the legítima sucesoria is based on family ties and the financial support that
every family institution should have. It is about reserving a part of the estate of the deceased,
with the purpose of allocating it to their relatives when the succession is opened. The law
establishes an obligation that prevents the owner from disposing of a part of his estate, by way
of liberality. It also establishes an expectation of the right to participate in the inheritance in
favor of close relatives of the deceased, which will occur when he dies.
For a long time, from its origins in Rome and Germany until the end of the last century, the
legítima was not questioned. Even the participation of the descendants in the patrimony of their
parents when the succession was opened, was accepted as a natural right. However, in the
present, the legítima is being questioned for reasons of constitutional order, as the violation of
the right to freedom and, in particular, of the right to property. In addition, it is stated that it
would not be fulfilling his purpose of caring for the relatives in need.
This thesis proposes maintaining the legítima, but with substantive changes that lead to protect
the dependents of the deceased, and tha tremain in a vulnerable situation at the time of his death.
The reason for the existence of the legítima must rest on a duty of family solidarity, which
allows people belonging to the environment of the deceased and dependent on him to enjoy
protection after his death through the estate left. This institution is called solidary legítima. / Tesis
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Hacia un proceso civil flexible : crítica a las preclusiones rígidas del código procesal civil peruano de 1993Ariano Deho, Eugenia 19 August 2013 (has links)
El Código Procesal Civil peruano (CPC), entrado en vigencia el 28 de
julio de 1993, desde nuestro punto de vista, presenta dos problemas: uno de
orden técnico y otro de orden ideológico.
El problema técnico encuentra su origen en la pluralidad de fuentes de
las que se ha valido el legislador para «armar» el Código. Así tenemos que partes
enteras del CPC son copia o adaptaciones del Código de procedimiento civil
colombiano de 1970 y del Código General del Proceso uruguayo de 1988; otras
que lo son del Código de processo civil del Brasil de 1973; otras más lo son del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación argentino de 1968. Y cómo es
previsible el resultado de este tomar de aquí y de allá disposiciones ajenas, que
en los ordenamientos de origen tienen sí una cierta armonía con el resto de su
contenido, no fue precisamente coherente, con la consecuencia de que tenemos
un Código que es una suerte de «manto de Arlequín» en el que conviven las más
diversas «almas», lo que, inevitablemente, coloca al intérprete en serias
dificultades.
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La Institución de la conciliación y su incidencia en la solución de conflictos que son competencia del Ministerio Público : una propuesta de cambioCasma Angulo, Julio César January 2009 (has links)
Con el objetivo de aanalizar el nivel de eficacia que presenta la implementación de la conciliación en la solución de conflictos que son competencia de las Fiscalías Provinciales Penales, Civiles y de Familia del Distrito Judicial de Ica, como órganos integrantes del Ministerio Público, en el periodo 2006 – 2008, se realizó una investigación Aplicada, de nivel Explicativo, a través de un Diseño No Experimental y Analítico. A partir de un diseño muestral aleatorio se seleccionó una muestra de los expedientes que ingresaron entre los años 2006 a 2008 a las Fiscalías Provinciales Civiles y de Familia y Fiscalías Provinciales Penales y Mixtas del Distrito Judicial de Ica en los que se aplicó alguna de las formas de conciliación previstas por la legislación peruana. En los ciento ochenta y nueve expedientes seleccionados al azar se analizaron los contenidos de las Actas de Conciliación a través de la técnica del análisis documental. Asimismo se entrevistó a treinta y dos Fiscales Civiles y de Familia y Penales de este Distrito Judicial y se aplicó la observación estructurada a dieciséis actos de conciliación desarrollados en este Distrito Judicial. El análisis de la información obtenida evidenció que durante los años 2006 al 2008 la aplicación de la Conciliación las Fiscalías Penales, Mixtas, Civiles y de Familia del Distrito Judicial de Ica ha mostrado un leve incremento, constituyendo una práctica que permite dar solución aproximadamente al 15 % de los expedientes relacionados con materias conciliables. Sin embargo, no se observa una contribución significativa a la resolución de conflictos en este Distrito Judicial, particularmente por las limitaciones que presentan tanto la facultad legal conciliadora del Ministerio Público como la práctica conciliadora al interior de la institución. / With the aim to analyze the level of efficiency that presents the implementation of the conciliation in the solution of conflicts that are a competition of the Provincial Penal, Civil and Family Fiscalías of Judicial District of Ica, as integral organs of the Public Ministry, in the period 2006 - 2008, there was realized an applied research, of Explanatory level, across a Not experimental and Analytical Design. From a sample random design there was selected a sample of the processes that entered between the years 2006 to 2008 to the Provincial Civil District attorney's offices and of Family and Provincial Penal and Mixed District attorney's offices of Ica's Judicial District in those that someone of the forms applied to itself of conciliation foreseen by the Peruvian legislation. In hundred eighty nine processes selected at random analyzed the contents of the Transactions of Conciliation across the skill of the documentary analysis. Likewise one interviewed thirty two Civil District attorneys and of Family and Penal of this Judicial District and there was applied the observation constructed to sixteen acts of conciliation developed in this Judicial District. The analysis of the obtained information demonstrated that during the years 2006 to 2008 the application of the Conciliation the Penal, Mixed, Civil District attorney's offices and of Family of Ica's Judicial District it has showed a slight increase, constituting a practice that allows to give solution approximately to 15 % of the processes related to reconcilable matters. Nevertheless, a significant contribution is not observed to the resolution of conflicts in this Judicial District, particularly for the limitations that present the conciliatory legal faculty of the Public Ministry so much the as the conciliatory practice inside the institution.
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Expediente judicial digitalizado (expediente electrónico) en el ámbito del desarrollo de los procesos de alimentosGarcía Abarca, Wily John January 2017 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / El documento digital no refiere asesor / Determina en qué medida la ejecución de un expediente judicial digitalizado incidiría en la optimización del proceso de alimentos para facilitar el acceso a la tutela jurisdiccional de los alimentistas. Describe la realidad de los procesos de alimentos y la incidencia en la carga procesal. Desarrolla una investigación descriptiva, correlacional y transversal, dado que no se manipulan las variables y se desea obtener datos fidedignos de la realidad. La muestra está compuesta por 100 operadores jurídicos especialistas en juzgados de Paz letrado de Lima y abogados. Concluye en la existencia de una relación significativa entre la ejecución de un expediente judicial digitalizado (electrónico) en la optimización del proceso de alimentos para facilitar el acceso a la tutela jurisdiccional de los alimentistas, en la existencia de una relación significativa entre la exagerada duración de los procesos de alimentos, que agrava la situación de los hijos alimentistas, el cual no encuentra los medios para hacer cumplir al padre sus derechos que le corresponde, y pone en peligro su propia subsistencia; y en la existencia de una relación significativa entre la implementación de un expediente judicial digitalizado en el proceso de alimentos, que estaría acorde a un proceso de tutela a favor de menores, principalmente a raíz de la evaluación del interés superior del niño. / Tesis
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La Institución de la conciliación y su incidencia en la solución de conflictos que son competencia del Ministerio Público : una propuesta de cambioCasma Angulo, Julio César January 2009 (has links)
Con el objetivo de aanalizar el nivel de eficacia que presenta la implementación de la conciliación en la solución de conflictos que son competencia de las Fiscalías Provinciales Penales, Civiles y de Familia del Distrito Judicial de Ica, como órganos integrantes del Ministerio Público, en el periodo 2006 – 2008, se realizó una investigación Aplicada, de nivel Explicativo, a través de un Diseño No Experimental y Analítico.
A partir de un diseño muestral aleatorio se seleccionó una muestra de los expedientes que ingresaron entre los años 2006 a 2008 a las Fiscalías Provinciales Civiles y de Familia y Fiscalías Provinciales Penales y Mixtas del Distrito Judicial de Ica en los que se aplicó alguna de las formas de conciliación previstas por la legislación peruana. En los ciento ochenta y nueve expedientes seleccionados al azar se analizaron los contenidos de las Actas de Conciliación a través de la técnica del análisis documental. Asimismo se entrevistó a treinta y dos Fiscales Civiles y de Familia y Penales de este Distrito Judicial y se aplicó la observación estructurada a dieciséis actos de conciliación desarrollados en este Distrito Judicial.
El análisis de la información obtenida evidenció que durante los años 2006 al 2008 la aplicación de la Conciliación las Fiscalías Penales, Mixtas, Civiles y de Familia del Distrito Judicial de Ica ha mostrado un leve incremento, constituyendo una práctica que permite dar solución aproximadamente al 15 % de los expedientes relacionados con materias conciliables. Sin embargo, no se observa una contribución significativa a la resolución de conflictos en este Distrito Judicial, particularmente por las limitaciones que presentan tanto la facultad legal conciliadora del Ministerio Público como la práctica conciliadora al interior de la institución. / With the aim to analyze the level of efficiency that presents the implementation of the conciliation in the solution of conflicts that are a competition of the Provincial Penal, Civil and Family Fiscalías of Judicial District of Ica, as integral organs of the Public Ministry, in the period 2006 - 2008, there was realized an applied research, of Explanatory level, across a Not experimental and Analytical Design.
From a sample random design there was selected a sample of the processes that entered between the years 2006 to 2008 to the Provincial Civil District attorney's offices and of Family and Provincial Penal and Mixed District attorney's offices of Ica's Judicial District in those that someone of the forms applied to itself of conciliation foreseen by the Peruvian legislation. In hundred eighty nine processes selected at random analyzed the contents of the Transactions of Conciliation across the skill of the documentary analysis. Likewise one interviewed thirty two Civil District attorneys and of Family and Penal of this Judicial District and there was applied the observation constructed to sixteen acts of conciliation developed in this Judicial District.
The analysis of the obtained information demonstrated that during the years 2006 to 2008 the application of the Conciliation the Penal, Mixed, Civil District attorney's offices and of Family of Ica's Judicial District it has showed a slight increase, constituting a practice that allows to give solution approximately to 15 % of the processes related to reconcilable matters. Nevertheless, a significant contribution is not observed to the resolution of conflicts in this Judicial District, particularly for the limitations that present the conciliatory legal faculty of the Public Ministry so much the as the conciliatory practice inside the institution. / Tesis
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El rol del juez como director del proceso: la prueba de oficio en el marco de la valoración de una prueba dactiloscópica en el proceso de nulidad de acto jurídicoLuyo Tocasca, Juan Alberto 31 July 2023 (has links)
En el presente trabajo académico se aborda el cuestionamiento realizado en el recurso
de Casación N° 4260-2017, respecto de la aparente obligación del Juez de solicitar
pruebas de oficio ante la falta de convicción de elementos de prueba que acrediten la
falta de manifestación de voluntad de la vendedora Juana Rodríguez Salas, la cual se
fundamenta en la actuación de una Pericia Dactiloscópica, la cual determinó que la
huella dactilar presente en el contrato era una mancha. Se plantea, como problema
principal, si persiste la facultad del juez de incorporar pruebas de oficio al proceso ante
la presencia de un informe pericial dactiloscópico ante una posible falta de convicción,
y como problema secundario, si es suficiente para el juez alegar que mantiene plena
convicción de las pruebas incorporadas para omitir la disposición de medios de prueba
de oficio. Como resultado, se ha realizado una apreciación conjunta del artículo 194°
del Código Civil Peruano y el X Pleno Casatorio Civil, así como los fundamentos de las
garantías del debido proceso relativos al derecho a probar y la motivación de
resoluciones judiciales, para concluir que es posible incorporar pruebas de oficio ante
las circunstancias descritas, siempre y cuando se haya realizado una valoración
racional de la prueba respecto del informe dactiloscópico, y se pueda emitir
pronunciamiento pleno sobre los puntos controvertidos. Asimismo, es necesario que la
convicción del juez que no incorpora pruebas de oficio esté debidamente motivada. / In the present academic work, the questioning made in the Cassation appeal No. 4260-
2017 is addressed, regarding the apparent obligation of the Judge to request ex officio
evidence due to the lack of conviction of evidence that proves the lack of expression of
will of the seller Juana Rodríguez Salas, which is based on the performance of a
Fingerprint Expertise, which determined that the fingerprint present in the contract was
a stain. The main problem is whether the judge's power to incorporate ex officio
evidence into the process persists in the presence of a dactyloscopic expert report in
the event of a possible lack of conviction, and as a secondary problem, if it is enough
for the judge to allege that he maintains full conviction of the evidence incorporated to
omit the disposition of means of evidence ex officio. As a result, a joint assessment of
article 194 of the Peruvian Civil Code and the X Pleno Casatorio Civil has been carried
out, as well as the foundations of the guarantees of due process related to the right to
prove and the motivation of judicial decisions, to conclude that it is It is possible to
incorporate ex officio evidence in the circumstances described, as long as a rational
assessment of the evidence has been made with respect to the dactyloscopic report,
and a full pronouncement can be issued on the controversial points. Likewise, it is
necessary that the conviction of the judge who does not incorporate ex officio evidence
is duly motivated.
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Hacia un régimen procesal unificado y eficiente de la legitimidad extraordinaria activa de los derechos transindividuales en el PerúDapello Sarango, Miguel Ángel 13 June 2016 (has links)
Se investigará la necesidad de establecer un marco procesal propio para los derechos transindividuales (derechos difusos, colectivos e individuales homogéneos) en materia de legitimidad, a fin de brindar tutela procesal efectiva, dado que la dispersión en nuestro ordenamiento no permite un correcto tratamiento de la legitimación y puede incitar a confusiones, creando con ello una tutela jurisdiccional efectiva de eficacia horizontal y vertical.
La importancia de este proyecto es evitar la pérdida de los derechos transindividuales mediante la dotación de un marco procesal adecuado en materia de legitimidad, el cual debo advertir desde ya, que representa una herramienta más, pero muy útil, a fin de acercarnos a la tutela procesal efectiva, garantizando un amplio acceso a la justicia y evitando la falta de predictibilidad.
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Corre INDECOPI, corre: ¿resulta eficaz el procedimiento sumarísimo de protección al consumidor?Pacheco Gómez, Rosario de los Milagros 09 March 2017 (has links)
En la película “Corre, Lola, corre” del director alemán Tom Tykwer, dos amantes disponen
tan sólo de unos minutos para cambiar el curso de sus vidas. Lola, la protagonista de la
película, recibe una llamada desesperada de su novio Manni, quien acaba de perder una
pequeña fortuna que pertenece a un jefe de la mafia para el que trabaja. Si Lola no consigue
el dinero en veinte minutos, Manni sufrirá las consecuencias. Desde ese momento, Lola
empieza (literalmente) una incesante y desesperada carrera en búsqueda del dinero que le
permitirá salvar a su novio de la muerte.
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La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313Torre Janampa, Myriam January 2017 (has links)
El articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley.
Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios.
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El funcionamiento de la autonomía de los particulares en un contexto de desigualdad económica: a propósito del primer pleno casatorioGonzáles Escudero, Damián Augusto 31 October 2016 (has links)
Cuando cursaba el segundo semestre en la Facultad de Derecho de la PUCP me inscribí en el
curso de negocio jurídico. Las expectativas eran muy pocas dado que el semestre anterior el
primer curso de Derecho civil había sido decepcionante para mí. El hecho de que una clase se
limitara a ser una paráfrasis de lo que decía cada uno de los artículos del código civil me
resultaba insuficiente, sabía que había teorías que se encontraban inmersas y expresadas en el
articulado, quería conocer todo ese desarrollo doctrinario. Las clases de negocio jurídico
fueron lo contrario, se presentaba la teoría, había desarrollo doctrinario y sobre todo una visión
crítica de lo presentado en el código civil. En ese momento, caí en cuenta de un punto que ha
marcado mi carrera: si bien el Derecho constitucional ha saltado a la primera plana gracias a la
actual vigencia de los derechos fundamentales, el Derecho civil no pierde la centralidad ya que
es donde se regulan las relaciones entre los particulares.
Ese semestre, el profesor nos presentó el caso que había dado lugar al primer pleno casatorio:
el derrame de mercurio en la localidad de Choropampa. Se lesionaban todo tipo de derechos,
tanto individuales como colectivos. La situación quedó presente en mí, conforme fui
avanzando en mi formación civilista encontraba nuevas formas de enfocar la problemática de
Choropampa, ya sea desde la perspectiva de los contratos o de la responsabilidad civil.
Inclusive, cuando ya había culminado mis estudios en la Facultad, e ingresado al programa de
maestría en Derecho civil, el caso seguía presente. En el segundo semestre, pero esta vez de la
maestría, debía escoger un tema de tesis. Le comenté al Dr. Leysser León mi deseo de ser
asesorado por él, a lo que accedió y me propuso una línea de investigación a propósito del
primer plano casatorio: cómo la autonomía de los particulares se lesiona en nuestro
ordenamiento. A primera vista me sorprendió la propuesta porque se trata de un enfoque
distinto sobre una institución que se ha caracterizado por ser de una de las más teóricas,
además de que en los cursos y en la doctrina nacional no se le estudia a profundidad. Se me
planteó como un reto que no podía negar. Ahí comenzó la gestación de esta tesis.
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